Volumen 13, Número 2 Registro, 6 de abril de 2011 CONTENIDO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Volumen 13, Número 2 Registro, 6 de abril de 2011 CONTENIDO"

Transcripción

1 Volumen 13, Número 2 Registro, 6 de abril de 2011 CONTENIDO ACUERDO No. 223 Por el cual se modifica el Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá ACUERDO No. 224 Por el cual se modifica el Reglamento de Relaciones Laborales de la Autoridad del Canal de Panamá. 5

2 2 Registro, 6 de abril de 2011 No. 2 ACUERDO No. 223 Por el cual se modifica el Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO: Que el artículo 18, numeral 5, acápites c y f, respectivamente, de la Ley 19 de 11 de junio de 1997, Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá, confiere a la Junta Directiva la facultad de aprobar el reglamento aplicable a la contratación de obras, suministro de bienes y prestación de servicios necesarios para el funcionamiento del Canal. Que mediante el Acuerdo No.24 de 4 de octubre de 1999, la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá (la Autoridad) aprobó el Reglamento de Contrataciones. Que las micro-compras están definidas en el artículo 10 del Reglamento de Contrataciones (el Reglamento) como las compras cuya cuantía no supera B/.1, y su procedimiento se encuentra regulado por el artículo 50 del Reglamento y las efectúan las diferentes unidades de la Autoridad de manera descentralizada Que el proceso actual de micro-compras establece que para efectuar estas compras se debe solicitar cotizaciones de los productos o servicios que se necesita comprar en el Sistema de Licitación en línea por Internet de la Autoridad. Que dado el bajo monto de las micro-compras, con creciente frecuencia estas solicitudes de cotizaciones no son respondidas y quedan desiertas por falta de interés de los proveedores, teniéndose que reiniciar el proceso, demorándose y encareciéndose la adquisición del producto o servicio. Que también, debido al bajo monto y el poco volumen de las compras, los que responden a las solicitudes de cotizaciones usualmente no son los fabricantes o distribuidores, sino intermediarios que compran localmente al detal y revenden a la Autoridad a un precio mayor que el comercialmente disponible en la plaza. Que en promedio, el costo de cada acción de compra mediante el proceso de solicitud de cotización supera los B/ y excede en muchos casos el bajo monto de estas micro-compras por lo que no resulta eficiente. Que se estima conveniente modificar el Reglamento de Contrataciones para agilizar y reducir el costo de las micro-compras que realiza la Autoridad. Que la Administración ha propuesto modificar el Reglamento que rige las micro-compras de la Autoridad para permitir que se establezca un procedimiento adicional para las micro-compras, con el fin de que éstas se puedan efectuar con la agilidad requerida, a los precios publicados en la plaza y en forma oportuna directamente por el personal autorizado de la Autoridad. Que este procedimiento adicional, que está principalmente orientado a adquirir en forma rápida productos y servicios cuya necesidad surge de una condición no anticipable o no recurrente, se propone solo aplique a las micro-compras que se efectúen a proveedores legalmente establecidos en Panamá con locales comerciales de

3 No. 2 Registro, 6 de abril de venta al detal abiertos legalmente o empresas locales o internacionales de venta de productos al detal a través de portales de internet abiertos al público y dedicados al expendio regular de los productos y servicios objeto de la compra, siempre que se trate de los mismos precios publicados y ofrecidos al público en general con los descuentos que apliquen y que tengan el producto en inventario y disponible para su entrega inmediata en el sitio de compra o entrega en un tiempo razonablemente inmediato, o disponibilidad para fabricar el producto o realizar el servicio en forma oportuna. Que las micro-compras que se realicen bajo el esquema presentado por la Administración estarán sujetas a los mecanismos de control interno, fiscalización y alertas de la Autoridad orientados a asegurar la transparencia y honestidad en las compras. Que no se podrán efectuar micro-compras de productos o servicios que se encuentren disponibles en el inventario, o aquellos que se puedan adquirir a través de Acuerdos con Base en Lista de Precios o por contratos de cantidades estimadas. Que el Administrador de la Autoridad ha presentado a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de acuerdo que contiene las modificaciones pertinentes a lo anotado. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Se modifica el artículo 50 del CAPÍTULO VIII Procedimientos de Compras, Sección Segunda Procedimiento, del Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá, el cual quedará así: Artículo 50. Las micro-compras se podrán realizar mediante el uso de cualquiera de los siguientes procesos: A. Micro-compras mediante cotización en el Sistema de Licitaciones por Internet de la Autoridad (SLI). 1. Las micro-compras se harán mediante la solicitud de cotizaciones en el SLI. 2. El oficial de contrataciones notificará a quien haga la cotización de precio más bajo, que cumpla con los requisitos, sea calificado y cuya cotización no sea gravosa, la intención de la Autoridad de adjudicarle la compra cotizada. 3. El proponente notificado de acuerdo con el numeral anterior tendrá el plazo establecido en la solicitud para comunicar su aceptación o rechazo de la intención de compra. 4. La aceptación por parte del proponente resultará en la adjudicación. 5. Vencido el plazo sin haberse obtenido la aceptación, el oficial de contrataciones podrá emitir una nueva notificación al siguiente proponente con el mejor precio que cumpla con los requisitos, sea calificado y cuya cotización no sea gravosa. Esta disposición se aplicará a toda compra cuya cuantía no supere la correspondiente a la microcompra. B.- Micro-compras en establecimientos comerciales en la República de Panamá o a través de portales de internet abiertos al público y dedicados al expendio regular de los productos y servicios requeridos.

