EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL PLENO EXTRAORDINARIO Nº 3/15 DE 8 DE MAYO DE 2015.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL PLENO EXTRAORDINARIO Nº 3/15 DE 8 DE MAYO DE 2015."

Transcripción

1 EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN EL PLENO EXTRAORDINARIO Nº 3/15 DE 8 DE MAYO DE ACTA 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA, DE LAS SESIONES ANTERIORES EXTRAORDINARIA Nº 1/2015, DE 20 DE ABRIL Y EXTRAORDINARIA Nº 2/2015, DE 27 DE ABRIL DE SORTEO DE LOS MIEMBROS MESAS ELECTORALES. [ ] Se pregunta a los asistentes si hay alguna observación que realizar, y no habiéndolas. Se ratifican las actas de las Sesiones anteriores Extraordinarias nº 1/2015 de 20 de abril y Extraordinaria nº 2/2015 de fecha 27 de abril de sorteo de los miembros de las Mesas Electorales. 2.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA DE ACUERDO RELATIVA AL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR D. J. LL. L. CONTRA EL ACUERDO ADOPTADO EN LA SESIÓN PLENARIA DE FECHA 30 DE JULIO DE 2014 POR EL QUE SE APROBÓ EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 8 DEL REGLAMENTO DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA APERTURA DE UN CAMINO EN EL BARRIO DE MALABRIGO. [ ] Se acuerda por unanimidad de los asistentes, de conformidad con el informe que sirve de base al presente acuerdo: 1º Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. J. Ll. L. contra el acuerdo plenario de fecha 30 de julio de 2014, por el que se aprobó el inicio del procedimiento establecido en el art. 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, para la apertura de un camino en el Barrio de Malabrigo, todo ello en virtud de cuanto antecede. 2º Notificar al recurrente que contra este acuerdo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de Bilbao que por turno corresponda, en el plazo de DOS MESES a contar desde el siguiente día natural al de la recepción de su notificación en la forma y con los requisitos exigidos en la ley 29/1988, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. 3.- RATIFICACIÓN SI PROCEDE DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE APROBACIÓN DE IMPLANTACIÓN DE SISTEMA DE CONTROL

2 HORARIO Y DE PRESENCIA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE SOPUERTA Y DE SU REGLAMENTO CORRESPONDIENTE. [ ] Considerando que el Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales establece en su artículo 7.1 que: Las disposiciones acordadas por las Corporaciones Locales para regir con carácter general revestirán la forma de Ordenanza o Reglamento. Teniendo en cuenta la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local en su art. 49 establece que: La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento: a) Aprobación inicial por el Pleno. b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Teniendo en cuenta que el artículo 70 de la misma Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determina expresamente que: 2. Los acuerdos que adopten las corporaciones locales se publican o notifican en la forma prevista por la Ley. Las ordenanzas,.., se publicarán en el "Boletín Oficial" de la provincia y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 salvo los presupuestos y las ordenanzas fiscales que se publican y entran en vigor en los términos establecidos en la normativa Reguladora de las Haciendas Locales. Se acuerda por unanimidad de los asistentes: PRIMERO.- Ratificar el Decreto de Alcaldía de 30 de abril de 2015, por el que se resuelve: Primero: Aprobar la implantación de un sistema de control horario y presencia de los empleados del Ayuntamiento de Sopuerta, al efecto de disponer en el momento que se desee y en el formato que se quiera de una completa información sobre la asistencia de los usuarios a sus puestos de trabajo. Segundo: Aprobar el Reglamento de Control Horario y Presencia de los empleados el Ayuntamiento de Sopuerta, que consta como Anexo I a la presente resolución.

3 Tercero: Realizar la tramitación establecida ante la Agencia Vasca de Protección de Datos, para el registro del fichero de datos correspondiente. Cuarto: Comunicar a la Representación sindical del personal del Ayuntamiento de la implantación que se va a realizar, informando que será de aplicación a todo el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento y a todos los Centros de Trabajo del mismo. Igualmente se informará de forma individual a todo el personal que actualmente presta sus servicios en el Ayuntamiento de esta aprobación. Quinto: Que se dé cuenta de este Decreto al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión en orden a su ratificación si procede. SEGUNDO.- Aprobar inicialmente el Reglamento cuyo texto completo es: REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS DEL AYUNTAMIENTO DE SOPUERTA Al objeto de disponer de una Normativa que regule la aplicación del sistema de Control Horario y Presencial de los empleados públicos del Ayuntamiento de Sopuerta, se aprueba el presente Reglamento: Artículo 1.- Objeto La presente normativa tiene por objeto: a) Regular los medios, actuación y procedimientos a seguir para el control del cumplimiento de la jornada de trabajo y del horario. b) Y crear, en el seno del Ayuntamiento de Sopuerta, el fichero de datos de control horario de los empleados públicos al servicio de esta Administración Local. Artículo 2.- Ámbito Todo el personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Sopuerta está sometido a control de puntualidad, asistencia y permanencia. Las instrucciones contenidas en el presente reglamento serán de aplicación a todos los empleados públicos que prestan sus servicios en el Ayuntamiento de Sopuerta, tanto los sujetos a régimen funcionarial como al laboral. Artículo 3.- Garantías

