INSTRUCTIVO PARA LA CONCESIÓN DE BECAS, AYUDAS Y FACILIDADES PARA FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTRUCTIVO PARA LA CONCESIÓN DE BECAS, AYUDAS Y FACILIDADES PARA FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO"

Transcripción

1 INSTRUCTIVO PARA LA CONCESIÓN DE BECAS, AYUDAS Y FACILIDADES PARA FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO El Consejo Ejecutivo de la Universidad del Azuay, Considerando: Que, La ley Orgánica de Educación Superior, en lo referente a la asignación de recursos para promover la capacitación de los profesores e investigares que laboran en las Instituciones de Educación Superior cofinanciadas por el Estado Ecuatoriano, determina: Art. 30 Asignaciones y rentas del Estado para universidades y escuelas politécnicas particulares.- Las universidades y escuelas politécnicas particulares que a la entrada de vigencia de la Constitución de la República del Ecuador reciban asignaciones y rentas del Estado, podrán continuar percibiéndolas en el futuro. Están obligadas a destinar dichos recursos al otorgamiento de becas de escolaridad e investigación a estudiantes matriculados en programas académicos de cualquier nivel, que por su origen socio económico, etnia, género, discapacidad o lugar de residencia, entre otros, tengan dificultad para acceder, mantenerse y terminar exitosamente su formación, desde el inicio de la carrera; así como también, becas de docencia e investigación para la obtención del título de cuarto nivel. Art. 36 Asignación de recursos para publicaciones, becas para profesores o profesoras e investigaciones.- Las instituciones de educación superior de carácter público y particular asignarán obligatoriamente en sus presupuestos por lo menos, el seis por ciento (6%) a publicaciones indexadas, becas de posgrado para sus profesores o profesoras e investigaciones en el marco del régimen de desarrollo nacional. La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación velará por la aplicación de esta disposición. Que, la Ley Orgánica de Educación Superior, en lo referente a la pertinencia de las acciones, determina: Art. 107 Principio de pertinencia.- El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales: a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología. Que, el Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Superior, determina: Art. 28 Formación y capacitación de los profesores o profesoras e investigadores e investigadoras.- Para garantizar el derecho de los profesores e investigadores de acceder a la formación y capacitación, las instituciones de educación superior establecerán en sus presupuestos anuales al menos el 1% para este fin. Esta información será remitida anualmente a la SENESCYT para su conocimiento. Que, es política de la Universidad del Azuay propender a la mejora cualitativa de las actividades relacionadas con los procesos de investigación, desarrollo, innovación,

2 transferencia y difusión de los saberes, con miras a elevar la calidad científica de sus aportes, en base a la formación capacitación y actualización de su planta académica, en la perspectiva de contar con profesionales titulados al más alto nivel, con potencial para investigar, desarrollar y transferir conocimiento. En uso de sus atribuciones, resuelve expedir el presente: Instructivo de concesión de becas, ayudas y facilidades de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal académico Titulo I: Generalidades c. Ejecución de proyectos de investigación que se constituyan en la tesis previa a la obtención de un doctorado o una maestría en investigación. Además, podrá conceder auspicio económico y facilidades para que su personal académico participe en los siguientes procesos de capacitación o perfeccionamiento: a. Cursos u otros eventos de capacitación o actualización que se realicen tanto en el País como en el extranjero. b. Permanencia en laboratorios, industrias o centros especializados, cuando estos períodos estén relacionados a la ejecución de actividades que se desarrollen en áreas que sean de interés institucional. Art. 1 Objetivo: El presente Instructivo tiene por objetivo normar la concesión de becas, ayudas y facilidades para el personal académico de la Universidad del Azuay. c. Cursos organizados por la Universidad enmarcados en programas de perfeccionamiento docente, evaluación, metodologías de enseñanza-aprendizaje o en temas relativos a la investigación. Art. 2 Ámbito de aplicación: La Universidad del Azuay concederá auspicio económico y facilidades a su personal académico, a fin de que éstos puedan acceder a los siguientes procesos de educación formal: a. Estudios de doctorado en universidades del Ecuador y del exterior, en su modalidad presencial en la sede del programa, ya sea permanente o por períodos. b. Estudios de maestría o especialidades médicas equivalentes que se realicen, tanto en la Universidad del Azuay, como en otras universidades de la ciudad, el país o el exterior. d. Para la participación en programas posdoctorales. Art. 3 Requisitos: Para acceder a las becas, ayudas y facilidades que se establecen en el presente instructivo, en lo referente a educación formal, el personal académico de la Universidad del Azuay debe tener la calidad de titular y nacionalidad ecuatoriana. En condiciones específicas, determinadas por necesidades de la Institución, también se podrán conceder esos beneficios a profesores accidentales que gocen de estabilidad. Por excepción, se podrán conceder los beneficios a los profesores extranjeros que tengan residencia permanente y que demuestren arraigo en el Ecuador.

