EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
|
|
- Soledad Salinas Córdoba
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, A CARGO DEL SEN. MARIO LÓPEZ VALDEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Senador de la República por el Estado de Sinaloa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a la consideración de esta Asamblea la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide la Ley de Deportistas de Alto Rendimiento, de conformidad con la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS México en los últimos años ha olvidado a sus deportistas y en la actualidad enfrena una escasez de jóvenes que vean como una opción real el emprender una carrera deportiva como plataforma para su desarrollo físico, mental y profesional. Menos del 7% de la población mayor de 15 años realiza alguna actividad física o deporte que sea significativo para cuidar o mantener los niveles apropiados de salud. Esta carencia de optimismo por parte de la juventud de nuestro país es reflejo de la falta de apoyo tanto económico como académico que limita las oportunidades y anhelos de los deportistas. Es un problema real la disyuntiva a la cual se enfrenta el deportista de alto rendimiento en México en algún punto de su vida, que es la decisión que tiene que tomar entre seguir practicando el deporte o continuar sus estudios y desarrollo profesional. Ser deportista en México no supone un desarrollo global de las facultades básicas del individuo, como son un buen estado de salud y a la vez el desarrollo de sus capacidades intelectuales, es por eso que necesitamos urgentemente crear programas y organismos que incentiven a los deportistas a emprender una carrera deportiva otorgándoles a la vez la oportunidad de continuar con sus estudios, es decir, que el hecho de ser deportista no le prive de su carrera profesional en el futuro, sino más bien, que el crecer como deportista le apoye a culminar sus estudios de manera exitosa y sin sacrificio económico alguno. Necesitamos urgentemente crear modelos a seguir, el fortalecer a los símbolos del deporte como un esquema que los demás valoremos, que los niños admiren y puedan considerarlos como un ejemplo a seguir. Para esto debemos dignificar y reconocer su esfuerzo, constancia y capacidades. Tenemos que reconocer que la gran mayoría de los deportistas mexicanos de excelencia, no siempre son producto de los sistemas nacionales ni estatales de cultura física y deporte, más bien, del esfuerzo y dedicación personal y familiar. Es en muchas ocasiones a escala familiar donde la niñez y juventud encuentran apoyo para desarrollarse y alcanzar niveles de alto rendimiento. Los servicios y los apoyos financieros que requieren los deportistas de alto rendimiento son escasos y muchas veces están centralizados. El talento representa una condición esencial para la excelencia en el deporte y las competencias atléticas de alto rendimiento. La identificación del mismo y el apoyo para su desarrollo, supone un primer momento para los individuos que podrán participar con los más altos estándares de perfeccionamiento deportivo. De acuerdo con los especialistas en la materia, destacan tres aspectos fundamentales para la selección de talentos deportivos: 1. El delinear criterios objetivos para seleccionar a los atletas a partir de las exigencias y particularidades de la disciplina deportiva en cuestión, lo cual implica un diagnóstico multidisciplinario sobre las cualidades innatas y factores de desarrollo.
2 2. La identificación del momento adecuado en la vida de los deportistas para iniciar la selección, conforme a la actividad deportiva de que se trate. 3. El desarrollar los métodos para la evaluación de los aspectos considerados en la selección, mismos que deben reunir requisitos mínimos de validez, confiabilidad y especificidad para cada categoría de competencias. Se requiere un sistema permanente que favorezca el desarrollo y consolidación de deportistas de alto rendimiento, además de contar con el relevo y complementación generacional. Un sistema que se encuentre exento de intereses políticos, de centralización de recursos y de decisiones. El hablar de la creación de todo un sistema nacional de deporte de excelencia, es hablar también de médicos de deporte, entrenadores, árbitros y jueces, entre otros. Es por tal motivo que vemos con agrado la creación de Centros para el Desarrollo del Deporte de Alto Rendimiento (CAR), a lo largo y ancho del país, como es el caso de los CAR de Baja California, Nuevo León y la próxima construcción de un CAR en Culiacán, Sinaloa. La CONADE, conjuntamente con los