ACUERDO DE COLABORACiÓN. CORPORACiÓN CULTURAL DE LA ILUSTREMUNICIPALIDAD

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ACUERDO DE COLABORACiÓN. CORPORACiÓN CULTURAL DE LA ILUSTREMUNICIPALIDAD"

Transcripción

1 l( "l#( n SANTIAGO Ilustre Municipalidad V T1!ATRO MUNICIPAL DE SA'l1'L\OO ACUERDO DE COLABORACiÓN ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO y CORPORACiÓN CULTURAL DE LA ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO En Santiago, 06 de Noviembre de 2014, entre la ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, en adelante "la Municipalidad", RUT NQ , representada por su Administradora Municipal doña MARCELA DEL PILAR HALES HALES, Cédula de Identidad W K, ambas con domicilio en el Palacio Consistorial, Plaza de Armas sin número, Comuna de Santiago y por la otra la CORPORACION CULTURAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, RUT NQ en adelante la "Corporación", representada por su Director de Administración y Finanzas, don Francisco Javier Alvarado Álvarez, RUT , ambos con domicilio en Agustinas NQ794, se acuerda: Considerando: 1 La Ilustre Municipalidad de Santiago es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política de la República y en el artículo lq de la LeyNQ18695,Orgánica Constitucional de Municipalidades Asimismo, dentro de las funciones que la Municipalidad puede desarrollar, se encuentran actividades relacionadas con la educación y la cultura y el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local, según expresa el artículo 4Qletras a) y 1)de la citada Ley NQ18695;además corresponde a una de las atribuciones esenciales señaladas en el Art NQ 5 letra gl el poder otorgar subvenciones y aportes para fines específicos a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente con el cumplimiento de sus funciones; finalmente, con el objeto de atender las necesidades de la comunidad ', _-'~

2 { ~ n SANTIAGO V Ilustre Municipalidad 11!ATRO MUNICIPAL DI! SAN11AOO local, la municipalidad podrá celebrar contratos que impliquen la ejecución de acciones determinadas, de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del Art W8, de la citada Ley W Por su parte, la Corporación Cultural de la Ilustre Municipalidad de Santiago, es una corporación de derecho privado, sin fines de lucro que tiene entre otros fines administrar y operar teatros, cines, museos, bibliotecas, salas, recintos y lugares para exposiciones y espectáculos artísticos y culturales de propiedad de la Municipalidad de Santiago, de otras del sector público y de la propia corporación; asimismo el crear, mantener y promover y apoyar materialmente formas de expresión artística y en general promover y participar activamente en el desarrollo y perfeccionamiento de las aptitudes y aficiones culturales y artísticas de los habitantes y visitantes de la comuna de Santiago 3 Que, en el marco de sus respectivas políticas institucionales, objetivos comunes y actividades complementarias, Teniendo en cuenta que ambas partes coinciden en la necesidad de consolidar los vínculos ya existentes, LA CORPORACiÓN Y la ILUSTREMUNICIPALIDADDE SANTIAGOdesean llevar a cabo el presente Convenio de Colaboración Cultural con el objeto de potenciar y apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas que viven y visitan la comuna de Santiago, programas de cooperación tendientes al desarrollo de la cultura y las artes PRIMERO: El presente convenio tiene como objeto facilitar y promover la mutua colaboración entre la Municipalidad y la Corporación, a través de la ejecución de planes, políticas y programas culturales que apoyen la participación cultural y la creación y difusión artística tanto a nivel de las personas como de las organizaciones que éstas forman y de la colectividad comunal, de modo que encuentren espacios de expresión en el barrio y la comuna capital, estableciendo vínculos de coordinación y colaboración en sus distintas áreas de gestión, especialmente en lo que dice relación con: Facilitar el intercambio en la elaboración de proyectos culturales de impacto comunal; Elaboración de estrategias e intercambio de experiencias en materias de desarrollo artístico y cultural comunitario;, i:, \~---"

