COMPENDIO DE GUIAS GENERALES, ESPECIFICAS, ANEXOS Y FORMATOS DE LA DGIF GUIAS GENERALES

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1 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 1 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 COMPENDIO DE GUIAS GENERALES, ESPECIFICAS, ANEXOS Y FORMATOS DE LA DGIF GUIAS GENERALES GUÍA GENERAL PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE MERCANCÍAS REGULADAS POR LA SAGARPA, CON FINES DE IMPORTACIÓN COMERCIAL..4 GUÍA GENERAL PARA LA DETECCIÓN E INSPECCIÓN DE MERCANCÍAS REGULADAS POR LA SAGARPA, TRANSPORTADAS POR PERSONAS Y/O VEHÍCULOS QUE PRETENDEN SER INTRODUCIDAS AL TERRITORIO NACIONAL SIN FINES COMERCIALES GUIAS ESPECÍFICAS GUÍA ESPECÍFICA PARA LA IMPRESIÓN Y VALIDACIÓN DEL CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN.31 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE BOVINOS PARA REPRODUCCIÓN, DE IMPORTACIÓN 52 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE OVINOS Y CAPRINOS PARA SACRIFICIO, DE IMPORTACIÓN...63 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE CARNE, CANALES, VÍSCERAS Y DESPOJOS PARA IMPORTACIÓN.74

2 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 2 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN ZOOSANITARIA PARA LA IMPORTACIÓN DE LÁCTEOS QUE NO REQUIEREN REFRIGERACIÓN...86 GUÍA RÁPIDA PARA EL INICIO DE LA CADENA DE CUSTODIA 95 GUÍA ESPECÍFICA DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE SAGARPA 99 ANEXOS Anexo 1: Tarjeta de Prevalidación Anexo 2: Pedimento Anexo 3: e5cinco Anexo 4: Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Anexo 5: Hoja de Trabajo Anexo 6: Registro de Trámite para Inspección Anexo 7: Formato FIV Anexo 8: Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o del hallazgo Anexo 9: Acta de Retención Anexo 10: Acta de Destrucción Anexo 11: Certificados para Importación Anexo 19 Cuadro de asignación de tamaño de muestra y criterios de aceptación y rechazo Anexo 20: Criterios para clasificación de defectos de carne, vísceras, despojos y canales Anexo 21: Verificación de Condiciones para la Inspección en PVIZI. Anexo 23: Determinación de la muestra, toma para análisis toxicológico, manejo y envío al laboratorio para carne, vísceras, despojos y canales.

3 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 3 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 Anexo 24: Determinación de inspección para importadores Ucon Anexo 25: Cierre de los chips de los certificados para importación para Ucon Anexo 26: Fundamentación y motivación Anexo 27: Ejemplo de solicitud de revisión de fleje Anexo 28: Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Anexo 29: Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF FORMATOS FO-IF-PF-01: Formato Estándar para registro del usuario FO-IF-PF-05: Formato de características del sellos oficiales FO-IF-PF-06: Formato Aviso Preventivo Sanitario FO-IF-PF-11: Formato de Informe mensual de los embarque Ucon con destino a Establecimientos TIF FO-IF-PF-12: Formato de remisión de muestras para diagnóstico

4 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 4 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 GUÍA GENERAL PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE MERCANCÍAS REGULADAS POR LA SAGARPA, CON FINES DE IMPORTACIÓN COMERCIAL. CONTENIDO INTRODUCCIÓN..5 OBJETIVO.5 ALCANCE..5 MARCO JURÍDICO..6 DIFUSION DE LA GUÍA..7 LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES..7 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE.9 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL.10 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA 16 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN 18

5 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 5 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 INTRODUCCIÓN El proceso de inspección y certificación de mercancías agropecuarias, acuícolas y pesqueras, que realiza el personal de la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF), a través de las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA), presenta cierto grado de complejidad, derivado de la variedad de mercancías y su presentación, sus orígenes, del medio en que se transportan, de las diferencias en la logística de operación entre las aduanas dependiendo de si es un puerto, un aeropuerto o una frontera por lo que prácticamente es imposible contemplar en un procedimiento general las situaciones específicas que aplican para cada tipo de mercancía. Por lo anterior, una vez desarrollado el Procedimiento general para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, el cual describe las actividades generales que aplican a todas las mercancías en el proceso de inspección y certificación, se hace necesario elaborar guías específicas que describan con más detalle cómo desarrollar cada una de las actividades del proceso y referenciar el documento especifico para aplicar, en cada una de las actividades, mismas que difieren dependiendo del tipo de mercancía. Es por ello, que se elaboró la presente guía. OBJETIVO Esta guía busca homologar criterios en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria y aumentar la eficiencia y calidad del servicio con el fin de asegurar que los animales, vegetales, productos y subproductos de ellos, así como los del sector acuícola y pesquero que se importan al país cuenten con la calidad sanitaria requerida, así también para proteger al país del ingreso de plagas y enfermedades que pudieran afectar el patrimonio agropecuario, acuícola y pesquero del país y prevenir su diseminación en el territorio nacional, así mismo garantizar la transparencia y equidad en la aplicación de la normativa vigente en materia de sanidad e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera. ALCANCE Este instrumento es de aplicación nacional, en todos los trámites de importación comercial de mercancías agropecuarias, acuícolas y pesqueras reguladas por esta Dependencia del Ejecutivo Federal; a través del personal oficial del SENASICA y personal de apoyo autorizado adscrito en Puertos, Aeropuertos y Fronteras; está versión 01 entrará en vigor a partir 01 de febrero del 2011.

6 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 6 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 MARCO JURÍDICO Ley Federal de Sanidad Animal Ley Federal de Sanidad Vegetal Ley Federal de Pesca y Acuacultura Sustentables Ley Federal de Procedimiento Administrativo Ley Federal de Derechos Ley de Comercio Exterior Ley Federal sobre Metrología y Normalización Código Civil para el Distrito Federal Normas Oficiales Mexicanas aplicables en materia fitosanitaria Normas Oficiales Mexicanas aplicables en materia zoosanitaria Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO mediante el cual se enlistan las enfermedades y plagas de los animales, exóticas y endémicas de notificación obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos. ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. Planes de trabajo y Protocolos Binacionales en materia de Importación de mercancías Agropecuarias reguladas Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Código Sanitario para los Animales Terrestres. ( Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), Código Sanitario para los Animales Acuáticos 2010 ( The International Plant Protection Convention. Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF) (

7 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 7 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de las OISA s, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio. LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES Esta guía de importación comercial se ha dividido en cuatro etapas, I. Inicio de trámite; II. Revisión Documental; III. Inspección Física y IV. Certificación. Para particularidades en cuanto al tipo de mercancía las Guías Específicas prevalecerán sobre ésta. Cuando la normatividad requiera que los contenedores en puertos marítimos se presenten al personal oficial de la OISA flejados, éste podrá verificar la ruptura de los flejes y apertura de los mismos antes de iniciar el trámite de manera formal ante la OISA, a solicitud escrita del usuario (Ver Anexo 27), cuando una autoridad distinta retire o cambie los flejes se aceptará la documentación de la misma autoridad que avale dicha acción. Cuando la normatividad no requiera que los contenedores vengan flejados, la apertura de los mismos podrá hacerse sin la presencia del personal oficial. Una vez iniciada, cada etapa deberá ser desarrollada hasta el final, aún y cuando en el trascurso de la misma se hayan detectado falta de documentos o incumplimientos a la normativa. Ningún trámite deberá quedar abierto en el sistema SIIF, ya sea por falta de documentos, otras omisiones y observaciones a la normativa; el trámite deberá ser dictaminado inmediatamente en el sistema, salvo aquellos a los cuales se realice la inspección física el día hábil siguiente y cuando se deba esperar diagnostico del laboratorio y/o tratamiento para liberar o cancelar el trámite. Toda cancelación deberá ser fundamentada y motivada bajo la normativa vigente aplicable. Cuando se detecte una irregularidad o evidencia en la certificación de origen o procedencia del embarque, el personal oficial deberá levantar un acta circunstanciada, recabar y anexar evidencias y notificarlo inmediatamente al área correspondiente de la Dirección de Inspección en Puertos, Aeropuertos y Fronteras.

8 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 8 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 Cuando se realice un rechazo se debe enviar al área responsable de la DGIF; copia electrónica del expediente, archivo en Excel y en su caso evidencia fotográfica. De los Horarios y pagos: a) El horario de servicio para el despacho de mercancías reguladas por la SAGARPA será de 9:00 a 18:00, por lo que deben ajustarse los horarios de recepción de trámites e inspección, con la finalidad de que el servicio no rebase el horario de término del día laboral; en las guías específicas se establecerán excepciones de horario si así lo requiere. b) Se podrán registrar trámites después de las 15:00 hrs solo para revisión documental y si de acuerdo al horario laboral y a los trámites registrados anteriormente se puede realizar la inspección física hasta su liberación antes del término del horario laboral se les brindará el servicio; de lo contrario las siguientes etapas se realizarán al siguiente día hábil laboral. c) Para otorgar el servicio extraordinario el mismo día, el usuario debe solicitarlo por escrito mínimo dos horas antes del término del horario laboral, siempre y cuando se haya iniciado el mismo día el trámite y, para un trámite nuevo se solicitará con 24 horas de anticipación; anexando el comprobante de pago del servicio extraordinario en ventanilla bancaria en el formato e5cinco (Anexo 3). d) Los jefes o responsables de las OISA s deberán programar el rol de turno para los casos que se autorice el servicio extraordinario y se debe contemplar una persona diferente por día. e) El servicio extraordinario en sábado se podrá otorgar dentro del horario de 9:00 a 14:00hrs, debiéndose solicitar dos horas antes del cierre del día hábil previo y para el día domingo no se autoriza dicho servicio. f) Se debe garantizar que el personal oficial únicamente cumpla 8 hrs de servicio por día de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo. g) El servicio extraordinario se otorgará en base a la disponibilidad de personal y las cargas de trabajo, debiendo realizar la solicitud conforme a lo estipulado en el inciso c), emitiendo una respuesta por escrito señalando las causas cuando sea negativo. h) Cuando exista un convenio previo firmado entre la Secretaria y otra entidad respecto a los horarios, éste debe ser respetado.

9 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 9 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE Objetivos: Recibir del usuario la solicitud y expedientes. 1) Recibir y atender al usuario, como se indica en el Código de Conducta de SAGARPA. 2) Indicar al usuario que anote el trámite en la libreta de registro, ubicada en la ventanilla de la OISA o en el Punto de Verificación; para que con base en la hora de su registro y el número de trámites previamente registrados por otros usuarios se programe la revisión documental. 3) Solicitar al usuario la Tarjeta de Prevalidación, expediente y el pago de derechos por concepto de expedición del certificado para importación en el pedimento. 4) Constatar el pago de derechos del Certificado de Importación en el Sistema de Operación Integral Aduanera (SOIA), cuando éste se haya realizado a través del pedimento aduanal. Ver Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA 5) Ingresar en el SIIF el folio de la Tarjeta de Prevalidación para imprimir la Hoja de Trabajo del Certificado Zoosanitario, Fitosanitario o Acuícola para Importación, el Registro de Trámite de Inspección (RTI), Requisitos Zoosanitarios, y anexo de lotes cuando aplique de acuerdo a la etapa de impresión de hoja de trabajo y RTI de la GI-IF-PF-05: Guía específica para la impresión y validación del certificado para importación. 6) Requerir firma al usuario en el RTI, de la solicitud del inicio de trámite.

10 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 10 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivos: Verificar que los documentos que amparan la mercancía cumplan con la normativa vigente. 1) Iniciar esta etapa y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente de que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de la etapa. 2) Cotejar que los datos impresos en la Hoja de Trabajo coincidan con los documentos; constatando que contenga: a) Nombre y domicilio del importador. (Indicado en el Certificado Sanitario Internacional o en el caso de la cesión de derechos del endosatario). b) Nombre y domicilio del exportador (indicado en el Certificado Sanitario Internacional, en caso de que sean varios exportadores se declara el que tenga mayor volumen). c) Fracción arancelaria (con el pedimento a excepción de la regla octava). d) Descripción de la mercancía (indicado en el Certificado Sanitario Internacional). e) Requisitos: Requisitos Zoosanitarios: Alfanumérico completo. Hoja de Requisitos Fitosanitarios: Alfanumérico completo. Norma Oficial Mexicana completa: ejemplo NOM007FITO1997. Certificado Sanitario Acuícola: Folio completo. Artículo 4 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la SAGARPA: Inspección Ocular f) País de Origen (indicado en el Certificado Sanitario Internacional de procedencia o en la copia del Certificado Sanitario Internacional de Origen). g) País de Procedencia (indicado en el Certificado Sanitario Internacional de Procedencia).

11 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 11 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 h) Número de folio del Certificado Sanitario Internacional. i) Cantidad y Unidad de Medida Arancelaria y en el SIIF la unidad de medida comercial (indicado en el Certificado Sanitario Internacional). j) Uso (solo revisar que este indicado en la Hoja de Trabajo). k) Nombre completo del destinatario (revisar que este indicado en la Hoja de Trabajo). l) Domicilio de destino final de la mercancía (revisar que este indicado en la Hoja de Trabajo). m) Puntos de Verificación e Inspección Federal por donde va a transitar el vehículo con la mercancía (cuando aplique). n) Identificación del medio de transporte o en su caso solicitar el Formato de Identificación Vehicular (FIV). (esto únicamente en Fronteras). o) Consultar la Guía Específica acorde a la mercancía a importar, con el fin de cotejar la información adicional correspondiente. 3) De acuerdo a la regulación internacional de la Organización para la Agricultura y Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), se deberá revisar en los Certificados Internacionales lo siguiente: a) Coincidir con el modelo, protocolo y los candados de seguridad dados a conocer por la autoridad del país exportador (cuando se cuente con esta información). b) Contener las certificaciones correspondientes específicas, es decir cuando se señalen varias alternativas deberá especificar cuál de ellas aplica para la mercancía. c) Contener número de folio, nombre y firma, del personal oficial del país exportador y sello oficial.

12 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 12 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 d) En caso de que el Certificado Sanitario Internacional cuente con más de una hoja, cada una debe indicar el número de hoja y folio del certificado correspondiente. e) Cualquier anexo que contenga información adicional zoosanitaria, fitosanitaria o acuícola deberá llevar el número del Certificado Sanitario Internacional, estar fechado, firmado y sellado por el mismo certificador. El Certificado Sanitario Internacional deberá indicar, en la sección apropiada, que la información que pertenece a esa sección aparece en el anexo. f) Son causa de rechazo del Certificado Sanitario Internacional, por las siguientes: Sean ilegibles. Incompletos y/o mutilados cuando éstas alteraciones físicas afecten su contenido en la información sanitaria y/o folio y/o firma y/o membrete y/o logotipo y/o candados de seguridad). Estén vencidos cuando en el Certificado Sanitario Internacional se indique una vigencia. Tachaduras y/o enmendaduras no autorizadas de acuerdo a la normativa vigente aplicable. Cuando la Información sanitaria, de identidad y trazabilidad del embarque contradictoria. Que certifiquen mercancías prohibidas. Incumplimiento con los requisitos antes señalados. Cuando existan negociaciones previamente autorizados por el área normativa, respecto a los formatos y modelos de Certificados Internacionales, éstos deberán ser aceptados. 4) En caso de que el importador declarado en el Certificado Sanitario Internacional decida ceder los derechos de las mercancías y por consecuencia las garantías sanitarias a un importador diferente deberá Adherir una Hoja al Certificado correspondiente o en el dorso del Certificado Sanitario Internacional donde expresará el endosante (el importador declarado en el Certificado Sanitario Internacional) que voluntariamente y sin condiciones decide ceder los derechos de su mercancía y por consecuencia las garantías

13 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 13 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 sanitarias de la misma a un importador diferente (el endosatario), contendiendo los siguientes: a) Nombre y firma del endosatario; es decir la persona que recibe los derechos. b) En caso de que sea una persona moral la que recibe los derechos, debe presentarse un mandato general o especial notariado (ejemplo: copia del Acta Constitutiva) que lo faculte para recibir los derechos. c) Nombre y firma del endosante; es decir de la persona que otorga los derechos, si no presenta firma el endoso no tendrá ninguna validez. d) En caso de que sea una persona moral la que cede los derechos, debe presentarse un mandato general o especial notariado (ejemplo: copia del Acta Constitutiva) que lo faculte para ceder los derechos. e) Lugar y fecha en que se realiza el endoso. f) Especificar el folio del Certificado Sanitario Internacional endosado y en su caso sus anexos g) Se puede ceder y aceptar derechos en cualquier combinación de persona física y/o moral, siempre y cuando cumplan con los requisitos antes mencionados. h) Adicionalmente, tanto para persona física o moral se deberá solicitar copia simple de identificación oficial (por ejemplo la credencial de elector o pasaporte o cedula profesional) del endosatario y el endosante a efecto de corroborar la identidad de las personas que intervienen en la transferencia de derechos de las mercancías. 5) Consultar la Guía Específica acorde al tipo de mercancía a importar con el fin de cotejar la información adicional correspondiente, en caso de contar con ella. 6) Verificar el cumplimiento de los requisitos o condicionantes establecidos en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo

14 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 14 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas. 7) Dictaminar el trámite: 7.1 Cancelar o rechazar el trámite en caso de que no cumpla con algún requisito o condicionante establecido en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas. 1) Anotar en el campo de observaciones en el RTI el fundamento y motivo legal de la cancelación del trámite (Ley y/o Acuerdo y/o Norma Oficial Mexicana, sus numerales, fracciones e incisos o en su caso el párrafo que se incumple), marcar claramente las observaciones detectadas en la etapa I inicio de trámite y de la etapa II revisión documental. (Ver Anexo 26: Fundamentación y motivación). 2) Ingresar en el SIIF y cancelar el trámite, así como descargar el mismo fundamento legal registrado en el RTI. 3) Firmar y sellar el RTI cancelado. 4) Deberá: a) Fotocopiar los documentos para el expediente correspondiente. b) Entregar al usuario los documentos que haya presentado, excepto cuando se deba retener los documentos originales en caso de detectar algún indicio de delito (falta de candados de seguridad en Certificado Internacional, documentos que no coinciden con los emitidos por el país exportador), debiendo conservar los documentos con indicios en su poder, hasta su consulta y validación (Ver GI-IF-PF-15: Guía Rápida para el Inicio de la Cadena de Custodia). c) En caso de no presentar firma el Certificado Sanitario Internacional, se invalida por medio de un sello de CANCELADO y se cancela el trámite. d) Entregar copia de ambos lados del RTI con dictamen del trámite cancelado y rechazo de la mercancía.

