Foro Nacional: Oportunidades y Desafíos para la Participación Política y Social de las Mujeres en el Ecuador
|
|
- María Soledad Cárdenas Aguilar
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Foro Nacional: Oportunidades y Desafíos para la Participación Política y Social de las Mujeres en el Ecuador Panel: El Proceso de fortalecimiento de la participación ciudadana de las mujeres desde la Función Legislativa.
2 El Proceso de fortalecimiento de la participación ciudadana de las mujeres desde la Función Legislativa ASAM. JOHANNA CEDEÑO Presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social Quito, Antiguo Circulo Militar, 2 de marzo de 2016
3 Feminización de la Política 1. Mayor participación y el creciente liderazgo. 2. Introducción de ciertos valores considerados femeninos El enfoque de genero y la participación ciudadana son transversales a toda la Constitución y los cuerpos legales secundarios.
4 Siete Valores Femeninos Uno, las mujeres, sin dejar de ser pragmáticas, hablamos con el corazón en la mano. Para nosotras la política no sólo es capacidad de ejercer el poder, de administrar, de gestionar; sino que podemos darnos el lujo de mostrar nuestras emociones, aunque sean íntimas. Eso nos vuelve más auténticas, más dotadas para crear empatía con los que nos rodean.
5 Siete Valores Femeninos Dos, gracias a nuestro rol de madre y esposas, y a la forma que hemos sido educadas, tenemos mayor proximidad a los problemas diarios de nuestra familia y nuestras comunidades y organizaciones; por lo que solemos ser más pragmáticas y priorizar mejor al momento de tomar decisiones y asignar los recursos.
6 Siete Valores Femeninos Tres, las mujeres tendemos a pensar más en términos comunitarios, ya que en nosotras recae gran parte de la responsabilidad de mantener los vínculos con la familia, con el vecindario y la comunidad.
7 Siete Valores Femeninos Cuatro, la lucha por nuestra reivindicaciones de género son también una lucha contra cualquier discriminación. Nuestros movimientos contribuyen, decididamente, a la profundización de la democracia, porque nuestra causa promueve el respeto a la diversidad, la interculturalidad, el diálogo y la tolerancia.
8 Siete Valores Femeninos Cinco, la participación de las mujeres en la política impulsa una renovación del lenguaje. En Ecuador por ejemplo, hemos padecido 500 años de lenguaje y pensamiento racista y androcéntrico (machista). Pero eso está cambiando, lo que se refleja en el manejo de un discurso inclusivo tanto en las principales leyes de nuestro país como en el manejo de los discursos oficiales. Hoy se impone el uso de lenguaje no sexista y no racista, incluyente: las y los, ellos y ellas, niños y niñas,
9 Siete Valores Femeninos Siete, como resultado de nuestro mayor pragmatismo y nuestra mayor emotividad, nuestro lenguaje y nuestras propuestas tienen mayores niveles de sinceridad y de la claridad. No nos andamos con rodeos, sino que nos gusta ir a lo medular de los temas.
10 Siete Valores Femeninos Siete, como resultado de nuestro mayor pragmatismo y nuestra mayor emotividad, nuestro lenguaje y nuestras propuestas tienen mayores niveles de sinceridad y de la claridad. No nos andamos con rodeos, sino que nos gusta ir a lo medular de los temas.
11 Dificultades que las mujeres para participar en política Cordialidad y simpatía <----> Coquetas Firmes y exigentes <----> Histéricas Mujer Política <----> Malas madres o esposas Guapas o alajitas <----> Qué habrán hecho?
12 LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN LA CONSTITUCIÓN VIGENTE RECUPERACIÓN DEL ENFOQUE DE GENERO EN EL LENGUAJE Se introducen dentro de los manuales de técnica legislativa el derecho a la visibilización de la identidad de género en la constricción de las leyes. Se institucionaliza el uso de: las, los; hombres y mujeres; niños, niñas; la presidenta, el presidente; etc. Porque una de las formas en que se reproduce más eficientemente la dominación es a través del lenguaje.
13 PRINCIPIOS Art EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: ( ) 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, ( ) El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad. (Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, RO 684, Segundo Suplemento, del )
14 EDUCACIÓN Art La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; (LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL, R.O. Nº 417 del 31 de Marzo del 2011)
15 SALUD Art La salud es un derecho que garantiza el Estado ( ) El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; (.) La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de genero y generacional. Art El sistema nacional de salud tendrá por finalidad ( ). El sistema se guiará por los principios generales del sistema nacional de inclusión y equidad social, y por los de bioética, suficiencia e interculturalidad, con enfoque de género y generacional. Art El Estado será responsable de: ( ) 6. Asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres, en especial durante el embarazo, parto y postparto. (Nueva Ley de Salud, pendiente de reforma)
16 PERSONAS ADULTAS MAYORES Art El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores, que tendrán en cuenta las diferencias específicas entre áreas urbanas y rurales, las inequidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; asimismo, fomentará el mayor grado posible de autonomía personal y participación en la definición y ejecución de estas políticas.
