Con fecha veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Con fecha veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:"

Transcripción

1 Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 21 de setiembre de 2016 Señor Presente.- Con fecha veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN RECTORAL Nº R.- CALLAO, 21 DE SETIEMBRE DE EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº TH/UNAC (Expediente Nº ) recibido el 20 de junio de 2016, por medio del cual la Presidenta del Tribunal de Honor Universitario remite el Informe Nº TH/UNAC sobre instauración de Proceso Administrativo Disciplinario al profesor CPC. JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA, adscrito a la Facultad de Ciencias Contables. CONSIDERANDO: Que, el Art. 263 del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao, señala que es atribución del Tribunal de Honor, calificar la falta o infracción atendiendo la naturaleza de la acción u omisión, así como la gravedad de las mismas, en el marco de las normas vigentes; Que, el Art. 350 de la misma normativa, establece que el Tribunal de Honor Universitario es un órgano autónomo, que tiene como función emitir juicios de valor y atender los procesos disciplinarios sancionadores, sobre toda cuestión ética, en la que estuviera involucrado algún miembro de la comunidad universitaria, y propone, según el caso, las sanciones correspondientes al Consejo Universitario; Que, por Resolución de Consejo Universitario N CU del 19 de junio de 2003, se aprobó el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes, donde se norman los procedimientos a ser cumplidos por el Tribunal de Honor de nuestra Universidad, para el trámite adecuado y oportuno de los procesos administrativos disciplinarios de los docentes y estudiantes de esta Casa Superior de Estudios; el cual se inicia con la calificación de las denuncias, dictamen sobre la procedencia de instaurar proceso administrativo disciplinario, la conducción de estos procesos y la emisión de la Resolución respectiva, sea de sanción o absolución, según sea el caso, a aplicar por el Tribunal de Honor; Que, con Oficio Nº SUNAT/ (Expediente Nº ) recibido el 28 de mayo de 2105, el Superintendente Nacional Adjunto Operativo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria informa al Rector de la Universidad Nacional del Callao sobre la omisión detectada según el cronograma de vencimiento de las obligaciones tributarias de la Universidad Nacional del Callao que adjunta; sugiriendo tomar las acciones correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Art. 2º del Decreto Legislativo Nº 933, toda vez que el incumplimiento de las mismas, conlleva a la aplicación de las sanciones administrativas señaladas en el Art. 3º del citado normativo; Que, el Vicerrector Administrativo, mediante Proveído Nº VRA recibido en el Órgano de Control Institucional el 15 de junio de 2015, teniendo como referencia el Expediente Nº S/N VRA, Oficio Nº SUNAT/600000, señala: Téngase en cuenta el documento de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUNAT, y PASE al DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, Mg. César Ángel Durand Gonzales, para su INFORME INMEDIATO indicando a los responsables de esta omisión detectada y derivándolo directamente a la oficina del rectorado con copia a este despacho ; añadiendo que La omisión de dicho requerimiento, conlleva a tener que ser denunciado a las instancias correspondientes ;