3 No tener auspicios económicos otorgados por otra Institución de Educación Superior u otros compromisos de trabajo. Tener máximo 50 años de edad para ayudas para estudios de PHD. Tener máximo 55 años de edad para ayudas para estudios de Maestría. En lo referente a capacitación y perfeccionamiento docente podrán acceder a los beneficios que se detallan en este Instructivo todos los profesores de la Universidad. Art. 4 Recursos: Las becas y auspicios económicos se concederán con cargo a la partida, que en cumplimiento de la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento, se establezca en el presupuesto anual de la Universidad. Los apoyos serán concedidos hasta cubrir el monto destinado para este fin. Art. 5 Pertinencia: Los apoyos requeridos para participar en programas de educación formal estarán sujetos a un informe emitido por la Unidad Académica a la que pertenezca el aspirante en el que se realice un análisis prospectivo de la necesidad de contar con docentes en el área de formación propuesta por el solicitante y la pertinencia académica e impacto esperado. Titulo II: Importes de apoyo y facilidades El personal académico que cumpla con los requisitos establecidos por la Universidad podrá participar en: Art. 6 Programas de doctorado presencial: se podrá conceder una ayuda económica equivalente a la remuneración nominal mensual de un profesor a medio tiempo, en su categoría, durante el tiempo que permanezca en la sede del posgrado. Art. 7 Programas de doctorado semipresencial, con permanencias en la sede del posgrado por períodos mayores a tres meses: se podrá conceder licencia con una ayuda económica mensual equivalente a la remuneración nominal de un profesor a medio tiempo, en su categoría, durante el tiempo que esté ausente de la Universidad. En ningún caso se le otorgará la licencia si se afecta la programación académica regular. Art. 8 Programas de doctorado semipresencial, con permanencias por períodos menores a tres meses en la sede del posgrado: se podrá conceder permiso con el sueldo que perciba en la Universidad, durante el tiempo que se ausente, siempre y cuando exista un compromiso, aceptado por el decano de la facultad correspondiente, para concluir la programación académica de las asignaturas a su cargo, antes de ausentarse, y de asumir sus actividades regulares al inicio del nuevo período académico, a su retorno. Se podrá conceder además apoyo económico para cubrir una parte o la totalidad del costo de la colegiatura y en el caso de profesores titulares también se podrá otorgar una ayuda anual para pasajes. Art. 9 Maestrías locales y nacionales: se podrá conceder una ayuda equivalente al 60% del costo de colegiatura de la maestría. Art. 10 Maestrías de Investigación en el exterior: se podrá conceder licencia con una ayuda económica equivalente al 75% de la remuneración nominal mensual de un profesor a medio tiempo, en la categoría respectiva, durante el tiempo de permanezca en la sede del posgrado.