4 La finalidad del fichero es proporcionar a la Administración la información necesaria para conocer el cumplimiento del horario de trabajo del personal que presta sus servicios en dependencias el Excmo. Ayuntamiento de Sopuerta, a los efectos de mejorar la gestión de los recursos humanos y la prestación servicios públicos que competen a esta Administración Local. Los usos previstos son exclusivamente utilizar la información para controlar el cumplimiento del horario de los empleados públicos que prestan servicios en esta Administración Local. Artículo 4.- Obligaciones Los datos personales serán proporcionados por el personal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Sopuerta, obteniéndose la representación matemática del dedo mediante la utilización del terminal de fichaje Todo el personal tendrá la obligación de fichar tanto al comienzo como al final de cada jornada, así como cada vez que se abandone los centros de trabajo y en las ausencias y retornos que se prevén en el presente reglamento o se prevean en el futuro. No obstante, el personal que ocupe los siguientes puestos de trabajos móviles o itinerantes, sólo estarán obligados a fichar la entrada al comienzo y la salida al final de la jornada: Alguacil Municipal / Agente notificador Personal de Brigada de Obras Además de los fichajes correspondientes al inicio y final de jornada, cualquier ausencia del centro de trabajo deberá ser fichada con el correspondiente código. Dicho código deberá ser tecleado tanto al inicio de la incidencia como al final de la misma, y además deberá ser debidamente justificada y acreditada. Cualquier ausencia que no haya sido codificada debidamente será tratada como Ausencia Injustificada y generará saldo negativo. Código para uso del personal: Entrada Salida Desayuno Visita profesional Visita médica/indisposición Otros Los incumplimientos o los olvidos reiterados de esta obligación serán susceptibles de ser sancionados administrativamente, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

5 Artículo 5.- Base de datos Tipo de datos: nombre, apellidos, representación matemática del dedo, código de usuario, escala, subescala, categoría o clase al que pertenece, código de centro de trabajo, código de fichaje realizado (entrada, salida, descanso en la jornada, etc.), hora, minuto y segundo en que se ha realizado el fichaje. No se prevén cesiones a órganos o entidades externas al Excmo. Ayuntamiento de Sopuerta. En todo caso, se dará cumplimiento a lo previsto en los Arts. 11 y 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Artículo 6.- Medidas de seguridad Será responsable del fichero el Ayuntamiento de Sopuerta. Las medidas de seguridad que se establecen para este fichero son las de nivel medio, de acuerdo con lo establecido en Título VIII del Real Decreto 1720/2007, sin perjuicio que, en su caso, se vean reforzadas con arreglo a la mejor técnica aplicable con arreglo a la normativa vigente. Artículo 7.- Responsabilidades La responsabilidad directa del cumplimiento de la jornada y del horario de trabajo corresponde a cada uno de los empleados, estando obligados a la utilización correcta de los medios existentes para el control de asistencia y puntualidad, así como a registrar todas las entradas y salidas Los responsables de los distintos servicios, en caso de que los hubiera, colaborarán en el control del personal adscrito al mismo, sin perjuicio del control horario que realizará el Jefe de Personal (Alcalde) o Concejal en quien delegue Cualquier manipulación no autorizada de los terminales dará lugar a las responsabilidades que correspondan según la normativa aplicable. Artículo 8.- Medidas de control El seguimiento del cumplimiento del horario se realizará por los siguientes medios: a) Marcaje electrónico. b) Parte de incidencias (cuando el anterior no sea posible). a) Marcaje electrónico: Los trabajadores registrarán en la terminal electrónica todas las entradas y salidas del centro de trabajo que se determinan en este reglamento, así como en las instrucciones de fichaje y que estarán asociadas a una incidencia con su correspondiente código.

