Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la"

Transcripción

1 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA INMOBILIARIAS Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (BOE de 30 de octubre de 2012) Donostia-San Sebastián, 14 de noviembre de 2012 FI-16/12

2 1 En nuestra circular FI-15/12, de 9 de noviembre de 2012, fueron informados de algunas modificaciones introducidas en el IVA en las que se produce la denominada inversión del sujeto pasivo. Estas modificaciones afectan al IVA de los Territorios Históricos ya que según el artículo 26 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la comunidad autónoma del País Vasco, el IVA se rige por las mismas normas sustantivas y formales establecidas en cada momento por el Estado. Conviene recordarles que desde el y en cuanto a las obligaciones formales en los casos de inversión del sujeto pasivo, los destinatarios, sujetos pasivos de la entrega, no tendrán que expedir autofactura, ya que el Real Decreto 1789/2010, de 30 de diciembre, en relación con el cumplimiento de determinadas obligaciones formales, eliminó la obligación legal de expedir autofactura en los supuestos de inversión del sujeto pasivo, afectando dicho ajuste tanto al Reglamento del IVA como al Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. También estas obligaciones formales fueron objeto de adaptación en los Territorios Históricos. La Ley 7/2012, de 29 de octubre, ha establecido muchas modificaciones en el ámbito del IVA entre las que destacan los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo en los siguientes casos: 1. En las entregas de bienes inmuebles cuando se renuncie a la exención del artículo 20.Uno.20º y 22º: - 20º Las entregas de terrenos rústicos y demás que no tengan la condición de edificables. - 22º Las segundas y ulteriores entregas de edificaciones. 2. Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles, supuesto que se extiende expresamente a las operaciones de dación en pago y cuando el adquirente asume la obligación de extinguir la deuda tributaria. 3. Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones. Lo establecido en el párrafo anterior será también de aplicación cuando los destinatarios de las operaciones sean a su vez el contratista principal u otros subcontratistas en las condiciones señaladas. Hay que destacar este punto 3. que explicamos con más detalle a continuación.

3 2 INVERSION DEL SUJETO PASIVO EN EJECUCIONES DE OBRA. VIGOR DESDE EL 31 DE OCTUBRE DE 2012 Puntos a destacar Sujeto Pasivo: el empresario para quien se realice la obra. En estos casos quien realiza la obra deberá emitir una factura sin repercutir cuota alguna de IVA, y el empresario o profesional que la recepciona deberá, en su condición de sujeto pasivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley del IVA, ingresar la cuota correspondiente, haciéndola figurar en su declaraciónliquidación como cuota devengada, teniendo, a la par, derecho a practicar su deducción de acuerdo a las normas generales. Es aconsejable que se solicite al promotor o contratista que manifieste por escrito que la ejecución de obra que se contrata, es consecuencia de contratos directamente directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tienen por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones. Ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista. Las ejecuciones de obra tienen que consistir materialmente en la urbanización de terrenos o construcción o rehabilitación de edificios o en instalaciones realizadas directamente en los mismos por el sujeto pasivo que las efectúe. No afecta, por tanto, a los proveedores que no realicen en modo alguno ejecución de obra (proveedores que sólo suministren materiales, alquileres, otros servicios ). Sí afecta a aquéllos contratistas o subcontratistas que realicen y facturen ejecuciones de obra y suministro de materiales. La expresión directamente formalizados debe considerarse equivalente a directamente concertados entre el promotor y el contratista, cualquiera que sea la forma oral o escrita de los contratos celebrados. A los efectos del IVA, se considera promotor de edificaciones el propietario de inmuebles que construyó (promotor-constructor) o contrató la construcción (promotor) de los mismos para destinarlos a la venta, el alquiler o el uso propio. También opera la inversión del sujeto pasivo en las cesiones de personal (mano de obra) para la ejecución de los contratos descritos siendo sujeto pasivo el empresario que recibe el personal.

4 3 Aplicación cuando los destinatarios de las operaciones sean a su vez el contratista principal u otros subcontratistas en las condiciones señaladas. La inversión del sujeto pasivo también opera entre los contratos celebrados entre el contratista principal y otros subcontratistas cuando se cumplan los requisitos para su aplicación. Por lo tanto, la inversión del sujeto pasivo se aplicará a toda la cadena de intervinientes en las ejecuciones de obra. No es correcta la inversión del sujeto pasivo cuando el destinatario de la operación no es un empresario o profesional (ejemplo comunidad de propietarios). Las Administraciones Públicas no actúan con carácter empresarial, salvo excepciones. En caso de duda es conveniente requerirles certificación en la que conste si actúan con carácter empresarial o no. Si no se acreditara que la Administración actúa en su condición de empresario, la factura debería emitirse repercutiendo el IVA correspondiente. Que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones. Urbanización de terrenos (Consulta Vinculante DGT V ). Ha de considerarse el proceso de urbanización de un terreno como aquel que comprende todas las actuaciones que se realizan para dotar a dicho terreno de los elementos previstos por la legislación urbanística, como acceso rodado, abastecimiento y evacuación de agua, suministro de energía eléctrica, etc., para servir a la edificación que sobre ellos exista o vaya a existir, ya sea para viviendas, otros locales o edificaciones de carácter industrial. Por ello, tal concepto de urbanización excluye todos aquellos estadios previos que, si bien son necesarios para llevar a cabo las labores de urbanización, no responden estrictamente a la definición indicada: no se considera "en curso de urbanización" un terreno respecto del que se han realizado estudios o trámites administrativos, en tanto a dicho terreno no se le empiece a dotar de los elementos que lo convierten en urbanizado. Concepto de Edificaciones (Artículo 6 de la Ley del IVA). A los efectos de este Impuesto, se considerarán edificaciones las construcciones, unidas permanentemente al suelo o a otros inmuebles, efectuadas tanto sobre la superficie como en el subsuelo, que sean susceptibles de utilización autónoma e independiente.