4 Art. 11 Cursos u otros eventos de capacitación o actualización que se realicen tanto en el País como en el extranjero: se podrá conceder licencia con sueldo durante el tiempo de duración del evento. En el caso de que la participación del docente sea por delegación expresa de la Universidad, se le reconocerán los valores que por inscripción en el evento, transporte y viáticos le correspondan. La participación en eventos de capacitación propuestos por profesores que impliquen beneficio directo para la Universidad, podrán cofinanciarse previo un informe de pertinencia emitido por la unidad académica correspondiente. Art. 12 Actividades de permanencia en laboratorios, industrias o centros especializados relacionados a la ejecución de las actividades en áreas que sean de interés institucional: se podrá conceder licencia con sueldo durante el tiempo de duración del evento y se analizará la posibilidad de reconocer los valores de transporte y viáticos que correspondan. Art. 13 Cursos organizados por la Universidad: la Universidad podrá financiar el costo de participación, siempre que estos cursos se encuentren enmarcados en programas de mejoramiento del ejercicio docente, evaluación, metodologías de enseñanza-aprendizaje o en temas relativos a la investigación. En casos específicos la Universidad podrá decretar obligatoriedad de participación. Art. 14 Programas posdoctorales: se podrá conceder comisión de servicios con sueldo, previó un análisis de pertinencia e impacto. Art. 15 Apoyo para ejecución de tesis doctorales o de maestrías de investigación: el personal docente que habiendo cursado un programa de posgrado a nivel doctoral o maestría de investigación, cuente con la aceptación de su tesis por la universidad oferente del programa, podrá solicitar apoyo a la Universidad para el desarrollo de la investigación previa a la obtención del título, siempre y cuando ese proyecto guarde concordancia con las líneas de investigación de la carrera a la que pertenezca y tenga la aceptación del Consejo de Investigaciones. En este caso, el valor invertido se aplicará al presupuesto de investigaciones de la Universidad. El Decanato de Investigaciones deberá informar semestralmente sobre el avance de la investigación y el cumplimiento del cronograma propuesto. Titulo III: Obligaciones Art. 16 Las becas, facilidades y apoyos que se otorguen para educación formal, implicarán la obligación del beneficiario de reintegrarse en las condiciones que requiera la Universidad, para lo cual firmará una carta compromiso para auspicio de capacitación académica, documento en el que se detallarán los derechos, obligaciones y observará los siguientes aspectos: a) En caso de estudios de posgrado presenciales, el tiempo que devengarán los docentes por la beca recibida, será el doble del tiempo que duren los estudios de posgrado. b) En caso de estudios de posgrado semi presenciales, independientemente del tiempo que fuere o de la duración la semi presencialidad, el mínimo de tiempo que devengarán los docentes por la beca recibida, será de 4 años. c) En caso de ayudas económicas concedidas para desarrollar proyectos de investigación, el mínimo de tiempo que devengarán los docentes por la ayuda económica recibida, será de 4 años. Si el beneficiario, al concluir su etapa de formación, no se integra a cumplir las

5 actividades para las que fue apoyado, la Universidad le exigirá el reembolso de un equivalente al doble de los valores entregados más el interés legal correspondiente. Art. 17 El becario deberá presentar informes semestrales al Vicerrectorado, debidamente evidenciados, referentes al cumplimiento de sus obligaciones académicas. Este Organismo informará al Consejo Ejecutivo sobre la conveniencia de mantener vigente el convenio. En caso de bajo rendimiento o incumplimientos que impliquen no terminar el programa de educación o no obtener la titulación que corresponda, la Universidad podrá suspender unilateralmente el convenio suscrito y exigir la devolución de los valores entregados, previo un proceso de análisis y juzgamiento. para la Universidad y la Unidad Educativa La Asunción. Disposiciones generales Primera. Para solicitar becas y apoyos para programas de educación formal, el aspirante deberá presentar la siguiente documentación: 1. Solicitud dirigida al Rector, que se presentará en la oficina del Decanato General Administrativo Financiero, con la debida anticipación, a fin de no alterar la programación académica, detallando los documentos que se adjuntan. 2. Documento probatorio de aceptación, emitido por la institución que oferta el posgrado. Art. 18 Quienes se beneficien de las ayudas otorgadas por este Instructivo, deberán hacer constar en las publicaciones y artículos científicos que pudieren producir, durante su período de formación, su filiación a la Universidad del Azuay. Art. 19 Los beneficiarios de auspicios económicos y facilidades para participar en procesos de capacitación o perfeccionamiento, deberán emitir un informe de su participación y demostrar documentadamente su asistencia regular, caso contrario deberán reembolsar a la Universidad los gastos en los que ésta haya incurrido. Además, deberán entregar al Decanato Administrativo Financiero la documentación que justifique los gastos económicos realizados, estando obligados a devolver los rubros no utilizados. Art. 20 Los beneficiarios de becas para estudios de cuarto nivel mantendrán su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y el beneficio institucional de becas 3. Presupuesto total del costo de los estudios certificado por la institución oferente. 4. Documento de constancia de que la universidad ofertante consta en el listado de universidades aceptadas por la SENESCYT. 5. Detalle de las fuentes de financiamiento adicionales con las que cuenta. 6. Informe de pertinencia académica otorgado por el máximo organismo de la unidad a la que pertenezca, en sujeción a lo dispuesto en el artículo 5 del presente Instructivo. 7. Certificados que den cuenta de: los resultados de la evaluación docente, proyectos de investigación en los que ha participado, participación en programas de vinculación, fecha de ingreso, cátedras dictadas, dedicación del profesor en los últimos dos años y record de ayudas recibidas para programas similares.