15 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 15 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 e) Sellar de RECHAZADO los documentos cuando la normativa lo requiera. 5) Recabar acuse de recibo del usuario al reverso del RTI original. 6) Archivar expediente. 7.2 Despedir al usuario de acuerdo a la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA. 7.3 Aceptar que continúe el trámite en caso de que la Hoja de Trabajo coincida con la información contenida en el SIIF y cumpla documentalmente; se debe continuar con la etapa de inspección física. 8) Consultar la Guía específica para la impresión y validación del certificado para importación, para mercancías que van a Puntos de Inspección Internacional en Materia de Sanidad Vegetal (PIIMSV) y Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria para la Importación (PVIZI) en franja fronteriza y despacho previo en ferrocarril.

16 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 16 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA Objetivos: Verificar que la mercancía coincida con la documentación que la ampara y cumpla la normativa aplicable. 1) Iniciar esta etapa y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente de que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de la etapa. 2) Verificar la mercancía a importar en presencia del usuario: a) Realizar la verificación de la mercancía como se establece en la normativa vigente aplicable o la Guía Específica acorde al tipo de mercancía a importar, en caso de contar con ella. b) Cuando se detecte la presencia de especímenes vivos, signos de enfermedad se tomará una muestra para su envío e identificación en el laboratorio oficial o aprobado con cargo al usuario. 3) Dictaminar el trámite: 3.1 Cancelar o rechazar el trámite en caso de que la mercancía: No cumpla con algún requisito o condicionante establecido en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas. Que como resultado de la inspección física se detecten signos de enfermedad de interés cuarentenario en animales. Cuando el diagnóstico de laboratorio indique que el espécimen detectado y enviado es de importancia cuarentenaria. Que la mercancía no corresponda con la documentación que lo ampara. 1) Anotar en el campo de observaciones en el RTI el fundamento y motivo legal de la cancelación del trámite (Ley y/o Acuerdo y/o Norma Oficial Mexicana, sus numerales, fracciones e incisos o en su caso el párrafo que se incumple), diagnostico y/o incumplimiento detectado. (ej. Lote que no corresponde, planta no autorizada, etc.)

17 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 17 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 2) Ingresar en el SIIF y cancelar el trámite, así como descargar el mismo fundamento legal registrado en el RTI. 3) Firmar y sellar el RTI cancelado. 4) Deberá: a) Fotocopiar los documentos para el expediente correspondiente. b) Entregar al usuario los documentos que haya presentado. c) Entregar copia de ambos lados del RTI con dictamen del trámite cancelado y rechazo de la mercancía. d) Sellar de rechazado los documentos y la mercancía cuando la normativa lo requiera. e) Recabar acuse de recibo del usuario al reverso del RTI original. f) Archivar expediente. 3.2 Despedir al usuario de acuerdo a la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA. 3.3 Aceptar que continúe el trámite en caso de cumplir con la normativa aplicable y pasar a la etapa de certificación. 3.4 Cuando la normativa lo requiera, colocar flejes en los contenedores o medios de transportes.

18 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 18 Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Clave: GI-IF-PF-01 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Objetivos: Generar y entregar al usuario el Certificado para Importación que avala el cumplimiento de la regulación. 1) Consultar la Guía Específica acorde al tipo de mercancía a importar, para cuarentena custodia, flejado de vehículos o contenedores, consultar requisitos posteriores a la certificación. 2) Consultar la Guía específica para la impresión y validación del certificado para importación. 3) Entregar el Certificado para Importación al usuario y recabar acuse de acuerdo al Guía específica para la impresión y validación del certificado para importación. 4) Despedir al usuario de acuerdo a la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA. 5) Conjuntar y archivar el expediente.

19 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 19 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. GUÍA GENERAL PARA LA DETECCIÓN E INSPECCIÓN DE MERCANCÍAS REGULADAS POR LA SAGARPA, TRANSPORTADAS POR PERSONAS Y/O VEHÍCULOS QUE PRETENDEN SER INTRODUCIDAS AL TERRITORIO NACIONAL SIN FINES COMERCIALES. CONTENIDO INTRODUCCIÓN. 20 OBJETIVO. 20 ALCANCE.. 20 MARCO JURÍDICO.. 20 DIFUSION DE LA GUÍA.. 21 LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES.. 22 ETAPA I. VIGILANCIA ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL. 25 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA. 29 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN 30

20 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 20 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. INTRODUCCIÓN El creciente incremento de la movilización internacional de personas aumenta el riesgo de introducción de plagas y enfermedades que pueden afectar la sanidad agropecuaria, acuícola y pesquera del país; por tal motivo el SENASICA a través de la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria, realiza labores de inspección y vigilancia en los puntos de ingreso al país. Por lo que con la presente guía se pretende proporcionar al personal oficial una herramienta que permita la homologación de los criterios que se aplican con base en la normativa aplicable en la materia. OBJETIVO Evitar el ingreso de mercancías reguladas por la SAGARPA que contravengan la normativa fitosanitaria y zoosanitaria establecida para su importación y que son transportadas por pasajeros y tripulantes de aviones, cruceros, vehículos terrestres, mediante la inspección física de equipajes, bultos, cajas, bolsas, alimentos que portan las personas, con el fin de disminuir el riesgo de ingreso de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria para la agricultura, ganadería, acuacultura y pesca del país. ALCANCE Este instrumento aplica a todas las actividades de vigilancia fitozoosanitaria, acuícola y pesquera en puertos, aeropuertos y fronteras; tales como, revisión de equipajes, bultos, cajas, bolsas de pasajeros y tripulantes de aviones y embarcaciones marítimas y vehículos terrestres de pasaje. El destinatario de este procedimiento es el personal de inspección fitozoosanitaria que interviene en las actividades de inspección y vigilancia. Está versión 01 entrará en vigor a partir 01 de febrero del MARCO JURÍDICO Ley Federal de Sanidad Animal Ley Federal de Sanidad Vegetal Ley Federal de Pesca y Acuacultura Sustentables Ley Federal de Procedimiento Administrativo

21 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 21 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. Ley Federal de Derechos Ley de Comercio Exterior Ley Federal sobre Metrología y Normalización Código Civil para el Distrito Federal Normas Oficiales Mexicanas aplicables en materia fitosanitaria Normas Oficiales Mexicanas aplicables en materia zoosanitaria Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO mediante el cual se enlistan las enfermedades y plagas de los animales, exóticas y endémicas de notificación obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos. ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. Planes de trabajo y Protocolos Binacionales en materia de Importación de mercancías Agropecuarias reguladas Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Código Sanitario para los Animales Terrestres. ( Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), Código Sanitario para los Animales Acuáticos 2010 ( The International Plant Protection Convention. Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF) ( DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de la OISA, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio.

22 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 22 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES Esta guía se ha dividido en cuatro etapas, vigilancia, revisión documental, inspección física y certificación Una vez iniciada, cada etapa deberá ser desarrollada hasta el final. Toda cancelación y /o rechazo deberá ser fundamentada bajo la normativa vigente. Si después del tiempo perentorio el usuario no retorna la mercancía, se procede a su destrucción. Todo producto retenido deberá ser documentado con Acta de Retención, en caso de los Avisos de Prevención Sanitaria deberán ser acotados en la misma, en el caso de que el producto haya sido abandonado, al final del turno se incluirán en el Acta de Retención.

23 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 23 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. ETAPA I. VIGILANCIA Objetivo: Detectar mercancías agropecuarias, acuícolas y pesqueras reguladas por la SAGARPA que no cumplen con la normativa vigente aplicable. 1) En caso de detectar la posibilidad de que el usuario transporte mercancías reguladas por la SAGARPA para su internación al país, ya sea mediante: a) Declaración aduanal b) Equipo de rayos X c) Semáforo fiscal d) Unidad Canina e) Percepción ocular 2) Presentarse ante el usuario según la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA, apartado II numeral 9, de la Identidad y sentido de pertenencia. 3) Comunicar al usuario que se realizará una revisión sanitaria 4) Invitar al pasajero coloque su equipaje, bolsa, bulto o similar en la mesa o módulo destinado para la revisión. 5) Preguntar qué tipo de productos trae. Ver Compendio de Guías Específicas. 6) Solicitar abra su equipaje, bolsa, bulto, o similar y permita revisar los productos que porta. 7) Revisar en presencia del pasajero equipaje, bolsa, bulto, o similar. 8) Si no se detectan productos regulados, se agradece según la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA, apartado II numeral 10 de la Identidad y sentido de pertenencia. 9) Si se detectan mercancías permitidas para su internación turística, es decir, productos que pueden entrar al país en cantidades para consumo personal, previa inspección ocular (incluidas en el artículo 4 del ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación o Guía Rápida Zoosanitaria, y cumple con la regulación fitosanitaria o zoosanitaria, se permite su ingreso al país sin

24 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 24 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. mayor trámite y se agradece al usuario según la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA, apartado II numeral 10, de la identidad y sentido de pertenencia. 10) Si se detectan mercancías permitidas para su internación turística, es decir, productos que pueden entrar al país en cantidades para consumo personal, previa inspección ocular (incluidas en el artículo 4 del ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación o Guía Rápida Zoosanitaria), y no cumple con la regulación fitosanitaria o zoosanitaria, se le explica al usuario que su mercancía no se puede internar al país; y de ser necesario se le entrega el Aviso de Prevención Sanitaria y se le invita a pasar a la OISA por su Acta de Retención. 11) Si se detectan mercancías reguladas que presuntamente CUMPLEN con lo señalado en la normativa aplicable (Requisitos Zoosanitarios, Hoja de requisitos fitosanitarios, NOM s, etc.), de ser necesario se le entrega al usuario Aviso de Prevención Sanitaria y se le invita a pasar a la OISA para efectuar el trámite correspondiente. En este caso se incluyen mascotas. 12) Si se detectan mercancías reguladas que NO CUMPLAN con la normativa vigente aplicable, es decir, productos que representan un alto riesgo de ser portadores de plagas o enfermedades, se le explica al usuario que su mercancía no puede ingresar al país; y de ser necesario se le entrega el Aviso de Prevención Sanitaria y se le invita a pasar a la OISA por su Acta de Retención. 13) Se agradece según la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA, etapa II numeral 10, de la identidad y sentido de pertenencia.

25 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 25 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivo: Verificar que las mercancías agropecuarias, acuícolas y pesqueras cumplan documentalmente con la normativa vigente aplicable. 1) Iniciar esta etapa en la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria o Punto de Inspección Autorizado y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de la etapa. 2) Preguntar al usuario si cuenta con la documentación que ampara el cumplimiento de la normativa vigente aplicable de la mercancía que porta. 3) Si el usuario no presenta la documentación que ampara el cumplimiento de la normativa aplicable para la mercancía: a) Informar al usuario que no procede su internación y con fundamento en los Artículos 30 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal o Articulo 45 Ley Federal de Sanidad Animal y Articulo 32 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, podrá optar por lo siguiente: Retorno Acondicionamiento y/o tratamiento Destrucción o sacrificio Siempre y cuando exista infraestructura en la OISA para su retención temporal y que la mercancía no represente un riesgo inminente sanitario: Informar al usuario que debe retornarlo en un plazo perentorio máximo de 10 días hábiles al país de origen o procedencia, bajo la supervisión del personal oficial y además de que cualquier daño causado por la mercancía a la sanidad animal o vegetal, el entorno o instalaciones, así como de los cuidados y mantenimiento de la mercancía durante la retención es bajo la responsabilidad, cargo y cuenta del usuario y que de no hacerlo en el plazo establecido la SAGARPA procederá a su destrucción b) Elaborar con base en la decisión del usuario el Acta de Retención en el SIIF en el Módulo Turístico (Ver Anexo28: Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF)

26 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 26 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. c) Si representa un alto riesgo de plaga o enfermedad, se indica al usuario que la mercancía será retenida para su destrucción inmediata. d) Indicar en el Acta de Retención el dictamen con el fundamento técnicojurídico (Ver anexo 26: Fundamentación y Motivación)(Acuerdo, Norma Oficial Mexicana, sus numerales, fracciones e incisos o en su caso el párrafo que se incumple u otras medidas zoosanitarias, fitosanitarias o acuícolas aplicables), en un plazo perentorio (inmediato o 10 días hábiles máximo) y la medida sanitaria aplicable (reacondicionamiento, retorno o destrucción) e) Validar con nombre, firma y sello de la oficina el Acta de Retención. f) Recabar acuse de recibido con nombre y firma del usuario g) Entregar al usuario original del Acta de Retención h) Informar al usuario, en su caso, la fecha en la cual puede solicitar copia del Acta de Destrucción de su mercancía. Elaborar Acta de Destrucción, en su oportunidad en el SIIF en Módulo Turístico. i) Se agradece según la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA, Etapa II, numeral 10, de la Identidad y sentido de pertenencia. 4) Si el usuario presenta la documentación para dar el cumplimiento de la normativa aplicable de la mercancía: a) Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable 5) De acuerdo a la regulación internacional de la Organización para la Agricultura y Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), se deberá revisar en los Certificados Internacionales lo siguiente: a) Coincidir con el modelo, protocolo y los candados de seguridad dados a conocer por la autoridad del país exportador (cuando se cuente con esta información). b) Contener las certificaciones correspondientes específicas, es decir cuando se señalen varias alternativas deberá especificar cuál de ellas aplica para la mercancía. c) Contener número de folio, nombre y firma, del personal oficial del país exportador y sello oficial.

27 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 27 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. d) En caso de que el Certificado Sanitario Internacional cuente con más de una hoja, cada una debe indicar el número de hoja y folio del certificado correspondiente. e) Cualquier anexo que contenga información adicional zoosanitaria, fitosanitaria o acuícola deberá llevar el número del Certificado Sanitario Internacional, estar fechado, firmado y sellado por el mismo certificador. El Certificado Sanitario Internacional deberá indicar, en la sección apropiada, que la información que pertenece a esa sección aparece en el anexo. f) Son causa de rechazo del Certificado Sanitario Internacional, por las siguientes: Sean ilegibles. Incompletos y/o mutilados cuando éstas alteraciones físicas afecten su contenido en la información sanitaria y/o folio y/o firma y/o membrete y/o logotipo y/o candados de seguridad). Estén vencidos cuando en el Certificado Sanitario Internacional se indique una vigencia. Tachaduras y/o enmendaduras no autorizadas de acuerdo a la normativa vigente aplicable. Cuando la Información sanitaria, de identidad y trazabilidad del embarque contradictoria. Que certifiquen mercancías prohibidas. Incumplimiento con los requisitos antes señalados. Cuando existan negociaciones previamente autorizados por el área normativa, respecto a los formatos y modelos de Certificados Internacionales, éstos deberán ser aceptados. 6) En caso de que el importador declarado en el Certificado Sanitario Internacional decida ceder los derechos de las mercancías y por consecuencia las garantías sanitarias a un importador diferente deberá: 1. Adherir una Hoja al Certificado correspondiente o en el dorso del Certificado Sanitario Internacional donde expresará el endosante (el importador declarado en el Certificado Sanitario Internacional) que voluntariamente y sin condiciones decide ceder los derechos de su mercancía y por

28 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 28 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. consecuencia las garantías sanitarias de la misma a un importador diferente (el endosatario), contendiendo los siguientes: a) Nombre y firma del endosatario; es decir la persona que recibe los derechos. b) Nombre y firma del endosante; es decir de la persona que otorga los derechos, si no presenta firma el endoso no tendrá ninguna validez. c) Lugar y fecha en que se realiza el endoso. d) Especificar el folio del Certificado Sanitario Internacional endosado y en su caso sus anexos. 2. Adicionalmente, se deberá solicitar copia simple de identificación oficial (por ejemplo la credencial de elector o pasaporte o cedula profesional) del endosatario y el endosante a efecto de corroborar la identidad de las personas que intervienen en la transferencia de derechos de las mercancías. 7) Consultar la Guía Específica en caso de existir, acorde al tipo de mercancía a importar. 8) Verificar el cumplimiento de los requisitos o condicionantes establecidos en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas. 9) Dictaminar el trámite: 9.1 Cancelar o rechazar el trámite en caso de que no cumpla con algún requisito o condicionante establecido en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas, y remitirse a la actividad 3 de esta Etapa II. REVISIÓN DOCUMENTAL 9.2 Si cumple la normativa vigente aplicable se procede a realizar la inspección física de la mercancía 10) Entrar al SIIF en el Modulo Turístico

29 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 29 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA 1) Iniciar esta etapa y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente de que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de esta etapa. 2) Verificar la mercancía a importar: a) Realizar la verificación de la mercancía en presencia del usuario. b) Realizar la verificación de la mercancía como se establece en la Guía Específica cuando exista, acorde al tipo de mercancía a importar. 3) Dictaminar el trámite: 3.1 Cancelar o rechazar el trámite en caso de detectar la presencia de plagas o enfermedades, o bien, que no cumpla con algún requisito o condicionante establecido en las Leyes; Requisitos Zoosanitarios u Hojas de Requisitos Fitosanitarios o Certificado Sanitario Acuícola; Normas Oficiales Mexicanas; Planes de Trabajo o Protocolos o Procedimientos Binacionales; y demás disposiciones establecidas por las áreas normativas, remitirse a la actividad 3 de la Etapa II. REVISIÓN DOCUMENTAL. 3.2 Aceptar el trámite en caso de no detectar la presencia de plagas o enfermedades y cumplir con la normativa aplicable. Posteriormente pasar a la etapa de certificación. 3.3 Cuando la normativa lo requiera, colocar flejes en los contenedores o medios de transportes.

