AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VITORIA- GASTEIZ

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1 AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE VITORIA- GASTEIZ D. Iñigo Gutiérrez Allúe, con DNI. nº Y, en nombre y representación de GUTIERREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P., NIF B/ y domicilio a efectos de notificaciones en Vitoria, Calle Pedro Asua 69-73, como administrador concursal en el Procedimiento Ordinario de Concurso Necesario de la mercantil ARESAMI, S.L. seguido ante este Juzgado con el número 200/2013-G COMPARECE y como mejor proceda en derecho expone, Que en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado mediante Auto de fecha 11 de abril de 2014 recibido por esta administración concursal el 16 de abril de 2014, «5. - En el plazo de QUINCE DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC», se presenta, a continuación, el Plan de Liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso que nos ocupa. PLAN DE LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO PRIMERO.- Bienes y derechos que deben ser realizados: A).- Detalle de los bienes y derechos que constan en el Informe de la administración concursal de conformidad con los artículos 74 y siguientes de la Ley Concursal. Dado que la fase de liquidación del procedimiento ordinario de Aresami, S.L. se abrió de forma anticipada a petición de esta administración concursal, a fecha de presentación del Plan de liquidación no ha finalizado aun el plazo de impugnaciones al inventario ni a la lista de acreedores. Por tanto y a falta de haberse resuelto los incidentes planteados, el Informe de la administración concursal emitido con fecha 15 de enero de 2014 será tomado como base en cuanto al detalle de bienes y derechos presentados en el mismo. Concepto Importe Derechos de uso ,96 Pabellón Subillabide ,96 Inmovilizado ,29 Mercedes Benz ML 320, matrícula 5823 FFK ,29 Bienes de inmovilizado ,00 Inversiones financieras ,44 Existencias ,89 Derechos de cobro ,61 Tesorería ,49 TOTAL MASA ACTIVA ,68 GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 1 de 7

2 B).- Inventario de bienes y derechos actualizado. A fecha del presente Plan de Liquidación, y debido a que hasta el pasado 24 de abril la sociedad ha mantenido su actividad, las partidas que componían la relación de bienes y derechos han sufrido ciertas modificaciones con respecto al inventario de bienes y derechos presentado en el Informe provisional, resultado a fecha actual la siguiente relación de bienes y derechos: Concepto Importe Derechos de uso ,96 Pabellón Subillabide (nota 1) ,96 Inmovilizado ,29 Mercedes Benz ML 320, matrícula 5823 FFK ,29 Bienes de inmovilizado (nota 2) ,00 Inversiones financieras (nota 3) ,44 Existencias ,12 Derechos de cobro ,35 Tesorería 596,02 TOTAL MASA ACTIVA ,18 NOTA 1: Contrato de Leasing Inmobiliario firmado con Caja Laboral Popular sobre Nave industrial localizada en la calle Tratado de Paris s/n, en la parcela 28 del Polígono Industrial de Subillabide donde la concursada tiene su domicilio habitual. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Vitoria- Gasteiz, con el nº de Finca Ver descripción, datos registrales y carga en Anexo I. Pertenece en propiedad a Caja Laboral Popular Cooperativa de Crédito y la concursada tiene un derecho de arrendamiento financiero con opción de compra sobre la misma, reconocido mediante escritura pública otorgada en fecha 24 de julio de 2007 ante el Notario de Vitoria D. Alfredo Pérez Ávila bajo el número de su orden de protocolo. La valoración se corresponde con el valor estimado del derecho de uso en base a su valor neto contable. NOTA 2: Los bienes de inmovilizado se desglosaron en el DOCUMENTO Nº 1 del Anexo II del informe de la administración concursal. NOTA 3: Corresponden a 125 participaciones sociales de ELKARGI. Se encuentran afectas con carácter real al cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por parte de Aresami, S.L. en garantía de: contragarantía por el aval otorgado por Caja Laboral a favor de Álava Agencia de Desarrollo por importe de euros y por el préstamo concedido por Caja Laboral a la concursada con garantía de Elkargi, S.G.R. con un importe pendiente de ,39 euros. SEGUNDO.- Métodos de realización Esta administración concursal procederá a la enajenación de los bienes y derechos de la mercantil concursada en los términos que se exponen a continuación, por considerarse éstos los criterios más beneficiosos para salvaguardar los intereses de los acreedores, así como de la propia masa del concurso, ajustándose en todo lo no previsto en el presente Plan a lo establecido en el en el artículo 149 de la Ley Concursal. GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 2 de 7