6 El Decanato General Administrativo Financiero revisará que la documentación esté completa previo a realizar el estudio económico correspondiente y presentará el informe al Rectorado para aprobación por parte del Consejo Ejecutivo. Segunda. Una vez otorgado el beneficio para participar en un programa de educación formal, el docente previa la suscripción del convenio en el Departamento de Talento Humano, deberá rendir una garantía de cumplimiento de obligaciones con el aval de una tercera persona en el Departamento Financiero. de que un mismo servidor presente más de una solicitud dentro del mismo año. Séptima.- La documentación y custodia de los archivos correspondientes a la concesión de becas, ayudas y facilidades para la formación, capacitación y perfeccionamiento del personal académica será responsabilidad del Departamento de Talento Humano. Econ. Carlos Cordero Díaz RECTOR Tercera. En caso de comprobarse que la información presentada no sea verídica o cuando haya incumplimiento de las obligaciones contraídas, la Universidad podrá suspender el convenio unilateralmente y exigir la restitución del doble de los valores invertidos más los intereses respectivos. Cuarta. El personal técnico docente, podrá acceder a los beneficios que otorga la Universidad para procesos de capacitación y perfeccionamiento, previo un informe del decano o del director de la unidad académica que corresponda, en el que se demuestre la necesidad específica de su participación. CERTIFICO: Que el presente Instructivo de concesión de becas, ayudas y facilidades de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal académico de la Universidad del Azuay fue aprobado por el Consejo Ejecutivo, en sesión del 23 de febrero de 2015, reformado en sesión del 22 de abril de 2015 y conocido por el Consejo Universitario en sesión del 5 de mayo de Cuenca, 12 de mayo de Dra. Ximena Mejía Moscoso SECRETARIA GENERAL Quinta. Será facultad discrecional del Consejo Ejecutivo el otorgamiento de una segunda beca al personal que fue ya beneficiario, siempre y cuando se cuente con el informe académico de la unidad correspondiente sobre la necesidad de la Universidad de contar con personal especializado en determinada área del conocimiento. Sexta. Las ayudas económicas y facilidades para la formación, capacitación y perfeccionamiento del personal, lo beneficiarán una sola vez al año. Podrán existir casos de excepción, que deberán ser aprobados por el Consejo Ejecutivo, en caso

7

CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA.

CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA. CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA Sección I DEL ÁMBITO Artículo 41. El presente reglamento tiene por objetivo

Más detalles

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES Registro Oficial Suplemento 234 Quito, lunes 28 de abril de 2014 No. 002-2014 CD-IEPI EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO

Más detalles

P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E

P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E P r o g r a m a E s c a l a D o c e n t e S e c r e t a r í a E j e c u t i v a A s o c i a c i ó n d e U n i v e r s i d a d e s G r u p o M o n t e v i d e o

Más detalles

GERENCIA NACIONAL DE BECAS

GERENCIA NACIONAL DE BECAS GERENCIA NACIONAL DE BECAS PROGRAMA DE BECAS NACIONALES BECA BONO DE DESARROLLO HUMANO (BDH) Quiénes son beneficiarios de la beca Bono de Desarrollo Humano (BDH)? Los beneficiarios de la beca Bono de Desarrollo

Más detalles

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los

Más detalles

RESOLUCIÓN N 064/13 C.S.

RESOLUCIÓN N 064/13 C.S. RESOLUCIÓN N 064/13 C.S. ANEXO I FORMULARIO DE INSCRIPCION PARA CONCURSOS PUBLICOS DE TITULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICION AL SECRETARIO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL SU DESPACHO:

Más detalles

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY CAPÍTULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY CAPÍTULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1.- El personal académico de la Universidad del Azuay está integrado por profesores y profesores

Más detalles

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de

Más detalles

Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S

Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional CONVOCATORIA 2016 (1) Con base a los principios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: el Art. 356 de la Constitución de la República del Ecuador, entre otros principios establece que será gratuita la educación superior pública de