30 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 30 Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio Clave: GI-IF-PF-02 nacional sin fines comerciales. ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Objetivos: Generar y entregar al usuario el Certificado para Importación que avala el cumplimiento de la regulación. 1) Consultar la Guía Específica en caso de existir, acorde al tipo de mercancía a importar, para cuarentena custodia, flejado de vehículos o contenedores, consultar requisitos posteriores a la certificación. 2) Consultar la Guía específica, para la impresión y validación del certificado para importación en Módulo Turístico. 3) Entregar al usuario el Certificado para Importación. 4) Despedir al usuario de acuerdo a la Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA. 5) Conjuntar y archivar el expediente.

31 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 31 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA IMPRESIÓN Y VALIDACIÓN DEL CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN. CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVO ALCANCE MARCO JURIDICO LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES MODULO COMERCIAL I. IMPRESIÓN DE HOJA DE TRABAJO Y RTI II. LIBERACIÓN DEL CERTIFICADO MODULO TURISTICO I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

32 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 32 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 INTRODUCCIÓN El creciente incremento de la movilización internacional de personas aumenta el riesgo de introducción de plagas y enfermedades que pueden afectar la sanidad agropecuaria, acuícola y pesquera del país; por tal motivo el SENASICA a través de la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria, realiza labores de inspección y vigilancia en los puntos de ingreso al país. Por lo que con la presente guía se pretende proporcionar al personal oficial una herramienta para la impresión y validación del certificado para importación. OBJETIVO Esta guía es un anexo para la Guía General para la Inspección y certificación de mercancías agropecuarias reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, y es aplicable en todas las mercancías de importación reguladas por SAGARPA presentadas ya sea en un Puerto, Aeropuerto o Frontera según sea el caso. ALCANCE Este instrumento es de aplicación nacional, en todos los trámites de importación comercial de mercancías agropecuarias, acuícolas y pesqueras reguladas por esta Dependencia del Ejecutivo Federal; a través del personal oficial del SENASICA adscrito en Puertos, Aeropuertos y Fronteras, para las mercancías que una vez cumplida fitosanitariamente y zoosanitariamente requieran la expedición del Certificado para Importación correspondiente. Está versión 01 entrará en vigor a partir 01 de febrero del 2011 MARCO JURIDICO Ley Federal de Derechos Artículo 86-A Fracc. VI. Por cada Certificado Fitosanitario y Zoosanitario para Importación de animales vivos, sus productos y subproductos, así como de químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales y consumo por estos. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

33 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 33 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES a) Para mercancías que ingresan a Puntos de Inspección Internacional en Materia de Sanidad Vegetal (PIIMSV) y Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria para la Importación (PVIZI) en franja fronteriza y despacho previo en ferrocarril. b) Para el punto de Ingreso será de acuerdo como se especifica en la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, después del dictamen de la inspección física. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

34 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 34 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 MODULO COMERCIAL I. IMPRESIÓN DE HOJA DE TRABAJO Y RTI Objetivos: Cotejar datos descargados e imprimir Hoja de Trabajo, Requisitos Zoosanitarios, RTI y anexo de lote (cuando aplique). No. Actividad Documento Involucrado 1 Ingresa al SIIF (Sistema de Información de Inspección Fitozoosanitaria) eligiendo lo correspondiente: Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

35 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 35 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. IMPRESIÓN DE HOJA DE TRABAJO Y RTI Objetivos: Cotejar datos descargados e imprimir Hoja de Trabajo, Requisitos Zoosanitarios, RTI y anexo de lote (cuando aplique). No. Actividad Documento Involucrado Ingreso al modulo de Búsqueda en FA 2 } Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

36 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 36 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. IMPRESIÓN DE HOJA DE TRABAJO Y RTI Objetivos: Cotejar datos descargados e imprimir Hoja de Trabajo, Requisitos Zoosanitarios, RTI y anexo de lote (cuando aplique). No. Actividad Documento Involucrado 3 Ingresar el código de barras de la Anexo 1: Tarjeta de Prevalidación tarjeta de Prevalidación. Ver Anexo 1 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

37 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 37 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. IMPRESIÓN DE HOJA DE TRABAJO Y RTI Objetivos: Cotejar datos descargados e imprimir Hoja de Trabajo, Requisitos Zoosanitarios, RTI y anexo de lote (cuando aplique). No. Actividad Documento Involucrado 4 5 Se imprime de manera automática el Hoja de Trabajo, Requisitos Zoosanitarios, RTI y anexo de lote (cuando aplique) Continua con el siguiente inciso de la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial Anexo 5: Hoja de Trabajo Anexo 6: Registro de Trámite de Inspección Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

38 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 38 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 II. LIBERACIÓN DEL CERTIFICADO Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Selecciona la opción de liberación del trámite, para el grabado del chip 1 Se registran los datos que se solicitan en el SIIF y se da click en el icono Ok Liberación 2 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

39 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 39 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 II. LIBERACIÓN DEL CERTIFICADO Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Colocar chip en el scaner para grabado como esta en la imagen 4 3 Se imprimen de manera automática los tres tantos del Certificado para Importación (CI), identificados en la parte inferior derecha con: Aduana, Transportista (se colocará el chip) y Expediente Anexo 11: Certificados para Importación Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

40 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 40 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 II. LIBERACIÓN DEL CERTIFICADO Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Si el producto va a PVIFI o PVIZI en franja fronteriza: a) Valida los tres CI con sello oficial, nombre y pone la primer firma el personal oficial que realizó la revisión documental y entregar al usuario el CI de Aduana. b) Recaba acuse de recibido en el Certificado para Importación correspondiente a la OISA con nombre, firma, fecha y hora de entrega del mismo por parte del usuario que ha recibido el CI de Aduana c) Una vez que pasa la inspección física d) Se validan los dos CI con la segunda firma del personal que realizó la inspección física y entrega el CI del transportista. e) Recaba acuse de recibido en Hoja de Trabajo con nombre, firma, fecha y hora de entrega copia del RTI y CI del transportista con firma, fecha y hora de entrega del mismo. Si el producto está en punto de ingreso: a) Valida los tres CI con sello oficial, nombre y firma b) Entrega Certificados para Importación correspondientes al Transportista y Aduana. b) Recaba acuse de recibido en el Certificado para Importación correspondiente a la OISA con nombre, firma, fecha y hora de entrega del RTI y CI del Transportista y Aduana. Continuar con el siguiente inciso de la Etapa de Certificación. Anexo 5: Hoja de Trabajo Anexo 6: Registro de Trámite para Inspección Anexo 11: Certificados para Importación Anexo 5: Hoja de Trabajo Anexo 6: Registro de Trámite para Inspección Anexo 11: Certificados para Importación Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

41 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 41 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 MODULO TURISTICO I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Ingreso al SIIF y dar Click en. Captura 1 Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

42 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 42 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Aparecerá el Icono de AEROPUERTO, dar Click, aparecerá el Icono Expedición de Certificado, dar Click 2 Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

43 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 43 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Deberá dar Click en Importador Extranjero Elegir tipo de certificado. 3 Colocar RFC del Importador Es importante para el RFC lo siguiente: Si es la primera vez que viaja con su mascota y el pasajero es nacional al capturar el RFC, si el mismo solo tiene tres letras al principio del RFC se le da un espacio al inicio para que no se genere un error y nos saque del sistema. Si el importador ya realizo alguna importación se captura como extranjero para que no se genere un error y nos saque totalmente del sistema. Llenar todos los datos que solicita el formato. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

44 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 44 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Para capturar los datos de la fracción arancelaria, se da clic en Nuevo y se realiza la captura de todo el cuadro. Una vez capturada toda la información, dar clic en Aplicar. 4 En esta sección le solicitaran la Fracción correspondiente al producto. Ejemplo: Perro. Todos los campos tienen que ser llenados correctamente para evitar causar errores en el sistema, de no ser así automáticamente el sistema notificara dicho error y la pantalla se cerrara; y deberá comenzar de nuevo el procedimiento. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

45 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 45 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado 5 Una vez seleccionada la fracción aparecerá el producto o especie correspondiente, en el cuadro de descripción se debe anotar todo lo que describa a este. Ejemplo: Perro Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

46 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 46 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado 6 La casilla de Certificado Internacional debe ser llenada con el numero de Certificado que presenta el Importador si no cuenta con dicho numero se anotara la leyenda NO APLICA. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

47 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 47 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado 7 Todas las casillas deben ser llenadas con la información solicitada Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

48 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 48 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado 8 Es importante recordar que toda la información es de acuerdo al producto; Ejemplo: Cánido, solo es uno y requiere Inspección Ocular. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

49 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 49 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado 9 Al finalizar las casillas se colorearan, esto indica que se concluyo correctamente el llenado. Damos clic en Aplicar para continuar. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

50 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 50 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Deberán capturarse los datos de Tipo de Movilización. Nota: El nombre del transportista corresponde a la persona que está llevando el tramite; en este caso el Dueño. 10 Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

51 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 51 Guía Específica para la impresión y validación del certificado para importación. Clave: GI-IF-PF-05 Fecha:21/12/2010 Revisión: 01 I. INGRESO Y LIBERACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Objetivo: Liberar tramite en el SIIF y Certificados No. Actividad Documento Involucrado Una vez capturada la información se activa la casilla Salvar. Después de Salvar, se activa las impresiones del CI y RTI. 11 Deben imprimirse 3 Copias del C.I y una copia del R.T.I, así se concluye el trámite en el SIIF. Regresar a Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

52 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 52 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE BOVINOS PARA REPRODUCCIÓN, DE IMPORTACIÓN. CONTENIDO INTRODUCCIÓN...53 OBJETIVO...53 ALCANCE 53 MARCO JURÍDICO...53 DIFUSION DE LA GUÍA 54 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS...54 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE..56 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL...57 ETAPA III. INSPECCIÓN FÍSICA...58 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN..62 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

53 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 53 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 INTRODUCCIÓN Dado el constante crecimiento en el intercambio de mercancías agropecuarias del país, se incrementa el riesgo de introducción de plagas y enfermedades que afecten al sector agropecuario, por lo que se requieren herramientas que al mismo tiempo permitan homologar criterios de inspección, orienten al personal oficial de sanidad sobre el qué, en dónde y cómo buscar; de ahí la importancia de la elaboración e implementación de Guías generales y específicas de inspección, verificación, certificación y en su caso vigilancia; para garantizar la debida protección del campo mexicano, aplicando los mismos criterios en cualquier Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria y Puntos de Verificación e Inspección Federal, según corresponda. OBJETIVO Otorgar una herramienta al personal oficial para que realice las etapas del proceso de inspección y certificación de forma homóloga. ALCANCE La presente Guía es de aplicación en todos los puntos de ingreso al país autorizados para importar ganado bovino para reproducción, que cuenten con la infraestructura necesaria, excepto para bovinos con Inspección en Origen, la cual entrara en vigor a partir del 01 de febrero de MARCO JURÍDICO Ley Federal de Salud Animal Ley Federal de Derechos Ley de Comercio Exterior Ley Federal sobre Metrología y Normalización Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO mediante el cual se enlistan las enfermedades y plagas de los animales, exóticas y endémicas de notificación obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

54 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 54 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. Norma Oficial Mexicana NOM-019-ZOO-1994, Campaña nacional contra la garrapata Boophilus spp. Norma Oficial Mexicana 024-ZOO-1995 Especificaciones y características zoosanitarias para el transporte de animales, sus productos y subproductos, productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos Norma Oficial Mexicana NOM-031-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis). Norma Oficial Mexicana NOM-041-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales Norma Oficial Mexicana NOM-051-ZOO-1995, Trato humanitario en la movilización de animales. Norma Oficial Mexicana NOM-054-ZOO-1996, Establecimiento de cuarentenas para animales y sus productos. NORMA Oficial Mexicana NOM-058-ZOO-1999, Especificaciones para las instalaciones y operación de los puntos de verificación e inspección zoosanitaria. Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Código Sanitario para los Animales Terrestres. ( DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de la OISA, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio. LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS Esta Guía específica es complementaria de la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. La verificación, e inspección y embarque debe realizarse en instalaciones previamente validadas por la Dirección General y en su caso el área Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

55 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 55 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 normativa; con luz de día y condiciones medioambientales que permitan realizar las actividades mencionadas, incluso tratándose de corrales móviles en puertos marítimos o aeropuertos. Horarios: El horario para inspección será de 8:00 a 16:00 hrs. El trámite podrá iniciarse un día antes de la llegada de los animales y de la inspección física. Para animales vivos no hay servicio extraordinario. El personal oficial debe realizar la inspección física de los animales con guantes de latex, cubrebocas overol y botas. Cuando se realice modificación en el número de animales como resultado de la inspección física, al presentar un nuevo trámite el oficial deberá cotejar toda la información de la Hoja de Trabajo, y revisara que coincida con el número de animales que fueron aceptados y aprobados en la inspección física. En el supuesto de que se presenten bovinos a inspección tanto en corral como en manga y prensa de inspección amparados con dos o más Certificados Zoosanitarios Internacionales del mismo importador y éstos ya se han mezclado en la inspección física y se detectan ectoparásitos en alguno de los lotes, el 100% del ganado será rechazado. Se deberá emitir un Certificado para Importación por exportador. Al momento del embarque de los animales se deberá verificar que las jaulas destinadas para el transporte de los bovinos se encuentren limpias. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

56 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 56 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE (de click para ir a la etapa correspondiente de la GI-IF-PF-01) Objetivos: Recibir del usuario la solicitud y expedientes para la inspección, verificación y certificación de ganado bovino para reproducción de importación. 1. Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

57 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 57 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivo: Verificar que los documentos del expediente cumplan con la normativa vigente aplicable. 1) Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01 2) Cotejar y verificar que en la Hoja de Trabajo además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial: a) La movilización interna hasta su destino final. b) Deberá coincidir con el domicilio indicado en la Unidad de Producción Pecuaria (UPP). c) Así como los Puntos de Verificación e Inspección Federales (en caso de que aplique) indicados en la Hoja de Trabajo que corresponda al destino de la UPP. 3) Verificar las indicaciones de los Requisitos Zoosanitarios, que estén a nombre del importador, vigente y corresponder a la mercancía a importar. 4) Verificar que el Certificado Zoosanitario Internacional contenga: a) La edad (meses), sexo y raza de los animales. b) Identificación individual permanente de los animales (arete metálico y en caso de ganado de registro puede ser arete de plástico, tatuaje o marca de hierro candente, crio-marcaje en muslo o chip del animal). 5) Revisar que el expediente cuente con: Para EUA y Canadá: a) Copia del oficio de asignación de las claves UPP y/o PSG. b) El oficio original de autorización de la CPA, el cual se deberá quedar en el expediente. c) Oficio de Autorización de las instalaciones otorgada por la Delegación de la SAGARPA en el estado de destino d) Contrato de UPP y PSG original el cual se deberá quedar en el expediente. Para Australia y Nueva Zelanda: conforme a la Requisitos Zoosanitarios y protocolos zoosanitarios acordados con los países. 6) Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efecto de dictaminar lo procedente, del trámite que en particular se revisó su documentación. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

58 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 58 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 ETAPA III. INSPECCIÓN FÍSICA Objetivos: Verificar que el ganado coincida con la documentación que lo ampara y cumpla con la normativa vigente aplicable. 1) Además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial: 2) Iniciar esta etapa y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente de que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de la etapa, excepto cuando se detecte en la inspección física individual la presencia de ectoparásitos y/o signología de enfermedad vesicular debe ser cancelado inmediatamente el trámite de importación. 3) Requerir al responsable de los corrales proporcione la ubicación de los animales. 4) Realizar la Inspección física en GRUPO de los animales en corrales de descanso: a) Observar la dinámica del grupo de animales, para detectar aquellos signos o lesiones que no es factible observar en estática en la manga y prensa de inspección como es el caso de enfermedades vesiculares, heridas, laceraciones y/o abscesos en piel, debilidad, letargia, deshidratación, caquexia, claudicaciones, enfermedades infectocontagiosas en el aparato respiratorio (dificultad para respirar, secreciones nasales), digestivo (diarrea, prolapso rectal), reproductor (secreciones vaginales, prolapso vaginal, orquitis, balanitis, balanopostitis) y glándula mamaria (mastitis, ulceraciones y/o alteraciones evidentes), ocular (ceguera unilateral o bilateral, secreciones oculares, ojo rosado); nervioso (tics, incoordinación, desplazamiento en círculos); papilomatosis, ectoparásitos. b) Marcar los bovinos rechazados para su separación durante el manejo. c) Si hay diagnóstico presuntivo y/o evidencia de signos de enfermedades trasmisibles de alto riesgo zoosanitario (ver Lista OIE), remitirse a la actividad 12 de esta Etapa. 5) Realizar la Verificación e Inspección física INDIVIDUAL al 100% de los animales en trampa o manga y en prensa de inspección. a) Colocarse el equipo de seguridad Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

