SEGURO DE RENTA DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN Apoyo adicional en todo momento.
|
|
- Marcos Redondo Gallego
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 SEGURO DE RENTA DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN Apoyo adicional en todo momento. COBERTURA PRINCIPAL ASSA pagará una indemnización diaria, de acuerdo al plan contratado por el al número de días que el asegurado se encuentre hospitalizado en una institución pública o privada, por más de 24 horas consecutivas, a consecuencia de un accidente o enfermedad, hasta un máximo de noventa días en el año. BENEFICIOS Trámites fáciles y ágiles. Renovación anual automática. Ayuda económica adicional para el asegurado por encontrarse incapacitado dentro de un hospital enfermedad o accidente. La indemnización monetaria no está atada al pago de deducible o copago de ningún seguro médico, si no que el asegurado puede utilizarlo para el propósito que le sea conveniente. REQUISITOS Y CONDICIONES: Producto disponible para clientes de Citibank de Nicaragua, S.A.Edad de Admisión: 18 y 64 años de edad. Edad de Finalización: 70 años inclusive. Gozar de buen estado de salud y no padecer ninguna de las enfermedades detalladas en la declaración jurada de salud. Cobertura inmediata en caso de accidente. Inicio de cobertura: Aplica período de espera de 60 días por enfermedad. Cobertura inicia a partir del día 60 días por enfermedad. No cubre enfermedades preexistentes al momento de contratar el seguro. En caso que usted no esté de acuerdo con las Condiciones Generales y Particulares de este seguro, podrá contactarnos en los primeros 30 días al CitiPhone para cancelarlo y solicitar el monto de la prima inicial; posterior a este período solamente aplica la cancelación del mismo. Banco Citibank de Nicaragua, S.A. no es responsable por la cobertura de su póliza, únicamente le brinda un servicio financiero a sus clientes, facilitando los cobros automáticos y realizando los pagos a ASSA, Compañía de Seguros S.A. quién es la empresa responsable del seguro que usted esta contratando a través de nuestra institución. QUÉ HACER CUANDO NECESITE RECLAMAR LA COBERTURA? El reclamante deberá presentarse en la agencia de Citibank más cercana y presentar. Fotocopia de cédula de identidad y tarjeta de crédito del asegurado. Carta del reclamante solicitando la cobertura. Epicrisis original, documento que haga constar los días de hospitalización y Copia del certificado. 1
2 Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la Compañía para requerir cualquier otra prueba o documento que estime conveniente y que guarde relación con la reclamación. En caso de que el Asegurado o sus Familiares Reclamantes se negaren a proporcionar dichas pruebas o documentos, la Compañía quedará liberada de la responsabilidad que le impone esta cláusula. A continuación encontrará información relevante a su Seguro de Renta Diaria por Hospitalización, le sugerimos leerlas detenidamente para conocer los servicios, coberturas beneficios y limitaciones del seguro contratado. SECCIÓN I. NORMAS RELATIVAS A LA NATURALEZA DEL SEGURO I.- DEFINICIONES. Para los efectos de este contrato, las expresiones siguientes tendrán la acepción y el alcance que a continuación se les asigna, en orden alfabético: ACCIDENTE: Se entiende por accidente toda lesión corporal traumática que pudiera ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado y producida directa e independientemente de toda otra causa, por un suceso externo, repentino, fortuito e impredecible. ASEGURADO: Toda aquella persona que cumpla con los requisitos de asegurabilidad y que forme parte del Grupo Asegurado. CONTRATANTE: Persona natural o jurídica con quien la Compañía ha celebrado el presente Contrato. ENFERMEDAD: Es cualquier alteración de la salud de una persona, que conduzca a un tratamiento médico o quirúrgico. ENFERMEDAD PREEXISTENTE: Cualquier enfermedad que existe con anterioridad al inicio de la cobertura del seguro para cada Asegurado, respecto del cual: a) Un médico hubiere determinado su existencia mediante un diagnóstico, o hubiere prescrito o recomendado un tratamiento; o b) Que por sus síntomas, signos o manifestaciones no pudieron haber pasado desapercibidos por el Asegurado y hubieren presentado manifestaciones o sintomatologías de quebrantos en la salud del Asegurado; o c) Que por su historia clínica o evolución natural del padecimiento sea determinada como tal por un médico. HOSPITAL: Todo establecimiento público o privado que esté legalmente autorizado y registrado ante el organismo competente, que reúna las condiciones exigidas para atender enfermos y que esté supervisado por médicos autorizados para ejercer la profesión. HOSPITALIZACIÓN: Se entiende por Hospitalización la admisión y estancia en un hospital por lo cual el Asegurado incurra en gasto diario por concepto de cuarto y alimentación. El Asegurado debe demostrar que dicha Hospitalización fue necesaria para la atención de una enfermedad o accidente. PERÍODO DE ESPERA: Se refiere al período en que el Asegurado aún estando vigente la Póliza, no cuenta con cobertura del seguro. 2
