Fideicomiso Elevemos México Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2016

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1 Fideicomiso Elevemos México Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2016

2 El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

3 CONTENIDO I. Dictamen del Auditor 1 II. Presentación 2 III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada 3 IV. Entidad objeto de la revisión 9 V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados 9 VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión 12 A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 12 VII. VIII. B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado IX. Resultados de la revisión de situación excepcional 55 X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores 55

4 1/58 I. Dictamen del Auditor Opinión Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la Cuenta Pública del Fideicomiso Elevemos México, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 4 de diciembre de En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 4 de diciembre de 2016, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), así como, con las Normas de Información Financiera aplicables. Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que están preparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el CONAC. La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría. Responsabilidades del Ente Público Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública. Monterrey, Nuevo León, a 2 de agosto de 2017

5 2/58 II. Presentación La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos. En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2016 del Fideicomiso Elevemos México recibida el 4 de mayo de 2017, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera, así como los planes de desarrollo. En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2016 del referido Ente Público, al H. Congreso del Estado. El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como, las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac). El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el C.P. Eduardo González Jasso, Auditor Especial de Gobierno del Estado y Organismos Públicos Autónomos, el 03 de agosto de 2017 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión. En el apartado V de este Informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como en su caso al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados. En el apartado VI se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de: La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes;

6 3/58 III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Fideicomiso Elevemos México, nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo con cifras en pesos con los comentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes: ACTIVO Bienes muebles $185,141 Se integra por el mobiliario y equipo de administración. Otros activos no circulantes $1,338,132 Corresponde a los bienes en comodato de equipo de cómputo, mobiliario y equipo de oficina. INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas $305,170 Ampara las aportaciones recibidas durante el ejercicio 2016 de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado para ser destinadas al gasto operativo del Ente Público. GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS Servicios generales $68,108 Corresponde principalmente a las erogaciones efectuadas por los servicios legales y de contabilidad. OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS Otros gastos $459,204 Se integra principalmente por los honorarios pagados a la fiduciaria por el manejo de los gastos administrativos prestados al Ente Público y las comisiones de las cuentas bancarias por $254,204.

7 4/58 B. Resultados generales de la revisión practicada Observaciones Preliminares Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2016, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan. Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas. En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

8 5/58 GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión. Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados. No. de observaciones preliminares OBSERVACIONES PRELIMINARES No. de observaciones solventadas Monto observado 1 $ Montos solventados 2 $ Recuperaciones operadas 3 $ OBSERVACIONES SUBSISTENTES Montos no solventados 4 $ No. de observaciones no solventadas Probables recuperaciones 5 $ GESTIÓN FINANCIERA Normativa A Financiera B 5 704, ,456 0 Control Interno E Total , ,456 0 CUADRO: Resultados Generales de la revisión (Pesos) A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados). B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

9 6/58 E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos. Notas: 1 El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros). 2 Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación. 3 Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados. 4 Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados. 5 Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos. En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado. Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones GESTIÓN FINANCIERA 1 Normativa 0 PFRA 2 Normativa 0 PFRA 6 Normativa 0 PFRA 3 Normativa 0 PIIC 7 Normativa 0 PIIC 11 Normativa 0 PIIC 12 Normativa 0 PIIC 13 Normativa 0 PIIC 14 Normativa 0 PIIC 15 Normativa 0 PIIC 4 Normativa 0 PFRA 8 Financiera 480 PIIC 9 Financiera 646,602 PIIC 10 Financiera 53,964 PIIC 16 Financiera 481 PIIC 17 Financiera 2,929 PIIC 5 Control Interno 0 PIIC Total 704,456 CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (Pesos) Acciones PPR.- Pliego Presuntivos de Responsabilidades PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

10 7/58 PFRA.- Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa PIIC.- Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente IDP.- Interposición de Denuncias Penales IASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación Recomendaciones RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades. Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO: Tipo de auditoría Obs. Acciones Recomendaciones Total PPR 1 PFRA 2 PIIC 3 PEFCF 4 IDP 5 IASF 6 RG 7 RD 8 acciones Monto no solventado $ GESTIÓN ,456 FINANCIERA Total ,456 Monto no solventado por tipo de acción $ , CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada Acciones 1 Pliego Presuntivos de Responsabilidades: Documento mediante el cual se notifica a los Sujetos de Fiscalización las observaciones, deficiencias e irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños y perjuicios en contra de la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen los elementos y demás información que permita localizar e identificar a los presuntos responsables, así como la de fijar en cantidad liquida el monto de los daños y perjuicios, a fin de estar en aptitud en su caso, de iniciar el procedimiento para el fincamiento de la responsabilidad resarcitoria a que haya lugar. 2 Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa: Acción mediante la cual se hacen del conocimiento de los superiores jerárquicos del ente público objeto de la revisión de una Cuenta Pública, las irregularidades detectadas en la revisión, que constituyen incumplimientos de sus servidores públicos respecto de sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones, a efecto de que lleven a cabo las investigaciones respectivas, y en su caso inicien los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades administrativas respectivos. 3 Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente: Acción mediante la cual se promueve la intervención de las instancias de control de las dependencias y entidades federales o de la Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal en relación con fondos y recursos de naturaleza federal (en términos de los convenios de coordinación y reasignación), o bien, de la instancia de control de un ente público ajeno a la revisión en la que se detectaron las irregularidades, a efecto de que realicen las investigaciones necesarias en relación a los hechos que se informan, y en su caso, inicien o promuevan los procedimientos administrativos a que haya lugar.

11 8/58 4 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal. 5 Interposición de Denuncias Penales: Acción en virtud de la cual, se interpone la denuncia penal en relación con hechos o conductas detectadas durante la fiscalización, que pudieran implicar la comisión de un delito. El ejercicio de esta acción, en términos de lo preceptuado en el artículo 48 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se encuentra condicionada a la autorización del H. Congreso del Estado. 6 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que se envía a la Auditoría Superior de la Federación, a efecto de darle a conocer las irregularidades relacionadas con los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, cuando se hayan destinado a fines diversos a los establecidos en la referida ley, o bien, que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan daños o perjuicios, o ambos, en contra de la hacienda pública federal, detectadas con motivo de la fiscalización practicada en términos de los convenios celebrados con la referida entidad de fiscalización federal. Recomendaciones 7 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión. 8 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO

12 9/58 La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados. En el apartado VII del presente Informe, se detallan las observaciones no solventadas derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones presentadas por los funcionarios responsables, los análisis de las mismas preparados por este Órgano de Fiscalización, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por esta Auditoría Superior del Estado en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores. IV. Entidad objeto de la revisión El Fideicomiso Elevemos México fue creado el 12 de septiembre de 2012 mediante el contrato de Fideicomiso y con carácter de Fideicomitente y Fideicomisario el Gobierno del Estado, debidamente representado por el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado y con el carácter de Fiduciario Banco del Bajío, S.A., el Fideicomiso tiene por objeto generar las condiciones estructurales y operativas para establecer un centro de innovación en tecnologías de información, autosustentable, de clase mundial, integrado por la iniciativa privada, la academia y el gobierno, donde se fomente la generación e impulso de emprendedores y empresas innovadoras que ofrezcan soluciones tecnológicas para apoyar principalmente a las PYMES mediante el uso de herramientas desarrolladas con costos accesibles que contribuyan a incrementar la competitividad en sus procesos administrativos y operativos. El Ente Público se encuentra extinto a partir del 5 de diciembre de 2016 según convenio de extinción del Contrato del Fideicomiso número denominado Fideicomiso Elevemos México, por lo que durante el ejercicio solo se realizaron operaciones para cubrir compromisos y obligaciones y otras gestiones de índole administrativas. V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados Auditorías programadas por tipo o materia Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2017 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 2 de agosto del presente año, y

13 10/58 considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinaron las siguientes auditorías a practicar al Ente Público en cuestión, por tipo o materia, a saber: Entidad Fideicomiso Elevemos México Auditoría Financiera 1 Auditoría Técnica a la Obra Pública 2 Tipos de auditoría a Cuenta Pública 2016 Auditoría en Desarrollo Urbano 3 Laboratorio de Obra Pública 4 Auditoría de Evaluación al Desempeño 5 Auditoría a Recursos Federales Total CUADRO. AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA 1 Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable. 2 Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos. 3 Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos. 4 Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas. 5 Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas. 6 Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia. Objetivos y alcances de la revisión practicada En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2017 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, entre las cuales se encuentra el Ente Público auditado en cuestión, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría. En ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente: I. Para evaluar los resultados de la gestión financiera, se verificó: a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,