2 Que, el Jefe del Órgano de Control Institucional, mediante Oficio Nº UNAC/OCI (Expediente Nº ) recibido el 17 de junio de 2015, informa que ha tomado conocimiento del Proveído Nº VRA dirigido por el Vicerrector Administrativo al Director de la Oficina General de Administración solicitándole en atención al Oficio Nº SUNAT/ identifique a los responsables de la omisión de pago de tributos; señalando al respecto que en el Oficio Nº SUNAT/ la SUNAT señala que...de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del decreto Supremo Nº EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 933, que establece las sanciones a funcionarios que no cumplen con realizar la declaración y pago de las retenciones y contribuciones sociales, procede informar la omisión detectada según el cronograma de vencimientos de sus obligaciones tributarias... ; consignándose el siguiente detalle: Período Tributario Incumplimiento Omiso al pago Omiso al pago Código del Tributo Monto Omitido 3042: Renta 4ta Categoría - Retenciones : Renta 5ta Categoría - Retenciones 1, Total S/. 2, Que, igualmente, en el Oficio Nº UNAC/OCI, el Órgano de Control Institucional señala que Asimismo, la SUNAT señala que deben adoptarse las acciones correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 933, toda vez que el incumplimiento de las mismas conlleva a la aplicación de las sanciones administrativas señaladas en el artículo 3º del citado Decreto Legislativo ; sugiriendo que...se adopten las acciones correctivas conducentes a la superación de dicha omisión; así como, las acciones tendientes a la determinación de responsabilidades, debiendo para tal efecto derivarse a la Secretaría Técnica para el inicio del procedimiento administrativo correspondiente ; Que, mediante Oficio N SEC.TEC/UNAC de fecha 24 de junio de 2015, la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional del Callao, solicita al Director de la Oficina General de Administración la identificación de los presuntos responsables de la omisión incurrida respecto al pago oportuno de los tributos de ésta Casa Superior de Estudios a la SUNAT, a efectos de la precalificación de las presuntas faltas imputadas. Que, mediante Carta de fecha 26 de junio de 2015 el Rector de la Universidad Nacional del Callao solicita a la SUNAT, la devolución de cobros indebidos de tributos Retenciones de 4ta. Categoría Marzo 2015; al respecto manifiesta que dentro del plazo de ley, con fecha 24 de abril de, la Universidad Nacional del Callao cumplió con la presentación de la Planilla Electrónica correspondiente al periodo Marzo 2015; sin embargo, frente a un error involuntario, se procedió a realizar la declaración rectificatoria con fecha 30 de junio de 2015, determinando y cancelando deuda producto de retenciones de 4ta. Categoría; refiere también que en el mes de mayo de 2015, la SUNAT notificó una Orden de Pago y acto seguido se notificó la Resolución de Ejecución Coactiva por la deuda producto de la planilla electrónica con errores y finalmente se procedió a efectuar el embargo de la cuenta corriente de la Universidad Nacional del Callao, hecho que fuera comunicado de forma posterior, contraviniendo lo dispuesto por el Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario; concluye manifestando que no se ha omitido declarar ni pagar ninguna deuda correspondiente al periodo Marzo 2015, produciéndose el cobro indebido de tributos; Que, con fecha 09 de julio de 2015, mediante Oficio N OGA, el Director de la Oficina General de Administración informa a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios que la Universidad Nacional del Callao no mantiene adeudo alguno ante la Administración Tributaria y que siempre han presentado las Declaraciones Juradas Determinativas dentro de los plazos establecidos por ley, y que en atención a ello se ha solicitado la Devolución de los cobros indebidos, razón por la cual debería archivarse el caso; Que, mediante Oficio N ST de fecha 31 de julio de 2015, la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, en atención al documento citado en el considerando precedente, solicita al Director General de Administración se adjunte los vouchers de pago efectuados correspondiente al periodo respectos a los tributos de 4ta. y 5ta. categoría y de ser el caso, de no haberse producido el pago dentro del cronograma de vencimiento, se identifique a los presuntos responsables de la omisión incurrida, para mejor resolver.

3 Que, por Informe N AT de fecha 09 de setiembre de 2015 el CPC JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA, Asesor Tributario, informa al Director General de Administración el detalle de pagos efectuados a la SUNAT de las retenciones de 4ta y 5ta categoría del periodo tributario marzo 2015 de la Universidad Nacional del Callao, precisando que las retenciones de 4ta y 5ta Categoría fueron canceladas y que no se adeuda monto alguno ni se tienen tributos pendientes; Que, a través del Oficio N ST de fecha 05 de octubre de 2015 la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios solicita a la Oficina de Recursos Humanos se emita el Informe Jurídico Laboral sobre el Asesor Tributario CPC JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA; por su parte, la Oficina de Recursos Humanos expide el Informe N O.RR.HH de fecha 13 de octubre de 2015 donde comunica que el asesor tributario en mención es docente nombrado en la Categoría de Auxiliar a Tiempo Completo, adscrito a la Facultad de Ciencias Contables, bajo el Régimen Laboral del D. Leg , con contrato vigente con la Universidad Nacional del Callao desde el año 2010 y que a la fecha tiene contrato de Servicio de Asesoría Tributaria año 2015 por la suma de S/. 27, con un periodo de vigencia del 01 de agosto al 31 de diciembre de 2015 según el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía N UNAC; Que, mediante Oficio N ST de fecha 05 de enero de 2016 la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, solicita a la Secretaría General de la Universidad Nacional del Callao, se remita los actuados del expediente N al Tribunal de Honor dado que su competencia sólo precalifica presuntas faltas de servidores administrativos y/o funcionarios más no de docentes y siendo que el Mg. JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA es docente de la universidad, el mismo debe ser evaluado por el Tribunal de Honor Universitario; Que, corrido el trámite para su estudio y calificación, la Presidenta del Tribunal de Honor Universitario, mediante el Oficio del visto remite el Informe Nº TH/UNAC de fecha 13 de junio de 2016, por el cual recomienda la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario al docente CPC. JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA, al considerar que la conducta del docente denunciado haría presumir el incumplimiento de sus deberes funcionales como servidor público estipulados en los Incs. a), b) y h) del Art. 21 del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y además, el incumplimiento de las obligaciones que le corresponde como docente de la Universidad Nacional del Callao y que están contempladas en los Incs. b), e), f) y n) del Art. 293 del normativo estatutario; asimismo, el Tribunal de Honor Universitario considera que la conducta del citado docente ameritaría una investigación de carácter administrativo disciplinario a seguirse ante este Colegiado, con el fin de esclarecer debidamente los hechos materia de la presente denuncia dentro de un proceso que garantice el derecho al debido proceso y en particular el derecho de defensa, de motivación, de presunción de inocencia, entre otros, así como la aplicación de los Principios del derecho Administrativo; Que, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº OAJ recibido el 04 de agosto de 2016, recomienda que es procedente instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al docente CPC. JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA, por las consideraciones expuestas en el Informe Nº TH/UNAC del Tribunal de Honor Universitario; Que, en el Art. 6º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios, corresponde al Tribunal de Honor calificar las denuncias que le sean remitidos por el Rector de la Universidad, pronunciarse sobre la procedencia de instaurar o no proceso administrativo disciplinario, conducir, procesar y resolver los casos de faltas administrativas o académicas cometidas por los profesores o estudiantes; Que, asimismo, el Art. 31º incisos a) y b) de la norma acotada establece que dicho colegiado tiene como una de sus funciones y atribuciones Recibir y calificar las solicitudes sobre instauración de procesos administrativos disciplinarios que remiten los órganos competentes de la Universidad a través del titular del pliego; y emitir pronunciamiento sobre la procedencia o no de instauración de procesos administrativos disciplinarios, según la gravedad de la falta, debidamente fundamentada ; así como el de Tipificar las faltas de carácter disciplinario de acuerdo a la naturales de la acción ; Que, de conformidad con lo establecido en los Arts. 20º y 34º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolución Nº CU, se establece que el Rector tiene la prerrogativa de determinar si procede o no instaurar el