4 4 Registro, 6 de abril de 2011 No Estas micro-compras se utilizarán para adquirir en forma rápida productos y servicios cuya necesidad surge de una condición no anticipable o no recurrente. 2. Estas micro-compras se harán por empleados autorizados de la Autoridad a: i. Proveedores en sus establecimientos comerciales permanentes dedicados regularmente al expendio al público de los productos requeridos al detal o a la prestación de servicios y que tengan el producto en inventario y disponible para su entrega inmediata en el sitio de compra o disponibilidad para fabricar el producto o realizar el servicio en forma oportuna. ii. Proveedores comerciales por medio de sus portales de internet dedicados regularmente al expendio al público de los productos requeridos al detal y que tengan el producto en inventario y disponible para su envío inmediato. 3. Se efectuarán las compras a los precios publicados o desplegados en el comercio, o en el portal de internet más los costos de envío y que se ofrecen al público en general, menos los descuentos, ofertas y rebajas que pudieran aplicarle. 4. Los pagos se podrán realizar mediante cheque de la Autoridad, tarjeta de crédito de uso por la Autoridad, transferencia electrónica de fondos o en efectivo provisto por la Autoridad. 5. Al completarse la compra, el empleado que hubiese realizado la compra completará el registro y trámite de la compra en virtud del método de pago utilizado y de acuerdo a los procedimientos y controles aprobados por la Administración. No se podrán efectuar micro-compras de productos o servicios que se encuentren disponibles en el inventario, o aquellos que se puedan adquirir a través de Acuerdos con Base en Lista de Precios o por contratos de cantidades estimadas. El Administrador establecerá los procedimientos, las delegaciones de autoridad, los mecanismos de control interno y límites de montos inferiores a los B/.1, que se aplicarán a cada una de los dos procesos de micro-compras. ARTÍCULO SEGUNDO: Este Acuerdo comenzará a regir a los cuarenta y cinco (45) días después de su publicación en el Registro del Canal. Dado en la ciudad de Panamá, República de Panamá, a los treinta y un (31) días del mes de marzo de dos mil once (2011). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Rómulo Roux Rossana Calvosa de Fábrega Presidente de la Junta Directiva Secretaria

5 No. 2 Registro, 6 de abril de ACUERDO No. 224 Por el cual se modifica el Reglamento de Relaciones Laborales de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO: Que en virtud de lo establecido en los artículos 319 y 323 de la Constitución Política de la República, corresponde a la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá la aprobación de los reglamentos que desarrollen las normas generales que dicte el Órgano Legislativo a propuesta del Órgano Ejecutivo, es decir, la Ley 19 de 11 de junio 1997, por la cual se organiza la Autoridad del Canal de Panamá, sobre todas las materias necesarias para el mejor funcionamiento, mantenimiento, conservación y modernización del Canal. Que el artículo 18, numeral 5, de la mencionada Ley 19 de 1997, desarrolla la facultad de la Junta Directiva para aprobar los reglamentos necesarios o convenientes para el debido funcionamiento y modernización del Canal, entre estos, lo relativo a las relaciones laborales. Que según lo dispone el artículo 94 de la Ley 19 de 1997, las relaciones laborales de la Autoridad se regirán por lo dispuesto en la presente Ley, en los reglamentos y en las convenciones colectivas. Que mediante el artículo 111 de la Ley 19 de 1997 se crea la Junta de Relaciones Laborales que estará integrada por cinco miembros designados por el Presidente de la República de listas elaboradas, de común acuerdo, por la Administración de la Autoridad y los Representantes Exclusivos. Que en atención a las normas antes mencionadas, corresponde a la Junta Directiva el desarrollo de los artículos 94 y 111 de la Ley 19 de Que conforme a lo establecido en el artículo 97, numeral 8, de la Ley 19 de 1997, la Administración y los Representantes Exclusivos participaron en la elaboración de las disposiciones que se propone incorporar al Reglamento de Relaciones Laborales para desarrollar el artículo111 ya mencionado, que regula la elaboración de común acuerdo de las listas de candidatos a miembros de la Junta de Relaciones Laborales. Que de conformidad con el numeral 6 del Artículo 25 de la Ley 19 de 1997, compete al Administrador de la Autoridad elaborar los proyectos de reglamentos para el debido funcionamiento y la adecuada modernización del Canal y presentarlos a la consideración y aprobación de la Junta Directiva. Que el Administrador de la Autoridad ha presentado, para consideración de la Junta Directiva, una propuesta de modificación del Reglamento de Relaciones Laborales mediante el cual se adiciona un capítulo denominado PROCEDIMIENTO PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS A MIEMBROS DE LA JUNTA DE RELACIONES LABORALES, con el cual se propone llenar un vacío sobre esta materia.