14 11/58 arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos. II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó: a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas; b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el presupuesto; y c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos. III. Se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera, así como de los planes de desarrollo y los programas operativos anuales. IV. De conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del Ente Fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable. Criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados Las auditorías practicadas se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2017 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2016, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

15 12/58 El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al Ente Público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión. La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión. Con base en lo anterior, en forma específica en el Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente. VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos, y su presupuesto por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, que el Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado para la Educación del Estado de Nuevo León presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública. Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), considerando las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas. Los Estados Financieros presentados en pesos del Fideicomiso Elevemos México al 04 de diciembre de 2016, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

16 13/58 ACTIVO Cuenta Pública 2016 Estado de Situación Financiera Al 4 de diciembre de 2016 y Anual 2015 (Pesos) Fideicomiso Elevemos México Concepto Concepto PASIVO ACTIVO CIRCULANTE PASIVO CIRCULANTE Efectivo y equivalentes $ - $ 602,265 Cuentas por pagar a corto plazo $ - $ 541,289 Derechos a recibir efectivo y 7,473 5,505,742 Documentos por pagar a corto plazo - - equivalentes Porción a corto plazo de la deuda pública a - - Derechos a recibir bienes o - - largo plazo servicios Títulos y valores a corto plazo - - Inventarios - - Pasivos diferidos a corto plazo - - Almacenes - - Fondos y bienes de terceros en garantía - - Estimación por pérdida o - - y/o administración a corto plazo deterioro de activos Provisiones a corto plazo - 1,233 circulantes Otros pasivos a corto plazo - - Otros activos circulantes - - Total de pasivos circulantes $ - $ 542,522 Total de activos circulantes $ 7,473 $ 6,108,007 PASIVO NO CIRCULANTE - - Cuentas por pagar a largo plazo - - ACTIVO NO CIRCULANTE Documentos por pagar a largo plazo - - Inversiones financieras a largo plazo Derechos a recibir efectivo o equivalentes a largo plazo Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso - - Deuda pública a largo plazo Pasivos diferidos a largo plazo Total de pasivos no circulantes ,650,000 Total del pasivo $ - $ 542,522 Bienes muebles 185,141 1,523,273 HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO Hacienda pública / patrimonio contribuido - - Aportaciones $ - $ - Activos intangibles - - Donaciones de capital - - Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes (53,273) (53,273) Actualización de la hacienda pública / patrimonio - - Activos diferidos - - Hacienda pública / patrimonio generado 1,477,472 8,685,485 Resultados del ejercicio (ahorro / (222,543) 4,230,037 desahorro) Estimación por pérdida o deterioro de activos no circulantes 4,455, Otros activos no circulantes 1,338,132 - Total de activos no circulantes - - Resultados de ejercicios anteriores Revalúos Reservas Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores $ 1,470,000 $ 3,120,000 1,700, Exceso o insuficiencia en la actualización de la hacienda pública / patrimonio - - Resultado por posición monetaria - - Resultado por tenencia de activos no monetarios - - Total hacienda pública/ patrimonio $ 1,477,472 $ 8,685,485 Total del activo [sic¹] $ 1,477,472 $ 9,228,007 Total del pasivo y hacienda pública / patrimonio $ 1,477,472 $ 9,228,007

17 14/58 Cuenta Pública 2016 Estado de Actividades Del 1 de enero al 4 de diciembre de 2016 y a diciembre 31 de 2015 (Pesos) Fideicomiso Elevemos México Concepto Concepto INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS Gastos de funcionamiento $ 73,966 $ 14,226,302 Ingresos de gestión $ 5,457 $ 5,800 Servicios personales - 1,616,828 Impuestos - - Materiales y suministros 5,858 45,148 Cuotas y aportaciones de seguridad social - - Servicios generales 68,108 12,564,326 Contribuciones de mejoras - - Transferencias, asignaciones, - - Derechos - - subsidios y otras ayudas Productos de tipo corriente - - Transferencias internas y asignaciones - - Aprovechamientos de tipo corriente - - al sector público Ingresos por venta de bienes y servicios 5,457 5,800 Transferencias al resto del sector público - - Ingresos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago - - Subsidios y subvenciones - - Ayudas sociales - - Pensiones y jubilaciones - - Transferencias a fideicomisos, - - mandatos y contratos análogos Transferencias a la seguridad social - - Donativos - - Transferencias al exterior - - Participaciones, aportaciones, 305,170 18,464,238 Participaciones y aportaciones - - transferencias, asignaciones, Participaciones - - subsidios y otras ayudas Aportaciones - - Participaciones y aportaciones - - Convenios - - Transferencias, asignaciones, 305,170 18,464,238 subsidios y otras ayudas Intereses, comisiones y otros - - gastos de la deuda pública Intereses de la deuda pública - - Comisiones de la deuda pública - - Gastos de la deuda pública - - Otros ingresos y beneficios - 21,557 Costo por coberturas - - Ingresos financieros - 16,575 Apoyos financieros - - Incremento por variación de - - inventarios Otros gastos y pérdidas 459,204 35,256 Disminución del exceso de - - extraordinarias estimaciones por pérdida o deterioro Estimaciones, depreciaciones, - 35,256 u obsolescencia deterioros, obsolescencia y Disminución del exceso de - - amortizaciones provisiones Provisiones - - Otros ingresos y beneficios varios - 4,982 Disminución de inventarios - - Aumento por insuficiencia de - - estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia Aumento por insuficiencia de - - Total de ingresos y otros $ 310,627 $ 18,491,595 provisiones beneficios Otros gastos 459,204 - Inversión pública - - Inversión pública no capitalizable - - Total de gastos y otras pérdidas $ 533,170 $ 14,261,558 Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) $ (222,543) $ 4,230,037

18 15/58 [sic] 1 En la columna 2016 el total del activo suma $1,477,473. [sic] 2 Diferencia de $1 en el ejercicio 2016 entre los Totales del Activo contra el Pasivo y Hacienda pública / patrimonio, la cual obedece al redondeo de cifras EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO

19 16/58 Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 4 de diciembre de 2016 son los que se indican a continuación y están presentados en pesos: RESULTADOS DE LA REVISIÓN Concepto Importe a) Activo $ 1,477,473 b) Pasivo - c) Hacienda pública / patrimonio 1,477,472 d) Ingresos y otros beneficios 310,627 e) Gastos y otras pérdidas 533,170 Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros al 04 de diciembre de 2016 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro examen partidas en forma selectiva con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público. a) ACTIVO $1,477,473 Este importe se integra como sigue: Concepto Importe Activo circulante $ 7,473 Activo no circulante 1,470,000 Total $ 1,477,473 ACTIVO CIRCULANTE $7,473 Se integra del rubro Derechos a recibir efectivo y equivalentes. ACTIVO NO CIRCULANTE $1,470,000 Se integra como sigue: Saldo al 31/dic/15 Cargos Abonos Saldo al 31/dic/16 Concepto Bienes inmuebles, infraestructura y $ 1,650,000 $ - $ 1,650,000 $ - construcciones en proceso Construcciones en proceso en bienes de 1,650,000-1,650,000 - dominio público Bienes muebles 185, ,141 Mobiliario y equipo de administración 185, ,141 Depreciación, deterioro y amortización (53,273) - - (53,273)

20 17/58 Concepto Saldo al 31/dic/15 Cargos Abonos Saldo al 31/dic/16 acumulada de bienes Otros activos no circulantes 1,338, ,338,132 Bienes en comodato equipo de cómputo 1,263, ,263,271 Bienes en comodato mobiliario y equipo de oficina 74, ,861 Total $ 3,120,000 $ - $ 1,650,000 $ 1,470,000 Construcciones en proceso en bienes de dominio público $0 Los abonos por $1,650,000 corresponde a la cancelación de facturas de acuerdo con las instrucciones de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (Sfytge) por el derecho a favor del Ente Público de recibir del Gobierno del Estado una aportación para infraestructura del centro de oportunidades digitales para el Municipio de Montemorelos, Nuevo León. Para su revisión se examinó el auxiliar contable y oficio de cancelación. c) HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO $1,477,472 Se integra como sigue: Concepto Saldo al 31/Dic/15 Cargos Abonos Saldo al 31/Dic/16 Hacienda pública / patrimonio generado $ 8,685,966 $ 11,608,322 $ 4,399,828 $ 1,477,472 Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) 4,230,037 4,452,580 - (222,543) Resultados de ejercicios anteriores 4,455,929 7,155,742 4,399,828 1,700,015 Total $ 8,685,966 $ 11,608,322 $ 4,399,828 $ 1,477,472 Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) ($222,543) Los cargos por $4,452,580 corresponden al traspaso de Resultados del ejercicio 2015 (ahorro) a Resultados de ejercicios anteriores por $4,230,037 y el Resultado del ejercicio el cual representó un desahorro de ($222,543). Resultados de ejercicios anteriores $1,700,015 Los cargos por $7,155,742 corresponden a la cancelación de facturas a nombre del Gobierno del Estado de Nuevo León por aportaciones al patrimonio del Ente Público. Los abonos por $4,399,828 corresponden al traspaso de Resultados del ejercicio 2015 (ahorro) a Resultados de ejercicios anteriores por $4,230,037, condonación de adeudo por renta,