Más detalles

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional 2015-2 Como parte de la Responsabilidad Social Corporativa de Banco Santander, por medio del Plan de Apoyo a la Educación Superior, apoya la movilidad

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO OBJETIVO DEL PROGRAMA: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del objetivo de hacer de Colombia un destino turístico de clase

Más detalles

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad

Más detalles

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL Normativa (Instructivo) que regula las Pasantías de los Estudiantes en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo Aprobada en único debate en Sesión Ordinaria Continuada del Consejo Universitario, de fecha

Más detalles

BASES DEL CONCURSO DE LA FACULTAD DE MEDICINA

BASES DEL CONCURSO DE LA FACULTAD DE MEDICINA BASES DEL CONCURSO DE LA FACULTAD DE MEDICINA Asignatura: Atención Primaria en Salud, Diagnóstico Clínico y Externado Comunitario Categoría: Auxiliar Dedicación: Tiempo Parcial Remuneración: La remuneración

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I De la creación y naturaleza Art. 1.- Se crea en la Universidad Técnica del Norte, la beca estudiantil que consiste

Más detalles

Programa de Becas para la Formación de RH de Alto Nivel

Programa de Becas para la Formación de RH de Alto Nivel Dirección Adjunta de Posgrado y Becas Programa de Becas para la Formación de RH de Alto Nivel Dolores Manjarrez Alvarez Octubre del 2009 San José de Costa Rica Qué Ofrece CONACYT? Becas Formación de Científicos

Más detalles

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión Página de: 1 de 14 Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO 1 MES FECHA DE ELABORACIÓN 30 de Octubre de 2014 FECHA DE REVISIÓN Septiembre de 2015 ELABORÓ

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION CON FONDOS DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (DIDE) 2015.

INSTRUCTIVO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION CON FONDOS DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (DIDE) 2015. INSTRUCTIVO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION CON FONDOS DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (DIDE) 2015. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Artículo

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE HIDALGO UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL COMISIÓN ACADÉMICA DICTAMINADORA SECRETARÍA DE DE HIDALGO CONVOCATORIA AL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO 02/2016 PARA EL INGRESO DE PERSONAL ACADÉMICO La Universidad Pedagógica

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN

BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN El Programa Becas Iberoamérica. Santander Investigación, para el curso 2016/2017, pretende reforzar la movilidad e intercambio de jóvenes profesores e investigadores,

Más detalles

FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR

FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR BASES PARA LA SELECCIÓN - CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN PARA OCUPAR EL CARGO DE PROFESOR/A INVESTIGADOR/A TITULAR AGREGADO/A B

Más detalles

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015 ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación

Más detalles

CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL

CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL EN QUÉ CONSISTE LA BECA DE CONVOCATORIA ABIERTA? La beca es un financiamiento no reembolsable

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i

REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 El Departamento de Bienestar Estudiantil es la unidad administrativa responsable del manejo de créditos educativos y pagos

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la

Más detalles

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO PARA DOCTORADO DE CUARTO NIVEL (EQUIVALENTE A Ph.D); Y, POSDOCTORAL DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA

REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO PARA DOCTORADO DE CUARTO NIVEL (EQUIVALENTE A Ph.D); Y, POSDOCTORAL DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO PARA DOCTORADO DE CUARTO NIVEL (EQUIVALENTE A Ph.D); Y, POSDOCTORAL DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL

Más detalles

Misiones y funciones

Misiones y funciones Misiones y funciones Secretaría Académica PERÍODO DE GESTIÓN 2010-2014 Entender en los asuntos vinculados a la planificación, programación y desarrollo de las políticas académicas de grado y pregrado,

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR BECAS DE CAPACITACIÓN BECAS DE EXCELENCIA. El alumno o el docente debe estar cursando un proyecto de capacitación (curso, taller, diplomado) o estar inscrito para su próximo inicio, en el cual se deberán

Más detalles

RESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)

RESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010) RESOLUCIÓN RECTORAL No. 053-2010 (Junio 8 de 2010) Por la cual se reglamenta el régimen financiero para los proyectos de extensión de la Universidad Central El Rector de la Universidad Central en uso de

Más detalles

VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO:

VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO: BUENOS AIRES, VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO: Que un grupo de docentes que se desempeñan en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) bajo la categoría Ayudante Estudiantil, solicitan