6 b) Parte de incidencias: Cuando, por cualquier causa, exista la imposibilidad de fichaje o se produzca alguna incidencia no registrada en la terminal se deberá cumplimentar un parte de incidencias, pudiendo comunicar tal circunstancia al área de personal y régimen interior por teléfono y/o por correo electrónico. Artículo 9.- Errores y anomalías de fichaje Cualquier error, olvido o anomalía en alguno de los fichajes establecidos como obligatorios deberá ser comunicado, por escrito y con el visto bueno del Jefe de Personal (Alcalde), o Concejal en quien delegue, mediante el modelo normalizado que figura en el Anexo I de este Reglamento, indicando, en todo caso, la anomalía o error acaecido, la fecha y hora en la que se ha producido y las causas del mismo (olvido de fichaje, imposibilidad de fichar por causas técnicas, no selección de la incidencia a la salida al mismo, etc.). Artículo 10.- Saldos negativos mensuales Cada empleado público debe cumplir el horario y la jornada establecida y/o autorizada. Con carácter general, salvo que se produzcan perjuicios en la prestación del servicio, y cualquiera que sea la distribución de la jornada ordinaria o normal de trabajo, se establece un margen de tolerancia de media hora en la entrada al trabajo, recuperándose a la salida del mismo el tiempo de tardanza en la llegada dentro de dicho margen. Podrá también establecerse, previo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, una organización de determinados servicios con mayor flexibilidad horaria siempre que no menoscabe la calidad del servicio y que sean posibles los correspondientes instrumentos de gestión y control. Excepcionalmente, las horas laborales o fracciones inferiores no trabajadas y no susceptibles de justificación, podrán ser recuperadas en horario de 7:00 a 16:00. No obstante lo anterior, los empleados públicos que realizan su jornada en horario de tarde o a turnos, podrán recuperarlas alargando su jornada habitual de trabajo. El contador de Horas Trabajadas en Horario iniciará el cómputo una (1) hora antes del inicio de la jornada, es decir, a las 07:00 horas, con lo cual cualquier fichaje del personal realizado antes de esa hora, será computado como «Horas sin Efecto», excepto en el caso de que la presencia del trabajador antes de esa hora esté debidamente justificada y autorizada por el Jefe de Personal (Alcalde) o Concejal en quien delegue. Asimismo y al final de cada jornada los fichajes realizados más tarde de las 16:00 en jornada continuada serán computadas como «Horas sin Efecto», excepto en

7 el caso de que su realización esté debidamente justificada y autorizada por el Jefe de Personal (Alcalde) o Concejal en quien delegue. La necesidad de realizar horas fuera de jornada, ya sea por necesidades de servicio o bien para recuperar saldos negativos, será comunicado al responsable asignado por el Alcalde, previa autorización de éste, al objeto de que la presencia del trabajador en horas fuera de jornada sea lo más productiva posible y evitando así la posibilidad de que el empleado realice horas de presencia al único efecto de acumular horas positivas. La comunicación de Horas Extras realizadas tanto por el personal de Brigada de Obras, como por el Aguacil / Agente notificador, seguirá realizándose como hasta el momento, debiendo cumplimentarse los Partes de Horas Extras existentes a tal efecto, en el que se hace constar tanto la conformidad del trabajador como la aprobación del superior correspondiente. Los empleados están autorizados a marcar en la terminal ausencias del centro de trabajo que no superen la jornada completa. En el caso de que el trabajador prevea ausencias superiores a una jornada de trabajo, por ejemplo Comisiones de Servicio, Cursos, etc., deberá comunicarlo con la suficiente antelación. Respecto a las ausencias en que se aleguen causas de enfermedad, requerirán el aviso inmediato, así como su justificación acreditativa, que será entregada en el Registro General. En todo caso, a partir del cuarto día de enfermedad será obligatoria la presentación del parte de Baja y los sucesivos de confirmación. Siempre, cuando la diferencia en cómputo mensual entre las horas fijadas como jornada de trabajo y las efectivamente prestadas sea negativa para el trabajador, deberá ser objeto de recuperación durante los 25 primeros días naturales del mes siguiente, de forma que al cierre de cada mes el saldo negativo o deudor será recuperado como máximo hasta el día 25 inclusive del mes siguiente, procediéndose en caso contrario, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de este reglamento. La pausa en la jornada de trabajo contemplada en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo para las Instituciones Locales de Euskadi, no podrá utilizarse para compensar retrasos o ausencias injustificadas, ni podrá emplearse para entrar o salir antes de la franja horaria indicada en el primer párrafo del presente artículo. Los excesos sobre la pausa contemplada, hasta un máximo de 10 minutos diarios, se podrán compensar con una reducción en la citada pausa, dentro del mismo mes en el que se produzcan y, también, dentro de la primera semana de trabajo efectivo del mes siguiente, salvo en el caso de disfrute de vacaciones o bajas