21 18/58 mantenimiento y servicio de $158,191 y la cancelación de factura de $11,600 por el servicio contable correspondiente a noviembre de Para su revisión se verificaron pólizas de diario, oficio de cancelación de facturas y convenio de reconocimiento de adeudo y compromiso de pago. d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $310,627 Se integra como sigue: Concepto Importe Ingresos de gestión $ 5,457 Participaciones, aportaciones, transferencias, 305,170 asignaciones, subsidios y otras ayudas Total $ 310,627 Para su revisión se verificó en forma selectiva la documentación de las pólizas de ingreso, diario y estados de cuenta bancarios, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la presentación de la Cuenta Pública, con un alcance del 99%. PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $305,170 Esta cifra ampara las aportaciones estatales recibidas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León (Sfytge) para ser destinadas al gasto operativo del Ente Público. Para su revisión se verificó en forma selectiva la documentación de las pólizas de ingreso y estados de cuenta bancarios, así como su adecuado registro contable. e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $533,170 Se integra como sigue: Concepto Importe Gastos de funcionamiento $ 73,966 Otros gastos y pérdidas extraordinarias 459,204 Total $ 533,170 Para su revisión se examinaron en forma selectiva las pólizas de diario y egresos, facturas, contratos, así como el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de

22 19/58 Egresos para el Estado de Nuevo León y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, con objeto de comprobar su razonabilidad en la Cuenta Pública, con un alcance del 96%. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $73,966 Se integra como sigue: Concepto Importe Materiales y suministros $ 5,858 Servicios generales 68,108 Total $ 73,966 Materiales y suministros $5,858 Este rubro está integrado por la cuenta de Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales, donde se registró la adquisición de 20 cartuchos de tinta HP para impresora, una engargoladora metálica, papelería y artículos de oficina. Para su revisión se examinaron pólizas de egresos, facturas y su adecuado registro contable. Servicios generales $68,108 Este rubro representa la cuenta de Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios, misma que se integra como sigue: Concepto Importe Servicios legales de contabilidad $ 61,335 Servicios de notaria 6,773 Total $ 68,108 Servicios legales de contabilidad $61,335 En esta cuenta se registraron los pagos por $46,400 realizados al Despacho Leal López y Asociados, S.C. por los pagos de servicios de asesoría contable y trabajos realizados de enero a octubre de 2016, así mismo a Sepúlveda Zambrano, S.C. por $14,935 correspondiente al dictamen de la Cuenta Pública anual Para su revisión se examinaron pólizas de diario, egresos, contratos y facturas. Servicios de notaría $6,773

23 20/58 En esta cuenta se registraron los honorarios de la Notaría por la certificación de documentos por $5,868. Para su revisión se examinaron en forma selectiva las pólizas de egreso y facturas. OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $459,204 Corresponde al rubro de Otros gastos, el cual se integra del pago de $205,000 correspondiente a las partes proporcionales de aguinaldo 2015, vacaciones y remuneraciones extraordinarias por terminación de nombramiento de la Ex Directora General del Ente Público, según convenio ante el Tribunal de Arbitraje del Estado del 8 de julio de 2016, así mismo se registraron $254,204 por los honorarios pagados de enero a octubre de 2016 a la fiduciaria por el manejo de los gastos administrativos prestados al Ente Público y las comisiones de las cuentas bancarias que maneja éste. Para su revisión se examinaron de forma selectiva las pólizas de diario y egresos, estados de cuenta bancarios y convenio. El Ente Público no presentó el presupuesto de ingresos y egresos para el ejercicio B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes. Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado, con relación a los Estados Financieros que se incluyen en la Cuenta Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las normas de información financiera, normatividad aplicable a este tipo de Ente Público y que se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos para el Estado de Nuevo León y demás ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso por lo mencionado en el apartado VII de este informe. C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados El Ente Público no presentó indicadores de gestión en la Cuenta Pública al 4 de diciembre de 2016.

24 21/58 VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán GESTIÓN FINANCIERA Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueron comunicadas mediante los oficios ASENL-OPR-AEGE-AP96-AF156/2017-TE y ASENL-OPR- AEGE-AP96-AF032/2017-EX, al Gobernador del Estado de Nuevo León en su calidad de Jefe de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, a la cual se encontraba vinculado el extinto Ente Público y a quien fungió como Titular en el período objeto de la revisión (Extitular), respectivamente, otorgándoles de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado. Ley General de Contabilidad Gubernamental 1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), advirtiéndose incumplimientos por parte del Ente Público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación: I. Registros contables a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac (artículo 37). b) Contar con manuales de contabilidad (artículo 20). c) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos 23 y 24 conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio). d) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos).

25 22/58 e) Realizar el registro e inventario de los bienes que no se encuentren inventariados o estén en proceso de registro, señalados en el acta de entrega y recepción derivado de la transición de una administración a otra (artículo 31). f) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente el derecho de cobro (artículo 34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos). g) Mantener un registro histórico de sus operaciones en los libros diario, mayor e inventarios y balances (artículo 35 y cuarto transitorio del decreto por el que se expide la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, conforme a los Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registro en los libros diario, mayor e inventarios y balances, registro electrónico). h) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39). i) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45). j) Disponer de las matrices de conversión con las características señaladas en los artículos 40 y 41, (artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expide la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008). II. Registros presupuestarios a) Disponer de clasificadores presupuestarios armonizados, que permitan su interrelación automática (artículo 41, conforme a los clasificadores). a.1. Clasificador por rubro de ingresos. a.2. Clasificador por objeto del gasto. a.3. Clasificador por tipo del gasto. a.4. Clasificación funcional del gasto. a.5. Clasificación programática. a.6. Clasificación administrativa. a.7. Clasificador por fuente de financiamiento.

26 23/58 b) Realizar los registros en las etapas del presupuesto de egresos en aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado y del ingreso en estimado, modificado, devengado y recaudado (artículo 38, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos). c) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo 36). d) Generar registros automáticos y por única vez en los momentos contables correspondientes de los procesos administrativos de los Entes Públicos que impliquen transacciones presupuestarias y contables (artículos 16 y 40, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013). e) El sistema interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios y lista de cuenta (artículos 19, fracción III y IV y 41, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013). f) Generar estados financieros en tiempo real (artículo 19, fracción V, VI y Sexto transitorio, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013). III. Registros administrativos a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, conciliarlo con el registro contable, además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio). b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos).

27 24/58 c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42). d) Disponer de catálogos de bienes (artículo 41, conforme a los Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes que permita la interrelación automática con el clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas y Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes inmuebles que permita la interrelación automática con el clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas). e) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta del beneficiario (artículo 67, párrafo segundo). IV.Cuenta pública Generar cuenta pública conforme a los artículos 52 y 53 con relación a los artículos 46 y 47, así como al acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas, las Normas y metodología para la emisión de información financiera y estructura de los estados financieros básicos del ente público y características de sus notas y el Manual de contabilidad gubernamental, la cual debe contener: a) Información contable a.1. Informe sobre pasivos contingentes. a.2. Notas a los estados financieros. a.3. Estado analítico de la deuda y otros pasivos, con la clasificación de corto, largo plazo, fuentes de financiamiento e intereses de la deuda. b) Información presupuestaria b.1. Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos en clasificación programática. c) Información programática c.1. Gasto por categoría programática c.2. Programas y proyectos de inversión c.3. Indicadores de resultados. d) Anexos (Información adicional)

28 25/58 d.1. Relación de los bienes que componen su patrimonio (artículo 23, último párrafo). d.2. La información financiera, presupuestaria, programática y contable, es la base para la elaboración de la cuenta pública (artículo 52, párrafo primero). d.3. Se relaciona la información presupuestaria y programática con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo, que forme parte de la cuenta pública, así como los resultados de la evaluación del desempeño (artículo 54, párrafo primero). V. Transparencia a) Publicar trimestralmente a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda la información financiera (artículo 47 y 51). b) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público). c) Publicar para consulta de la población en general las cuentas públicas (cuarto transitorio, fracción IV del decreto por el que se expide la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, conforme al Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas). Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Las respuestas que a continuación se manifiestan en mi calidad de extitular de dicho ente, corresponden al periodo 1 de enero a 5 de diciembre de 2016, fecha en que se extinguió este ente (FIDEICOMISO ELEVEMOS MEXICO) I) Registros Contables a) Si se tenía establecido un listado de cuentas alineadas al plan de cuentas emitidos por el CONAC. Se anexo catálogo de cuentas utilizado en el Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC), cuyos registros se respaldan