4 proceso administrativo disciplinario a los docentes y estudiantes, previa evaluación del caso y con criterio de conciencia; Que, en tal sentido, se debe tener presente que son principios del procedimiento sancionador, el debido procedimiento administrativo y el derecho a la defensa que significa, que los administrativos gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en el derecho, conforme se encuentra establecido en el Art. IV Título Preliminar y numeral 2 del Art. 230º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el Art. 3 del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad, aprobado mediante Resolución Nº CU de fecha 19 de junio de 2003; establece que se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga o incumpla con las funciones, obligaciones, deberes, prohibiciones y demás normatividad específica sobre docentes y estudiantes de la Universidad; asimismo, se considera falta disciplinaria el incumplimiento de las actividades académicas y/o administrativas y disposiciones señaladas en las normas legales, Ley Universitaria, Estatuto, Reglamentos, Directivas y demás normas internas de la Universidad; Que, de otro lado, los Arts. 20º, 22 y 38 del acotado Reglamento, establecen que el proceso administrativo disciplinario es instaurado por Resolución Rectoral; proceso que no excederá de treinta (30) días hábiles improrrogables; asimismo, se regirá supletoriamente por los principios generales del derecho y demás leyes y normas vigentes sobre la materia para docentes y estudiantes; Que, asimismo, el Art. 18º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes establece que el expediente conteniendo la denuncia sobre presuntas faltas cometidas para el estudio sobre la procedencia o no de instaurar proceso administrativo disciplinario, deberá adjuntarse, en caso de docentes, el informe escalafonario emitido por la Oficina de Personal, hoy Oficina de Recursos Humanos; por lo que no obrando en autos dicho informe, es pertinente que sea solicitado a la citada dependencia de esta Casa Superior de Estudios; Estando a lo glosado; al Informe Nº TH/UNAC del Tribunal de Honor Universitario de fecha 13 de junio de 2016; al Informe Legal Nº OAJ recibido de la Oficina de Asesoría Jurídica el 04 de agosto de 2016; a la documentación sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 126 y 128 del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao, concordantes con los Arts. 60 y 62, 62.2 de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220; RESUELVE: 1º INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al profesor CPC. JUAN ROMÁN SÁNCHEZ PANTA, adscrito a la Facultad de Ciencias Contables, conforme a lo recomendado por el Tribunal de Honor Universitario mediante Informe Nº TH/UNAC del 13 de junio de 2016, y por las consideraciones expuestas en la presente Resolución, proceso que será conducido por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao. 2º DISPONER, que el citado docente procesado, para fines de su defensa, deberá apersonarse a la Oficina del Tribunal de Honor Universitario de nuestra Universidad, dentro de los diez (10) días hábiles que corren a partir de la notificación de la presente Resolución, a efectos de recabar el correspondiente pliego de cargos para la formulación de su descargo, el cual debe presentar, debidamente sustentado, dentro de los cinco (05) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del pliego de cargos; asimismo, si el docente procesado no se ha apersonado al Tribunal de Honor Universitario, o no quiso recibir el pliego de cargos o el mismo no ha sido absuelto o contestado dentro de los plazos señalados, el procesado es considerado rebelde, y se resolverá la causa con la documentación que obra en el Tribunal de Honor Universitario, en cumplimiento de los Arts. 25 y 27 del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. 3º DISPONER, que la Oficina de Recursos Humanos remita al Tribunal de Honor Universitario el Informe Escalafonario del docente procesado conforme a lo dispuesto en el Art. 18º del

