ESTUDIOS DE MERCADO Y LA EXPERIENCIA DE LA COPROCOM.
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- Catalina Torregrosa Sandoval
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1 ESTUDIOS DE MERCADO Y LA EXPERIENCIA DE LA COPROCOM. MARZO, 2015
2 Marco legal? Ley de Promoción y Defensa Efectiva del Consumidor Ley 7472 Año 1994
3 Potestades? Órgano de máxima desconcentración, completamente independiente en la toma de sus decisiones, pero adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Responsable de salvaguardar la COMPETENCIA, en los mercados costarricenses, con excepciones. Realizar investigaciones. Imponer medidas cautelares. Emitir opinión. Imponer sanciones.
4 ÁMBITO? EXCEPCIONES Regulaciones sectoriales: SUTEL Municipalidades. Agentes prestadores de servicios públicos, en virtud de una concesión.
5 FACULTAD LEGAL establecida en el artículo 27 inciso c) y e) de la Ley La información es clasificada pública o confidencial. Investigar la existencia de monopolios, carteles, prácticas o concentraciones prohibidas en esta ley; para ello, puede requerir a En los la Ley particulares se establecen y a los sanciones: demás agentes económicos, la información o los documentos relevantes y sancionar cuando proceda. Hasta 65 veces el salario mínimo ($35 USD) por haber entregado información falsa o haber declarado falsamente. Establecer los mecanismos de coordinación para sancionar y 50 prevenir veces monopolios, el salario mínimo carteles, ($25 concentraciones USD) por retrasar y prácticas la entrega ilícitas. de la información solicitada.
6 OBJETIVOS Conocimiento del sector. Evaluar el nivel de competencia en el mercado. Entender el funcionamiento de los mercados y tomar las acciones: Apertura de procedimientos administrativos. Emitir opinión para los sectores involucrados. Emitir opinión al poder ejecutivo y legislativo para la modificación de la normativa.
7 GENERALIDADES No se utiliza una metodología específica, el análisis va a depender de cada mercado. Los profesionales de la agencia son los encargados de realizar las investigaciones. Se han realizado algunos estudios con el apoyo de organismos internacionales.
8
9 Análisis del Reglamento Técnico de BARRAS DE ACERO en Costa Rica En el año 2010 se da la REDUCCIÓN del arancel a un 5%. AÑO 2007 Única empresa productora. Participación de mercado del 80%. INCREMENTO DE IMPORTACIONES
10 CONCLUSIONES del análisis del REGLAMENTO de Barras de Acero en Costa Rica Los Reglamentos Técnicos no deben constituirse en un obstáculo técnico o barrera legal que deliberadamente o no distorsione, discrimine o limite el principio de libre competencia y concurrencia en el mercado. Se debe lograr una ponderación de intereses y principios fundamentales en juego, un justo y razonable equilibrio, de tal manera que la tutela de uno de ellos no conlleve el socavamiento del otro.
11 CONCLUSIONES del análisis del REGLAMENTO de Barras de Acero en Costa Rica La estipulación establecida a la varilla sólo era requerida para un uso muy particular y específico del producto, y no para las de mayor demanda en el país, para usos muy diversos. De tal manera que al establecer tales condiciones adicionales se demostró que se establecía una limitación importante para la importación del producto y se favorece que el mercado quede concentrado en un productor nacional y dos fabricantes de la región para los cuales es rentable cumplir con una norma INTE que establece condiciones tan particulares.
12 RESULTADOS Las recomendaciones de los estudios se comunican a los sectores interesados. A pesar de que las opiniones de la Coprocom no son vinculantes se realizan las acciones necesarias para que los interesados conozcan del estudio y tomen las medidas necesarias. Se publican en el boletín de competencia de la Coprocom. Y se cuelgan en la página web de la Coprocom
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