REGLAMENTO PARA LOS EXÁMENES Y LA EVALUACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
|
|
- Rosa Roldán Cordero
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 ANEXO REGLAMENTO PARA LOS EXÁMENES Y LA EVALUACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS 1. DEFINICIONES: A los efectos del presente reglamento, se considerará: a) Alumnos: Los interesados en certificar competencias, que hayan completado satisfactoriamente el formulario de inscripción previsto en el párrafo primero del inciso 1, del apartado B del Anexo a la Resolución N 732 de fecha 18 de septiembre de 2017 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. b) Centro de Certificación: Ámbito en el que se realizarán los exámenes de certificación de conocimientos. Cuando resultare necesario, la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, notificará al alumno el turno y/o comisión asignado en el centro de certificación al que corresponde presentarse. c) Examen: Es el procedimiento previsto para recabar información objetiva de los conocimientos adquiridos por el alumno y su capacidad para analizarlos, valorarlos, relacionarlos, utilizarlos y elaborar síntesis, como así también verificar si posee la técnica necesaria, la exactitud suficiente y el criterio indispensable requerido para la incorporación de nuevos conocimientos y su futura actividad profesional. d) Veedor: Persona asignada a los efectos de verificar que el examen transcurra en el marco del presente reglamento.
2 e) Mesa examinadora: Cuerpo colegiado al que el Subsecretario de Servicios Tecnológicos y Productivos le asigna la facultad de corregir los exámenes. f) Autoridad del Programa: La SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS, actuará como Autoridad del Programa 111 Mil a los efectos de lo determinado en el presente reglamento. 2. DE LOS ACTOS PREPARATORIOS: a) Inscripción: Los interesados en certificar competencias, deberán completar un formulario de inscripción que la Autoridad del Programa pone a disposición en la página web Allí, deberán constituir un domicilio electrónico al que se cursarán todas las notificaciones pertinentes. En dicho correo electrónico, se consideran válidas y eficaces todas las notificaciones efectuadas, no pudiendo el interesado ampararse en desperfectos técnicos o su falta de ingreso al mismo para desconocer una notificación. b) Confirmación de la inscripción: La Autoridad del Programa, notificará al alumno la fecha y el Centro de Certificación al que deberá presentarse a fin de rendir el examen correspondiente. Junto a la mencionada notificación, se pondrá en conocimiento la modalidad del examen, su duración máxima y toda otra información que se estime necesaria. c) Listado de alumnos en condiciones de rendir examen: La Autoridad del Programa elaborará y remitirá el listado de alumnos a los veedores correspondientes. Cuando un alumno que hubiere recibido la notificación mencionada en el inciso b) del presente punto, no figurara en el referido listado, el veedor deberá arbitrar los mecanismos necesarios para que el mismo rinda el examen.
3 d) El alumno que no pudiera concurrir al examen podrá solicitar la cancelación de su solicitud de inscripción a la casilla de correo info@111mil.gob.ar, comunicación que deberá efectuarse en un plazo no menor de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles antes de la fecha de examen. 3. DE LA PRESENTACIÓN AL EXAMEN: Los alumnos deberán acudir el día asignado y al lugar indicado, debiendo exhibir su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) vigente y valido. El cumplimiento de dicho requisito es excluyente para poder rendir el examen. Solo podrán rendir el examen los alumnos referidos en el inciso c) del punto 2 del presente reglamento. El alumno será debidamente informado con carácter previo al inicio del examen, que deberá permanecer en el aula que le ha sido asignada durante todo el proceso examinatorio; si el alumno debiera ausentarse por cualquier motivo, no podrá regresar al aula y su examen no será considerado apto a los efectos de ser corregido. 4. DE LA NO PRESENTACIÓN AL EXAMEN: Los alumnos que no se presenten a rendir el examen para el que habían solicitado inscripción en la fecha y lugar que les fue indicado, serán consignados como ausentes. Tal condición, impedirá su inscripción en la fecha inmediata posterior al examen en que debió presentarse, excepto que la Autoridad del Programa considere dicha ausencia como justificada. La justificación por enfermedad será considerada válida, si el alumno exhibe un certificado extendido por profesional médico. El certificado médico correspondiente deberá ser escaneado y remitido a la casilla de correo info@111mil.gob.ar. No se admitirán justificativos por otra causa.