5 Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolución N CU del 19 de junio de º TRANSCRIBIR la presente Resolución a las dependencias académico-administrativas de la Universidad, ADUNAC, SINDUNAC e interesado, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Dr. BALDO OLIVARES CHOQUE.- Rector de la Universidad Nacional del Callao.- Sello de Rectorado.- Fdo. Lic. CÉSAR GUILLERMO JÁUREGUI VILLAFUERTE.- Secretario General.- Sello de Secretaría General.- Lo que transcribo a usted, para su conocimiento y fines consiguiente. cc. Rector, dependencias académico-administrativas, ADUNAC, SINDUNAC, e interesado.

Con fecha diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 19 de setiembre de 2016 Señor Presente.- Con fecha diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

Con fecha veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 26 de setiembre de 2016 Señor Presente.- Con fecha veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

Con fecha tres de enero del dos mil trece, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha tres de enero del dos mil trece, se ha expedido la siguiente Resolución: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Secretaría General Callao, 03 de Enero del 2013 Señor Presente.- Con fecha tres de enero del dos mil trece, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Con fecha treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 31 de octubre de 2017 Señor Presente.- Con fecha treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº R.- CALLAO, 16 DE ENERO DE EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº R.- CALLAO, 16 DE ENERO DE EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 16 de enero de 2018 Señor Presente.- Con fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Con fecha doce de junio del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha doce de junio del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Secretaría General Callao, 12 de Junio del 2012 Señor Presente.- Con fecha doce de junio del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº CU.- CALLAO, 10 DE ENERO DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº CU.- CALLAO, 10 DE ENERO DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 10 de enero del 2011 Señor Presente.- Con fecha diez de enero del dos mil once, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Con fecha veintinueve de abril del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha veintinueve de abril del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 29 de abril del 2014 Señor Presente.- Con fecha veintinueve de abril del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Con fecha veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 22 de setiembre de 2016 Señor Presente.- Con fecha veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR. VISTO: El Oficio Nº MTPE/4/11 del 07 de febrero de 2013, de la Oficina General de Administración; y,

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR. VISTO: El Oficio Nº MTPE/4/11 del 07 de febrero de 2013, de la Oficina General de Administración; y, Aprueban Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto Supremo Nº 012-2012- TR, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Multas del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2013-TR Lima,

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº TR. VISTO: El Oficio N MTPE/4/11 del 07 de febrero de 2013, de la Oficina General de Administración; y,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº TR. VISTO: El Oficio N MTPE/4/11 del 07 de febrero de 2013, de la Oficina General de Administración; y, Aprueban Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto Supremo Nº 012-2012-TR, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Multas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2013-TR Lima,

Más detalles

R~CLi.>lúO Firma.. ~fumt.ll>...

R~CLi.>lúO Firma.. ~fumt.ll>... A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO w\'1:.'14 2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo AUTORIW\D NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PRE~!r.JF.:NG1A

Más detalles

Con fecha cuatro de junio de dos mil diez, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha cuatro de junio de dos mil diez, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 04 de junio de 2010 Señor Presente.- Con fecha cuatro de junio de dos mil diez, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

DIRECTIVA Nº OSCE/CD ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO

DIRECTIVA Nº OSCE/CD ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO DIRECTIVA Nº 006-2012-OSCE/CD ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO I. FINALIDAD Precisar las disposiciones que debe observarse cuando los participantes en los procesos de

Más detalles

Con fecha ventiuno de febrero del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha ventiuno de febrero del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Secretaría General Callao, 21 de Febrero del 2014 Señor Presente.- Con fecha ventiuno de febrero del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General. Callao, 06 de junio de Señor. Presente.-

Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General. Callao, 06 de junio de Señor. Presente.- Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 06 de junio de 2017 Señor Presente.- Con fecha seis de junio de dos mil diecisiete, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Resolución S.B.S. Nº

Resolución S.B.S. Nº Lima, 26 de octubre de 2004 Resolución S.B.S. Nº 1750 2004 El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803 y su modificatoria, Ley Nº 28299, se han implementado las recomendaciones

