SUPERVISIÓN DE OBRAS

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1 ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ PROGRAMA DE CONVERSIÓN DE DEUDA EXTERNA DE BOLIVIA FRENTE A ESPAÑA DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN MODALIDAD REQUERIMIENTO DE CONSULTORÍAS SUPERVISIÓN DE OBRAS Contratación de Consultor Individual Nombre del Proyecto: Supervisión de Obras para la Construcción del Instituto Tecnológico de Patacamaya Objetivo: El proyecto consta de 3 bloques, un bloque de aulas en su planta baja y planta alta con administración y biblioteca, segundo bloque taller de capacitación en industria textil y área de electricidad, el tercer bloque carrera de agroindustria y laboratorios. Código del Proyecto: FPS Nº de Pliego: P00607 Enero de 2015 La Paz - Bolivia FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 1

2 INTRODUCCION DEL PROYECTO La educación tecnológica a diferencia de la educación técnica, permite desarrollar competencias relacionadas con la aplicación y práctica de conocimientos en un conjunto de actividades laborales más complejas y no rutinarias, la teoría cobra más preponderancia y sentido para conceptualizar el objeto tecnológico que le permita visualizar e intervenir en procesos de diseño y mejora, se logra mayor capacidad de decisión así como de creatividad e innovación. El aporte de la Educación tecnológica puede ser visibilizado a niveldel diseño curricular, a nivel de contenidos en las materias y a nivel de las propuestas didácticas del proceso de aprendizaje. En este contexto, con la nueva visión de la Formación Tecnológica del país se pretende implementar institutos tecnológicos que respondan a la vocación productiva de la región y del país, que generen procesos de enseñanza aprendizaje para la investigación y el desarrollo tecnológico, con vocación de servicio, compromiso social, conciencia crítica y autocrítica de la realidad sociocultural, capacidad de crear, aplicar, transformar la ciencia y la tecnología articulando los conocimientos y saberes de los pueblos y naciones indígena originario campesinos con los conocimientos universales para fortalecer el desarrollo económico- productivo y tecnológico de las regiones y del Estado Plurinacional en un franco respeto a los derechos de propiedad intelectual individuales y/o colectivos. El presente Proyecto de implementación del Instituto Tecnológico de Patacamaya se inscribe dentro el Programa de Formación Integral de Jóvenes Bolivianos de Escasos Recursos que a su vez se encuentra priorizado y enmarcado en la Política actual de Educación que propone vincular la educación con la matriz productiva, bajo el marco filosófico y político de la Educación Boliviana que considera a la educación como derecho fundamental de los bolivianos. Los mandatos constitucionales y fundamentales de la educación relieva que: Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural sin discriminación (CPE, art: 17, Capítulo Segundo). El programa citado cuenta con financiamiento de recursos con cargo al Fondo de Contravalor que surge del Programa de Conversión de Deuda 2003 acordado entre España y Bolivia. Sin duda, consideramos que la implementación del Instituto Tecnológico y las acciones de formación y capacitación integral que propone generará a través del tiempo el incremento de ingresos y la articulación y relacionamiento de la actual población joven del municipio de Patacamaya y municipios circundantes con mercados laborales más seguros, constituyéndose en mecanismo de reivindicación de derechos sociales, económicos, políticos y culturales de sectores de la sociedad históricamente excluidos y vulnerables. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 2

3 PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES 1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de servicios se rige por el Reglamento para Contrataciones de Bienes, Obras y Servicios en el Marco del Decreto Supremo N 1425, de 5 de diciembre de 2012, y el presente Documento Base de Contratación (DBC). 2. PROPONENTES ELEGIBLES De acuerdo al Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 1425 y al Artículo 19 de su reglamentación en esta convocatoria podrán participar únicamente Consultores Individuales españoles y/o bolivianos. 3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas: 3.1 Consultas escritas sobre el DBC Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC. 3.2 Reunión de Aclaración Se realizará una Reunión de Aclaración, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración. Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes. 4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) 4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes del plazo límite de presentación de sobres. Estas enmiendas no deberán modificar la estructura y el contenido del Modelo de DBC elaborado por el Financiadory deberán ser emitidas con 10 días calendario antes de la fecha límite de presentación de propuestas 4.2 Las enmiendas deberán ser aprobadas por el RPC. 5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 5.1 La entidad convocante podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas: FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 3