4 5. DEL DESARROLLO DEL EXAMEN: El examen es individual. Los alumnos no podrán dialogar entre ellos. Los alumnos tienen prohibido utilizar chat, correo electrónico, o cualquier página web y/o programa que no le sea específicamente autorizada/o a los efectos de acceder al examen. Está permitido el uso o tenencia de un conjunto de hojas sueltas en blanco (no en un cuaderno) y algún lápiz y/o lapicera propia. Las hojas referidas serán firmadas por el veedor. Todas las hojas utilizadas durante la evaluación deberán ser entregadas al finalizar la misma o destruidas por el alumno en presencia del veedor. 6. DE LAS DUDAS SOBREVINIENTES: El veedor no está autorizado a evacuar dudas. Si el alumno tuviera dificultades con las herramientas tecnológicas que le fueron provistas, podrá usar el mapa de caracteres ( Tecla Windows + R y en el cuadro de texto escribir "charmap", y pulsar Enter. También vía en "Inicio--> Accesorios ---> Herramientas del Sistema ---> Mapa de caracteres"). Toda otra consulta deberá ser resuelta por el propio alumno. 7. DE LA NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE LOS EXÁMENES: a) Quienes hayan completado el examen, serán notificados del resultado del mismo en un plazo no mayor a SIETE (7) días hábiles. Tal comunicación, se efectuará al correo electrónico indicado al momento de inscribirse. Los alumnos que no hayan aprobado podrán inscribirse para rendir nuevamente en el llamado posterior al examen desaprobado, con excepción de lo resultante de los puntos 4 y 11 del presente reglamento. b) La corrección del examen arrojará un resultado de APROBADO o NO APROBADO. La aprobación del mismo da lugar a la obtención del
5 Certificado de Competencias, denominado Certificación 111 Mil trayecto programador, el que constará de los datos del interesado e indicación del año de obtención de dicho certificado. 8. DE LA REVISIÓN DEL RESULTADO DEL EXAMEN: En caso de disconformidad con la corrección del examen, el alumno podrá solicitar la revisión del mismo, fundadamente, dentro de los CINCO (5) días hábiles de haber sido notificado del resultado. Tal solicitud se efectuará a través del correo electrónico dirigido a la casilla de correo info111mil@produccion.gob.ar, indicando en el asunto RECONSIDERACIÓN. La mesa examinadora, deberá expedirse dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibido dicho correo electrónico. 9. DE LA MESA EXAMINADORA: a) La Autoridad del Programa, designará los integrantes de la mesa examinadora. b) Dicho cuerpo constará, por lo menos, de TRES (3) miembros, quienes elegirán a su propio Presidente; en caso de no existir acuerdo en la calificación de un examen, será el Presidente de la mesa examinadora quien resolverá al respecto. 10. DE LA ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS: La Certificación 111 Mil trayecto programador, será enviada al correo electrónico oportunamente proporcionado a tal efecto.
6 11. DE LAS SANCIONES A LOS ALUMNOS: El alumno que fuera sorprendido con material preparado para la copia o intentando hacerlo en un examen, o se evidencie un proceder deshonesto con la finalidad de aprobar o inducir a engaño en la corrección y evaluación de su examen, le será vedada la posibilidad de continuar el mismo, si éste estuviera en curso. Cuando el proceder deshonesto con la finalidad de aprobar o inducir a engaño en la corrección y evaluación de su examen se pusiera en evidencia con posterioridad a la toma de examen, se suspenderá su corrección. En el término de las VEINTICUATRO (24) horas hábiles siguientes a la toma de examen o a la toma de conocimiento de las circunstancias descriptas en el párrafo anterior, el veedor o la mesa examinadora, según corresponda, presentará por escrito un detalle de la situación planteada con los elementos de prueba pertinentes, dirigidos a la casilla de correo info111mil@produccion.gob.ar. El Presidente de la mesa examinadora, previo análisis de que los antecedentes referidos reúnan las condiciones indicadas en el párrafo primero del presente punto, en el término de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles siguientes, hará conocer al alumno los cargos efectuados por medio del correo electrónico. El alumno involucrado deberá, en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles, formular el pertinente descargo. La falta de presentación del descargo, implicará la aceptación plena de los cargos efectuados. El correo electrónico a través del cual se le comunica al alumno dichos cargos deberá contener la leyenda la no presentación de descargo en el término de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles implicará la aceptación plena de los cargos. Vencido el plazo para la presentación del descargo, el Presidente de la mesa examinadora elevará los antecedentes respectivos a la Autoridad del Programa, para su decisión.
