BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A B A S E S
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- Manuel Sandoval Blanco
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1 BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A A los Promotores de vivienda, Instituciones de Banca Múltiple y Sociedades Financieras de Objeto Limitado - Ramo Hipotecario o Inmobiliario (SOFOLES) con registro en el FOVI, a participar en la Subasta de Derechos sobre Créditos para Financiar la Construcción de Viviendas (Clave No. S. V ), de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Financiamiento y en las Reglas de Operación de Otorgamiento de Subsidios en los Créditos para la Adquisición de Viviendas que otorga el FOVI, bajo las siguientes: B A S E S I. OBJETO SUBASTADO. Derechos de crédito destinados para otorgar créditos para construcción de viviendas de las categorías PEC y PROFIVI, con los valores máximos objeto del financiamiento del FOVI, mediante líneas de crédito. II. FECHA DE LA SUBASTA. El día 24 de abril de 2001 a las 11:00 horas. III. MONTO MINIMO DE ASIGNACION. El monto mínimo de participación en esta subasta es de 540,000 UDI s. La conversión a UDIS de los avalúos para efectos del financiamiento, se establecerá en la fecha de firma del contrato de crédito entre el acreditado y el intermediario financiero.
2 2 IV. VALORES MAXIMOS DE LAS VIVIENDAS A FINANCIAR. Los señalados en el Punto IV, de la Convocatoria Clave No. S.V V. MONTOS MAXIMOS DE CREDITO Y CONDICIONES FINANCIERAS DE LOS CREDITOS PARA CONSTRUCCION. Monto máximo de crédito de construcción por vivienda: Los intermediarios financieros podrán otorgar crédito para construcción por el porcentaje máximo como proporción del precio de venta que marca la siguiente tabla de acuerdo con su calificación. Porcentaje de crédito Crédito máximo en UDIS Calificación Superior. 65% 67,925 Promedio alto. 65% 67,925 Promedio. 60% 62,700 Promedio bajo. 55% 57,450 El monto máximo de crédito, considerando los recursos FOVI más los del intermediario, no deberá de exceder del 65% del valor de la vivienda. Las SOFOLES durante sus tres primeros años de operación con FOVI se considerarán como calificación promedio y podrán otorgar créditos para construcción hasta por el 60% del valor de la vivienda. Las líneas de crédito devengarán mensualmente una tasa de interés real fija al momento de su primer ejercicio, que será igual a la suma de la tasa de interés a que se refiere el anexo 12 de las Condiciones Generales de Financiamiento de FOVI, incluyendo el margen de este fondo más la sobretasa de interés ofrecida en la postura. En el caso de aprobarse prórroga por el FOVI, se incrementará la tasa de interés en un punto porcentual por cada una de ellas. En las asignaciones derivadas de la presente convocatoria, por las individualizaciones ejercidas con el FOVI, a las viviendas con valor de hasta 45,000 UDIS, se les reintegrará la sobretasa
3 3 ofrecida y pagada, si es mayor de 45,000 y hasta 50,000 UDIS, se les reintegrará el 75% de la sobretasa ofrecida y si es mayor de 50,000 y hasta 55,000 UDIS, se le reintegrará el 50% de la sobretasa. Mensualmente se cobrarán únicamente los intereses correspondientes. El saldo se liquidará a más tardar al individualizar las viviendas, o en su caso, en la fecha de vencimiento del crédito, lo que ocurra primero. Dentro del porcentaje del crédito puente, el intermediario a su juicio podrá otorgar capital de trabajo hasta por el 20% del importe total del crédito para el grupo o frente de viviendas que se vaya a iniciar y podrá mantenerse arriba del nivel de avance de la construcción. Dentro del plazo de trescientos sesenta días o cuatrocientos cincuenta días naturales contados a partir de la fecha de la realización de la subasta, los promotores o los intermediarios financieros respectivamente, deberán obtener los registros de proyecto ejecutivo que amparen la totalidad de la línea asignada. Cumplido el plazo señalado, los derechos que no cuenten con éste, quedarán cancelados. VI. MONTO A SUBASTAR. El monto a subastar es de millones de UDIS. VII. ASIGNACION DE DERECHOS. La asignación se hará de la mayor a la menor de las pujas ofrecidas. En caso de posturas iguales y de que el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, se dará preferencia a la solicitud del postor que primero haya sido pagada e ingresada en el módulo FOVI y que cumpla con todos los requisitos. VIII. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Además de cumplir con lo señalado en las Condiciones Generales de Financiamiento del FOVI, los participantes deberán cubrir la cuota de inscripción de 0.05% sobre el monto solicitado.