institutos estatales del deporte, han desarrollado como primera etapa centros estatales de alto rendimiento con capacidad para atender cuatro disciplinar deportivas, y también centros regionales de alto rendimiento, con capacidad para atender a cinco o más disciplinas deportivas, dando prioridad a aquellos deportes en los que se destacan los deportistas del estado o región. Mediante estos centros se pretende captar y proporcionar una mejor atención técnica a los deportistas destacados de la localidad, desde los niveles de iniciación deportiva hasta un nivel previo al de seleccionado nacional juvenil o seleccionado nacional de categoría mayor. Una vez seleccionados podrán concentrarse en el Centro Nacional de Alto Rendimiento (CNAR), con el objeto de dar seguimiento a su proceso de preparación, atendiendo al principio técnico metodológico, que establece que donde hay mayor densidad competitiva se generan mejores posibilidades de desarrollo deportivo. Compañeras y compañeros Senadores: Como Grupo Parlamentario del PRI, tenemos la firme convicción y estamos acostumbrados a trabajar construyendo cada día un mejor México. Esta iniciativa busca el sentar las bases para la consolidación del deporte de alto rendimiento a escala nacional, al permitir la formalización de los apoyos y mecanismos que den mayor certeza y viabilidad a los profesionales del deporte. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente Iniciativa con proyecto de: DECRETO QUE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente Ley es de observancia general en el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Fomentar el pleno desarrollo de los deportistas de alto rendimiento en México; II. Formular, proponer y ejecutar las políticas que orienten el fomento y desarrollo del deporte de alto rendimiento; III. Crear y regular el Sistema Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento;
3 IV. La creación del Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento; V. La coordinación entre los diferentes niveles de gobierno para la instrumentación de los beneficios a los deportistas de Alto Rendimiento; VI. El establecimiento de las bases y directrices para el otorgamiento de beneficios a los deportistas de Alto Rendimiento; VII. Fomentar el desarrollo del deporte de alto rendimiento como ejemplo y medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades; VIII. Fomentar el desarrollo del deporte de alto rendimiento como medio importante en la prevención del delito; IX. La determinación de lineamientos para llevar a cabo la participación de los sectores social y privado en el apoyo otorgados a los deportistas de Alto Rendimiento. Artículo 2. Son autoridades competentes para aplicar el presente ordenamiento, dentro de sus respectivas atribuciones conforme a esta Ley: I. El Presidente de la República: II. III. La Secretaría de Educación Pública; La Comisión Nacional de Deporte. Artículo 3. En el ámbito de sus competencias, le corresponde a la Comisión Nacional del Deporte la aplicación de esta Ley y para todo lo no previsto se atenderá de manera supletoria a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la Ley General de Cultura Física y Deporte, y en la Ley General de Educación. Artículo 4. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: I. Sistema, el Sistema Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento. Es el Sistema responsable de la asignación de beneficios, apoyos y promoción de los deportistas, médicos, jueces y entrenadores de alto rendimiento. II. Comisión. La Comisión Nacional del Deporte. III. Registro, el Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento. Es el Registro en el cuál se encontrarán inscritos los beneficiarios del Sistema Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento, de acuerdo a una previa selección y clasificación de los mismos. IV. Deporte de Alto Rendimiento. Se considera al deporte de alto rendimiento como la práctica sistemática de especialidades deportivas, con altas exigencias de capacitación y entrenamiento para deportistas. V. Deportista de Alto Rendimiento. Se considera deportista de alto rendimiento a la persona que practica sistemáticamente una especialidad deportiva, con altos niveles de formación, entrenamiento y que participa en los principales eventos de su especialidad, obteniendo resultados sobresalientes. VI. Educación Física. Proceso por medio del cual se adquiere, transmite y acrecienta la cultura física; VII. Cultura Física. Conjunto de bienes (conocimientos, ideas, valores y elementos materiales) que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo.