5 4 En particular, tendrán la consideración de edificaciones las construcciones que a continuación se relacionan, siempre que estén unidas a un inmueble de una manera fija, de suerte que no puedan separarse de él sin quebranto de la materia ni deterioro del objeto: a) Los edificios, considerándose como tales toda construcción permanente, separada e independiente, concebida para ser utilizada como vivienda o para servir al desarrollo de una actividad económica. b) Las instalaciones industriales no habitables, tales como diques, tanques o cargaderos. c) Las plataformas para exploración y explotación de hidrocarburos. d) Los puertos, aeropuertos y mercados. e) Las instalaciones de recreo y deportivas que no sean accesorias de otras edificaciones. f) Los caminos, canales de navegación, líneas de ferrocarril, carreteras, autopistas y demás vías de comunicación terrestres o fluviales, así como los puentes o viaductos y túneles relativos a las mismas. g) Las instalaciones fijas de transporte por cable. No tendrán la consideración de edificaciones: a) Las obras de urbanización de terrenos y en particular las de abastecimiento y evacuación de aguas, suministro de energía eléctrica, redes de distribución de gas, instalaciones telefónicas, accesos, calles y aceras. b) Las construcciones accesorias de explotaciones agrícolas que guarden relación con la naturaleza y destino de la finca aunque el titular de la explotación, sus familiares o las personas que con él trabajen tengan en ellas su vivienda. c) Los objetos de uso y ornamentación, tales como máquinas, instrumentos y utensilios y demás inmuebles por destino a que se refiere el artículo 334, números 4 y 5 del Código Civil. d) Las minas, canteras o escoriales, pozos de petróleo o de gas u otros lugares de extracción de productos naturales. Rehabilitación de edificaciones (Artículo 20.Uno.22º.B/) Son obras de rehabilitación de edificaciones las que reúnan los siguientes requisitos: 1.º Que su objeto principal sea la reconstrucción de las mismas, entendiéndose cumplido este requisito cuando más del 50 por ciento del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos

6 5 estructurales, fachadas o cubiertas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación. 2.º Que el coste total de las obras a que se refiera el proyecto exceda del 25 por ciento del precio de adquisición de la edificación si se hubiese efectuado aquélla durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la edificación o parte de la misma en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación la parte proporcional correspondiente al suelo. Se considerarán obras análogas a las de rehabilitación las siguientes: a) Las de adecuación estructural que proporcionen a la edificación condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica. b) Las de refuerzo o adecuación de la cimentación así como las que afecten o consistan en el tratamiento de pilares o forjados. c) Las de ampliación de la superficie construida, sobre y bajo rasante. d) Las de reconstrucción de fachadas y patios interiores. e) Las de instalación de elementos elevadores, incluidos los destinados a salvar barreras arquitectónicas para su uso por discapacitados. Se considerarán obras conexas a las de rehabilitación las que se citan a continuación cuando su coste total sea inferior al derivado de las obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas y, en su caso, de las obras análogas a éstas, siempre que estén vinculadas a ellas de forma indisociable y no consistan en el mero acabado u ornato de la edificación ni en el simple mantenimiento o pintura de la fachada: a) Las obras de albañilería, fontanería y carpintería. b) Las destinadas a la mejora y adecuación de cerramientos, instalaciones eléctricas, agua y climatización y protección contra incendios. c) Las obras de rehabilitación energética. Se considerarán obras de rehabilitación energética las destinadas a la mejora del comportamiento energético de las edificaciones reduciendo su demanda energética, al aumento del rendimiento de los sistemas e instalaciones térmicas o a la incorporación de equipos que utilicen fuentes de energía renovables.

7 6 Otras Consideraciones Con carácter general el IVA correspondiente a las ejecuciones de obra inmobiliaria se devenga: - Si se trata de ejecuciones de obra con aportación de materiales, cuando los bienes a que se refieren se pongan a disposición del dueño de la obra. - En las ejecuciones de obra sin aportación de materiales, cuando se efectúan las operaciones gravadas. - En las operaciones que originen pagos anticipados anteriores a la puesta disposición de los bienes o a la realización de la operación, en el momento del cobro total o parcial, por los importes efectivamente percibidos. No se consideran a estos efectos efectivamente cobradas las cantidades retenidas como garantía de la correcta ejecución de los trabajos objeto del contrato hasta que el importe de las mismas hubiera sido hecho efectivo por el empresario. La presentación o expedición de las certificaciones de obra no determina por si misma el devengo del IVA, salvo los casos de pago anticipado del precio. Por todo ello, la mera expedición de certificaciones de obra en las que se documente el estado de avance de las obras, en cuanto aquélla no determina que se cumplan las condiciones requeridas en la Ley del IVA, no determinará en ningún caso por si misma el devengo del Impuesto, ya que su simple expedición no puede calificarse como entrega de bienes por no haber transmisión del poder de disposición. Si se produjera una entrega de obra por fases completas cumpliendo los requisitos del artículo 6. Recepción de la obra de la Ley 39/1999, de Ordenación de la Edificación, podríamos hablar de entregas parciales y, por tanto, de devengos parciales. Entre los requisitos cabe destacar uno de ellos, el de la suscripción del acta de recepción. Esta forma de proceder a través de la inversión del sujeto pasivo opera para las ejecuciones de obras devengadas a partir del ya estén efectuadas por contratistas o subcontratistas. En el caso de certificaciones de obra ya emitidas con anterioridad al Si no están devengadas porque no ha existido ni cobro ni entrega/puesta a disposición de la obra al 30 de octubre de 2012, procederá su anulación y nueva emisión sin repercusión del IVA. 2. Si ya están devengadas por cobro anticipado o por entrega/puesta a disposición, no procederá actuación alguna.