6 6 Registro, 6 de abril de 2011 No. 2 ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Se modifica el Capítulo XI del Reglamento de Relaciones Laborales de la Autoridad del Canal de Panamá, que en adelante se denominará Procedimiento para la Nominación de Candidatos a Miembros de la Junta de Relaciones Laborales el cual quedará así: Capítulo XI Procedimiento para la Nominación de Candidatos a Miembros de la Junta de Relaciones Laborales Artículo 103. La lista de candidatos elegibles para que el Presidente de la República realice la designación de los miembros de la Junta de Relaciones Laborales, será elaborada de común acuerdo entre la Administración de la Autoridad y los Representantes Exclusivos, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley Orgánica y con lo dispuesto en este reglamento. Artículo 104. Los candidatos a miembros de la Junta de Relaciones Laborales se nominarán por su experiencia laboral y antecedentes, así como por su familiaridad con el régimen laboral especial de la Autoridad, adquirida por experiencia o mediante capacitación. Artículo 105. Se creará un Programa de Capacitación sobre temas propios del régimen laboral especial de la Autoridad del Canal de Panamá, el cual se pondrá a disposición de los candidatos a miembros de la Junta de Relaciones Laborales para familiarizarlos con el régimen laboral especial de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP). Artículo 106. El Programa de Capacitación sobre temas propios del régimen laboral especial de la Autoridad del Canal de Panamá, será desarrollado e impartido por la Administración de la Autoridad y los Representantes Exclusivos. Dicho programa también incluirá visitas de campo, con el propósito de que los potenciales candidatos conozcan las operaciones del Canal de Panamá. Artículo 107. Cada sindicato que detenta la representación exclusiva de cada unidad negociadora, podrá nominar hasta un máximo de dos (2) candidatos. La Administración del Canal nominará un número de candidatos que no excederá el total que resulte de sumar el máximo de candidatos que pueden nominar todos los sindicatos. Después de entregadas las nominaciones no se podrá reemplazar ni adicionar nombres. Artículo 108. Ciento ochenta (180) días calendario previos a la fecha en que expira el periodo de nombramiento de alguno de los miembros de la Junta de Relaciones Laborales, la Administración de la Autoridad enviará una notificación de lo anterior a todos los Representantes Exclusivos, dando inicio al proceso de nominación de candidatos a miembros de la Junta de Relaciones Laborales. A partir de ese momento el departamento de Recursos Humanos de la Autoridad recibirá las nominaciones y las hojas de vida de los candidatos postulados por los Representantes Exclusivos. Artículo 109. Cuarenta y cinco (45) días calendario antes de que expire el periodo del nombramiento del miembro de la Junta de Relaciones Laborales, la Administración de la Autoridad enviará a todos los sindicatos que ostentan la Representación Exclusiva, las listas que

7 No. 2 Registro, 6 de abril de incluyen los nombres de los candidatos que fueron recibidos de la Administración y de los Representantes Exclusivos acompañados de sus respectivas hojas de vida. Artículo 110. A más tardar treinta (30) días calendario previo al día que expira el periodo del nombramiento del miembro de la Junta de Relaciones Laborales, la Administración enviará al Presidente de la República el documento que contendrá, en orden alfabético, los nombres de los candidatos de la Administración de la Autoridad y de los Representantes Exclusivos. Las listas estarán conformadas por los nombres de los candidatos que hayan sido postulados hasta el día inmediatamente anterior a los cuarenta y cinco (45) días calendario a que refiere el artículo109. Artículo 111. La Administración de la Autoridad ordenará alfabéticamente los nombres de los candidatos remitidos al departamento de Recursos Humanos por los Representantes Exclusivos, así como de los presentados por la Autoridad, para la composición final de las listas elaboradas de común acuerdo. Igualmente, preparará toda la documentación necesaria para la remisión de las listas al Presidente de la República. Una copia de toda la documentación enviada al Presidente de la República será enviada a cada Representante Exclusivo dentro de los tres días siguientes de su remisión al Presidente. ARTÍCULO SEGUNDO: Se adiciona un Capítulo XII, intitulado Disposiciones Finales, dentro del cual se mantendrán sin modificación las disposiciones finales previamente contenidas en el Capítulo XI y que quedará así: Capítulo XII Disposiciones Finales Artículo 112. Los conflictos laborales serán resueltos exclusivamente según los mecanismos de dirimencia establecidos en la Ley Orgánica, los reglamentos y en las convenciones colectivas. Artículo 113. De conformidad con la Ley Orgánica, la Junta de Relaciones Laborales establecerá las normas de procedimiento que sean necesarias para los propósitos de este reglamento. Artículo 114. El presente reglamento entrará a regir a las doce del día 31 de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo comenzará a regir a partir de su publicación en el Registro del Canal. Dado en la ciudad de Panamá, República de Panamá, a los treinta y un (31) días del mes de marzo del año dos mil once (2011). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Rómulo Roux Rossana Calvosa de Fábrega Presidente de la Junta Directiva Secretaria

Volumen 12, Número 9 Registro, 14 de octubre de 2010 CONTENIDO

Volumen 12, Número 9 Registro, 14 de octubre de 2010 CONTENIDO Volumen 12, Número 9 Registro, 14 de octubre de 2010 CONTENIDO ACUERDO No. 214 (de 7 de octubre del 2010) Por el cual se modifica el Reglamento de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá. 2 ACUERDO

Más detalles

Volumen 19, Número 5 Registro, 3 de julio de 2017 CONTENIDO

Volumen 19, Número 5 Registro, 3 de julio de 2017 CONTENIDO Volumen 19, Número 5 Registro, 3 de julio de 2017 CONTENIDO ACUERDO No. 308 Por el cual se modifica el Reglamento para la Navegación en Aguas del Canal de Panamá.... 2 ACUERDO No. 309 Por la cual se aprueba

Más detalles

Volumen 10, Número 14 Registro, 17 de diciembre de 2008 CONTENIDO

Volumen 10, Número 14 Registro, 17 de diciembre de 2008 CONTENIDO Volumen 10, Número 14 Registro, 17 de diciembre de 2008 CONTENIDO ACUERDO No. 173 Por el cual se modifica el Reglamento de Finanzas.....1 ACUERDO No. 174 Por el cual se modifica el Reglamento de Contrataciones

Más detalles

ACUERDO No. 152 (De 20 de diciembre de 2007) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá

ACUERDO No. 152 (De 20 de diciembre de 2007) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá ACUERDO No. 152 (De 20 de diciembre de 2007) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ

Más detalles

Volumen 14, Número 15 Registro, 4 de diciembre de 2012 CONTENIDO. Por el cual se aprueban reservas de patrimonio y devolución de reservas.