8 por incapacidad, que se compensará dentro de la primera semana de trabajo efectivo del trabajador una vez se reincorpore. Artículo 11.- Consecuencias del incumplimiento horario De conformidad con lo establecido en la legislación aplicable, «la diferencia, en cómputo mensual, entre la jornada reglamentaria de trabajo y la efectivamente realizada por el funcionario dará lugar, salvo justificación, a la correspondiente deducción proporcional de haberes». Según establece la Ley 6/89, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca en su artículo 84 se consideran faltas graves: «n) las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control horario o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo. q) la ausencia injustificada del puesto de trabajo durante la jornada laboral.» Artículo 85: Son faltas leves: «a) El incumplimiento injustificado del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave. b) La falta de asistencia injustificada de un día.» La tercera falta injustificada de asistencia en un período de tres meses, cuando las dos anteriores hubieran sido objeto de sanción por falta leve, se considerará falta grave. Asimismo y en su artículo 87.6 establece: «El incumplimiento del horario de trabajo y falta de asistencia, cuando constituyan faltas leves, se sancionarán con la deducción proporcional de retribuciones». Al objeto de recuperar el saldo negativo generado por el trabajador en un mes, se concederá un plazo de veinticinco (25) días para compensarlo, pasado el cual sin que se haya recuperado se procederá a la deducción proporcional de retribuciones en la correspondiente nómina. Para el cálculo del valor hora aplicable a dicha deducción se tomará como base la totalidad de las retribuciones íntegras mensuales que perciba el funcionario dividida entre el número de días naturales del correspondiente mes y, a su vez, este resultado por el número de horas que el funcionario tenga obligación de cumplir, de media, cada día. Artículo 12.- Saldos positivos El exceso de horas realizadas voluntariamente y sin causas justificadas, no podrá ser reclamado para su compensación como servicios extraordinarios.

9 Artículo 13.- Justificación de ausencias Las ausencias y faltas de puntualidad y/o permanencia del personal al servicio de este Ayuntamiento en su puesto de trabajo, requerirán el aviso inmediato a las Oficinas Generales, al personal designado para recoger dichos avisos, -por teléfono, correo electrónico, etc.-, preferentemente durante la primera hora de ausencia al trabajo, así como su ulterior justificación acreditativa, que deberá ser visada por el Jefe de Personal (Alcalde) o Concejal en quien delegue, y posteriormente, presentada en el Registro General en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la producción del hecho causante. Artículo 14.- Información Mensualmente y una vez procesada la información existente, se remitirá al Jefe de Personal (Alcalde) o Concejal en quien delegue, un listado en el que se reflejarán tanto las horas teóricas como las horas trabajadas además de todas las incidencias realizadas por cada trabajador, figurando asimismo el saldo generado en dicho periodo. Cualquier información complementaria estará a disposición de los trabajadores, previa petición de la misma, así como el registro individual de movimientos (marcajes) que podrá ser consultado en cualquier momento. Artículo 15.- Interpretación Las cuestiones o dudas de hecho o de derecho que surjan en la interpretación y aplicación del presente reglamento, serán resueltas de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador, la atención al público y el servicio al ciudadano. Artículo 16.- Entrada en vigor El presente reglamento entrará en vigor una vez transcurridos quince días desde la publicación de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Bizkaia. Disposición Adicional 1ª Como norma general, cada empleado efectuará su registro/fichaje en su centro de trabajo. Solo excepcionalmente y por motivos justificados relacionados con el desempeño de su labor profesional, el empleado podrá efectuar su registro/fichaje en otro centro de trabajo distinto del suyo. Aprobado por DA de 4 de mayo de 2015 y dado cuenta en Pleno Extraordinario de 8 de mayo de Anexo I.- Errores y anomalías de fichaje