29 26/58 con documentaciones en originales para comprobar y justificar dichos registros. Se anexa catálogo de cuentas (anexo 1) b) Se utilizó el Manual de Contabilidad Gubernamental (manual CONAG) c) Si se registró en cuentas especificas los activos de bienes muebles e inmuebles. Cabe señalar que el fideicomiso no cuenta con bienes inmuebles. d) En el periodo de operaciones 2016 no se ha requería efectuar ninguna baja de bienes muebles o inmuebles, sino en el momento de la extinción el cual se establece en el convenio de extinción e) En el periodo 2016 no se ha realizado ningún acto de entrega recepción y a la vez no había ningún bien que no estuviera fuera del inventario o en proceso de registro. f) Los registros contables si se relocalizaron con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando existe jurídicamente el derecho a cobro. g) Si se mantiene un registro histórico de las operaciones en los libros de diario, mayor e inventarios y balance. h) Si se constituían provisiones, las cuales se revisan y ajustan periódicamente para mantener su vigencia i) Si se expresan en los estados financieros los esquemas de pasivos. j) Si se detalla los pasivos los cuales se expresan en los Estados financieros. Cabe mencionar que el Fideicomiso no tiene pasivos de deuda publica k) Si se cumple lo dispuesto en los artículos 40 y 41 mediante el uso del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC), cuyos registros se respaldan con documentaciones en originales para comprobar y justificar dichos registros. II) Registros presupuestarios a) El clasificador de presupuestos amortizados se tiene implementado mediante el uso del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC), el cual cumple las características señalas en el artículo 41 cumpliendo con los rubros señalados a.2, a.2, a.3, a.4, a.5, a.6 y a.8 b) Si se realizan los registros en las etapas del presupuesto de acuerdo a lo establecido. c) Se anexa los registros auxiliares (anexo 3)

30 27/58 d) Se generan los registros automáticos y por única vez mediante el uso del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC) e) El sistema utilizado si interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios y lista de cuentas, mediante el uso del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC) f) Si se generan en tiempo real los estados financieros mediante el uso del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental desarrollado por el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC) III) Registros administrativos a) Si se realiza el levantamiento físico del inventario de bienes muebles e inmuebles, el cual se concilia con el registro contable, así como se realiza el registro dentro de los 30 días hábiles los bienes adquiridos. b) Si se cuenta con la documentación original que comprueba y justifica los registros que se efectúan. c) Si se cuenta con los catalogo de bienes (anexo 2) d) Todos los pago efectuados en el periodo 2016 se realizan por medio de transferencias electrónicas mediante abono en cuenta del beneficiario, salvo cheques expedidos a nombre del beneficiario para solventar gastos fijos y administrativos que genera el personal, cuando así lo amerita, tal y como lo establece el contrato de fideicomiso en su cláusula décima, numeral 13. Los pagos efectuados antes de la fecha mencionada y que no hayan cumplido con este lineamiento, deberán remitirse al ex titular para su aclaración. El contrato del fideicomiso puede ser consultado en la página de transparencia transparencia/dependencia/fem/ IV) Cuenta Pública a) La cuenta pública se ha generado conforme a los artículos 52 y 53 con relación al artículo 46 y 47 la cual contiene todos los incisos señalados en esta observación. Esta información esta publicada en el portal de transparencia, la que debía publicarse hasta el 4 de diciembre de 2016, cabe señalar que la cuenta pública al 4to trimestre no se publicó en el portal por que el ente ya había extinguido y no se contaba con facultades ni personal para hacerlo. Esta información puede ser consultada en transparencia/dependencia/fem/

31 28/58 IV) Transparencia a) Si se publica en transparencia la información financiera en un lapso a más tardar de 30 días después del cierre del periodo que corresponde. Esto lo pueden verificar en el portal de transparencia. b) Si se publica el inventario de los bienes. Esto lo pueden verificar en el portal de transparencia c) Si se publican las cuentas públicas las cuales puede consultarse en el portal de transparencia de Gobierno Cabe señalar que la información en el portal de transparencia se publicó hasta la fecha antes de su extinción, siendo que la obligación en ese momento era de publicar en el siguiente mes inmediato del periodo concluido, es decir que el mes de noviembre debiera ser publicado con fecha límite del 31 de diciembre, y al haber extinguido este el 5 de diciembre, ya no fue posible publicar la información de noviembre sino hasta octubre." Anexo 1 Anexo 2 Anexo 3 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a lo siguiente: I. Registros contables a) La balanza de comprobación que anexa, se generó en el sistema del Instituto para el Desarrollo de las Haciendas Públicas (Indetec), la cual, si está alineada al plan de cuentas emitido por el Conac, sin embargo, la entregada a través del requerimiento de información con oficio ASENL-AEGE-D2-AP96-02/2017 del 3 de agosto de 2017 fue generada en Contpaq i, la cual no está alineada al plan de cuentas del Conac. b) El Ente Público no cuenta con un Manual de Contabilidad Gubernamental propio, ya que utilizó el de la Conac. c) La base de datos y balanza de comprobación entregada a través del requerimiento de información con oficio ASENL-AEGE-D2-AP96-02/2017 del 3 de agosto de 2017 fueron generadas en Contpaq i, la cual no está alineada al plan de cuentas del Conac. d) No se dieron de baja los bienes muebles a la fecha de la extinción del Ente Público. e) Aún y cuando se realizó la extinción del Ente Público, contablemente no se dieron de baja los bienes muebles.

32 29/58 f) Existen operaciones realizadas por el Ente Público no registradas en la contabilidad, por lo que se infringieron los momentos contables de los ingresos y de los egresos. g) Debido a la falta de registro contable de operaciones realizadas por el Ente Público, no mantiene un registro histórico detallado de las operaciones realizadas como resultado de su gestión financiera, en los libros diario, mayor, e inventarios y balances. h) Existen operaciones de gastos por las cuales no se realizó el registro de su provisión. i) Por la falta de registro contable de las provisiones, los Estados Financieros no expresan los esquemas de pasivos en forma correcta y oportuna. j) El Ente Público no anexa ejemplos de las matrices de conversión que deberían estar incluidas en el Manual de Contabilidad Gubernamental propio del cual se carece. II) Registros presupuestarios No anexa documentos que permita evidenciar lo siguiente: disponer de clasificadores presupuestarios armonizados, el registro de las etapas del presupuesto de egresos e ingresos, auxiliares con los avances presupuestarios, el registro automático y por única vez de los momentos contables correspondientes a los procesos administrativos, ejemplos donde el sistema interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios y lista de cuentas, así como generar estados financieros en tiempo real. III) Registros administrativos Durante nuestra revisión se observó lo siguiente: Existen operaciones bancarias sin registrar por lo que el soporte del ingreso o el gasto no se proporcionó, los bienes muebles no están codificados y se generaron cheques para gastos fijos y administrativos. IV) Cuenta Pública En la información contable, presenta los pasivos contingentes como "no aplica" y no presenta el Estado analítico de la deuda y otros pasivos de corto y largo plazo, fuentes de financiamiento e intereses de la deuda. La información presupuestaria, la presenta como que no aplica y de la programática no contesta. V) Transparencia

33 30/58 No está publicada en el portal de internet del Ente Público, la Cuenta Pública Anual 2016 y el formato de la relación de bienes que componen su patrimonio. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Ley de Disciplina Financiera 2. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de Cuenta Pública que le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de octubre de 2016, observando lo siguiente: a) Obligaciones de integración de Cuenta Pública En la Cuenta Pública 2016 presentada al H. Congreso de Estado y remitida el 4 de mayo de 2017 para su revisión y evaluación a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, no se incluyeron los formatos: a) Formato 1: Estado de Situación Financiera Detallado; b) Formato 2: Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos; c) Formato 3: Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos; d) Formato 4: Balance Presupuestario; e) Formato 5: Estado Analítico de Ingresos Detallado; y f) Formatos 6: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación por Objeto del Gasto); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Administrativa); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Funcional); y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación de Servicios Personales por Categoría), contraviniendo lo dispuesto en el apartado "Publicación y Entrega de Información" punto 8, de los referidos CRITERIOS. b) Obligaciones de publicación En la consulta efectuada el día 8 de septiembre de 2017 al portal de internet del Ente Público se advirtió que éste ha sido omiso en publicar los formatos 1 a 6 para dar cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (en adelante LDF) y Guía de Cumplimiento de la LDF, especificados en los anexos 1 y 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en los punto 8 y 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56, 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