8 7 Como habrán observado la casuística es amplísima con lo que si se ven afectados por alguna de las situaciones descritas consulte con su técnico asesor con la finalidad de encuadrar y calificar correctamente sus operaciones. Responsabilidad subsidiaria: imprescindible solicitar certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias a las personas o entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras. Creemos conveniente recordarles que tanto la Ley General Tributaria como las Normas Forales Generales Tributarias de los Territorios Históricos establecen que son responsables subsidiarios: Las personas o entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, por las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación. La responsabilidad prevista en el párrafo anterior no será exigible cuando el contratista o subcontratista haya aportado al pagador un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración tributaria durante los doce meses anteriores al pago de cada factura correspondiente a la contratación o subcontratación. La responsabilidad quedará limitada al importe de los pagos que se realicen sin haber aportado el contratista o subcontratista al pagador el certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, o habiendo transcurrido el período de doce meses desde el anterior certificado sin haber sido renovado. La Administración tributaria emitirá el certificado o lo denegará, en el plazo de tres días desde su solicitud por el contratista o subcontratista.

LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA

LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA El pasado 30 de octubre se publicó en el BOE la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de

Más detalles

La inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra

La inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra Nota informativa nº 26 21 de Noviembre 2012 La inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra El pasado 30 de octubre se publicó en el BOE la Ley 7/2012, de modificación de la normativa tributaria,

Más detalles

- Qué tipo impositivo de IGIC debe aplicar la venta y colocación de parquet.

- Qué tipo impositivo de IGIC debe aplicar la venta y colocación de parquet. PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario DOMICILIO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 4.4.a) Ley 20/1991 Art. 6.2.4º Ley 20/1991 Art. 7.2.6º Ley 20/1991 Art. 10.1.22º

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.5 Ley 20/1991 Art. 6.2.4º Ley 20/1991. Art. 7.2.6º Ley 20/1991. Art. 27.1.1º

Más detalles

IGARRI ASESORES, S.L.

IGARRI ASESORES, S.L. IGARRI ASESORES, S.L. MODIFICACIONES I.V.A. 2012 Rentería a 15/02/2012 -REAL DECRETO LEY 6/2010 del 9 de Abril de 2010. B.O.E. del 13 de Abril del 2010 -REAL DECRETO LEY 20/2012 del 13 de Julio de 2012.

Más detalles

La entidad consultante es una empresa mayorista de muebles de cocina, ferretería, baños, que realiza las siguientes operaciones:

La entidad consultante es una empresa mayorista de muebles de cocina, ferretería, baños, que realiza las siguientes operaciones: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias (A.I.E.M.). CUESTIÓN

Más detalles

JORNADA. Gremi de Constructors d Obres de Barcelona i Comarques Col legi d Aparelladors, Arquitectes tècnics i Enginyers d Edificació de Barcelona

JORNADA. Gremi de Constructors d Obres de Barcelona i Comarques Col legi d Aparelladors, Arquitectes tècnics i Enginyers d Edificació de Barcelona JORNADA L'aplicació del tipus reduït d'iva en la rehabilitació d'edificis d'habitatges i en les execucions d'obra e renovació i reparació, així com la correcta aplicació de la inversió del subjecte passiu

Más detalles

MODIFICACIÓN EN LE LEY DEL IVA

MODIFICACIÓN EN LE LEY DEL IVA INFORMACIÓN TRIBUTARIA: LEY 7/2012 PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL MODIFICACIÓN EN LE LEY DEL IVA NUEVOS SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO La Ley 7/2012, de 29 de octubre, modifica el

Más detalles

Nota Técnica 07/2012/GE/AEDAF Noviembre 2012 LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA

Nota Técnica 07/2012/GE/AEDAF Noviembre 2012 LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA Nota Técnica 07/2012/GE/AEDAF Noviembre 2012 LA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN LAS EJECUCIONES DE OBRA El pasado 30 de octubre se publicó en el BOE la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la

Más detalles

JORNADA EMPRESARIAL. El Sujeto Pasivo del IVA en los Intervinientes en la Ejecución n de una Obra

JORNADA EMPRESARIAL. El Sujeto Pasivo del IVA en los Intervinientes en la Ejecución n de una Obra 13 de febrero de 2013 JORNADA EMPRESARIAL El Sujeto Pasivo del IVA en los Intervinientes en la Ejecución n de una Obra AFIDE ASESORIA INTEGRAL. C/ Belorado, 4-6 bajo. 09004-Burgos. Tel. 947 26 67 67 Fax.