7 Por las causas expuestas precedentemente, el alumno podrá ser pasible de una sanción consistente en la imposibilidad de rendir exámenes durante UNO (1), DOS (2) o TRES (3) llamados consecutivos, lo que en cada caso se considere conveniente. En caso de reincidencia, podrá aplicarse una sanción más severa. La decisión correspondiente será comunicada al alumno al correo electrónico suministrado oportunamente dentro de los DIEZ (10) días hábiles de recibidos los antecedentes mencionados.
ACTUACIONES DEL EXAMINADOR PARA LA FORMACIÓN INICIAL DE TCP
NO RESTRINGIDO GUIA ACTUACIONES DEL EXAMINADOR PARA LA 1/10 EDICIÓN Fecha de EDICIÓN Fecha de APLICABILIDAD 1.0 15/02/2014 01/03/2014 Edición inicial REGISTRO DE EDICIONES MOTIVO DE LA EDICIÓN/REVISIÓN
Más detallesSAN SALVADOR DE JUJUY,
SAN SALVADOR DE JUJUY, VISTO, los Expedientes S-300-3226/06 y R-300-3241/06, mediante los cuales la Sra. Secretaria Académica y los Consejeros Académicos Alumnos, elevan proyecto de Reglamento de Designación
Más detallesPROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017
PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017 REGLAMENTO GENERAL Artículo 1 : Las becas para estudiantes universitarios previstas en el presente REGLAMENTO
Más detallesANEXO I DE LA RESOLUCIÓN Nº 656 HCD REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL PARA LA CARRERA DE GEOLOGIA
ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN Nº 656 HCD- 2009 Universidad Nacional de Córdoba Facultad de Ciencias Exactas Físicas y Naturales Escuela de Geología REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL PARA LA CARRERA DE GEOLOGIA Artículo
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA COBERTURA DE HORAS CÁTEDRA SUPERIOR, INTERINAS O SUPLENTES I. PUBLICACIÓN DE VACANTES Y RATIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN.
PROCEDIMIENTO PARA LA COBERTURA DE HORAS CÁTEDRA SUPERIOR, INTERINAS O SUPLENTES I. PUBLICACIÓN DE VACANTES Y RATIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN. 1. Producida la vacante, el Instituto dispondrá de un día hábil
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2015 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesArtículo 1. -PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN Y CONTROL PREVIO.Los. bonos solicitados por las empresas encuadradas en alguno de los supuestos
Anexo II Artículo 1. -PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN Y CONTROL PREVIO.Los bonos solicitados por las empresas encuadradas en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 9 de la presente resolución se
Más detallesRCS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSÉ, A LAS 9:15 HORAS DEL 18 DE JUNIO DEL 2012
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Más detallesINSTITUTO DE NIVEL TERCIARIO EN EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA PROVINCIA DEL CHACO
Instituto de Nivel Terciario de Educación Técnica y Profesional RÉGIMEN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN Anexo I a la Resolución N º 1406 Modificatorio del Anexo V de la Resolución 1304/99 M.E.C.C. y T. EDUCACIÓN
Más detallesConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado XesoCución W CONSUCODE/PRE Jesús María, 28 DIC 2096 VISTO: El Memorando N 975-2006-GRNP, de fecha 30 de noviembre de 2006, emitido. por la
Más detallesLA PLATA, 21 de marzo de 2005
LA PLATA, 21 de marzo de 2005 Visto la Resolución 3181/02, sus modificatorias y la Disposición 58/02 de Esta Dirección, con relación a las pautas vigentes para el procedimiento especial de Difícil Cobertura,
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2018 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesTérminos y Condiciones
Términos y Condiciones El presente documento contiene los términos y condiciones en que los usuarios debidamente registrados podrán hacer uso del sitio Sucursal Virtual de la Mutualidad del Ejército y
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA PROCEDIMIENTO PARA EL EXAMEN DE IDONEIDAD PROFESIONAL
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA PROCEDIMIENTO PARA EL EXAMEN DE IDONEIDAD PROFESIONAL CAPITULO I Objetivos Artículo 1: Propósito De conformidad con lo que establece el artículo ocho de la
Más detallesREGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO TITULO I DEFINICIONES OPERACIONALES ART. 1 ART. 2 ART. 3 REGIMEN CURRICULAR, es el conjunto de todas las disposiciones reglamentarias
Más detallesTECNICATURA UNIVERSITARIA EN GESTION CULTURAL
Dossier de Proyectos Ejecutados en el marco de Contratos de Asistencia Técnica y Servicios. TECNICATURA UNIVERSITARIA EN GESTION CULTURAL REGLAMENTO de la CONDICIÓN de ESTUDIANTE OCS 743/01 UNIVERSIDAD
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ANEXO I
ANEXO I Convocatoria de las pruebas de conjunto de Fútbol y Fútbol Sala, correspondientes al año 2014, para el reconocimiento y homologación de la formación de Entrenadores Regionales y Entrenadores Nacionales
Más detallesANEXO REGLAMENTO GENERAL DE ENSEÑANZA A DISTANCIA
ANEXO REGLAMENTO GENERAL DE ENSEÑANZA A DISTANCIA Las normas vigentes se presumen conocidas por todos los integrantes de la comunidad académica del Instituto Privado de la Cámara Argentina de Comercio
Más detallesCIRCULAR TN-CIR Mauricio Arroyo Rivera, Subtesorero Nacional Asunto: NORMAS OPERATIVAS PARA SERVICIO DE DEDUCCIONES A FAVOR DE TERCEROS.