4 VIII. Deporte. Actividad institucionalizada y reglamentada, desarrollada en competiciones que tiene por objeto lograr el máximo rendimiento. CAPÍTULO II DEL SISTEMA NACIONAL DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO Artículo 5. Se crea el Sistema Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento, dependiente de la Comisión Nacional del Deporte. Artículo 6. El Sistema Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento, tiene por objeto: I. La coordinación de recursos para fortalecer el Sistema; II. La ampliación y diversificación de los apoyos y programas en beneficio de los deportistas de alto rendimiento; III. IV. La creación del Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento; Efectuar la coordinación del Sistema a través del Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento; V. Establecer los mecanismos participativos para planear y programar la expansión del Sistema; VI. VII. VIII. IX. Emitir la normatividad técnica del Sistema, y supervisar su cumplimiento; Dotar al Sistema de herramientas y formación para su desarrollo y operación; Proporcionar entrenamiento y capacitación al personal adscrito al Sistema; Proporcionar asesoría técnica al Sistema; X. Difundir a nivel nacional los servicios del Sistema; XI. Realizar las demás funciones que sean análogas a las anteriores y que le permitan alcanzar sus propósitos. CAPÍTULO III DE LOS BENEFICIOS BASE DEL SISTEMA NACIONAL DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO Artículo 7. La Comisión Nacional del Deporte, definirá los criterios generales para formar parte del Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento, su sistema de clasificación, modalidad de operación, mecánica de aplicación de beneficios y supervisar el correcto desempeño del Sistema. Artículo 8. Los beneficios básicos del Sistema se otorgarán a los deportistas, médicos del deporte, árbitros o jueces y entrenadores, que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Deportistas de Alto Rendimiento, siendo los siguientes: a) Reserva de un cupo adicional de plazas en las Escuelas y Universidades Públicas para quienes reúnan los requisitos académicos necesarios;
5 b) Plaza federal con categoría de entrenador, de tiempo completo en una institución educativa o deportiva; c) La autorización para que en base a un presupuesto presentado de manera anual, le sea autorizado que una empresa privada exente al 100% de impuestos todo el apoyo que le otorgue; d) Beca económica; e) Beca académica en la institución que realice sus estudios; f) Cobertura médica; g) Exención de pago en el transporte público; h) Descuentos permanentes en transporte; i) Y los demás beneficios que el Sistema les otorgue. Se tendrá acceso a estos apoyos en base al desempeño y talento deportivo; de acuerdo a la siguiente clasificación: Estímulos a Deportistas de Alto Rendimiento CATEGORÍA NIVEL EN BASE AL ARTICULO 10 DE ESTA LEY Categoría A Medallistas olímpicos, clasificados en los tres primeros lugares en competencias mundiales oficiales, su médico y entrenador. Categoría B Campeones Nacionales clasificados en alguno de los tres primeros lugares en competencias oficiales, su médico y entrenador. Categoría C Campeones Regionales clasificados en alguno de los tres primeros lugares de competencias oficiales, su médico y entrenador. Categoría D Campeones Estatales clasificados en alguno de los tres primeros lugares de competencias oficiales, su médico y entrenador. Categoría E Talentos infantiles que sean considerados como una promesa en el deporte Incisos a, b, c, d, e, f, g, h Incisos d, e, f, g, h, i Incisos e, f, g, h, i Incisos e, g, h Incisos e, g, h La Comisión Nacional del Deporte podrá en casos excepcionales, otorgar beneficios adicionales a médicos del deporte, jueces o árbitros y entrenadores, de acuerdo a su constancia y desempeño a favor del deporte de excelencia. El registro y clasificación se llevaran a cabo de manera anual y se conservarán los beneficios, siempre y cuando se haya cumplido con el programa de trabajo establecido. CAPÍTULO IV DE LOS SISTEMAS ESTATALES DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO Artículo 9. Corresponderá al Gobierno del Distrito Federal y a los Gobiernos de los Estados, en los términos de las disposiciones locales y los acuerdos de coordinación que se celebren: I. Integrar el Sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento; II. Crear el Registro Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento;
6 III. Coordinar, administrar y operar el Sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento y supervisar su funcionamiento; IV. Designar al titular del Sistema Estatal de Deportistas de alto Rendimiento. V. Nombrar, adscribir y remunerar al personal destinado a la operación del Sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento; VI. Difundir a nivel estatal los servicios del Sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento; VII. Dotar al sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento de los locales y del equipo necesario para su desempeño; y VIII. Buscar y otorgar otros beneficios que el Sistema Estatal les otorgue. Artículo 10. Los integrantes del Sistema Estatal de Deportistas de Alto Rendimiento serán designados por el Gobernador del Estado. ARTÍCULOS TRANSITORIOS Primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Se derogan las disposiciones que se opongan a las normas previstas en la presente Ley. A t e n t a m e n t e SEN. MARIO LÓPEZ VALDEZ Palacio Legislativo de Xicoténcatl, sede de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, a los 20 días del mes de octubre del 2009.
Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016
Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Integración Social Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 PROGRAMA DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL (E040) CONTENIDO
Más detallesINTRODUCCIÓN. La educación es el medio fundamental de las sociedades para conservar, trasmitir y transformar la cultura y la vida de los individuos.