Más detalles

REAL DECRETO-LEY DE MEDIDAS PARA EL IMPULSO DE LA RECUPERACIÓN ECONOMICA Y EL EMPLEO

REAL DECRETO-LEY DE MEDIDAS PARA EL IMPULSO DE LA RECUPERACIÓN ECONOMICA Y EL EMPLEO REAL DECRETO-LEY DE MEDIDAS PARA EL IMPULSO DE LA RECUPERACIÓN ECONOMICA Y EL EMPLEO NUEVA DEDUCCION EN IRPF POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL REALIZADAS HASTA 31 DE DICIEMBRE DE 2012 El artículo

Más detalles

ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO El Impuesto sobre el Valor Añadido es uno de los Impuestos más recurrentes en el día a día de las empresas pero su, en muchas ocasiones,

Más detalles

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO IVA

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO IVA NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO IVA Barcelona, Junio 2010 Socio de 1 1. Normativa. 2. Principales modificaciones introducidas por la ley 26/2009. 2.1 Incremento de los tipos impositivos.

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 3 /2012

CIRCULAR INFORMATIVA 3 /2012 CIRCULAR INFORMATIVA 3 /2012 EJECUCIONES DE OBRA MODIFICACIONES EN EL IVA DE LAS EJECUCIONES DE OBRA: NUEVO SUPUESTO DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO La Ley 7/2012 de medidas de prevención y lucha contra

Más detalles

CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM.1600/2013 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO

CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM.1600/2013 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM.1600/2013 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art. 27.1.1º.f) Ley 20/1991

Más detalles

SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DE I.V.A.

SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DE I.V.A. Estimado cliente, Noviembre -2012 Le informamos que según lo previsto en la Ley 7/2012, de 29 de octubre de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera

Más detalles

DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS

DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS Consulta vinculante V2583-12 de 27/12/2012 Extracto de la resolución Ejecuciones de obra, con o sin aportaciones de materiales, así como las cesiones de personal para su realización,

Más detalles

INFORME SOBER LA OBLIGACIÓN DE NO REPERCUTIR IVA EN OBRA DE CONSTRUCCIÓN.

INFORME SOBER LA OBLIGACIÓN DE NO REPERCUTIR IVA EN OBRA DE CONSTRUCCIÓN. INFORME SOBER LA OBLIGACIÓN DE NO REPERCUTIR IVA EN OBRA DE CONSTRUCCIÓN. Legislación. Las Ley 7/2012 (BOE 30/10/12) ha introducido un nuevo supuesto de Inversión del Sujeto Pasivo en el IVA para el Sector

Más detalles

1. Deducción por obras realizadas y satisfechas en la vivienda habitual entre el 14 de abril de 2010 y el 6 de mayo de 2011

1. Deducción por obras realizadas y satisfechas en la vivienda habitual entre el 14 de abril de 2010 y el 6 de mayo de 2011 DEDUCCIÓN EN IRPF POR REFORMAS REALIZADAS EN VIVIENDAS. El Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo (BOE del 13), introdujo en el Impuesto

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES APLICACIÓN DEL TIPO SUPERREDUCIDO DEL 4% A LA ENTREGA DE VIVIENDAS

PREGUNTAS FRECUENTES APLICACIÓN DEL TIPO SUPERREDUCIDO DEL 4% A LA ENTREGA DE VIVIENDAS PREGUNTAS FRECUENTES APLICACIÓN DEL TIPO SUPERREDUCIDO DEL 4% A LA ENTREGA DE VIVIENDAS 1. Cuáles son los requisitos para que las entregas de inmuebles a particulares destinados a viviendas se beneficien

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario.

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario. PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario. DOMICILIO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 27.1.1º a) y f) Ley 20/1991. CUESTIÓN PLANTEADA: El Consejo Insular de Aguas

Más detalles

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN EL IVA EN LAS EJECUCIONES DE OBRA

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN EL IVA EN LAS EJECUCIONES DE OBRA INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN EL IVA EN LAS EJECUCIONES DE OBRA CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA VIDEOCONFERENCIA PRÓXIMOS CURSOS YA DISPONIBLES PARA RESERVA CURSO 1:., XX de.. de XXX de XX:XX a XX:XX horas

Más detalles

NOVEDADES EN LA REPERCUSIÓN DEL IVA EN ENTREGAS Y EJECUCIONES DE OBRA INMOBILIARIAS

NOVEDADES EN LA REPERCUSIÓN DEL IVA EN ENTREGAS Y EJECUCIONES DE OBRA INMOBILIARIAS NOVEDADES EN LA REPERCUSIÓN DEL IVA EN ENTREGAS Y EJECUCIONES DE OBRA INMOBILIARIAS La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa

Más detalles

EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII)

EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII) EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII) Tal y como establece el artículo 75. Uno. 2º bis de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el devengo

Más detalles

EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII)

EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII) (Circular Informativa núm. 170620) 20 de junio del 2017 EL IVA EN LAS CERTIFICACIONES DE OBRA Y EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN (SII) Tal y como establece el artículo 75. Uno. 2º bis de la

Más detalles

NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS EN LA LEY DEL IVA POR LA LEY 7/2012, DE 29 DE OCTUBRE, DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE.

NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS EN LA LEY DEL IVA POR LA LEY 7/2012, DE 29 DE OCTUBRE, DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE. NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS EN LA LEY DEL IVA POR LA LEY 7/2012, DE 29 DE OCTUBRE, DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE. Dicha ley incorpora modificaciones tanto en el Impuesto Sobre la Renta

Más detalles

1.1. Obras de rehabilitación, análogas o conexas, en edificaciones.

1.1. Obras de rehabilitación, análogas o conexas, en edificaciones. IVA REDUCIDO EN OBRAS EN VIVIENDAS El artículo 2 del Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo (BOE de 13 de abril de 2010), reforma la

Más detalles

Uno. Serán sujetos pasivos del Impuesto:

Uno. Serán sujetos pasivos del Impuesto: NUM-CONSULTA V2583-12 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA-SALIDA 27/12/2012 NORMATIVA Ley 37/1992 art. 84.Uno.2º.f) DESCRIPCION- Ejecuciones de obra, con o sin aportaciones de materiales, así

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.5.A).a) Ley 20/1991 Art. 6.2.4º Ley 20/1991 Art. 7.2.6º Ley 20/1991 Art. 10.1.29) Ley 20/1991 Impuesto General

Más detalles

Criterios de la DGT en relación con la inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra y en las cesiones de personal para su realización.

Criterios de la DGT en relación con la inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra y en las cesiones de personal para su realización. Criterios de la DGT en relación con la inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra y en las cesiones de personal para su realización. Criterios de la Dirección General de Tributos en relación

Más detalles

SG de Impuestos sobre el Consumo

SG de Impuestos sobre el Consumo NUM-CONSULTA V5427-16 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA-SALIDA 22/12/2016 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. Ley 37/1992 arts- 4, 5, 69-uno-1º, 70-uno-3º y 7º, 75-dos, 78, 164-uno-3º DESCRIPCION-

Más detalles

Fiscalidad inmobiliaria: el IVA en las

Fiscalidad inmobiliaria: el IVA en las Fiscalidad inmobiliaria: el IVA en las ejecuciones de obra Autor: Luis Guirado Pueyo, cofundador y Gerente de Multiges Consultoría y Alumno de su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados

Más detalles

CONSULTAS AEAT SOBRE INVERSIÓN SUJETO PASIVO IVA

CONSULTAS AEAT SOBRE INVERSIÓN SUJETO PASIVO IVA CONSULTAS AEAT SOBRE INVERSIÓN SUJETO PASIVO IVA 1. A qué operaciones se aplica el nuevo supuesto de inversión de sujeto pasivo introducido en la letra f) del artículo 84.Uno.2º LIVA por la Ley 7/2012?

Más detalles

CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. El 1 de julio de 2010 entra en vigor la modificación del tipo general y del tipo reducido del IVA aprobada

Más detalles

INVERSION SUJETO PASIVO IVA EJECUCIONES DE OBRA

INVERSION SUJETO PASIVO IVA EJECUCIONES DE OBRA Sergio León Navarro ABOGADO C/ Don Ramón de la Cruz nº 91 piso 1º A 28006 MADRID INVERSION SUJETO PASIVO IVA EJECUCIONES DE OBRA La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria

Más detalles

I.- MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IVA (RIVA)

I.- MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DEL IVA (RIVA) Barcelona, 10 de diciembre de 2013. Estimados clientes, Modificaciones tributarias introducidas por el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, por el que se modifica el Reglamento del IVA y otros reglamentos

Más detalles

NUEVOS SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DE IVA

NUEVOS SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DE IVA Refª./Errefer.: AG/AA Fecha/Data: 04-12-2012 NUEVOS SUPUESTOS DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DE IVA Nota: Esta circular sustituye a la circular nº 145/014 de fecha 26 de noviembre 1. INTRODUCCIÓN NUEVOS

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario NORMATIVA APLICABLE Art. 5.4.b) y 6.b) Ley 20/1991 Art. 6.1 Ley 20/1991 Art. 6.2.7º Ley 20/1991 Art. 18.1.a)

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO Octubre de 2012 MEDIDAS FISCALES INCORPORADAS EN LA LEY 7/2012 ÍNDICE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 2 TRANSMISIONES DE VALORES (ART. 108 LMV) 3 OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO.

Más detalles

ACLARACIONES SOBRE EL NUEVO SUPUESTO DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO

ACLARACIONES SOBRE EL NUEVO SUPUESTO DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO ACLARACIONES SOBRE EL NUEVO SUPUESTO DE INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO REQUISITOS: El destinatario actúe como empresario o profesional. Las operaciones realizadas deben tener como objeto la urbanización de

Más detalles

Consulta Vinculante V , de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo

Consulta Vinculante V , de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo Consulta Vinculante V1588-17, de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo LA LEY 1474/2017 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Obligaciones formales. Llevanza de los libros

Más detalles

26 de noviembre de 2012. Documento propiedad de BUFETE ESCURA www.escura.com Tel. 93 494 01 31

26 de noviembre de 2012. Documento propiedad de BUFETE ESCURA www.escura.com Tel. 93 494 01 31 Nuevo Procedimiento de Liquidación de IVA en obras y construcción 26 de noviembre de 2012 1 Temática: Esquema de la cadena de contratación Nuevo supuesto de Inversión del Sujeto Pasivo Concepto de Ejecución

Más detalles

INVERSION DEL SUJETO PASIVO: supuestos incluidos por Ley 7/2012 y ampliación futura de los supuestos. ANTONIO LONGÁS LAFUENTE

INVERSION DEL SUJETO PASIVO: supuestos incluidos por Ley 7/2012 y ampliación futura de los supuestos. ANTONIO LONGÁS LAFUENTE INVERSION DEL SUJETO PASIVO: supuestos incluidos por Ley 7/2012 y ampliación futura de los supuestos. ANTONIO LONGÁS LAFUENTE 1.- MECANISMO DE INVERSIÓN DEL S.P. 1.1.- Finalidad y funcionamiento Finalidad.