3 ~ 11 SANTIAGO W Ilustre Municipalidad TEATRO MUNICIPAL DB SA>n1AOO Construir y mantener instancias permanentes de intercambio de información y documentación de interés Facilitar el acceso recíproco a actividades que ambas instituciones desarrollen Coordinar el diseño, implementación y evaluación de acciones que fortalezcan el quehacer de ambas instituciones? SEGUNDO: La Municipalidad será la encargada de elaborar y/o ejecutar las acciones particulares o programadas relacionadas con el objeto de este acuerdo y podrá acordar con la Corporación, la realización de acciones tendientes a cumplirlo, remitiendo los antecedentes necesarios para la correcta ejecución y administración de las acciones; asimismo, la Municipalidad conseguirá las autorizaciones y patrocinios según los casos particulares TERCERO:La Municipalidad de Santiago, a través de la Subdirección de Cultura o la Dirección Municipal que corresponda según la actividad que se trate, podrá aportar directamente, recibir aportes, y/o desarrollar gestiones con entidades públicas y privadas a fin de conseguir aportes dirigidos a actividades de interés público en el ámbito de la cultura, el arte y la vinculación con la comunidad Tanto la Municipalidad como La Corporación se comprometen a recibir y administrar los recursos obtenidos a partir de las gestiones que realicen, requiriendo la una de la otra la documentación necesaria para la gestión de los fondos, tales como cotizaciones, informes y documentos de pago En el caso de gestiones con el mundo privado, éstas se harán bajo la figura que para ello establece la Leyde DonacionesCulturales,en el caso que así se acuerde con el donante, en cuyo caso, la Corporación gestionará la obtención del certificado correspondiente ante el Comité que administra la Ley de Donaciones Culturales CUARTO: Para los proyectos cuya ejecución se requiera un plazo superior a un mes calendario, la Municipalidad presentará a la Corporación y vice versa, dentro de los primeros días de cada mes, informes de actividades que den cuenta de los avances del proyecto, ya sea en gestión o ejecución, e informes financieros que den cuenta de los i' 'l' -3-, / -',-

4 ~ n SANTIAGO U Ilustre Municipalidad TEATRO MUNICIPAL DE SA1\I'11AGO :) estados de pagos y de las rendiciones de cuentas que correspondan, con la debida documentación de respaldo Para la entrega de este informe, se deberán tener en cuenta, las siguientes consideraciones: Se considerará recibido el original del, debidamente firmado por el responsable del proyecto, no siendo válido el recibido por , scaneado u otro medio El primer informe corresponderá al número 1, el cual deberá ser enviado a contar del mismo mes en que se ejecuten las acciones que el proyecto considera, indicando los recursos gastados y el responsable del mismo Para la rendición de fondos deberá incluir los siguientes documentos: y b) Original de facturas o boletas de prestación de servicios a) Cotización Las partes podrán plantear observaciones y objeciones al informe, debiendo la parte que las reciba, contestarlas en plazo de 10 días corridos De no contestar, se entenderá que las objeciones son fundadas y se procederá en consecuencia QUINTO: De ser necesario según la actividad que se trate, las partes deberán crear los mecanismos de colaboración bilateral convenientes y a convenir las condiciones de su realización, de modo tal, que permitan ejecutar los objetivos que se propongan, efectuar seguimiento a los compromisos y evaluar los resultados De igual manera, se comprometen a implementar Acuerdos Específicos, los que serán considerados parte integrante de éste Acuerdo General, como anexos al mismo y en orden consecutivo Cada Acuerdo Específico deberá contener el Plan de Trabajo a desarrollar, indicando los objetivos, calendario de actividades y presupuesto SEXTO:En el desarrollo de proyectos de interés común, las partes facilitarán los espacios físicos de que disponen, en la medida de su factibilidad, para la ejecución de los proyectos y/o programas convenidos SEPTIMO: En el marco de este acuerdo, ambas instituciones se comprometen a implementar y/o potenciar actividades artísticas y culturales que tiendan a la inclusión y no discriminación de los distintos actores de la comuna; favoreciendo la participación Y,\J '' -~ ;- 4: :- _:::- ; \,' " ""

