III. OTRAS DISPOSICIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "III. OTRAS DISPOSICIONES"

Transcripción

1 1.778 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 22 Miércoles, 2 de febrero de 2011 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA Orden de 27 de enero de 2011 sobre los horarios y calendario laboral de las oficinas de la Administración de justicia en Galicia para La Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, en la redacción dada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, establece en su artículo 500º, apartado 4, que la distribución de la jornada y la fijación de los horarios se determinará a través del calendario laboral que, con carácter anual, aprobará el órgano competente del Ministerio de Justicia y de las comunidades autónomas con competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos, previo informe favorable del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales. El calendario laboral se determinará en función del número de horas anuales de trabajo efectivo. En virtud de lo establecido en el artículo 20º.1 del Estatuto de autonomía de Galicia y de la transferencia de funciones a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de medios personales al servicio de la Administración de justicia, realizada a través del Real decreto 2397/1996, de 22 de noviembre, y asumida por la Xunta de Galicia a través del Decreto 438/1995, los funcionarios de los cuerpos de médicos forenses y de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial dependen orgánicamente de la comunidad autónoma. Una vez publicado el Decreto 101/2010, de 17 de junio, por el que se determina el calendario laboral para el año 2011 en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG del 29 de junio), procede aprobar el calendario laboral y la distribución de jornada y horario de las oficinas judiciales para el próximo La Resolución de 8 de abril de 2009, de la Dirección General de Justicia, por la que se regula el régimen y el procedimiento de la concesión de vacaciones, permisos y licencias del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia en Galicia (DOG del 23 de abril), dedica su capítulo V a las reducciones de jornada por determinadas circunstancias personales, familiares o profesionales. Por ello, la presente orden, a diferencia de la anterior, omite toda referencia a dichas cuestiones. En aplicación de la normativa mencionada, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el sector y con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, aprobado el 22 de diciembre de 2010, DISPONGO: Artículo 1º.-Ámbito de aplicación. 1. La presente orden será de aplicación a los médicos forenses y al personal funcionario de los cuerpos generales al servicio de la Administración de justicia dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia que presten servicios en los órganos judiciales y fiscales, registros civiles, oficinas judiciales, Instituto de Medicina Legal, juzgados de paz y otras oficinas y servicios de la Administración de justicia de Galicia. 2. El calendario laboral y los horarios fijos, flexibles y de atención al público establecidos en esta orden serán de aplicación a los secretarios judiciales destinados en órganos, servicios y oficinas de la Administración de justicia en Galicia, así como al personal laboral con puesto de trabajo en edificios judiciales, cuando la Administración de la que dependen orgánicamente así lo establezca. Artículo 2º.-Jornada y horario de trabajo en la Administración de justicia. 1. La duración de la jornada general de trabajo en la Administración de justicia será la que se determine, en cómputo anual, por resolución del órgano competente del Ministerio de Justicia. 2. Los horarios de trabajo de las oficinas judiciales, sin perjuicio de respetar siempre el horario de audiencia pública, serán los que se determinan en esta orden. No obstante, la prestación del servicio de guardia se hará efectiva en los regímenes de presencia y disponibilidad y en los horarios previstos en su normativa específica. Artículo 3º.-Horario de atención directa al ciudadano. 1. Fijado el horario de audiencia pública en la forma establecida por el artículo 188º de la Ley orgánica del poder judicial, el horario de atención al público y a los profesionales en las oficinas judiciales y en los demás servicios de la Administración de justicia será, con carácter general, de 9.00 a horas, respetando en todo caso el horario fijado de audiencia pública, y se dará a conocer de forma ostensible en la parte exterior de las distintas oficinas judiciales. 2. En el caso de las oficinas de registro y reparto, decanatos y oficinas de los juzgados y tribunales que conserven la función de recepción y registro de escritos, el horario se ampliará hasta las horas de lunes a viernes para la recepción y registro de demandas, recursos, escritos iniciales, escritos de trámite y cualquier escrito sometido a plazo. 3. En el caso de las oficinas de Registro Civil de A Coruña, Vigo, Santiago de Compostela, Ferrol, Lugo, Ourense y Pontevedra, el horario de apertura de estas unidades será ininterrumpido de 9.00 a horas de lunes a viernes, y de a horas los sábados. La atención directa al ciudadano durante esta franja horaria se organizará a través de turnos voluntarios e incentivados conforme a lo previsto en el artículo 6º de esta orden. Artículo 4º.-Jornada y horario generales. 1. Con carácter general, en las oficinas y servicios de la Administración de justicia en Galicia la jornada de trabajo se prestará en jornada continua, con una