Página: 1 / 1 Fecha INTRODUCCIÓN Para enfrentar los retos impuestos por las actuales exigencias nacionales e internacionales es indispensable fortalecer la Educación Nacional; es por ello que Gobierno
Más detallesal Fondo Metropolitano, y con ello, destinar erogaciones adicionales a las aprobadas en el
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA. 09 de mayo de 2012 Comisión Permanente Iniciativa Presenta: Dip. Omar Rodríguez Cisneros (PRI- México) Objeto:
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesC O N S I D E R A N D O
CC. SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. P R E S E N T E. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Estado Libre y Soberano de Puebla; y Gobernador Constitucional del C O N S I D E R A N D
Más detallesREGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL
REGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL TEXTO VIGENTE (Reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 20 de octubre de
Más detalles(16-23 años) Varonil. Participación Máxima por Entidad. Categoría Atletas D.T. Asistente Arb. Del. Total
Anexo Técnico 2009 Fútbol de Sala Deportistas Especiales 1. Categoría y Rama: Fútbol de Sala Categorías (Cumplidos al año de la competencia) Rama 1986-1993 (16-23 años) Varonil 2. Participantes: Participación
Más detallesLa ley y las competencias profesionales en baloncesto.
La ley y las competencias profesionales en La ley 10/1990, de 15 de octubre. del Depone en su título VII sobre investigación y enseñanzas deportivas dice en su artículo 55 que: l. El Gobierno. a propuesta
Más detallesCOLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION DISPOSICIONES GENERALES El Programa Jóvenes Adelante cuenta con reglas de operación, para poder llevar a cabo
Más detallesGaceta Parlamentaria de la ALDF 29 de marzo de Núm Año 03
DIP. CARLO PIZANO SALINAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, V LEGISLATURA. El que suscribe, Diputado de la V Legislatura de la Honorable Asamblea Legislativa
Más detallesVI LEGISLATURA DElODOS
'J,~ DIPUTADO: ALEJANDRO PIÑA MEDINA f} VI LEGISLATURA DElODOS Allende núm. 8, Col. Centro Histórico, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06010, México Distrito Federal, Tel. 55128785 INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO
Más detallesMinisterio de Cultura Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES República de Colombia
PARA LA SOCIALIZACION E IMPLEMENTACION DEL PLAN DECENAL Un acuerdo nacional El plan decenal es resultado de un año de consultas y concertación nacional con los departamentos, los municipios y los organismos
Más detallesCURSO DE FORMULACION Y PREPARACION DE PROGRAMAS DE INVERSION PUBLICA 2015
CURSO DE FORMULACION Y PREPARACION DE PROGRAMAS DE INVERSION PUBLICA 2015 ANTECEDENTES El Curso forma parte del Programa de Capacitación del Sistema Nacional de Inversiones del Ministerio de Desarrollo
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: Diputados Elías Abaid Kuri, Jesús Ricardo Morales Manzo y José Venancio Ojeda Hoyos; integrantes
Más detallesREGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Movimiento de Trabajadores y Productores El Movimiento de Trabajadores y Productores, es
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO PRESENTE. LA SUSCRITA DIPUTADA GABRIELA MEDRANO GALINDO, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO Y MIEMBRO DEL
Más detallesANEXO TÉCNICO DEPORTISTAS ESPECIALES
Anexo Técnico 2007 Atletismo, Natación y Fútbol Siete Deportistas Especiales 1. Categorías y Ramas: Categorías (Cumplidos al año de la competencia) 1993-1995 (12-14 años) 1990-1992 (15-17 años) 1986-1989
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO CAPITULO I De las Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y social, además
Más detallesACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE ENFERMERAS DEL ESTADO DE JALISCO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE ENFERMERAS DEL ESTADO DE JALISCO Al margen un sello dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados
Más detallesEl Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en México
V Reunión de la Conferencia Estadística de las Américas Índice Seminario sobre desarrollo de los sistemas estadísticos nacionales: experiencias recientes, aprendizaje y evaluación. El Sistema Nacional
Más detallesNo participará ningún(a) deportista en una categoría que no corresponda a la suya, de acuerdo a las edades que están contempladas en este documento.