10 Yo, D, empleado del Ayuntamiento de Sopuerta, en relación con el control de horario y presencia, manifiesto que no he fichado: 1.- El día 2.- A las horas, siendo el momento de (indicar si es entrada, salida, salida al desayuno, entrada del desayuno, en todo el día, etc 3.- Por la siguiente causa TERCERO.- Someterlo a información pública y audiencia a los interesados, por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, mediante publicación del texto completo del Reglamento en el Boletín Oficial de Bizkaia, En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo serán resueltas por el Pleno. Una vez aprobado definitivamente entrará en vigor cuando haya transcurrido el plazo previsto en el art de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local 4.- APROBACION, SI PROCEDE, DE ANEXO A INCORPORAR AL PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS QUE HA DE REGIR LA OCUPACION DEL PARAJE JARRALTA Y OTROS DEL M.U.P. Nº 120 A FAVOR DEL CONCORCIO DE AGUAS BILBAO- BIZKAIA, EN EL PROYECTO DE SUMINISTRO DE AGUA EN RED PRIMARIA A LA COMARCA DE ENCARTACIONES. PROYECTO CONSTRUCTIVO DEL TRAMO I: DEPOSITO DE LAS CARRERAS- DEPOSITO DE JARRALTA- DEPOSITO DE LA ESCARPADA. [ ] Por la Secretaria- Interventora se da lectura a la propuesta de acuerdo, entre el Ayuntamiento de Sopuerta y el Consorcio de Aguas, por el que se acuerda: Dejar sin efecto lo señalado en la condición 3 del PCTE referente al abono por el Consorcio y su ingreso en las Arcas del Ayuntamiento de Sopuerta del setenta y seis por ciento de la valoración de la ocupación de los terrenos, cuyo importe asciende a 3.822,04. Por la Secretaria-Interventora se informa al Pleno que la propuesta de acuerdo es conforme a derecho porque no existe ningún derecho exigible al Consorcio para

11 ingresar cantidad alguna por ese concepto en la Hacienda Local ni en la cuenta del Fondo de Mejoras del Ayuntamiento de Sopuerta. Se acuerda por unanimidad de los asistentes, aprobar el Anexo y autorizar al Alcalde para su firma. 5.- APROBACIÓN SI PROCEDE, DE LA PARTE DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE ENCUENTRAN VALIDADOS POR LA COMISION CREADA AL EFECTO. [ ] Se acuerda por unanimidad de los asistentes: Aprobar inicialmente el Manual de Procedimientos Administrativos del Ayuntamiento de Sopuerta, integrado por las diez fichas correspondientes al Padrón Municipal y las 3 fichas de Cementerios, cuyo texto completo aparece en el expediente y someterlo a información pública y audiencia a los interesados, por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, mediante publicación del texto completo del Manual de Procedimientos del Ayuntamiento de Sopuerta aprobado inicialmente, en el Boletín Oficial de Bizkaia. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo serán resueltas por el Pleno. Una vez aprobado definitivamente entrará en vigor cuando haya transcurrido el plazo previsto en el art de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET Aprobada inicialmente, por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día catorce de diciembre

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y DE PRESENCIA DE LOS TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREDONJIMENO. Título I Control de horarios y presencia

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y DE PRESENCIA DE LOS TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREDONJIMENO. Título I Control de horarios y presencia REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y DE PRESENCIA DE LOS TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREDONJIMENO Título I Control de horarios y presencia Artículo 1.- Obligación de registrar entradas y salidas Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA 1. Objeto Este procedimiento operativo tiene como finalidad la regulación del sistema de control

Más detalles

LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR.

LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR. Un nuevo procedimiento, que regula la prestación del tiempo de trabajo, mejora la calidad de

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS Artículo 1.- Objeto. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES La presente normativa tiene por objeto regular

Más detalles

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral

Más detalles

TRÁMITES DE PERSONAL Manual de Procedimiento

TRÁMITES DE PERSONAL Manual de Procedimiento TRÁMITES DE PERSONAL Manual de Procedimiento Al objeto de que todos los Centros, Áreas y Servicios de la UPM procedan a aplicar con criterios comunes los trámites del Personal de Administración y Servicios,

Más detalles

PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA El Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA Aprobada definitivamente en sesión plenaria de fecha 20 de julio del año 2006 Publicada Aprobación definitiva

Más detalles

UNIVERSIDAD DE BURGOS GERENCIA

UNIVERSIDAD DE BURGOS GERENCIA BORRADOR DE INSTRUCCIÓN DE REGULADORA DEL CONTROL HORARIO Y DE PRESENCIA EN EL PUESTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS. Burgos, 18 de enero de 2012 Versión

Más detalles

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos.