2 Nº 22 Miércoles, 2 de febrero de 2011 DIARIO OFICIAL DE GALICIA duración máxima de treinta y siete horas y media semanales en cómputo mensual. 2. Por las mañanas, de lunes a viernes, se realizará la parte fija del horario, que consistirá en 5,30 horas diarias y continuadas de obligada presencia. Para el comienzo de la parte fija del horario se establece una franja flexible entre las 8.30 y las 9.00 horas, y en función de la hora de inicio la finalización de la parte fija se producirá en la franja que va de a horas. 3. Para respetar lo dispuesto en el artículo 135º.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil, respecto a la presentación de escritos, en las unidades previstas en el artículo 3º.2 de esta orden se organizarán turnos que garantizarán la permanencia hasta las 15 horas de los funcionarios precisos para realizar las funciones de recepción y registro de escritos. 4. La parte flexible del horario se distribuirá, a elección del empleado público, hasta alcanzar el tiempo de trabajo mensual previsto en el anexo I de esta orden, y se podrá cumplir, de lunes a viernes, entre las 7.30 y las 9.00 horas y entre las y las horas. Artículo 5º.-Jornadas y horario de verano. 1. Durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva de 30 horas semanales, con tiempo fijo continuado de obligada presencia, de lunes a viernes, entre las 9.00 y las horas; y el resto, hasta cumplir el total del tiempo de trabajo mensual que figura en el anexo I de esta orden, en horario flexible que se podrá realizar, de lunes a viernes, entre las 8.00 y las 9.00 horas y entre las y las horas. 2. Durante dicho período será de aplicación lo previsto en el artículo 4º.3 de la presente orden para garantizar, hasta las horas, la presentación de escritos. Artículo 6º.-Horario especial de las oficinas de Registro Civil de las ciudades. 1. El personal que preste servicios en las unidades previstas en el artículo 3º.3 de esta orden podrá optar voluntariamente por una jornada de mañana y tarde incentivada económicamente. 2. Esta jornada se cumplirá mediante la presencia obligada del personal entre las 9.00 y las horas de lunes a viernes, y realizando, además, siete horas y media semanales que se prestarán, en turnos, de lunes a viernes de a 18 horas, y los sábados de a horas. 3. Los funcionarios que, en función de la distribución del turno, realicen una jornada de 9.00 a horas interrumpirán obligatoriamente su trabajo durante una hora, entre y horas, para la comida. Este descanso, que no se computará como tiempo de trabajo, se organizará también en turnos, de modo que se garantice la apertura ininterrumpida de la oficina de 9.00 a horas. 4. Las relaciones de puestos de trabajo recogerán los puestos de trabajo en los que resulte aplicable este régimen horario. Artículo 7º.-Horario incentivado de mañana y tarde. 1. En los servicios comunes procesales, en las unidades técnico-administrativas y en las unidades de apoyo a los presidentes de tribunales y jueces decanos podrán existir puestos con jornada de mañana y tarde, voluntaria e incentivada económicamente. Las relaciones de puestos de trabajo recogerán los puestos de trabajo en los que resulte aplicable este régimen horario. 2. Esta jornada determinará la presencia obligada del personal entre las 9.00 y las horas, de lunes a viernes, y la realización, además, de siete horas y media semanales de trabajo en jornada vespertina, que se prestarán en las franjas horarias que se determinarán para cada puesto de trabajo. Artículo 8º.-Jornadas reducidas de ámbito autonómico y local. 1. Los 5 días de jornada reducida (semana grande) por fiestas locales se determinarán previa negociación con las organizaciones sindicales. Durante estos días se realizará un horario de 9.00 a horas. 2. Durante el lunes, martes y miércoles de Semana Santa, así como el lunes de Pascua, se disfrutará de una jornada reducida de 9.00 a horas. En las localidades donde sea festivo el Lunes de Pascua la jornada reducida comprenderá el día siguiente. 3. Será aplicable durante los días de jornada reducida lo previsto en el artículo 4º.3 de esta orden, y el personal que en su cumplimiento no pueda disfrutar de uno o varios días de jornada reducida por estar integrado en el turno que debe garantizar la apertura de la oficina hasta las horas podrá disfrutar de la jornada reducida de 9.00 a horas los días que correspondan durante la semana siguiente. Artículo 9º.-Pausa diaria. Durante la jornada de mañana se disfrutará de una única pausa por un período de 30 minutos, que computará como trabajo efectivo. Esta interrupción no podrá afectar a la prestación de los servicios. Artículo 10º.-Días 24 y 31 de diciembre. Los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerradas las oficinas judiciales, con excepción de los servicios de guardia. Cuando los citados días coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se compensará cada día con un día adicional de permiso por asuntos particulares. Artículo 11º.-Diligencias de carácter urgente y asistencia en sábados. 1. En caso de que haya que atender diligencias de carácter urgente e inaplazable, los fiscales jefes, los directores y subdirectores del Instituto de Medicina Legal o los secretarios judiciales, según el caso, impartirán las órdenes e instrucciones que estimen