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que

Más detalles

REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC FACULTAD DE ARTES -

REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC FACULTAD DE ARTES - REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC - Contacto Coordinador: Sr. Manuel Espinoza Hall formacioncontinuartes@u.uchile.cl Web: www.uchile.cl/educacioncontinua Compañía 1264 Santiago Centro 1 REGLAMENTO DE

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013 REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013 TITULO I - DE LOS OBJETIVOS Artículo 1.- El presente reglamento establece

Más detalles

CONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012

CONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012 CONSEJO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS DE DESCUENTO PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN PERMANENTE El Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica

Más detalles

Formación Específica en Centros

Formación Específica en Centros 1.2.1.2. Formación Específica en Centros Objeto de la convocatoria La Universidad de Sevilla, en su compromiso con la mejora continua de la docencia, y en aplicación de la Acción 1.2.1 de su II Plan Propio

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN

REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ASUNCIÓN FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD CARRERA ODONTOLOGIA REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN 2011 ASUNCIÓN PARAGUAY INDICE Prólogo... 3 CAPITULO I GENERALIDADES Y OBJETIVOS...

Más detalles

ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL

ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL ACTA DE APERTURA DE SOBRES Y VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS CONVOCATORIA DE MÉRITOS Y OPOCIÓN PARA PROFESOR TITULAR AGREGADO 1 EN EL ÁREA DE QUÍMICA DE LOS PRODUCTOS NATURALES, BIOPRODUCTOS Y FITOQUÍMICA DE

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL REGLAMENTO DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL REGLAMENTO DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL REGLAMENTO DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA LIMA, 2012 (Aprobado por RR N 619-2012-UPCH-CU) CONTENIDO

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIOS 2011 PRESENTACIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 del Reglamento General para la Presentación, Aprobación

Más detalles

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2011 Por medio de este Programa, el Santander Río asigna a la Universidad de Buenos Aires la cantidad de 15 (quince)

Más detalles

I Convocatoria a Proyectos de investigación para Graduados de Carreras de Grado/ 2016.

I Convocatoria a Proyectos de investigación para Graduados de Carreras de Grado/ 2016. ANEXO II I Convocatoria a Proyectos de investigación para Graduados de Carreras de Grado/ 2016. La presente convocatoria esta dirigida a los graduados de Carreras de Grado de la Facultad de Ciencias Jurídicas.

Más detalles

b. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada.

b. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada. Reglamento de Ayudas Económicas para Docentes del Departamento Académico de Derecho (Aprobado por el Consejo del Departamento Académico de Derecho el 16 de mayo de 2012) Artículo 1. Finalidad El presente

Más detalles

ANEXO 2 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA PROFESIÓN DOCENTE. A) Ingreso y promoción a la docencia. Argentina México Costa Rica Chile

ANEXO 2 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA PROFESIÓN DOCENTE. A) Ingreso y promoción a la docencia. Argentina México Costa Rica Chile ANEXO 2 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA PROFESIÓN DOCENTE A) Ingreso y promoción a la docencia una legislación específica, se resguardarán b) Ingresar en el sistema mediante un régimen de concursos

Más detalles

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas CONVOCATORIA Programa de Becas 01-2016 El Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal reconocido como Centro Público de Investigación,

Más detalles

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS

Más detalles

Universidad Tecnológica Israel

Universidad Tecnológica Israel Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 008 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0940-2016-CU-, de fecha 24 de junio de 2016 CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de 7 CAPÍTULO

Más detalles

1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD

1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES SERVICIO DE ASISTENCIA ECONÓMICA II SEMESTRE ABRIL - AGOSTO 2015 1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD 1. BECAS AL

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO CONVOCATORIA No. IFTDH - 006 DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar

Más detalles

Control de Desempeño Docente

Control de Desempeño Docente Control de Desempeño Docente 2012-2013 Quienes se deben presentar? Todos los Docentes cuya designación por concurso venza en el período que corre entre el 1 de noviembre del año 2012 y el 31 de octubre

Más detalles

Bases de la convocatoria 2016/2017. Becas Elena Pessino

Bases de la convocatoria 2016/2017. Becas Elena Pessino Bases de la convocatoria 2016/2017 Becas Elena Pessino La Cátedra Elena Pessino de la Universidad de Alcalá, convoca la V Edición de las Becas Elena Pessino dirigidas a estudiantes con diversidad funcional.