59 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 59 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 b) Cotejar la identificación individual arete metálico obligatorio (excepto cuando provengan de Estados Libres de Brucelosis y Tuberculosis), y en el caso de ganado de registro arete de plástico o tatuaje, número de registro o marca de hierro candente, crio-marcaje en muslo o chip del animal, que ésta corresponda a la señalada en la certificación y a la relacionada en las pruebas de laboratorio a los que fueron sometidos para dar cumplimiento a los Requisitos Zoosanitarios y demás disposiciones zoosanitarias. Inspeccionar y palpar ambos lados del animal, en el siguiente orden: a) Cavidad oral: Salivación excesiva, aftas y verificación de edad. b) Cabeza: Revisión de fosas nasales, orejas, papada, cuello buscando presencia de ectoparásitos, alteraciones de piel, tumoraciones; en ojos detección de ceguera, ojo rosado; inflamación de ganglios, papilomas, asimetría de ambos lados de la cabeza y cuello. c) Tórax: en piel presencia de sarna, dermatomicosis, ectoparásitos vivos en pliegues axilares, miasis, inflamación de ganglios, auscultación para detectar enfermedades respiratorias. d) Abdomen: enfermedades digestivas, glándula mamaria (mastitis, laceraciones, úlceras), hernias, problemas de piel. e) Cuartos delanteros y traseros: cojeras, gabarro, úlceras, inflamación de ganglios, heridas frescas, golpes, traumatismos, abscesos, tumoraciones. f) Aparato reproductor: En caso de las hembras: secreciones vaginales (incluye sangrado), prolapsos, papilomas, úlceras. En caso de los machos: integridad del escroto, pene, tamaño y forma de los testículos buscando anormalidades, úlceras, fibrosis o alguna alteración que indique alguna enfermedad infectocontagiosa. g) Región anal: Evidencia de diarrea, prolapso rectal, parásitos. h) Maslo de la Cola: Presencia de ectoparásitos. Observar durante la inspección individual, la actitud y posturas anormales como la extensión de la cabeza y cuello que indique algún trastorno nervioso. Los becerros que hayan nacido en los corrales, deberán ser inspeccionados y registrados en el Registro de Trámite de Inspección, las crías serán amparadas Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

60 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 60 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 con el estatus sanitario de la madre indicado en el certificado de exportación sanitario. 6) Indicar al personal del SINIIGA que coloque el arete a los animales aceptados al final de cada inspección individual, incluidas las crías nacidas en el corral. 7) Solicitar al personal del SINIIGA al término de la inspección individual de todo el hato, copia de la Correlación de Ganado Identificado (conocida como Hoja de Campo del SINIIGA). 8) Verificar que el transporte (jaulas) en el que se van a movilizar los animales de importación sea el adecuado y dé cumplimiento a la NOM-024-ZOO-1995, en relación con limpieza. Nota: Si al término de la inspección no se han presentado los vehículos que transportarán a los animales, éstos deberán quedarse en los corrales, colocando un fleje para su control y por ningún motivo debe ser movido o embarcado sin la presencia del personal oficial, el cual realizará la revisión de los vehículos y el flejado, al día siguiente de sus funciones y cuando sea día hábil. 9) Supervisar que los animales seleccionados se embarquen a los vehículos, colocar los flejes y verificar que los datos de las placas de las jaulas y número de flejes se hayan especificado en el CZI; de ser más de dos vehículos los datos de éstos se especificaran en el FIV. 10) Dictamen de Rechazo parcial cuando un animal durante la inspección física o en grupo: a) No esté clínicamente sano al momento de inspección b) No cuente con su identificación individual oficial o no coincida con la señalada en la certificación y/o prueba. c) Marcar con una X con pintura en la grupa y ordenar su separación en un corral, en el que no podrán juntarse con los animales elegidos para importarse. d) Cancelar el trámite en el SIIF y en el RTI. Si el usuario desea continuar con el procedimiento para su importación debe generar un nuevo trámite con su correspondiente pago de derechos, especificando la nueva cantidad de animales a importar, en este caso se remite al numeral 9 de esta etapa. 11)Dictamen de Rechazo Total del embarque: Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

61 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 61 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 a) Si hay diagnóstico presuntivo y/o evidencia de signos de enfermedades trasmisibles de alto riesgo zoosanitario (ver Lista OIE) y ACUERDO mediante el cual se enlistan las enfermedades y plagas de los animales, exóticas y endémicas de notificación obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos. b) El oficial establecerá las medidas zoosanitarios y de bioseguridad que correspondan. c) Se retiene el original del Certificado Zoosanitario Internacional y se estampa el sello de rechazado. d) Enviar correo electrónico con copia del Certificado Zoosanitario Internacional del rechazo a las OISA s (Puertos, Aeropuertos y Fronteras) autorizadas para importar ganado bovino para reproducción. 12)Cancelar la importación del embarque, con opción para el usuario de solicitar nuevamente el trámite o retorno en los siguientes casos: a) Si se detectan ectoparásitos: deberá ponerse sello de rechazado en el Certificado Zoosanitario Internacional (CZI) y se procede a cancelar el trámite. b) Si los datos del vehículo al momento del embarque del ganado NO coinciden con el indicado en el CZI: Se indica al usuario que debe presentar nuevamente su trámite realizando su debida rectificación y su correspondiente pago. 13)Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efectuar las actividades de cancelación o rechazo, o de aceptación del trámite como resultado de la inspección. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

62 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 62 Guía Específica para la inspección y certificación de bovinos para reproducción, de importación. Clave: GI-IF-PF-08 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN 1) Además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Continuar con el punto 3 de la etapa IV de Certificación de la Guía General para la Inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 3) Al final de la Certificación se debe informar a través de un oficio al Subdelegado Agropecuario de la Delegación Estatal de la SAGARPA del Estado de destino del ganado, con copia a la CPA, del arribo de los animales indicando la cantidad de cabezas por vehículo, número de folio de flejes y del CZI, las placas de los vehículos en las que se cargaron los animales, la fecha y hora probable del arribo a las instalaciones en destino, agregando copia del expediente el mismo día por correo electrónico. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

63 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 63 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE OVINOS Y CAPRINOS PARA SACRIFICIO, DE IMPORTACIÓN. CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVO ALCANCE MARCO JURÍDICO DIFUSION DE LA GUÍA LINEAMIENTOS ESPECIFICOS. 65 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA ETAPA IV. CERTIFICACIÓN.. 73 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

64 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 64 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 INTRODUCCIÓN Dado el constante crecimiento en el intercambio de mercancías agropecuarias del país, se incrementa el riesgo de introducción de plagas y enfermedades que afecten al sector agropecuario, por lo que se requieren herramientas que al mismo tiempo permitan homologar criterios de inspección, orienten al personal oficial de sanidad sobre el qué, en dónde y cómo buscar; de ahí la importancia de la elaboración e implementación de Guías generales y específicas de inspección, verificación, certificación y en su caso vigilancia; para garantizar la debida protección del campo mexicano, aplicando los mismos criterios en cualquier Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria y Puntos de Verificación e Inspección Federal según corresponda. OBJETIVO Otorgar una herramienta al personal oficial para que realice las etapas del proceso de inspección y certificación de forma homóloga. ALCANCE La presente Guía es de aplicación en todos los puntos de ingreso al país autorizados para importar ovinos y caprinos para sacrificio. MARCO JURÍDICO Ley Federal de Salud Animal Ley Federal de Derechos Ley Federal de Procedimiento Administrativo Norma Oficial Mexicana NOM-019-ZOO-1994, Campaña nacional contra la garrapata Boophilus spp. Norma Oficial Mexicana 024-ZOO-1995 Especificaciones y características zoosanitarias para el transporte de animales, sus productos y subproductos, productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por estos. Norma Oficial Mexicana NOM-051-ZOO-1995, Trato humanitario en la movilización de animales. Norma Oficial Mexicana NOM-054-ZOO-1996, Establecimiento de cuarentenas para animales y sus productos. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

65 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 65 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 NORMA Oficial Mexicana NOM-058-ZOO-1999, Especificaciones para las instalaciones y operación de los puntos de verificación e inspección zoosanitaria. ACUERDO por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de la OISA, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS: Esta Guía específica es complementaria de la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial y entrará en vigor a partir del 01 de febrero del La inspección, verificación y embarque debe realizarse en instalaciones previamente validadas por la Dirección General y en su caso el área normativa; con luz de día y condiciones medioambientales que permitan realizar las actividades mencionadas, incluso tratándose de corrales móviles en puertos marítimos o aeropuertos. Horarios: El Horario para inspección será de 8:00 a 16:00 hrs y el tiempo restante será previsto para el embarque El trámite podrá iniciarse un día antes de la llegada de los animales y de la inspección física. Para animales vivos no hay servicio extraordinario. El personal oficial debe realizar la inspección física de los animales con guantes de latex, cubrebocas overol y botas. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

66 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 66 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 El importador notificará, con 8 días naturales de anticipación, a la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) con copia a la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA) la fecha programada del embarque, a fin de coordinar las acciones de inspección veterinaria oficial y de custodia correspondientes; en caso de cualquier cambio deberá notificar con tres días hábiles de anticipación a la fecha programada. Personal de Oficinas Centrales comunica vía electrónica a la OISA el nombre del MVZ designado para custodiar cada embarque. Cuando se realice modificación en el número de animales como resultado de la inspección física, al presentar un nuevo trámite el oficial deberá cotejar toda la información de la Hoja de Trabajo, y revisara que coincida con el número de animales que fueron aceptados o aprobados en la inspección física. En el supuesto de que se presenten ovinos y/o caprinos a inspección tanto en corral como en manga y prensa de inspección amparados con dos o más Certificados Zoosanitarios Internacionales del mismo importador y éstos ya se han mezclado en la inspección física y se detectan ectoparásitos en alguno de los lotes, el 100% del ganado será rechazado. Se deberá emitir un Certificado para Importación por exportador. Al momento del embarque de los animales se deberá verificar que las jaulas destinadas para el transporte de los ovinos y caprinos se encuentren limpias. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

67 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 67 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE Objetivo: Revisar del usuario la solicitud y expediente para la inspección, verificación y certificación del ganado ovino y caprino de importación. 1) Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

68 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 68 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivo: Verificar que los documentos del expediente cumplan con la normativa vigente aplicable. 1) Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Cotejar y verificar en la Hoja de Trabajo además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial: a) Que el nombre y domicilio del importador y el establecimiento TIF de destino sean únicamente de razones sociales que estén incluidos en el registro de importadores de ovinos/caprinos de la SAGARPA. b) Constatar que los Puntos de Verificación e Inspección Federal (PVIF) declarados por el usuario se encuentran dentro de la ruta del Establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF) de destino. 3) Revisar en el Certificado Zoosanitario Internacional que ampara los ovinos y/o caprinos: a) Sexo y raza de los animales b) Identificación individual de los animales (número de arete) c) Fecha y producto, así como que se haya aplicado cuando menos 72 horas antes de presentar los animales a inspección. 4) Remitirse a la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efecto de dictaminar lo procedente del trámite que en particular se revisó su documentación. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

69 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 69 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA Objetivos: Verificar que el ganado ovino y caprino para sacrificio de importación coincida con la documentación y cumpla con la normativa vigente aplicable. 1) Además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Iniciar esta etapa y desarrollar todas las actividades hasta el final, independientemente de que se detecten incumplimientos en la parte inicial o intermedia de la etapa, excepto cuando se detecte en la inspección física individual la presencia de ectoparásitos y signología de enfermedad vesicular debe ser cancelado inmediatamente el trámite de importación. 3) Realizar la Inspección física en GRUPO de los animales: a) Observar la dinámica del grupo de animales en los corrales de descanso, para detectar aquellos signos de enfermedades, heridas, laceraciones y/o abscesos en piel, debilidad, letargia, caquexia, claudicaciones, dificultad para respirar, secreciones nasales, diarrea, incoordinación, desplazamiento en círculos. b) Marcar a los ovinos y caprinos que presenten cualquiera de los signos antes mencionados ver catalogo de rechazos del SENASICA, con una tinta permanente X en el dorso de la cabeza para su separación durante el manejo. c) Aceptar a los animales que no presenten signos de enfermedad durante la inspección en grupo y proceder a la inspección individual. 4) Realizar la inspección física INDIVIDUAL del 100% de los animales del lote en manga: a) Verificar que la identificación de los aretes de los animales corresponda a la señalada en el Certificado Zoosanitario Internacional, en caso de que un animal tenga dos o más aretes, cuando menos uno deberá estar señalado en el Certificado Zoosanitario Internacional. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

70 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 70 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 5) Inspeccionar y palpar ambos lados del animal, en el siguiente orden: a) Cavidad oral: Salivación excesiva y aftas. b) Cabeza: Revisión de orejas, evidencias de enfermedades respiratorias, papada, cuello buscando ectoparásitos vivos o muertos, alteraciones de piel, tumoraciones; en ojos detección de ceguera, nube, ojo rosado; inflamación de ganglios, papilomas, asimetría de ambos lados de la cabeza y cuello. c) Tórax: en piel presencia de sarna, dermatomicosis, ectoparásitos vivos o muertos en pliegues axilares, miasis, inflamación de ganglios, auscultación para detectar enfermedades respiratorias. d) Abdomen: enfermedades digestivas, glándula mamaria (mastitis, laceraciones, úlceras), hernias, problemas de piel. e) Cuartos delanteros y traseros: cojeras, gabarro, úlceras, inflamación de ganglios, heridas frescas (no causadas por la trasquila), golpes, traumatismos, abscesos, tumoraciones f) Aparato reproductor: En caso de las hembras: secreciones vaginales (incluye sangrado e infecciones), prolapsos, papilomas, úlceras. En caso de los machos: que estén castrados y que en general no se perciba de alguna enfermedad infectocontagiosa. g) Región anal: Evidencia de diarrea, prolapso rectal, ecto y endoparásitos. h) Maslo de la Cola: Presencia de ectoparásitos, que en la parte dorsal del maslo de la cola estén identificados con una X de tinta indeleble de 5 pulgadas de ancho y de alto. i) Verificar que los animales hayan sido trasquilados previamente a la exportación. 6) Observar durante la inspección individual, la actitud y posturas anormales como la extensión de la cabeza y cuello que indique algún trastorno nervioso como el scrapie. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

71 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 71 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 7) Dictaminar el trámite: 4.1 Cancelar el trámite y rechazar el animal para su importación durante la inspección física individual o en grupo conforme lo indique el catalogo de rechazos de ovinos emitido por el SENASICA. 4.2 Cancelar el trámite y rechazar el total del embarque para su importación durante la inspección física individual o en grupo conforme lo indique el catalogo de rechazos de ovinos emitido por el SENASICA y además: a) Invalidar el original del Certificado Zoosanitario Internacional colocando el sello de rechazado. b) Notificar vía correo electrónico a las OISA s autorizadas para la importación de esta misma especie y función zootécnica para evitar que presenten este ganado a inspección en otras OISA s. 4.3 Cancelar la importación del embarque con opción de solicitar nuevamente el trámite o retorno: a) Si como resultado de la inspección física se hayan rechazado cierto número de animales. b) Si los datos del vehículo no coincidan con el indicado en el CZI. c) Se indica en ambos casos al usuario que puede presentar un nuevo trámite realizando su debida modificación y su correspondiente pago de derechos. 8) Verificar que el transporte en el que se van a movilizar los animales que han sido aceptados para su importación, sea el adecuado y de cumplimiento a la NOM-024- ZOO-1995, con relación con limpieza. Nota: Si al término del horario de atención establecido no se han presentado los vehículos que transportarán a los animales para su revisión, inspección, embarque y despacho, el ganado deberá quedarse en los corrales y por ningún motivo debe ser Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

72 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 72 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 movido o embarcado sin la presencia del personal oficial, el cual realizará la revisión de los vehículos y el flejado, al día siguiente de sus funciones y cuando sea día hábil. 9) Supervisar que los animales seleccionados para su importación se embarquen en presencia del oficial a los vehículos, colocar los flejes y verificar que las placas de las jaulas y número de flejes sean los mismos que se indicaron en el Certificado Zoosanitario para Importación. 10)Remitirse a la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efectuar las actividades de cancelación o rechazo, o de aceptación de continuar con el trámite, como resultado de la inspección. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

73 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 73 Guía Específica para la inspección y certificación de ovinos y caprinos para sacrificio, de importación. Clave: GI-IF-PF-09 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Objetivos: Generar y entregar al usuario el Certificado Zoosanitario para Importación que avala el cumplimiento de la normativa vigente aplicable. 1) Además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Continuar con el punto 3 de la etapa IV de la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 3) Entregar el embarque y copia de la documentación (Certificado Zoosanitario para Importación, Certificado Zoosanitario Internacional y Hoja de asignación de custodio) al Médico Veterinario asignado para custodiar el embarque hasta el Establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF) de destino. 4) Al final de la Certificación se debe informar a través de un oficio a la Subdelegado Agropecuario Estatal de la SAGARPA del Estado de destino del ganado, con copia al MVZ responsable del establecimiento TIF de destino, del arribo de animales indicando la cantidad de cabezas por vehículo, número de flejes y folio del CZI, las placas de las jaulas en los que se transportaron los animales, la fecha y hora probable del arribo al Establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF) de destino, agregando copia del expediente el mismo día por correo electrónico. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

74 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 74 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE CARNE, CANALES, VÍSCERAS Y DESPOJOS PARA IMPORTACIÓN. CONTENIDO INTRODUCCIÓN OBJETIVO ALCANCE MARCO JURÍDICO DIFUSION DE LA GUÍA LINEAMIENTOS ESPECIFICOS ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL ETAPA III. INSPECCIÓN FÍSICA ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

75 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 75 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 INTRODUCCIÓN Dado el constante crecimiento en el intercambio de mercancías agropecuarias del país, se incrementa el riesgo de introducción de plagas y enfermedades que afecten al sector agropecuario, por lo que se requieren herramientas que al mismo tiempo permitan homologar criterios de inspección, orienten al personal oficial de sanidad sobre el qué, en dónde y cómo buscar; de ahí la importancia de la elaboración e implementación de Guías generales y específicas de inspección, verificación, certificación y en su caso vigilancia; para garantizar la debida protección del campo mexicano, aplicando los mismos criterios en cualquier Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria y Puntos de Verificación e Inspección Federal según corresponda. OBJETIVO Proporcionar al personal adscrito en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria una herramienta para la prestación del servicio de inspección, verificación y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación en los puntos de ingreso autorizados en Puertos, Aeropuertos y Fronteras. ALCANCE Este instrumento es de aplicación nacional, en todos los trámites de importación comercial de carne, canales, vísceras y despojos; a través del personal oficial del SENASICA adscrito en Puertos, Aeropuertos y Fronteras, ésta guía entra en vigor a partir del 1 de febrero del MARCO JURÍDICO Ley Federal de Salud Animal Ley Federal de Derechos Ley de Comercio Exterior Ley Federal sobre Metrología y Normalización Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación esta sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO mediante el cual se enlistan las enfermedades y plagas de los animales, exóticas y endémicas de notificación obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