Volumen 14, Número 15 Registro, 4 de diciembre de 2012 CONTENIDO. Por el cual se aprueban reservas de patrimonio y devolución de reservas. Volumen 14, Número 15 Registro, 4 de diciembre de 2012 CONTENIDO ACUERDO No. 246 Por el cual se aprueban reservas de patrimonio y devolución de reservas. 2 ACUERDO No. 247 Por el cual se aprueban los estados

Más detalles

Volumen 16, Número 8 Registro, 26 de noviembre de 2014 CONTENIDO

Volumen 16, Número 8 Registro, 26 de noviembre de 2014 CONTENIDO Volumen 16, Número 8 Registro, 26 de noviembre de 2014 CONTENIDO ACUERDO No. 272 Por el cual se crea la Reserva Estratégica de Patrimonio del Programa de Inversiones de la Autoridad del Canal de Panamá....

Más detalles

Volumen 16, Número 6 Registro, 6 de noviembre de 2014 CONTENIDO

Volumen 16, Número 6 Registro, 6 de noviembre de 2014 CONTENIDO Volumen 16, Número 6 Registro, 6 de noviembre de 2014 CONTENIDO ACUERDO No. 269 (de 30 de octubre de 2014) Por el cual se modifica el Reglamento para la Fijación de Peajes, Tasas y derechos por el Tránsito

Más detalles

ACUERDO No. 162 (de 20 de mayo de 2008) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá

ACUERDO No. 162 (de 20 de mayo de 2008) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá ACUERDO No. 162 (de 20 de mayo de 2008) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO:

Más detalles

REGISTRO DEL CANAL DE PANAMÁ CONTENIDO

REGISTRO DEL CANAL DE PANAMÁ CONTENIDO REGISTRO DEL CANAL DE PANAMÁ Volumen 9, Número 9 Registro, 11 de junio de 2007 CONTENIDO Acuerdo No. 136 (de 31 de mayo 2007) Mediante el cual se modifica el artículo 102 del Reglamento de Contrataciones

Más detalles

PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA

PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA PROCESO PÁGINA 1 DE 8 COORDINADOR (A) GRUPO GESTION 1. OBJETIVO Adquirir bienes y/o servicios que requiere la Unidad para el cumplimiento de las metas y objetivos cuyo valor no exceda del 10% de la menor

Más detalles

Volumen 17, Número 3 Registro, 6 de abril de 2015 CONTENIDO

Volumen 17, Número 3 Registro, 6 de abril de 2015 CONTENIDO Volumen 17, Número 3 Registro, 6 de abril de 2015 CONTENIDO ACUERDO No. 280 (de 25 de marzo de 2015) Por el cual se modifica el Reglamento sobre Actividades Comerciales, Industriales y de Prestación de

Más detalles

PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE LICITACIÓN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003

PROCEDIMIENTO MEDIANTE EL RÉGIMEN DE LICITACIÓN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003 PÚBLICA Página 1 de 10 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO UNIDAD ADMINISTRATIVA PROCEDIMIENTO SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, PÚBLICA PRO-DAF-ADM-003 ELABORADO POR: Sergio Danilo Herrarte Pedroza Jefe

Más detalles

Transparencia en las Licitaciones del Canal de Panamá Ing. Enrique E. Sánchez Gerente Ejecutivo División de Contratos Autoridad del Canal de Panamá

Transparencia en las Licitaciones del Canal de Panamá Ing. Enrique E. Sánchez Gerente Ejecutivo División de Contratos Autoridad del Canal de Panamá www.pancanal.com 1 Transparencia en las Licitaciones del Canal de Panamá Ing. Enrique E. Sánchez Gerente Ejecutivo División de Contratos Autoridad del Canal de Panamá Elementos Importantes 1. Visión, Misión

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Manual de Procesos MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS 1 INDICE Página 1. Introducción 2. Contenido 3 3. Objetivos 3 4. Justificación 3 5. Legislación Vigente 4 6. Procesos

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA San Pedro Xalcaltzinco, Tepeyanco, Tlax. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS

Más detalles

CONVENIO CAMBIARIO N 34

CONVENIO CAMBIARIO N 34 CONVENIO CAMBIARIO N 34 El Ejecutivo Nacional representado por el ciudadano Ramón Augusto Lobo Moreno, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, autorizado por el Decreto 2.278

Más detalles

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número 3 O3 ~ de 2007

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número 3 O3 ~ de 2007 República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número 3 O3 ~ de 2007 9 Rb~ 2007 Por el cual se reglamentan los servicios financieros prestados por las sociedades comisionistas de

Más detalles

CIRCULAR 11/2010. México, D.F. a 12 de abril de 2010.

CIRCULAR 11/2010. México, D.F. a 12 de abril de 2010. CIRCULAR 11/2010 México, D.F. a 12 de abril de 2010. A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO; CASAS DE BOLSA; CASAS DE CAMBIO; ENTIDADES DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR; INSTITUCIONES DE CRÉDITO; INSTITUCIONES

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos Código N: 1 de 16 Manual de Procedimientos Licitaciones Abreviadas 1 Código N: 2 de 16 Contenido PROCEDIMIENTO: LICITACIONES ABREVIADAS... 3 a. Propósito y alcance... 3 b. Responsables... 3 c. Abreviaturas...