17 NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: Art El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.
18 DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Art Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos: ( ) 7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación. Art El Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública, en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos políticos. En las candidaturas a las elecciones pluripersonales se respetará su participación alternada y secuencial. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores discriminados. (Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, RO 22, Suplemento, del , Ley Orgánica de Participación Ciudadana, RO 175, Suplemento, del , Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, RO 303, Suplemento, del 19/10/2010, Código de la Democracia)
19 DERECHOS DE LIBERTAD Art Se reconoce y garantizará a las personas: ( ) 3. El derecho a la integridad personal, que incluye: ( ) b) Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual. Art El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público. Intergeneracional.
20 DERECHOS DE PROTECCIÓN Art En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas: 8. Nadie podrá ser llamado a declarar en juicio penal contra su cónyuge, pareja o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, excepto en el caso de violencia intrafamiliar, sexual y de género. Serán admisibles las declaraciones voluntarias de las víctimas de un delito o de los parientes de éstas, con independencia del grado de parentesco. Estas personas podrán plantear y proseguir la acción penal correspondiente. (Código Orgánico Integral Penal, RO 180, Suplemento, del ) Se tipifica el Femicidio.
21 RESPONSABILIDADES Art Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: ( ) 14. Respetar y reconocer las diferenciasétnicas, nacionales, sociales, generacionales, de género, y la orientación e identidad sexual.
22 CONSEJOS NACIONALES DE IGUALDAD Art Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Los consejos ejercerán atribuciones en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, y de discapacidades y movilidad humana, de acuerdo con la ley. Para el cumplimiento de sus fines se coordinarán con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos en todos los niveles de gobierno. (LEY ORGÁNICA DE LOS CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD - R.O. 7 de julio de 2014)
23 DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA Art Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, ( ) recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.
24 MUJERES EMBARAZADAS Art El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a: 1. No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral. 2. La gratuidad de los servicios de salud materna. 3. La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida durante el embarazo, parto y posparto. 4. Disponer de las facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo y durante el periodo de lactancia.
25 MOVILIDAD HUMANA Art Se prohíbe todo desplazamiento arbitrario. Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos y sanitarios. Las niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, madres con hijas o hijos menores, personas adultas mayores y personas con discapacidad recibirán asistencia humanitaria preferente y especializada. (Ley Orgánica para la Movilidad Humana en el Ecuador, presentaqdo por los 7 Asambleístas de AP, electos por las circunscripciones en el exterior, el 16 de julio de En trámite)
26 DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD Art Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos: ( ) 6.Recibir un tratamiento preferente y especializado en el caso de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, adolescentes, y las personas adultas mayores, enfermas o con discapacidad.
27 DERECHOS COLECTIVOS Art Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: ( ) 10.Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o consuetudinario, que no podrá vulnerar derechos constitucionales, en particular de las mujeres, niñas, niños y adolescentes. ( ) El Estado garantizará la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de igualdad y equidad entre mujeres y hombres.
28 JUSTICIA INDÍGENA Art Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.
29 TIPOS DE PROPIEDAD Art El Estado garantizará la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres en el acceso a la propiedad y en la toma de decisiones para la administración de la sociedad conyugal.
30 FORMAS DE TRABAJO Y SU RETRIBUCIÓN Art El Estado garantizará a las mujeres igualdad en el acceso al empleo, a la formación y promoción laboral y profesional, a la remuneración equitativa, y a la iniciativa de trabajo autónomo. Se adoptarán todas las medidas necesarias para eliminar las desigualdades. Se prohíbe toda forma de discriminación, acoso o acto de violencia de cualquier índole, sea directa o indirecta, que afecte a las mujeres en el trabajo. Art Se reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de autosustento y cuidado humano que se realza en los hogares( ); e impulsará la corresponsabilidad y reciprocidad de hombres y mujeres en el trabajo doméstico y en las obligaciones familiares. La protección de la seguridad social se extenderá de manera progresiva a las personas que tengan a su cargo el trabajo familiar no remunerado en el hogar, conforme a las condiciones generales del sistema y la ley. (Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, RO 483, Tercer Suplemento, del y Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales, RO 797, Segundo Suplemento, del )
31 DEMOCRATIZACIÓN DE LOS FACTORES DE PRODUCCIÓN Art El Estado promoverá el acceso equitativo a los factores de producción, para lo cual le corresponderá: ( ) 2. Desarrollar políticas específicas para erradicar la desigualdad y discriminación hacia las mujeres productoras, en el acceso a los factores de producción. (Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular, RO 444, )
32 HÁBITAT Y VIVIENDA Art El Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el derecho al hábitat y a la vivienda digna, para lo cual: ( ) 5.Desarrollará planes y programas de financiamiento para vivienda de interés social, a través de la banca pública y de las instituciones de finanzas populares, con énfasis para las personas de escasos recursos económicos y las mujeres jefas de hogar.