34 31/58 Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Sobre la información presentada en la cuenta pública 2016 a) Si se presentó el estado de situación financiera b) El ente no contaba con deuda pública u otros pasivos, la información es "0" c) El ente no contaba con otras obligaciones diferentes de financiamiento d) No se generó el balance presupuestario en el 2016 al ser un ente sin operaciones ni personal, sino en proceso de extinción, e) Por premuras en concluir la extinción del fideicomiso, no se contó con el tiempo y recursos humanos para revisar el documento de cuenta pública 2016 y poder subsanar algún error o faltante de información, como este caso el estado analítico del ingreso detallado en el f) No se generó presupuesto de egresos y otros en el 2016 al ser un ente sin operaciones ni personal, sino en proceso de extinción, con la intención de extinguirlo a inicios del 2016." Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la aclaración presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que los formatos del 1 al 6 no fueron integrados a la Cuenta Pública del ejercicio 2016, asimismo en relación a la publicación de la Guía de cumplimiento, ésta no fue presentada ni publicada de forma anual en conjunto con la Cuenta Pública en su página oficial de internet. Ambas obligaciones en los términos especificados en los anexos 1 y 3, puntos 8 y 9 respectivamente, de los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).

35 32/58 Cabe señalar que su aclaración no tiene relación con la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, objeto de esta obsevación. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Estados financieros 3. El Ente Público presentó en la Cuenta Pública 2016 en el apartado "INFORMACIÓN OPERATIVA RELEVANTE", lo siguiente: "EL FIDEICOMISO ELEVEMOS MEXICO QUEDO EXTINTO A PARTIR DE DICIEMBRE 5 DEL 2016 DURANTE EL 2016 SOLO SE REALIZARON OPERACIONES PARA CUBRIR CUENTAS POR PAGAR (PASIVOS), Y OTRAS GESTIONES DE ÍNDOLE ADMINISTRATIVAS QUE PERMITAN EXTINGUIR EL FIDEICOMISO NO TUVO OPERACIONES". Como resultado de la revisión al Convenio de extinción del Contrato del Fideicomiso número denominado Fideicomiso Elevemos México celebrado el 5 de diciembre de 2016, observamos lo siguiente: a) El Ente Público presentó el Estado de Situación Financiera al 4 de diciembre de 2016, como se muestra a continuación: EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO

36 33/58 b) Realizó operaciones del 6 al 30 de diciembre de 2016, en fecha posterior a la extinción. c) No mencionan en el Convenio antes citado la situación que guardaron los bienes muebles otorgados en comodato al Municipio de General Terán, Nuevo León. d) No proporcionaron ni exhibieron documentación comprobatoria y justificativa que refiere la cláusula segunda del convenio mencionado con antelación, que advierte lo siguiente: "Como consecuencia de la extinción del Fideicomiso a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio, EL FIDUCIARIO entregará al FIDEICOMITENTE, el remanente liquidó que forma parte del patrimonio fideicomitido mediante transferencia electrónica de fondos con cargo a las cuentas del Fideicomiso números ***6909, ***7733 y ***7766 denominadas "principal", "gastos

37 34/58 de operación" y "cursos de capacitación" respectivamente, todas a nombre de Banco del Bajío, S.A. Fideicomiso , y abono a la cuenta número *******6537, CLABE **************5373 a nombre del propio FIDEICOMITENTE, aperturada en Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple (BANORTE). Una vez que se haya hecho el traspaso anterior y las cuentas hayan quedado sin patrimonio líquido, el FIDEICOMITENTE con la firma del presente Convenio de Extinción, instruye irrevocablemente al FIDUCIARIO para que éste proceda a cancelar dichas cuentas". Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "a) No se especifica o menciona cual es la observación por parte de la ASENL en este inciso. El estado de situación financiera es tal cual lo presenta al 4 de diciembre de b) El fideicomiso no realizó operaciones posteriormente a la fecha de la firma del convenio de extinción, entendiéndose operaciones de funcionamiento o cualquier otra administrativa. En lo referencia a la cuenta bancaria los movimientos reflejados en el estado de cuenta de diciembre son inversiones diarias que realiza de forma automática el banco con el saldo a la vista, el cual corresponde a los $7,473 pesos reflejados en el estado de situación financiera reportado. c) Lo bienes muebles que hace mención están claramente asentados en el convenio de extinción, los mismo pasan a resguardo del Fideicomitente que es el Gobierno del Estado, tal como se menciona en la cláusula tercera(anexo 4) d) La documentación a la que hace referencia compete a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, responsable de las cuentas bancarias del Fideicomitente, así como la responsabilidad de haber hecho dicha trasferencia compete a la fiduciaria. Cabe señalar que la ASENL no realizó una revisión y evaluación de manera física en el domicilio donde se encuentra la documentación y archivo del fideicomiso, sino solicito información vía oficio las cual se le proporción de manera digital la que fuese posible hacerla por ese medio, obviando una revisión detallada de toda la documentación así como limitando la facilidad de aclarar información de antes de observarla, dando pie a realizar

38 35/58 observaciones que pueden no tener sustento o se pudieron subsanar en caso de haber realizado el trabajo de revisión y evaluación en el domicilio (Anexo 5). Esto aplica en general para varias observaciones, no solo esta." Anexo 4 Anexo 5 Análisis de la Auditoría Superior del Estado a) Al ser un Ente Público extinto, debieron traspasar los saldos de los rubros al Fideicomitente (Gobierno del Estado de Nuevo León) y presentar los Estados Financieros de la Cuenta Pública Anual 2016 con valor de cero. b) Todas las operaciones que se realicen en las cuentas bancarias a nombre del Ente Público, ya sean de funcionamiento, traspasos a inversión o de cualquier otra índole, deben estar registradas en la contabilidad, del Ente Público o del Fideicomitente (Gobierno del Estado de Nuevo León). c) En su aclaración no refiere el asunto de los bienes muebles otorgados en comodato al Municipio de General Terán, Nuevo León. d) No se anexa documentación comprobatoria que acredite la cancelación de las cuentas bancarias del Ente Público. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Dictamen (auditores externos) 4. El Ente Público presentó al H. Congreso del Estado de Nuevo León la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2016 sin dictamen previo realizado por auditor externo, contraviniendo lo establecido en el artículo 52, primer párrafo de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular

39 36/58 "Se anexa los dictamen realizado por auditor externo (anexo 6) Cabe señalar que la ASENL no realizó una revisión y evaluación de manera física en el domicilio donde se encuentra la documentación y archivo muerto del fideicomiso, sino solicito información vía oficio las cual se le proporción de manera digital la que fuese posible hacerla por ese medio, obviando una revisión detallada de toda la documentación así como limitando la facilidad de aclarar información de parte del fideicomiso extinto, dando pie a realizar observaciones que pueden no tener sustento o se pudieron subsanar en caso de haber realizado el trabajo de revisión y evaluación en el domicilio (Anexo 5)" Anexo 5 Anexo 6 Presupuesto Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, debido a que los Estados Financieros que integran la Cuenta Pública fueron presentados sin estar dictaminados. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. 5. El Ente Público no proporcionó ni exhibió el Comparativo del Presupuesto de Ingresos y Egresos, lo real contra lo presupuestado con sus respectivas variaciones y explicaciones a las mismas. Control Interno Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "No se presupuestó ingresos y egresos en la gestión 2016 al ser un fideicomiso que ya no contaba con operaciones, personal ni funcionamiento, sino solo concluir con la liquidación de pasivos y su proceso de extinción."

40 37/58 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, aún y cuando haya sido formalmente extinto, toda vez que recibió durante el ejercicio 2016 recursos financieros por $305,170 de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, los cuales fueron ejercidos para cubrir diversas erogaciones, por lo tanto, no lo exime de esta obligación. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Código de ética 6. Se revisó la adopción, emisión y difusión de mecanismos de control de integridad al interior del Ente Público, a través de políticas de integridad, códigos de ética y conducta, en los que se detallaran los principios de actuación de sus servidores públicos y se reconociera la actuación esperada de ellos en el cumplimiento de sus funciones, incluyendo aquellas situaciones en las que pudieran surgir conflictos de intereses; observando que el Ente Público no proporcionó los citados documentos de control de integridad, definida ésta según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como el posicionamiento consistente y la adhesión a valores éticos comunes, así como al conjunto de principios y normas destinadas a proteger, mantener y priorizar el interés público sobre los intereses privados. Lo anterior, contraviene lo estipulado en los artículos 139, 140 y 141 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León. Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "La adopción, emisión y adopción del código en comento no procede toda vez que el fideicomiso durante el ejercicio 2016 no contaba con ningún personal contratado o adscrito, ni operaciones de funcionamiento, más que las diligencias a cargo de mi persona con el propósito de concluir su extinción."