Más detalles

CIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO

CIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO CIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO MOTIVO: Con el propósito de promover el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses del público, estima conveniente

Más detalles

Volumen 9, Número 4 Registro, 19 de Marzo de 2007 CONTENIDO

Volumen 9, Número 4 Registro, 19 de Marzo de 2007 CONTENIDO Volumen 9, Número 4 Registro, 19 de Marzo de 2007 ACUERDO NO. 126 CONTENIDO Por el cual se aprueba la nueva estructura administrativa de la Autoridad del Canal de Panamá, bajo la Oficina del Administrador

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA COMPRA DE TIQUETES AÉREOS.

REGLAMENTO PARA LA COMPRA DE TIQUETES AÉREOS. FEDERACION UNIDA DE TRIATLON DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA LA COMPRA DE TIQUETES AÉREOS. CONSIDERANDO I. Que la Junta Directiva de la Federación Unida de Triatlón en cumplimiento atribuciones y en virtud

Más detalles

Junta de Gobierno y Administración. Acuerdo G/JGA/39/2012

Junta de Gobierno y Administración. Acuerdo G/JGA/39/2012 Acuerdo General G/JGA/39/2012 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por el que se Reforma y Adiciona Normas para el Ingreso, Promoción y CONSIDERANDO

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO DE LA CIUDAD CAPITAL SAN JUAN BAUTISTA ORDEN EJECUTIVA NUM. JS- 158 SERIE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO DE LA CIUDAD CAPITAL SAN JUAN BAUTISTA ORDEN EJECUTIVA NUM. JS- 158 SERIE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO DE LA CIUDAD CAPITAL SAN JUAN BAUTISTA ORDEN EJECUTIVA NUM. JS- 158 SERIE 2004-2005 PARA ESTABLECER UN ESTIPENDIO DE TRANSPORTACION A EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos Código N: 1 de 17 Manual de Procedimientos Licitaciones Públicas 1 Código N: 2 de 17 Contenido PROCEDIMIENTO: LICITACIONES PÚBLICAS... 3 a. Propósito y alcance... 3 b. Responsables... 3 c. Abreviaturas...

Más detalles

DECRETO 1610 DE (Julio 30) Por el cual se reglamenta el artículo 26 de la Ley 1508 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

DECRETO 1610 DE (Julio 30) Por el cual se reglamenta el artículo 26 de la Ley 1508 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DECRETO 1610 DE 2013 (Julio 30) Por el cual se reglamenta el artículo 26 de la Ley 1508 de 2012. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en uso de sus facultades constitucionales, en especial de las

Más detalles

Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue

Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue JUNIO 21 Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue Resolución N : 0990 del 24/06/21 Página 1 de 10 JUNIO 21 Indice INTRODUCCION...

Más detalles

RESOLUCIÓN INCOP No EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN INCOP No EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA CONSIDERANDO: INCOP INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACiÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN INCOP No. 054-2011 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 10 de la

Más detalles

Fondo Social Presidente de la República 2017 RENDICIONES DE CUENTAS PARA PROYECTOS DE IMPLEMENTACIÓN Y EQUIPAMIENTO

Fondo Social Presidente de la República 2017 RENDICIONES DE CUENTAS PARA PROYECTOS DE IMPLEMENTACIÓN Y EQUIPAMIENTO RENDICIONES DE CUENTAS PARA PROYECTOS DE IMPLEMENTACIÓN Y EQUIPAMIENTO Dónde se efectúa la rendición? : Consideraciones Generales Proyectos FONDES: deberán rendir en la Intendencia o Gobernación respectiva.

Más detalles

Definición del modelo funcional transversal integrado para las Secretarías

Definición del modelo funcional transversal integrado para las Secretarías Definición del modelo funcional transversal integrado para las Secretarías Mapas de procesos resultantes a Tercer nivel Macroproceso Proceso Subproceso Recursos Materiales MABS Adquirir bienes y servicios

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN, MANEJO Y DESTINO DE LAS DONACIONES EN LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN UNAM

REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN, MANEJO Y DESTINO DE LAS DONACIONES EN LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN UNAM REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN, MANEJO Y DESTINO DE LAS DONACIONES EN LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN UNAM Marzo 2008 Í N D I C E PAG. PRESENTACIÓN... 2 MARCO JURÍDICO... 3 CAPITULO I Objeto

Más detalles

PRESENTACIÓN 3. ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal CAMBIOS RELEVANTES 6. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTABILIDAD 7 Definición

PRESENTACIÓN 3. ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal CAMBIOS RELEVANTES 6. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTABILIDAD 7 Definición Contenido PRESENTACIÓN 3 ASPECTOS GENERALES 4 Objeto y Ámbito de Aplicación Base Legal CAMBIOS RELEVANTES 6 UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTABILIDAD 7 Definición FUNCIONES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTABILIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL EL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR

Más detalles

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1 REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, POR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO OFICIALES (TÍTULOS PROPIOS) Y EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL Aprobado por Consejo de Gobierno 21

Más detalles

ACUERDO No (de 4 de febrero de 2010) Por medio del cual se dictan disposiciones sobre Calificación de Bancos LA JUNTA DIRECTIVA

ACUERDO No (de 4 de febrero de 2010) Por medio del cual se dictan disposiciones sobre Calificación de Bancos LA JUNTA DIRECTIVA ACUERDO No. 002-2010 1 (de 4 de febrero de 2010) Por medio del cual se dictan disposiciones sobre Calificación de Bancos LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que a raíz de