33 EL DERECHO A LA PARIDAD EN LAS INSTITUCIONES ORGANIZACIONES POLÍTICAS Art Los partidos y movimientos políticos son organizaciones públicas no estatales, que constituyen expresiones de la pluralidad política del pueblo y sustentarán concepciones filosóficas, políticas, ideológicas, incluyentes y no discriminatorias. Su organización, estructura y funcionamiento será democráticos y garantizarán la alternabilidad, rendición de cuentas y conformación paritaria entre mujeres y hombres en sus directivas. Seleccionarán a sus directivas y candidaturas mediante procesos electorales internos o elecciones primarias.
34 REPRESENTACIÓN POLÍTICA Art Para las elecciones pluripersonales, la ley establecerá un sistema electoral conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres; y determinará las circunscripciones electorales dentro y fuera del país.
35 FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL Art Las personas aspirantes a la carrera militar y policial no serán discriminadas para su ingreso. La ley establecerá los requisitos específicos para los casos en los que se requiera de habilidades, conocimientos o capacidades especiales. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes específicas que regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de ascensos y promociones con base en méritos y con criterios de equidad de género. Se garantizará su estabilidad y profesionalización. (Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, RO 441, Segundo Suplemento, del )
36 PRINCIPIOS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL Art Los requisitosy procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberán contemplar un concurso de oposición y méritos, impugnación y control social; se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres. CONSEJO DE LA JUDICATURA Art El Consejo de la Judicatura se integrará por nueve vocales con sus respectivos suplentes, que durarán en el ejercicio de sus funciones seis años y no podrán ser reelegidos; para su conformación se propenderá a la paridad entre hombres y mujeres. El Consejo designará, de entre sus integrantes, una presidenta o presidente y una vicepresidenta o vicepresidente, para un periodo de tres años
37 CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL Art En los casos de selección por concurso de oposición y méritos de una autoridad, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social escogerá a quien obtenga la mejor puntuación en el respectivo concurso e informará a la Asamblea Nacional para la posesión respectiva. ( ) Quienes se encuentren en ejercicio de sus funciones no podrán presentarse a los concursos públicos de oposición y méritos convocados para designar a sus reemplazos. Se garantizarán condiciones de equidad y paridad entre mujeres y hombres, así como de igualdad de condiciones para la participación de las ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior.
38 FUNCIÓN ELECTORAL Art La Función Electoral garantizará el ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través del sufragio, así como los referentes a la organización política de la ciudadanía. La Función Electoral estará conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Ambos órganos tendrán sede en Quito, jurisdicción nacional, autonomías administrativa, financiera y organizativa, y personalidad jurídica propia. Se regirán por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad.
39 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Y DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL Art Los miembros del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral serán designados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, previa selección medianteconcurso público de oposición y méritos, con postulación e impugnación de la ciudadanía, y garantía de equidad y paridad entre hombres y mujeres, de acuerdo con la ley.
40 CORTE CONSTITUCIONAL Art Los miembros de la Corte Constitucional se designarán por una comisión calificadora que estará integrada por dos personas nombradas por cada una de las funciones, Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia y Control Social. La selección de los miembros se realizará de entre las candidaturas presentadas por las funciones anteriores, a través de un proceso de concurso público, con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana. En la integración de la Corte se procurará la paridad entre hombres y mujeres.
REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA DE CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD
REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA DE CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD Decreto Ejecutivo 686 Registro Oficial 521 de 12-jun.-2015 Estado: Vigente No. 686 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1, de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: El Ecuador es un estado Constitucional de Derechos y justicia social.