5 9 V*: n SANTIAGO V Ilustre Municipalidad TEATRO MUNICIPAL DI! SANTIAGO visibilización de aquellas personas y/o grupos que están especialmente expuestos a discriminaciones por los motivos contenidos en la Ley NQ 20609, que Establece Medidas Contra la Discriminación OCTAVO: Para cada actividad, las partes designarán los equipos responsables da la Organización, para todos los efectos de las gestiones que la producción del evento requiera, y demande para su realización, en su caso deberá desarrollar la Directiva de Funcionamiento correspondiente y tramitar las resoluciones y permisos que correspondan ante las instituciones que designe la ley para estos efectos De ser competente, la Municipalidad desarrollará los procedimientos correspondientes a través de su Comité de Eventos en Vía Pública, a fin de emitir las resoluciones correspondientes para los usos de espacios y lugares de la vía pública en que de acuerdo al programa se realizarán las actividades NOVENO: El municipio podrá comprometer sus equipos de aseo y limpieza, los que desarrollarán sus labores una vez concluidas las actividades establecidas en el programa, de manera que los vecinos residentes del barrio no resientan los efectos de las actividades que se desarrollarán en sus entornas La convocatoria a los vecinos para participar de las diversas actividades que se generen como resultado de la aplicación de este Acuerdo de Colaboración, se realizará a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario en coordinación con las diversas unidades municipales DECIMO: El presente Acuerdo comenzará a regir desde la fecha de su suscripción, teniendo una duración 3 años, a menos que una de las partes comunique a la otra, por escrito y con seis meses de anticipación, su intención de darle término El término del mismo, no podrá afectar la conclusión de los compromisos adoptados previamente en el marco de los Acuerdos Específicos y que se encuentren en ejecución La suscripción de este Acuerdo no inhabilita a La Corporación y a la Ilustre Municipalidad de Santiago para establecer vínculos similares con otras entidades, 1'--,-:--- ~ -'--

6 q ~ n U SANTIAGO ILustre Municipalidad TSATROMUNIClPAL DI! SItN11AOO DÉCIMO PRIMERO:Para todo lo no previsto en este Convenio General, así como para su interpretación y debido cumplimiento, las partes resolverán toda discrepancia de común acuerdo, o por un árbitro arbitrador designado por éstas PERSONERíAS:La personería de doña Marcela Hales Hales para representar a la 1 Municipalidad de Santiago en calidad de Administradora Municipal consta en el Reglamento Municipal NQ339 de fecha , sobre Delegación de Atribuciones y Asignación de Funciones Alcaldicias, cuya vigencia fue prorrogada por Decreto Alcaldicio Sección Segunda NQ3136 de fecha , ambos de la Municipalidad de Santiago, la personería de don Francisco Javier Alvarado para actuar en representación de la Corporación Cultural de la 1 Municipalidad de Santiago Consta de la escritura pública de fecha 08 de julio de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo oo, ~'(~ FRANtisCO'JAVll:RALVARADOALVAREZ Director de Administración y Finanzas Corporación Cultural 1Municipalidad de Santiago J 6

7 41' ;A:: SANTIAGO Secretar[a Municipal Asuntos Municipales SECC28- N4) O 71 SANTIAGO, 09 ENE 2015 VISTOS: Antecedentes IDOe N"276982/ teniendo presente lo dispuesto en la Ley N 19880, de 2003, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Dictamen N 5108, de enero 26 de 2012, de la Contraloría General de la República; Acuerdo de Colaboración entre la Ilma Municipalidad de Santiago y la Corporación Cultural de la Ilustre Municipalidad de Santiago, de fecha 6 de noviembre de 2014; Memorándum N 4, de enero 6 en curso, de la Subdirección de Cultura, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N 18695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente, D E C R E T O: 1- APRUÉBASE el ACUERDO DE COLABORACIÓN,suscrito con fecha 6 de noviembre de 2014, celebrado entre la 1 Municipalidad de Santiago, representada por la Administradora Municipal, doña MARCELADEL PILAR HALES HALES y la Corporación Cultural de la 1Municipalidad de Santiago, representada por su Director de Administración y Finanzas, don FRANCISCO JAVIER AL VARADO ÁLVAREZ ANÓTESE Y transcríbase a Secretaría Municipal, Dirección de Control, Dirección Asesoría Jurídica, Secretaría Comunal de Planificación, Subdirección de Cultura, Dirección Educación Municipal, Dirección Administración y Finanzas, Subdirección Contabilidad y Presupuestos, Dirección Desarrollo Comunitario, Corporación Cultural de Santiago, y pase a la Administración Municieal-Dara su conocimiento y fines consiguientes ",~< ~ ~ ~" - :t~~v- ~fa/~:r= ~r2015- ESCOPIAFIELDESUORIGINAL 1 Municipalidadde Santiago - Pza de Armas s/n - Fono: wwwmunicigalidaddesantiagoci

ACUERDO DE COLABORACiÓN ENTRE. FUNDACiÓN CORP GROUP CENTRO CULTURAL YLA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO *****************

ACUERDO DE COLABORACiÓN ENTRE. FUNDACiÓN CORP GROUP CENTRO CULTURAL YLA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO ***************** J{ ACUERDO DE COLABORACiÓN ENTRE FUNDACiÓN CORP GROUP CENTRO CULTURAL YLA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO ***************** En Santiago de Chile, a 17 de agosto de 2011, entre la FUNDACiÓN CORP GROUP

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA En Santiago de Chile, a 05 de diciembre de 2014,

Más detalles

Transparencia. 5. Que para el desarrollo de sus funciones, los municipios pueden celebrar convenios con organismos públicos o privados.