4 4 El pago de la cuota de inscripción deberá ser cubierta al FOVI por los intermediarios financieros, mediante el registro en el módulo FOVI, ya sea por su participación directa o por la participación de los promotores apoyados por el mismo. Adicionalmente, los postores deberán cubrir una comisión por apertura del 0.30% sobre el monto de la línea, al momento de ejercer la primera disposición del crédito para la construcción. IX. DERECHOS ASIGNADOS NO EJERCIDOS. En el caso de que no se ejerzan los derechos de crédito se aplicará una comisión del 2% sobre el monto no ejercido. Esta comisión no se cobrará cuando se ejerzan por lo menos el 70% de los derechos ganados. La sanción se cubrirá transcurrido el plazo señalado en el punto V de estas bases sobre el monto del crédito que no cuente con el registro de proyecto respectivo. Para los montos de crédito no ejercidos y que cuenten con registro de proyecto ejecutivo se cubrirá la sanción al finalizar el plazo del crédito. X. POSTURAS. Las posturas se presentarán señalando el margen en puntos base (0040 corresponde a 0.4%, 0100 corresponde al 1.0%) sobre la tasa de interés real a que se refiere el anexo 12 de las Condiciones Generales de Financiamiento más la sobre tasa de FOVI. La tasa de interés aplicable se fijará en el momento del primer ejercicio del crédito para construcción y permanecerá durante el plazo del mismo, adicionándole un punto porcentual en el caso de las prórrogas a dicho plazo. XI. DERECHOS POR ASIGNAR A CADA POSTOR: Límite máximo de participación a promotores: El saldo de los créditos para construcción de un mismo grupo de promotores no podrá exceder de 250 millones UDIS, tomando en cuenta los saldos ejercidos en FOVI por todos los intermediarios para ese grupo de promotores.
5 5 Límite máximo de participación a intermediarios financieros: La capacidad máxima de asignación para cada intermediario financiero por su participación directa o por la participación de promotores apoyados por el mismo, será el mínimo de: a) el 20% del monto total de la presente subasta y b) su capacidad anual dada a conocer por FOVI, de conformidad con el anexo 31 de sus Condiciones Generales de Financiamiento. Los derechos asignados en la presente subasta para promotores, podrán ser transferidos a otro intermediario financiero, siempre y cuando éste tenga la capacidad en su participación anual. Los derechos asignados a intermediarios financieros no podrán ser transferidos. XII. CALENDARIO PARA EL EJERCICIO Y VENCIMIENTO DE LOS DERECHOS SOBRE CREDITOS. Veinticuatro meses contados a partir de la fecha de la subasta. El FOVI podrá otorgar un máximo de dos prórrogas de seis meses cada una, incrementándose la tasa de interés en un punto porcentual por cada una de las prórrogas aprobadas. XIII. PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA: Las posturas deberán ser presentadas en sobre cerrado, directamente o por medio de mensajería confiable para el promotor o el intermediario financiero, en las oficinas de FOVI ubicadas en Avenida Ejército Nacional No. 180 Piso 8, Col. Anzures de esta Ciudad, Código Postal 11590, con horario de 9:00 a 14:00 horas, a más tardar el 17 de abril de PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS PROMOTORES PARTICIPEN EN LA SUBASTA: 1. El promotor que quiera participar en la presente subasta, tendrá que acudir con un intermediario financiero, el cual realizará el registro de los datos de la solicitud de crédito a través del sistema de enlace electrónico con FOVI. Una vez realizado lo anterior, el intermediario financiero le dará a conocer el número de recepción proporcionado por dicho sistema. 2. La postura en papel membretado original del postor, la cual deberá estar autorizada por el intermediario financiero, mediante la firma del funcionario facultado para este tipo de acto. Para la presentación de la postura será necesario requisitar el formato y entregarlo en sobre