3 1.780 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 22 Miércoles, 2 de febrero de 2011 pertinentes, por escrito y motivadamente para cada caso concreto, con el fin de garantizar que estas sean realizadas por los funcionarios, con cargo al horario flexible y con las compensaciones que se establezcan por resolución del órgano competente del Ministerio de Justicia. 2. Las órdenes e instrucciones previstas en el apartado anterior serán comunicadas a la jefatura del departamento territorial competente en materia de justicia a efectos de la incorporación de las compensaciones horarias correspondientes en el sistema de control horario. Con carácter mensual el departamento territorial remitirá a la Junta de Personal una relación de las diligencias urgentes atendidas. 3. Lo previsto en los dos puntos anteriores no será de aplicación al personal en servicio de guardia que, según lo indicado en el artículo 2º.2 de esta orden, se regirá por la normativa reguladora de dicho servicio. Artículo 12º.-Justificación de ausencias. 1. Las ausencias y faltas de puntualidad y de permanencia del personal para las cuales se aleguen causas de enfermedad, de incapacidad temporal u otras de fuerza mayor requerirán el aviso inmediato al responsable de la oficinal judicial, de la oficina fiscal o del servicio de la Administración de justicia donde se presten servicios. Las jefaturas de los departamentos territoriales competentes en materia de justicia podrán solicitar que se aporte el justificante médico que acredite que el funcionario no pudo asistir a su puesto de trabajo por razón de enfermedad. En todo caso, a partir del cuarto día consecutivo a aquel en que se produjo la ausencia del puesto de trabajo será obligatoria la presentación del parte de baja y de los sucesivos de confirmación, con la periodicidad que reglamentariamente proceda según se trate de personal incluido en el Mugeju o en el régimen de la Seguridad Social. 2. Las ausencias y faltas de puntualidad y de permanencia que no queden debidamente justificadas, una vez que se requiera al afectado que las compense en el mes siguiente y este no lo haya hecho, darán lugar a la deducción proporcional de haberes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 500º.6 de la Ley orgánica del poder judicial y calculado en la forma establecida en el artículo 36º de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, modificada por el artículo 102º.2 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, previa la correspondiente notificación a dicho afectado. 3. Las ausencias o faltas de puntualidad en el trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se considerarán justificadas cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o los servicios de salud, según proceda, sin perjuicio de que dichas ausencias sean comunicadas por la funcionaria a los órganos de control establecidos en el artículo siguiente. 4. A efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores no se considerará ausencia la falta de hasta un máximo de treinta minutos diarios sobre la totalidad de la jornada en cómputo semanal, siempre que dicho período de tiempo no afecte al horario de obligada presencia. Esta previsión no será aplicable durante la jornada de verano. 5. El exceso de horas trabajadas voluntariamente en el horario flexible durante un mes, y hasta un máximo del 10% de dicho horario flexible, se compensará, a petición del interesado, en el horario flexible del mes siguiente. Artículo 13º.-Control del cumplimiento. La Dirección General de Justicia y los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia velarán, en su ámbito de competencia, por el cumplimiento por parte del personal al servicio de la Administración de justicia de las jornadas y horarios de trabajo establecidos en la presente orden, mediante el sistema de control que se establezca previa negociación con las organizaciones sindicales. Artículo 14º.-Tiempos para la formación. 1. La asistencia a los cursos de carácter obligatorio como consecuencia de la implantación de nuevas aplicaciones informáticas o de otros medios tecnológicos, así como por causa de la entrada en vigor de reformas legales, se organizará durante la parte fija del horario, en jornada de mañana. 2. El tiempo de asistencia a los cursos de formación continua para el personal al servicio de la Administración de justicia, así como a los organizados por los sindicatos más representativos en este ámbito, siempre que hayan sido previamente homologados, se considerará tiempo de trabajo a todos los efectos. También se considerará tiempo de trabajo a todos los efectos el de los funcionarios que participen como profesores en dichos cursos. Artículo 15º.-Cómputo de los días de permiso, licencia y vacaciones. Para el cálculo del cumplimiento del horario mensual, los días de disfrute de permisos, licencias o vacaciones se computarán a razón de 7 horas y 30 minutos cada día cuando resulten aplicables la jornada y horario generales, de 6 horas y cuando resulte aplicable la jornada de verano y de 8 horas para los funcionarios con jornada incentivada de mañana y tarde. Estos cómputos se aplicarán también durante las semanas previstas en el artículo 8º de esta orden. Artículo 16º.-Publicidad del horario de apertura y de trabajo. La Dirección General de Justicia y los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia darán la publicidad necesaria a los horarios de apertura de las oficinas judiciales y a los horarios de trabajo, de tal forma que se asegure su conocimiento tanto por parte de los empleados públicos como por parte de los ciudadanos.

4 Nº 22 Miércoles, 2 de febrero de 2011 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Disposición transitoria Única.-Régimen provisional del horario especial de las oficinas de Registro Civil de las ciudades. Entre tanto no se aprueben las respectivas relaciones de puestos de trabajo continuará en vigor la Resolución de 7 de marzo de 2008, de la Dirección General de Justicia, por la que se regula el horario especial y las condiciones de trabajo en las oficinas de Registro Civil de A Coruña, Vigo, Santiago de Compostela, Ferrol, Lugo, Ourense y Pontevedra (DOG del 17 de marzo). Disposición final Vigencia.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y conservará su vigencia mientras no sea aprobado el calendario laboral anual del ejercicio siguiente. Santiago de Compostela, 27 de enero de Alfonso Rueda Valenzuela Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia ANEXO I Calendario laboral para 2011 (*) Enero. Días festivos (estatales y autonómicos): 1 y 6 de enero. (*) Febrero. (*) Marzo. Días festivos (estatales y autonómicos): 19 de marzo. Días laborables: 23. Jornada ordinaria: 172 horas y Parte correspondiente al horario fijo: 126 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 46 horas. (*) Abril. Días festivos (estatales y autonómicos): 21 y 22 de abril. Días laborables: 19. Días con jornada reducida (5 horas): 4. Jornada ordinaria: 132 horas y Parte correspondiente al horario fijo: 102 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 30 horas. (*) Mayo. Días festivos (estatales y autonómicos): 17 de mayo. Días laborables: 21. Jornada ordinaria: 157 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 42 horas. (*) Junio. Días con jornada de verano (6 horas): 11. Jornada ordinaria: 148 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 33 horas. (*) Julio. Días festivos (estatales y autonómicos): 25 de xullo. Días con jornada de verano (6 horas): 20. Jornada ordinaria: 120 horas. Parte correspondiente al horario fijo: 100 horas. Parte correspondiente al horario flexible: 20 horas. (*) Agosto. Días festivos (estatales y autonómicos): 15 de agosto. Días con jornada de verano (6 horas): 22. Jornada ordinaria: 132 horas. Parte correspondiente al horario flexible: 22 horas. (*) Septiembre. Días con jornada de verano (6 horas): 11. Jornada ordinaria: 148 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 33 horas. (*) Octubre. Días festivos (estatales y autonómicos): 12 de octubre.