4 a) Enmiendas al DBC. b) Causas de fuerza mayor. c) Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. 5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante. 5.3 La ampliación de plazo de presentación de propuestas se realizará necesariamente a través de Resolución del RPC. 6. GARANTÍAS 6.1 Tipo de Garantías requerido: La entidad convocante, podrá requerir los siguientes tipos de garantía: a) Boleta de Garantía. b) Garantía a Primer Requerimiento. 6.2 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato. 6.3 Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. 7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (Fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC. 7.2 Las causales de descalificación son: a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier documento requerido en el presente DBC. La omisión no se limita a la falta de presentación de documentos, refiriéndose también a que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas. b) Cuando la propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. c) Si se determinase que el proponente se encuentra dentro los impedimentos que prevé el Artículo 20 del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios en el Marco del Decreto Supremo Nº 1425 de 05 de diciembre de d) Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el presente DBC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso. e) Cuando el período de validez de la propuesta no se ajuste al plazo mínimo requerido. f) Cuando el proponente presente dos o más alternativas. g) Cuando el proponente presente dos o más propuestas. h) Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada presentada, no coincida con las fotocopias entregadas en la propuesta. 8. ERRORES NO SUBSANABLES Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 4

5 a) La ausencia de los Formularios del Requerimiento de Consultoría requeridos en el presente DBC. b) La ausencia de documentación y aspectos solicitados en el presente DBC. c) La falta de firma del consultor postulante en uno (1) o varios de los Formularios y Documentos solicitados en el presente DBC. d) Cuando se presente en fotocopia simple, los documentos solicitados en original. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación. 9. DECLARATORIA DESIERTA El RPC declarará desierta una convocatoria pública, mediante Resolución Administrativa, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 15 del Reglamento para Bienes, Obras y Servicios en el Marco del Decreto Supremo Nº 1425 de 05 diciembre de CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16 del Reglamento para la contratación de Bienes, Obras y Servicios en el Marco del Decreto Supremo 1425 de 05 de diciembre de RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el Artículo 40 del Reglamento para contrataciones de Bienes, Obras y Servicios en el Marco Decreto Supremo Nº 1425 de 05 de diciembre de 2012; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses. 12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos. 13. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son total y exclusivamente propios de cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo. 14. IDIOMA La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano. 15. VALIDEZ DE LA PROPUESTA La propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante podrá solicitar por escrito la FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 5

6 extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente: a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud, será excluido del proceso. b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta. c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una nota que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta. 16. DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS DE LA PROPUESTA Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación son: a) Carta de Presentación de la Propuesta y Declaración Jurada (Formulario A-1). b) Experiencia General del proponente (Formulario A-2). c) Experiencia Específica del Proponente (Formulario A-3) Los Formularios de la propuesta son declaraciones juradas de los proponentes, que deben ser presentados en original con la firma del Consultor Individual postulante. 17. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE Experiencia General y Específica La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de supervisión técnica ejecutados durante los últimos diez (10) años, que deberán ser acreditados con el acta de recepción definitiva. La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisión técnica realizados y la experiencia específica es el conjunto de servicios de supervisión técnica similares al servicio de supervisión técnica objeto de la contratación. La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente, los servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general La suma de la experiencia, será calificada conforme los puntajes definidos en el Formulario V Las áreas de experiencia específica de supervisión técnica que se requieran, son desarrolladas en la Parte II del presente DBC Los servicios de supervisión técnica que cumplan con los requisitos solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de ejecución, requeridas en la Parte II del DBC; podrán ser considerados como válidos para la evaluación en el Formulario V-2. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 6

7 18. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación: SECCIÓN III PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el Número de la convocatoria, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria La propuesta debe ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original El original de la propuesta deberá tener todas sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el proponente La propuesta debe incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los documentos presentados No se aceptarán propuestas que contengan textos entre líneas, borrones y tachaduras, siendo causal de descalificación Plazo y lugar de presentación: Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC. Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En todos los casos el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido Modificaciones y retiro de propuestas: Las propuestas presentadas solo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas. Para este propósito el proponente, el proponente, deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante. Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas. La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 7

8 19. APERTURA DE PROPUESTAS La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC. El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los representantes de la sociedad que quieran participar. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC, que la convocatoria sea declarada desierta El Acto de Apertura comprenderá: a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas según el Acta de Recepción. b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes. c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente. La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original. Cuando no se ubique algún documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura. d) Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta. Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación. Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas. 20. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS SECCIÓN IV EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN La entidad convocante, para la evaluación de propuestas aplicará el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 8

9 21. EVALUACIÓN PRELIMINAR La Comisión de Calificación, en sesión reservada y según la verificación de presentación de documentos del Acto de Apertura, determinará si las propuestas continúan o se descalifican aplicando la metodología de CUMPLE/NO CUMPLE. 22. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO El procedimiento de evaluación será el siguiente: La entidad establecerá un presupuesto fijo para la prestación del servicio de supervisión técnica, consiguientemente, el proponente no deberá presentar propuesta económica. Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluación preliminar, la entidad convocante aplicará los criterios de evaluación y asignará los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario V-2. Las propuestas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, en la Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica (PCT), serán descalificadas. De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mínimo requerido, se adjudicará a aquella que presente la mejor calificación técnica. 23. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a) Nómina de los proponentes. b) Cuadros de evaluación. c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. e) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes. f) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 24. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación odeclaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá, en la parte resolutiva, mínimamente la siguiente información: a) Nómina de los participantes. b) Los resultados de la calificación. c) Causales de descalificación, cuando corresponda. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 9