6 6 cerrado de preferencia en medida de 9.5 x 4.0 pulgadas, señalando en la parte superior derecha del sobre el número de recepción proporcionado por el sistema. El formato anterior, se podrá consultar en la página de FOVI 3. El cálculo de la cuota, al igual que el de la postura, será con base en el valor de la UDI determinado el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación; el pago de la cuota deberá de ser a través del intermediario financiero. 4. Carta de presentación original y copia, en papel membretado del promotor (formato ). PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PARTICIPEN EN LA SUBASTA: 1. Los intermediarios financieros (Bancos y Sofoles) registrarán los datos de la solicitud de crédito a través del sistema de enlace electrónico con FOVI, en el menú de subastas. Para los intermediarios financieros que no cuenten con dicho sistema de enlace, lo podrán realizar a través del módulo FOVI, que estará a su disposición en las oficinas de este Fondo. 2. El FOVI otorgará un número de recepción de acuse de recibo por la misma vía a los intermediarios financieros, una vez que éstos hayan capturado todos los datos necesarios para poder participar. 3. El intermediario financiero deberá presentar su postura en papel membretado requisitando el formato número , el cual se podrá consultar en la página de FOVI. Dicha postura deberá ser presentada en sobre cerrado de preferencia de 9 ½ x 4 pulgadas, indicando en la parte superior derecha del mismo, el número de recepción proporcionado por el sistema de enlace electrónico (módulo FOVI). Estos sobres deberán venir acompañados de una lista obtenida a través del módulo FOVI, (original y copia), donde se mencionen los números de recepción que participarán en esta subasta, la cual una vez verificada por FOVI, servirá de acuse de recibo, entregándose todo esto en las oficinas de FOVI. 4. El intermediario financiero podrá consultar el total de las cuotas de inscripción por su participación en la subasta, a través del módulo FOVI. Una vez efectuado el pago correspondiente en la cuenta de FOVI (de preferencia en un solo pago que ampare la totalidad de las posturas participantes en la presente subasta), se deberá registrar el importe, la fecha y la clave SPEUA o abono del depósito en firme en el mismo módulo, a más tardar al día siguiente de la fecha de
7 7 cierre de esta subasta. Para este depósito se utilizará la cuenta bancaria No , Sucursal 26 del Banco Internacional, S. A. (Bital), a nombre de FOVI. Aquel intermediario financiero que no realice el pago de la cuota de inscripción y/o no lo registre dentro del plazo establecido en el módulo FOVI, o que la cantidad depositada no sea exactamente igual a la registrada en dicho módulo antes de la realización de la subasta, no podrá participar en esta subasta. 5. En el caso de que en la postura y en el sobre no se mencione el número de recepción de acuse de recibo de la solicitud de crédito o que no se haya cubierto a FOVI la cuota de inscripción, se dejará sin efecto la postura correspondiente. El cálculo de la cuota de inscripción, será con base en el valor de la UDI determinado el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Aquellas posturas en las que los puntos base no se presenten en cuatro dígitos, se dejarán sin efecto. Los datos que aporten para participar en la subasta deben ser fidedignos, ya que de lo contrario, se procederá a cancelar los derechos que en su caso se hayan adquirido. Para participar en la subasta se deberá presentar la documentación en los formatos vigentes autorizados por FOVI, los cuales estarán a disposición de los intermediarios financieros en la página de internet Asimismo a los postores que hayan recibido asignación se les proporcionará su carta de asignación, mediante la presentación del acuse de recibo original que se entrega en el momento de la recepción del sobre cerrado. Los resultados generales se darán a conocer en la página WEB de FOVI en internet. México, D. F., a 26 de marzo de BANCO DE MEXICO FONDO DE OPERACION Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA Lic. Manuel Zepeda Payeras Director General Lic. Rolando González Flores Director General Adjunto de Administración
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