1. CATEGORIAS Y RAMAS: Anexo Técnico 2011 Ajedrez Categoría Sub 14 años (1997y menores) Juvenil Intermedia 15-16 años (1995-1996) Juvenil Mayor 17-18 años (1993-1994) Rama Femenil y Varonil No participará
Más detallesModelo Mexicano de Formación Dual (MMFD). Prueba piloto SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR 1
Modelo Mexicano de Formación Dual (MMFD). Prueba piloto 1 Características del modelo alemán de formación dual 1.! Consenso acerca de la idoneidad del lugar de trabajo para la formación de los jóvenes.
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Más detallesACUERDO No. 020 de (Agosto 28 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN ESTIMULOS PARA LOS DEPORTISTAS DESTACADOS DEL MUNICIPIO DE TAMINANGO NARIÑO
ACUERDO No. 020 de (Agosto 28 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN S PARA LOS DEPORTISTAS DESTACADOS DEL MUNICIPIO DE TAMINANGO NARIÑO EL NARIÑO En uso de las facultades constitucionales y legales,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE ASAMBLEA: El suscrito, Luis G. Serrato Castell, diputado integrante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Sexagésima Primera Legislatura, en ejercicio de mi derecho de
Más detallesDirector: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO
Director: Lic. Jorge Armando Verdín López Sección Trigésima Tercera Tepic, Nayarit; 20 de Diciembre de 2008 SUMARIO Tomo CLXXXIII Número: 115 Tiraje: 150 SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
Más detallesINSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica
Más detallesLXXVII Convención Bancaria. Acapulco, Gro. Abril, 2014
LXXVII Convención Bancaria Acapulco, Gro. Abril, 2014 La Reforma Financiera representa una extraordinaria oportunidad para que el sector financiero contribuya a consolidar un crecimiento económico sostenido
Más detallesNacional Juvenil 2016 Anexo Técnico Atletismo
1. CATEGORÍAS Y RAMAS: Nacional Juvenil 2016 Anexo Técnico Atletismo Categoría Rama 18-20 años (1998-1996) Femenil y Varonil 2. PARTICIPANTES: Ningún participante podrá desempeñar otra función dentro del
Más detallesLEY QUE CREA EL ÓRGANO DESCENTRALIZADO CENTRAL DE ABASTO DE MÉRIDA
H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY QUE CREA EL ÓRGANO DESCENTRALIZADO CENTRAL DE ABASTO DE MÉRIDA SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS Publicación en el
Más detalles1 de 6. La Olimpiada Nacional será evento selectivo para el Campeonato Panamericano Junior.
1 de 6 Anexo Técnico 2008 Ciclismo 1. Evento Selectivo: La Olimpiada Nacional será evento selectivo para el Campeonato Panamericano Junior. 2. Categorías y Ramas: Categoría (Cumplidos al año de competencia)
Más detallesXIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario.
SUBSECRETARÍA DE FOMENTO EMPRESARIAL de acuerdo al reglamento interior I. Implementar y dirigir la política en materia de atracción, fomento y promoción de proyectos de inversión, en los términos de la
Más detallesTercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario
Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Intervención del diputado, Miguel Ángel Albarrán Almazán con la Iniciativa de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la
Más detallesAnexo Técnico 2012 Deportes Sobre Silla de Ruedas Danza Deportiva
Anexo Técnico 2012 Deportes Sobre Silla de Ruedas Danza Deportiva 1. CATEGORÍAS Y RAMAS: Categoría (Cumplidos al año de la competencia) Rama 10-15 años (Nacidos entre el 1 de Enero de 1997 al 31 de Diciembre
Más detallesDirector Comercial Regional. Subdirector General de Comercial. Subdirector General de Comercial
A. DATOS GENERALES Código del puesto Denominación de puesto Director Comercial Regional B. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. Datos de identificación del puesto Tipo de funciones X Administrativa Sustantiva Órgano
Más detallesACUERDO 03 DE (Julio 14)
ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA
Más detallesCARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA
CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesLos suscritos, OSCAR ENRIQUE RIVAS CUELLAR,
H. CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULlPAS PRESENTE Los suscritos, OSCAR ENRIQUE RIVAS CUELLAR, FRANCISCO JAVIER GARZA DE COSS, PATRICIA GUILLERMINA RIVERA VELÁZQUEZ, BELÉN ROSALES PUENTE, JOSÉ SALVADOR ROSAS
Más detallesNo. EMPRESA OBJETO PERIODO
206 No. EMPRESA OBJETO PERIODO COMPUTACIÓN EN ACCIÓN, S.A. DE C.V. "CONTPAQ i" Otorgar al ITLP la autorización para uso académico de los programas, a través de su implantación dentro de los laboratorios;
Más detallesDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES
1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES Naturaleza jurídica: Organismo del sector central de la administración pública
Más detallesCINCO PREGUNTAS CLAVE PARA ENTENDER LA REFORMA EDUCATIVA
CINCO PREGUNTAS CLAVE PARA ENTENDER LA REFORMA EDUCATIVA CINCO PREGUNTAS CLAVE PARA ENTENDER LA REFORMA EDUCATIVA 1. QUÉ OBJETIVOS PERSIGUE LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE? 2. CÓMO LOGRAR ESTOS
Más detallesUltima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005.
Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del 12 de enero de 2005. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 08 de junio de 1971. LEY DE LA CASA DE LA CULTURA OAXAQUEÑA
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL
Procedimiento: Elaborar el Ordenamiento de Prestaciones para el Personal Código: A00-PR-0 Objetivo(s): Establecer el procedimiento. Los formatos, la base de datos el padrón de los trabajadores y familiares
Más detallesFACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y
FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo
Más detallesDlP. ARMANDO TONATIUH GONZÁLEZ CASE INICIATIVA INICIATIVA DE REFORMA Y ADICION A LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO REDERAL.
cz \/1 LEGISLATURA DlP. ARMANDO TONATIUH GONZÁLEZ CASE ~RD c()mpmé~~~~ DE REFORMA Y ADICION A LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO REDERAL. Diputado presidente el que suséribe diputado Armando
Más detallesMANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIVERSITARIA
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIVERSITARIA Panamá, Junio de 2012 Elaborado por: Ing. Carlos Torres 2 Tabla de contenido 1. Introducción... 4 2. Definiciones y Disposiciones
Más detallesMANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIA LABORALES INTRODUCCIÓN
Número de Página 1 INTRODUCCIÓN La Superintendencia de Industria y Comercio, adelantó los estudios que permitieron elaborar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, de la planta de cargos
Más detallesFICHA PARA DILIGENCIAR PROYECTOS PARA PRESENTAR AL BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN MUNICIPAL ALCALDÍA DE PUERRES
FICHA PARA DILIGENCIAR PROYECTOS PARA PRESENTAR AL BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN MUNICIPAL ALCALDÍA DE PUERRES 1. NOMBRE O TITULO DEL PROYECTO ADQUISICION DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS, PARA
Más detallesPolítica de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva. BBVA Colombia
Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva BBVA Colombia CONTENIDO pág. 1 Introducción 3 2 Requisitos 3 3 Procedimiento 4 4 Sucesión de la Junta Directiva 5 2 1. Introducción
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO
Más detallesLa ley y las competencias profesionales en atletismo.
La ley y las competencias profesionales en atletismo. La ley 10/1990, de 15 de octubre. del Depone en su título VII sobre investigación y enseñanzas deportivas dice en su artículo 55 que: l. El Gobierno.
Más detallesProcedimiento para Orientación Becas-SEP
Página: 1 de 14 Procedimiento para Orientación Becas-SEP TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO 10 a 15 min en ventanilla y/o vía telefónica FECHA DE ELABORACIÓN 25 Enero de 2014 FECHA DE REVISIÓN Septiembre
Más detallesREGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado
REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 25 de octubre de 2006. Lic.