10 d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a todos los proponentes. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 25. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS Una vez adjudicado el proceso de contratación la MAE, el RPC o la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita. La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado. 26. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO SECCIÓN V SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO El proponente adjudicado, deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario A-1. Para el caso de consultores españoles, los documentos deben ser similares o equivalentes a los requeridos localmente. La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, a partir del vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación Si el proponente adjudicado no cumpliese con la presentación de los documentos requeridos para la suscripción del contrato, se procederá a la evaluación y, cuando corresponda, a la adjudicación de la siguiente propuesta mejor evaluada y así sucesivamente El proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato o solicitar retención; y la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuando se convenga este anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado El consultor adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Nº 065 de Pensiones, deberá presentar las certificaciones emitidas por las AFP s Previsión y Futuro, de no adeudo de contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones previo a cada pago. (Solo aplica para consultores Bolivianos y consultores españoles que estén legalmente establecidos en Bolivia) 27. MODIFICACIONES AL CONTRATO El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. SECCIÓN VI ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA 28. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA La entrega de los resultados de la supervisión técnica deberá efectuarse cumpliendo con las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 10

11 Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los resultados de la supervisión técnica La entidad contratante deberá establecer, en los Términos de Referencia, el plazo máximo para la aprobación de los resultados de la supervisión técnica. SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE): Titular o personero de más alta jerarquía dentro la Entidad. Responsable del Proceso de Contratación: Servidor Público que por delegación de la MAE, es responsable por la ejecución del proceso de contratación y sus resultados. Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega. Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo. Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato. Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor. Omisión: Significa no sólo la falta de presentación de documentos, sino cualquier documento que no cumpla con las condiciones de validez requeridas por el Convocante. Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento. Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica. Gerente Supervisión: Profesional representante legal de la Firma Consultora, profesional con suficiente experiencia en la dirección de supervisiones similares, con residencia en el lugar de ejecución de obras, está facultado para: i) dirigir la supervisión técnica de la obra; ii) informar permanentemente al Fiscal de Obras; iii) elaborar el organigrama de personal asignado a obra; iv) responsable del control de asistencia y conducta del personal a su cargo; v) cuidar la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicios de supervisión técnica así como de la obra que supervisa, a efectos de cumplir con el presupuesto asignado. Superintendente: Designado por el Contratista como su representante legal en obra, con residencia en el lugar donde se ejecuta la obra, facultado para i) dirigir la realización de la obra en coordinación con los Directores y Residentes de Obra y Residentes; ii) mantener informada a la Supervisión de los aspectos concernientes a la obra; iii) elaborar el organigrama de personal asignado a obra; iv) responsable del control de asistencia y conducta del personal a su cargo; v) coordinar los aspectos técnicos de la ejecución de la obra con el Contratista. Aplicable a proyectos de gran escala. Director de Obra: Es el profesional que representa al contratista en la obra, a quién deben dirigirse, tanto el fiscal, como el supervisor a través del libro de órdenes; así como en cualquier otra FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 11

12 correspondencia oficial. Es el responsable de la conducción técnica de la construcción de la obra, en un determinado frente de trabajo, cuya permanencia en obra es permanente. Residente de Obra: Es el profesional técnico que trabaja en coordinación con el director de obras, su responsabilidad es la de controlar, monitorear la ejecución técnica de la obra de acuerdo al proyecto de pre inversión, analizar los cambios técnicos requeridos en obra. Especialista: Es el profesional técnico experto en la ejecución, análisis y estudio de la especialidad del área solicitada, encargado de resolver los problemas técnicos, corregir errores, aprobar cambios del área de su especialidad. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 12

13 PARTE II INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN 29. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 29.1 Datos de la Contratación CUCE : Objeto de la contratación : Modalidad : Código de la entidad para identificar al proceso : Gestión : 2014 CONTRATACIÓN CONSULTORÍA INDIVIDUAL PARA LA SUPERVISION CONST. DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PATACAMAYA Requerimiento de Consultorías FPS Número de Pliego : P00607 Presupuesto Fijo : Plazo para la ejecución de la SupervisiónTécnica : Método de Selección y Adjudicación : ,00 Bs.(Ciento noventa y siete mil novecientos sesenta 00/100 Bolivianos) 360 días calendario Presupuesto Fijo Tipo de convocatoria : X a) Convocatoria Pública Nacional X b) Convocatoria Pública Internacional Forma de Adjudicación : Por el total Organismos Financiadores : # Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) % de Financiamiento 1 Recursos de Contravalor España Aporte local Datos generales de la entidad convocante Nombre de la entidad : Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social : Ciudad Zona Dirección Domicilio (fijado para el proceso de contratación) La Paz Teléfono : Fax : Central AV. CAMACHO ESQ. C. COLON EDIF. KRSUL PISO 8 OF. 810 Correo electrónico : adquisicioneslpz@fps.gob.bo 29.3 Personal de la entidad Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) : Responsable del Proceso de Contratación (RPC) : Encargado de atender consultas : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Munguía Santiesteban Juan Carlos Director Ejecutivo - FPS Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Huanca Quiroz Hugo Gerente Departamental La Paz - FPS Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Calle Guayguasi Wilson Jefe de Evaluación La Paz 29.4 Servidores públicos que ocupan cargos ejecutivos hasta el tercer nivel jerárquico de la estructura orgánica son: Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo Munguía Santiesteban Juan Carlos Director Ejecutivo - FPS Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Huanca Quiroz Hugo Gerente Departamental La Paz - FPS Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s) Cargo Calle Guayguasi Wilson Jefe de Evaluación La Paz FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 13