ACUERDO. Segundo.- Trasladar el presente Acuerdo a Gerencia y al Servicio de Recursos Humanos. ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2015 Visto el Acuerdo sobre el régimen de vacaciones,

Más detalles

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Comisiones Obreras de Aragón Sector de la Administración de Justicia JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. VERSIÓN

Más detalles

1. ENFERMEDAD O ACCIDENTE. AUSENCIAS SIN Y CON INCAPACIDAD TEMPORAL.

1. ENFERMEDAD O ACCIDENTE. AUSENCIAS SIN Y CON INCAPACIDAD TEMPORAL. II.3. LICENCIAS. 1. ENFERMEDAD O ACCIDENTE. AUSENCIAS SIN Y CON INCAPACIDAD TEMPORAL. 1. Ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal. Consideraciones generales. Habida

Más detalles

PROTOCOLO SUSTITUCIÓN SANCIONES PECUNIARIAS POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

PROTOCOLO SUSTITUCIÓN SANCIONES PECUNIARIAS POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PROTOCOLO SUSTITUCIÓN SANCIONES PECUNIARIAS POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD I- FUNDAMENTO JURÍDICO El Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de la potestad sancionadora reconocida en el artículo

Más detalles

PROPUESTA DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y OTRAS COMPENSACIONES (GUARDIAS Y TURNOS)

PROPUESTA DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y OTRAS COMPENSACIONES (GUARDIAS Y TURNOS) PROPUESTA DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y OTRAS COMPENSACIONES (GUARDIAS Y TURNOS) HORAS EXTRAORDINARIAS Tanto la empresa como los representantes de los trabajadores acuerdan la conveniencia de reducir al mínimo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES. A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de solares:

ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES. A los efectos de esta Ordenanza tendrán la consideración de solares: ORDENANZA REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLARES CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. La presente Ordenanza se dicta en virtud de las facultades concedidas por el artículo 25.2 letras

Más detalles

RESOLUCIÓN: R/01408/2011

RESOLUCIÓN: R/01408/2011 1/5 Procedimiento Nº: A/00052/2011 RESOLUCIÓN: R/01408/2011 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13/12, de Protección de Datos de Carácter Personal, (en

Más detalles

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL

Más detalles

B) Disposiciones y Actos

B) Disposiciones y Actos B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación

Más detalles

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X).

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). MANUAL DE JORNADA Marco normativo: Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). Decreto 175/1992, DE 29 DE Septiembre, Sobre Condiciones

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,

Más detalles

Gestión del Horario - Personal de Administración y Servicios

Gestión del Horario - Personal de Administración y Servicios 1.- OBJETO Esta guía contiene las instrucciones técnicas de utilización de la herramienta para la gestión horaria y sistema de control de presencia del Personal de Administración y Servicios de la Universidad

Más detalles

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas Número 30 / Viernes 13 de Febrero de 2015 Página 40 Madroñera ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable de Facturas Reglamento del Registro Contable de Facturas El Pleno de este

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BOROX

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BOROX REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BOROX Articulo 1.- Objeto.- El presente reglamento tiene como objeto la regulación del Registro contable de facturas ya

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y

Más detalles

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA El artículo 33 de la Ley 6/89 de la Función Pública Vasca establece que la selección del personal funcionario interino

Más detalles

ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1

ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1 ANALIZAMOS EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS POR ENFERMEDAD A PARTIR DEL 1 DE SEPTIEMBRE Los partes de baja y de confirmación de baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los

Más detalles

Nº 30 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DE COBRO MEDIANTE EL SISTEMA DE FRACCIONAMIENTO GRATUITO UNIFICADO OBJETO Y FUNDAMENTO

Nº 30 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DE COBRO MEDIANTE EL SISTEMA DE FRACCIONAMIENTO GRATUITO UNIFICADO OBJETO Y FUNDAMENTO Nº 30 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DE COBRO MEDIANTE EL SISTEMA DE FRACCIONAMIENTO GRATUITO UNIFICADO ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO Este Ayuntamiento, en uso de las facultades concedidas

Más detalles

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO Artículo 1- El Ayuntamiento de Vila-real, de acuerdo con lo establecido en el artículo

Más detalles

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. ORDEN 502/2013, DE 25 DE FEBRERO DE 2013, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN,, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS PÚBLICOS QUE IMPARTEN

Más detalles

AJUNTAMENT DE DÉNIA SERVEIS ECONOMICS

AJUNTAMENT DE DÉNIA SERVEIS ECONOMICS D. VICENTE CHELET ORDINES, Concejal Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de Dénia, formula al Pleno de la Corporación, la siguiente PROPUESTA La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009)

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009) (Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009) PROCEDIMIENTO QUE REGULA LOS SISTEMAS DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL Y CREACIÓN

Más detalles

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Subdirección General de Formación y Acreditación Docente

Más detalles

ÍNDICE: CLÁUSULA 1ª: OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLÁUSULA 3ª: DESTINATARIOS A LOS QUE VA DIRIGIDO EL SERVICIO

ÍNDICE: CLÁUSULA 1ª: OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLÁUSULA 3ª: DESTINATARIOS A LOS QUE VA DIRIGIDO EL SERVICIO Dirección General de Servicios Sociales PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DELCONTRATO DESERVICIOS,DENOMINADO SERVICIOS DE INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA PARA ATENCIÓN DE PERSONAS SORDAS, CON

Más detalles

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL.