76 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 76 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. Norma Oficial Mexicana NOM-004-ZOO-1994, Control de residuos tóxicos en carne, grasa, hígado y riñón de bovinos, equinos, porcinos y ovinos. NOM-030-ZOO-1995, Especificaciones y Procedimientos para la Verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria. NOM-058-ZOO-1999, Especificaciones para las instalaciones y operación de los puntos de verificación e inspección zoosanitaria. DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de la OISA, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS Esta Guía Específica es complementaria de la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. El personal oficial o auxiliar autorizado por la Secretaria deberá constatar al inicio de las actividades del día que el PVIZI cumpla con el Anexo 21. Conforme a los Lineamientos a cumplir por los laboratorios aprobados o autorizados en el área de constatación de residuos tóxicos o contaminantes en muestras de carne, canales, vísceras de importación, los resultados del laboratorio cuando sean negativos el laboratorio informa a la OISA y cuando sea positivo el laboratorio informará al Centro Nacional de Servicios de Constatación en Salud Animal (CENAPA), Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria Acuícola y Pesquera (DGIAAP) y Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF), posteriormente los embarques del mismo producto y de la misma planta deben detenerse en punto de ingreso hasta obtener el resultado de laboratorio, de ser positivo por segunda ocasión la DGIAAP, cancelará la planta y la eliminará del SICPA, en caso de ser negativo se libera el embarque y continúa monitoreando. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

77 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 77 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 El personal de la OISA al realizar la verificación e inspección de los productos objeto de esta Guía (carne, canales, vísceras y despojos) debe vestir: bata blanca, guantes de látex, cofia o casco, chamarra, cubreboca y cualquier otra vestimenta y equipo necesario para realizar la inspección, además de equipo: termómetro para verificar la temperatura de la mercancía, el usuario que acompañe al personal oficial deberá portar vestimenta similar con el fin de evitar una posible contaminación del producto. El personal oficial o de apoyo determinará el sitio de corte y la toma de la muestra. La muestra testigo se tomará únicamente cuando el interesado la solicite y quedará bajo custodia de la Secretaría, con costo al interesado. Para la asignación de la toma de muestra para análisis toxicológico, ésta deberá realizarse por número de planta, especie y producto. En caso de que un embarque haya sido certificado previo a la inspección ocular para presentarse en Punto de Verificación e Inspección Zoosanitaria Interno (PVIZI) en franja fronteriza y éste no se presente en un tiempo considerable para su inspección física, el personal oficial procederá a levantar un Acta Circunstanciada de hechos, debiendo reportar a su Subdirección correspondiente del caso. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

78 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 78 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE Objetivo: Recibir la solicitud y expedientes para la inspección, verificación y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para su importación. 1) Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

79 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 79 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivo: Verificar que los documentos que amparan la carne, canales, vísceras y despojos cumplan con la normativa vigente. 1) Se realizará conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Cotejar y verificar en la Hoja de Trabajo, además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial que tenga: a) El número de la planta autorizada el cual debe estar vigente en la página del SICPA. 3) Revisar que el Certificado Zoosanitario Internacional (CZI) que ampara la mercancía además contenga: a) Cantidad total de las mercancías a importar (peso neto). b) Fecha de empaque. c) Número de la planta autorizada (SICPA).Lote (para el caso de cajas o combos que venga impreso en los mismos, en el caso de canales que venga en el documento). 4) Dictaminar el trámite: Cancelar o rechazar además de lo que se específica en la GI-IF-PF-01 por lo siguiente: a) La planta o el establecimiento de procedencia no se encuentre enlistada en el SICPA. 5) Aceptar que continúe el trámite: Cuando cumpla con la normatividad vigente aplicable. 6) Cuando el trámite sea de Ucon: a) Si la leyenda en la Hoja de Trabajo es Inspección en Punto de Ingreso se deberá realizar la inspección conforme se establece en la etapa de inspección física. b) Si la leyenda en la Hoja de Trabajo es Inspección en TIF : Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

80 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 80 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 Solicitar presenten la mercancía en el Punto de Verificación sin desconsolidar. Procederá en el caso de cajas o combos a verificar conforme el numeral 3.4 de la Etapa III Inspección Física de esta Guía en dos pallets contiguos a la puerta del camión. Procederá en el caso de canales a verificar conforme el numeral 4.3 al punto de la Etapa III Inspección Física de esta Guía, así mismo que se cumpla conforme el numeral 8 de la Etapa III Inspección Física de esta Guía. En caso de no cumplir con la normativa vigente aplicable se deberá solicitar descarguen todo el embarque en el punto de ingreso y continuar con el dictamen del trámite que es el numeral 7.1 de la GI-IF-PF-01. En caso de cumplir se procederá a certificar de acuerdo con lo mencionado para la certificación para punto de ingreso de la GI-IF-PF-05, expidiendo el Certificado Zoosanitario para la Importación (CZI). Deberá flejar el embarque y anotar el número de los flejes en el Certificado Zoosanitario Internacional. Sellar Hoja de Trabajo. Entregar la Hoja de Trabajo y Anexo de lotes al usuario además de lo mencionado en el punto 5 de la GI-IF-PF-05. Registrar embarques en el FO-IF-PF-11 y enviar por correo electrónico al personal oficial de DGIAAP o DGIF o al Tercero Especialista Autorizado de la TIF de destino marcando copia de conocimiento al personal del establecimiento que le de seguimiento al Ucon. Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efectuar las actividades de cancelación o rechazo, o de aceptación de continuar con el trámite como resultado de la revisión documental. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

81 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 81 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 ETAPA III. INSPECCIÓN FÍSICA Objetivo: Verificar que la carne, canales, vísceras y despojos para importación coincida con la documentación y cumpla físicamente con la normativa aplicable. 1) Inspeccionar conforme se establece en la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial y además: 2) Considerar antes de realizar la inspección física los siguientes factores: a) Instalaciones adecuadas y previamente autorizadas por la DGIF para la verificación e inspección. b) El personal oficial o auxiliar verificará que el PVIZI cumpla con lo establecido en el Anexo 21. c) Realizarse en presencia del usuario (tramitador acreditado por el Agente Aduanal). 3) Inspección de carne, vísceras y despojos con presentación en cajas y combos: 3.1 En el caso de Ucon el personal oficial deberá solicitar al momento de la llegada del embarque al establecimiento TIF la siguiente documentación: a) CZI. b) Remisión de muestras para el laboratorio, de ser el caso. c) Copia de Hoja de Trabajo del CZI y anexo de lotes, con la firma del oficial que emite el CZI y sello de la OISA si ésta indica: Inspección en punto de ingreso procederá al cierre de chip conforme al Anexo 25. Inspección en TIF continua con el siguiente inciso. 3.2 Verificar en caso de que vaya a punto en franja fronteriza que lleve el fleje de reconocimiento aduanero y que coincida con el indicado en el pedimento y esté intacto; en el caso de que sea para inspección en establecimiento TIF se verificará que se encuentre intacto el fleje de la OISA o en su caso por reconocimiento aduanero que éste se indique en el pedimento original o copia. 3.3 Solicitar al personal encargado descargue del contenedor el 100% de la mercancía en el PVIZI, o en establecimiento TIF de ser Ucon y que los coloque Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

82 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 82 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 en pilas de 35 a 42 cajas y/o colocar los combos o pallets de manera que permita el paso del personal oficial o auxiliar para la revisión de las etiquetas. 3.4 Verificar que todas las cajas o combos estén bien identificadas, debiendo presentar: 1) Etiqueta de origen en el idioma del país de origen con el nombre genérico del producto, el peso neto en kg, nombre y número de la planta así como la fecha de empaque. 2) Etiqueta en español con la siguiente información y verificar que coincida con los mencionados en el CZI: a) País de origen. b) Nombre de la planta autorizada. c) Numero de la planta autorizada. d) Dirección de la planta autorizada. e) Nombre del producto. f) Leyenda de Manténgase en refrigeración o Manténgase en congelación según sea el caso. g) Deben conservar visible el sello de inspeccionado por la autoridad sanitaria competente del país de origen, así como el número de lote correspondiente conforme se indica en el CZI. Para el caso de producto originario de Canadá se considerará lo siguiente: Cárnicos frescos o congelados: la fecha sacrificio indicada en el CZI será equivalente al número de lote de mercancía. Cárnicos procesados: el número de lote será equivalente a la fecha de producción indicada en el CZI 3.5 Identificar aleatoriamente las cajas que se van a inspeccionar de acuerdo al Cuadro A del Anexo 19, las cuales serán trasladadas al cuarto de verificación o en su caso si cuenta con la contraseña Ucon de acuerdo al Anexo 24. En el caso de combos se determinara de acuerdo al Cuadro A del Anexo 19 y se seleccionará 1 pieza por cada combo, y en caso de contar con contraseña Ucon de acuerdo al Anexo 24. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

83 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 83 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 4) Inspección de canales: 4.1 Verificar que las canales estén desprovistas de piel, cerdas o plumas, vísceras, patas y cabeza, a excepción de las de cerdo, las cuales pueden presentar la cabeza. 4.2 Inspeccionar: a) En el PVIZI. b) Durante el cambio de canales del contenedor de origen al nacional. c) En el propio transporte, en cuyo caso se debe bajar en el PVIZI un 30% del volumen de carga para generar espacio para la inspección. 4.3 Determinar el número de canales a verificar de acuerdo al Cuadro B del Anexo Verificar que el 100% de las canales estén debidamente identificadas con el sello de la planta autorizada para exportar a México. 5) Realizar en el cuarto de verificación la inspección organoléptica y toma de muestra de la siguiente manera: En el caso de cajas con: Producto refrigerado en caja o combo: se realizará el examen organoléptico a una pieza de una de las cajas seleccionadas o piezas seleccionadas de los combos, a las demás se le realizara la verificación visual y solo a una se le realizará la toma de muestra para su envío al laboratorio conforme al Anexo 23. Producto congelado: se revisarán todas las cajas, solo a una se le realizará el corte conforme al Anexo 23 y de esa misma se tomara una parte para el examen organoléptico, el cual se colocará en bolsa doble de plástico y se colgará dentro de la tina de descongelación con agua a una temperatura de 37.5 o C durante 30 o 40 minutos, la otra parte será para su envío al laboratorio. En el caso de las canales colgadas en rieles, la inspección podrá realizarse en el área donde se encuentre dicha infraestructura y se seleccionarán las canales conforme al Anexo 19. 6) Realizar la inspección organoléptica (vista, tacto, olfato), para detectar anomalías y/o alteraciones en color, olor, material extraño y consistencia no característicos de la mercancía a importar. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

84 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 84 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 7) Realizar la toma de muestra de acuerdo al Anexo 23, para el caso Ucon sólo se tomarán en cuenta los incisos del 2 al 5, ver FO-IF-PF-12 8) Verificar y clasificar los defectos físicos y organolépticos de la mercancía de acuerdo al Anexo 20. 9) Verificar que el transporte este limpio para el embarque. 10)Dictaminar la Inspección Física: 10.1 Cancelar o rechazar el trámite: a) Cuando de acuerdo al Anexo 19, se rebasen los límites permisibles de aceptación o rechazo. b) Cuando los análisis de laboratorio en una segunda ocasión sean positivos a residuos tóxicos, en cuyo caso se deberá informar a oficinas centrales. c) Cuando el rechazo sea de algún lote de producto, la documentación y el producto será sellado con la leyenda de Rechazado. d) Para el caso del Ucon en caso de que se detecte un incumplimiento: Se procederá a levantar un Acta de hechos. e) Enviar por correo electrónico a oficinas centrales el FO-IF-PF-11 notificando el rechazo Aceptar continúe el trámite cuando cumpla con la normativa vigente aplicable y continuar con lo especificado en la GI-IF-PF-01 en su etapa IV Certificación. 11)Para el caso de importación con modalidad Ucon al final de la etapa de Inspección Física de la GI-IF-PF-01 el personal oficial de DGIAAP o DGIF, o el Tercero Especialista Autorizado de la TIF procederá al cierre de chip conforme al Anexo )Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para efectuar las actividades de cancelación o rechazo, o de aceptación de continuar con el trámite, como resultado de la inspección. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

85 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 85 Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Clave: GI-IF-PF-10 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Objetivos: Generar y entregar al usuario el Certificado Zoosanitario para Importación que avala el cumplimiento de la normativa vigente aplicable. 1) Realizar conforme a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial y además. 2) Expedir el Certificado Zoosanitario para Importación. 3) Integrar además en el expediente copia de la remisión de las muestras al laboratorio, comprobante de pago del análisis y el resultado del laboratorio en el archivo correspondiente. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

86 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 86 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 GUÍA ESPECÍFICA PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN ZOOSANITARIA PARA LA IMPORTACIÓN DE LÁCTEOS QUE NO REQUIEREN REFRIGERACIÓN. CONTENIDO INTRODUCCIÓN. 87 OBJETIVO. 87 ALCANCE.. 87 MARCO JURÍDICO.. 87 DIFUSION DE LA GUÍA.. 87 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS 88 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE.. 89 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL.. 90 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA.. 92 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN. 94 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

87 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 87 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 INTRODUCCIÓN Proporcionar al personal adscrito en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria una herramienta para la prestación del servicio de inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración en los puntos de ingreso autorizados en Puertos, Aeropuertos y Fronteras. OBJETIVO Otorgar una herramienta al personal oficial para que realice las etapas del proceso de inspección y certificación de forma homóloga para la inspección de lácteos que no requieren refrigeración. ALCANCE La presente Guía es de aplicación en todos los puntos de ingreso al país autorizados para importar lácteos que no requieren refrigeración, que cuenten con la infraestructura necesaria, la cual entrará en vigor a partir del 1 de febrero del MARCO JURÍDICO Ley Federal de Salud Animal ACUERDO por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ACUERDO por el que se establecen los medios de consulta de requisitos para la importación al territorio nacional de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad animal. DIFUSION DE LA GUÍA La difusión de esta guía a todos los usuarios del servicio y sus modificaciones posteriores se realizará a nivel nacional por medio de la DGIF a nivel central y a nivel local por medio del responsable de las OISA s, dicha difusión deberá ser documentada por medio de oficio. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

88 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 88 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS Esta Guía específica es complementaria de la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Cuando los requisitos zoosanitarios requieran que el embarque deba venir flejado de origen o procedencia, el oficial previa solicitud por escrito del usuario podrá verificar que el folio del fleje corresponda a lo declarado en la certificación y se encuentre intacto, a fin de llevar a cabo el PREVIO. Posteriormente el usuario deberá presentar la solicitud del trámite de importación ante la OISA. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

89 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 89 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 ETAPA I. INICIO DE TRÁMITE Objetivos: Recibir la solicitud y expedientes para la verificación, inspección, y certificación de lácteos que no requieren refrigeración para su importación. 1) Remitirse a la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

90 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 90 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 ETAPA II. REVISIÓN DOCUMENTAL Objetivo: Verificar que los documentos que amparan los lácteos que no requieren refrigeración cumplan con la normativa vigente. 1) Cotejar y verificar en la Hoja de Trabajo además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial: a) Que los lotes coincidan con los amparados en el Certificado Zoosanitario Internacional b) Cuando sea un requisito zoosanitario verificar que la planta se encuentre en el SICPA. 2) Revisar que el expediente cuente con: a) Escrito en origial del Importador bajo protesta de decir verdad el destino y uso específico de la mercancía. Cuando los requisitos zoosanitarios lo indiquen: a) Original y copia simple del certificado de control de calidad de la empresa fabricante b) Si el destino es para consumo animal deberá presentar una constancia expedida por la Subdelegación de Ganadería de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el estado de destino en la que se indique que se supervisará el empleo del producto en alimentación animal. Dicha constancia deberá indicar la cantidad a importar. 3) Revisar en el Certificado Zoosanitario Internacional que ampara la mercancía: Cuando los Requisitos Zoosanitarios indiquen: Para el caso de los productos que transiten por un país diferente al que emite el Certificado Zoosanitario Internacional (CZI) original, se aceptará la copia simple del CZI emitido por la autoridad competente del país de origen, siempre y cuando se presente el original del CZI expedido por la autoridad competente del país de procedencia, en el que se indique que el producto es originario del país de origen, con lo que se pueda verificar en cualquiera de los certificados zoosanitarios internacionales (del país de origen o procedencia) o en ambos de manera complementaria, su origen y procedencia. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

91 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 91 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 Cumplir con las demás especificaciones zoosanitarias de importación establecidas en los Requisitos Zoosanitarios. Verificar en el SICPA que la planta este autorizada y vigente. 4) Remitirse a la Guía General para el dictamen de la revisión documental de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

92 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 92 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 ETAPA III. INSPECCIÓN FISICA 1) Además de lo que se establece en la Guía General para la inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. 2) Verificar si así lo indican los Requisitos Zoosanitarios la certificación de números de flejes o sellos aplicados en el país de origen y/o procedencia, así como la condición intacta de los mismos. Nota: En el caso de que la autoridad de un tercer país (que es de tránsito) rompa y sustituya los flejes de origen, se aceptará un reporte oficial, con firma autógrafa y sello de esa misma autoridad. 3) Revisar las etiquetas de los envases (sacos, tambos, cajas, etc.), para constatar que los lotes y la mercancía indicada en éstas corresponde con lo declarado en la documentación. Asimismo, se revisarán los demás datos de trazabilidad aplicables, si los Requisitos Zoosanitarios lo indican. En aquellos productos donde la Requisitos Zoosanitarios indique la revisión física de la mercancía, para observar la pigmentación o cualquier otra característica verificable a simple vista o a través de la reacción con el agua y se constatará el 2% de los envases desconsolidados o en el caso de ferrocarril podrá ser en los mismos contenedores 4) Seleccionar el 20% de los contenedores que formen parte de una solicitud de importación (Registro de Trámite de Inspección-RTI) y desconsolidar al 100% su contenido: En caso de que el RTI contemple dos o más contenedores, la selección del contenedor a desconsolidar puede realizarse conforme a las dos opciones siguientes: a) Realizará la selección del contenedor a desconsolidar al azar. b) Si el embarque se constituye por 2 o más lotes y es posible conocer la distribución de los mismos en los contenedores (por ejemplo a través de la lista de empaque), se seleccionará directamente el contenedor que contenga el mayor número de lotes, con la finalidad de facilitar la revisión del total de éstos. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