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 22 de septiembre del 2017 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 05742-R-17 Lima, 22 de septiembre del 2017

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT AMPLÍAN EL USO DE FORMULARIOS VIRTUALES PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO A LA RENTA, CONTRIBUCIONES AL ESSALUD Y A LA ONP DE TRABAJADORES DEL HOGAR RESOLUCIÓN DE

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT DICTAN NORMAS PARA REALIZAR LA DECLARACIÓN Y EL PAGO DE LAS RETENCIONES POR LOS APORTES AL FONDO COMPLEMENTARIO DE JUBILACIÓN MINERA, METALÚRGICA Y SIDERÚRGICA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 138-2012-SUNAT

Más detalles

INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N

INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N 0230171387260 MIRAFLORES, 28 de Agosto del 2017 VISTA, la solicitud de acogimiento a Fraccionamiento N 0230320858560 de fecha 11/08/2017 presentada por RODRIGUEZ

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0573-2013-GRU-P Pucallpa, 28 de mayo de 2013 VISTO: El Informe Nº 003-2013-GRU-P-CEPAD de fecha 17 de mayo del 2013 y demás documentos que obran en autos; y CONSIDERANDO:

Más detalles

Procedimiento Administrativo Disciplinario en la LSC - II. Dra. Janeyri Boyer Carrera Asesora de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR

Procedimiento Administrativo Disciplinario en la LSC - II. Dra. Janeyri Boyer Carrera Asesora de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR Procedimiento Administrativo Disciplinario en la LSC - II Dra. Janeyri Boyer Carrera Asesora de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR Contenidos 1. Fundamentos del poder disciplinario 2. Ámbito de aplicación

Más detalles

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Decreto Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Decreto Nº 33072 MANUAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS INFORMES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LA AUDITORÍA INTERNA EN EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

Más detalles

El Informe N /OAJ-JVZ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando N /DOP-HVC, de la Dirección de Operaciones;

El Informe N /OAJ-JVZ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando N /DOP-HVC, de la Dirección de Operaciones; Aprueban Directiva "Procedimiento para la tramitación de denuncias sobre Trasgresiones a la Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" RESOLUCIÓN N 453-2007/CONSUCODE/PRE Jesús María, 7 de

Más detalles

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción? INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Más detalles

RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL. Huancayo, O 9 MAY 2016 LA GERENTE GENERAL REGIONAL DE JUNIN

RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL. Huancayo, O 9 MAY 2016 LA GERENTE GENERAL REGIONAL DE JUNIN RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 103 2016 GRJ/GGR Huancayo, O 9 MAY 2016 LA GERENTE GENERAL REGIONAL DE JUNIN VISTOS: Con Reporte N 132-2016-GRJ/ORAF-OAF de fecha 22 de febrero de 2016, Comprobante

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA N - 2015-GR.CAJ/GR Cajamarca 3 0 SEP 2015 VISTO: El Expediente con registro MAD N 1917297, materia del Recurso Administrativo de Reconsideración, interpuesto por don Hortencia Fredesbinda DÍAZ de GUEVARA,

Más detalles

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca y Seguros

Resolución S.B.S. N El Superintendente de Banca y Seguros Lima, 22 de agosto de 2002 Resolución S.B.S. N 795-2002 El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Que, la Resolución SBS Nº 749-2000 estableció en su Primera Disposición Final y Transitoria dejar

Más detalles

NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO

NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO Nº 34 Noviembre 2015 1 NORMAS TRIBUTARIAS 2 APLICAN LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03 Formalizan aprobación de la Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas a los Aportes por el Derecho Especial destinado al FITEL RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2014-MTC-03 Lima,

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 18 de noviembre del 2017 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 07052-R-17 Visto el expediente, con Registro

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CEB DENUNCIA DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE Nº /CEB DENUNCIA DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO 0193-2012/CEB-INDECOPI 26 de julio de 2012 EXPEDIENTE Nº 000085-2012/CEB DENUNCIA DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO SUMILLA: Se declara

Más detalles

MARÍA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e)

MARÍA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) Aprueban Procedimiento IFGRA-PE.ll Autoliquidación de Deuda Aduanera (Versión 2) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N 367-2008/SUNAT/A Lima, 4 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 21 de enero del 2014 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 00307-R-14 Visto el Expediente, con Registro

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 106-2018/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD EN LO REFERIDO A AQUELLAS INFRACCIONES VINCULADAS CON LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS O

Más detalles

I. OBJETIVO Establecer las pautas para la importación y transferencia de vehículos con franquicia aduanera diplomática al amparo de la Ley N

I. OBJETIVO Establecer las pautas para la importación y transferencia de vehículos con franquicia aduanera diplomática al amparo de la Ley N Aprueban Procedimiento Específico INTA-PE 01.24 Franquicia Aduanera Diplomática Vehicular al amparo de la Ley Nº 26983 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N 604-2010/SUNAT/A Callao,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 310-2018/SUNAT MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE MERCANCÍAS, DESPA-PE.00.09 (versión 4) Lima, 28 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 23 de septiembre del 2016 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 04686-R-16 Lima, 22 de septiembre del 2016

Más detalles

APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09.

APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09. N. 071-2010/SUNAT/A APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09.02 (versión 3) Callao, 12 de febrero de 2010

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 180-2018/SUNAT ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE DETERMINADOS DOCUMENTOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NULIDAD DE OFICIO Y DE FISCALIZACIÓN VINCULADOS

Más detalles

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría 1.- Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría? De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N /SUNAT/A

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N /SUNAT/A Aprueban Procedimiento Específico de "Rectificación de Errores e Incorporación de Documentos de Transporte al Manifiesto de Carga" INTA-PE.09.02 (versión 3) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA Lima, 06 de enero del 201506 de enero del 2015 VISTOS: El Expediente N 201400131887, el Informe de Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador

Más detalles

Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público;

Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Lima, IUsn.20\3 N 058-2013-SG/MC Vistos, el Informe N 023-2013--00M-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N 466-2013-0GAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría

Más detalles

Expediente N PS N JUS/DGPDP. Lima, 16 de junio de 2016

Expediente N PS N JUS/DGPDP. Lima, 16 de junio de 2016 Expediente N 037-2015-PS N 051-2016-JUS/DGPDP Lima, 16 de junio de 2016 VISTO: El documento con registro N 025832 de 5 de mayo de 2016, el cual contiene el recurso de apelación presentado por la Clínica

Más detalles

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV, IPM e ISC a las empresas que realicen actividades de exploración de hidrocarburos no comprendidas en la Resolución de Superintendencia Nº

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL Concepto Abandono y desistimiento Definición Formas de conclusión anticipada del procedimiento, que podrán ser declaradas

Más detalles

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia el 19 de junio de EXPORTACIÓN CON FINES COMERCIALES A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia el 19 de junio de EXPORTACIÓN CON FINES COMERCIALES A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL Aprueban Procedimiento de Exportación con Fines Comerciales Vía Servicio Postal -INTA-PE. 13.01 (VI) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N 341-2007/SUNAT/A Callao, 11 de junio de

Más detalles

Con fecha ocho de mayo del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha ocho de mayo del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Secretaría General Callao, 08 de Mayo del 2014 Señor Presente.- Con fecha ocho de mayo del dos mil catorce, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 039-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el Régimen de Gradualidad aplicable a la sanción de multa por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178 del Código

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Asesoría Legal

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Asesoría Legal UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Oficina de Asesoría Legal MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORIA LEGAL 1 FINALIDAD TITULO I GENERALIDADES El Manual de Organización y Funciones es

Más detalles

EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO

EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO SUNAT EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO INTA-PG.05 Vigente desde el 20.mar.2009 EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL

Más detalles

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS El Peruano Sábado 15 de febrero de 2014 516969 perjuicio de ampliar sus alcances conforme se determinen otras zonas con las características necesarias para tales fi nes. Sétima.- Las diligencias judiciales

Más detalles

9J&so{ución 9dinisteria{ :N"Z1JCo dI:J{}f9d

9J&so{ución 9dinisteria{ :NZ1JCo dI:J{}f9d D E Lima, 05 'OCT 2017 9J&so{ución 9dinisteria{ :N"Z1JCo -2017-9dI:J{}f9d Vistos, los Memorandos N 314-2017-MINAM/SG/OGPP y N 402-2017- MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto,

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 10 de noviembre del 2017 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 06931-R-17 Visto el expediente, con registro

Más detalles

Resolución de Presidencia

Resolución de Presidencia VISTO: Lima, 22/07/2009 El Memorandum Nº 534-2009-CONADIS-OA de fecha 09 de Junio de 2009, emitido por la Oficina de Administración y el Memorando Nº 086-2009- CONADIS/OAJ, de fecha 08 de Junio de 2009,

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL. No. 's.-c GR.CAJ/GR. Cajamarca,

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL. No. 's.-c GR.CAJ/GR. Cajamarca, VISTO: No. 's.-c- 5-2015-GR.CAJ/GR. Cajamarca, 1 2 OCT 2815 El Expediente con registro MAD N 1910008, materia de Nulidad de Oficio, interpuesto por don Hugo Antonio CHACÓN SÁNCHEZ, contra las Resoluciones