41 38/58 ACTIVO Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, solventa parcialmente lo observado, aún y cuando durante el ejercicio 2016 no contaba con personal adscrito, debió considerarse desde la fecha de su constitución con políticas de integridad, códigos de ética y conducta. Así mismo, no presentan los citados documentos de control de integridad, definida ésta según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Activo circulante Efectivo y equivalentes 7. El Ente Público no elaboró las conciliaciones bancarias de enero 2016 a la fecha de su extinción, por lo que infringe lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Derivado de lo anterior, contraviene lo señalado en los artículos 2 y 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, ambos disponen lo siguiente: "La contabilidad gubernamental deberá permitir la expresión fiable de las transacciones en los estados financieros y considerar las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización". Esta observación fue comentada en el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Si se efectuaron las conciliaciones bancarias. No ha sido posible localizar esta documentación para anexarla, dentro del archivo del fideicomiso extinto."

42 39/58 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que aún y cuando informa que fueron realizadas las conciliaciones bancarias, éstas no fueron localizadas, por lo que no se presentaron. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. 8. Al revisar el rubro de Efectivo y equivalentes, observamos que la cifra presentada como saldo inicial en la Balanza de comprobación del 01 de enero al 04 de diciembre de 2016, difiere de $480 al compararla con la reflejada en la Cuenta Pública 2015, como se muestra a continuación: Rubro Balanza de comprobación saldo inicial 2016 Cuenta Pública 2015 Diferencia Efectivo y equivalentes $ 602,745 $ 602,265 $ 480 Financiera - Monto no solventado $480 Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "La diferencia de $480 pesos corresponde a un ajuste por conciliación realizado en 2016, afectando al saldo de 2015 por haber estado arrastrando un error en los registros contables desde tiempo atrás, antes de asumir mi función como titular del Fideicomiso, la cual asumí en noviembre 27 del 2015." Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que no adjuntó evidencia comprobatoria y justificativa del ajuste referido en sus aclaraciones.

43 40/58 Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. 9. Al revisar la cuenta de Bancos y compararla contra los estados de cuenta bancarios de la Institución Banco del Bajío, S.A. Fideicomiso Principal No. *********0301, observamos que no se contabilizaron cargos y abonos por $646,602, como se integra a continuación: Mes Cantidad de operaciones Cargos Cantidad de operaciones. Abonos jul-16 1 $ 292,570 1 $ 292,570 nov , ,405 dic , ,627 Total 58 $ 646, $ 646,602 Cabe mencionar que el número de operaciones antes referidas no fueron afectadas contablemente en las siguientes cuentas: Cuenta contable Concepto Cargos Abonos Servicios financieros Comisiones fiduciarias $ 46,250 $ 0 Servicios generales Servicios legales y contables 4,640 0 Servicios generales Copias certificadas 2,048 0 Gastos financieros Comisiones bancarias Ingresos Aportaciones de Gobierno del Estado 0 60,170 Proveedores Servicios legales y contables 4,640 0 Bancos Traspasos bancarios 588, ,432 Total $ 646,602 $ 646,602 Lo anterior, contraviene el artículo 2, segundo párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que advierte lo siguiente: "Los entes públicos deberán seguir las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización". Asimismo, infringe los artículos 48 y 49 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Financiera - Monto no solventado $646,602 Respuesta Del Ente Público

44 41/58 Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Referente a la contabilización de los meses de julio, noviembre y diciembre, se manifiesta: a) La contabilidad de julio so contabilizó todos los cargos y abonos, para lo cual se anexa toda la documentación de dicho mes y pólizas contables (anexo 7) b) Para el mes de noviembre, en dicho periodo ya no se contaba con el servicio del despacho contable, el mismo que se finiquitó en noviembre, mes en que se realizó la contabilidad correspondiente a octubre. Se anexo contrato de terminación de servicio con el despacho contable. Se tenía contemplado terminar la extinción del fideicomiso en el mes de octubre, pero por retraso en la trasferencia de fondos por parte de la Tesorería del Estado, para liquidar los adeudos de comisiones de la fiduciaria, se postergó la fecha de extinción (anexo 8) c) Para el mes de diciembre, en dicho periodo ya no se contaba con el servicio del despacho contable, el mismo que se finiquitó en noviembre, mes en que se realizó la contabilidad correspondiente a octubre. Se anexo contrato de terminación de servicio con el despacho contable. Se tenía contemplado terminar la extinción del fideicomiso en el mes de octubre, pero por retraso en la trasferencia de fondos por parte de la Tesorería del Estado, para liquidar los adeudos de comisiones de la fiduciaria, se postergó la fecha de extinción. (anexo 8) Cabe mencionar que la mayoría de los movimientos que hacen referencia en noviembre, y el total de diciembre, son cargos y abonos que realiza automáticamente el banco en cuentas de inversión con el saldo a la vista, sin embargo no son entradas y salidas de bancos y/o efectivo o algún otro movimiento de ingresos o egresos. También aclarar que para expresar los estados financieros a diciembre 4, y concluir con la extinción, se consideraron los saldos y movimiento de noviembre y los 4 días de diciembre para la elaboración de los mismos." Anexo 7 Anexo 8 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a lo siguiente: a) En la documentación presentada en el anexo 7, no adjunta póliza contable por el importe observado.

45 42/58 b) En relación al no registrar contablemente las operaciones bancarias de noviembre y diciembre de 2016, no se justifica por la falta de un despacho contable, así mismo son operaciones por transferencias a la cuenta de inversión, así como cargos a cuentas de gastos, proveedores y abonos a ingresos. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. 10. De acuerdo al Convenio de extinción del Contrato del Fideicomiso número denominado Fideicomiso Elevemos México celebrado el 5 de diciembre de 2016, se observó que, en fecha posterior a ésta, del 6 al 30 de diciembre de 2016 fueron realizadas operaciones de 36 depósitos y 22 retiros, ambos por $53,964, respectivamente, según estado de cuenta bancario de la Institución Banco del Bajío, S.A. Fideicomiso Principal No. **********301 por lo que éstos no están reconocidos en la contabilidad del Ente Público, infringiendo lo que se advierte en los artículos 47 y 48 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Así mismo, contraviene lo establecido en el artículo 2 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que a la letra dice: "Los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, incluyendo las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado". Financiera - Monto no solventado $53,964 Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Los movimientos que señala de fecha 6 al 30 de diciembre son las inversiones automáticas que realiza el banco de forma diaria con el saldo a la vista, el cual era de $7,473 pesos al monto de la firma del convenio de extinción del fideicomiso, saldo que debió ser trasferido a la cuenta del fideicomitente, y la responsabilidad de ejecutar esa transferencia es de la

46 43/58 fiduciaria, fecha posterior a la firma de extinción y hasta la cual ejercí la titularidad del ente. Esta información la deben validar con el representante del fideicomitente y la fiduciaria." Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido que aún y cuando refiere en su aclaración, que la responsabilidad del registro contable de estas operaciones bancarias del 6 al 30 de diciembre de 2016 son obligaciones de la Fiduciaria y el Fideicomitente, no justifica lo que objetamos. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. 11. El Ente Público no proporcionó ni exhibió las pólizas contables que comprueban y justifican el registro de diversas operaciones que ascienden a un total de $5,508,432, por lo que contraviene lo establecido en los artículos 42, primer párrafo, 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 13 y 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. Cuenta contable Nombre Fecha Tipo Póliza Cargos Abonos Cta Clásica gastos 19-ene $ 0 $ Impuestos ret de ISR x asimilados a salarios 19-ene Cta Gastos de operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar

47 44/58 Cuenta contable Nombre Fecha Tipo Póliza Cargos Abonos Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cta Gastos de operación 01-mar , Cta Gastos de operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-mar , Cuenta inversión gts. operación 01-mar Cuenta inversión gts. operación 01-may Productos financieros Bajío 01-may Cta Principal 08-may , Inversión cuenta principal 08-may , Cta Gastos de operación 09-may Comisiones bancarias 09-may Cta Gastos de operación 09-may ,992, Cuenta inversión gts. operación 09-may ,992, Cta Gastos de operación 10-jun ,811,276 0