Más detallesAmpliación de las funciones docentes:
Ampliación de las funciones docentes: resignificación del currículum y atención a la diversidad gestión institucional interacción con el mundo del trabajo diseño e implementación de situaciones de enseñanza-aprendizaje
Más detallesDescripción. Objetivo. Perfil de ingreso
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades Área Académica de Sociología y Demografía Licenciatura en Planeación y Desarrollo Regional Descripción El Desarrollo
Más detallesLineamiento para Acreditación de Actividades Complementarias versión 1.0 Planes de estudio
Lineamiento para Acreditación de Actividades Complementarias versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Octubre de 2011 1. Propósito Establecer el lineamiento para la acreditación de las actividades complementarias,
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesReflexiones desde las Normas Internacionales de Trabajo LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES EN EL TELETRABAJO
1 Reflexiones desde las Normas Internacionales de Trabajo LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES EN EL TELETRABAJO 2 Un contexto en continuo cambio De la necesidad de continuidad de las labores en tiempos
Más detallesCOLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
IV.1.2.5.- Fortalecer el programa de becas para incrementar las oportunidades de acceso, permanencia y terminación oportuna de alumnos en situación adversa así como apoyar a estudiantes con Sobresaliente
Más detalles1.3 DENOMINACION: Asesor. Cargo de libre nombramiento y remoción
1.1 NIVEL: Asesor 1.2 CODIGO: 105 1.3 DENOMINACION: Asesor. Cargo de libre nombramiento y remoción 1.4 GRADOS: 01,02,03,04,05,06,07,08,09 y 10 1.5 OBJETIVO BASICO DEL CARGO Asesorar a las directivas de
Más detallesINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Categoría BASE DE OPERACIÓN 8,289,569,649.86 1,191,018,981.06 877,540,550.54 PROYECTOS ESPECIALES 3,113,142,931.14 1,160,304,281.14 1,043,324,842.65 PROCESO FEDERAL 79,730,384.04 19,206,453.04 11,508,083.06
Más detallesCONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN 1. El Sistema Nacional de Planificación del Consejo de la Judicatura Es el conjunto ordenado de
Más detallesOrganigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO
Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE DEPORTIVO VICEPRESIDENTE ECONOMICO VOCALES ASESORIA JURIDICA SERVICIOS MEDICOS.
Más detallesPágina 2 de 12 Clave:
Índice Página 1. Introducción 3 2. Objetivo 4 3. Antecedentes Históricos 5 4. Marco Jurídico-Administrativo 6 5. Atribuciones 7 6. Políticas 8 7. Organograma Estructural 10 8. Funciones Sustantivas 11
Más detallesAprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente
Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 014-2008-ED Que,
Más detallesLey de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco
Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco LIC. MANUEL RODRÍGUEZ VILLAMIL 06 de Septiembre de 2012 Villahermosa, Tab. Índice: I. Objetivo I. Incorporar una nueva Ley de Asociaciones
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.
PAG: 1554 Objetivo: Políticas y/o Normas De Operación: Proporcionar a los ciudadanos una vía de acceso única para la introducción de sus trámites a la delegación. Las atribuciones correspondientes a esta
Más detallesPROYECTO SELECCIÓNES NACIONALES CICLO
PROYECTO SELECCIÓNES NACIONALES CICLO 2014-2016 INTRODUCCION La necesidad de desarrollo de la natación nacional pasa entre otras cosas por el cambio fundamental de las estructuras, tanto en modalidad de
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales
Más detallesSENCILLOS MASCULINO Y FEMENINO EQUIPOS MASCULINO Y FEMENINO DOBLES MASCULINO Y FEMENINO DOBLES MIXTOS
1. SEDE Y FECHA El Campeonato de a realizarse en el marco de los XIX Juegos Deportivos Nacionales Carlos Lleras Restrepo, tendrá lugar en la ciudad que determine Coldeportes Nacional en el año 2012 y corresponderá
Más detalles2.1 Funciones. 1. Planear, diseñar y coordinar el plan anual de formación y desarrollo de personal, con base a competencias.
1. Datos Generales 1.1 Puesto: Coordinador de Recursos Humanos 1.2 Clasificación del puesto: Personal mandos medios 1.3 Área: Dirección de Administración 1.4 Jornada 40 horas 1.5 Puesto al que reporta:
Más detallesH.Cámara de Diputados de la Nación
H.Cámara de Diputados de la Nación PROYECTO DE RESOLUCIÓN Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo
Más detallesSección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones
Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Artículo 14.- La definición del capítulo, conceptos, partidas genéricas y específicas de gasto correspondientes a inversiones financieras
Más detallesCONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Más detallesREGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR
REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y
Más detallesOBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:
OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones
Más detallesUNIVERSIDAD SAN PEDRO Código :