93 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 93 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 5) Anotar en el RTI, la identificación de los contenedores que fueron desconsolidados. 6) Revisar la parte frontal del resto de los contenedores que formen parte del RTI: En caso de que el contendor seleccionado presente errores en el etiquetado, se deberá desconsolidar el embarque en su totalidad hasta confirmar la identificación de la mercancía. 7) Dictaminar el trámite: a) Cancelación del trámite: cuando se detecten lotes que no estén amparados por el Certificado Zoosanitario Internacional. b) Rechazo definitivo del embarque: Presencia de plagas Características como color, olor y textura diferentes a las del producto por importar Cuando se observe que la ruptura de los flejes oficiales de origen y no se presente un reporte oficial de la autoridad del tercer país que intervino (que es de tránsito). c) Aceptar que continúe el trámite, si derivado de la inspección física de la mercancía se observa que cumple con la normativa vigente aplicable. 8) Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para el dictamen de la inspección para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

94 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 94 Guía Específica para la inspección y certificación zoosanitaria para la importación de lácteos que no requieren refrigeración. Clave: GI-IF-PF-13 ETAPA IV. CERTIFICACIÓN Objetivos: Generar y entregar al usuario el Certificado Zoosanitario para Importación que avala el cumplimiento de la normativa vigente aplicable. 1) Remitirse a la Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial, para la certificación para la importación de lácteos que no requieren refrigeración Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

95 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 95 Guía Rápida para el Inicio de la Cadena de Custodia Clave: GI-IF-PF-15 Fecha: 22/10/2010 Revisión: 00 GUÍA RÁPIDA PARA EL INICIO DE LA CADENA DE CUSTODIA CONTENIDO INTRODUCCIÓN 96 OBJETIVO.. 96 MARCO JURÍDICO 96 LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES 96 ETAPA I. INICIO DE CADENA CUSTODIA. 98 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

96 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 96 Guía Rápida para el Inicio de la Cadena de Custodia Clave: GI-IF-PF-15 Fecha: 22/10/2010 Revisión: 00 INTRODUCCIÓN Durante la revisión documental para constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos para la importación de las mercancías agropecuarias reguladas por la SAGARPA, uno de los aspectos a revisar es la autenticidad de los certificados sanitarios del país de origen, con base en el listado de los oficiales autorizados para expedirlos y en los candados de seguridad que contienen los formatos (palabras o símbolos visibles solo con luz negra, leyendas, tramas, tipo de papel, logotipos, etc.), los cuales nos son notificados por los países exportadores. Es común que durante esta etapa, se detecte que el oficial que firma el documento no está en la lista autorizada o su firma no corresponde con la registrada o faltan todos o algunos de los candados, lo que es motivo de sospecha de la autenticidad del certificado o de la veracidad de la información, por lo que la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria solicita a la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria se gestione ante las autoridades correspondientes, se verifique si el certificado o la información es válida. Por otra parte, en caso de que la autoridad del país de origen notifique que el documento es apócrifo, es necesario que se le de el seguimiento jurídico correspondiente, para lo cual se requiere se de inició de la Cadena de Custodia. OBJETIVO Esta guía busca orientar al personal de las OISA para dar cumplimiento al Acuerdo número A/020/10 referido en el marco jurídico de esta guía, en el caso de la detección de documentos oficiales y no oficiales que amparan la mercancía, que pudieran presentar indicios o vestigios de la comisión de hechos delictuosos MARCO JURÍDICO Acuerdo número A/020/10 mediante el cual se establecen los Lineamientos que deberán observar todos los servidores públicos para la debida preservación y procesamiento del lugar de los hechos o del hallazgo y de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito. LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES Esta guía será aplicable hasta el dictamen de la revisión documental. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

97 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 97 Guía Rápida para el Inicio de la Cadena de Custodia Clave: GI-IF-PF-15 Fecha: 22/10/2010 Revisión: 00 Una vez detectado los documentos que pudieran ser indicios o vestigios de hecho delictuosos se deberá informar a la Dirección de Puertos, Aeropuertos y Fronteras, proveyéndoles simultáneamente de los documentos que causan la sospecha. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

98 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 98 Guía Rápida para el Inicio de la Cadena de Custodia Clave: GI-IF-PF-15 Fecha: 22/10/2010 Revisión: 00 ETAPA I. INICIO DE CADENA CUSTODIA Objetivos: Retener documentos que pudieran ser indicios relacionados con delito. 1) Retener documentos originales que son sospechosos de indicios relacionados con delito 2) Escanear o fotocopiar todos los documentos del trámite: 3) Deberá: a) Anotar en el campo de observaciones del RTI el fundamento y motivo legal de la cancelación del trámite, marcar claramente las observaciones detectadas en el inicio de trámite y revisión documental b) Solicitar acuse de recibo del RTI cancelado con nombre y firma del usuario. c) Firmar y sellar el RTI cancelado d) Entregar demás documentos presentados por el usuario 4) Informar al usuario que el documento será enviado a Oficinas Centrales para su revisión y validación 5) Informar del hecho a la DIPAF. 6) Enviar copia escaneada del trámite a las cuentas de correo electrónico de los responsables del área de la DIPAF. 7) Requisitar el Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o del hallazgo, únicamente los campos aplicables. 8) Enviar por vía postal: a) Documento original sospechoso de indicio de delito. b) Formato I de Preservación del lugar de los hechos y/o del hallazgo. 9) Del dictamen de la validación del documento: 1. De ser validado el documento: a. Elabora Oficio de entrega de documentos b. Informa al usuario que puede solicitar nuevamente su trámite c. Entrega documentos y oficio al usuario d. Recaba acuse de entrega de documentos 2. De no ser validado el documento: a) Elabora Oficio de notificación del dictamen y destino de la mercancía Nota: La Dirección de Puertos, Aeropuertos y Fronteras, así como la Dirección General Jurídica da seguimiento al caso. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

99 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 99 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 GUÍA ESPECÍFICA DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE SAGARPA CONTENIDO INTRODUCCIÓN 100 OBJETIVO ALCANCE..101 MARCO JURÍDICO..101 ETAPA I. DEL BIEN COMUN ETAPA II. DE LA IDENTIDAD Y SENTIDO DE PERTENENCIA ETAPA III. DE LA TRANSPARENCIA ETAPA IV. DEL RESPETO Y TOLERANCIA 103 ETAPA VI. RESPONSABILIDAD EN LOS ACTOS DE AUTORIDAD ETAPA VII. DESARROLLO HUMANO PERMANENTE 104 ETAPA VIII. EFICIENCIA DE LOS RECURSOS Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

100 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 100 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 INTRODUCCIÓN Los servidores públicos tenemos el compromiso de regirnos con base en principios tales como la integridad, la honradez, la justicia, el respeto y la transparencia y debemos tener una forma de conducirnos y actuar: con ética. Sólo así podremos garantizar que nuestra institución funcione adecuadamente y con credibilidad. Dentro de este marco se circunscribe la importancia del Código de Conducta Institucional, el cual se constituye por él: Bien Común Integridad Honradez Imparcialidad Justicia Transparencia Rendición de Cuentas Entorno Cultural y Ecológico Generosidad Igualdad Respeto Liderazgo En el Código de Conducta en el que se hace mención de la necesidad de apegarse a las Leyes y normas vigentes y abarca rubros generales sobre la correcta conducción del personal oficial que tiene contacto con el público. El Código de Conducta fue elaborado con base en las líneas estratégicas que prevé el Plan Nacional de Desarrollo , consistentes en prevenir y abatir las prácticas de corrupción e impunidad en la gestión pública; para ello se consultó el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo , el cual recoge el propósito y el compromiso de formar servidores públicos con principios y valores éticos que se apeguen estrictamente a la normatividad que rige el ejercicio de la función pública. OBJETIVO instrumentar herramientas que coadyuven a mejorar la calidad de los servicios que brinda la SAGARPA, pero sobre todo de incentivar la buena relación entre los empleados del instituto, Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

101 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 101 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 el Código de Conducta fomenta también una cultura laboral de responsabilidad compartida y beneficios mutuos. Estamos seguros de que una nueva edición de nuestro Código de Conducta nos enriquece porque somos una institución que, a la par de proyectar su imagen a nivel internacional, contribuye al fortalecimiento de la seguridad y soberanía nacionales. Instrumentar herramientas que contribuyan a incentivar el uso del código de conducta, a fin de mejorar la calidad de los servidores públicos, así como detallar aspectos de: presentación con el usuario, contacto con el usuario, trabajo en equipo, comportamiento, horario de trabajo, salud, higiene, etc., a fin de que impere invariablemente una conducta homogénea y digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño en situaciones especificas que se les presenten. ALCANCE Este instrumento es de aplicación nacional, para todo el personal oficial adscrito y auxiliar de la Dirección General Inspección Fitozoosanitaria. MARCO JURÍDICO El Código de Ética de los servidores públicos de la Administración Pública Federal está previsto en el artículo 49 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Oficio Circular No. SP/100/0762/02 por el que se da a conocer el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal. Código de Conducta de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. LINEAMIENTOS O CRITERIOS GENERALES Todos están obligados a respetar lo establecido en Oficios, Lineamientos, Guías, Códigos establecidos por la SAGARPA, SENASICA y esta Dirección General Los jefes y responsables, los oficiales y auxiliares de las OISA s y PVIF s están obligados a reportar cualquier incumplimiento a lo establecido en esta Guía a la Dirección de Área correspondiente de Oficinas Centrales. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

102 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 102 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 ETAPA I. DEL BIEN COMUN 1) Debe tomar decisiones y acciones dirigidas a proteger al país de la introducción y diseminación de plagas y enfermedades, por encima de intereses particulares ajenos a los de servicio público. 2) Debe seguir los procedimientos, guías e instrucciones que instruya la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria 3) No debe permitir que influyan en su juicio y conducta de intereses propios o ajenos particulares durante la inspección. ETAPA II. DE LA IDENTIDAD Y SENTIDO DE PERTENENCIA 1) Laborar un día completo de trabajo a cambio de un día completo de salario. 2) Presentarse siempre puntual a laborar. 3) Portar siempre gafete actualizado, visible, en buen estado. 4) Usar el uniforme/ropa limpia y planchada. 5) Vestir obligatoriamente el uniforme para el caso del personal oficial, en el caso del personal auxiliar debe portar ropa lo más parecida al uniforme oficial. 6) Portar con honestidad y respeto la investidura del cargo público. 7) Cuidar el aseo personal bajo la convicción de que la apariencia de los funcionarios refleja la imagen pública de la institución. 8) Los hombres no deben llevar el cabello largo y las mujeres deben traer el cabello recogido. 9) Presentarse de una manera respetuosa con el usuario usando como ejemplo las siguientes frases: a) Para solicitudes de trámite de inspección: Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

103 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 103 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 Buena(o)s (días, tardes, noches) (señor, señorita, señora) mi nombre es, soy Oficial de Sanidad Agropecuaria del SENASICA, en que podemos ayudarle? (Regresar a GI-IF-PF-02) b) Para los que están monitoreando a los pasajeros: Buena(o)s (días, tardes, noches) (señor, señorita, señora) mi nombre es, soy Oficial de Sanidad Agropecuaria del SENASICA de la Secretaria de Ganadería, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que realiza actividades para proteger al país de la introducción de plagas y enfermedades, por lo que si trae consigo productos y/o subproductos de origen animal o vegetal es importante inspeccionarlos 10)Despedirse de una manera respetuosa usando la siguiente frase: Muchas Gracias por su cooperación (Regresar a GI-IF-PF-02) ETAPA III. DE LA TRANSPARENCIA 1) Debe actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad. 2) Actuar con transparencia, honradez y justicia para fortalecer así la confianza de los ciudadanos. 3) Respetar las jerarquías establecidas dentro del organigrama. 4) Debe canalizar las problemáticas de los usuarios al área correspondiente dependiendo de la información que necesiten. 5) No debe dejar sin resguardo ni protección la información que se maneja para evitar un mal uso de la misma. 6) Debe denunciar cualquier incumplimiento a la normativa vigente por parte de cualquier personal oficial o auxiliar. ETAPA IV. DEL RESPETO Y TOLERANCIA 1) Evitar en todo momento situaciones de conflicto de interés durante el desempeño, lo cual deberá notificar a su superior jerárquico. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

104 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 104 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 2) No debe mentir para meter a otros en problemas. 3) No debe juzgar o entrometerse en las labores de otros compañeros. 4) No debe menospreciar el trabajo, las opiniones e ideas de los compañeros. 5) No debe hacer declaraciones o comentarios públicos relacionados con nuestra Institución, incluyendo opiniones orales (en radio, televisión, foros) y escritas (en periódico, revistas, libros, correo electrónico) que puedan resultar inapropiadas o negativas para la Secretaría. En caso de ser necesaria una declaración, ésta deberá ser aprobada por las autoridades competentes. 6) No debe ignorar o postergar el seguimiento, atención y respuesta oportuna e imparcial a todas las peticiones realizadas por los ciudadanos. Lo anterior, de acuerdo con sus responsabilidades y funciones. 7) No debe, por ningún motivo faltar al respeto a nadie (usuarios, compañeros, etc.), ni cometer, bajo ninguna circunstancia o pretexto, actos de amenaza u hostigamiento, si se presenta la situación debe notificar y solicitar ayuda de la autoridad competente, así como reportarlo de inmediato a su superior jerárquico (policía, ministerio público, etc.) ETAPA VI. RESPONSABILIDAD EN LOS ACTOS DE AUTORIDAD Deberá sujetarse en todo momento a la legislación, regulación, normatividad y disposiciones legales que rigen el actuar de los Servidores Públicos ETAPA VII. DESARROLLO HUMANO PERMANENTE 1) Promover la capacitación y actualización del personal a su cargo. 2) Promover el buen desempeño del personal y el cumplimiento de metas. 3) Difundir las oportunidades de capacitación y actualización. 4) Promover y proponer mejores esquemas de evaluación del desempeño. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

105 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 105 Guía Específica del Código de Conducta de SAGARPA Clave: GI-IF-PF-16 5) Asistir, desarrollar y terminar todos los cursos a los cuales se le ha dado la oportunidad de realizar. ETAPA VIII. EFICIENCIA DE LOS RECURSOS 1) Cuidar los bienes muebles e inmuebles.} 2) Utilizar racionalmente el agua, el papel y la energía eléctrica. Apagar la luz y cualquier aparato eléctrico cuando no se esté haciendo uso de él. 3) Uso y manejo adecuado de recursos financieros para la operación de las Oficinas. 4) Uso y manejo adecuado de recursos materiales (vehículos y equipos), es decir, únicamente para las actividades relacionadas al cumplimiento de las funciones oficiales. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

106 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 106 TARJETA DE PREVALIDACIÓN Clave: Anexo 1 Fecha: 21/10/2010 Revisión: 01 TARJETA DE PREVALIDACIÓN Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

107 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 107 TARJETA DE PREVALIDACIÓN Clave: Anexo 1 Fecha: 21/10/2010 Revisión: 01 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

108 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 108 TARJETA DE PREVALIDACIÓN Clave: Anexo 1 Fecha: 21/10/2010 Revisión: 01 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

109 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 109 Pedimento Clave: Anexo 2 PEDIMENTO Número de folio del pedimento Nombre del importador Pago del Certificado para Importación Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

110 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 110 Pedimento Clave: Anexo 2 Fracción arancelaria Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

111 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 111 Formato e5cinco Clave: Anexo 3 FORMATO e5cinco Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

112 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 112 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE PAGOS DE CERTIFICADOS DE IMPORTACIÓN A TRAVES DEL SOIA Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

113 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 113 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

114 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 114 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

115 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 115 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

116 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 116 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

117 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 117 Procedimiento de Revisión de pagos de certificados de Importación a través del SOIA Clave: Anexo 4 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

118 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 118 Hoja de Trabajo Clave: Anexo 5 HOJA DE TRABAJO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

119 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 119 Registro de Trámite de Inspección Clave: Anexo 6 REGISTRO DE TRÁMITE DE INSPECCIÓN La fecha y hora que se anotarán serán las de inicio de trámite Marcar con una cruz el espacio que corresponda a la dictaminación y podrá marcar, de ser procedente más de un espacio. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

120 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 120 Formato de Identificación de los Vehículos (FIV) Clave: Anexo 7 FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DE LOS VEHICULOS Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

121 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 121 Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o hallazgo Clave: Anexo 8 Fecha: 22/12/2010 Revisión: 01 FORMATO I PRESERVACIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS Y/O HALLAZGO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

122 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 122 Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o hallazgo Clave: Anexo 8 Fecha: 22/12/2010 Revisión: 01 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

123 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 123 Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o hallazgo Clave: Anexo 8 Fecha: 22/12/2010 Revisión: 01 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

124 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 124 Formato I Preservación del lugar de los hechos y/o hallazgo Clave: Anexo 8 Fecha: 22/12/2010 Revisión: 01 Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

125 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 125 Acta de Retención Clave: Anexo 9 ACTA DE RETENCIÓN SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA RELACIÓN DE PRODUCTOS RETENIDOS CON EL ACTA Y/O COMPROBANTES DE RETENCIÓN NUMERO DE REFERENCIA DE ACTA O COMPROBANTE RETENCIÓN PAIS DE ORIGEN PAIS DE PROCENCIA DESCRIPCION DEL PRODUCTO Animal (A) Vegetal (V) Acuícola (AC) Forestal (F) CANTIDAD (Kg) LUGAR DE DETECCIÓN FECHA MOTIVO DE RETENCIÓN Nombre y Firma de quien descarga información de anexo Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