48 45/58 Cuenta contable Nombre Fecha Tipo Póliza Cargos Abonos Cuenta inversión gts. operación 10-jun ,811, Cta Clásica gastos 26-jul , Cta Clásica gastos 26-jul Cta Gastos de operación 26-jul , Cta Gastos de operación 26-jul Cta Gastos de operación 10-ago , Cuenta inversión gts. operación 10-ago , Cta Gastos de operación 10-ago , Cuenta inversión gts. operación 10-ago ,786 Total $ 5,508,432 $ 5,508,432 Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Se anexas las pólizas contables. Cabe aclarar que esta información fue proporcionada a la ASENL en su debido momento (anexo 9) y también señalar que la ASENL no realizó una revisión y evaluación de manera física en el domicilio donde se encuentra la documentación y archivo muerto del fideicomiso, sino solicito información vía oficio las cual se le proporción de manera digital la que fuese posible hacerla por ese medio, obviando una revisión detallada de toda la documentación así como limitando la facilidad de aclarar información de parte del fideicomiso extinto, dando pie a realizar observaciones que pueden no tener sustento o se pudieron subsanar en caso de haber realizado el trabajo de revisión y evaluación en el domicilio (Anexo 5)" Anexo 9 Anexo 5 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que en la contestación del requerimiento de información notificado mediante oficio ASENL-AEGE-D2-AP96-02/2017 el 3 de agosto de 2017 no anexaron las pólizas contables, situación similar a las respuestas del comunicado de las observaciones preliminares. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente.

49 46/58 Activo no circulante Bienes muebles 12. El Ente Público reclasificó en el Activo no circulante un importe por $1,338,132 de Bienes muebles que forman parte de su patrimonio a Otros activos no circulantes, los cuales fueron otorgados en comodato al Municipio de General Terán, Nuevo León, tal como se muestra a continuación: Rubro Cuenta Pública 2015 Cuenta Pública 2016 Diferencia Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso $ 1,650,000 $ 0 $ 1,650,000 Bienes muebles 1,523, ,141 1,338,132 Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes e intangibles (53,273) (53,273) 0 Otros activos no circulantes 0 1,338,132 (1,338,132) Total $ 3,120,000 $ 1,470,000 $ 1,650,000 Como resultado de nuestra revisión, observamos lo siguiente: a) Reclasificó esta cifra sin dejarlo reflejado en una póliza contable. b) En el Convenio de extinción del Contrato del Fideicomiso número denominado Fideicomiso Elevemos México celebrado el 5 de diciembre de 2016, no refieren la situación que guardan a esa fecha los bienes muebles otorgados en comodato. c) No presentan en la Cuenta Pública 2016 el formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del Ente Público. d) De acuerdo a la cláusula tercera del Convenio antes citado, se realiza la entrega de bienes muebles al Gobierno del Estado de Nuevo León, los cuales se integran como sigue: 46 sillas, 19 equipos de cómputo, 16 escritorios, 10 mesas, ocho reguladores, tres routers, dos impresoras, una pieza de los siguientes activos: Proyector, frigobar, calefactor, tanque de gas, despachador de agua, horno de microondas, trituradora y pizarrón electrónico, sin embargo en la Cuenta Pública anual 2016, presenta en Bienes muebles la cifra de $185,141, por lo que se advierte que este rubro debió presentar un valor en $0 al haber realizado dicha entrega. Lo anterior contraviene los artículos 2, 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 47 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

50 47/58 Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "a) Si se cuenta con la póliza de la reclasificación (Anexo 10) b) Lo bienes muebles que hace mención están claramente asentados en el convenio de extinción, los mismo pasan a resguardo del Fideicomitente que es el Gobierno del Estado, tal como se menciona en la cláusula tercera, identificados como GRUPO UNO (anexo 4) c) Por error no se adjuntó dicha información en el documento presentando de cuenta pública 2016 d) Dichos bienes pasan a resguardo del fideicomitente al momento de la firma del convenio de extinción, sin embargo la información de estados financieros se elaboró en días previos por lo cual en ese momento aún se encontraban registrados en dentro del activo del fideicomiso." Anexo 10 Anexo 4 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado debido a lo siguiente: a) Aún y cuando anexa la póliza contable de reclasificación, ésta se generó en el sistema Indetec; así mismo la base de datos contable y la balanza de comprobación que nos proporcionaron durante el proceso de la fiscalización emanan del sistema Contpaq i, por lo tanto, esta reclasificación no fue generada en este último sistema contable. b) El convenio de extinción no menciona la situación que guardan a esa fecha los bienes muebles otorgados en comodato. c) No presentan en la Cuenta Pública 2016 el formato de la relación de los bienes muebles que integraron el patrimonio del Ente Público. d) Los Estados Financieros debieron presentar la información actualizada al momento de la firma del convenio de extinción, por lo que los bienes muebles debieron indicar el valor cero al haber realizado la entrega al Fideicomitente.

51 48/58 Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes e intangibles 13. Al revisar el rubro de Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes e intangibles, se observó que la Cuenta Pública anual 2016 presenta un saldo de $53,273, similar al reflejado en el 2015, por lo que se advierte que durante el ejercicio 2016 no registró el cálculo de la depreciación acumulada y la del ejercicio reflejado en el Rubro de Otros gastos y pérdidas extraordinarias, contraviniendo lo establecido en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (inciso B - punto 6 - Depreciación, deterioro, amortización, del ejercicio y acumulada de bienes), estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Esta observación fue comentada en el Informe del Resultado de la revisión de las Cuentas Públicas 2014 y Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Considerando que el fideicomiso estaba en proceso de extinción, sin operaciones ni personal, no se prestó la atención a este punto, de manera involuntaria, y a la fecha es inviable subsanar este registro al haber sido ya extinguido el ente." Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, toda vez que omitió el registro contable durante el ejercicio 2016 de la depreciación de los bienes muebles y otros activos no circulantes, como lo establece el Acuerdo por el que se emiten las Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio

52 49/58 PASIVO (inciso B - punto 6 Depreciación, deterioro, amortización, del ejercicio y acumulada de bienes). Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. Pasivo circulante Cuentas por pagar a corto plazo 14. El Ente Público, omitió cancelar un saldo de $4,640 en el Rubro de Cuentas por pagar a corto plazo correspondiente a los servicios de asesoría y trabajos realizados en octubre de 2016 por el Despacho Leal López y Asociados, S.C. Así mismo, no provisionó $4,640 por el mismo servicio prestado de noviembre de 2016, ambos pagados el 22 de noviembre del mismo año por valor de $9,280 de la cuenta bancaria *********0301 Principal del Banco del Bajío, S.A., por lo que contraviene el Acuerdo por el que se emiten las Reglas específicas del registro y valoración del pasivo - punto Reconocimiento, que dispone; "Debe reconocerse una provisión cuando den su totalidad de las siguientes condiciones: Exista una obligación presente (legal o asumida) resultante de un evento pasado a cargo del ente público, es probable que se presente la salida de recursos económicos como medio para liquidar dicha obligación, la obligación puede ser estimada razonablemente.", estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "Para el mes de noviembre, en dicho periodo ya no se contaba con el servicio del despacho contable, el mismo que se finiquitó en noviembre, mes en que se realizó la contabilidad correspondiente a octubre. Se anexo contrato de terminación de servicio con el despacho contable. Se tenía contemplado terminar la extinción del fideicomiso en el mes de octubre, pero por retraso en la trasferencia de fondos por parte de la Tesorería del Estado, para

53 50/58 liquidar los adeudos de comisiones de la fiduciaria, se postergó la fecha de extinción. (anexo 8) También aclarar que para expresar los estados financieros a diciembre 4, y concluir con la extinción, se consideraron los saldos y movimiento de noviembre y los 4 días de diciembre para la elaboración de los mismos." Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que no adjunta evidencia comprobatoria de la cancelación del pasivo por $4,640, así mismo no provisionó la cifra por el mismo importe y servicio recibido pero en distintas fechas, ambos casos liquidados el 22 de noviembre de Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. 15. Al verificar los movimientos que presenta la cuenta de pasivo denominada "Banco del Bajío" en la Balanza de comprobación, ésta refleja cargos y abonos por $45,993, resultando un saldo final de valor cero considerando ya el saldo inicial, por lo que observamos que al compararlo con el reporte auxiliar contable se registraron solo los abonos de $45,993 sin registrarse los cargos. Lo anterior contraviene los artículos, 2 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 47 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Normativa Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "La diferencia corresponde a comisiones de la fiduciaria que se provisionaron por pagar, y en el mes de noviembre se pagaron, sin embargo en ese mes ya no se realizó registros contables en el auxiliar ya que se finiquitó el contrato de prestación de servicios con el despacho contable externo. Se anexa contrato de terminación de servicio con el despacho

