AJUNTAMENT de VALLADA Pl. Major, VALLADA (València) C.I.F. P A
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- Óscar Aranda Franco
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1 CONVOCATORIA BASES ESPECÍFICAS PARA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO, PARA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA: Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo oficial, para la provisión mediante nombramientos interinos de plazas de Agente de Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios, encuadradas en la escala de administración especial, sub-escala servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, pertenecientes a la escala básica, dotada con el sueldo base correspondiente al grupo de clasificación C-1. Al amparo de los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Ley 2/2018, de 11 de mayo, del Consell, de modificación de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre de coordinación de policías locales de la comunidad valenciana (DOCV núm de ). Esta bolsa de trabajo para nombramientos interinos de Agentes de la Policía Local sustituirá las bolsas en su caso vigentes. La convocatoria y las bases se anunciarán en los siguientes soportes: a). Tablón Municipal de Anuncios de la Corporación. b). En la página web municipal. Los sucesivos anuncios se publicarán también en el Tablón Municipal de Anuncios y en la página web municipal. c) Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de las instancias: a) Tener la nacionalidad española. b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente, o al menos tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se recogen en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (D.O.G.V., número 5148 de 2 de diciembre de 2005), y tener una estatura minina de 1`65 metros para hombres y 1`60 metros para mujeres. Se acreditará acompañando a la instancia un certificado médico oficial. Los certificados no deberán tener una antigüedad mayor de tres meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. d) Haber cumplido dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
2 e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características d potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg. Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria. TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base Segunda, referido todo ello a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, acompañando a la instancia fotocopia del D.N.I., así como certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones, según el cuadro de exclusiones médicas contenidas en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana (D.O.G.V., número de 2/ 12/2005), donde deberá hacerse constar la talla del aspirante. Se establece un plazo de 10 DIAS NATURALES, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria correspondiente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada, en la página web municipal, así como en el BOP, que abrirá el mencionado periodo de presentación. Las instancias se presentarán, en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (Ley 39/2015). Los restantes anuncios, relativos a la presente convocatoria para la elección del policía local interino para el cuerpo de la Policía Local de Vallada, convocado dicho procedimiento mediante las bases que nos ocupan, se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada y en la página web de éste CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR: Su composición será predominantemente técnica debiendo sus miembros ser funcionarios de carrera, tener plaza en propiedad perteneciente al Grupo C, Subgrupo C1 y poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Asimismo cada miembro habrá de cumplir el principio de especialización Composición. -Presidente: Jefe del Cuerpo de la Policía Local, se nombrará suplente entre los funcionarios de carrera de la corporación, que posean la misma o superior categoría profesional que la exigida para participar en las pruebas, o entre funcionarios de carrera de otras corporaciones
3 locales con la misma categoría profesional, preferentemente miembros de los respectivos cuerpos de policía local. - Secretario del Tribunal y suplente: El de la Corporación que al mismo tiempo actuará como vocal, o por delegación del Secretario, un funcionario de carrera de la corporación de entre los que posean la misma escala profesional o superior que la exigida para participar en las pruebas. -Vocales: - Se nombrará a tres (3) funcionarios de carrera y sus suplentes designados por la Corporación de entre los funcionarios de Policía Local del Ayuntamiento, que posean la misma titulación o superior que la exigida para participar en las pruebas, o entre funcionarios de carrera del ayuntamiento o de otras corporaciones locales. Junto a la publicación de la lista provisional de admitidos se publicará la composición del tribunal, que incluirá la de los respectivos suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares. El tribunal podrá, así mismo, designar asesores especialistas para la prueba de carácter psicotécnico y las pruebas físicas. QUINTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. El procedimiento de selección objeto de esta convocatoria constará de las siguientes pruebas: Primera: De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar correctamente, por escrito, un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, una de ellas cierta, en un tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos, sobre los temas relacionados en el temario que se recoge como anexo a estas bases. El Tribunal determinará antes del comienzo del ejercicio la penalización, en su caso, de las respuestas incorrectas. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar el mismo. Segunda. Pruebas de aptitud física: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en superar pruebas de aptitud física que pongan de manifiesto la capacidad para el desempeño del puesto de trabajo y cuyo contenido y marcas mínimas serán las siguientes: 1) 1. Trepa de cuerda con presa de pies: hombres, 4 metros; mujeres, 3 metros. 2) 2. Salto de altura: hombres, 1,10 metros; mujeres, 1 metros. 3) 3. Carrera de velocidad en 60 metros: hombres, 10 segundos; mujeres 12 segundos. 4) 4. Carrera de resistencia en metros: hombres: 4 minutos; mujeres: 4 minutos y 10 segundos. La calificación de este ejercicio será de apto o no apto, debiendo superar tres de las cuatro pruebas para ser calificado como apto. La calificación de no apto supondrá la eliminación del proceso selectivo. Tercera: Callejero y entrevista personal. Esta prueba, obligatoria y eliminatoria, constará de dos ejercicios: 1º. Callejero: consistirá en un test de 20 preguntas sobre conocimiento del callejero del Municipio de Vallada, ubicación de edificios y dependencias municipales, establecimientos e instituciones públicas, centros docentes, vías de comunicación, historia, fiestas locales etc., y ordenanzas que afecten al desarrollo de la función policial.
4 La puntuación máxima a otorgar en éste ejercicio será de 5 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 2,5 puntos para superarla. 2º. Entrevista: los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal a efectos de valorar su idoneidad para el desempeño de los puestos de Agente de Policía Local. La puntuación máxima a otorgar en éste ejercicio será de 3 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 1,5 puntos para superar la misma. Cuarta: De carácter obligatorio y eliminatorio, para todos los aspirantes. Consistirá en la práctica de un ejercicio o prueba Psicotécnica aptitudinal y de personalidad, con la calificación de apto o no apto. Esta prueba se ajustará a los baremos establecidos en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (D.O.G.V., número de 2/12/05). La calificación será de apto o no apto, y en caso de ser calificado como no apto supondrá la eliminación del proceso selectivo. La puntuación final será la suma de los puntos obtenidos en cada una de las pruebas realizadas. SEXTA. LLAMAMIENTOS. La fecha, hora y lugar del comienzo de las pruebas se publicará en el tablón de edictos y en el portal web del Ayuntamiento con una antelación mínima de 48 horas. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de las pruebas selectivas, quienes no comparezcan. SÉPTIMA. CONSTITUCIÓN Y ORDEN DE LA BOLSA. Los aspirantes que sean llamados para su nombramiento Interino deberán aportar previamente la siguiente documentación: a) Fotocopia D.N.I. debidamente compulsado. b) Original o fotocopia compulsada del título académico exigido. c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario en cualquier administración o empleo público, así como no hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones públicas. d) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción exigidos. e) certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones, según el cuadro de exclusiones médicas contenidas en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana (D.O.G.V., número de 2/ 12/2005) La bolsa será ordenada de mayor a menor según la puntuación final obtenida en el proceso selectivo. El llamamiento de los aspirantes que formen la bolsa de trabajo se hará siguiendo el orden de prelación establecido en la misma, realizándose telefónicamente o a través de cualquier medio que permita acreditar el mismo. A tal fin los integrantes de la bolsa indicarán
5 hasta dos números de teléfono que serán contactados en cada ocasión, así como una dirección de correo electrónico. El inscrito en la bolsa dispondrá, desde que es avisado, de 24 horas para presentarse ante los servicios de personal con la documentación que se le haya indicado. El funcionamiento de la bolsa, en lo no establecido en las presentes bases, se ajustará a lo determinado en la normativa general aprobada por el Ayuntamiento de Vallada o mediante Decreto que determine su funcionamiento y organización. La vigencia de esta bolsa, será de un año desde el momento de su constitución. OCTAVA. PUBLICIDAD DE LAS BASES. Las presentes Bases se publicarán en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP). Las presentes bases estarán a disposición de los interesados en las dependencias municipales, y respecto de las cuales el Ayuntamiento facilitará una copia, a petición de las personas interesadas. NOVENA.- NOMBRAMIENTO: Los aspirantes seleccionados podrán ser nombrados funcionarios interinos como Agentes de la Policía Local. Una vez nombrados, deberán prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del puesto, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. DÉCIMA.- INCIDENCIAS: El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normas. En Vallada a, 11 de junio de La Alcaldesa. Mª José Tortosa Tortosa.