3 II.- CARACTERÍSTICAS DEL GRUPO ASEGURABLE. La característica del Grupo Asegurable además de la referente a la edad, es ser cliente de BANCO CITIBANK DE NICARAGUA, S.A., en sus productos de cuenta de ahorro, cuenta corriente o tarjetas de crédito. III.- PLANES Y PRIMAS. La suma asegurada individual será la correspondiente al plan contratado por el Asegurado y la prima mensual respectiva será determinada conforme a la edad del mismo y al plan elegido, de la siguiente manera: Suma Asegurada PLAN A US$200 por día PLAN B US$100 por día Rango de Edades Cuota Mensual Cuota Mensual De 18 a 34 años US$ 9.40 US$ 4.70 De 35 a 49 años US$ US$ 9.85 De 50 a 70 años US$ US$ Las primas se cobran en su equivalente en córdobas, de acuedo al típo de cambio oficial del mes correspondiente. En ningún caso la suma asegurada excederá el máximo de $18, por cliente Asegurado. La Compañía verificará una vez al año, cuáles Asegurados han cambiado de rango de edad, de acuerdo a los años cumplidos en dicho momento, aplicando la nueva tarifa que les corresponda según la tabla anterior. IV.- FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO. Habiendo transcurrido el Periodo de Carencia y agotado el Deducible, si el Asegurado falleciera estando hospitalizado y no hubiere recibido pago alguno, el beneficio aplicable a esta Póliza será pagadero a los Familiares Reclamantes y será calculado en base al número de días que el Asegurado estuvo hospitalizado hasta el momento de su fallecimiento, hasta un máximo de 90 días. V.- EXCLUSIONES. Este seguro en ningún caso cubre el riesgo de fallecimiento del Asegurado, exceptuando lo establecido en la Cláusula Octava de las presentes Condiciones Generales; además, el beneficio de Renta Hospitalaria no se concederá cuando la Hospitalización se deba a: a) Lesiones provocadas por el propio Asegurado; b) Lesiones sufridas en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, revolución, rebelión, alborotos populares o insurrecciones; c) Lesiones sufridas en actos delictuosos intencionales cometidos por el propio Asegurado; 3
4 d) Accidentes que ocurran mientras el Asegurado se encuentre a bordo de una aeronave, excepto cuando viajare como pasajero en un avión de compañía comercial debidamente autorizada para el transporte regular de pasajeros, en viaje de itinerario regular; e) Accidentes que ocurran durante la celebración de pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo; f) Accidentes que ocurran mientras el Asegurado haga uso de motocicletas, motonetas u otro vehículo similar de motor; g) Accidentes que ocurran mientras el Asegurado se encuentre realizando actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo y esquí; h) Padecimientos preexistentes a la fecha de inicio de la cobertura; i) Intentos de suicidio, lesiones o enfermedades provocadas por el Asegurado, aun en estado de enajenación mental; j) Radiaciones ionizantes; k) Enfermedades en conexión o en presencia de una infección de VIH (SIDA); l) Hospitalizaciones por padecimientos que se hayan originado a consecuencia del alcoholismo o por el consumo de algún enervante, estimulante o sustancia similar, excepto si fueron prescritos como medicamento por un médico, así como los que se originen mientras el Asegurado se encuentre en estado de embriaguez, si este hecho influyó en la realización del siniestro. Se considera que el Asegurado se encuentra en estado de embriaguez conforme lo establece la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, Ley 431 y sus Reformas; m) Embarazo o aborto, parto, cesárea; n) Cirugía plástica o estética con propósitos de embellecimiento; o) Tratamientos de alcoholismo, hospitalizaciones por curas de reposo a consecuencia de enfermedades, trastornos y deficiencias mentales, trastornos de enajenación mental, estados de depresión psíquica o nerviosa; p) Control de natalidad, fertilidad, esterilidad, enfermedades venéreas o transmitidas sexualmente; q) Tratamientos o cirugías dentales, alveolares o gingivales y extracción de piezas dentales; r) Diagnóstico, tratamiento médico o quirúrgico y/o sus complicaciones de calvicie, obesidad, reducción de peso; s) Tratamientos realizados con diálisis; t) Tratamientos médicos o quirúrgicos que tienen como propósito corregir miopía, astigmatismo, presbiopía o hipermetropía; 4