5 1.782 DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 22 Miércoles, 2 de febrero de 2011 (*) Noviembre. Días festivos (estatales y autonómicos): 1 de noviembre. Días laborables: 21. Jornada ordinaria: 157 horas y Parte correspondiente al horario flexible: 42 horas. (*) Diciembre. Días festivos (estatales y autonómicos): 6 y 8 de diciembre. (*) Cada día de jornada reducida por fiestas locales determina un descuento de dos horas y media cuando coincida en el período durante el que se aplica la jornada y horario generales, y de una hora cuando coincida en el período de jornada y horario de verano. Por ejemplo, para los cinco días que forman la semana grande (véase artículo 8º) este descuento suma una reducción total de 12,5 horas al mes si coincide en período de jornada y horario generales. Para el cálculo preciso del tiempo de trabajo en cada una de las localidades se detraerán del cómputo del mes correspondiente 7 horas y 30 minutos por cada día de festividad local cuando esta coincida en el período de aplicación de la jornada y horario generales, y 6 horas cuando coincida durante el período de jornada y horario de verano. Para el cálculo del horario exigible será aplicable el artículo 12º.4 de esta orden. CONSELLERÍA DE HACIENDA Resolución de 11 de enero de 2011 por la que se publica el estado de ejecución del presupuesto de la comunidad autónoma y sus modificaciones, y la situación de la tesorería y movimientos por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias correspondientes al tercer trimestre de De acuerdo con lo previsto en el artículo 117º del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, se da publicidad al estado de ejecución del presupuesto de la comunidad autónoma y sus modificaciones, y la situación de la tesorería y movimientos por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias correspondientes al tercer trimestre de 2010, que figuran como anexo a esta resolución. Santiago de Compostela, 11 de enero de Marta Fernández Currás Conselleira de Hacienda Anexo de situación de créditos del presupuesto corriente de 2010 Hasta el: Resumen general por secciones Sección Créditos iniciales Modificaciones de crédito Créditos vigentes Rc para transferencias Rc no disponibilidad Crédito ejecutable Saldo disponible 01 Parlamento ,00 0, ,00 0,00 0, , ,08 02 Consejo de Cuentas , , ,00 0,00 0, , ,57 03 Consejo de la Cultura Gallega ,00 0, ,00 0,00 0, , ,55 04 Presidencia de la Xunta , , , , , , ,36 05 C. Presidencia, AA.PP. y Justicia , , , , , , ,57 06 C. Hacienda , , , , , , ,27 07 C. Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras , , , , , , ,48 08 C. Economía e Industria , , , , , , ,79 09 C. Educación y Ordenación Universitaria , , , , , , ,83 10 C. Sanidad , , , , , , ,50 11 C. Cultura y Turismo , , , , , , ,94 12 C. Trabajo y Bienestar , , , , , , ,44 13 C. Medio Rural , , , , , , ,96 14 C. Mar , , , , , , ,02 20 Consejo Consultivo de Galicia , , , ,20 0, , ,70 21 Transferencias a corp. locais ,00 0, ,00 0,00 0, , ,82 22 Deuda Pública de la C.A ,00 0, ,00 0,00 0, , ,60 23 Gastos de diversas consellerías , , , , , , ,12 Total general , , , , , , ,60

Artículo 37. Jornada.

Artículo 37. Jornada. CAPÍTULO VII. JORNADA Y HORARIOS. CAPÍTULO VII. JORNADA Y HORARIOS. Artículo 37. Jornada. 1. La duración máxima de la jornada general de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo

Más detalles

CALENDARIO LABORAL 2014

CALENDARIO LABORAL 2014 CALENDARIO LABORAL 2014 1. AMBITO DE APLICACIÓN El presente calendario laboral es de aplicación al personal funcionario y laboral que presta servicio en todo el territorio nacional y Andorra. 2. JORNADA.

Más detalles

Área de Aplicación: PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL. Descriptores: CALENDARIO LABORAL / JORNADAS Y HORARIOS

Área de Aplicación: PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL. Descriptores: CALENDARIO LABORAL / JORNADAS Y HORARIOS I 9/2006 PE Asunto: Calendario laboral y horario de los servicios centrales de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Más detalles

SINTESIS CALENDARIO LABORAL CORREOS 2016

SINTESIS CALENDARIO LABORAL CORREOS 2016 SINTESIS CALENDARIO LABORAL CORREOS 2016 JORNADA ORDINARIA: Será de 37,5 horas de promedio semanal, en cómputo trisemanal. Para el personal en régimen de especial dedicación será de 40 horas semanales.

Más detalles

CUANDO SE RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL DERECHO A DOS DIAS ADICIONALES DE LICENCIA

CUANDO SE RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL DERECHO A DOS DIAS ADICIONALES DE LICENCIA CUANDO SE RECONOCE POR PRIMERA VEZ EL DERECHO A DOS DIAS ADICIONALES DE LICENCIA (preferentemente 24 y 31 de diciembre o dos días señalados de ámbito local)? Los días 24 y 31 de diciembre han tenido la

Más detalles

Calendario escolar

Calendario escolar SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO

Más detalles

Calendario escolar

Calendario escolar Calendario escolar 2014-2015 Septiembre 2014 Octubre 2014 Noviembre 2014 1 2 3 4 5 1 2 8 9 10 11 12 13 14 6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 15 16 17 18 19 20 21 13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 22

Más detalles

CCOO Informa CALENDARIO LABORAL. PAS de la UEX. Calendario Laboral Contenido de la guía. 1.