Rol de los GAD Municipales en el Estado Garante de Derechos
1 Rol de los GAD Municipales en el Estado Garante de Derechos Germán Guerra Subsecretaría de Descentralización Quito, 30 de junio de 2015 2 1. Objetivo La ponencia tiene como objetivo desarrollar, en primer
CLASIFICADOR DE ORIENTACIÓN DE GASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO
CLASIFICADOR DE DE GASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO DIRECCIONAMIENT O CATEGORIA 01 01 00 GÉNERO 01 01 01 01 01 02 Promoción de la autonomía y empoderamiento de la mujer en el marco de la economía
EJES Y POLÍTICAS AGENDA CATEGORÍAS GENERALES LA IGUALDAD SENPLADES
El Clasificador Orientador de Gasto en Políticas de Interculturalidad se compone de doce categorías, perfectamente alineadas con el PNBV 2009-2013 y la Agenda Plurinacional para la Igualdad de SENPLADES:
DERECHOS GANADOS POR LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES
DERECHOS GANADOS POR LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES Doctor Ernesto Pazmiño Granizo Defensor Público General Quito, septiembre de 2017 DERECHOS GANADOS POR LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES BASTA TENERLOS EN LA
PLAN ESTRATÉGICO
PLAN ESTRATÉGICO 2010-2014 (Borrador versión 1.4) Visión de Futuro del ámbito Político-Electoral del País Misión de Consejo Nacional Electoral Objetivos Estratégicos Líneas Estratégicas de Acción Proyectos
POLITICAS DE PROMOCION Y CONSTRUCCION DE LA EQUIDAD E INCLUSION EN EL TERRITORIO. 30 de junio 2015
POLITICAS DE PROMOCION Y CONSTRUCCION DE LA EQUIDAD E INCLUSION EN EL TERRITORIO 30 de junio 2015 Consejo Nacional de Movilidad Humana Consejos Nacional es para la Igualdad Instituciones públicas responsables
LOS CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD
LOS CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD Consejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades Constitución de la República son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio
Acuerdan: Artículo 1.- Creación de la Mesa de Adultos Mayores.- Artículo 2.-
LOS MINISTERIOS DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL, SALUD PÚBLICA, EDUCACIÓN, CULTURA, TURISMO, DEPORTE, JUSTICIA Y RELACIONES LABORALES; EL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL, EL SERVICIO DE RENTAS
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON DURÁN
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON DURÁN CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en su Artículo 1 establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos
Pichincha Solidaria, Incluyente, Productiva
Pichincha Solidaria, Incluyente, Productiva CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES DE LOS GADS P Constitución Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad,
Castigo en la escuela, así como homicidios entre 12 y 17 años bajaron a la mitad entre 2010 y Eliminación de peores formas de trabajo infantil
Castigo en la escuela, así como homicidios entre 12 y 17 años bajaron a la mitad entre 2010 y 2013. Eliminación de peores formas de trabajo infantil Diálogo como mecanismo profesoralumno incrementó 50%
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Decreto Legislativo 0 Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008 Ultima modificación: 21-dic.-2015 Estado: Vigente CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008 INDICE
PROPUESTA DE INCLUSION CON ENFOQUE DE GÉNERO EN LA CARTA ORGANICA DEL MUNICIPIO DE COPACABANA POR UN MUNICIPIO INTEGRO LIBRE DE VIOLENCIAS
PROPUESTA DE INCLUSION CON ENFOQUE DE GÉNERO EN LA CARTA ORGANICA DEL MUNICIPIO DE COPACABANA POR UN MUNICIPIO INTEGRO Y LIBRE DE VIOLENCIAS COPACABANA SOMOS TODAS Y TODOS Bolivia Copacabana 2014 POR UN
LEY CONTRA EL ODIO LA INTOLERANCIA Y POR LA CONVIVENCIA PACÍFICA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto LEY CONTRA EL ODIO LA INTOLERANCIA Y POR LA CONVIVENCIA PACÍFICA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES La presente Ley Constitucional tiene por objeto contribuir a generar las condiciones
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES MUJERES CONSTRUYENDO LA NUEVA BOLIVIA PARA EL VIVIR BIEN
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES MUJERES CONSTRUYENDO LA NUEVA BOLIVIA PARA EL VIVIR BIEN ESTRUCTURA DE CONSTITUCION SATELITAL Antes de LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE Política de gobierno en Educación, Salud, Sexual
CENTRO DE NACIONAL DE RECURSOS EDUCATIVOS PARA LA DIVERSIDAD (CNARED)
CENTRO DE NACIONAL DE RECURSOS EDUCATIVOS PARA LA DIVERSIDAD (CNARED) MARCO LEGAL La educación, concebida como un componente esencial de la política pública en el Ecuador, fomenta un modelo integral, en
CLASIFICADOR ORIENTADOR DE GASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD EN GENERACIONAL - INFANCIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
ORIENTA CIÓN DEL GASTO DIRECCIONA- MIENTO DEL GASTO CLASIFICADOR ORIENTADOR DE GASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD EN GENERACIONAL - INFANCIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CATEGORÍA SUB CATEGORÍA DESCRIPCIÓN DEL CLASIFICADOR
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO CONFERENCIA PLURINACIONAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA I. BASE LEGAL Las acciones de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria responden a las siguientes
SYLLABUS CRIMINALÍSTICA
SYLLABUS CRIMINALÍSTICA 1. DATOS GENERALES 1.1. Módulo: Género y Diversidades 1.2. Nombre del Docente: 1.3. Carrera: Fiscal 1.4. Curso: Formación Inicial 1.5. Paralelo: 1.6. Ciclo de estudios: Septiembre
Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes Ecuador 2010
Buenas Prácticas de participación de niños, niñas y adolescentes en los países del cono sur Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes Ecuador 2010 Base Legal Constitución 2008 Art. 3.