5 u) Padecimientos de nariz y senos paranasales; v) Atención médica en el servicio de urgencias del hospital; w) Tratamientos ambulatorios o cualquier otra estadía en un hospital que no sea médicamente necesaria y prescrita por un médico debidamente autorizado. SECCIÓN II. NORMAS RELATIVAS A LOS ASEGURADOS VI.- TERMINACIÓN DE LA COBERTURA. La cobertura para cada uno de los miembros del Grupo Asegurado finalizará por las siguientes razones: 1. Falta de pago de las primas correspondientes. 2. Cancelación voluntaria. 3. Dejar de ser cliente de Banco Citibank de Nicaragua S.A. 4. Cumplir la edad límite de setenta (70) años. SECCIÓN III. NORMAS APLICABLES EN CASO DE SINIESTRO VII.- INDEMNIZACIÓN. La indemnización será exigible treinta (30) días después de la fecha en que la Compañía haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación. VIII.- DOLO O FRAUDE. El dolo o culpa grave en las declaraciones del Asegurado o del Contratante y la omisión en ellas, respecto a hechos importantes para la apreciación del riesgo, da derecho a la Compañía para la rescisión del Contrato, quedando a favor de la misma la prima correspondiente al período del seguro en curso en el momento en que se conozca el dolo o culpa grave y, en todo caso, la prima convenida por el primer año. Si la inexactitud u omisión en las declaraciones no se debiera a dolo o culpa grave, el Asegurado o Contratante estarán obligados a ponerlo en conocimiento de la Compañía tan pronto como adviertan esta circunstancia, bajo pena de que se les considere responsables de dolo. Dado el aviso correspondiente por el Contratante o Asegurado, la indemnización se reducirá en proporción a la diferencia entre la prima convenida y la que se habría cobrado si se hubiere conocido la verdadera situación, a menos que las partes convengan en aumentar las primas. Si el riesgo no fuere asegurable, la Compañía tendrá acción para rescindir el Contrato. IX. INVESTIGACION. La Compañía está facultada para hacer examinar el estado de salud del (de los) Asegurado(s), cuantas veces lo considere necesario por medio de facultativos designados, especialmente durante la vigencia del Seguro o en caso de siniestro, así como para adoptar todas las medidas y diligencias tendientes a la más completa investigación de aquellos puntos que estimare necesario. Si el Contratante, el Asegurado o Beneficiario 5
6 impidieran el ejercicio de esta facultad, con fines fraudulentos, la Compañía quedará desligada de sus obligaciones. X.- CERTIFICADOS DE SEGURO. La Compañía emitirá un Certificado de Seguro por cada Asegurado que sea inscrito a la Póliza, en el cual se harán constar los datos relativos al Seguro. Los certificados serán entregados a los Asegurados por medio de Banco Citibank de Nicaragua.. XI. CESIÓN. Los derechos concedidos por esta Póliza no podrán ser objeto de cesión. XII.- PRESCRIPCIÓN. Cumplido el plazo de tres (3) años después de la fecha del siniestro la Compañía quedará libre de la obligación de pagar las indemnizaciones correspondientes a la misma, a menos que se encuentre vigente una gestión judicial o extrajudicial relacionada con la reclamación. Para cualquier consulta, sugerencia Visite la agencia de Citi de su preferencia o llame a CitiPhone al o visite 6
SEGURO DE TUTO SEGURO DE TUT RES
OBJETIVO Proteger a los alumnos del Colegio para que en caso de Fallecimiento o Incapacidad Total y Permanente del Tutor designado (Padre o Madre), puedan continuar sus estudios hasta el último año de
Más detallesVida Grupo Con participación en las utilidades Beneficios Adicionales
Vida Grupo Con participación en las utilidades Beneficios Adicionales Indice 1. Beneficios de invalidez por accidente o enfermedad 1.1 Beneficio adicional de exención de pago de primas por invalidez total
Más detallesVIDA PLAN DE VIDA ÍNDICE I. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE TU SEGURO 3 II. SOBRE LAS CONDICIONES PARTICULARES 5 II.1 COBERTURAS 5 II.
INSURANCE SERVICES Manual de Uso ÍNDICE I. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE TU SEGURO 3 II. SOBRE LAS CONDICIONES PARTICULARES 5 II.1 COBERTURAS 5 II.2 EXCLUSIONES 5 III. INFORMACIÓN PARA SU(S) BENEFICIARIO(S)
Más detallesI. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE SU SEGURO 3 III. INFORMACIÓN PARA SU(S) BENEFICIARIO(S) 7
VIDA PLAN DE VIDA Manual de Uso Índice I. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE SU SEGURO 3 II. SOBRE LAS CONDICIONES PARTICULARES 5 II.1 COBERTURAS 5 II.2 EXCLUSIONES 5 III. INFORMACIÓN PARA SU(S) BENEFICIARIO(S)
Más detallesANEXO No 01 - AL CONVENIO COMERCIAL ENTRE GIRAMOS S.A., MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A, Y MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A.
ANEXO No 01 - AL CONVENIO COMERCIAL ENTRE GIRAMOS S.A., MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A, Y MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A. CARACTERISTICAS DE LOS PRODUCTOS CLAUSULA PRIMERA: Para el desarrollo
Más detallesACCIDENTES PERSONALES. Para respaldar en caso de accidentes e incluso la muerte de alguno de los integrantes de una colectividad Asegurada
ACCIDENTES PERSONALES Para respaldar en caso de accidentes e incluso la muerte de alguno de los integrantes de una colectividad Asegurada Noviembre 2009 1 Definiciones Accidente Acontecimiento proveniente
Más detallesContenido. SEGURO DE VIDA GRUPO EXPERIENCIA PROPIA Condiciones Generales DEFINICIONES
Contenido DEFINICIONES... 1 COBERTURA BÁSICA... 1 COBERTURAS ADICIONALES... 2 CLAUSULAS GENERALES... 43 DEFINICIONES COMPAÑÍA Toda mención en adelante de la Compañía, se refiere a Seguros Banorte, S. A.