54 51/58 contable. Se tenía contemplado terminar la extinción del fideicomiso en el mes de octubre, pero por retraso en la trasferencia de fondos por parte de la Tesorería del Estado, para liquidar los adeudos de comisiones de la fiduciaria, se postergó la fecha de extinción, como se menciona en la observación 9, inciso b) Se anexa auxiliar del proveedor (anexo 11)" Anexo 8 Anexo 11 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que el auxiliar contable que acompaña en su aclaración muestra en el pasivo un saldo de $45,993, así mismo no justifica el saldo final valor cero reflejado en la balanza de comprobación. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO Hacienda pública/patrimonio generado Resultado de ejercicios anteriores 16. Derivado de comparar la cifra de $8,685,966 presentada en el Rubro "Resultado de ejercicios anteriores" de la Cuenta Pública 2015 contra la Balanza de comprobación del 1 de enero al 4 de diciembre de 2016 determinamos una diferencia de $481 no aclarada ni justificada por el Ente Público, por lo que contraviene lo que se advierte en el artículo 48 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Financiera - Monto no solventado $481 Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "La diferencia de $481 pesos corresponde a un ajuste por conciliación realizado en 2016, afectando al saldo de 2015 por haber estado arrastrando un error en los registros contables

55 52/58 desde tiempo atrás, antes de asumir mi función como titular del Fideicomiso, la cual asumí en noviembre 27 del Esta diferencia esta relacionada a la observación 8" Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que no adjuntó evidencia comprobatoria y justificativa del ajuste referido en sus aclaraciones. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente. INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS Ingresos de gestión Ingresos por venta de bienes y servicios 17. Al comparar la cifra reflejada en la cuenta Ingresos financieros por $5,457 en la Balanza de Comprobación, difiere $2,929 del saldo presentado en el reporte auxiliar contable de $2,528, por lo que contraviene lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. Financiera - Monto no solventado $2,929 Respuesta Del Ente Público Remitió copia simple de las justificaciones y aclaraciones que presentó el 24 de octubre de 2017 el Extitular del Ente Público a esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Del Extitular "En la información contable del ente el saldo de la balanza de comprobación de la cuenta mencionada es de $2,527.38, no hay la diferencia a la que refiere la observación, y cuál es el sustento para indicar que el saldo es de $5,457. Se anexa la balanza de comprobación" Anexo 12 Análisis de la Auditoría Superior del Estado Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Extitular del Ente Público, no solventa lo observado, debido a que aún y cuando adjunta la balanza

56 53/58 de comprobación mostrando el saldo de $2,527, en el proceso de la fiscalización nos proporcionaron ésta con el importe de $5,457 en contestación al requerimiento de información del oficio ASENL-AEGE-D2-AP96-02/2017 notificado el 3 de agosto de Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO

57 54/58 VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado Solicitud. - Contenida en el acuerdo Legislativo, tomado por el Pleno en la sesión del 9 de noviembre de 2015, remitido a esta Auditoría Superior del Estado, en fecha 11 de febrero de 2016 mediante el oficio número C.V. 011/2016, emitido por los CC. Presidenta y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que dentro del análisis y rendición de las cuentas públicas de todos los entes auditados: a) Presente el cuadro comparativo del presupuesto ejercido contra el presupuesto autorizado, las variaciones que hayan tenido lugar y las explicaciones de las mismas, así como los indicadores de actuación, sus metas y el cumplimiento respectivo. b) Señale, sancione y dé seguimiento al cumplimiento o un cumplimiento de las disposiciones que a partir del 1 de enero de 2013 entraron en vigor en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los acuerdos del Consejo Nacional de Armonización Contable, sobre la operación de los sistemas de registro y contabilidad de los entes auditados. Tramite.- A la fecha del presente informe, el Ente Público se encuentra extinto a partir del 5 de diciembre de 2016 según convenio de extinción del Contrato del Fideicomiso número denominado Fideicomiso Elevemos México, por lo que durante el ejercicio solo se realizaron operaciones para cubrir compromisos y obligaciones y otras gestiones de índole administrativas, de modo que no presentó los indicadores de actuación y sus metas. Cabe señalar que no exime al Ente Público de la obligación de haber presentado el presupuesto del ejercicio 2016, toda vez que recibió recursos financieros para cubrir diversas erogaciones, así mismo al cumplimiento de las disposiciones que a partir del 1 de enero de 2013 entraron en vigor en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos del Consejo Nacional de Armonización Contable, sobre la operación de los sistemas de registro y contabilidad de los entes auditados. Objeto de la revisión.- Para cumplir con lo solicitado, esta Auditoría Superior del Estado, programó una revisión específica con el objeto de verificar las variaciones del presupuesto que hayan tenido lugar y las explicaciones de las mismas y el cumplimiento respectivo y si la operación de los sistemas de registro y contabilidad, se encuentran alineados a la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y los acuerdos del Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac). Procedimientos de auditoría realizados.- Para efectuar lo anterior, el procedimiento consistió en solicitar al Ente Público una explicación a las variaciones en el presupuesto ejercido contra el presupuesto autorizado y se aplicó un cuestionario basado en las Guías de Revisión para el Cumplimiento de la LGCG y los documentos

58 55/58 emitidos por el Conac, recabando evidencia y evaluando el grado de avance en la implementación y observancia de la normativa vigente en la materia. Resultados obtenidos.- Los resultados obtenidos de la referida revisión, se reflejan en las observaciones indicadas con los números 1 y 5, en el apartado VII del presente informe. IX. Resultados de la revisión de situación excepcional En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2013, 2014 y 2015 se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado. Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2015 (en adelante IDR 2015), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían. SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINAN CUENTA PÚBLICA 2013, 2014 y 2015 CUENTA PÚBLICA ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA CANTIDAD DE OBSERVACIONES 2013 Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR), relativo a la Gestión Financiera Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 1 * 2 * Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 1 * 2014 Total de acciones y recomendaciones emitidas 4 Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 5 * Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 1 *

59 56/58 CUENTA PÚBLICA ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA CANTIDAD DE OBSERVACIONES 2015 Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3 * Total de acciones y recomendaciones emitidas 9 Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 7 5 Total de acciones y recomendaciones emitidas 12 Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2015, presentado al H. Congreso del Estado el día 09 de noviembre de DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (ANUNCIADAS EN EL IDR 2015) AL 31 DE OCTUBRE 2017 a) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) Cuenta Pública Observaciones objeto de la promoción PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Último informe de acciones implementadas y resultados Datos de la Promoción obtenidos en atención a la Promoción formulada por la ASENL Oficio de Promoción Autoridad ante la cual se formuló la PFRA Número de oficio Fecha en que se recibió el Informe de atención a promoción ASENL-PFRA-CP2015- AP96-113/2016 Director General del Fideicomiso Elevemos México Escrito sin número 13-ene-17 ASENL-PFRA-CP2015- PE01-115/2016 Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León CTG-DJ- 551/ jul-17 Cuenta Pública 2015 PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción Autoridad que Servidores atiende la Informe de la Autoridad Públicos Sanciones promoción Estado Sancionados Impuestas (cargos) Director General del Fideicomiso Elevemos México Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León No se inició procedimiento para el fincamiento de responsabilidades administrativas La Contraloría y Transparencia Gubernamental, comunicó efectuar una investigación de los hechos motivo de las Concluido En trámite No sancionó

60 57/58 Cuenta Pública PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción Autoridad que Servidores atiende la Informe de la Autoridad Públicos Sanciones promoción Estado Sancionados Impuestas (cargos) observaciones Esta acción tiene por objeto promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones. b) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG) Cuenta Pública 2015 RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO Oficio de Recomendaciones ASENL-RG-CP2015- AP96-128/2016 Fecha Notificación Fecha Respuesta por el Ente Público Estado en la ASENL 23-nov dic-16 Concluido Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control. Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones: RECOMENDACIONES Cuenta Pública Materia Emitidas Atendidas por el Ente Público Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables No atendidas (Sin respuesta del Ente Público) 2015 Recomendaciones a la gestión o control interno Gestión Financiera Total 7

61 58/58 Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y, 8 fracción XVIII, 14 fracciones XI y XVI, 15 fracciones XIII y XVIII, y 18 fracción XV, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León C.P. EDUARDO GONZÁLEZ JASSO Auditor Especial de Gobierno del Estado y Organismos Públicos Autónomos C.P. HÉCTOR DAVID RIVERA ALEMÁN Director General de Auditoría C.P. ANGELA GARCÍA VALENZUELA Director de Auditoría (Gestión Financiera)

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