Transparencia. 5. Que para el desarrollo de sus funciones, los municipios pueden celebrar convenios con organismos públicos o privados. consejo para la Transparencia APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA RESOLUCIÓN EXENTA N 2:)5 SANTIAGO ' 27 MAYO 2013 VISTOS:

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE QUILICURA SECRETARIA MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE QUILICURA SECRETARIA MUNICIPAL APRUEBA ORDENANZA DE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS LA ALCALDÍA DECRETO HOY LO QUE SIGUE: QUILICURA, 30 de Abril de 2004 DECRETO EXENTO Nº 413 /04. - VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2003-SA/DM Lima, 17 de Noviembre del 2003 Vista la propuesta de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 2225-2003-OGAJ/MINSA de la Oficina General

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON En Concepción, a de Julio de 2013 entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PCM (El Decreto Supremo en referencia

Más detalles

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes: El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL SP-M

ACUERDO MINISTERIAL SP-M ACUERDO MINISTERIAL SP-M-731-2002 Guatemala, 10 de Julio de 2002 EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 426-2001 de fecha dieciséis de

Más detalles

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES

Más detalles

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL SP-M

ACUERDO MINISTERIAL SP-M ACUERDO MINISTERIAL SP-M- 727-2007 Guatemala, 22 de Marzo de 2007 EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que tanto el Código de Salud, Decreto número 90-97, como la Ley del Organismo

Más detalles

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente. BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº S01:0121447/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones,

Más detalles

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a... de octubre de 2003. REUNIDOS De una parte el Excmo.

Más detalles

SANTIAGO, 2 0 NOV. 2013

SANTIAGO, 2 0 NOV. 2013 consejo para la Transparencia APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE LAGO VERDE Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA RESOLUCIÓN EXENTA N SANTIAGO, 2 0 NOV. 2013 VISTOS:

Más detalles

SANTIAGO, 9 ABR. 2012

SANTIAGO, 9 ABR. 2012 consejo para la ransparencsa APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA RESOLUCIÓN EXENTA N 4 142 SANTIAGO, 9 ABR. 2012 VISTOS: La

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

Municipio de Manta Cundinamarca. Alcaldía Nit No 800094711-3. DECRETO Nº 017 Mayo 15 de 2014

Municipio de Manta Cundinamarca. Alcaldía Nit No 800094711-3. DECRETO Nº 017 Mayo 15 de 2014 DECRETO Nº 017 Mayo 15 de 2014 POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ MUNICIPAL DE DISCAPACIDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE MANTA En ejercicio de su atribuciones constitucionales

Más detalles

CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL

CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA. San Salvador, 17

Más detalles

SANTIAGO, 3 '\ [o\.~yo 201'1 RESOLUCIÓN EXENTANº VISTO: CONSIDERANDO:

SANTIAGO, 3 '\ [o\.~yo 201'1 RESOLUCIÓN EXENTANº VISTO: CONSIDERANDO: 1 / APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN /';/ ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DE / TURISMO Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD / DE SANTIAGO. SANTIAGO, 3 '\ [o\.~yo 201'1 RESOLUCIÓN EXENTANº VISTO: 5 12 y la CONSIDERANDO:

Más detalles

Programa: Ayuda a la población desplazada y protección de los derechos humanos.