Más detalles

DIRECTIVA Nº OSCE/CD

DIRECTIVA Nº OSCE/CD DIRECTIVA Nº 018-2012-OSCE/CD DISPOSICIONES SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS ENTIDADES DEL ESTADO DEBEN UTILIZAR EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN I. FINALIDAD Orientar a

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE PROCEDIMIENTO DE COMPRA DE BIENES Y/O SERVICIOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE PROCEDIMIENTO DE COMPRA DE BIENES Y/O SERVICIOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE COMPRAS E INVENTARIO 1. OBJETO Establecer las actividades, responsabilidades y controles para adquirir los bienes y/o servicios requeridos por

Más detalles

Volumen 16, Número 5 Registro, 20 de octubre de 2014 CONTENIDO

Volumen 16, Número 5 Registro, 20 de octubre de 2014 CONTENIDO Volumen 16, Número 5 Registro, 20 de octubre de 2014 CONTENIDO ACUERDO No. 267 (de 13 de octubre de 2014) Por el cual se modifica el Reglamento de Actividades Comerciales, Industriales y de Prestación

Más detalles

PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DE BIENES, SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, MEDIANTE EL RÉGIMEN DE COTIZACIÒN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-002

PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DE BIENES, SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, MEDIANTE EL RÉGIMEN DE COTIZACIÒN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-002 PÚBLICA Página 1 de 5 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO UNIDAD ADMINISTRATIVA PROCEDIMIENTO SUMINISTROS, OBRAS Y SERVICIOS, MEDIANTE EL RÉGIMEN DE COTIZACIÒN PÚBLICA PRO-DAF-ADM-002 ELABORADO POR:

Más detalles

UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES. ANEXOS ACUERDO DE PRECIOS No. 1 DE 2008

UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES. ANEXOS ACUERDO DE PRECIOS No. 1 DE 2008 UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INVERSIÓN TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES ANEXOS ACUERDO DE PRECIOS No. 1 DE 2008 ACUERDO DE PRECIOS DE PAPELERÍA PARA LOS

Más detalles

Ministerio de Economía Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor -DIACO- PROCEDIMIENTO DE COMPRAS PROCEDIMIENTO DE COMPRAS CO-PR-01

Ministerio de Economía Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor -DIACO- PROCEDIMIENTO DE COMPRAS PROCEDIMIENTO DE COMPRAS CO-PR-01 Hoja: 1 de 10 Sistema de Gestión de la Calidad Hoja: 2 de 10 1. PROPÓSITO Establecer los lineamientos para la adquisición y abastecimiento de materiales, bienes y servicios, para el apoyo y desarrollo

Más detalles

Establecen disposiciones sobre creación, requisitos y procedimiento de inscripción en el Registro de Comercializadores

Establecen disposiciones sobre creación, requisitos y procedimiento de inscripción en el Registro de Comercializadores Establecen disposiciones sobre creación, requisitos y procedimiento de inscripción en el Registro de Comercializadores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 110-2000-MTC-15.03 Lima, 1 de marzo de 2000 CONSIDERANDO:

Más detalles

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y DECRETO 36 DE 12 DE ENERO DE 2016 MINISTERIO DEL TRABAJO Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.1.16 al 2.2.2.1.23 y se adicionan los artículos 2.2.2.1.24 al 2.2.2.1.32 del capítulo 1 del título

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES N 006 Caracas, 08 de julio de 2005 Año 195º y 146 PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Considerando que el

Más detalles

Prórroga al plazo de entrega contrato P-PS

Prórroga al plazo de entrega contrato P-PS Prórroga al plazo de entrega contrato P-PS-148-05-2016 Versión actualizada, mayo 2016 Contenido 1. DIAGRAMA DE PROCESO... 3 2. RECIBIR SOLICITUD DE PRÓRROGA PLAZO DE ENTREGA... 4 3. TRÁMITE SOLICITUD DE

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE COMPRAS

PROCEDIMIENTO DE COMPRAS PROCEDIMIENTO DE COMPRAS REGISTRO DE CAMBIOS FECHA DE VIGENCIA/ VERSIÓN No. 15-08-2013/V1 NUMERAL 5.6 5.8/ 5.9/ 5.13 /5.14 6.2 6.3 6.5 DESCRIPCION U ORIGEN DEL CAMBIO Se elimina la política de mantener

Más detalles

CIRCULAR 20/2011 ASUNTO: MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE DOMICILIACIÓN EN CUENTAS DE DEPÓSITO BANCARIO DE DINERO

CIRCULAR 20/2011 ASUNTO: MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE DOMICILIACIÓN EN CUENTAS DE DEPÓSITO BANCARIO DE DINERO CIRCULAR 20/2011 ASUNTO: MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE DOMICILIACIÓN EN CUENTAS DE DEPÓSITO BANCARIO DE DINERO MOTIVO: El Banco de México, con el objeto de seguir promoviendo el sano desarrollo del sistema

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO NÚMERO 29-2009. Guatemalatreinta de noviembre del dos mil nueve. EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS CONSIDERANDO: Que es necesario emitir instrucciones internas de carácter

Más detalles

Manual de Contratación Pública, para Gestión de Procesos relacionados. con el Extranjero

Manual de Contratación Pública, para Gestión de Procesos relacionados. con el Extranjero 2011 SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA b Manual de Contratación Pública, para Gestión de Procesos relacionados METODOLOGÍA PARA ADMINISTRACIÓN DE PROCESOS EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS (Identificación,

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO No MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO EJECUTIVO No MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ref. No. 019-2014-MTSS DECRETO EJECUTIVO No. 38803-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los incisos

Más detalles

Unidad de Administración Área de Abastecimientos y Activos Fijos DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE BIENES