3 1.- Continuidad de la actividad durante la fase de liquidación, de forma temporal La Ley concursal impone a la administración concursal que analice la conveniencia de la enajenación unitaria de la empresa. El artículo LC lo dice de forma clara e imperativa siempre que se factible, deberá contemplar la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de algunos de ellos Debiendo en consecuencia exponer los motivos que no permiten la venta unitaria en aras de una mejor y más eficaz, a la vez que rápida realización del activo. Siendo la primera alternativa de la administración concursal la venta unitaria de todo el conjunto productivo, no resulta posible realizar una venta directa de la totalidad del conjunto patrimonial que garantice la continuidad de la empresa, ya que no existen ofertas en este sentido y además la misma ha cesado en su actividad y no dispone de personal. Por tanto, se procederá a la enajenación y realización de los elementos de la masa activa de forma separada, y al no ser posible la enajenación contemplada en las condiciones anteriores, la administración concursal observa, como primera alternativa, la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa activa elemento por elemento, mediante venta directa. 2. Derechos de uso El derecho de uso del presente inventario se corresponde con un contrato arrendamiento financiero inmobiliario (leasing) nº pactado entre la concursada y Caja Laboral Popular Cooperativa de Crédito, reconocido mediante escritura pública otorgada en fecha 24 de julio de 2007 ante el Notario de Vitoria D. Alfredo Pérez Ávila bajo el número de su orden de protocolo. El objeto del referido contrato de arrendamiento, se concreta en la nave industrial localizada en la calle Tratado de Paris s/n, en la parcela 28 del Polígono Industrial de Subillabide, en la jurisdicción de Nanclares de la Oca, Ayuntamiento de Iruña de la Oca, Álava, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Vitoria- Gasteiz, con el nº de Finca 2628 en que la concursada tiene su domicilio social y cuyos datos se detallan en la nota informativa registral que se adjunta al presente Plan de liquidación como Anexo I. Dada la actual situación del mercado inmobiliario, con las dificultades para la realización de bienes como el descrito en el párrafo anterior, y, teniendo en cuenta el importe que se adeuda a la Caja Laboral en concepto de arrendamiento financiero ( ,00.- Euros), ésta administración concursal entiende que la mejor forma de realización del bien sería de acuerdo con lo establecido en el artículo de la Ley Concursal, es decir, la cesión en pago o para pago al acreedor (Caja Laboral) o la persona que el designe, siempre que con ello quede completamente satisfecho el crédito de dicho acreedor, o, en su caso, quede el resto reconocido dentro del concurso con la calificación que corresponda. En caso de no ser posible esta opción por no llegarse a un acuerdo con la entidad financiera acreedora, se procederá a la realización del inmueble en pública subasta con las condiciones que en su momento se establezcan por parte de esta administración concursal. GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 3 de 7