Programa: Ayuda a la población desplazada y protección de los derechos humanos. Programa: Comedores Populares. Proyecto 2010: apoyo y coordinación del programa comedores populares para atender al adulto mayor de escasos recursos del municipio de Fusagasugá. Objetivo: Disminuir los

Más detalles

Comité Multisectorial por los Derechos del Niño y Adolescente COMUDENA

Comité Multisectorial por los Derechos del Niño y Adolescente COMUDENA Plan Comité Multisectorial por los Derechos del Niño y Adolescente COMUDENA Econ. Karina Alvarado Bayona Plan Programa Perú Oficina Piura Agosto 2011 Qué es el COMUDENA? Es un órgano Consultivo y de apoyo

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ÍNDICE I. PRESENTACIÓN II. OBJETIVO III. MARCO JURÍDICO IV. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO V. ORGANIGRAMA Página 1 de 11 I. PRESENTACIÓN La secretaría Particular es un área creada

Más detalles

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL COMUNIDAD REAL TOSCANA A.C. ESTATUTOS DEL NOMBRE, DOMICILIO NACIONALIDAD Y DURACIÓN ARTÍCULO PRIMERO.- La denominación de la Asociación será Comunidad Real Toscana,

Más detalles

LEY No. 9. De 12 de enero de Por la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Ambiental entre. la República de Panamá y la República de Chile

LEY No. 9. De 12 de enero de Por la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Ambiental entre. la República de Panamá y la República de Chile 1 LEY No. 9 De 12 de enero de 2007 Por la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Ambiental entre la República de Panamá y la República de Chile LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo 1. Se aprueba,

Más detalles

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 QUÉ ES EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO? Es una práctica democrática que propone y define los proyectos de inversión pública que se desarrollarán en nuestro distrito

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional. PAG: 1554 Objetivo: Políticas y/o Normas De Operación: Proporcionar a los ciudadanos una vía de acceso única para la introducción de sus trámites a la delegación. Las atribuciones correspondientes a esta

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

Universidad Tecnológica Israel

Universidad Tecnológica Israel Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES

LINEAMIENTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y. REUNIDOS De una parte D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en C/ Ancha, 16, 11001 Cádiz (España),

Más detalles

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, DENOMINADA EN LO SUCESIVO "LA UNIVERSIDAD", REPRESENTADA POR SU RECTOR GENERAL SUSTITUTO DR. MARCO ANTONIO CORTÉS

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Jefe del Departamento de Documentación

Más detalles

Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016

Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Integración Social Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 PROGRAMA DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL (E040) CONTENIDO

Más detalles

RESUMEN. Para una mejor comprensión del trabajo, a continuación se detalla la estructura:

RESUMEN. Para una mejor comprensión del trabajo, a continuación se detalla la estructura: RESUMEN Es importante que la Agencia Internacional Esperanza Bolivia cuente con un reglamento para poder controlar sus activos fijos, para el mejoramiento de sus funciones. La imperante necesidad de establecer

Más detalles

PLAN DE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

PLAN DE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA PLAN DE ACTUACIONES DE LA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Curso académico 2015/2016 1 INTRODUCCIÓN El Reglamento de la Inspección de Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno,

Más detalles

RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.""N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016

RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016 REPUBLICA DE CHILE INTENDENTE CONVENIO DE TRANSFERENCIA MODIFICA CONVENIO FRIL AÑO 2015, APROBADO POR RESOLUCIÓN EXENTA FNDR No 127/2015 RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.""N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016 VISTOS:

Más detalles

ORDENANZA DE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO.

ORDENANZA DE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO. 1. MUNIIPALIDAD DE EL QUISO. EL QUISO _ MAT.: Aprueba Ordenanza de Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de la Municipalidad de El Quisco. El Quisco, 16 de Abril de 2004.- No 314.-/

Más detalles

Nombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel:

Nombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel: MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Recepcionar y orientar a la familia como soporte en proceso reeducativo del joven, PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

RESOLUCIÓN: B CONCEPCIÓN,

RESOLUCIÓN: B CONCEPCIÓN, REF: Aprueba acuerdo de colaboración operativo para el "Modelo para la implementacion y uso de la videoconferencia como medio de comunicación con las personas privadas de libertad". RESOLUCIÓN: 596 - B

Más detalles

M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO (1997) REPÚBLICA DE CHILE MINISTERIO

Más detalles

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA Decisión 690 Programa de Difusión Estadística de la Comunidad Andina LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 54 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 36 y 37 de la Decisión 471, la Decisión

Más detalles

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones

Más detalles

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y

Más detalles

DECRETO LEY Nº PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

DECRETO LEY Nº PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: DECRETO LEY Nº 25762 PROMULGAN LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo

Más detalles

EL PAPEL DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN LA POLITICA SOCIAL DE NUEVA GENERACIÓN

EL PAPEL DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN LA POLITICA SOCIAL DE NUEVA GENERACIÓN EL PAPEL DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN LA POLITICA SOCIAL DE NUEVA GENERACIÓN IMPORTANCIA DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA: PND - CNCH Meta II. México Incluyente Garantizar el ejercicio efectivo de