14 30. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de los Servicios de Supervisión Técnica se sujetará al siguiente Cronograma de Plazos: ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR 30.1 Publicación del DBC en el SICOES : 30.2 Inspección previa : 30.3 Consultas Escritas (fecha límite) : 30.4 Reunión de aclaración : Aprobación del Documento Base de Contratación con las enmiendas si hubieran Notificación de aprobación del DBC Fecha límite de Presentación y : Apertura de Propuestas 30.8 Adjudicación o Declaratoria Desierta : 30.9 Notificación de la adjudicación o declaratoria desierta Presentación de documentos para : suscripción de contrato Suscripción de contrato : : : : Día Mes Año Día Mes Año Hora Min Día Mes Año Hora Min Día Mes Año Hora Min Día Mes Año Día Mes Año 11 / 02 / 2015 Día Mes Año Hora Min. 26 / 02 / : 00 Día Mes Año 06 / 04 / 2015 Día Mes Año 10 / 04 / 2015 Día Mes Año 11 / 05 / 2015 Día Mes Año 18 / 05 / 2015 GAM Patacamaya, Oficialía Mayor Técnica FPS La Paz, Av. Camacho, Edf. Krsul Piso 8 o a mail: adquisicioneslpz@fps.gob.bo FPS La Paz, Av. Camacho, Edf. Krsul Piso 8 of. 810 FPS La Paz, Av. Camacho, Edf. Krsul Piso 8 of. 810 Nota.- Las fechas establecidas en el presente cronograma son de carácter referencial, por los tiempos establecidos para la No Objeción por parte del Financiador. 31. TÉRMINOS DE REFERENCIA Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes: TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION 1. DEFINICIONES Organismo Ejecutor: Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS) Beneficiario: Gobierno Autónomo Municipal de PATACAMAYA, Departamento de LA PAZ Proyecto: SUPERVISION TECNICA INDIVIDUAL FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 14

15 Supervisión: para realizar las actividades indicadas en el numeral 5, denominado SUPERVISION INDIVIDUAL DE LA CONST. DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PATACAMAYA 2. ANTECEDENTES Mejorar la calidad educativa y ampliar la cobertura de acceso a la educación, cuyo fundamento sea el vínculo educación - producción y que impulse al desarrollo productivo rural local, regional y nacional, a través de la construcción de Institutos Tecnológicos. El FPS es el responsable de la ejecución del Proyecto, en el marco del cual se llevará a cabo la consultoría para la Ejecución del Componente de Supervisión de Obras contenida en estos Términos de Referencia. Para tal efecto, dentro del componente, el FPS Departamental La Paz, requiere la contratación de una consultoría individual de supervisión para realizar el trabajo descrito en estos Términos de Referencia. 3. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA 3.1. General. La consultoría tiene como objetivo la SUPERVISIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN correspondiente a los Establecimientos de Educación de la CONST. DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PATACAMAYA, velando que la integralidad del producto de la inversión cumpla con los Proyectos, Especificaciones Técnicas, Tiempos, Costos, medidas de mitigación y todos aquellos componentes que fueron aprobados y Licitados que se presentan en documentos anexos. 4. ALCANCE DE LA CONSULTORIA El FPS ha procedido a la contratación de Empresas Constructoras que ejecutarán las Obras Civiles de Infraestructura de Educación en el marco de los Contratos descritos en los antecedentes. En este sentido, frente a la necesidad de obtener productos que cumplan con las Especificaciones Técnicas, Calidad, Cronogramas y Costos y exista la Certificación del cumplimiento en la entrega de las Obras y que éstos se encuentren en el marco de la normativa y legislación existente, se precisa de una Supervisión especializada que realice la SUPERVISIÓN DE OBRAS. El alcance del trabajo es el siguiente: 4.1. La amplitud del trabajo y las obligaciones de la Supervisión estarán de acuerdo con las necesidades del servicio a satisfacción del contratante y deberán cubrir el alcance de los trabajos propuestos Previo a la orden de proceder, en un plazo de diez (10) días calendario, para el inicio de obras y durante el período de construcción, la Supervisión asumirá la responsabilidad total de una minuciosa revisión y complementación del Proyecto El Servicio incluirá una minuciosa revisión de la documentación y de los planos para la construcción proporcionados por el Contratante. La Supervisión deberá completar y perfeccionar el Proyecto, procurando aprovechar al máximo las condiciones existentes, incluyendo las modificaciones y complementaciones que considere necesarias y que no hayan sido previstas originalmente Deberá instalarse la Supervisión en los Sitios de las Obras y prever su vivienda con servicios y equipo necesario para realizar una Supervisión constante y de esta forma emitir los Reportes Semanales requeridos por el Contratante. 5. ACTIVIDADES. Las siguientes tareas de carácter básico, sin ser limitativas, formaran parte del alcance del trabajo que debe cumplir la Supervisión: 5.1. El servicio será ejecutado de acuerdo con los términos de referencia, realizando las actividades previstas para cada módulo de trabajo o componente, instruyendo las órdenes de trabajo y autorizando las ejecuciones de Obra a través del FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 15