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL DE DIMA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO NORMATIVA APLICABLE: Artículo 6.2.4º Ley 20/1991 Artículo 7.2.6º Ley 20/1991 Artículo 16.2.3º Ley 20/1991

Más detalles

NOVEDADES EN EL REGIMEN DE MODULOS

NOVEDADES EN EL REGIMEN DE MODULOS BOLETIN DE NOVEDADES FISCALES 2013 1 NOVEDADES EN EL REGIMEN DE MODULOS A partir de 2013 se han establecido unos nuevos supuestos de exclusión del método de estimación objetiva del IRPF (módulos), y por

Más detalles

En relación con dicha tasa se ha planteado por diferentes operadores la posible sujeción de la misma al Impuesto sobre el Valor Añadido.

En relación con dicha tasa se ha planteado por diferentes operadores la posible sujeción de la misma al Impuesto sobre el Valor Añadido. $ 13 RESOLUCION 4/1997, DE 22 DE MAYO, DE LA DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS SOBRE LA TRIBUTACION POR EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE LA TASA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA CREADA POR LA LEY 13/1996, DE

Más detalles

Diputación de Córdoba

Diputación de Córdoba PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS DE OBRA 1.- OBJETO El presente Pliego define el contenido y las condiciones de ejecución del contrato de redacción

Más detalles

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA BOLETÍN OFICIAL

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA BOLETÍN OFICIAL Página 766 CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA consejería de Hacienda Dirección General de Gestión Tributaria 243.- Orden n.º 1333 de fecha 24 de marzo de 2017, relativa a los criterios para la aplicación del impuesto

Más detalles

Así, el apartado 2 del artículo 90 de la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que:

Así, el apartado 2 del artículo 90 de la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que: Instrucción 2/2010, de 29 de junio, de la Dirección General de Hacienda, sobre normas interpretativas del Impuesto sobre el Valor Añadido para la determinación del tipo impositivo y del porcentaje de compensación

Más detalles

B.4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

B.4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. B.4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1. Establecimiento

Más detalles

SERVINET SISTEMAS Y COMUNICACIÓN S.L CRITERIO DE CAJA. Régimen Especial del Criterio de Caja

SERVINET SISTEMAS Y COMUNICACIÓN S.L CRITERIO DE CAJA. Régimen Especial del Criterio de Caja SERVINET SISTEMAS Y COMUNICACIÓN S.L CRITERIO DE CAJA Régimen Especial del Criterio de Caja Información relacionada con el Régimen Especial del Criterio de Caja en que entra en vigor el 1 de Enero de 2014

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS I. DISPOSICIONES GENERALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS I. DISPOSICIONES GENERALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1.- I. DISPOSICIONES GENERALES Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral Reguladora de

Más detalles

La Ley limita a euros el pago en efectivo en operaciones donde participen, al menos, un empresario o profesional.

La Ley limita a euros el pago en efectivo en operaciones donde participen, al menos, un empresario o profesional. Circular nº 4/2012 1 INFORME LEY 7/2012, DE 29 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA TRIBUTARIA Y PRESUPUESTARIA Y DE ADECUACIÓN DE LA NORMATIVA FINANCIERA PARA LA INTENSIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE PALENCIA

AYUNTAMIENTO DE PALENCIA AYUNTAMIENTO DE PALENCIA Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León BOCL 2 Febrero 2004 --- CAPÍTULO II Instrumentos de fomento de la conservación,

Más detalles

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 177 Agosto 2017

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 177 Agosto 2017 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 177 Agosto 2017 SII. IMPLANTACION NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN Tal y como les detallamos en nuestra circular de diciembre, los contribuyentes

Más detalles

NOVEDADES FISCALES DEL REAL DECRETO 828/2013, DE 25 DE OCTUBRE

NOVEDADES FISCALES DEL REAL DECRETO 828/2013, DE 25 DE OCTUBRE NOVEDADES FISCALES DEL REAL DECRETO 828/2013, DE 25 DE OCTUBRE SUMMA 4 ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.P. Calle Almagro, 31, 5º derecha. 28010. Madrid. Teléfono 91 110 21 00 Fax 91 391 00 82 Novedades

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art.4.1 Ley 20/1991 Art. 5.1 y 5.2 Ley 20/1991 Art. 7.1 Ley 20/1991

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO ANUNCIO URBANISMO. Valdemorillo, 15 de junio de 2012 LA ALCALDESA. Fdo.: Mª Pilar López Partida

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO ANUNCIO URBANISMO. Valdemorillo, 15 de junio de 2012 LA ALCALDESA. Fdo.: Mª Pilar López Partida AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO ANUNCIO URBANISMO Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público, a efectos de reclamaciones, del acuerdo provisional adoptado por el Pleno en fecha 21 de noviembre

Más detalles

Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos

Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos 1 Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos Tributación en el IVA al tipo del 4 por ciento en las entregas de viviendas que se produzcan desde el 20 de agosto de 2011, hasta el 31 de diciembre

Más detalles

3.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO)

3.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO) 3.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO) I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, de acuerdo con lo previsto en

Más detalles

Mallorca 272 Planta 6 Paseo de la Castellana Barcelona Madrid

Mallorca 272 Planta 6 Paseo de la Castellana Barcelona Madrid NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN Con la finalidad de adaptar la normativa interna a la normativa comunitaria, concretamente a la Directiva 2010/45/UE en materia de facturación, el pasado 1 de diciembre