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 25 de enero del 2016 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 00207-R-16 Visto el Expediente, con Registro

Más detalles

Suspensión del plazo de prescripción en el procedimiento disciplinario

Suspensión del plazo de prescripción en el procedimiento disciplinario Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" INFORME TÉCNICO N2 g'o6-2016-servir/gpgsc A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL Nº MPP

ORDENANZA MUNICIPAL Nº MPP ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2013-MPP EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE PACASMAYO. San Pedro de Lloc, 07 de octubre del 2013. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo,

Más detalles

ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD DISCRECIONAL - SANCIONES TRIBUTARIAS

ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD DISCRECIONAL - SANCIONES TRIBUTARIAS ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD - SANCIONES TRIBUTARIAS ITEM CONCEPTO DE 1 Para todas las infracciones contenidas en cualquier norma tributaria. 2 175 1 Omitir llevar los libros

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº CU.- CALLAO, 06 DE JULIO DE 2017, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº CU.- CALLAO, 06 DE JULIO DE 2017, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 06 de julio de 2017. Señor Presente.- Con fecha seis de julio de dos mil diecisiete, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

A : Miembros de la Comisión de Acceso al Mercado

A : Miembros de la Comisión de Acceso al Mercado Comisión de Acceso al Mercado Anexo 1327 INFORME N 020-2004/INDECOPI-CAM A : Miembros de la Comisión de Acceso al Mercado DE : Javier Rizo-Patrón Larrabure Secretario Técnico ASUNTO : Procedimiento de

Más detalles

Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL

Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL Mayo, 2018 1 I. APORTE POR REGULACIÓN AL OSIPTEL 1.1 Concepto

Más detalles

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Dictan disposiciones referidas a la opción de señalar domicilio procesal en el procedimiento de cobranza coactiva y a su aceptación por parte de la SUNAT, a través del Ejecutor Coactivo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - Versión 2.0 y el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601

Más detalles

Aprueban el Procedimiento Específico Legajamiento de la Declaración INTAPE (versión 4)

Aprueban el Procedimiento Específico Legajamiento de la Declaración INTAPE (versión 4) Aprueban el Procedimiento Específico Legajamiento de la Declaración INTAPE. 00.07 (versión 4) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N 08-2014/SUNAT/5C0000 Callao, 16 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 08 de mayo del 2015 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 02171-R-15 Visto el Expediente, con Registro

Más detalles

Resolución Directoral Nº EF/75.01

Resolución Directoral Nº EF/75.01 Resolución Directoral Nº 024-2006-EF/75.01 Lima, 06 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 56º de la Ley N 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se establecen

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE TERCERÍA DE PROPIEDAD

PROCEDIMIENTO DE TERCERÍA DE PROPIEDAD PROCEDIMIENTO DE TERCERÍA DE PROPIEDAD Proceso: Elaborado por: Revisado por: FIRMA Y SELLO GESTION DE RECAUDACION Y COBRANZAS Vanesa Márquez Covarrubias Ejecutor Coactivo Carmen Villanueva Costa Responsable

Más detalles

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm). INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:

Más detalles

RESOLUCIÓN N DIRECTORIO UPAGU

RESOLUCIÓN N DIRECTORIO UPAGU UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO RESOLUCIÓN N 113 2007 DIRECTORIO UPAGU Cajamarca, 14 de noviembre de 2007. Visto: - El Oficio Nº 126-2007-VAC-UPAGU, mediante el cual el Vicerrector Académico,

Más detalles

DIRECTIVA N OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTE

DIRECTIVA N OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTE DIRECTIVA N 004-2017-OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTE I. FINALIDAD Poner en conocimiento de los Proveedores del Estado los lineamientos que rigen las solicitudes de emisión de Dictámenes,

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 26 de noviembre del 2018 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 07557-R-18 Visto el expediente con registro

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL TÍTULO I GENERALIDADES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL TÍTULO I GENERALIDADES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL 1 FINALIDAD TÍTULO I GENERALIDADES El Manual de Organización y Funciones es un documento normativo de gestión, que tiene por finalidad

Más detalles

INCORPORAN NUEVOS REQUISITOS PARA LA CALIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE CALIFICACIÓN A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO COMO PERCEPTORAS DE DONACIONES

INCORPORAN NUEVOS REQUISITOS PARA LA CALIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE CALIFICACIÓN A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO COMO PERCEPTORAS DE DONACIONES INCORPORAN NUEVOS REQUISITOS PARA LA CALIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE CALIFICACIÓN A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO COMO PERCEPTORAS DE DONACIONES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 767-2008-EF-15 Lima, 23 de diciembre