Más detallesVIDA HOSPITALARIA BANORTE CONDICIONES GENERALES
VIDA HOSPITALARIA BANORTE CONDICIONES GENERALES PROTECCION Es objeto de este contrato la cobertura básica y las coberturas adicionales estipuladas en la carátula de la póliza. DEFINICIONES COMPAÑÍA Toda
Más detallesSEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES PERSONALES
SEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES PERSONALES DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN NORMAL Y DESARROLLO DOCENTE DEL ESTADO DE MÉXICO. CICLO ESCOLAR 2014-2015 El seguro de Accidentes Personales Escolares, puede definirse
Más detallesSEGURO DE VIDA TRADICIONAL COLECTIVA FLEXIBLE COBERTURA DE MUERTE, DESMEMBRAMIENTO O PÉRDIDA DE LA VISTA POR CAUSA ACCIDENTAL
Esta cobertura es adicional al seguro colectivo de vida suscrito por el Tomador del seguro y se agrega al total de asegurados de la póliza colectiva. Se regirá por las siguientes condiciones. CLAUSULA
Más detallesCONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.
1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS SEDE EN TIBAS SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES. Toda persona física protegida por esta Póliza.
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS SEDE EN TIBAS SEGURO COLECTIVO DE VIDA POLIZA : 01 19 VIC 53 CONTRATANTE : BANCO DE COSTA RICA CONDICIONES GENERALES CLAUSULA 1. DEFINICIONES ASEGURADO: Toda persona física
Más detallesSEGURO DE MUERTE ACCIDENTAL CON ENDOSO DE INCLUSIÓN DE FAMILIARES DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ACE Seguros S.A.
SEGURO DE MUERTE ACCIDENTAL CON ENDOSO DE INCLUSIÓN DE FAMILIARES DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL ACE Seguros S.A. SECCIÓN PRIMERA 4 DISPOSICIONES PARTICULARES 4 CLÁUSULA 1ª. BASES CONTRACTUALES 4 CLÁUSULA 2ª.
Más detallesACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.
GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda
Más detallesdkv renta familiar Mi familia siempre estará protegida Vive la Salud! Compañía del Grupo Asegurador.
dkv renta familiar Mi familia siempre estará protegida Compañía del Grupo Asegurador. Vive la Salud! 2 Coberturas hospitalización Pago de la renta diaria determinada en las Condiciones Particulares de
Más detallesSEGURO DE ACCIDENTES BANORTE CONDICIONES GENERALES
SEGURO DE ACCIDENTES BANORTE CONDICIONES GENERALES PROTECCION Es objeto de este contrato de seguro únicamente la cobertura básica y las coberturas adicionales estipuladas en la carátula de la póliza. DEFINICIONES
Más detallesServicios de La Tarjeta Galicia American Express Internacional
Servicios de La Tarjeta Galicia American Express Internacional Índice Seguro de Accidente en Viaje American Express Selects 03 05 2 Unidad de Seguros y Servicios American Express Número internacional gratuito
Más detallesSEGURO DE DESGRAVAMEN
SEGURO DE DESGRAVAMEN CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. Qué es el
Más detallesEL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Qué es el seguro de desgravamen?
EL SEGURO DE DESGRAVAMEN Qué es el seguro de desgravamen? Es un seguro cuya finalidad es pagar, ante la circunstancia del fallecimiento del asegurado-, la deuda que mantenga frente a una entidad del sistema
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES
CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES Compañía aseguradora: Allianz Ramo: Accidentes Colectivo Póliza nº: 32452706 - ASEPU XXI Duración: Anual prorrogable. IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO OBJETO DEL SEGURO Características:
Más detallesCONDICIONES GENERALES SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL MICROSEGURO
CONDICIONES GENERALES SEGURO DE I. DEFINICIONES 1) CONTRATANTE Es la persona física o moral que tiene a cargo la obligación del pago de la prima del seguro. 2) ASEGURADO Se considera como tal a la persona
Más detallesSEGURO DE VIDA PROTECCION FAMILIAR. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 112.
SEGURO DE VIDA PROTECCION FAMILIAR Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 112. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º: COBERTURA En virtud de este seguro de vida, el capital asegurado indicado
Más detallesSEGUROS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES INFORMACIÓN
SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES INFORMACIÓN Documento informativo El Seguro de Gastos Médicos Mayores (SGMM) es un plan que cubre los gastos médicos originados por concepto de accidentes o enfermedades
Más detallesSEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES CLÁUSULA DE MUERTE ACCIDENTAL Y REEMBOLSO DE GASTOS FUNERARIOS PARA PASAJERO EN TRANSPORTE PÚBLICO Y PARTICULAR
SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES CLÁUSULA DE MUERTE ACCIDENTAL Y REEMBOLSO DE GASTOS FUNERARIOS PARA PASAJERO EN TRANSPORTE PÚBLICO Y PARTICULAR OBJETO DEL SEGURO. LA COMPAÑÍA otorga cobertura, mediante
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Nro. contratada
Más detallesCondiciones Generales. Seguro de Vida Práctico
Condiciones Generales Seguro de Vida Práctico SEGURO DE VIDA PRÁCTICO CONDICIONES GENERALES CONTENIDO I. Definiciones 5 1. Asegurado 5 2. Beneficiario(s) 5 3. Compañía 5 4. Contratante 5 5. Póliza o Contrato
Más detallesCONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA Pag. 1/6 I. CONTRATO
SEGURO COLECTIVO DE VIDA Pag. 1/6 I. CONTRATO PRIMERA - CONSTITUCION DEL CONTRATO El contrato de seguro queda constituido por la solicitud del Contratante para la emisión de la póliza a La Centro Americana,
Más detallesSEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098.
SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º DEFINICION DE LA COBERTURA En los términos de la presente póliza, el
Más detallesTABLA DE COBERTURAS. Ámbito de Cobertura COBERTURA ÚNICA
TABLA DE COBERTURAS Ámbito de Cobertura COBERTURA ÚNICA Con sujeción a las demás condiciones establecidas en la póliza, entre ellas las exclusiones, restricciones y límites que resultaren aplicables, este
Más detallesPARTE I - INFORMACIÓN GENERAL
PARTE I - INFORMACIÓN GENERAL A continuación encontrará información relevante a su seguro de vida colectivo Vida Premium. A.GENERALIDADES DEL PRODUCTO El certificado original de seguro detalla la cobertura
Más detallesI. Solicitud de seguro de vida individual
I. Solicitud de seguro de vida individual mbre Edad Datos del seguro orma de pago Coberturas amparadas Suma asegurada Anual Semestral Trimestral ensual Beneficiarios Advertencia en la designación de beneficiarios:
Más detallesREGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO
REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo
Más detallesPóliza Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos
Póliza Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por su
Más detallesSEGURO HOSPITALIZACION POR ACCIDENTES CÓDIGO SBS: AE2036120023 Adecuado a la Ley 29946 y sus normas reglamentarias POLIZA N 31 82696 CERTIFICADO N
SEGURO HOSPITALIZACION POR ACCIDENTES CÓDIGO SBS: AE2036120023 Adecuado a la Ley 29946 y sus normas reglamentarias POLIZA N 31 82696 CERTIFICADO N EMPRESA DE SEGUROS Nombre: ACE SEGUROS S.A RUC: 20390625007
Más detallesSan Salvador, 23 de abril de 2013. Estimado Asociado:
San Salvador, 23 de abril de 2013. Estimado Asociado: Reciba un cordial saludo del Comité de Finanzas y Prestaciones Sociales del Colegio Médico de El Salvador, deseándole al mismo tiempo éxitos profesionales
Más detallesLo que usted debe saber de su Seguro Colectivo
Lo que usted debe saber de su Seguro Colectivo Seguros Colectivos (Vida - Salud) SEGURO COLECTIVO DE VIDA Definición del Producto Requisitos de Incorporación Procedimientos de Incorporación Plazos de Cobertura
Más detallesProceso del Reclamo Pago Directo Y Reembolso Gastos Médicos Mayores Internacional
Proceso del Reclamo Pago Directo Y Reembolso Gastos Médicos Mayores Internacional El objetivo del equipo de Pan-American Private Client para Gastos Médicos Mayores de Pan-American Life de Guatemala es
Más detallesEl siniestro en los seguros de responsabilidad civil con cláusula claims made. Arturo Díaz Bravo Doctor en derecho por la UNAM ardibra@prodigy.net.
El siniestro en los seguros de responsabilidad civil con cláusula claims made Arturo Díaz Bravo Doctor en derecho por la UNAM ardibra@prodigy.net.mx 2008 1 1 Ley sobre el Contrato de Seguro Tan pronto
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014.
PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. I. DEFINICIONES Para los efectos de la presente póliza de seguros, las
Más detallesbeneficios para ti y tu familia? / Cuentas con AXA
Protección médica con más beneficios para ti y tu familia? / Cuentas con AXA Llámanos al 01 800 900 1292 www.axa.mx Bienvenido a AXA Gastos Médicos En AXA sabemos que proteger tu salud y la de tu familia
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL PLAN VIDA SALARIO SEGURO CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I AMPAROS, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES
NIT. 860.009.174-4 PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL PLAN VIDA SALARIO SEGURO CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I AMPAROS, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES 1. AMPAROS 1.1. AMPARO BÁSICO DE VIDA 1.1.1 COBERTURA
Más detalles2ª REQUISITOS PARA LA COBERTURA DE LA ILT BAREMADA
CONDICIONES GENERALES PARA LA COBERTURA DE LA GARANTÍA DE INCAPACIDAD LA- BORAL TEMPORAL(ILT) BAREMADA POR ACCIDENTE, COMPLEMENTARIA A LA PÓLIZA DE SEGURO DE ACCIDENTES EN SUS MODALIDADES DE SEGURO DE
Más detallesApéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida
Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar
Más detallesEste beneficio será pagadero sólo si la Persona Cubierta sufre una lesión a causa de :
SEGURO COLECTIVO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES CLAUSULA DE COBERTURA DURANTE VIAJES APLICABLE A TARJETAS DE CREDITO PÓLIZA NO.:xxxxxxxx CONTRATANTE:xxxxxxxx ASEGURADOS:xxxxxxxxxx VIGENCIA DE ESTA CLAUSULA:xxxxxxx
Más detallesdkv renta Cuando estés de baja, deja que DKV trabaje por ti
dkv renta Cuando estés de baja, deja que DKV trabaje por ti Qué pasa cuando usted no puede trabajar? Una enfermedad o un accidente puede obligarle a coger una baja laboral y eso implica disminución de
Más detallesCONDICIONES GENERALES IRL ASISTENCIA, SA DE CV Programa de Beneficios
CONDICIONES GENERALES IRL ASISTENCIA, SA DE CV Programa de Beneficios CONTENIDOS: Página 1.- Condiciones Generales de las Asistencias...2 2.- Beneficio Apoyo Económico...3 a. Condiciones de Beneficio Apoyo
Más detallesFOLLETO EXPLICATIVO SEGURO BASICO ESTANDARIZADO DE LA COBERTURA DE SALUD DENTAL
CARACTERÍSTICAS DE LA COBERTURA FOLLETO EXPLICATIVO SEGURO BASICO ESTANDARIZADO DE LA COBERTURA DE SALUD DENTAL De acuerdo a las coberturas, plan y límites de suma asegurada contratadas, La Compañía cubrirá
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A.
PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A. MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A. quien en adelante se denominará La Compañía, se obliga a indemnizar las pérdidas que sufra
Más detallesSEGURO MATERNIDAD FULL CONDICIONES PARTICULARES
N o Póliza: N o Propuesta: SEGURO MATERNIDAD FULL CONDICIONES PARTICULARES SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben el presente Contrato de Seguro,
Más detallesVida Individual 50 Bancomer. Condiciones Generales
Vida Individual 50 Bancomer Condiciones Generales CONDICIONES GENERALES Vida Individual 50 Bancomer I. DEFINICIONES 1. INSTITUCIÓN Seguros BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer. 2.
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES
CONDICIONES PARTICULARES EL TOMADOR, ASEGURADO Y BENEFICIARIO DE LA PRESENTE POLIZA Y LOS INTERESE AMPARADOS POR ESTA, SON LOS QUE FIGURAN EN LA SOLICITUD/ POLIZA DE SEGURO LAS COBERTURAS CONTRATADAS SON
Más detallesProtección Embarazo. Índice BIENVENIDO A TU PROGRAMA DE PROTECCIÓN EMBARAZO
BIENVENIDO A TU PROGRAMA DE PROTECCIÓN EMBARAZO Sabemos que la conclusión de tus estudios es importante y la de tu salud durante el embarazo y para ello la Universidad en línea UTEL y MAPFRE ASSISTANCE
Más detallesPROGRAMA DE BENEFICIOS PARA EMPLEADOS GASTOS MÉDICOS MAYORES 2014-2015. Nuestro valor, el cliente
PROGRAMA DE BENEFICIOS PARA EMPLEADOS GASTOS MÉDICOS MAYORES 2014-2015 OBJETIVO El plan de gastos médicos mayores, tiene la finalidad de brindar una protección a los Empleados, para aquellos casos donde
Más detallesSEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO CONDICIONES GENERALES
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO CONDICIONES GENERALES 1. DEFINICIONES Compañía Tokio Marine Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Colectividad - Cualquier conjunto de personas que pertenezcan a una
Más detallesInscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 2 97 002.
CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS, ADICIONAL A POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN CODIGO POL 2 88 013. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código
Más detallesSeguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada
Más detallesRobo total del automóvil. - Lo protege en caso de robo total del vehículo.
SEGUROS DE AUTOS Este seguro protege el automóvil del asegurado contra riesgos como: choque, robo total, lesiones a ocupantes y daños a terceros en su persona y en sus bienes en caso de accidentes vehiculares.
Más detallesS O L I C I T U D de A D M I S I Ó N Estudiante Internacional
Foto S O L I C I T U D de A D M I S I Ó N Estudiante Internacional 1.- Nombre 2.- Dirección Apellido Nombre (s) Calle Nº C.P. Ciudad País Teléfono fax e-mail 3.- Sexo: M F 4.- Fecha de nacimiento Día Mes
Más detalles1 1 I. Generalidades Concepto. 2 Monto Asegurado y valor de la prima. El monto asegurado corresponde al saldo insoluto de la deuda mantenida por el deudor ante el acreedor, calculado al último día del
Más detallesSEGUNDO: Los estudiantes que sufran un accidente de origen traumático podrán acceder a los siguientes beneficios, en adelante el Beneficio :
ANEXO CONDICIONES GENERALES BENEFICIO DE DESCUENTO PARA ATENCIONES DE URGENCIA POR ACCIDENTES TRAUMATICOS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO VIGENCIA: 1 de Marzo 2016 al 31 de Julio 2016.