4 3.- Inmovilizado y existencias El inmovilizado material de la concursada está básicamente formado por: - Mobiliario de oficina: mesas, sillas, armarios, archivadores, caja fuerte, etc. - Mobiliario de cafetería: la concursada dispone de una pequeña cafetería a la entrada del establecimiento compuesta por: cafetera industrial, campana extractora, frigorífico, horno, hielera, microondas, lavavajillas, vitro etc. - Equipos informáticos: compuesto por ordenadores, impresoras, pantallas, teclados, router, sai, etc. - Elementos de almacén: carretillas, carros de almacenamiento, taquillas. - Vehículo: Mercedes Benz ML 320, matrícula 5823-FFK del año Existencias: compuestas principalmente por mobiliario de hogar en su sentido más amplio: mobiliario, muebles, complementos de decoración, de hogar y de iluminación, cocinas etc. con numerosas referencias y un valor global a precio de costo de ,12.- Euros. Dichas existencias se encuentran ubicadas en la exposición al público que posee la empresa de más de m 2. Dada la cantidad de referencias existentes, que estas se encuentra diseminadas en la exposición, agrupadas por las diferentes áreas que componen una casa, es decir, cocinas, salones, dormitorios etc. y que la venta va dirigida al público en general, habiendo sido infructuosa la venta a un único oferente, al no haberse recibido ninguna oferta en este sentido, esta administración concursal entiende que la forma más rápida, segura y económica de realización de la totalidad de los bienes de inmovilizado y existencias anteriormente expuestos, es a través de pública subasta realizada por empresa especializada, sin coste para la concursada. Dicho procedimiento de subasta ofrece las siguientes ventajas, en este caso, en relación a otros métodos de venta más tradicionales: - Maximización de la venta, que resulta de la concentración de todos los potenciales compradores que originan una presión sobre los precios iniciales, con repercusión directa en el valor de adjudicación final. - Estructura de equipo de profesionales especialistas en Subasta Públicas. - Realización de venta en un solo acto. - Inmediata realización del capital. Liquidez inminente sin problemas de impagos. - Reducción de costes de venta. - Transparencia en todo el proceso de venta. En este sentido, la administración concursal propone que dicha subasta se lleve a cabo por PACELMA AUCTIONS S.L. con domicilio en c/ Colon de Larreategui nº 26, 3ºF, Bilbao (Bizkaia) La determinación de esta entidad y las condiciones en que la venta deben efectuarse se entenderá definitiva y plenamente eficaz en los términos propuestos en el presente Plan de liquidación, sin necesidad de comparecencia de los que fueren parte o resulten interesados en el concurso y sin que sean de aplicación los precios mínimos de venta en relación al avalúo. La GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 4 de 7

5 subasta de estos bienes se llevará a efecto por la entidad especializada designada con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en este Plan, que se detallan más adelante. A partir del inicio de esta fase, Pacelma Auctions, S.L. realizará en planta un exhaustivo inventario de todos los elementos del inventario, con el objetivo de inspeccionar y confirmar, tanto su estado de uso como el definitivo inventario final. A partir de la elaboración de este inventario, el personal técnico de esta entidad especializada preparará los lotes basándose en una estrategia de potenciación del valor de los mismos. En este sentido, la singularización de los bienes dirigida a la potenciación de su valor, unido a la incorporación de bienes menores que posiblemente no aparezcan en el inventario facilitado por la concursada, implicarán la elaboración de un extenso catálogo, que servirá como inventario final, así como base para la confección del catálogo de subasta, en el que se publicarán los precios de reserva de cada uno de los lotes y que la entidad especializada presentará con anterioridad a la subasta pública a esta administración concursal, quien tendrá siempre la última palabra al respecto. Tras la creación del catálogo y la división de los bienes en lotes, se procederá a dar a la misma la necesaria publicidad para llegar al mayor número de potenciales clientes. Pare ello, Pacelma Auctions, S.L. llevará a cabo un proceso de ing nacional e internacional, contactará con empresas susceptibles de ser parte interesada de la oferta que se saca al mercado, procederá a la elaboración de notas de prensa y publicitará la subasta a través de internet. Llegado el día de la subasta, ésta se realizará a través de la web de la empresa especializada, los lotes se adjudicarán a las ofertas más elevadas que superen los valores mínimos. Cualquier oferta recibida por un lote que no haya cubierto el precio de reserva y por tanto, no haya sido adjudicado, será sometida a la preceptiva autorización de esta administración concursal. Finalizada la misma, Pacelma Auctions, S.L. entregará en el plazo de una semana un informe detallando todas las circunstancias acaecidas en el transcurso de la subasta, que esta administración concursal presentará en el Juzgado y que estará a disposición de cualquier interesado que quisiera consultarlo. La subasta se llevará a cabo con las siguientes especialidades: 1.- La venta en subasta pública podrá realizarse online (a través de Internet) por la entidad especializada, concretamente a través de la página web propiedad de la entidad especializada designada Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad. En todo caso, por la administración concursal se indicarán al Juzgado para su publicación en el tablón de edictos, los extremos siguientes: - Fecha y hora de inicio de la subasta. - Fecha y hora de finalización de la subasta. - URL o dirección de Internet en el que puedan consultarse las bases y condiciones concretas de la subasta. 2.- Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública y sin garantías, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 5 de 7