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD PUBLICACIÓN DE LAS CONSULTA A LAS BASES DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS INCLUSIVOS 2014

SERVICIO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD PUBLICACIÓN DE LAS CONSULTA A LAS BASES DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS INCLUSIVOS 2014 PUBLICACIÓN DE LAS CONSULTA A LAS BASES DEL FONDO NACIONAL DE PROYECTOS INCLUSIVOS 2014 1 1. Se puede postular enviando el Formulario de Postulación y la Declaración jurada al mail proyectosinclusivos@senadis.cl

Más detalles

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión

Más detalles

Decreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y León.

Decreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y León. Decreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y BO. Castilla y León 30 abril 2004, núm. 81/2004 [pág. 5841] El significado del patrimonio etnográfico para comprender

Más detalles

Coordinación de Relaciones Publicas INTRODUCCIÓN

Coordinación de Relaciones Publicas INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio

Más detalles

En Sevilla, a de R E U N I D O S

En Sevilla, a de R E U N I D O S CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA UNIVERSIDAD MÁLAGA PARA LA APLICACIÓN A DICHA INSTITUCIÓN DEL DECRETO 317/2003, DE 18 DE

Más detalles

Las OSC desde su marco jurídico e institucional

Las OSC desde su marco jurídico e institucional PROYECTO SOCIEDAD EN ACCIÓN CENTRO DE POLÍTICAS PÚBLICAS P. UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Las OSC desde su marco jurídico e institucional Francisco Soto y Felipe Viveros DERECHO PÚBLICO Y CONSTITUCIONAL

Más detalles

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES SECRETARÍA DE JUNTA DIRECTIVA Grabación, elaboración y redacción de Actas de Sesiones de Junta Directiva, así como la custodiar y conservación de las mismas.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2012 Referencia: BOE-A-2012-527 TEXTO CONSOLIDADO

Más detalles

================================= DECRETO ALCALDICIO NO SS 2J I BULNES, 04 A

================================= DECRETO ALCALDICIO NO SS 2J I BULNES, 04 A ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE BULNES DIRECCION ADM. y FINANZAS ================================= DECRETO ALCALDICIO NO SS 2J I VISTOS: BULNES, 04 A90 2015 a) El D.F.L. N. 157-19.321, de fecha 08 de agosto de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO

REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER El presente

Más detalles

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 18 DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL OBJETIVO Brindar atención y gestión a la ciudadanía con eficiencia, amabilidad en los servicios que presta la dirección, así como

Más detalles

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Función General 3 II. Funciones Específicas 3 III. Organigrama

Más detalles

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN 45 ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN A.- La organización adjudicataria, luego de la notificación de adjudicación correspondiente debe presentarse

Más detalles

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria William Ochoa Parra ORGANIZACIÓN DEL ESTADO INDICE 1. Forma general del Estado ecuatoriano. 2. Entidades que conforman el Estado. 3. Rectoría

Más detalles

Dirección de Obras Publicas y Servicios

Dirección de Obras Publicas y Servicios INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio

Más detalles

Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga

Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga Sumario 1. Introducción 2. Principios Básicos 3. Objetivos Generales 4. Ejecución del Plan 5. Información 6. Marco General de Actuación

Más detalles

DOCUMENTO PROTOCOLIZADO BASES DE LA PROMOCIÓN CAMPAÑA SEPTIEMBRE

DOCUMENTO PROTOCOLIZADO BASES DE LA PROMOCIÓN CAMPAÑA SEPTIEMBRE DOCUMENTO PROTOCOLIZADO BASES DE LA PROMOCIÓN CAMPAÑA SEPTIEMBRE Con fecha 15 de Septiembre de 2016, Claudio Eduardo Reyes Vera, chileno, casado, magister en administración de empresas, cédula nacional

Más detalles

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARRAFO 1º: ESTRUCTURA JERARQUICA CONCEJO MUNICIPAL ALCALDE ADMINISTRADOR MUNICIPAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DIRECCIÓN DE DESARROLLO

Más detalles

METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Durante el 2004, BANOBRAS buscará cumplir con su misión de financiar el desarrollo de infraestructura

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL C. ------------------- --------------------, EN ADELANTE EL ARRENDADOR, Y POR OTRA PARTE EL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA,