16 Libro de Órdenes debidamente autorizado y con permanencia en el sitio de la Construcción Complementación de la información necesaria para el inicio de obras con una investigación cuidadosa de campo y la toma de muestras que considere necesarias. Así como la verificación de las condiciones fisiográficas y geológicas en el área de los proyectos a su cargo La ejecución de ensayos del suelo estará a cargo y costo del Constructor, sin embargo, a fin de verificar los resultados de los mismos, la Supervisión debe ejecutar los ensayos adicionales necesarios, bajo su cargo y costo Revisión, actualización y complementación de los planos generales y de detalle y memorias de cálculo de todas las estructuras, instalaciones, elementos y/o partes y demás documentación necesaria para la construcción, procurando la mejor solución técnica para alcanzar o superar la calidad especificada. De igual forma verificará las medidas de mitigación ambiental aprobadas las mismas que deberán aplicarse en forma oportuna en consistencia con el presupuesto asignado Revisión y aprobación de los métodos de construcción de las estructuras y otras partes de la obra, incluyendo encofrados y planos de taller preparados por el Constructor Verificación permanente de la aplicación de las mejores normas reconocidas y ética profesional por parte del constructor, en todas y cada una de las fases del trabajo Verificación y convalidación de los puntos de referencia determinados por el Constructor, en relación al estacado de los ejes (Verificación topográfica y aprobación del Replanteo) Verificación de los controles de rasante, verticalidad, pendientes y niveles de las construcciones y estructuras, y de cualquier otro trabajo realizado por el Constructor Verificación de que el Constructor ha movilizado oportunamente a la Obra, la Instalación de Faenas; el personal y equipo ofertados en su oferta y, en caso contrario, exigirle el cumplimiento de estos requisitos. Asimismo, verificar que se cumplan los estándares de seguridad y protección adecuada del personal Técnico, Obreros y Auxiliares que intervienen en la ejecución de la Construcción La Supervisión asumirá la responsabilidad total por la revisión y complementación de todos los módulos y/o componentes del Proyecto, los ajustes necesarios y las correcciones adecuadas, el replanteo y la supervisión adecuada de cada componente de la Obra y del contrato de construcción a ser ejecutado por el Constructor Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas de mitigación, que se presentan en el Informe Ambiental del Proyecto: CONST. DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PATACAMAYA consignadas en el Documento de Licitación para Construcción de Obras De presentarse una contingencia ambiental, la Supervisión podrá proponer otras medidas ambientales y solicitar al contratante su aprobación; una vez aprobadas éstas, podrá instruir al Constructor su implementación a través de una orden de cambio Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al Cronograma de Construcción vigente e Informe semanal elaborado con base en la Cartilla de Seguimiento electrónica proporcionada por el Contratante. Cuando cualquier fase de la Obra comience a retrasarse con relación al citado Cronograma, deberá recomendar inmediatamente las medidas a tomarse para subsanar dicha demora, con el objetivo de cumplir y hacer cumplir los tiempos pactados Revisión y verificación de los precios y documentos presentados por el Constructor para los pagos mensuales de avance de Obra y cumplimiento de las especificaciones técnicas. Certificación de los trabajos mensuales y recomendación por escrito al contratante para su pago, con base en la consistencia de los reportes semanales enviados y certificados Cuando se requieran cambios en el diseño, debido a condiciones que se revelen durante la construcción, la Supervisión presentará oportunamente recomendaciones específicas por escrito al Contratante con relación a dichos cambios. Al recibo de la aprobación escrita, la Supervisión realizará los diseños correspondientes introduciendo los cambios necesarios, cuya ejecución será ordenada a través de una orden de cambio Mediciones detalladas por ítem de los trabajos ejecutados para determinar los volúmenes de Obra definitivos para el certificado final de pago Certificación de buena ejecución de la Obra y recomendación por escrito al Contratante con relación a la recepción provisional y definitiva de la Obra Preparación de planos de Obra concluida (planos as built), incluyendo todas las modificaciones efectuadas durante el período de construcción y entrega al Contratante del original de dichos planos en papel de primera calidad, apto para su reproducción fotostática, más dos juegos de copias y una grabación en CD que incluirá además una relación fotográfica secuencial fechada del proceso de ejecución constructiva y documentará la visita del Fiscal, Autoridades locales, departamentales y nacionales que hubieran visitado la Obra Elaboración de un informe final sobre la construcción de la Obra, en el que se certificará la aceptabilidad del trabajo realizado por el Constructor. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 16