126 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 126 Acta de Retención Clave: Anexo 9 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ACTA DE RETENCIÓN COMERCIAL TURISTICA TIPO VEGETAL OISA EN: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: IDENTIFICACIÓN: FECHA: DD MM AAAA HORA: C.P. EMPRESA TRANSPORTISTA: DOMICILIO/ORIGEN: NOMBRE DEL OFICIAL DE SEGURIDAD: TURNO: No. DE CREDENCIAL Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XII y XIII, 12 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 1, 6, y 7 fracciones XIII, XVIII, XIX y XXI, XXVIII, XLI, 15, 19 fracciones I, inciso L, IV, VII, VIII, 23, 24, 29,30, Fracción II, 58, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, DOF 05-Ene-1994 y su reforma del 26 de julio de 2007; de la Norma Oficial Mexicana NOM- - FITO, denominada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ; artículos 1, 2 fracción V, 19 fracción VIII, 3, fracción III, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XVI, XVII y XX, 49 fracciones I, VI, XVI, XX, XLIII, 50 y 54, fracciones I, II y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 4, 5, 8, 9, 11, y 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A RETENER PRODUCTO/ANIMAL ORIGEN MARCA/RAZA CANTIDAD PARA SU: ( ) RETORNO ( ) TRATAMIENTO ( ) DESTRUCCIÓN ( ) OTROS MOTIVO: INFORMACIÓN AL TEL. Correo electrónico: En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma INTERESADO O REPRESENTANTE Nombre e Identificación TESTIGO Nombre e Identificación TESTIGO OFICIAL O JEFE DE TURNO JEFE DE LA OISA O JEFE DE TURNO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

127 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 127 Acta de Retención Clave: Anexo 9 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ACTA DE RETENCIÓN COMERCIAL TURISTICA TIPO ZOOSANITARIO OISA EN: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: IDENTIFICACIÓN: FECHA: DD MM AAAA HORA: C.P. EMPRESA TRANSPORTISTA: DOMICILIO/ORIGEN: NOMBRE DEL OFICIAL DE SEGURIDAD: TURNO: No. DE CREDENCIAL Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XIII, 12 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 1, 6 fracciones I, II, III, IV, XI, XII, XIV, XX, XXII, LVII, LXIII, 16 fracciones II, IV, VI, VII, VIII, XV, 18 fracción VI, 24, 25, 26, 27, 32, 35 fracciones I, 36, 45, 126 fracción III, 127 fracciones I, V, 128, 129, 130, 133, 136 fracción I, 138 fracción I de la Ley Federal de Sanidad Animal DOF 25/07/2007; así como de la Norma Oficial Mexicana NOM- ZOO, denominada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ; artículos 1, 2 fracción V, 3, fracción III, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XVI, XVII y XX, 49 fracciones I, VI, XX, 50 y 54, fracciones I, II y XIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 1, 6, y 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A RETENER PRODUCTO/ANIMAL ORIGEN MARCA/RAZA CANTIDAD PARA SU: ( ) RETORNO ( ) TRATAMIENTO ( ) DESTRUCCIÓN ( ) OTROS MOTIVO: INFORMACIÓN AL TEL. En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma INTERESADO O REPRESENTANTE Nombre e Identificación TESTIGO Nombre e Identificación TESTIGO OFICIAL O JEFE DE TURNO JEFE DE LA OISA O JEFE DE TURNO l Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

128 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 128 Acta de Retención Clave: Anexo 9 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ACTA DE RETENCIÓN COMERCIAL TURISTICA TIPO ACUICOLA OISA EN: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: IDENTIFICACIÓN: FECHA: DD MM AAAA HORA: C.P. EMPRESA TRANSPORTISTA: DOMICILIO/ORIGEN: NOMBRE DEL OFICIAL DE SEGURIDAD: TURNO: No. DE CREDENCIAL Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XIII, 12 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 75, 76, 103, 104, 105 fracciones I y IV, 109 fracciones II y IV, 110 fracción III, 111, 112, 114 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; artículos 1, 2 fracción V, 3, fracción III, XIII, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XVI, XVII y XX, 49 fracciones I, VI, XX, 50 y 54, fracciones I, II y XIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 3, 7 y 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A RETENER PRODUCTO/ANIMAL ORIGEN MARCA/RAZA CANTIDAD PARA SU: ( ) RETORNO ( ) TRATAMIENTO ( ) DESTRUCCIÓN ( ) OTROS MOTIVO: INFORMACIÓN AL TEL. Correo electrónico: En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma INTERESADO O REPRESENTANTE Nombre e Identificación TESTIGO Nombre e Identificación TESTIGO OFICIAL O JEFE DE TURNO JEFE DE LA OISA O JEFE DE TURNO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

129 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 129 Acta de Destrucción Clave: Anexo 10 ACTA DE DESTRUCCIÓN SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA FITOSANITARIA ACTA DE DESTRUCCIÓN No OISA EN: FECHA: HORA: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: IDENTIFICACIÓN: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: C.P: NOMBRE DEL OFICIAL: TURNO No. DE CREDENCIAL ANTECEDENTES: Requisitos Fitosanitarios No. TESTIGOS: NOMBRE Acta de Retención No. DOMICILIO IDENTIFICACIÓN Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XII, XIII, 12, 13 y 75 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 6 y 7 fracciones XIII, XVIII, XIX y XXI, XXVIII, XLI, 15, 19 Fracción I, VIII, inciso L, 23, 24, 29, 30 fracción II, 58 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, DOF 05-Enero y su reforma publicada en el DOF el 26 de julio de 2007; de la Norma Oficial Mexicana NOM- -FITO, denominada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ; artículos 1, 2 fracción V, XXVI, 3, fracción III, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XIV, XV, XVI, XX, XLIII y 49 fracciones I, VI, XXI, 50 y 54, fracciones I y XIII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 4, 5, 8, 9, 11 y 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A LA DESTRUCCIÓN: MOTIVO: POR MEDIO DE: PRODUCTO: CANTIDAD: En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma JEFE DE OISA OFICIAL O JEFE DE TURNO INTERESADO O REPRESENTANTE NOMBRE Y FIRMA TESTIGO NOMBRE Y FIRMA TESTIGO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

130 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 130 Acta de Destrucción Clave: Anexo 10 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ZOOSANITARIA ACTA DE DESTRUCCIÓN No OISA EN: FECHA: HORA: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: IDENTIFICACIÓN: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: C.P: NOMBRE DEL OFICIAL: TURNO No. DE CREDENCIAL ANTECEDENTES: Requisitos Zoosanitarios No. TESTIGOS: NOMBRE Acta de Retención No. DOMICILIO IDENTIFICACIÓN Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XIII, 12, 13 y 75 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 6 fracciones I, II, III, IV, XI, XII, XVI, XX, XXII, LVII, LXIII, LXXI,, 16 fracciones IV, VI, VII, XII, XIII, XV, 18 fracción VI, 24, 26, 27, 28, 35 fracciones I, III, IV, XI, 36, 43, 45 fracciones III, 126 fracciones III, 127 fracciones I y V, 128, 129, 130, 133, 136 fracción I, 138 fracción I, de la Ley Federal de Sanidad Animal, DOF 25/07/2007; así como de la Norma Oficial Mexicana NOM- -ZOO-, denominada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ; artículos 1, 2 fracción V, 3, fracción III, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XV, XVI, y XX, 49 fracciones I, VI, XXI, 50 y 54, fracciones I y XIII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 1º, 6, 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A LA DESTRUCCIÓN: MOTIVO: POR MEDIO DE: PRODUCTO: CANTIDAD: En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma JEFE DE OISA OFICIAL O JEFE DE TURNO INTERESADO O REPRESENTANTE NOMBRE Y FIRMA TESTIGO NOMBRE Y FIRMA TESTIGO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

131 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 131 Acta de Destrucción Clave: Anexo 10 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ACUICOLA ACTA DE DESTRUCCIÓN No OISA EN: FECHA: HORA: NOMBRE DEL REPRESENTANTE O DEL PARTICULAR: IDENTIFICACIÓN: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL IMPORTADOR: DOMICILIO: C.P: NOMBRE DEL OFICIAL: TURNO No. DE CREDENCIAL ANTECEDENTES/ FAUNA ANTECEDENTES/FLORA TESTIGOS: (9) NOMBRE DOMICILIO Acta de Retención No. IDENTIFICACIÓN Con fundamento y en ejercicio de la competencia que me confieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, fracción I, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 26 y 35, fracciones IV y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 1, 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XIII, 12, 13 y 75 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 75, 103, 104, 105 fracciones I y IV, 109 fracción V, 110 fracción III, 111, 112, 114, 143 fracción IV de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable; artículos 1, 2 fracción V, 3, fracción III, 17, 18, fracciones I, III, IV y XVIII, 32, 33, fracciones V, VI, XI y XII, 35, fracciones XV, XVI, y XX, 49 fracciones I, VI, XXI, 50 y 54, fracciones I y XIII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; artículos 3 fracción XI, 40 fracciones I, XI, XII, 88 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; artículos 3, 7, 14 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SE PROCEDE A LA DESTRUCCIÓN: MOTIVO: POR MEDIO DE: PRODUCTO: CANTIDAD: En uso de la palabra el C. manifiesta lo siguiente: Para constancia de los hechos se levanta la presente que firman de conformidad las personas que en esta intervienen: Nombre y firma JEFE DE OISA OFICIAL O JEFE DE TURNO INTERESADO O REPRESENTANTE NOMBRE Y FIRMA TESTIGO NOMBRE Y FIRMA TESTIGO Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

132 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 132 Acta de Destrucción Clave: Anexo 10 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FITOZOOSANITARIA ANEXO DEL ACTA DE DESTRUCCIÓN Folio del Acta de Destrucción: No. de Acta de Retención Producto Peso (Kg) FITO ZOO ACUICOLA Total Oficial de Sanidad Agropecuaria Acuícola y Pesquera Nombre y firma Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

133 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 133 Certificado para Importación Clave: Anexo 11 CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN Aquí va el chip grabado (esto únicamente en el que se le entrega al transportista. Sello con características especificadas en el FO-IF-PF-05: Formato de sellos En este campo viene a quien se le debe entregar: Aduana Transpor tista Expedien PVIZI o PVIFI en franja fronteriza la firma y sello será del que realizó la revisión documental, para la validación en punto de ingreso será el Jefe de Turno o personal autorizado quien firme. PVIZI o PVIFI en franja fronteriza la firma y sello será del que realizó la inspección física de la mercancía, para la validación en punto de ingreso será el Jefe de Turno o personal autorizado quien firme. Regresar a contenido de la GI-IF-PF-01: Guía General para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

134 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 134 Cuadros de asignación de tamaño de la muestra y criterios de aceptación y rechazo Clave: Anexo 19 Fecha: 24/12/2010 Revisión: 01 CUADROS DE ASIGNACIÓN DE TAMAÑO DE LA MUESTRA Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO Cuadro A. Tamaño de la muestra para cajas y criterios de aceptación y rechazo. Tamaño de lote (toneladas) Cajas o piezas a inspeccionar Críticos Mayores Total *Ac **Re Ac Re Ac Re Hasta a a a a a a o más Cuadro B. Tamaño de la muestra para canales y criterios de aceptación y rechazo. Tamaño de lote Tamaño de Críticos Mayores Total (toneladas) la muestra Ac Re Ac Re Ac Re 100 o menos a a a más *Ac: Aceptado *Re: Rechazado GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

135 Coágulos de sangre Contusiones o magulladuras Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 135 Criterios para clasificación de defectos de carne, vísceras, despojos y canales Clave: Anexo 20 Fecha: 27/10/2010 Revisión: 00 CRITEROS PARA CLASIFICACIÓN DE DEFECTOS DE CARNE, VISCERAS, DESPOJOS Y CANALES CUADRO A. CRITERIOS PARA CLASIFICACIÓN DE DEFECTOS DE CARNE, VÍSCERAS Y DESPOJOS. Defecto Crítico Mayor Menor Uno o más que por su número o De más de 5 cm en su mayor dimensión o más de 5 de ellos de menor De 1 a 5 cm en su mayor dimensión. tamaño afecten seriamente la tamaño en una muestra que no afecte seriamente la utilidad del producto. utilidad del producto. Una o varias que por su número o De más de 6 cm en su mayor dimensión o de más de 2.5 cm de De menos de 6 cm en su mayor extensión afecten seriamente la profundidad o varias que pasen de 5 de menor tamaño en una muestra, dimensión y de menos de 2.5 cm de utilidad del producto. pero que no afecten seriamente la utilidad del producto. profundidad. Fragmentos de hueso Cartílago o ligamentos desprendidos Alimentos ingeridos o ingesta Materia fecal Material extraño peligroso Uno o más que por su número o tamaño afecten seriamente la utilidad del producto. Uno o más que por su número o tamaño afecten seriamente la utilidad del producto. Que por su número afecten seriamente la utilidad del producto. Que cubra un área de más de 1.5 cm en su mayor dimensión. De 4 cm o más en su mayor dimensión o más de 5 fragmentos menores en una muestra, pero que no afecten seriamente la utilidad del producto. Más de 5 en una muestra que no afecten seriamente la utilidad del producto. Cuando cubra un área de 1.5 cm o menor en su mayor dimensión. Cualquier cantidad. Cualquier materia o cuerpo orgánico o inorgánico que por sí Cualquier materia o cuerpo orgánico o inorgánico que por sí solo o en solo o en conjunto pueda causar conjunto pueda causar irritación moderada o trastornos, por ejemplo daño o trastorno, por ejemplo aceites minerales, óxidos y metales o pedazos de vidrio no pedazos de metal, vidrio o plástico punzocortantes. duro. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Menor de 4 cm en su mayor dimensión, excluyendo aquellas menores de 2 cm en su mayor dimensión. Trillas del hueso de la costilla de menos de 7.5 cm de largo y menos de 6 mm en su mayor diámetro, se considerará. De más de 2.5 cm de largo y libre de tejido muscular.

136 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 136 Criterios para clasificación de defectos de carne, vísceras, despojos y canales Clave: Anexo 20 Fecha: 27/10/2010 Revisión: 00 CUADRO A. CRITERIOS PARA CLASIFICACIÓN DE DEFECTOS DE CARNE, VÍSCERAS Y DESPOJOS. Defecto Crítico Mayor Menor Material extraño no peligroso Pluma, pelo, lana o piel Descompuesto Lesiones patológicas Manchas o áreas decoloradas Otros defectos Insectos grandes o relacionados con la insalubridad, así como cualquier otro material que por su número o tamaño afecte seriamente la utilidad del producto. En cantidad que afecte seriamente la calidad del producto. Cualquier grado detectable organolépticamente. Cualquier lesión a excepción de las manchas o áreas decoloradas. Áreas mayores o menores pero que por su número afecten seriamente la utilidad del producto. Que individualmente o en conjunto, afecten seriamente la apariencia o utilidad del producto. Trozos de madera sin aristas cortantes de 2.5 cm o más de largo, papel o plástico de más de 18 cm de largo, manchas de grasa lubricante, polvo de riel o material similar que cubran un área que exceda en su diámetro mayor a 1.5 cm, así como insectos pequeños no relacionados con la insalubridad y en número mayor de 5, pero que no afecten seriamente la utilidad del producto. Pedazos de piel con o sin pelo o lana de 1.5 cm o más en su diámetro mayor, más de 25 cabos de pelos, más de 5 mechones de pelo, lana o más de 5 plumas en una muestra, siempre y cuando ninguno de los mencionados afecte seriamente la utilidad del producto. Cualquier lesión que no haya sido evidente en la inspección post-mortem y que no afecte seriamente la aceptación del producto, por ejemplo cicatrices o tejido deteriorado. Que cubran un área de 4.1 a 7 cm en su diámetro mayor. Que individualmente o en conjunto afecte la utilidad del producto. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación. Papel o envolturas de plástico de 18 cm o menos, manchas de grasa lubricante, de polvo de riel o material similar que cubra un área de 3 mm a 1.5 cm en su diámetro mayor, así como barbillas de pasto que no estén asociadas a procesos inflamatorios. Trozos de piel con o sin pelo o lana de menos de 1.5 cm en su diámetro mayor, con un total de 5 a 10 cabos de pelo o lana como máximo, así como plumas en un número menor a 5. Que cubran un área de 1.5 a 4 cm en su diámetro mayor. Que individualmente o en conjunto afecte la apariencia del producto pero que no afecte su utilidad.