6 ANEXO I: TEMARIO. CATEGORÍA DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL. Grupo I Derecho Constitucional y Administrativo Tema 1. La Constitución española de Estructura, contenido y principios básicos. Reforma de la Constitución Tema 2. Organización Política del Estado Español. Clase y forma de Estado. Organización Territorial del Estado. La Corona: funciones constitucionales del rey. Sucesión y Regencia. El Refrendo. Tema 3. Las Cortes Generales: las Cámaras. Composición, atribuciones y funcionamiento. La Función Legislativa. El Poder Ejecutivo: El Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. Estructura, organización y funcionamiento de los Tribunales en el Sistema Español. Tema 4. La organización territorial española. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía, Órganos y Competencias. Las Administraciones Públicas: Estatal, Autonómica y Local. Tema 5. Derechos y deberes Fundamentales de la Persona en la Constitución: su defensa y garantía. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La suspensión de los derechos y libertades. Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Gobierno o Consell. Las Competencias. Administración de Justicia. Tema 7. La Administración Pública. La Hacienda Pública y la administración Tributaria. El ciudadano y la administración. Tema 8. El Derecho Administrativo. Fuentes. Normas no parlamentarias con rango de Ley. El Reglamento. Tema 9. El procedimiento administrativo. Marco jurídico. Fases del Procedimiento. La audiencia del interesado. Notificaciones. El Procedimiento sancionador administrativo. La revisión administrativa del acto administrativo. Procedimientos y límites de la revisión. Recursos administrativos. El recurso contencioso administrativo. Tema 10. La Unión Europea: Instituciones. El ordenamiento jurídico de la Comunidad Europea. La recepción, aplicación y control del Derecho comunitario en España. Grupo II Régimen Local y Policía. Tema 11. El municipio: órganos unipersonales de gobierno. El alcalde. Los tenientes de alcalde. Los concejales.
7 Tema 12. Órganos colegiados de gobierno. El Ayuntamiento pleno. La Comisión de Gobierno. Órganos consultivos y participativos: las Comisiones Informativas. Las Juntas de Distrito. Tema 13. La Función Pública en general y los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. El personal al servicio de las Administraciones Locales: concepto y clases. Derechos y Deberes de las Policías Locales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Tema 14. Responsabilidad de los Funcionarios. Reglamento de Régimen Disciplinario. Incoación y tramitación de expedientes. Tema 15. Obligaciones y competencias de los Ayuntamientos. Las Ordenanzas Municipales: concepto y clases. Infracciones. Potestad sancionadora. Los Bandos de Alcaldía. Tema 16. La seguridad ciudadana. Autoridades competentes. Funciones de la Policía Local según la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Actuaciones de la Policía Local en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos. Policía Gubernativa y Judicial. Tema 17. La Policía Local. Ordenamiento legislativo de la Policía Local. Misiones y objetivos. Disposiciones estatutarias comunes. Estructura orgánica y funcional. Tema 18. El binomio policía local-ciudadano. Principios básicos y normas de actuación. Soportes éticos. Régimen disciplinario. Tema 19. La legislación sobre Policías Locales y de Coordinación de Policía Local de la Comunidad Valenciana. La coordinación de las Policías Locales. Estructura y organización de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. Régimen estatutario. Derechos y deberes. Tema 20. El Instituto Valenciano de Seguridad Pública. Regulación Legal. Fines y funciones. La formación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. El Registro de Policías Locales. Sistema retributivo de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. Premios y distinciones. Grupo III Derecho Penal, Policía Administrativa y Psicosociología Tema 21. El Código Penal. Concepto de infracción penal: delito y falta. Las personas responsables criminalmente de los delitos y las faltas. Tema 22. El homicidio y sus formas. Aborto. Lesiones. Lesiones al feto. Delitos contra la libertad: detenciones ilegales y secuestros; amenazas; coacciones. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Tema 23. Delitos contra la libertad sexual: agresiones y abusos sexuales; el acoso sexual; exhibicionismo y provocación sexual; delitos relativos a la prostitución. Infracciones a las disposiciones de tráfico y seguridad constitutivas de delito. Tema 24. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: hurtos, robos, extorsión, robo y hurto de vehículos.