REGLAMENTOS EXPEDIDOS POR EL CPCCS QUE INCLUYEN LA PARIDAD DE GÉNERO Anexo 15 I ANTECEDENTES
I ANTECEDENTES La Ley Orgánica de Participación Ciudadana 1, en su artículo 4, reconoce entre los principios que rigen la participación ciudadana en el Ecuador los siguientes: Paridad de género.- Es la
RESUELVE: Expedir el presente:
UNIV*UÍIT>AD rscníxoükca I1MDOAM ERICA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, las acciones afirmativas por sí solas no transforman estructuras sociales
Experiencia en la transversalización del enfoque de género en la política fiscal ecuatoriana
SEMINARIO INTERNACIONAL EXPERIENCIAS EN TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS Y GESTIÓN PÚBLICA Experiencia en la transversalización del enfoque de género en la política fiscal ecuatoriana
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL SOCIAL DE LA PROGRAMACIÓN TELEVISIVA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL SOCIAL DE LA PROGRAMACIÓN TELEVISIVA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El ordenamiento jurídico de la República del Ecuador garantiza a todas las personas, en forma individual o
Proyecto de Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género contra las Mujeres
Proyecto de Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género contra las Mujeres Propuestas Noviembre 2017 Generalidades: Objeto Art 1. Objeto. - Prevenir y erradicar todo tipo de violencia
Instituto Nacional de las Mujeres PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL AÑO 2013
Instituto Nacional de las Mujeres PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL AÑO 2013 Setiembre, 2012 ÍNDICE 1. BASE LEGAL INSTITUCIONAL... 3 2. ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL... 4 3. ASPECTOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES...
CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD INTERGENERACIONAL. Considerando:
Registro Oficial No. 732, 13 de Abril 2016 Normativa: Vigente REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS NACIONALES DE NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES; JÓVENES; Y, PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL
CONSTITUCION DEL ECUADOR. Título II Derechos. Capítulo Segundo. Derechos del buen vivir. Sección Tercera. Comunicación e Información TÍTULO III
CONSTITUCION DEL ECUADOR Título II Derechos Capítulo Segundo Derechos del buen vivir Sección Tercera Comunicación e Información Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983
CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983 DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2006 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Recomendaciones y Compromisos voluntarios del Estado Plurinacional de Bolivia en el marco del Examen Periódico Universal
Recomendaciones y Compromisos voluntarios del Estado Plurinacional de Bolivia en el marco del Examen Periódico Universal Sistema Universal de Derechos Humanos - Considerar la ratificación de los mecanismos
Dr. José Iván Espinel Molina MINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL. Considerando:
Dr. José Iván Espinel Molina MINISTRO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL Considerando: Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el Ecuador es un Estado constitucional
DIRECCION NACIONAL DE NORMATIZACIÓN DEL TALENTO HUMANO EN SALUD
DIRECCION NACIONAL DE NORMATIZACIÓN DEL TALENTO HUMANO EN SALUD MAIS La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al
Propuesta de plataforma como aspirante a candidata independiente para participan en la Asamblea Constituyente CDMX. 1ero de Marzo, 2016
Propuesta de plataforma como aspirante a candidata independiente para participan en la Asamblea Constituyente CDMX 1ero de Marzo, 2016 Participar en la Asamblea Constituyente es un acta de responsabilidad
UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR INFORME DE LAS PRÁCTICAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE ACCIÓN AFIRMATIVA.
UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR INFORME DE LAS PRÁCTICAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE ACCIÓN AFIRMATIVA. 2014 1.- ANTECEDENTES. 1.1 MARCO LEGAL. La Declaración Universal de los derechos humanos en su
ESCUELA COMERCIAL CÁMARA DE COMERCIO Temas de estudio para examen de Formación Cívica y Ética 3ro A
ESCUELA COMERCIAL CÁMARA DE COMERCIO Temas de estudio para examen de Formación Cívica y Ética 3ro A ASIGNATURA: Formación Cívica y Ética TURNO: Matutino NOMBRE DEL DOCENTE: PAMELA GARCÍA BORBOLLA CICLO
RESOLUCIÓN CORDICOM CONSIDERANDO:
4 CORDICOl\I Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información v Comunicación RESOLUCIÓN CORDICOM - 2013-005 EL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CONSIDERANDO: Que,
CLASIFICADOR DE ORIENTACIÓN DE CASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD DE INTERCULTURALIDAD (Pueblos y Nacionalidades) POLÍTICAS DE IGUALDAD.