17 5.20. Realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de naturaleza técnica o administrativa que, de acuerdo con la mejor práctica profesional o por las necesidades de la Obra, tenga la responsabilidad de realizar, aún cuando no haya sido expresamente mencionado en el Contrato y sus anexos. 6. PRODUCTOS. Se esperan los siguientes productos de la Supervisión: que realice una administración técnica adecuada y minuciosa acorde a las buenas prácticas de la ingeniería y arquitectura durante la ejecución de las obras en cumplimiento estricto a las tareas básicas y no limitativas descritas en el alcance de trabajo, en especial a la revisión y complementación de los diseños a ser validados por especialistas que no sean de la especialidad de la supervisión pudiendo ser topografía, sanitario, eléctrico, etc., cumpliendo así el control de calidad y el seguimiento al cumplimiento de las medidas ambientales y al cumplimiento del plazo de ejecución propuesto por el Constructor. 7. INFORMES. La Supervisión contratada deberá presentar los siguientes Informes, sin que éstos sean limitativos, los mismos deberán ser recibidos a satisfacción por el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social FPS Informe Inicial de Revisión y Verificación del proyecto: La Supervisión deberá elaborar y presentar un informe inicial detallado en tres (3) ejemplares, a los diez (10) días calendario como máximo de recibida la orden de proceder, conteniendo mínimamente: Descripción general de los antecedentes como ser: el contrato de construcción de la Obra, contrato de consultoría de Supervisión de obra y otros aspectos de importancia Descripción general del proyecto indicando las actividades de supervisión, ubicación de las obras, características técnicas principales, volúmenes de obra, etc Un cronograma de trabajo detallado referente a las actividades previstas en el servicio, asimismo se deberá indicar una planificación adecuada de ejecución y la fecha de conclusión de los trabajos previstos en el proyecto. Este cronograma de actividades, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado previo análisis minucioso y aprobación escrita del Contratante Una revisión del diseño, detalles y métodos constructivos, especificaciones técnicas, planos y la relación con el sistema del cual forma parte y con otros sistemas que sean afectados por el Proyecto. En caso de reportarse errores o desajustes respecto al proyecto, la Supervisión deberá presentar sus propuestas al respecto. Este informe contendrá la evaluación técnica referente al diseño final del proyecto; debiendo incluir la verificación de sus componentes, memorias de diseño, dimensionamiento, detalles constructivos, sistemas y/o métodos utilizados, especificaciones y recomendaciones técnicas, cómputos métricos, precios unitarios, montos de contrato, planos de construcción y de detalles constructivos Informes Semanales de Progreso del Proyecto: Los informes semanales de progreso serán presentados al Contratante para la verificación y aprobación del Fiscal de Obras con copia electrónica a las Oficinas de Seguimiento del FPS Nacional, el siguiente lunes al término del período semanal reportado. El Informe será detallado y de fácil interpretación, con base en la Cartilla de Seguimiento preparada por el Contratante, conteniendo los siguientes aspectos: Progreso de la Obra en el periodo, mediante descripción sucinta del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo En relación a la empresa constructora, un detalle del personal y equipo disponible en la obra observando y evaluando su idoneidad y suficiencia Recomendaciones técnicas de importancia, en caso de ser necesarias para incrementar el rendimiento y/o ritmo de avance de la obra en los ítems previstos, especialmente en aquellos que son considerados críticos para cumplir con el plazo contractual propuesto; reprogramando el incremento de equipo, personal calificado y/o especializado y modificaciones en los sistemas o procedimientos constructivos de las estructuras previstas en el proyecto Presentar un informe detallando el grado de cumplimiento de las medidas ambientales, los problemas que se han presentado en su implementación y otras medidas que se han propuesto y aprobado durante el desarrollo de la ejecución de las obras. Presentar la relación del personal en general y el equipo asignado a la obra por el Constructor, para la ejecución de las obras del proyecto. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 17