Más detalles

CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS DE INGENIERÍA EN LA REGION

CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS DE INGENIERÍA EN LA REGION CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS DE INGENIERÍA EN LA REGION CONDICIONES INICIALES O REQUISITOS PREVIOS PARA LA PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN Este documento

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

Guía de entregables para la comprobación de tipos y conceptos de apoyo del PPCI 2016

Guía de entregables para la comprobación de tipos y conceptos de apoyo del PPCI 2016 Guía de entregables para la comprobación de tipos y conceptos de apoyo del PPCI 2016 INTRODUCCIÓN. Con el propósito de apoyar su Población Objetivo, a efecto de que los solicitantes conozcan la forma en

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA

REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica

Más detalles

Doctorado en Diseño. Universidad Autónoma del Estado de México Programa de Estudios Avanzados 2016

Doctorado en Diseño. Universidad Autónoma del Estado de México Programa de Estudios Avanzados 2016 Humanidades y Ciencias de la Conducta Universidad Autónoma del Estado de México Programa de Estudios Avanzados 2016 Doctorado en Programa Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC) Nivel: Reciente Creación

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT

INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT Acuerdo Ministerial 142 Registro Oficial 448 de 28-feb.-2015 Estado: Vigente No. 2014-142 Rene Ramírez Gallegos SECRETARIO DE EDUCACION

Más detalles

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de

Más detalles

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ Capítulo I Traslados de una Sede a otra dentro de un Área de Especialidad. Artículo 1: Los traslados de Profesores, Regulares,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015 Decreto Rectoría 30/ 2015 Vigencia desde 19/10/2015 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCCIÓN 12 de octubre de 2010 Los presentes lineamientos son el resultado de los trabajos realizados por la Comisión

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional

Más detalles

Universidad Nacional de Lanús

Universidad Nacional de Lanús Lanús, 21 de abril de 2014 VISTO, el Expediente Nº 1101/14 correspondiente a la 2º Reunión del Consejo Superior del año 2014, y; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario contar con un Reglamento Marco de Becas

Más detalles

TÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH ÍNDICE

TÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH ÍNDICE TÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH CAPÍTULO I: LA INTERNACIONALIZACIÓN Y LA MOVILIDAD ACADÉMICA (Artículo 87 Artículo 100) Artículo 87. La Movilidad académica es un

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES

LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 1 LICENCIATURA EN 2 AÑOS Y 8 MESES LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RVOE SEP ESLI-1817-112-2012 REGISTRO FEDERAL DE PROFESIONES 621312 ASISTIENDO A CLASES UN VIERNES, UN SÁBADO Y UN DOMINGO

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos 1 de 15 4.0 Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección de Extensión y Educación Continua Vicerrectoría Académica Técnico - Dirección de Extensión y Educación Continua Director (E) Dirección de

Más detalles

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016 REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016 DE LOS POSTULANTES. Podrán postularse al concurso de admisión para la Maestría en Defensa Nacional aquellas personas que ostenten

Más detalles

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido 1 de 10 COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL Tabla de contenido COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL... 1 INTRODUCCION... 2 FUNDAMENTO LEGAL... 2 OBJETO... 2 AMBITO DE APLICACIÓN... 2 DEFINICIONES...

Más detalles

FONDO DE FORMACIÓN AVANZADA PARA DOCENTES CONVOCATORIA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS NIVEL: MAESTRÍA Y DOCTORADO INTRODUCCIÓN

FONDO DE FORMACIÓN AVANZADA PARA DOCENTES CONVOCATORIA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS NIVEL: MAESTRÍA Y DOCTORADO INTRODUCCIÓN 1 Dirección de Formación de FONDO DE FORMACIÓN AVANZADA PARA DOCENTES CONVOCATORIA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS ASIGNACIÓN DE CRÉDITOS EDUCATIVOS PARA CURSAR ESTUDIOS DE POSGRADO DIRIGIDO A DOCENTES DEL

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL

REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL TITULO I Parte General ARTÍCULO 1.- universitarios Con el objeto de impulsar la enseñanza sobre temas

Más detalles

PROGRAMA ECOS-CONICYT

PROGRAMA ECOS-CONICYT PROGRAMA ECOS-CONICYT Creación: 1992 por decisión de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y de Investigación de Francia Chile fue el primer país en llevar a cabo un programa de este tipo