CIRCULAR TN-CIR-004-2017 Fecha: 28 de febrero del 2017 Para: Entidades Deductoras. De: Mauricio Arroyo Rivera, Subtesorero Nacional Asunto: NORMAS OPERATIVAS PARA SERVICIO DE DEDUCCIONES A FAVOR DE TERCEROS.
Más detallesEl proyecto de reglamentación general de exámenes finales para alumnos de la Carrera de Odontología; y
VISTO: El proyecto de reglamentación general de exámenes finales para alumnos de la Carrera de Odontología; y CONSIDERANDO: Que el proyecto, que obra en los exptes. 14.04.34720 y 14.06.37814, fue elaborado
Más detallesArtículo 2.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES, PETICIONES Y PROMOCIONES PRESENTADAS CONFORME AL PROTOCOLO CONCERNIENTE AL ARREGLO DE MADRID RELATIVO AL REGISTRO INTERNACIONAL
Más detallesRequisitos para inscribirse en Concursos Docentes:
Requisitos para inscribirse en Concursos Docentes: Para cargos de Profesor: Adjuntar 4 copias de CV. ANEXO Res. CSU-229/2008 REGLAMENTO DE CONCURSOS DE PROFESORES ORDINARIOS ARTICULO 6.- Para presentarse
Más detallesMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Disposición 3/2015 Bs. As., 16/1/2015 VISTO el Expediente N S04:0070102/2014 del registro del MINISTERIO DE
Más detallesB. Tener entre 25 y 50 años de edad. C. Adjuntar fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
BASES Y CONDICIONES LLAMADO A CONCURSO MAESTRO DE TÉCNICA DE DANZA CLASICA PARA LOS ELENCOS DE BAILE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MENDOZA Y ESCUELA DE DANZAS MUNICIPAL JESUS VERA ARENAS La Subsecretaría
Más detallesREGLAMENTO SOBRE SOLICITUDES DE CANCELACION DE PAGARES Y OBLIGACIONES ECONOMICAS DE LOS ALUMNOS
REGLAMENTO SOBRE SOLICITUDES DE CANCELACION DE PAGARES Y OBLIGACIONES ECONOMICAS DE LOS ALUMNOS (Decreto de Rectoría N 06/2006 del Instituto Profesional DuocUC/ Decreto de Rectoría N 05/2006 del Centro
Más detallesBONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001
BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001 PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCION AL Registro de empresas locales fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo
Más detalles(a) estar en formato impreso o electrónico; y
CAPITULO CUATRO PROCEDIMIENTOS DE ORIGEN ARTÍCULO 4.1: CERTIFICADO DE ORIGEN 1. Cada Parte deberá otorgar trato arancelario preferencial, de conformidad con este Acuerdo, a las mercancías originarias importadas
Más detallesDEPARTAMENTO MATEMÁTICAS. Criterios de calificación
DEPARTAMENTO DE MATEMÁTICAS Criterios de calificación Criterios de Calificación de Matemáticas Los criterios de calificación del Departamento de Matemáticas son los siguientes: + En una prueba escrita
Más detallesREGIMEN DE ESTUDIOS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, modalidad virtual, Programa Universidad Virtual de Quilmes
REGIMEN DE ESTUDIOS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, modalidad virtual, Programa Universidad Virtual de Quilmes I. DE LOS ALUMNOS ARTÍCULO 1 : Serán alumnos regulares del Programa de educación no
Más detallesBecas Posdoctorales Ibercaja de Excelencia en Investigación 2009
Becas Posdoctorales Ibercaja de Excelencia en Investigación 2009 La Fundación Ibercaja, consciente de la importancia que la investigación en los ámbitos de la Biología, Medicina y Tecnología tienen para
Más detallesNORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION.