Unidad de Administración Área de Abastecimientos y Activos Fijos DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE BIENES Unidad de Administración Área de Abastecimientos y Activos Fijos DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE BIENES CONTRATACIÓN POR INVITACIÓN DIRECTA PRIMERA CONVOCATORIA Invitación Directa N

Más detalles

TÍTULO: PROCEDIMIENTO PARA EL MANTENIMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

TÍTULO: PROCEDIMIENTO PARA EL MANTENIMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES CÓDIGO: P-DAM-SG-01 Pág. 1 de 7 1.0 Objetivo: Proporcionar los lineamientos generales para otorgar el servicio de mantenimiento tanto a los bienes muebles como a los inmuebles del Centro de Investigación

Más detalles

Volumen 10, Número 7 Registro, 27 de mayo de 2008 CONTENIDO

Volumen 10, Número 7 Registro, 27 de mayo de 2008 CONTENIDO Volumen 10, Número 7 Registro, 27 de mayo de 2008 CONTENIDO ACUERDO No. 162 (de 20 de mayo de 2008) Por el cual se modifica el Reglamento de Administración de Personal de la Autoridad del Canal de Panamá.....1

Más detalles

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 210 de 2007 derogada por el artículo 103 de la Resolución 1235 de 2014>

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 210 de 2007 derogada por el artículo 103 de la Resolución 1235 de 2014> RESOLUCIÓN 960 DE 2012 (mayo 17) Diario Oficial No. 48.439 de 23 de mayo de 2012 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)

Más detalles

Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno

Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno Extracto Arts. 19 al 21 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y Arts. 37 al 43 Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno Impuesto a la Renta LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL OPD SERVICIOS DE SALUD DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN

REGLAMENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL OPD SERVICIOS DE SALUD DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL OPD SERVICIOS DE SALUD DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN 2006 Sindicato de Zapopan REGLAMENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO MARCO LEGAL Artículo 132 fracción XI de la Ley federal

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 2 de Ley 1748 de 2014 y se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo referente al régimen de

Más detalles

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2009 Partida : MINISTERIO DE SALUD - Miles de $

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2009 Partida : MINISTERIO DE SALUD - Miles de $ LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2009 Partida : MINISTERIO DE SALUD - Miles de $ Subtitulo Clasificación Económica FONDO NACIONAL DE SALUD INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS vigencia: 1. Misión del Área Coadyuvar en el cumplimiento de las metas u objetivos de las dependencias que conforman la Facultad, mediante la oportuna planificación, programación, adquisición y suministro

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES. Acuerdo (De 03 de febrero de 2016)

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES. Acuerdo (De 03 de febrero de 2016) REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Acuerdo 2-2016 (De 03 de febrero de 2016) "Que modifica los artículos 5, 6,14,18 del Acuerdo 5-2014 de 01 de octubre de 2014 sobre los Corredores

Más detalles

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 231 DE DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS.

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 231 DE DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS. PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 231 DE DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS. El Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio (en

Más detalles

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL)

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energía Rango: Decretos Ejecutivos - CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD (ENEL) DECRETO No. 46-94, Aprobado el 28 de Octubre de 1994 Publicado en

Más detalles

Disposiciones generales

Disposiciones generales REGLAMENTO DEL CENTRO SUPERIOR DE INNOVACIÓN EDUCATIVA DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA. (A.38/2001. JUNTA DE GOBIERNO 2/10/2001 Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Constitución 1. Se crea

Más detalles

SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE ESTADO REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL COEFICIENTE REDUCTOR DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN FAVOR DE LOS POLICÍAS LOCALES AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES MUNICIPALES. Junio de 2017

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Documento de consulta Ultima reforma aplicada 26 de

Más detalles

Procedimiento para la captación y selección del personal académico y de administración y servicios PR_11

Procedimiento para la captación y selección del personal académico y de administración y servicios PR_11 PROCEDIMIENTO PARA LA CAPTACIÓN Y SELECCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO Y DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. REFERENCIAS/NORMATIVA 4. DEFINICIONES 5. DESARROLLO 6. REVISIÓN, SEGUIMIENTO Y

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3990-E Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Recategorización de oficio. Medios de pago. Emisión electrónica de comprobantes

Más detalles

Providencia Nº 006, mediante la cual se establecen los lineamientos generales que regirán el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios

Providencia Nº 006, mediante la cual se establecen los lineamientos generales que regirán el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios Providencia Nº 006, mediante la cual se establecen los lineamientos generales que regirán el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios (Gaceta Oficial Nº 39.805 del 22 de noviembre de 2011) REPÚBLICA

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) L 179/26 REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 666/2014 DE LA COMISIÓN de 12 de marzo de 2014 que establece los requisitos sustantivos para el sistema de inventario de la Unión y toma en consideración las modificaciones

Más detalles

CONTRATO DISTRIBUCIÓN EN EXCLUSIVA REUNIDOS

CONTRATO DISTRIBUCIÓN EN EXCLUSIVA REUNIDOS CONTRATO DISTRIBUCIÓN EN EXCLUSIVA En..., a... de... REUNIDOS De una parte la mercantil... con domicilio en..., c/..., y C.I.F. nº... Interviene en su nombre y representación D...., provisto de su DNI

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000 RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000 EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales

Más detalles

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE: La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la

Más detalles

2016. Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016

2016. Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016 PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016 PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS 2016 INDICE PÁGINA Justificación 3 Objetivo 3 Políticas 3 Marco Legal 4 Organigrama 8 Previsiones Presupuestales

Más detalles

ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA

ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA Artículo 1. Objeto Este reglamento tiene por objeto establecer el marco general de funcionamiento del Centro de Información Crediticia

Más detalles

Gaceta Oficial N Extraordinario de fecha 30 de diciembre de Decreto N de fecha 27 de diciembre de 1996.