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. 1. Los Delegados de Personal, miembros de Comités de Empresa y miembros de Juntas de Personal, dispondrán de tiempo retribuido

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL Nº 41.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS QUE RESULTEN DE INTERÉS GENERAL O

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA AUTORIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES EN EL MUNICIPIO DE TÍAS.

ORDENANZA REGULADORA DE LA AUTORIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES EN EL MUNICIPIO DE TÍAS. ORDENANZA REGULADORA DE LA AUTORIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES EN EL MUNICIPIO DE TÍAS. Artículo 1º. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación de la autorización y celebración

Más detalles

1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra.

1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra. Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 3/2012, de 3 de octubre, sobre prelación de pagos en los supuestos de endoso y embargos de certificaciones de obra, y sobre la obligatoriedad de justificar estar al

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS. BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 176/2014 TAD.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 176/2014 TAD. Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 176/2014 TAD. En Madrid, a 5 de septiembre de 2014, Visto el recurso interpuesto por DON X, en su propio nombre y derecho, contra la resolución de la

Más detalles

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses.

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses. Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 27/2014. En Madrid, a 9 de mayo de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X contra la resolución del Director de la Agencia Española de Protección

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA. PUBLICADA EN EL BOP Nº: 301 DE FECHA: 19-12-2009. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA. Disposición Preliminar.

Más detalles

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de

Más detalles

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO

REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO AYUNTAMIENTO DE BELORADO REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO Artículo 1º. I. PRECEPTOS GENERALES

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Artículo 1.- Objeto CAPITULO I NORMAS GENERALES Las presentes normas tienen por

Más detalles

Comercio Secretariado

Comercio Secretariado Ciclos Formativos a los que afecta esta guía: Comercio Secretariado UN CURSO ACADÉMICO + UN TRIMESTRE (FCT) Curso 2014/2015 Página1 1. Organización de la Formación Profesional 3 2. Asistencia a clase.

Más detalles

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia Código Descripción 200750241 Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Tipo de servicio Certificados Quién lo puede solicitar?

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de

Más detalles

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014.

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014. Núm. 29/2014 Gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Barcelona, miércoles, 30 de julio de 2014 Se ha publicado en el

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 147 Miércoles 18 de junio de 2014 Sec. III. Pág. 46201 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 6441 Acuerdo de 10 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

Trabajadores Régimen Especial Empleados del Hogar

Trabajadores Régimen Especial Empleados del Hogar CIRCULARES INFORMACION EMPLEADOS DEL HOGAR Primera.- Información sobre altas iniciales. Trabajadores Régimen Especial Empleados del Hogar C o nt e n i d o Información General Quiénes deben cotizar? Nacimiento

Más detalles

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes Artículo 5. Organización. El órgano de dirección del Pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y la Junta de Portavoces.

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6237 22.10.2012 50307

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6237 22.10.2012 50307 50307 RESOLUCIÓN JUS/2138/2012, de 28 de septiembre, por la que, habiendo comprobado previamente la adecuación a la legalidad, se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalidad de

Más detalles

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES DEFINICIÓN Constituye un tipo de sociedad, con regulación propia, en la que el protagonismo corresponde a sus socios trabajadores, por delante de la participación que posean en el capital de la misma.

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SISTEMA DE PAGOS FRACCIONADOS DE RECIBOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO MEDIANTE CUENTA CORRIENTE. Disposición Preliminar El Ayuntamiento de Manises, de acuerdo con lo dispuesto

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida.

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida. Resolución del Ararteko del 23 de mayo por la que se recomienda al Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava que revise una suspensión de Prestación Complementaria de Vivienda

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 29 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LOS CENTROS DE DIA.