Más detalles

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 149 Abril 2015

CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 149 Abril 2015 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Número 149 Abril 2015 LEY GENERAL TRIBUTARIA RESPONSABILIDAD DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS. En su artículo 43 establece: 1. Serán responsables subsidiarios de la deuda

Más detalles

TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS

TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 1. Fundamento y naturaleza. Al amparo de lo previsto en los artículos 20.4.h) y 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por

Más detalles

Indot Versión Actualizado Febrero 2015

Indot Versión Actualizado Febrero 2015 1 Indot Versión 1.11 Actualizado ÍNDICE 1. MODELOS OFICIALES... 3 1.1. MODELO 347. NUEVO FORMATO PARA PRESENTACIÓN EN EL EJERCICIO 2015... 3 1.1.1. A TENER EN CUENTA... 3 1.1.2. OBTENER MODELO 347... 8

Más detalles

SUJETOS INFRACTORES (CAMBIOS LEY 34/2015)

SUJETOS INFRACTORES (CAMBIOS LEY 34/2015) SUJETOS INFRACTORES (CAMBIOS LEY 34/2015) Tal y como dispone el Art. 181,Ley General Tributaria, serán sujetos Infractores las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que

Más detalles

Que la construcción o rehabilitación del edificio haya finalizado al menos dos años antes del inicio de las obras de reforma.

Que la construcción o rehabilitación del edificio haya finalizado al menos dos años antes del inicio de las obras de reforma. MANUAL IVA REDUCIDO 1. A quién se le puede aplicar y tipo de inmueble. 2. Qué tipo de obra y trabajos son de aplicación. 3. Qué condiciones debe cumplir la obra. 4. Cuestiones prácticas. 5. Ejemplos. MANUAL

Más detalles

Agencia Tributaria. Tras estas modificaciones el régimen jurídico aplicable a los despachos a libre práctica se concreta en los siguientes artículos:

Agencia Tributaria. Tras estas modificaciones el régimen jurídico aplicable a los despachos a libre práctica se concreta en los siguientes artículos: NOTA INFORMATIVA DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE GESTIÓN ADUANERA DEL DEPARTAMENTO DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES DE 15 DE ABRIL DE 2011 RELATIVA AL DESPACHO A LIBRE PRACTICA La Ley 39/2010, de 22 de

Más detalles

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX REGÍMENES ESPECIALES CAPITULO VI RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJES Artículo 141. Régimen

Más detalles

REGÍMENES ESPECIALES DEL IVA

REGÍMENES ESPECIALES DEL IVA REGÍMENES ESPECIALES DEL IVA Regímenes especiales Régimen simplificado. Régimen especial del recargo de equivalencia Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca Régimen especial de las agencias

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 55 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL Nº 55 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA FISCAL Nº 55 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 15.1 y 59.2 del Real Decreto Legislativo

Más detalles

Ayuntamiento de Vistabella del Maestrat

Ayuntamiento de Vistabella del Maestrat ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS Por la presente, se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 4 de abril de 2015,

Más detalles

Obligaciones fiscales de las asociaciones

Obligaciones fiscales de las asociaciones Obligaciones fiscales de las asociaciones Las asociaciones deben cumplir las obligaciones con la Administración Tributaria que establece el ordenamiento jurídico. Éstas afectan al pago de impuestos y al

Más detalles

5. ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

5. ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS 5. ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DISPOSICION PRELIMINAR El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo exigible de conformidad con

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: NORMATIVA APLICABLE: Art º Ley 20/1991

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: NORMATIVA APLICABLE: Art º Ley 20/1991 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO CUESTIÓN PLANTEADA: El consultante realiza la siguiente exposición de antecedentes: NORMATIVA APLICABLE:

Más detalles

CONSULTA. La Sociedad Limitada denominada formula la siguiente CONSULTA

CONSULTA. La Sociedad Limitada denominada formula la siguiente CONSULTA CONSULTA Consulta: 1/2005 Fecha: 12.04.2005 Órgano: Dirección General de Tributos. Normativa: Ley 15/2002 de 23 de diciembre, de medidas tributarias en materia de tributos cedidos y tasas regionales. Artº

Más detalles

Ley N , que modifica la Reforma Tributaria en materia de IVA a la Vivienda

Ley N , que modifica la Reforma Tributaria en materia de IVA a la Vivienda Ley N 20.889, que modifica la Reforma Tributaria en materia de IVA a la Vivienda 01 Análisis Ampliación del plazo de exención para la venta de inmuebles con permiso de edificación hasta 2017 Se establece

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGA DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS CUESTIÓN PLANTEADA: NORMATIVA

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE: Art. 5.5.B).a) Ley 20/1991

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE: Art. 5.5.B).a) Ley 20/1991 PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE: Art. 5.5.B).a) Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario Art. 6.1 Ley 20/1991 Art. 7.1 y 2.6ºLey 20/1991 Art. 27.1.1º.a)

Más detalles

CUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992.

CUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992. Consulta Vinculante DGT de Fecha de Salida: 31/03/2015 La mercantil consultante se dedica a la comercialización, entre otros productos, de consolas y programas de videojuegos, recibiendo de sus clientes

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS URBANÍSTICAS

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS URBANÍSTICAS ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículo 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V1037/2015 SUMARIO:

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V1037/2015 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC053780 DGT: 31-03-2015 N.º CONSULTA VINCULANTE: V1037/2015 SUMARIO: IVA. Inversión del sujeto pasivo. Comercialización de consolas y programas de

Más detalles

El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO

El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO Memoria en interés de ADIN: El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO GV Advocats i Economistes R. Cataluña 121, 4º2º 08008 - Barcelona 1 Informe sobre el régimen del IVA aplicable a

Más detalles

GUÍA BÁSICA SOBRE ASPECTOS FISCALES RELATIVOS A LA VIVIENDA

GUÍA BÁSICA SOBRE ASPECTOS FISCALES RELATIVOS A LA VIVIENDA GUÍA BÁSICA SOBRE ASPECTOS FISCALES RELATIVOS A LA VIVIENDA 1.-COMPRA. En la actualidad, la compra está gravada de forma diferente si se trata de una vivienda nueva o de segunda mano. 1.1.-VIVIENDA NUEVA.

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO. ORDENANZA REGULADORA nº 7 ARTICULO 1.- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

ORDENANZA Nº 6 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

ORDENANZA Nº 6 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS ORDENANZA Nº 6 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS 1 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS ARTÍCULO 1. Fundamento Legal

Más detalles

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN OPERACIONES INMOBILIARIAS

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN OPERACIONES INMOBILIARIAS INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN OPERACIONES INMOBILIARIAS El pasado 27 de diciembre la Dirección General de Tributos ha emitido una consulta vinculante nº V2583-12 aclarando los criterios de aplicación

Más detalles

El IVA 1. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

El IVA 1. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Unidad 6 El IVA 1. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 1 El Impuesto sobre el Valor Añadido Tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las adquisiciones de bienes y servicios producidos

Más detalles

Qué es la Inversión Sujeto Pasivo en el IVA

Qué es la Inversión Sujeto Pasivo en el IVA Qué es la Inversión Sujeto Pasivo en el IVA 16/03/2015 Definición Inversión del sujeto de IVA La figura de Inversión del Sujeto Pasivo supone la traslación de la calidad de sujeto pasivo del IVA de quien

Más detalles

LA NUEVA RESPONSABILIDAD DEL ART DE LA LGT. Departamento/ Servicio de,delegación Especial /Delegación de, Administración de...

LA NUEVA RESPONSABILIDAD DEL ART DE LA LGT. Departamento/ Servicio de,delegación Especial /Delegación de, Administración de... LA NUEVA RESPONSABILIDAD DEL ART. 43.2 DE LA LGT Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación

Más detalles

SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE TRIBUTOS SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR. Ley 38/1992, Capítulo II del Título III.

SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE TRIBUTOS SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR. Ley 38/1992, Capítulo II del Título III. NUM-CONSULTA V0391-17 ORGANO SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE TRIBUTOS SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR FECHA-SALIDA 14/02/2017 NORMATIVA DESCRIPCION- HECHOS CUESTION- PLANTEADA CONTESTACION- COMPLETA Ley 38/1992,

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

NUM-CONSULTA V

NUM-CONSULTA V NUM-CONSULTA V2290-06 ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas FECHA-SALIDA 16/11/2006 NORMATIVA Ley 37/1992, arts. 4, 5, 11, 78; RD Leg 1175/1990, reglas 2ª, 15ª; RIRPF RD 1175/2004,

Más detalles

Liquidación de IVA en expediente de permuta de terreno urbano. 122/13

Liquidación de IVA en expediente de permuta de terreno urbano. 122/13 ASUNTO: IMPUESTOS Liquidación de IVA en expediente de permuta de terreno urbano. 122/13 FD ************ INFORME En relación con el asunto epigrafiado, por encargo del Sr. Oficial Mayor de esta Diputación

Más detalles

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. IVA (Ley 37/1992) Nº Servicios de publicidad. Regla de uso efectivo: Art. 70.

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. IVA (Ley 37/1992) Nº Servicios de publicidad. Regla de uso efectivo: Art. 70. CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. IVA (Ley 37/1992) LUGAR DE REALIZACIÓN. ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS Nº133832-Servicios de publicidad. Regla de uso efectivo: Art.

Más detalles

Consulta Vinculante V , de 01 de marzo de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas

Consulta Vinculante V , de 01 de marzo de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas Consulta Vinculante V0811-16, de 01 de marzo de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 909/2016 DESCRIPCIÓN IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Gastos deducibles-

Más detalles

Ayuntamiento de Valladolid

Ayuntamiento de Valladolid REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. - Se incorpora un apartado c) en el artículo 4 ARTÍCULO 4 c) Las transmisiones realizadas con ocasión de la dación

Más detalles

Por vuestro interés os informamos de las siguientes cuestiones de candente actualidad en el ámbito tributario:

Por vuestro interés os informamos de las siguientes cuestiones de candente actualidad en el ámbito tributario: NOTA SOBRE CONSULTAS EN LA ACTIVIDAD DE COMPRA DE ORO, DE LA INVERSION DEL SUJETO PASIVO EN ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA CONSTRUCCION Y SOBRE LA AMNISTIA FISCAL Barcelona, 28 de enero de 2013. Apreciados

Más detalles

CUERPO TECNICO ESCALA DE ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS TECNICOS OPCION: ARQUITECTURA TECNICA

CUERPO TECNICO ESCALA DE ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS TECNICOS OPCION: ARQUITECTURA TECNICA CUERPO TECNICO ESCALA DE ARQUITECTOS TECNICOS E INGENIEROS TECNICOS OPCION: ARQUITECTURA TECNICA TEMA 1. Concepto de calidad en la edificación. Niveles de calidad. El plan de control. Ensayos y pruebas.

Más detalles