REF.: NORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION. I. INTRODUCCION: El artículo 71 de la Ley Nº 18.045 de Mercado
Más detallesMinisterio de Economía y Finanzas Públicas Secretaría de Hacienda
PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL POR PARTE DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN Dada las competencias asignadas por la ONTI a la CONTADURÍA GENERAL
Más detallesManual de Funcionamiento Consejo de Donaciones Sociales
Manual de Funcionamiento Consejo de Donaciones Sociales Teniendo en consideración la Ley N 19.885 de Donaciones con Fines Sociales y su respectivo Reglamento, el Consejo de Donaciones Sociales ha resuelto
Más detallesANEXO III PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LIBRETA SANITARIA 3.- MEDICOS REGISTRADOS A TRAMITAR LA LIBRETA SANITARIA
ANEXO III PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LIBRETA SANITARIA 1.- PROCEDIMIENTO: El presente anexo reglamenta el procedimiento obligatorio que todas las partes involucradas, incluidos los solicitantes, deberán
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE LA CARRERA DE DERECHO
REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE LA CARRERA DE DERECHO El presente reglamento establece el procedimiento de evaluación y promoción de los alumnos estudiantes de la carrera de Derecho y tiene por
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS FORMATIVAS 2016
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS FORMATIVAS 2016 El Programa de Formación del Colegio se compone de acciones formativas en distintas modalidades: Presenciales, Semipresenciales y On line.
Más detallesProcedimiento para la presentación y aprobación de la Propuesta de Proyecto Terminal de la Licenciatura en Ingeniería Física de la UAM-Azcapotzalco
Procedimiento para la presentación y aprobación de la Propuesta de Proyecto Terminal de la Licenciatura en Ingeniería Física de la UAM-Azcapotzalco Con la finalidad de homologar criterios y garantizar
Más detallesANEXO II TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL MÓDULO DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) DEL SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE)
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Anexo Número: Referencia: Anexo II Términos y Condiciones TAD ANEXO II TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL MÓDULO DE TRÁMITES
Más detallesEXP-RECT-UER: 1261/11 TÍTULO DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO 1._ La inscripción a las carreras se realiza en cada facultad, en el período
ANEXO ÚNICO TÍTULO I DE LOS ESTUDIANTES De la inscripción a las carreras de la Universidad: ARTÍCULO 1._ La inscripción a las carreras se realiza en cada facultad, en el período que fije cada Consejo Directivo
Más detallesAño de las Energías Renovables ORDENANZA Nº 63. ASUNTO: Aprobar los procedimientos para la acreditación de carreras de grado en funcionamiento
ORDENANZA Nº 63 ASUNTO: Aprobar los procedimientos para la acreditación de carreras de grado en funcionamiento VISTO: la Ley de Educación Superior Nº 24.521 (LES) y sus modificatorias, los Decretos Nº
Más detallesPROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS CAPITULO I CONCEPTO, OBJETO Y ALCANCE Artículo 1. Definición de Reclamo. Se entiende por reclamo a la denuncia de insatisfacción o disconformidad relativa a los producto
Más detallesPROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL Reglamentación interna i Artículo 1º: El Programa de Formación y Experiencia Laboral en Trabajo Social está orientado a complementar
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO
CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR
Más detallesPRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS Resolución 61/2005 Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Industria el Registro
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA FIQT TÍTULO PROFESIONAL MODALIDAD DE TRABAJO POR SUFICIENCIA PROFESIONAL
REGLAMENTO INTERNO DE LA FIQT TÍTULO PROFESIONAL MODALIDAD DE TRABAJO POR SUFICIENCIA PROFESIONAL (Aprobado en Sesión Extraordinaria Nº2 de Consejo de Facultad del 26/04/2018) BASE LEGAL Constituye base
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUACIÓN
REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación
Más detallesREGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA Reglamento para el Otorgamiento de PostGrado EPG/AUPSJB 1 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO EN