18 Presentar un informe fotográfico, mostrando cada parte de la actividad cumplida en la ejecución de las obras Informes Periódicos Planillas de Avance: Los informes que acompañen a las Planillas de Pago serán presentados al Contratante con la aprobación del Fiscal de Obras en tres (3) ejemplares, cada vez que sea necesario solicitar un desembolso, que pueden coincidir o no con los informes semanales de progreso. Estos informes deberán incluir: Progreso de la Obra en el periodo, inscrito en la Planilla de formato específico provisto por el Contratante en el que se detallan las cantidades de Obra, los costos Unitarios y los descuentos pertinentes al Constructor, por Anticipos, multas, etc. Información financiera completa, con inclusión de los recursos disponibles y cuadros demostrativos de progreso o dificultad presentada, con asignaciones establecidas, gastos de construcción e ingeniería obtenidos en el período y acumulados, curva y/o diagrama de flujo de fondos desembolsados Presentación de esquemas y/o gráficos que muestren el ritmo general del progreso de las obras, en comparación con el cronograma de trabajo vigente para cada uno de los ítems ejecutados. Informe sobre la provisión de materiales mencionando el grado de cumplimiento del plan de acopios y su relación con el plan de trabajos programados en función de éstos Describir la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales incorporados en el periodo, en cada componente del proyecto Control y seguimiento de la administración del Contrato, con relación a las Ordenes de Cambio u Ordenes de Trabajo impartidas y aprobadas y/o en trámite y previstas para la ejecución del proyecto Resumen de la correspondencia cursada durante la ejecución de las obras de mayor trascendencia entre la Supervisión, el Constructor y el Contratante. Adicionando además una copia del libro de órdenes (escaneada) del periodo al que corresponde el informe Presentar un informe fotográfico, mostrando cada parte de la actividad cumplida en la ejecución de las obras, con relación al informe anterior Relación de los informes de ensayos realizados, ejecutados en el periodo en campo y laboratorio Cada planilla de Avance de Obras, deberá contener el detalle del seguimiento al Componente Ambiental Para el componente de Adquisición de Bienes, las Planillas de Pago corresponderán a las entregas planificadas de acuerdo a las ofertas adjudicadas de las empresas Proveedoras, con el informe de certificación de la recepción de estos bienes de la Supervisión Informes Específicos: Durante la ejecución de las obras, cuando se presenten aspectos o problemas que por su importancia tengan incidencia en el desarrollo normal de los trabajos de la Obra, la Supervisión deberá elevar un informe especial al Contratante, mencionando los antecedentes de los problemas y planteando las recomendaciones y soluciones adecuadas, para que el Contratante analice el contenido del informe y pueda adoptar una decisión inmediata y adecuada. En caso de presentarse una orden de cambio o planilla de avance de obra, la Supervisión deberá emitir un informe de evaluación y verificación para respaldar la documentación enviada, dando su aprobación y solicitando su procesamiento. Adicionalmente, la Supervisión como parte de sus actividades atenderá todo requerimiento necesario y especial presentado durante la ejecución de los trabajos, a través de los informes que le sean requeridos por el Contratante, el ME, la Embajada de España y/o la Secretaria de Medio Ambiente, para tomar acciones y efectuar las recomendaciones correspondientes Informe Final de Cierre del proyecto: La Supervisión está en la obligación de elaborar un Informe Final de conclusión de las obras del proyecto en tres (3) ejemplares. Este informe deberá comprender una descripción cronológica y detallada del proceso de construcción, los volúmenes y montos de obra ejecutados, la relación del personal, material y equipo utilizado, el cumplimiento y/o ampliación del plazo contractual, problemas encontrados y soluciones adoptadas, incluyendo además todo aspecto relevante ocurrido durante la construcción de las obras. Para su aceptación, el informe deberá estar acompañado de los planos finales de FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 18