Más detalles6. Qué hacer en caso de Siniestro?
6. Qué hacer en caso de Siniestro? GNP tiene como propósito fundamental la satisfacción y la tranquilidad de sus asegurados, ante las diversas necesidades que pueda demandar un siniestro. Por ello para
Más detalles2ª REQUISITOS PARA LA COBERTURA DE LA ILT BAREMADA
CONDICIONES GENERALES PARA LA COBERTURA DE LA GARANTÍA DE INCAPACIDAD LA- BORAL TEMPORAL(ILT) BAREMADA POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD, COMPLEMENTARIA A LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA RIESGO EN SUS MODALIDADES
Más detallesPROYECTO INFORMATIVO: SEGURO INDIVIDUAL DE SUBSIDIO PARA: SAP-UGT
PROYECTO INFORMATIVO: SEGURO INDIVIDUAL DE SUBSIDIO PARA: SAP-UGT PROYECTO DE SEGURO DE SUBSIDIO El objetivo fundamental de la cobertura del Seguro de Subsidio de ASEFA Seguros y Reaseguros S.A., es garantizar
Más detallesCONDICIONES GENERALES TEMPORAL A UN AÑO VENTA MASIVA
CONDICIONES GENERALES TEMPORAL A UN AÑO VENTA MASIVA 1. CONTRATANTE Es la persona física o moral cuya propuesta de seguro ha aceptado MAPFRE Tepeyac en los términos consignados en la póliza y con base
Más detallesPensión de Sobrevivencia
Pensión de Sobrevivencia Es un beneficio previsional al que tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, siempre que su fallecimiento no sea a causa o con ocasión de su trabajo
Más detallesCONDICIÓN PRIMERA - DEFINICIÓN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE.
ANEXO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE COMO SUMA ADICIONAL PÓLIZA A LA QUE ACCEDE VIVA LA VIDA FAMILIA CONDICIONES GENERALES Por convenio entre BOLÍVAR y LOS TOMADORES O LOS ASEGURADOS, este anexo hace
Más detallesSEGUROS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES El seguro de Gastos Médicos Mayores cubre la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad.
Más detallesSECCION VIDA COLECTIVO SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EMPLEADOS Y OBREROS CONDICIONES GENERALES COMUNES LEY DE LAS PARTES CONTRATANTES CLÁUSULA 1.
SECCION VIDA COLECTIVO SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EMPLEADOS Y OBREROS CONDICIONES GENERALES COMUNES LEY DE LAS PARTES CONTRATANTES CLÁUSULA 1. Las partes contratantes se someten a las disposiciones
Más detallesSEGURO DE VIDA TRADICIONAL COLECTIVA COLONES COBERTURA FAMILIAR
Esta cobertura es adicional al seguro colectivo de vida suscrito por el Tomador del seguro y se agrega al total de familiares elegibles de la póliza colectiva. Se regirá por las siguientes condiciones:
Más detallesDE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES
SEGURO DE VIDA Más Vida SEGURO DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES Inscrito en el Registro de Póliza bajo el código POL 2 07 062 ARTÍCULO 1º: COBERTURA En los términos de la
Más detallesMUTUA NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS COLEGIADOS DE P.S. (MUNITEC) . INDEMNIZACIÓN DIARIA POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE SEGÚN ANEXO
DATOS DEL SEGURO Póliza Certificado Suplemento Agente 000000 246.182 00000000 0000000 Ramo Modalidad Fecha de Efecto Fecha de Vencimiento Fecha de Emisión 11 12 01.01.2008 31.12.2008 22.01.2008 Duración
Más detallesPOLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES
POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES GENERALES La Unión Compañía Nacional de Seguros S. A., denominada en adelante la Compañía, en consideración a la solicitud del Contratante, las solicitudes
Más detallesProtección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar
Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar Cobertura Opcional CONTENIDO OBJETO DEL CONTRATO DEFINICIONES CLÁUSULAS GENERALES 1. RIESGOS CUBIERTOS 2. SUMAS ASEGURADAS 3. SUICIDIO 4. INDISPUTABILIDAD
Más detallesGaceta Oficial N 40.316 Fecha: 16 de diciembre de 2013 Entrada en vigencia: 16-06-2014
Gaceta Oficial N 40.316 Fecha: 16 de diciembre de 2013 Entrada en vigencia: 16-06-2014 El objeto del seguro es el compromiso del asegurador de asumir los riesgos indicados en el contrato de seguro,
Más detallesSeguro Complementario
Seguro Complementario Cobertura para todos los trabajadores SIP en: Seguro Complementario de Salud Seguro Catastrófico Seguro de Vida Cómo puedo inscribir a mis cargas en este seguro? Puede imprimir el
Más detallesMetLife Protección y Ahorro. En letra GRANDE. y SIMPLE!