Más detallesDISPOSICIONES ACERCA DEL PAGO DE VIÁTICOS Y AYUDA ECONÓMICA PARA ASISTIR A CONGRESOS U OTROS EVENTOS ACADÉMICOS (*)
DISPOSICIONES ACERCA DEL PAGO DE VIÁTICOS Y AYUDA ECONÓMICA PARA ASISTIR A CONGRESOS U OTROS EVENTOS ACADÉMICOS (*) A. ÁMBITO NACIONAL A.1. Asistencia con presentación de trabajos: - Se pagarán hasta tres
Más detallesPortal de Educación - Circular 02/2012 SOLICITUD DE JUNTA MÉDICA
La Plata, 29 de MARZO de 2012 Circular 02/2012 Procedimiento SOLICITUD DE JUNTA MÉDICA El agente debe realizar la solicitud de junta médica en la Sede del Consejo Escolar donde presta servicios. Previo
Más detallesVISTO el Expediente Nº S01: /2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa BIENES DE CAPITAL, INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES Resolución 542/2006 Apruébase el procedimiento para la inscripción, actualización
Más detallesREGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TÍTULO III: ACCESO A LA CAPACIDAD DE DISTRIBUCIÓN POR LA GENERACIÓN ELÉCTRICA Y DISTRIBUIDORAS Aprobado mediante Resolución AN No.1231-elec de 25 de octubre
Más detallesPor disposición de Cambridge English Language Assessment, las fechas de los exámenes
IMPORTANTE: Los profesores particulares y las autoridades de colegios e institutos son responsables de dar a conocer este reglamento general a los candidatos. Fechas de exámenes escritos y orales: Por
Más detallesAutoridad de Registro Tribunal Superior de Justicia De la Provincia de Santa Cruz
Autoridad de Registro Tribunal Superior de Justicia De la Provincia de Santa Cruz Manual de Procedimientos para Solicitud y Obtención de Certificados Digitales IMPORTANTE: Antes de solicitar el Certificado
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 07 de mayo de 2010
1 ORDENANZA Nº: 057 Buenos Aires, 07 de mayo de 2010 ASUNTO: Aprobar los procedimientos para la evaluación de proyectos de carreras de grado al sólo efecto del reconocimiento oficial provisorio del título.
Más detallesREGLAMENTO AERONAUTICO DOMINICANO RAD 143 RAD 36
RAD 36 INSTRUCTORES RUIDO DE LAS AERONAVES EN TIERRA - Instructores en Tierra Índice Sección A - Generalidades 143.1 Aplicabilidad. 143.2 Requisitos para poder obtener una Licencia de Instructor en Tierra.
Más detallesProcedimiento para la presentación y aprobación de la Propuesta de Proyecto Terminal de la Licenciatura en Ingeniería Ambiental de la
Procedimiento para la presentación y aprobación de la Propuesta de Proyecto Terminal de la Licenciatura en Ingeniería Ambiental de la UAM-Azcapotzalco Ingeniería Ambiental Página 1 de 10 Contenido Procedimiento
Más detallesREGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I
REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY Objeto y Ámbito de aplicación.- CAPITULO I Art. 1.- De conformidad con la CODIFICACIÓN
Más detallesReglamento Operacional ATC
Reglamento Operacional ATC Índice: Página 2------------------------Ingresos -----------------------Instrucción Página 3------------------------Examinación ------------------------Ascenso Página 4------------------------Posiciones
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1.
13 REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1. NORMAS GENERALES 1. El Seminario de Titulación es una actividad de aplicación
Más detallesLOMAS DE ZAMORA, VISTO, el Expediente de referencia mediante el cual la Secretaria Académica, eleva Reglamento de Equivalencias, y
Universidad Nacional de Lomas de Zamora LOMAS DE ZAMORA, VISTO, el Expediente de referencia mediante el cual la Secretaria Académica, eleva Reglamento de Equivalencias, y CONSIDERANDO : Que la presente
Más detallesMANUAL DE USUARIO REGISTRO PARA EL EXAMEN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRERA Y/O EXAMEN DE HABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL
MANUAL DE USUARIO REGISTRO PARA EL EXAMEN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRERA Y/O EXAMEN DE HABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL 1 Contenido 1. Acceso al sistema 2. Funcionalidad del sistema 2.1. Inscripción
Más detallesANEXO 4-A PROCEDIMIENTO OPERACIONAL DE CERTIFICACIÓN
ANEXO 4-A PROCEDIMIENTO OPERACIONAL DE CERTIFICACIÓN Para los efectos de la implementación de las reglas de origen aplicables al presente Acuerdo, se aplicarán los siguientes procedimientos operacionales
Más detallesORGANIGRAMA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL TRÁMITE DE LICENCIA DE OBRA SIMPLIFICADO.