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 15 de septiembre del 2017 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 05629-R-17 Visto el expediente, con registro

Más detalles

Disponen la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones

Disponen la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones Disponen la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA Nº 039-2016-SUNAT/600000 Lima, 18 de agosto

Más detalles

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Más detalles

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau 11

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau 11 "Año de la consolidación del Mar de Grau 11 INFORME TÉCNICO W:1.Cf\S -2016-SERVIR/GPGSC A De JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY NÚM. 27785, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, Y AMPLÍA LAS FACULTADES

Más detalles

Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 19 de setiembre del 2012 Señor Presente.- Con fecha diecinueve de setiembre del dos mil doce, se ha expedido la siguiente Resolución:

Más detalles

Aprueban Reglamento de Aporte por Regulación de OSITRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N CD-OSITRAN

Aprueban Reglamento de Aporte por Regulación de OSITRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N CD-OSITRAN Lima, 4 de julio del 2011 VISTOS: Aprueban Reglamento de Aporte por Regulación de OSITRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N 021-2011-CD-OSITRAN El Informe N 011-11-GAF-OSITRAN, mediante la cual se elevó

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CAM DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS DENUNCIANTE : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. APROBACIÓN DE INFORME

EXPEDIENTE Nº /CAM DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS DENUNCIANTE : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. APROBACIÓN DE INFORME 0007-2007/CAM-INDECOPI 11 de enero de 2007 EXPEDIENTE Nº 000111-2006/CAM DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS DENUNCIANTE : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. APROBACIÓN DE INFORME SUMILLA: Se declara

Más detalles

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO

Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Universidad Nacional Mayor de San Marcos Universidad del Perú. Decana de América RECTORADO Lima, 05 de diciembre del 2018 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 07939-R-18 Visto el expediente, con registro

Más detalles

Que además, debe aprobarse el cronograma para los pagos del Impuesto a las Transacciones Financieras para el año 2013;

Que además, debe aprobarse el cronograma para los pagos del Impuesto a las Transacciones Financieras para el año 2013; Establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2013 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 302-2012/SUNAT Lima, 21 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil. Oficio NQ UNTRM-CPPAD

CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil. Oficio NQ UNTRM-CPPAD "Año de la consolidación del Mar de Grau 11 INFORME TÉCNICO W ) OL\ -2016-SERVIR/GPGSC A De Asunto Referencia JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de

Más detalles

PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL

PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL DECLARACIÓN JURADA DE INCRIPCIÓN Hasta el último día hábil del mes siguiente de producido la transferencia del predio. DECLARACIÓN

Más detalles

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N. 060/2004 Santísima Trinidad, 25 de junio de 2004 VISTOS Y CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N. 060/2004 Santísima Trinidad, 25 de junio de 2004 VISTOS Y CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N. 060/2004 Santísima Trinidad, 25 de junio de 2004 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de la República N. 2061, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 1. FINALIDAD CAPÍTULO I El presente Manual de Organización y Funciones es un documento que establece

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú ( )" "Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú ( ) Año de la Consolidación del Mar de Grau PGRLIV -,ROCRAIAA Lima, 11) 9 MAR 2016 RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL N 07-2016-MML/PGRLM-GR VISTO: El Informe N 14-2015-ST/PGRLM de precalificación de faltas administrativas relacionados al incumplimiento

Más detalles

Asimismo, se declara infundada en parte la denuncia presentada por la Empresa

Asimismo, se declara infundada en parte la denuncia presentada por la Empresa 0238-2006/CAM-INDECOPI 20 de diciembre de 2006 EXPEDIENTE Nº 000068-2006/CAM DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE DENUNCIANTE: EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRO

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO 0528 2014/CEB INDECOPI 28 de noviembre de 2014 EXPEDIENTE Nº 000332 2014/CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO SUMILLA: Se declara

Más detalles

''Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación 11 -

''Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación 11 - ''Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación 11 - INFORME TÉCNICO Nº 'i"j:-)12015-servir/gpgsc "('i A De Asunto JUAN

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO 1/5 0406-2014/CEB-INDECOPI 3 de octubre de 2014 EXPEDIENTE Nº 000181-2014/CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO SEGUIDO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO SUMILLA:

Más detalles

Lima, 25 de enero del 2013

Lima, 25 de enero del 2013 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA RECTORADO Lima, 28 de enero del 2013 Se ha expedido: RESOLUCION RECTORAL Nº 00401-R-13 Visto el Expediente, con Registro

Más detalles

/{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

/{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11 Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación /{Decenio de las Personas con Discapacidad en el PerÚ 11. \' INFORME TÉCNICO N" 'tt\c-2015-servir/gpgsc A De JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de

Más detalles