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ORGANIGRAMA DE LA SECRETARÍA DE VINCULACIÓN SECRETARIO DIRECTOR DE ARTE Y CULTURA DIRECTOR DE SERVICIOS COMUNITARIOS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES SECRETARIO

Más detalles

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

SANTIAGO, CONSIDERANDO: consejo para la Transparencia APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA RESOLUCIÓN EXENTA N e SANTIAGO, 0 8 ENE. 2014 VISTOS:

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA

LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 6. Andaluces y andaluzas en el exterior. 1. Los andaluces y andaluzas en el exterior

Más detalles

PROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA

PROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA Nº expediente SOLICITUD IMPRESO PCT 1 D/Dña.: con D.N.I nº En representación de: Empresa/Entidad: NIF/CIF: Con domicilio social en: Provincia Municipio Localidad CP Calle Teléfono: Fax: Persona de contacto:

Más detalles

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD)

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD) IDENTIFICACIÓN Nombre del cargo Técnico Operativo Nivel: Técnico Código y Grado 314-02 Naturaleza del Cargo: Carrera Administrativa Clase: Tiempo Completo MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Realizar labores

Más detalles

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur

Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur MERCOSUR/GMC/Res. 61/96 Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur VISTO, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto; la Directiva CCM 1/94 que adoptó el Reglamento Interno de la

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO TOLUCA DE LERDO, MÉXICO JUNIO

Más detalles

La Ordenanza C.A./I.B. N 03/05 por la que el Consejo Académico aprobó un marco reglamentario para las Escuelas José A. Balseiro,

La Ordenanza C.A./I.B. N 03/05 por la que el Consejo Académico aprobó un marco reglamentario para las Escuelas José A. Balseiro, San Carlos de Bariloche, 8 de abril de 2011 VISTO: La Ordenanza C.A./I.B. N 03/05 por la que el Consejo Académico aprobó un marco reglamentario para las Escuelas José A. Balseiro, CONSIDERANDO: Que, en

Más detalles

A) Respecto a la DGOJ.

A) Respecto a la DGOJ. JUEGO JUSTO, LEGAL Y TRANSPA=- CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO (ESPAÑA) Y LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN (BOLIVIA) La DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

PROYECTO PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE PROPUESTA DE ORIENTACIONES ESTRATÉGICAS

PROYECTO PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE PROPUESTA DE ORIENTACIONES ESTRATÉGICAS PROYECTO PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE PROPUESTA DE ORIENTACIONES ESTRATÉGICAS VISIÓN Y MISIÓN INSTITUCIONAL Concepción, diciembre de 2009 Definición de la Visión

Más detalles

ANUNCIO 1. AMBITO DE APLICACIÓN

ANUNCIO 1. AMBITO DE APLICACIÓN ANUNCIO Carlos Armas Rodriguez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Agulo, La Gomera, CERTIFICA que mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha tres de abril de dos mil trece, se ha

Más detalles

LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES

LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES Magali González Manco Área de Asesoría legal Proyecto Qhapaq Ñan Sede Nacional El Patrimonio Cultural se compone de elementos o

Más detalles

DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí

DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí El Alcalde del Municipio de Potosí, en uso de sus atribuciones

Más detalles

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT. MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK

Más detalles

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público I.- INTRODUCCIÓN La Dirección de Adquisiciones fue creada para llevar a cabo las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios que requiera el Municipio mediante la aplicación de procesos licitatorios

Más detalles

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES

POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. CAPÍTULO I Denominación, sede, ámbito territorial y fines Artículo 1. Denominación y objeto

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA N DE Publicado en el Diario Oficial de

MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA N DE Publicado en el Diario Oficial de MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE MEDICION Y ANALISIS DE EMISIONES ATMOSFERICAS PROVENIENTES DE FUENTES ESTACIONARIAS N 2.467 DE 1993 Publicado

Más detalles

MUNICIPIO DE EL ESPINAL PLAN DE ACCION Proyecto de vida con calidad humana INTRODUCCION

MUNICIPIO DE EL ESPINAL PLAN DE ACCION Proyecto de vida con calidad humana INTRODUCCION MUNICIPIO DE EL ESPINAL PLAN DE ACCION 2.006 Proyecto de vida con calidad humana INTRODUCCION La Constitución Política Colombiana estableció que la Nación y entidades territoriales deben adoptar sus respectivos

Más detalles