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 29 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LOS CENTROS DE DIA. ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 29 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR LOS CENTROS DE DIA. I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-Objeto Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES CAPÍTULO I: DISPOSICIÓN GENERAL ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006. Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS

RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006. Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS 1/5 Procedimiento Nº: TD/00418/2006 RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006 Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS PRIMERO: Con fecha 22/08/2006,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. FECHA DE APROBACIÓN: 26/12/2014 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 13/01/2015

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 54 MARTES 5 DE MARZO DE 2013 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el

Más detalles

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica la de 19 julio de 1997, que desarrolla el Real Decreto 575/1997

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica la de 19 julio de 1997, que desarrolla el Real Decreto 575/1997 1 Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica la de 19 julio de 1997, que desarrolla el Real Decreto 575/1997 Sumario: Artículo Único. DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Expedición de partes médicos

Más detalles

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal: El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros

Más detalles

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel)

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIIPIO DE TORRECILLA DE ALCAÑIZ (TERUEL) Primera: Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.

Más detalles

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD Por acuerdo del Pleno de día 27 de enero de 2000 fue aprobado definitivamente el Reglamento de seguridad y salud. Publicado en el BOIB nº. 55, de 02.05.00, entró en vigor al día siguiente de la publicación.

Más detalles

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

INSTRUCCIÓN REGULADORA DEL CONTROL HORARIO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

INSTRUCCIÓN REGULADORA DEL CONTROL HORARIO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS INSTRUCCIÓN REGULADORA DEL CONTROL HORARIO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS Instrucción reguladora del control horario del Personal de Administración y Servicios 1

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

Modelo TIC de Ayuntamiento Digital Fichas de Trámites de Reclamaciones

Modelo TIC de Ayuntamiento Digital Fichas de Trámites de Reclamaciones Modelo TIC de Ayuntamiento Digital Fichas de Trámites de Proyecto: Modelo TIC de Ayuntamiento Digital Fecha : 26 de mayo de 2010 Número de páginas: 011 Autor: everis Versión: v1.00 Archivo: Fichas Tramites

Más detalles

Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid

Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid Reglamentos Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid Marginal: ANM 2007\4 Tipo de Disposición: Reglamentos Fecha de Disposición: 26/07/2006 Publicaciones: - BO. Ayuntamiento de Madrid

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 13477 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2231 Dirección General de Personal.- Resolución de 14 de mayo de 2014, por la que se convocan licencias por estudios

Más detalles

ANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO

ANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO RESOLUCIÓN N.º DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA IMPULSAR DURANTE EL CURSO 2015-2016 EL PROCESO DE MEJORA CONTINUA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚ- BLICOS

Más detalles

ANEXO 2 ANEXO DE FACTURACION Y COBRO GENERAL ASOCIADO AL ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXION SEGUN OIR 2010

ANEXO 2 ANEXO DE FACTURACION Y COBRO GENERAL ASOCIADO AL ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXION SEGUN OIR 2010 ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXIÓN. OIR2010 ANEXO2.FACTURACIÓN Y COBRO ANEXO 2 ANEXO DE FACTURACION Y COBRO GENERAL ASOCIADO AL ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXION SEGUN OIR 2010 Página 1 de 7 INDICE 1. INTRODUCCIÓN...3

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación Ref: 49/133432.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS EN PROGRAMAS AUTORIZADOS

Más detalles

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención: CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento

Más detalles

NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR

NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR NUEVA REGULACION PARA LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS DEL HOGAR FAMILIAR El 17 de noviembre ha sido publicado el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial

Más detalles

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes ANUNCIO Aprobado inicialmente la Modificación num. 1 de la Ordenanza Reguladora del Absentismo Escolar, mediante acuerdo plenario de 29 de noviembre de 2007, y en ausencia de reclamaciones la aprobación

Más detalles

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones. Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1. OBJETO Las presentes Normas tienen por objeto la concesión

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA CONTROL DE PERSONAL

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA CONTROL DE PERSONAL LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA CONTROL DE PERSONAL 01 JORNADA LABORAL Y HORARIO Objetivo: Establecer, autorizar y registrar la jornada laboral y horario de los trabajadores generales y personal de confianza

Más detalles

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE PONTEVEDRA

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE PONTEVEDRA ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE PONTEVEDRA ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO PARA LA ADAPTACION DE LAS NORMAS CORPORATIVAS A LA LEY 25/2009, DE 22 DE DICIEMBRE, DE MODIFICACION DE DIVERSAS LEYES PARA

Más detalles

desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. RESOLUCIÓN DE 31 DE MAYO 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS AUTOMATIZADAS

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL

BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL Núm. 16 Martes 16 de abril de 2013 Sección I Pág. 4575 Sección I: Disposiciones Generales Disposiciones de la Guardia Civil 1364 Instrucción número 1/2013, de la Dirección General de la Guardia Civil,

Más detalles

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS 1. ANULACIÓN DE MATRICULA (Resolución de 3 de septiembre de 2012 de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 34943 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 13003 Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo,

Más detalles