CCOO Informa CALENDARIO LABORAL.  PAS de la UEX. Calendario Laboral Contenido de la guía. 1. federación de enseñanza CCOO Extremadura www.feccoo-extremadura.org CCOO Informa CALENDARIO LABORAL PAS de la UEX Calendario Laboral 2016 Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura

Más detalles

PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES:

PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES: CALENDARIO LABORAL 2016/2017 DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA UPM PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES: 1.- Con carácter general la jornada de trabajo del personal de

Más detalles

PERMISOS Y LICENCIAS

PERMISOS Y LICENCIAS PERMISOS Y LICENCIAS Tras las recientes modificaciones legislativas provocadas por la entrada en vigor de diversas normas tales como: la ley de igualdad, estatuto básico del empleado público etc., se ha

Más detalles

CALENDARIO LABORAL DEL PAS PARA EL AÑO 2016

CALENDARIO LABORAL DEL PAS PARA EL AÑO 2016 CALENDARIO LABORAL DEL PAS PARA EL AÑO 2016 De acuerdo con los criterios y directrices establecidos en el Acuerdo de Adaptación del Acuerdo para la conciliación de la vida familiar y laboral del personal

Más detalles

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 9619 RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro y se dispone la publicación del texto de la modificación del V Convenio Colectivo

Más detalles

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN RESOLUCIÓN R-152/08 DE 14 DE FEBRERO, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA, POR LA QUE SE APRUEBA LA NORMATIVA SOBRE JORNADA Y HORARIO DEL PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 44102 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 15385 Resolución de 26 de noviembre de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política

Más detalles

CALENDARIO LABORAL 2017

CALENDARIO LABORAL 2017 CALENDARIO LABORAL 2017 1. NORMAS GENERALES En uso de las competencias atribuidas y previa negociación en la Mesa Sectorial del PAS, por la Gerencia de la Universidad de Zaragoza se procede a la regulación

Más detalles

Tener un hijo menor de doce meses. Se incluye dentro del concepto de hijo tanto al consanguíneo como al adoptado o al acogido.

Tener un hijo menor de doce meses. Se incluye dentro del concepto de hijo tanto al consanguíneo como al adoptado o al acogido. Permiso por lactancia (cuidado de hijo menor de 12 meses) RH 31.13 1/5 RH 31.13 Permiso por lactancia (cuidado de hijo menor de 12 meses) RH 31.13.1 Hecho causante Tener un hijo menor de doce meses. Se

Más detalles

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 CALENDARIO ESCOLAR

Más detalles

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Comisiones Obreras de Aragón Sector de la Administración de Justicia JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. VERSIÓN

Más detalles

1.1. Compensación de las 30 horas realizadas con cargo a disponibilidad.

1.1. Compensación de las 30 horas realizadas con cargo a disponibilidad. El "Acuerdo en materia de jornadas, vacaciones, permisos y licencias del Personal Funcionario de Administración y Servicios", así como el "IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades

Más detalles

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación ORDEN 2459/2011 DE 16 DE JUNIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2011/2012 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 9931 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DECRETO 49/2016, de 26 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año

Más detalles

Código seguro de verificación

Código seguro de verificación ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2016. 1. Ámbito de aplicación. Este calendario será de aplicación al personal

Más detalles

TIEMPO DE TRABAJO LABORAL

TIEMPO DE TRABAJO LABORAL TIEMPO DE TRABAJO 1 TIEMPO DE TRABAJO Jornada Horas extraordinarias Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo Descanso semanal, fiestas y permisos Vacaciones anuales 2 JORNADA 3 JORNADA JORNADA:

Más detalles

1.1. DISPOSICIONES SOBRE FESTIVIDADES DEL AÑO

1.1. DISPOSICIONES SOBRE FESTIVIDADES DEL AÑO 1. NORMAS GENERALES En uso de las competencias atribuidas y previa negociación en la Mesa Sectorial del PAS, por la Gerencia de la Universidad de Zaragoza se procede a la regulación del Calendario Laboral

Más detalles

ACUERDO DE CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE TELDE

ACUERDO DE CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE TELDE ACUERDO DE CONDICIONES ECONÓMICAS DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE TELDE 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente acuerdo será de única y exclusiva aplicación a los miembros de la Policía Local de Telde.

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET Aprobado inicialmente, por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día quince

Más detalles

GERENCIA SERVICIO DE PAS Patio de Escuelas, nº 1 37071 Salamanca Tel.: +34 923 29 44 00 www.usal.es pas@usal.es

GERENCIA SERVICIO DE PAS Patio de Escuelas, nº 1 37071 Salamanca Tel.: +34 923 29 44 00 www.usal.es pas@usal.es MODIFICACIÓN DEL DOCUMENTO DE CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA APROBADA EN MESA DE NEGOCIACIÓN CELEBRADA EL 22 de septiembre de 2015. Con

Más detalles

Permisos Funcionarios C. y L.

Permisos Funcionarios C. y L. SS~cyl ndependientes Sanidad C. y L. Permisos Funcionarios C. y L. Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León: (Modificaciones Ley 9/2012, Bocyl del 28/12/2012) «Artículo 59. Permisos

Más detalles

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017.

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017. RESOLUCIÓN DE 30 DE MAYO DE 2016 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA

Más detalles

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES EN MATERIA DE JORNADA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES EN MATERIA DE JORNADA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES EN MATERIA DE JORNADA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Directora General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones

Más detalles

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos.

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos. ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2015 Visto el Acuerdo sobre el régimen de vacaciones,

Más detalles

La jornada laboral máxima queda fijada en 37,30 horas semanales.