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL PROCEDIMIENTO: 310 AYUDA PARA ESTUDIOS DE POSTGRADO A SERVIDORES PUBLICOS DOCENTES AFILIADOS AL SINDICATO DE MAESTROS AL SERVICIO DEL ESTADO DE MEXICO OBJETIVO: Dar cumplimiento a la cláusula del Convenio

Más detalles

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA MANUAL PARA CALIFICAR LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN. Noviembre de 2011 1 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado

Más detalles

FONDO UCSM. Para acceder a la adjudicación de fondos para investigadores a tiempo completo

FONDO UCSM. Para acceder a la adjudicación de fondos para investigadores a tiempo completo FONDO UCSM Para acceder a la adjudicación de fondos para investigadores a tiempo completo Continuando con su objetivo de promover la investigación en nuestra alma mater, el Vicerrectorado de Investigación

Más detalles

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas: RESOLUCIÓN del Vicerrector de Profesorado y Departamentos de la Universidad Carlos III de Madrid, de 16 de mayo de 2013, por la que se convoca Concurso Público para la provisión de plazas de PROFESORES

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA FONDO SECTORIAL CONACYT-SECRETARÍA DE ENERGÍA-HIDROCARBUROS DIRECCIÓN ADJUNTA DE POSGRADO Y BECAS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA FONDO SECTORIAL CONACYT-SECRETARÍA DE ENERGÍA-HIDROCARBUROS DIRECCIÓN ADJUNTA DE POSGRADO Y BECAS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA FONDO SECTORIAL CONACYT-SECRETARÍA DE ENERGÍA-HIDROCARBUROS DIRECCIÓN ADJUNTA DE POSGRADO Y BECAS CONVOCATORIA CONACYT-SECRETARÍA DE ENERGÍA-HIDROCARBUROS 2015-2016

Más detalles

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO ESPECIALIZACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN RPC-SO-03-No.032-2016

Más detalles

BASES Y CONDICIONES TERCERA EDICIÓN PREMIO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO DE CIENCIA E INNOVACIÓN 2016

BASES Y CONDICIONES TERCERA EDICIÓN PREMIO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO DE CIENCIA E INNOVACIÓN 2016 SECRETARIA DE ESTADO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA YCOOPERACIÓN INTERNACIONAL BASES Y CONDICIONES TERCERA EDICIÓN PREMIO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO DE CIENCIA E

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2007

PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2007 -Disminución del tiempo promedio de graduación Días hábiles 4,00 x x x x Decano. Direc. Esc. 1.-Mejorar la formación académico y profesional del pre y post grado en las diferentes escuelas de la UNT, en

Más detalles

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación.

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. ESCUELA DE ECONOMÍA Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA MAESTRÍA EN ECONOMÍA El Departamento de Economía presenta

Más detalles

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

Reglamento Programa de Becas en Manejo del Dolor 2015 Centro de Entrenamiento en Anestesiología WFSA - CLASA Buenos Aires, Argentina.

Reglamento Programa de Becas en Manejo del Dolor 2015 Centro de Entrenamiento en Anestesiología WFSA - CLASA Buenos Aires, Argentina. Federación Mundial de Sociedades de Anestesiología WFSA Confederación Latinoamericana de Sociedades de Anestesiología CLASA Comisión de Educación Reglamento Programa de Becas en Manejo del Dolor 2015 Centro

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE CAPACITACIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE CAPACITACIÓN REGLAMENTO INTERNO DE CAPACITACIÓN Aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 64/2014 La Paz, 11 de febrero de 2014 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Objetivo... 2 Artículo 2º Ámbito

Más detalles

A. En el primero, con una duración de 24 meses, la ayuda revestirá las características de una beca.

A. En el primero, con una duración de 24 meses, la ayuda revestirá las características de una beca. CONVOCATORIA DE DOS BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR FPI DEL INSTITUTO CEU DE ESTUDIOS DE LA FAMILIA DE LA UNIVERSIDAD CEU SAN PABLO PARA EL CURSO 2015-2016 El de la Universidad CEU San Pablo

Más detalles

Convocatoria nacional Jóvenes investigadores e innovadores 2016 COLCIENCIAS

Convocatoria nacional Jóvenes investigadores e innovadores 2016 COLCIENCIAS Formato convocatoria interna de proyectos de investigación VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON Convocatoria nacional Jóvenes investigadores e innovadores 2016 COLCIENCIAS

Más detalles