ORGANIGRAMA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL TRÁMITE DE LICENCIA DE OBRA SIMPLIFICADO. PARA EL TRÁMITE DE LICENCIA DE OBRA BAJO LAS MODALIDADES C Y D. A. INFORMACION AL PROMOTOR, USUARIO, PROPIETARIO
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA TRABAJO COMUNAL UNIVERSITARIO TABLA DE CONTENIDO
PROCEDIMIENTO DE TRABAJO COMUNAL UNIVERSITARIO 1 PROCEDIMIENTO PARA TRABAJO COMUNAL UNIVERSITARIO Fecha de elaboración: 24 de febrero del 2018 Versión:1.0 Nombre del Documento: Procedimiento de Trabajo
Más detallesACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA
ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA Artículo 1. Objeto Este reglamento tiene por objeto establecer el marco general de funcionamiento del Centro de Información Crediticia
Más detallesAsimismo las Personas Públicas No Estatales deberán llenar este formulario debido a las características de la información solicitada.
Guía de ayuda para la Inscripción de Bases de Datos Ley N 18.331 de 11 de agosto de 2008 1 Índice 1. Formularios de Inscripción. 3 1.1 Personas Jurídicas y Personas Físicas 3 1.2 Organismos Públicos 3
Más detallesReglamento sobre Control de Doping de Jinetes para Carreras Públicas Disputadas en el Hipódromo Chile
1 Reglamento sobre Control de Doping de Jinetes para Carreras Públicas Disputadas en el Hipódromo Chile Artículo 1 El presente reglamento se aplicará para el control de doping y medicamentación de las
Más detallesGUÍA PASO A PASO. El proceso completo de registración se realiza en línea, debiendo ejecutar para ello los siguientes pasos:
Registro de Proveedores de la Universidad Nacional de Cuyo 2018 GUÍA PASO A PASO Bienvenido al Registro de Proveedores de la Universidad Nacional de Cuyo. Para iniciar su trámite de inscripción, deberá
Más detallesReglamento de Diplomados
Reglamento de Diplomados Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- Conforme al artículo 59 del Estatuto Orgánico, el Diplomado es una modalidad que permite la capacitación profesional en la adquisición
Más detallesFormación GUIA GESTIÓN. Acreditación
Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTASS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Subdirección General de Formación y Acreditación Docente
Más detallesRequisitos formativos complementarios previos a la Homologación de Títulos extranjeros de educación superior: PRUEBAS DE APTITUD
Requisitos formativos complementarios previos a la Homologación de Títulos extranjeros de educación superior: PRUEBAS DE APTITUD IMPORTANTE: 1. La última convocatoria de exámenes de los Requisitos Formativos
Más detallesGUÍA PARA EL REGISTRO, CESIÓN Y TERMINACIÓN DE CONTRATOS FIRMES. Descripción Versión inicial
Página 1 de 6 1. REVISIÓN Y AUTORIZACIÓN Versión 1.0 Descripción Versión inicial Elaborador por EOR Aprobado por Reunión CTC y GTRS (27 y 28 de junio de 2018) Vigente desde Agosto 2018 2. OBJETIVO Dar
Más detallesPOSIBLES DUDAS QUE PUEDEN PLANTEAR LOS COMITES DE EVALUACIÓN SOBRE LA CARRERA PROFESIONAL DEL ANEXO III
POSIBLES DUDAS QUE PUEDEN PLANTEAR LOS COMITES DE EVALUACIÓN SOBRE LA CARRERA PROFESIONAL DEL ANEXO III MIEMBROS DE LOS COMITÉS DE EVALUACIÓN.- 1º) Pueden formar parte del comité de evaluación profesionales
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS REGLAMENTO DE EVALUACIÓN EN PREGRADO DE LA FACULTAD DE FARMACIA Y BIOANÁLISIS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento
Más detallesAutoridad de Registro Tribunal Superior de Justicia De la Provincia de Santa Cruz
Autoridad de Registro Tribunal Superior de Justicia De la Provincia de Santa Cruz Manual de Procedimientos para Solicitud y Obtención de Certificados Digitales IMPORTANTE: Antes de solicitar el Certificado
Más detallesPROCEDIMIENTO Y SERVICIOS EN EL RNP VII PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE. Capítulo
Capítulo PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE SERVICIOS EN EL RNP MANUAL DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Manual de la Nueva Ley de Contrataciones
Más detallesLo aconsejado por la Comisión de VIGILANCIA Y REGLAMENTO; EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FÍSICAS Y NATURALES
V I S T O : El Expte. 10-05-05917, por el cual el Sr. Secretario Académico Área Ingeniería, eleva actuaciones referidas al RÉGIMEN DE RENDIMIENTO ACADÉMICO MÍNIMO; y CONSIDERANDO: Que el Proyecto de Resolución