Gaceta Oficial N Extraordinario de fecha 30 de diciembre de Decreto N de fecha 27 de diciembre de 1996. Gaceta Oficial N 5.128 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 1996 Decreto N 1.661 de fecha 27 de diciembre de 1996 Rafael Caldera Presidente de la República En ejercicio de la atribución que le confiere

Más detalles

Proceso de Acreditación HRR Noviembre 2015 PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS CLÍNICOS EN HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA

Proceso de Acreditación HRR Noviembre 2015 PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS CLÍNICOS EN HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS CLÍNICOS EN HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA Página: 1 de 7 1. OBJETIVO Estandarizar el proceso de adquisición Hospital Regional Rancagua. 2. ALCANCE Aplica a la Unidad

Más detalles

REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES.

REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES. REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES. EXPOSICION DE MOTIVOS. La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas

Más detalles

CONSEJO DE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO

CONSEJO DE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO CONSEJO DE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO PRINCIPALES LEYES Y REGLAMENTOS DEDICADOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL NOTIFICADOS EN VIRTUD DEL PÁRRAFO 2 DEL

Más detalles

CONTENIDO. Volumen 10, Número 12 Registro, 14 de noviembre de 2008

CONTENIDO. Volumen 10, Número 12 Registro, 14 de noviembre de 2008 Volumen 10, Número 12 Registro, 14 de noviembre de 2008 CONTENIDO ACUERDO No. 170 (de 30 de octubre de 2008) Por el cual se establecen criterios y directrices aplicables a la inversión de la liquidez de

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Correo legal / Lunes 04 de mayo del 2015 1 INFORMATIVO 2015-00 0029-A Quito, 04 de mayo del 2015 OBRA: RESOLUCIONES DEL SRI TEMA AFECTADO: A los sujetos pasivos emisores de

Más detalles

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995 REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No. 26-95, Aprobado el 14 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 118 del 26 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

Reportes para Ley de Acceso a la Información Pública

Reportes para Ley de Acceso a la Información Pública Reportes para Ley de Acceso a la Información Pública Guatemala, abril 2009 Ley de Acceso a la Información Pública El Decreto 57-2008 inicia su vigencia el 21 de abril de 2009. Están sujetas a esta ley

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Resolución Nº Caracas, 19 de julio de y 141

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Resolución Nº Caracas, 19 de julio de y 141 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS COMISIÓN NACIONAL DE VALORES Resolución Nº 173-2000 Caracas, 19 de julio de 2000 190 y 141 La Comisión Nacional de Valores en uso de las atribuciones

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Correo legal / Miércoles 05 de marzo del 2014 1 INFORMATIVO 2014-00 0012 Quito, 05 de marzo del 2014 OBRA: RÉGIMEN DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO TOMO II TEMA AFECTADO: Apruébase

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISION AUXILIAR POR PARTE DEL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISION AUXILIAR POR PARTE DEL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI) REGLAMENTO PARA LA SUPERVISION AUXILIAR POR PARTE DEL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI) Artículo 1: Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES El presente Reglamento establece las normas generales por

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES

CONDICIONES PARTICULARES CONDICIONES PARTICULARES C O M P R A D I R E C T A A M P L IA D A N º 0 28 6 9 / 2 0 1 6 1. OBJETO La Agencia Nacional de Vivienda, se encuentra abocada a dar inicio ante la DGI, a los trámites correspondientes

Más detalles

Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC)

Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC) Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 020-2007-EM (14.04.2007) Que,

Más detalles

Texto audiencia pública Plazo: Hasta el 16/03/2017 Correo electrónico:

Texto audiencia pública Plazo: Hasta el 16/03/2017 Correo electrónico: Proyecto de Orden EIC/ /2017, de de marzo, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir con periodicidad anual, por las entidades aseguradoras

Más detalles

Marco normativo CNDH ARTÍCULO I ARTÍCULO II

Marco normativo CNDH ARTÍCULO I ARTÍCULO II PROTOCOLO QUE MODIFICA EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES Y NIÑOS, CONCLUIDO EN GINEBRA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1921 Y EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE EDAD,

Más detalles

LIBRO DE RECLAMACIONES

LIBRO DE RECLAMACIONES LIBRO DE RECLAMACIONES Proyecto de Reglamento del Libro de Reclamaciones Artículo 1º.- Ámbito de aplicación Las disposiciones del presente Título son de obligatorio cumplimiento para los proveedores que

Más detalles

Manual de Procedimientos. P-1010: Contrataciones directas

Manual de Procedimientos. P-1010: Contrataciones directas Manual de Procedimientos : Contrataciones directas Código N: 1 de 11 Contenido PROCEDIMIENTO: CONTRATACIONES POR EXCEPCIÓN... 2 a. Propósito y alcance... 2 b. Responsables... 2 c. Abreviaturas... 2 d.

Más detalles

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: JD-4912 Panamá 20 de Septiembre de 2004.

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: JD-4912 Panamá 20 de Septiembre de 2004. ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: JD-4912 Panamá 20 de Septiembre de 2004. Por medio de la cual se ADICIONAN a la Resolución No. CT-1421 de 18 de febrero de 2003, otorgada a la empresa

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO DE ( ) LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades conferidas en el artículo 78 de la Constitución Política

Más detalles