CLASIFICADOR DE ORIENTACIÓN DE CASTO EN POLÍTICAS DE IGUALDAD DE INTERCULTURALIDAD (Pueblos y Nacionalidades) ORIENTACIÓN DEL GASTO DIRECCIONA- MIENTO DEL GASTO CATEGORÍA SUB CATEGORIA DESCRIPCIÓN DEL
HACIA UNA IGUALDAD REAL
HACIA UNA IGUALDAD REAL DERECHOS CONTEMPLADOS EN LA LEY DE IGUALDAD Acceso real e igualitario de mujeres y hombres a la educación Eliminación de lenguajes sexistas Acciones positivas en el otorgamiento
LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN: LA TRANSVERSALIDAD DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD
PRIMERA PARTE LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN: LA TRANSVERSALIDAD DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD I. PRINCIPIO DE IGUALDAD A) La igualdad como valor, como principio y como derecho. B) Aproximación
ANTEPROYECTO DE LEY DE DESLINDE JURISDICCIONAL. Septiembre de 2009 (Borrador)
ANTEPROYECTO DE LEY DE DESLINDE JURISDICCIONAL Septiembre de 2009 (Borrador) ANTEPROYECTO DE LEY DE DESLINDE JURISDICCIONAL ÍNDICE TÍTULO I CAP. ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. (OBJETO) Artículo
QUEREMOS Y NECESITAMOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES LA LEY QUE
LA LEY QUE QUEREMOS Y NECESITAMOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES La Constitución de la República en su artículo 42, condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas
Corte Constitucional vs CPCCS
Corte Constitucional vs CPCCS Constitución Art. 208.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de los previstos en la ley: ( ) 9. Organizar el proceso
Creación del Sistema Nacional para la Atención y. Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar
Creación del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar 8688 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: CREACIÓN
ACUERDO Nro. MINEDUC-ME A FREDDY PEÑAFIEL LARREA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE CONSIDERANDO:
ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2015-00132-A FREDDY PEÑAFIEL LARREA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE CONSIDERANDO: Que el segundo inciso del artículo 1 de la Constitución de la República, señala que la soberanía
Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional
Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional Ponencia: El Sistema Nacional de Equidad e Inclusión Social como articulador de la política de inclusión en el Ecuador El Estado de Derechos y Justicia
DÉCIMO PRIMERA POLÍTICA DE ESTADO Equidad y Justicia Social Promoción de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminación
Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de oportunidades, reconociendo que en nuestro país existen diversas expresiones de discriminación e inequidad social, en particular
La importancia de las Estadísticas en la formulación de Políticas Públicas para las Mujeres Indígenas y Afrohondureñas
La importancia de las Estadísticas en la formulación de Políticas Públicas para las Mujeres Indígenas y Afrohondureñas Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Art.
Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983
CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983 D.S.N 027-2007-PCM, Art. 2 (Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las
Creación del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar
Buscar artículos > Ficha de la Norma Ley : 8688 (17 artículos) (2 transitorios) Artículo: Súbnúmero: 0 Tipo: Normal Buscar Ayuda Ley : 8688 del 04/12/2008 Creación del Sistema Nacional para
Acciones realizadas en materia de Equidad de Género por el Poder Judicial del Estado de Chiapas
1 INTRODUCCIÓN En el Poder Judicial es prioridad eliminar toda forma de violencia y discriminación entre los servidores públicos, asegurando condiciones de igualdad de oportunidades, respeto a los derechos
POLITICAS PUBLICAS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO. Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación
POLITICAS PUBLICAS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación Características de un Estado Moderno Un Estado que toma en cuenta las necesidades de ciudadanos
Fortalecimiento del rol público y democrático de los partidos políticos
Proyecto de ley: Fortalecimiento del rol público y democrático de los partidos políticos Nicolás Eyzaguirre G. Ministro Secretario General de la Presidencia Un nuevo paso en el fortalecimiento de nuestra
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPUBLICA DEL ECUADOR EL PLENO DE LA COMISION DE CONTROL CIVICO DE LA CORRUPCION REGLAMENTO DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE TITULO I REGLAS GENERALES CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado
PLE-CNE El Pleno del Consejo Nacional Electoral resuelve aprobar el REGLAMENTO DE VEEDURÍAS
PLE-CNE-5-6-1-2011 El Pleno del Consejo Nacional Electoral resuelve aprobar el REGLAMENTO DE VEEDURÍAS PARA LOS CONCURSOS PÚBLICOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Comisión Especializada Ocasional para el tratamiento de la Solicitud de la Enmienda Constitucional
Comisión Especializada Ocasional para el tratamiento de la Solicitud de la Enmienda Constitucional A continuación se expone el proyecto de enmiendas a la Constitución de la República del Ecuador, que está
1ms EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS CONSIDERANDO:
~ 1ms EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS CONSIDERANDO: Que, el artículo 3, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: "Son deberes primordiales
REGLAMENTO CONSEJOS CONSULTIVOS DE NIÑAS JOVENES PERSONAS ADULTAS
REGLAMENTO CONSEJOS CONSULTIVOS DE NIÑAS JOVENES PERSONAS ADULTAS Resolución 1 Registro Oficial 732 de 13-abr.-2016 Estado: Vigente No. 001-CNII-2015 CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD INTERGENERACIONAL
Universidad Tecnológica Israel
Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel. Lugar y fecha de aprobación
Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia
Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia El Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia es un Organismo Público descentralizado, que tiene
MÓDULO 0. Presentación
MÓDULO 0 Presentación Mecanismos de Control social "sin aceptación y respeto por sí mismo uno no puede aceptar y respetar al otro, y sin aceptar al otro como un legítimo otro en la convivencia, no hay
Exclusión social? Una agenda local para los Objetivos del Milenio
Exclusión social? Una agenda local para los Objetivos del Milenio PANEL 15: EXPERICIENCIAS LOCALES DE INCLUSION SOCIAL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, ECONÓMICO Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C.
CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE PUEBLOS Y NACIONALIDADES
Oficio Nro. CNII-ST-2017-0069-OF Quito, D.M., 17 de febrero de 2017 Señora Abogada Verónica Elizabeth Naranjo Lizano Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades
OBJETIVOS, POLINEAMIENTOS DEL PNBV
OBJETIVOS, POLINEAMIENTOS DEL PNBV OBJETIVOS DEL PNBV POLÍTICA LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS Profundizar la presencia del Estado en el 1,1 territorio nacional, garantizando los derechos de la ciudadanía Fortalecer
Política Nacional de la Juventud
Política Nacional de la Juventud Misión del Instituto Nacional de la Juventud Somos la Institución líder del Estado que planifica, articula, gestiona y evalúa con todos los actores e instancias las políticas
SISTEMAS. Considerando:
REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL PROYECTO APOYO EN SALUD PREVENTIVA Y NUTRICIONAL DE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL GRUPO DE ATENCION PRIORITARIA DEL CANTÓN CHAMBO. Considerando: Que, el Art. 10
Género y salud en las agendas políticas globales, regionales y nacionales: La importancia de la evidencia y las estadísticas
Género y salud en las agendas políticas globales, regionales y nacionales: La importancia de la evidencia y las estadísticas XV Encuentro Internacional de Estadísticas de Género Aguascalientes, México,
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GUARANDA. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art 1
ti EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GUARANDA. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art 1 manifiesta que el Ecuador es un estado constitucional
ORDENANZA METROPOLITANA 271
ORDENANZA METROPOLITANA 271 Que regula la promoción, protección y garantía de los derechos de las personas que viven en situación de movilidad humana en el Distrito Metropolitano de Quito PRESENTACIÓN
Quito, 24, 25 y 26 de marzo de Cuenca, 7,8 y 9 de abril de Quito, 14, 15 y 16 de abril de Guayaquil, 21, 22 y 23 de abril de 2015
TALLER DE DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO EN EL DISEÑO Y PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PEDAGÓGICOS CURRICULARES DE CARRERAS TÉCNICAS, TECNOLÓGICAS SUPERIORES Y EQUIVALENTES Quito, 24, 25 y 26
Punto 1: Se propone aprobar el nombre de la Ley sin observaciones. LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL
De conformidad a los requisitos y procedimientos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como a lo establecido en el Reglamento Interior de Debates de la Asamblea
REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS. El Consejo Académico de la Universidad Santa María, Campus Guayaquil, USM CONSIDERANDO:
REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS El Consejo Académico de la Universidad Santa María, Campus Guayaquil, USM CONSIDERANDO: Que, la Universidad Santa María, Campus Guayaquil, USM es una
Género y derecho. Cecilia Beltrán Varillas. Especialista en temas de género y políticas públicas Lima, noviembre de 2015
Género y derecho Cecilia Beltrán Varillas Especialista en temas de género y políticas públicas Lima, noviembre de 2015 1 Contenido 1. Conceptos de género 2. Cifras oficiales sobre las diferencias de género
EXPOSITORA :LOURDES E. MORALES BENAVENTE - FISCAL PROVINCIAL TITULAR DE FAMILIA DE LIMA
CURSO TALLER: LINEAMIENTOS PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DE LAS GUÍAS DE EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE Y VALORACIÓN DE DAÑO Tema : Principios y enfoques de la Ley N 30364 Ley de violencia contra la mujer
LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL CAPÍTULO I. Objeto y ámbito
LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL CAPÍTULO I Objeto y ámbito Art. 1.- Objeto.- La presente Ley tiene por objeto regular la estructura institucional y funcionamiento de la Función
DIÁLOGO NACIONAL, HACIA LA REFORMA A LA JUSTICIA
PROPUESTA PARA LA DISCUSIÓN DIÁLOGO NACIONAL, HACIA LA REFORMA A LA JUSTICIA REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA EN MATERIA DE JUSTICIA 17 avenida 40-66 zona 8, Apartamento
BOGOTÁ UNA CIUDAD QUE AVANZA HACIA LA GARANTÍA DE DERECHOS
Dirección de Diversidad Sexual Liza Garcia. Directora BOGOTÁ UNA CIUDAD QUE AVANZA HACIA LA GARANTÍA DE DERECHOS 30 de Abril de 2009 Momentos 1. Contexto, la reestructura administrativa y los procesos
DISCRIMINACIÓN POR GÉNERO MÓDULO 3