137 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 137 Criterios para clasificación de defectos de carne, vísceras, despojos y canales Clave: Anexo 20 Fecha: 27/10/2010 Revisión: 00 CUDRO B. CRITERIO DE CLASIFICACIÓN DE DEFECTOS EN CANALES Crítico Mayor Menor Parásitos: 4 o más gusanos o estados larvarios Magulladuras o heridas de más de 5 cm de ancho y más de 2.5 cm de profundidad. Magulladuras, heridas de más de 5 cm de ancho y 2.5 o menos de profundidad. Pelos o lana en un costado de la canal: 51 o más Parásitos: de 2 a 3 gusanos o estados larvarios. Magulladuras, heridas de 5 cm o menores de ancho y más de 2.5 cm de profundidad. Mechones: 5 o más, incluida el área del corvejón Pelo en un costado de la canal: de 26 a 50. Parásitos: un gusano o estado larvario. Cuero: de más de 7.5 cm. Mechones: de 3 a 4, incluida el área del corvejón. Pelo o lana en corvejón: 11 o más. Defectos de aliño: de más de 10 Cuero: de 1.5 a 7.5 cm. Pelo o lana en un costado de la canal: de 11 a 25. cm. Abscesos o tejido necrótico Aceite o grasa lubricante, manchas: de 5 cm. Mechones: 1 ó 2, incluida el área del corvejón. Descompuesto : Cualquier grado detectable organolépticamente. Polvo del riel o similar: una macha que cubra una área que exceda en su mayor diámetro 1.5 cm. Cuero de menos de 1.5 cm. Otro defecto: Que Defectos de aliño: de 5 a 10 cm. Aceite, grasa lubricante: manchas de menos de 5 cm, individualmente o en conjunto incluyendo gotas o estrías en el corvejón. afecten seriamente la apariencia o utilidad del producto. Otro defecto: Que individualmente o en conjunto afecten la utilidad del producto. Polvo del riel o similar: una mancha que cubra una área entre 3 mm a 1.5 cm en su mayor diámetro. Defectos de aliño: de 0.5 a 5 cm. Piezas inapropiadamente trimeadas, coágulos grandes en heridas, etc. Otro defecto: Que individualmente o en conjunto afecten la apariencia del producto. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

138 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 138 Verificación de Condiciones para la Inspección en PVIZI Clave: Anexo 21 FECHA: 1 2 OISA EN PUNTO DE VERIFICACIÓN ZOOSANITARIO Concepto Verificar que cumplan con la: Temperatura de andén 4 C o 39.2 F y limpieza adecuada para la desconsolidación. Temperatura de cuarto de verificación 10 C o 50 F y limpieza adecuada para realizar la inspección organoléptica y toma de muestra. 3 Temperatura del agua de la tina de descongelación 37.5 C o 99.5 F 4 Temperatura del agua del esterilizador de cuchillos 82.5 C o F Cumple Verificar que cuenten y funcionen lo siguiente: SI NO Se cuente con suficiente luz para realizar la inspección. 5 Sierra eléctrica de material inoxidable de tipo banda vertical. 6 7 Cuchillos de hoja de acero inoxidable con mango de plástico, Chaira con mango de acero inoxidable o plástico, Termómetro de vástago. Cubrepelo o cascos, cubreboca, guantes desechables, batas blancas, cascos, botas de hule o calzado industria, Chamarras para temperatura de refrigeración o congelación. 8 Bascula granataria. 9 Bolsa de plástico de alta densidad de polipropileno. 10 Material para sellar e identificar las muestras. 11 Etiquetas auto adheribles. 12 Congelador para las muestras, Hieleras. 13 Gabinete con cerradura para guardar equipo de inspección. 14 Autoclave. 15 Recipientes de plástico con tapa accionada por pedal para desechos. Si No Comentarios Personal Oficial de la DGIF Nombre: Firma: Personal del PVIZI Testigo Nombre: Firma: Cargo en el PVIZI: Nota: a) No se brindará el servicio cundo se incumpla con los numerales 1, 2, 3 y 5, por lo que de incidir deberá realizar las acciones necesarias para dar cumplimiento, posteriormente el oficial verificará nuevamente y registrará en este mismo reporte las observaciones y acciones implementadas por el PVIZI para dar cumplimiento, así mismo se deberá informar a la Dirección de Supervisión y Desarrollo con copia a su Subdirección correspondiente (Puertos, Aeropuertos y Fronteras). b) En el caso de no cumplir con el numeral 4 de este anexo, se podrá brindar el servicio siempre y cuando se utilice otro método de desinfección momentáneamente y el dueño del punto se comprometa en un plazo determinado la reposición o acondicionamiento del mismo. c) Este anexo se resguardará en los archivos de la OISA como antecedente del PVIZI. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

139 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 139 Determinación de la muestra, toma para análisis toxicológico, manejo y envío al laboratorio para carne, vísceras, despojos y canales Clave: Anexo 23 1) Determinación del Análisis: Cuando por normatividad se requiere toma de muestra, la asignación del análisis deberá realizarse mediante un rol establecido por día, garantizando que se realice toda la batería en once días para análisis de residuos: Ejemplo: Lunes: Antibióticos Martes: Sulfonamidas Etc. Cuadro. Determinación de análisis No día ANALISIS 1 Antibióticos + clenbuterol (bovino) 2 Sulfonamidas 3 Elementos traza: Cu, Cd, Pl 4 Arsénico 5 Mercurio 6 Plaguicidas Organofosforados 7 Ivermectinas 8 Bencimidazoles 9 Cloranfenicol 10 Hormonas 11 Organoclorados Para el caso de la especie bovino (hígado, riñón y ojo): Adicionalmente al análisis que le corresponda por día se deberá realizar el análisis para clenbuterol. Ejemplo: Lunes: Antibiótico + Clenbutero l 2) Toma de muestra: a) Para el caso de carnes: El personal de la OISA realizará 2 cortes transversales con una separación de 5 cm a diferentes niveles del contenido de la caja y posteriormente el oficial deberá regresar lo restante a la caja b) En caso de las canales: se deberá tomar una muestra de 250 gr. del diafragma y/o región cervical de una sola canal. c) En el caso de Ucon y el embarque contenga producto de dos plantas diferentes deberá tomar 2 muestras de 250 gramos. d) Para las vísceras y despojos solo se muestreara hígado y riñón la cantidad de la muestra se determinará de acuerdo a la NOM-004-ZOO-1994.

140 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 140 Determinación de la muestra, toma para análisis toxicológico, manejo y envío al laboratorio para carne, vísceras, despojos y canales Clave: Anexo 23 3) Preparación de muestra: Una vez obtenida la muestra se envuelve en papel aluminio y se deposita en una bolsa de polietileno transparente, extrayendo el aire residual y sellando con cinta adhesiva u otro material. 4) Identificación de muestra: Colocar etiqueta con los datos siguientes: a) Fecha de muestreo b) OISA de entrada c) Nombre y firma del inspector d) País de origen e) Nombre y número de la planta f) Número de lote g) Patente del agente aduanal, nombre y firma de éste o su representante. h) Número de folio del Registro de Trámite de Inspección. 5) Conservación de la muestra: La muestra se mantiene en congelación, hasta que se le entregue al representante del laboratorio que realizará el diagnóstico solicitado. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

141 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 141 Determinación de inspección para importadores Ucon Clave: Anexo 24 Fecha: 21/12//2010 Revisión: 01 DETERMINACIÓN DE INSPECCIÓN PARA IMPORTADORES Ucon a) Seleccionará las cajas, combos o canales conforme lo indique el recuadro de la Hoja de Trabajo del CZI ejemplo: Inspección en Punto de ingreso Pa 9M-7 caj Pa 16B-8 caj*tm Hormonas La cual se interpretará de la siguiente forma: Presentación del producto Pa=Pallet (combos) Caj=Caja Can=Canal Nivel de inspección A=Alta M=Media B=Baja TM=Toma de muestra b) De acuerdo al ejemplo el personal oficial deberá inspeccionar el Pallet 9, seleccionará 7 cajas de parte media y el pallet 16 seleccionará 8 cajas de la parte baja, la muestra deberá ser tomada del pallet 16B, el análisis que solicitará será el de hormonas. c) Criterios de determinación de enumeración de pallet: La numeración de los pallets se realizará de izquierda a derecha iniciando siempre de la parte delantera de la caja del camión o contenedor. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

142 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 142 Determinación de inspección para importadores Ucon Clave: Anexo 24 Fecha: 21/12//2010 Revisión: 01 d) Se medirá la altura del combo hasta donde se encuentre la mercancía, la cual de dividirá entre tres, el resultado será la profundidad de cada nivel en que se realizará la inspección: Altura al producto 1.5 metros 1.5 / 3 = 0.50 cm La profundidad de cada nivel es de 50 cm. 50 cm Profundidad de inspección de cada nivel 50 cm 50 cm GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

143 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 143 de 1 Cierre de los chips de los certificados para importación para Ucon. Clave: Anexo 25 Fecha: 27/10/2010 Revisión: 00 CIERRE DE LOS CHIPS DE LOS CERTIFICADOS PARA IMPORTACIÓN PARA Ucon a) Ingresa al sistema de trazabilidad al módulo de registro de incidencias para capturar la incidencia que se haya presentado. b) Ingresa al módulo de cierre del chip. c) Coloca el chip en la charola o en su caso teclea el número de CZI y realiza el cierre del chip. d) Para confirmar que el chip haya sido cerrado correctamente, el personal oficial del establecimiento TIF deberá revisar en el módulo de consulta de certificado el estatus del chip. e) En el caso de que se presente el Certificado sin chip, se deberá de realizar el cierre manual del chip, usando el folio del certificado de importación y se deberán de hacer las anotaciones y motivos correspondientes en el módulo de Registro de incidencias. Una vez registrada la incidencia del porqué se hace el cierre sin chip, se ingresará al módulo de cierre del certificado. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial. GI-IF-PF-10: Guía Específica para la inspección y certificación de carne, canales, vísceras y despojos para importación.

144 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 144 Fundamentación y motivación Clave: Anexo 26 FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN Del análisis de las Actas de Retención y los Registros de Trámites de Importación (RTI) que han dado origen a diferentes quejas por parte de los usuarios; se han dejado ver insuficiencia en la cita de los motivos y fundamentos que den el soporte que se tuvo para adoptar la decisión. Tal situación es un área de oportunidad para reforzar el acto de autoridad en que se convierten estos documentos, por lo que a partir de la fecha, se les instruye para complementar las medidas de control para verificar que se cumpla con este requisito legal con toda la exhaustividad posible. Para conocer y atender cabalmente esta instrucción, son importantes los siguientes criterios jurisprudenciales que deberán de adoptar; Octava Época Registro: Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Jurisprudencia Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación 64, Abril de 1993 Materia(s): Administrativa Tesis: VI. 2o. J/248 Página: 43 FUNDAMENTACION Y MOTIVACION DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. De acuerdo con el artículo 16 constitucional, todo acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero que ha de expresarse con precisión el precepto legal aplicable al caso y por lo segundo, que también deben señalarse con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, siendo necesario además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que en el caso concreto se configure la hipótesis normativa. Esto es, que cuando el precepto en comento previene que nadie puede ser molestado en su persona, propiedades o derechos sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, está exigiendo a todas las autoridades que apeguen sus actos a la ley, expresando de que ley se trata y los preceptos de ella que sirvan de apoyo al mandamiento relativo. En materia administrativa, específicamente, para poder considerar un acto autoritario como correctamente fundado, es necesario que en él se citen: a).- Los cuerpos legales y preceptos que se estén aplicando al caso concreto, es decir, los supuestos normativos en que se encuadra la conducta del gobernado para que esté obligado al pago, que serán señalados con toda exactitud, precisándose los incisos, subincisos, fracciones y preceptos aplicables, y b).- Los cuerpos legales, y preceptos que otorgan competencia o facultades a las autoridades para emitir el acto en agravio del gobernado. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Octava Época Registro: Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tesis Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación XIV, Noviembre de 1994

145 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 145 Fundamentación y motivación Clave: Anexo 26 Materia(s): Penal Tesis: I. 4o. P. 56 P Página: 450 FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, CONCEPTO DE. La garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 de nuestra Carta Magna, establece que todo acto de autoridad precisa encontrarse debidamente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero la obligación de la autoridad que lo emite, para citar los preceptos legales, sustantivos y adjetivos, en que se apoye la determinación adoptada; y por lo segundo, que exprese una serie de razonamientos lógico-jurídicos sobre el por qué consideró que el caso concreto se ajusta a la hipótesis normativa. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO. Ejemplos de fundamento de actas de retención Retención Jamón Serrano Los artículos que fundamentan el motivo de la retención, independiente de los generales que ya están plasmados en el acta, cuando no cumplen con los requisitos estipulados en la Guía rápida de fecha mayo 2009 son: Ley Federal de Sanidad Animal artículos 33, 34, 38 Fracción I, 39 y 43 y el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo rural, Pesca y Alimentación, Art. 2º en el que se solicita el cumplimiento de lo estipulado en la hoja de requisitos zoosanitarios. Retención Trofeos de caza Independiente al fundamento jurídico que aparece en las actas de retención emitidas en el SIIF agregar: Ley Federal de Sanidad Animal artículos 33, 43 y el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta o regulación por parte de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Art. 2º en el que solicita el cumplimiento de lo estipulado en la hoja de requisitos zoosanitarios Retención de Alubias Independientemente al fundamento de Sanidad Vegetal artículo 27ª, NOM-028-FITO-1995 punto , el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuyas importación está sujetas a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Art. 5º en el que solicita el cumplimiento de lo estipulado en las Normas Oficiales Mexicanas fitosanitarias o, en su caso, en las Hojas de Requisitos Fitosanitarios. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

146 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 146 Ejemplo de solicitud de revisión de fleje Clave: Anexo 27 EJEMPLO DE SOLICITUD DE REVISIÓN DE FLEJE Fecha:., a de de C. Responsable de la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA) en P r e s e n t e Solicito amablemente se revisen los flejes del contenedor XXXX ubicado y disponible para su revisión en, con la mercancía, amparada con el Certificado Internacional No. folio ; sin que ese acto implique una revisión formal del trámite de inspección. En el entendido que de no coincidir los números de flejes con los del Certificado Internacional o encontrarse violados, no procede su importación, para lo cual formalizaré el trámite correspondiente ante SAGARPA, para efecto de acatar las medidas fitosanitarias o zoosanitarias que disponga la OISA, fundamentadas en el artículo 30 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal o artículo 45 de la Ley Federal de Sanidad Animal. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. Atentamente Nombre y firma del usuario GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

147 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 147 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE ACTAS DE RETENCIÓN EN EL SIIF Ingreso al SIIF al Modulo de Retención dar click GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

148 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 148 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Capturar el acta ya sea fito o zoo o ambas (No existe actualmente un modulo para acuícola pero se siguiere usar el tipo Zoosanitario en estos casos) Elegir tipo INDIVIDUAL (si se trata de mercancías retenidas a un usuario, donde se conoce el nombre y datos personales) o MULTIPLE (cuando se trata de la retención de varias mercancías. En algunos casos algunas OISA s hacen un acta al final del turno y en ésta relacionan todos los productos que retienen.) Cuando se elige un Acta múltiple el sistema por default llena todos los campos y activa Capturar los datos que se solicitan en el llenado del acta de retención para un solo producto. Este apartado solo se llenará después de haber impreso el acta. Aquí se hará el llenado de la GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación relación de comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

149 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 149 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Dar click en Impresión Una vez capturada el acta dar click en Salvar Les aparecerá el siguiente recuadro dar click en SI GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

150 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 150 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Imprimir el acta de retención GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

151 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 151 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Después de impresa el acta de retención, cuando existen varias mercancías retenidas, se debe llenar el anexo del acta de la Dar click en Realizar el llenado de los datos que solicita el formato Una vez concluida la captura dar click en Aplicar Para volver a captura otro producto se debe volver a dar click nuevo GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

152 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 152 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Una vez que se ha concluido la captura de todos los productos que se relacionaron en el acta se debe dar click en Reporte GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

153 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 153 Procedimiento para la elaboración de Actas de Retención en el SIIF Clave: Anexo 28 Aparecerá la relación de productos retenidos, mismo que se anexará a la caratula el Acta de retención. Dar click en Impresión. Con esto concluye el proceso de captura del acta de retención. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

154 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 154 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE ACTAS DE DESTRUCCIÓN EN EL SIIF Ingreso al SIIF al Modulo de Destrucción dar click GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

155 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 155 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Elegir el tipo de acta de destrucción. Se pude elegir una opción, dos opciones o las tres (Zoosanitario, Fitosanitario o Acuícola.) Llenar los datos del formato que se solicitan tal como se aprecia en la GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

156 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 156 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Elegir el nombre del Oficial de Seguridad y del administrador que firmarán el Acta de El sistema les pedirá su contraseña en ambos casos. Colocar contraseña y dar click en Ok y en el semáforo en verde. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

157 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 157 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Se activa el icono de Salvar y el sistema les manda mensaje de que Se realizó alta con éxito. Se procede a realizar la impresión del Acta de Destrucción. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

158 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 158 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Impresión del Acta de destrucción. Una vez impresa el Acta, se cierra la ventana a través del icono: Archivo /salir GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

159 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 159 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Se continúa con la captura del anexo del acta de destrucción. Dar click en Nuevo Se capturan todos los datos que irán anexos al acta de retención Una vez capturados todos los campos se da click en aplicar. Una vez que se ha capturado la relación de todos los productos a destruir se da click en Reporte. GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

160 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 160 Procedimiento para la elaboración de Actas de Destrucción en el SIIF Clave: Anexo 29 Impresión de la Relación de productos a destruir. Este formato se anexará al formato del acta de destrucción Nota: Se sugiere al momento de realizar la captura en el anexo del Acta de destrucción en el campo: Descripción del producto, identificar el tipo de acta (acta de retención o de comisariato, El número de dicha acta, y el producto a destruir) Ver ejemplo capturado : Act. Ret No. 15 Frutas, Comisariato No. 22. Desechos comida GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

161 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 161 Formato Estándar para Registro del Usuario Clave: FO-IF-PF-01 Fecha: 22/10/2010 Revisión: 00 FORMATO ESTANDAR DE REGISTRO PARA USUARIO OISA EN: PUNTO DE VERIFICACIÓN: Fecha Hora de recepción de expediente No. de movimiento al día Folio (RTI) Producto a importar Cantidad y unidad de medida Importador No. De identificación (IFE O CD) DD/MM/AA 10: Manzana 1 ton Pablo Reyna Agencia Aduana l SOCIOS AC Nombre complet o del usuario Roció Mtz Firma del usuario GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial

162 Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria Página: 162 Formato de características de los sellos oficiales Clave: FO-IF-PF-05 FORMATO DE CARACTERÍSTICAS DE LOS SELLOS 1) SELLOS PARA VALIDACIÓN DE CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN: Los sellos utilizados para la validación del Certificado para Importación será de con las siguientes características: Escudo de 2.5 X 2.5 cm La letra será Arial tamaño 10 ptos SAGARPA-SENASICA Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria Manzanillo, Col. 2) SELLOS DE RECEPCION Y DESPACHO DE DOCUMENTOS Los sellos utilizados para Recibir y Despachar documentos deberán ser con las siguientes características: Alto: 4 cm Ancho: 5.5 cm SENASICA DGIF Oficina de inspección de Sanidad Agropecuaria Manzanillo Colima 06 MAY RECIBIDO SENASICA DGIF Oficina de inspección de Sanidad Agropecuaria Manzanillo Colima 06 MAY DESPACHADO GI-IF-PF-01: Guía general para la inspección y certificación de mercancías reguladas por la SAGARPA, con fines de importación comercial GI-IF-PF-02: Guía General para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales.

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