8 Tema 25. Delitos contra la administración pública: prevaricación y otros comportamientos injustos; abandono de destino y la omisión del deber de perseguir delitos; desobediencia y denegación de auxilio; infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos. Cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos. Tema 26. Ley Orgánica Reguladora del Procedimiento de Habeas Corpus. De la denuncia y la querella. Del ejercicio del derecho de defensa. La asistencia de abogado. El tratamiento de presos y detenidos. La entrada y registro en lugar cerrado. Tema 27. La Policía Judicial. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial. El atestado policial Tema 28. Policía Administrativa. Protección Civil. Medio ambiente. Urbanismo. Patrimonio histórico artístico. Ocupación de las vías públicas. Escolarización. Espectáculos y establecimientos públicos. Venta ambulante. Tema 29. Los grupos sociales. Formación de los grupos sociales. Las masas y su tipología. El proceso de socialización. Tema 30. La delincuencia. Modelos explicativos y factores. Los comportamientos colectivos. Comportamiento en desastres, Efectos y consecuencias de los desastres. Reacción ante situación de desastres. Grupo IV Policía de tráfico y circulación. Tema 31. El Tráfico y la Seguridad Vial: Concepto y objetivos. El hombre como elemento de seguridad vial. Los conductores. Los peatones. El vehículo. Las vías. Tema 32. La normativa sobre tráfico circulación de vehículos a motor y seguridad vial: La Ley de Bases y su Texto articulado. Tipificación de las principales infracciones. Infracciones de tráfico que constituyen delito. El Código de circulación y sus preceptos aún vigentes. Tema 33. El Reglamento General de Circulación. Estructura. Principales normas de circulación. Tema 34. El Reglamento General de Conductores. Normas generales Clases de los permisos de conducir y sus requisitos. Validez. Equivalencias. Tema 35. Reglamento General de Vehículos. Normas Generales. Categorías. Sus condiciones técnicas. La inspección técnica de Vehículos. Seguro Obligatorio de responsabilidad civil. Infracciones y diligencias policiales. Tema 36 Reglamento del procedimiento Sancionador en materia de tráfico. Fases del procedimiento y contenido. Medidas cautelares: inmovilización de vehículos. Retirada de vehículos de la vía. Tema 37. El Transporte. Clases de Transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o Mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de Mercancías peligrosas.
9 Tema 38. Alcoholemia. Legislación aplicable. Tasas de alcoholemia. Normas de aplicación para las pruebas reglamentarais. Infracciones y diligencias policiales. Tema 39 Los Accidentes de tráfico: Concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico: de urgencia y técnicoadministrativas. Tema 40. Órganos competentes en materia de tráfico y seguridad vial. El Consejo Superior de Tráfico. Especial consideración de las competencias municipales. Tema 41. Callejero y término del Municipio de Vallada, edificios, dependencias y servicios municipales, establecimientos e instituciones públicas, centros docentes, vías de comunicación, historia, fiestas locales y ordenanzas municipales.
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