DISCRIMINACIÓN POR GÉNERO MÓDULO 3 Tammy Quintanilla Zapata Responsable técnica de la comisión de acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad y justicia en tu comunidad, poder judicial
MÓDULO 2 COMITÉ DE USUARIAS/OS DE SERVICIOS PÚBLICOS - CU
MÓDULO 2 COMITÉ DE USUARIAS/OS DE SERVICIOS PÚBLICOS - CU Sub coordinación de Control Social 2013 CRÉDITOS Septiembre / 2013 Sub Coordinación de Control Social MÓDULO 3 COMITÉ DE USUARIOS/AS Reservados
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL INTERIOR 1MAR 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO NÚMERO,. 410 DE 2018 1MAR 2018 Por el cual se adiciona el Título 4 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del
LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN LA AGENDA DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS)
LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN LA AGENDA DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS) 2015-2030 OBSERVATORIO VENEZOLANO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Misión: monitorear Estado Venezolano Constitución
AVANCE EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONSENSO DE MONTEVIDEO SOBRE POBLACIÓN Y DESARROLLO ECUADOR 2018
AVANCE EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONSENSO DE MONTEVIDEO SOBRE POBLACIÓN Y DESARROLLO ECUADOR 2018 Antecedentes Adopción del Consenso de Montevideo IV Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo
CONSIDERAMOS LO SIGUIENTE
LAS ORGANIZACIONES SOCIALES INTEGRANTES DE DIVERSOS COLECTIVOS DE QUETZALTENANGO, ANTE LA PROPUESTA DE DIALOGO NACIONAL HACIA LA REFORMA DE LA JUSTICIA EN GUATEMALA, IMPULSADA POR EL ORGANISMO EJECUTIVO,
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
ESPOCH ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL
CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 1 declara que El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,
ANTEPROYECTO DE LEY ORGANICA REFORMATORIA DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL y DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ANTEPROYECTO DE LEY ORGANICA REFORMATORIA DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL y DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La designación y posesión el 26 de enero de 2012, de las juezas
LEY ORGÁNICA DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA TRABAJADORAS, TRABAJADORES Y SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS EN EL MARCO DEL CUIDADO CORRESPONSABLE
LEY ORGÁNICA DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA TRABAJADORAS, TRABAJADORES Y SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS EN EL MARCO DEL CUIDADO CORRESPONSABLE Monterrey, 13 de octubre de 2016 I. CONTEXTO ECUATORIANO A.
Igualdad de género en la Agenda de Desarrollo Post 2015 Hanny Cueva Beteta
Igualdad de género en la Agenda de Desarrollo Post 2015 Hanny Cueva Beteta Seminario Internacional Experiencias en transversalización del enfoque de género en las políticas y gestión pública Julio 2014
LA MINISTRA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Acuerdo No. 469 LA MINISTRA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, el segundo inciso del artículo 1 de la Constitución de la República, señala que: " La soberanía radica en el
limitada, en virtud de sus características económicas, sociales, culturales, étnicas, de género y edad, para satisfacer sus más elementales necesidade
El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del PARTIDO REVOLUCIONARIO
LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD
LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS NACIONALES PARA LA IGUALDAD Ley 0 Registro Oficial Suplemento 283 de 07-jul.-2014 Estado: Vigente REPUBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL Of. No. SAN-2014-0995 Quito, 03 de
CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL (A2.1100) PROMOCIÓN INTERNA GRUPO PRIMERO
CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL (A2.1100) PROMOCIÓN INTERNA Resolución de 13 de septiembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm.
Fecha de Firma. Fecha de Ratificación Convención relativa a la lucha contra las - - discriminaciones en la esfera de la enseñanza.
Instrumentos Internacionales relativos a EDH ratificados Fecha de Firma Fecha de Ratificación Convención relativa a la lucha contra las - - discriminaciones en la esfera de la enseñanza. Convención internacional