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA INTRODUCCION Art. 1. El Programa de Posgrado en Ingeniería Eléctrica tiene como objetivo la formación de recursos humanos para atender las crecientes
Más detallesSEGUIMIENTO DE UN ESTUDIO DE INVESTIGACIÓN. APROBADO POR: Oscar E. Gallardo
Propósito y Alcance El POE 5 describe los pasos a seguir para el seguimiento continuo de un estudio clínico que fuere aprobado previamente por CIEM-NOA a través de procedimientos que permitan evaluar el
Más detalles(Aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de )
Normativa de Homologación de títulos extranjeros de Educación Superior a Títulos Oficiales de Máster y de Doctor por la Universidad de La Rioja (al amparo del R.D. 285/2004 de 20 de febrero, modificado
Más detallesINSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR N 5 JOSÉ EUGENIO TELLO ANEXO ÚNICO PAUTAS PARA LA CONFECCIÓN DE PLANILLAS DE SEGUIMIENTO Y ACTAS DE EXAMEN Y PROMOCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 4-C.D./2018 ANEXO ÚNICO PAUTAS PARA LA CONFECCIÓN DE PLANILLAS DE SEGUIMIENTO Y ACTAS DE EXAMEN Y PROMOCIÓN I. DE LA PLANILLA DE SEGUIMIENTO (PlaSe) 1º) La planilla de seguimiento (PlaSe)
Más detallesREGISTRO VESTIMENTA. INSTRUCTIVO REGISTRO EMPRESAS BENEFICIARIAS artículo 4 de la Ley
INSTRUCTIVO REGISTRO EMPRESAS BENEFICIARIAS artículo 4 de la Ley 18.846 Los beneficios de la Ley 18.846 de la Vestimenta de 25 de noviembre de 2011 (en adelante la Ley) y su Decreto Reglamentario, pueden
Más detallesNUEVA GUÍA DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS DE LOS USUARIOS COMPRADORES DEL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA DE CHILE.
NUEVA GUÍA DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS DE LOS USUARIOS COMPRADORES DEL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA DE CHILE Proceso 2013 1. Qué es la Acreditación de Competencias? El proceso de acreditación
Más detallesCONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DE RELACIONES LABORALES DEL CAPITULO I DE LA COMPETENCIA
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION JUNTA DIRECTIVA Con fundamento en el inciso h)- del artículo 29º de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, no.2035 del 17 de julio de 1956, reformada por la
Más detallesSANTA FE EXAMINATION CENTRE AR618
EXÁMENES DE CAMBRIDGE ASSESSMENT ENGLISH REGLAMENTO GENERAL 2018 IMPORTANTE: Los profesores particulares y las autoridades de colegios e institutos son responsables de dar a conocer este reglamento general
Más detallesUniversidad Nacional de Lanús
Lanús, 13 de marzo de 2008 VISTO, el expediente Nº 534/08 correspondiente a la 1ª Reunión del Consejo Superior 2008 y la necesidad de dictar una normativa general para la reválida de títulos de nivel superior
Más detalles3. Tomar conocimiento y aprobar las disposiciones reglamentarias Plan de Estudios 2014 Licenciatura en Nutrición (5 en 5):
LA COMISIÓN DIRECTIVA DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 2017, ADOPTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: 3. Tomar conocimiento y aprobar
Más detallesEL PRESIDENTE DE LA UNIVERSIDAD
Expediente Código IQO N 3712 Año 2014 La Plata, OQ. 2014 ATENTO a los términos de la Ley 22.929 y su Decreto Reglamentario 3245/83, la Ley 26508, la resolución 33/2009 de la Secretaria de Seguridad Social
Más detallesCIRCULAR IF/ N 136. Santiago, 30 nov 2010
CIRCULAR IF/ N 136 Santiago, 30 nov 2010 NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE LOS OFICIOS DE TÉRMINO DE PROCESOS DE FISCALIZACIÓN REALIZADOS POR LA INTENDENCIA DE FONDOS Y SEGUROS PREVISIONALES DE SALUD, COMPLEMENTA
Más detallesREGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES
REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD. TITULO I GENERALIDADES CAPITULO
Más detallesPROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO
PROCEDIMIENTOS PARA TITULACION EGRESADOS - CETRPO ESPECIALIDAD TECNICO PRODUCTIVA TECNICO EN AVIACION COMERCIAL 2012 1 TÍTULO VII CAPITULO XXIX Normas para la titulación Articulo 209 Los estudiantes del
Más detallesNORMATIVA DEL VI PROCESO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES
NORMATIVA DEL VI PROCESO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES Guayaquil, 10 de abril de 2018 El presente Instructivo tiene como objetivo presentar las distintas etapas del VI proceso de admisión de
Más detalles