6 3.- Se establece inicialmente un periodo de mes y medio desde la aprobación del presente Plan de liquidación para realizar la publicidad correspondiente, y se fijarán unos días concretos de puertas abiertas para que cualquier interesado en la adquisición de los bienes pueda visitarlos e inspeccionarlos. La entidad especializada podrá establecer la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta 4.- El tipo de salida a efectos de subasta de los distintos lotes será, al menos, el establecido como valor estimado en el catálogo que Pacelma Auctions, S.L. configure a tal efecto, que rondará el 20% del valor estimado otorgado a los bienes en el inventario realizado por esta administración concursal y que tendrá en todo caso el visto bueno de la misma. En esta fase no se aceptarán posturas por elementos individuales del lote. 5.- En lo no regulado en el presente plan que, en cuanto a sus reglas mínimas deberá someterse necesariamente la entidad especializada, la enajenación de los bienes se acomodará, previa autorización de la administración concursal, a las reglas y usos de la casa o entidad que subaste o enajene dichos bienes, sin necesidad de que dicha entidad preste caución para responder del cumplimento del encargo. 6.- Aquellos bienes que finalizado el periodo de subasta no hayan sido adjudicados a ningún postor podrán ser desguazados y vendidos como chatarra una vez finalice la subasta, o bien entregados a una Entidad sin ánimo de lucro sin coste alguno para la concursada. 4.- Derechos de cobro Los derechos de cobro se corresponden con saldos pendientes de cobro de clientes, y disposiciones de dinero de los socios realizadas con anterioridad al concurso. La administración concursal realizará el seguimiento del cobro de estos derechos, reclamando, bien mediante carta o burofax, el cobro de las deudas pendientes y en caso de no procederse al pago de las mismas, la reclamación sería vía judicial, siempre valorando el coste de recuperación del importe adeudado. 5.- Duración de la liquidación El art de la LC establece un marco general para a duración de las operaciones de liquidación, que no podrán extenderse durante más de un año, prorrogables, a petición de la administración concursal. Por tanto, esta administración concursal, ha de intentar resolver la liquidación con la mayor celeridad posible, procurando no agotar dicho plazo. Las operaciones reseñadas, se considera podrán culminarse, a expensas la conclusión del concurso de lo que se resuelva en la Sección de Calificación, para lo que se elaborará el informe con propuesta, dentro del plazo de un año, que previene la Ley Concursal, salvo causa justificada de su dilación. GUTIÉRREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Página 6 de 7

7 N 200/2013-G 6.- Sobre los pagos a realizar con el caudal obtenido Con el resultado que se obtenga de Ia realización de los bienes segün lo expuesto precedentemente, unido a los saldos de Tesorerla, se pagarán los créditos reconocidos en el concurso en Ia form a dispuesta en Ia SecciOn 4 del Capitulo 2 del Titulo 5 de Ia L.C. 1.- Los gastos inherentes a Ia liquidacion. 2.- Los créditos contra Ia masa que se atenderán por el orden establecido en el Art de Ia LC (o en su caso por el art. 176 bis.2 de Ia LC) 3.- Los créditos con privilegio especial que se satisfarán con cargo a a realizacion del bien afecto al crédito respectivo. 4.- Los créditos con privilegio general que se atenderán por el orden establecido en el Art. 91 de Ia LC y, en su caso, a prorrata dentro de cada nümero. 50 Los créditos ordinarios que se atenderán a prorrata. 6.- Y los créditos subordinados, que se atenderán por el orden establecido en el Art. 92 de Ia LC; y en su caso, a prorrata dentro de cada nümero. En su virtud, SUPLICO AL JUZGADO que, teniendo por presentado este escrito junto con sus copias, se sirva admitirlo, y previos los trámites oportunos acuerde dar por cumplida Ia obligacion contenida en el articulo 148 de Ia Ley Concursal y su aprobacion, con lo demás que sea procedente. Por ser Justicia que pide en Vitoria- Gasteiz, a 30 de abril de _ Pinigo Gutiérrez AlIke utiéfre-lbu(u D Audftqurs, S.L. Administration cñzursal \ GUTIERREZ BUREAU D AUDITEURS, S.L.P. Pãgina 7 de 7

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