La jornada laboral máxima queda fijada en 37,30 horas semanales. HORARIO Y JORNADA DE TRABAJO La jornada laboral máxima queda fijada en 37,30 horas semanales. El horario de trabajo se desarrollará de lunes a viernes, ambos inclusive, desde las 7,00 horas hasta las 20

Más detalles

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36 Artículo 32. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia Uno. De acuerdo con

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. B) Autoridades y Personal

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. B) Autoridades y Personal Pág. 8 MIÉRCOLES 17 DE SEPTIEMBRE DE 14 B.O.C.M. Núm. 1 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 1 RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 14,

Más detalles

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 13653 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 4628 Resolución de 24 de marzo de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política

Más detalles

DOG Núm. 1 Lunes, 2 de enero de 2012 Pág. 45

DOG Núm. 1 Lunes, 2 de enero de 2012 Pág. 45 DOG Núm. 1 Lunes, 2 de enero de 2012 Pág. 45 I. DISPOSICIONES GENERALES CONSELLERÍA DE HACIENDA ORDEN de 30 de diciembre de 2011 por la que se regula el servicio de acceso electrónico al recibo mensual

Más detalles

1. NORMAS GENERALES 2. DÍAS FESTIVOS. Calendario Laboral 2015

1. NORMAS GENERALES 2. DÍAS FESTIVOS. Calendario Laboral 2015 1. NORMAS GENERALES En uso de las competencias atribuidas y previa negociación en la Mesa Sectorial del PAS, por la Gerencia de la Universidad de Zaragoza se procede a la regulación del Calendario Laboral

Más detalles

GUIA 06/2016 ASOCIACIÓN DE TROPA Y MARINERÍA ESPAÑOLA A T M

GUIA 06/2016 ASOCIACIÓN DE TROPA Y MARINERÍA ESPAÑOLA A T M GUIA 06/2016 ASOCIACIÓN DE TROPA Y MARINERÍA ESPAÑOLA Orden DEF/1363/2016, por la que se regula la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las FAS A T M 22/08/2016

Más detalles

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA Vacaciones (Art. 50 EBEP e Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013) Por nacimiento de hijo prematuro o

Más detalles

ASUNTO: EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS

ASUNTO: EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS MATERIA: GESTION DE RECURSOS HUMANOS CIRCULAR Nº:9/2004 ASUNTO: EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS La Ley 14/2000 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, en su artículo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 14 Jueves 16 de enero de 2014 Sec. I. Pág. 2495 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE JUSTICIA 437 Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/615/2012, de 1 de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BEGÍJAR (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE BEGÍJAR (JAÉN) Número 42 Lunes, 04 de Marzo de 2013 Pág. 5221 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BEGÍJAR (JAÉN) 1523 Notificación sobre Acuerdo de Mejora Voluntaria en situaciones de Incapacidad Temporal del personal

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 81 Lunes, 30 de abril de 2012 Pág. 29064 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD ORDEN SAN/276/2012, de 26 de abril, sobre

Más detalles

Manual de permisos y licencias. Personal funcionario docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Manual de permisos y licencias. Personal funcionario docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid. Licencia por asuntos propios RH 30.21 1/5 RH 30.21 Licencia por asuntos propios RH 30.21.1 Hecho causante Atender asuntos personales que no puedan ser objeto de ningún otro permiso o licencia reglamentario.

Más detalles

Manual de permisos y licencias. Personal funcionario docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Manual de permisos y licencias. Personal funcionario docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid. Permiso por paternidad RH 30.14 1/6 RH 30.14 Permiso por paternidad RH 30.14.1 Hecho causante El nacimiento, acogimiento, adopción o tutela de un hijo, incluso en caso de muerte del recién nacido o de

Más detalles

ANEXO IV - II CALENDARIO LABORAL

ANEXO IV - II CALENDARIO LABORAL ANEXO IV - II CALENDARIO LABORAL Las partes convienen en la necesidad de conjugar la regularidad en la prestación de los servicios de la Sociedad Estatal y el derecho de su personal a conocer con suficiente

Más detalles

En la tramitación de esta disposición emitió dictamen el Consello Agrario Galego, conforme con lo previsto en la Ley 1/2006, de 5 de junio.

En la tramitación de esta disposición emitió dictamen el Consello Agrario Galego, conforme con lo previsto en la Ley 1/2006, de 5 de junio. Decreto /, del...de, por el que se regula la forma de designación y el régimen jurídico de los comités técnicos asesores de reestructuración parcelaria. La Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura

Más detalles

PLAN CONCILIA DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

PLAN CONCILIA DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA PLAN CONCILIA DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Acuerdo de la Mesa General de Negociación de 19 de abril de 2007 Acuerdo Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2007 INTRODUCCIÓN A finales de 2005 el Ministerio

Más detalles

PREÁMBULO. CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, VALÈNCIA - Tel Tel

PREÁMBULO. CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, VALÈNCIA - Tel Tel CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, 77-46018 VALÈNCIA - Tel. 012 PROYECTO DE ORDEN /2016, DE DE MARZO, DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO,

Más detalles

1.Todos los agentes tendrán regulada una jornada laboral (mandos y Unidades de Investigación también).