MetLife Protección y Ahorro En letra GRANDE y SIMPLE! 1 Qué es MetLife Protección y Ahorro? Es un seguro de vida con un componente de ahorro, que otorga la tranquilidad de proteger financieramente a la
Más detallesSEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES I. DESCRIPCION DE BENEFICIOS 1. Indemnización por Hospitalización por Accidente en Transporte Público horas en un hospital a consecuencia de un Accidente cubierto por esta
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL VIDA PROTECCIÓN
Póliza a la cual accede PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL VIDA PROTECCIÓN CONDICIONES GENERALES Con sujeción a las Condiciones de la presente póliza, COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A., que en el presente
Más detallesSeguro de Desempleo o Incapacidad Temporal Total Condiciones Generales
Seguro de Desempleo o Incapacidad Temporal Total Condiciones Generales Descripción de Beneficios. 1.Seguro de Desempleo Si el Asegurado queda desempleado de manera involuntaria mientras el Seguro se encuentre
Más detallesPÓLIZA PROPUESTA : : Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su Domicilio en la ciudad de Santiago.
RAMO : Salud PÓLIZA PROPUESTA : PÓLIZA DE SEGURO Vivir Más SEGUROS CLC S.A., otorga el presente Contrato del Seguro, del cual forman parte integrante las declaraciones hechas por el asegurado en la Propuesta,
Más detallesJUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501
Seguro de Accidentes para el alumnado que participe en el programa de formación en centros de trabajo para los ejercicios 2010 y 2011 Nº de póliza: X0-5-410.001.288 Tomador de la Póliza: JUNTA DE ANDALUCIA.
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,
Más detallesSeguro de Vida Individual Dotal Condiciones Generales
COBERTURAS BÁSICAS COBERTURA POR FALLECIMIENTO. En caso de ocurrir el fallecimiento del Asegurado por cualquier causa (muerte natural, accidental o por enfermedad) durante el plazo de seguro pactado, la
Más detallesPÓLIZA DE VIDA COLECTIVA PARA DEUDORES
CONDICIONES GENERALES DE VIDA PÓLIZA DE VIDA COLECTIVA PARA DEUDORES Condiciones Generales Seguros ING, S.A. de C.V. Periférico Sur 3325 Piso 11 San Jerónimo Aculco 10400 México, D.F. Tels.: 5169.1000
Más detallesCONDICIONES GENERALES RENTA DE HOSPITAL TIGO
CONDICIONES GENERALES RENTA DE HOSPITAL TIGO De conformidad con el artículo 729 del Código de Comercio, si el Afiliado Asegurado no estuviera de acuerdo con los términos del contrato suscrito o póliza
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE VIDA PÓLIZA CON PLAN TEMPORAL FIJO. Condiciones Particulares
Compañía Anónima Inscrita en la Superintendencia de la Actividad Aseguradora con el N 52 R.I.F. J-07001736-8 PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL DE VIDA PÓLIZA CON PLAN TEMPORAL FIJO Condiciones Particulares Artículo
Más detallesSEGURO COMPLEMENTARIO DE VIDA Y SALUD SALUD EMPRENDEDORES
SEGURO COMPLEMENTARIO DE VIDA Y SALUD SALUD EMPRENDEDORES SEGURO SALUD EMPRENDEDORES Este seguro está orientado a empresas que tengan más de 10 trabajadores con contrato de trabajo vigente. La compañía
Más detallesCONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES
CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE LOS DERECHOS SOBRE INVENCIÓN Y/O PATENTE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE
Más detallesANEXO AMPARO DE ENFERMEDADES GRAVES
ANEXO AMPARO DE ENFERMEDADES GRAVES El presente amparo opcional de Enfermedades Graves, hace parte integrante de la póliza de seguro de vida grupo, este anexo se extiende a amparar las enfermedades graves
Más detallesPóliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos
Póliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por
Más detallesMuerte Accidental Bancomer. Condiciones Generales
Condiciones Generales I. DEFINICIONES 3 II. COBERTURAS 3 III. PRIMAS 4 IV. VIGENCIA 5 V. GENERALIDADES 5 CLÁUSULA DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL 8 1 de 8 2 de 8 I. DEFINICIONES 1. Institución
Más detallesSeguro Colectivo de Vida Obligatorio
Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
Más detallesPARA TODOS LOS SEGUROS
PARA TODOS LOS SEGUROS I. DEFINICIONES Para todos los efectos de Contrato de Seguro, las siguientes palabras y frases tendrán el significado que a continuación se señala, a menos que el contexto requiera
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesCERTIFICADO DE SEGURO
CERTIFICADO DE SEGURO CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A., en adelante El asegurador, y quien a continuación se designa como Asegurado, convino en celebrar un contrato de seguros sujeto a las condiciones que
Más detallesTARJETA CAPITAL DE TRABAJO
TARJETA CAPITAL DE TRABAJO 1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS Permite elegir cada retiro o consumo que efectúes entre 1 y 12 cuotas mensuales. Aceptada a nivel mundial bajo la marca VISA. Permite retiro de
Más detallesTema 26 CONTRATO DE SEGURO
Tema 26 CONTRATO DE SEGURO El contrato de seguro tiene por objeto reparar por medio de la indemnización el daño sufrido por el asegurado. Será de naturaleza MERCANTIL en todos los casos. Los seguros se
Más detalles