N de páginas :0/6 DIRECTIVA Nº 001-2014-USP-OGCA ORGANIZACIÓN DE LABOR DE COORDINADORES DE CALIDAD Y ACREDITACIÓN DE FACULTADES, COMITES INTERNOS Y EQUIPOS DE TRABAJO DE LAS CARRERAS OFICINA DE GESTION
Más detallesDIRECTIVA Nº 044-MINSA/OGDN-V.01 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL SECTOR SALUD (COE-SALUD)
DIRECTIVA Nº 044-MINSA/OGDN-V.01 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL SECTOR SALUD (COE-SALUD) I. FINALIDAD Fortalecer la capacidad de respuesta del Sector Salud ante
Más detallesMESA REGIONAL DEL AGUA, REGION DE COQUIMBO
MESA REGIONAL DEL AGUA, REGION DE COQUIMBO Proceso metodológico y principales resultados GUIDO SOTO ÁLVAREZ DIRECTOR EJECUTIVO CAZALAC ANTECEDENTES MRA La Mesa Regional del Agua nace con el propósito de
Más detallesCasas del Emprendedor
Convocatoria Casas del Emprendedor Con fundamento en las Políticas de Operación 2016 del Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE), aplicables para el ejercicio fiscal 2016, y con el propósito de asignar
Más detallesANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES
ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES OCTUBRE DE 2014 CONTENIDO 1. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE Y EQUIPAMIENTO... 3 2. PERSONAL AUTORIZADO Y FUNCIONES. 3 3. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO 4
Más detallesPROCEDIMIENTO ESTRATEGIA DE CORRESPONSABILIDAD PROCESO GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL
PÁGINA 1 de 5 Nación 1. OBJETIVO Prestar asistencia técnica a las entidades territoriales en la reglamentación e implementación de, procedimientos, criterios y mecanismos establecidos por el decreto reglamentario
Más detalles1. Desarrollar y consolidar las distintas instancias del Sistema Nacional de Museos
ANEXO 1. RELACIÓN DE LOS OBJETIVOS CON LAS ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN NECESARIAS PARA LOGRARLOS Objetivo General Objetivos Específicos Estrategias Líneas de Acción 1. Desarrollar y consolidar las distintas
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS
REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:
COMISIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: A la Comisión de Estudios Legislativos de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, fue
Más detallesEntidad: Coordinación del Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario del Gobierno del Estado. Planes y Programas 2012
Eje rector. 04 Programa. Desarrollo y crecimiento sustentable. Subprograma. Crecimiento, inversión y empleo. Misión Institucional. Somos una institución comprometida con el desarrollo humano y social de
Más detallesLA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL
LA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL Ma. del Pilar Pacheco Zamudio Dirección de Investigación y Normatividad Archivística ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN 1 de junio de 2011
Más detallesCódigo: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008
3 Í n d i c e TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES...5 DE LAS DISPOSICIONES...5 DE LAS ORIENTACIONES GENERALES DE PRÁCTICAS PROFESIONALES...5 TÍTULO SEGUNDO FUNCIONES...6 DEL DECANO...6 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO...6
Más detallesLA COLABORACIÓN Y EL INTERCAMBIO: ESTRATEGIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CAMBIO EN LAS ESCUELAS NORMALES AUTORES:
LA COLABORACIÓN Y EL INTERCAMBIO: ESTRATEGIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CAMBIO EN LAS ESCUELAS NORMALES AUTORES: SERGIO RAMÍREZ LÓPEZ PABLO ALEMÁN RODRÍGUEZ EDNA CITLALLI ALATORRE GONZÁLEZ JOSÉ REYES
Más detallesReglamento de régimen interno del Centro de Formación y Desarrollo Profesional de la Universidad de Murcia
Reglamento de régimen interno del Centro de Formación y Desarrollo Profesional de la Universidad de Murcia (Aprobado en Consejo de Gobierno de 22/10/2010) Artículo 1.- Denominación y adscripción 1. Con
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE:
H. CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE: La importancia de la comunicación y la trascendencia de la imagen en las organizaciones actuales, muy especialmente en las Administraciones Públicas, unida a la necesidad
Más detallesC O N S I D E R A N D O
JGE90/2002 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA POR EL QUE SE AUTORIZA UN INCREMENTO DEL DIECISEIS POR CIENTO A LAS PLAZAS DE HONORARIOS PERMANENTES DE AUXILIAR TECNICO B, AUXILIAR TECNICO C, AUXILIAR
Más detallesCoordinación de Relaciones Publicas INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio
Más detallesCoordinación Estatal de Protección Civil
Coordinación Estatal de Protección Civil La Coordinación Estatal de Protección Civil, es la dependencia responsable de dirigir los mecanismos y políticas de prevención y atención de los riesgos de desastres,
Más detallesGobierno del Estado de Morelos
Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN DE MORELOS. Fecha de Aprobación 2011/09/26 Fecha de Publicación 2011/10/05 Vigencia 2011/10/06
Más detallesTEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008.
TEXTO ORIGINAL Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. DECRETO NÚMERO 194 La Sexagésima Legislatura Constitucional
Más detalles