1.Todos los agentes tendrán regulada una jornada laboral (mandos y Unidades de Investigación también). Union de Guardias Civiles, UnionGC, te ofrece un pequeño y util resumen de la nueva norma sobre jornada laboral en la Guardia Civil, la orden General 11/2014. Si lodeseas puedes descargarlo en el icono

Más detalles

RESUMEN NOVEDADES SEGURIDAD SOCIAL

RESUMEN NOVEDADES SEGURIDAD SOCIAL RESUMEN NOVEDADES SEGURIDAD SOCIAL -BOE 30/12/2015: Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, sobre revalorizacion de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de otras prestaciones para 2016:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 12 Sábado 14 de enero de 2012 Sec. I. Pág. 2066 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 527 Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia A propuesta

Más detalles

CIRCULAR NÚM. 8 DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN MATERIA DE VACACIONES, PERMISOS

CIRCULAR NÚM. 8 DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN MATERIA DE VACACIONES, PERMISOS CIRCULAR NÚM. 8 DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN MATERIA DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS, DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE CENTROS

Más detalles

SUPUESTO 1. Horas extraordinarias no estructurales

SUPUESTO 1. Horas extraordinarias no estructurales CAPITULO 9 Casos Prácticos SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotización 1, durante el mes percibe las siguientes remuneraciones Salario Antigüedad Plus

Más detalles

6. El Estatuto Básico del Empleado Público se aplica, en lo que proceda, al personal laboral al servicio de:

6. El Estatuto Básico del Empleado Público se aplica, en lo que proceda, al personal laboral al servicio de: TEST 749 1. El artículo 1.1 del Estatuto Básico del Empleado Público establece como objeto de dicho Estatuto: a) Establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos incluidos en su

Más detalles

Permiso para la asistencia a sesiones de un tribunal de exámenes o de oposición

Permiso para la asistencia a sesiones de un tribunal de exámenes o de oposición Permiso para la asistencia a sesiones de un tribunal de exámenes o de oposición RH 31.22 1/5 RH 31.22 Permiso para la asistencia a sesiones de un tribunal de exámenes o de oposición RH 31.22.1 Hecho causante

Más detalles

RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL

RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR 2011 RÉGIMEN DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR SEGURIDAD SOCIAL Regulación contenida en la Disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

ORDENANZA NUMERO 17. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES Y LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. Artículo Primero.- Naturaleza y Fundamento

Más detalles

ASUNTO: PERSONAL/ PERMISOS. Permiso retribuido 20% jornada laboral de trabajador del SES que es Alcalde INFORME A ************

ASUNTO: PERSONAL/ PERMISOS. Permiso retribuido 20% jornada laboral de trabajador del SES que es Alcalde INFORME A ************ -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: PERSONAL/ PERMISOS Permiso retribuido 20% jornada laboral de trabajador del SES que es Alcalde A ************

Más detalles

CALENDARIO LABORAL AÑO 2005

CALENDARIO LABORAL AÑO 2005 CALENDARIO LABORAL AÑO 2005 1.- AMBITO DE APLICACIÓN. El presente calendario laboral será de aplicación al Personal de Administración y Servicios funcionario, laboral fijo y contratado temporal, que preste

Más detalles

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Orden TAS/ por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos. La ORDEN TAS/3261/2006, de 19 de octubre,

Más detalles

BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN

BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo

Más detalles

PERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN

PERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN PERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN SITUACIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad

Más detalles

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos.

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos. ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2014 Visto el Acuerdo sobre el régimen de vacaciones,

Más detalles

BASES DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS 2011

BASES DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS 2011 BASES DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS 2011 La Ley 14/2000 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, en su artículo 58 crea la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos,

Más detalles

Esta información no substituye a la publicada en los diarios oficiales, únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad.

Esta información no substituye a la publicada en los diarios oficiales, únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad. , de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado

Más detalles

Permiso por paternidad. Hecho causante. Efectos y duración. Efectos retributivos. Requisitos RH 31.15

Permiso por paternidad. Hecho causante. Efectos y duración. Efectos retributivos. Requisitos RH 31.15 Permiso por paternidad RH 31.15 1/6 RH 31.15 Permiso por paternidad RH 31.15.1 Hecho causante El nacimiento de un hijo, incluso en caso de muerte del recién nacido o de aborto (feto viable). Adopción y

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 175 Lunes 23 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 52757 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 9816 Real Decreto 1119/2012, de 20 de julio, de modificación del Real Decreto 83/2012, de 13 de

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de

Más detalles

PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería

PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería Preuniversitaria, Perfil de y de PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería Perfil de Ingreso Recomendado Aun

Más detalles

GUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN. Servicio de Contratación. Gerencia Universidad de Málaga

GUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN. Servicio de Contratación. Gerencia Universidad de Málaga GUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Universidad de Málaga PRESENTACIÓN El Servicio de Contratación se encarga de las actividades precisas, de gestión y asesoramiento para la contratación de obras,

Más detalles

Vacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013)

Vacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013) Vacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA 22 días hábiles por año completo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Pág. 226 MARTES 13 DE ABRIL DE 2010 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 35 MADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Área de Coordinación Institucional Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno Acuerdo

Más detalles

Solicitud de funcionarias de excedencia por prestación de servicios en el sector público. 87/16 INFORME

Solicitud de funcionarias de excedencia por prestación de servicios en el sector público. 87/16 INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: PERSONAL/SITUACIONES ADMINISTRATIVAS Solicitud de funcionarias de excedencia por prestación de servicios

Más detalles

REGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL

REGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL VERSIÓN 001 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario, de fecha 23 de octubre de 2014. CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE PLAZAS DE LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE PLAZAS DE LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE PLAZAS DE LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS (Aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja el 17 de marzo de 2016) La Ley Orgánica 6/2001, de 21

Más detalles

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003)

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003) Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. Última actualización:

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa. CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión

Más detalles

INSTRUCCIONES SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS

INSTRUCCIONES SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS INSTRUCCIONES SOBRE PERMISOS Y LICENCIAS Al haber sido modificada parcialmente la Ley 30/84 en lo relativo a licencias y permisos y aparecer nueva normativa referente al Plan Concilia y la Ley de Igualdad,

Más detalles

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 33/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia

Más detalles

PLAZO DE PAGO. - La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

PLAZO DE PAGO. - La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. PLAZO DE PAGO 2º trimestre Normativa Aplicable - Artículo 135 de la Constitución Española de 1978. - La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. -

Más detalles

HORAS EXTRAORDINARIAS APROBACIÓN, ADMINISTRACION Y DIVULGACIÓN

HORAS EXTRAORDINARIAS APROBACIÓN, ADMINISTRACION Y DIVULGACIÓN PROCEDIMIENTO N 005 EGASA REVISIÓN N 1 HORAS EXTRAORDINARIAS 1.0.- OBJETIVO El presente Procedimiento tiene como objetivo establecer las normas y pasos a seguir para efectuar el control sobre la realización

Más detalles

REFERENCIA DICTAMEN DATOS DE LA SERIE DOCUMENTAL

REFERENCIA DICTAMEN DATOS DE LA SERIE DOCUMENTAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS REFERENCIA DICTAMEN Código propuesta GTSC/4/2015-4

Más detalles

Última modificación: 29/04/2014 (se genera automáticamente) Página 1 de 5

Última modificación: 29/04/2014 (se genera automáticamente) Página 1 de 5 PROCEDIMIENTO: EXCEDENCIAS CÓDIGO: 4.7.3..a DATOS GENERALES AREA: MACROPROCESO: PROCESO: ORGANO COMPETENTE: RESP. TRAMITACIÓN: ÁREAS / SERVICIOS IMPLICADOS AMINISTRACIONES/ ORGANISMOS IMPLICADOS DESTINATARIOS

Más detalles

CUARTA.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES.

CUARTA.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES. BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN EN REGIMEN TEMPORAL DE: 2 OFICIALES DE ALBAÑILERIA. 1 OFICIAL PINTOR. 1 PEON PINTOR. 1 PEON JARDINERO. 3 PEONES CON EXPERIENCIA

Más detalles

NUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009

NUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009 NUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009 Capítulo 4 Licencias, vacaciones y permisos Artículo 11 Licencias,

Más detalles

BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES BOLETêN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES VI LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 22 de diciembre de 1998 Núm. 128-9 ENMIENDAS DEL SENADO 121/000128 Mediante mensaje motivado al Proyecto de Ley de modificación

Más detalles

PROPUESTA DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN

PROPUESTA DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN PROPUESTA DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DENOMINACIÓN: Expediente de CÓDIGO: 2.04 SECCIÓN: Administración SUBSECCIÓN: Personal SERIE: Expediente de : concurso, concurso-oposición, oposición y contratación

Más detalles

VERIFIQUE EN EL LISTADO MAESTRO DE DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SIG QUE ESTA ES LA VERSIÓN VIGENTE ANTES DE UTILIZAR EL DOCUMENTO

VERIFIQUE EN EL LISTADO MAESTRO DE DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SIG QUE ESTA ES LA VERSIÓN VIGENTE ANTES DE UTILIZAR EL DOCUMENTO Fecha: 30/11/2012 Página: 1 de 8 CONTROL DE CAMBIOS Versión Fecha Descripción de la modificación 01 30/11/2012 Inicial AUTORIZACION VERIFIQUE EN EL LISTADO MAESTRO DE DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SIG QUE

Más detalles

INSTRUCCIONES PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN ESTADÍSTICO-CONTABLE POR TERCEROS

INSTRUCCIONES PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN ESTADÍSTICO-CONTABLE POR TERCEROS INSTRUCCIONES PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN ESTADÍSTICO-CONTABLE POR TERCEROS Páxina 1 de 9 INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEC POR TERCEROS 1.- INTRODUCCIÓN El artículo 49 de la Ley 26/2006, de

Más detalles

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1

ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 Pág. 1 de 16 ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES 1 LEY 5/1990, DE 29 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA. Artículo 25. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Más detalles

TEMA 3.-La organización del trabajo

TEMA 3.-La organización del trabajo TEMA 3.-La organización del trabajo vamos a conocer... 1. La jornada de trabajo 1.1 Medidas para conciliar la vida laboral y familiar 1.2 Periodos de descanso 1.3 Organización especial de trabajo 1.4 Horas

Más detalles

Atendiendo a lo expuesto, se emiten las siguientes instrucciones: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Atendiendo a lo expuesto, se emiten las siguientes instrucciones: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO CIRCULAR 05.04/2016, DE 26 DE MAYO, SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL COEFICIENTE N DE APRECIACIÓN O DEPRECIACIÓN EN DETERMINADOS ÁMBITOS DE UN MUNICIPIO, EN SUPUESTOS

Más detalles

Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre LARG 2005\273

Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre LARG 2005\273 ( Disposición Vigente ) Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre Version vigente de: 16/11/2005 LARG 2005\273 COLEGIO PROFESIONAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN BELLAS ARTES Y PROFESORES

Más detalles

II. Autoridades y personal

II. Autoridades y personal 962 II. Autoridades y personal Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 202 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 9 de enero de 2017, por la que se actualizan

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 36642 III. Otras Resoluciones Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 4923 ORDEN de 21 de diciembre de 2016, por la que dictan instrucciones para coordinar la participación ciudadana en el proceso

Más detalles