19 construcción de las obras (planos "as built"); de igual forma, deberá entregar el Plan Anual de mantenimiento de la Infraestructura y equipamiento. Junto al informe final, en Anexo, la Supervisión deberá presentar un informe ambiental de seguimiento y control, señalando las medidas ambientales, el grado de cumplimiento, los problemas que se han presentado y las medidas que se tuvieron que aplicar y señalar qué otros impactos se presentaron y que no se encuentran dentro de las medidas establecidas. En términos generales especificar si se ha cumplido con los objetivos ambientales del proyecto, y proponer recomendaciones que deben llevarse a cabo en la fase de operación. El informe deberá contemplar un reporte fotográfico de todas las medidas implementadas. Este informe será presentado al contratante dentro de los siguientes 15 días calendario a la recepción definitiva de la Obra. 8. LUGAR Y PLAZO. El lugar de prestación de los presente servicios es en el Departamento de La Paz en el municipio de Patacamaya El plazo de la prestación del Servicio está relacionado directamente con el avance físico real de la Obra. Si se tiene una ampliación de plazo en la construcción de la obra, el plazo de supervisión se ampliará automáticamente sin modificación del costo total del servicio propuesto, salvo que se incrementen los alcances del contrato de consultoría. El plazo estimado máximo de prestación de los servicios es de 360 días calendarios. Este plazo podrá ser modificado de acuerdo a la oferta del proponente adjudicado para la construcción de obra e incluye: Plazo de diez (10) días calendario de movilización, revisión del proyecto y presentación de informe respecto a la viabilidad del mismo (previo a la emisión de la orden de proceder al constructor). Adicional al plazo adjudicado para la construcción de obras de cada proyecto, se debe considerar: Plazo de ejecución de la obra hasta la recepción DEFINITIVA. Quince (15) días calendario adicionales para la entrega del informe final. En caso de producirse una suspensión del servicio por causas no atribuibles a la Supervisión, deberá sujetarse a las condiciones estipuladas en el contrato. El equipo técnico de Profesionales propuesto por la Supervisión deberá desarrollar sus funciones a tiempo completo y dedicación exclusiva (conforme se detalla en el numeral 12 de este documento), deberá elaborar la metodología de trabajo que le permita desarrollar sus actividades en el tiempo estipulado para cada una de las etapas. El supervisor debe permanecer en obra 6 días a la semana mínimo y 8 horas diarias mínimo 9. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN. La contraparte institucional de la Supervisión (Fiscal de Obras), estará constituida por la Oficina Departamental del FPS La Paz y por el control y fiscalización que ejerza el Ministerio de Educación. 10. PRESUPUESTO Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN. El Presupuesto es de Bs ,00 (Ciento noventa y siete mil novecientos sesenta con 00/100 bolivianos)]. El monto del contrato incluye todos los impuestos de ley; el consultor será responsable de su cumplimiento. El Contrato será cancelado bajo la modalidad de suma global. 11. FORMA DE PAGO. Respecto al componente de Obras, el monto total convenido por Proyecto, será cancelado en la misma proporción y conforme el avance físico registrado y certificado por la Empresa Constructora que ejecuta la Obra, conforme a procedimientos institucionales establecidos por el FPS. El pago final será efectivo una vez se realice la Recepción Definitiva de la Obra y se FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 19

20 presente el Informe Final conforme lo estipulado en el numeral 7.5 de estos Términos de Referencia. 12. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DOCUMENTACIÓN SUMINISTRADA POR EL CONTRATANTE. Para el cumplimiento de los servicios de Supervisión solicitados, el contratante proporcionará a la Supervisión la documentación técnica completa de los diferentes componentes del proyecto, de acuerdo al siguiente detalle: a. Contrato de Construcción formalizado. b. Oferta adjudicada completa del Constructor a cargo de la construcción de la obra. c. Carpeta completa de los Proyectos: CONST. DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PATACAMAYA, que contiene: Resumen Ejecutivo Memoria Descriptiva Memoria de Cálculo (cuando corresponda) Planos y Detalles Especificaciones Técnicas (Generales y Específicas) Presupuestos y Cronogramas CONOCIMIENTO DE LA ZONA DE OBRA, PLANOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. La Supervisión con carácter previo a la negociación de su propuesta, tiene la responsabilidad de inspeccionar la Zona de Obra, para tomar conocimiento directo de sus condiciones topográficas, geológicas, de suelos y climáticas, vías de acceso, fuentes de materiales, sitios de depósito para materiales de desecho, servicios disponibles y otras condiciones existentes, que le permitan identificar las facilidades, dificultades y riesgos que involucra la prestación del Servicio. En este sentido no podrá alegar posteriormente desconocimiento total o parcial de las características generales y específicas que forman parte de las condicionantes para la ejecución de los Proyectos EQUIPO MÍNIMO. La Supervisión dispondrá en obra, para la ejecución del Servicio, vivienda, instalaciones para oficina y equipos de comunicación y control, siendo mínimo el siguiente: Equipo de topografía y nivelación (permanencia eventual, de acuerdo a requerimiento). Computadora (equipo permanente). Impresora (equipo permanente). Vehículo de traslado (permanencia eventual de acuerdo a requerimiento). Los Ensayos de suelos adicionales de comprobación, podrán ser ejecutados con equipo propio y/o alquilado ORDEN DE PROCEDER La Orden de Proceder a la Supervisión, se extenderá al momento de la Firma de Contrato, independientemente si ésta solicitó o no un Anticipo, con el objeto de adelantar las revisiones a los proyectos bajo su dirección y elaborar (si corresponde) Informes que puedan modificar los alcances de Construcción inicialmente comprometidos. De esta forma, el plazo de ejecución será contabilizado a partir de la firma de Contrato RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DE LA SUPERVISIÓN. La Supervisión es el responsable directo y absoluto de los servicios que realizan, deberán responder por el trabajo ejecutado de acuerdo a los Códigos de Ética de los Colegios Profesionales, Instituciones a las que se encuentren afiliados u organizaciones similares, por lo que en caso de ser requeridos para cualquier aclaración, informe o corrección pertinente, no podrán negar su concurrencia. FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, Nov 14) 20

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