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1 (ciudad), de de (fecha) Señores BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. VALORES BANCOLOMBIA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA Medellín Asunto: Carta de Compromiso para la celebración de operaciones de Venta con Pacto de Recompra sobre Acciones y/o Valores de Renta Variable Apreciados Señores: El/los suscrito(s) (Nombre(s) completo(s) de quien firma. Si firma el cliente va nombre del cliente, si firma el representante legal de una sociedad, un apoderado o los padres de un menor, va el nombre de cualquiera de estos. No se acepta la firma del ordenante), identificado (s) como aparece al pie de mi (nuestras) firma (s), actuando en mi Propio nombre y representación o en mi (nuestra) condición de representante legal o Apoderado o Padres de (Razón social nombre del cliente. Si la carta la firma el cliente directamente, no a través de repo legal, ni apoderado ni padres, favor anular espacio con un N.A.), quien en adelante y para los efectos de esta Carta de Compromiso se denominará EL COMITENTE, me dirijo a ustedes BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. (en adelante BVC) y VALORES BANCOLOMBIA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA (en adelante LA COMISIONISTA), CONSIDERANDO: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos , y del Reglamento de la BVC y el artículo de la Circular Única de la BVC, es necesario que los comitentes de operaciones de Reporto o Repo suscriban una carta de compromiso la cual deberá ser custodiada por LA COMISIONISTA. Segundo: Que de conformidad con las disposiciones mencionadas en el considerando anterior, dicha carta de compromiso debe contener manifestaciones especiales sobre la cesión de usufructo de las acciones o de los títulos de renta variable objeto de Repo y sobre la puesta a disposición de los títulos correspondientes a favor de la BVC, entre otras manifestaciones exigidas por la BVC o por LA COMISIONISTA. Mediante la presente Carta de Compromiso me permito hacer las siguientes manifestaciones y asumir los siguientes compromisos: MANIFESTACIONES Y COMPROMISOS: Artículo Primero. Con la firma de esta Carta de Compromiso y dentro del término previsto para atenderlas, EL COMITENTE autoriza expresamente a LA COMISIONISTA a realizar y ejecutar en nombre propio y por cuenta de EL COMITENTE, las operaciones de Reporto o Repo que éste le ordene, sobre todos los Valores de Renta Variable que se encuentren inscritos en la BVC durante la vigencia de la presente Carta de Compromiso, siempre que dichos valores se encuentren habilitados por la BVC para realizar operaciones de Reporto o Repo según las normas que regulan dicho tipo de operaciones. Página 1 de 6

2 Artículo Segundo. Para todos los efectos, EL COMITENTE declara que las personas autorizadas para representarlo frente a LA COMISIONISTA son única y exclusivamente los ORDENANTES designados como tales por EL COMITENTE, en caso de que este último no imparta las órdenes directamente o a través de su representante legal. El COMITENTE o Los ORDENANTES designados por EL COMITENTE, podrán dar órdenes relacionadas con operaciones de Reporto o Repo, telefónicamente, por escrito, vía fax, vía correo electrónico o a través de cualquiera de los medios verificables autorizados por LA COMISIONISTA, siempre y cuando quede constancia de la orden correspondiente. Artículo Tercero. LA COMISIONISTA queda ampliamente facultada para celebrar en nombre propio y por cuenta del COMITENTE, todas y cada una de las operaciones de Reporto o Repo y ejecutar todos los actos necesarios para el cabal desarrollo de la presente Carta de Compromiso. Artículo Cuarto. EL COMITENTE declara que conoce y acepta que la ejecución de las operaciones de Reporto o Repo ordenadas por EL COMITENTE, requieren de la conexión de LA COMISIONISTA al sistema administrado por la BVC y por tanto, en caso de suspensión de las operaciones de dicho sistema, decretado de conformidad con la Ley o los Reglamentos, la ejecución de las órdenes quedarán suspendidas hasta tanto la BVC restablezca el servicio. Artículo Quinto. EL COMITENTE declara que conoce que las operaciones de bolsa y en especial las operaciones de Reporto o Repo, están reguladas por la normatividad colombiana, el Reglamento General y la Circular Única de la BVC, los cuales están publicados en el sitio Web de la BVC y pueden ser consultados por EL COMITENTE en cualquier momento. Para el pleno entendimiento de las operaciones de Reporto o Repo ordenadas por EL COMITENTE, este último se obliga a leer la referida normatividad, Reglamento y Circular. Artículo Sexto. En desarrollo de esta Carta de Compromiso, LA COMISIONISTA adquiere frente a EL COMITENTE obligaciones de medio, por lo cual en ningún caso garantiza algún tipo de utilidad o rendimiento. Artículo Séptimo. EL COMITENTE acepta expresamente que para el cumplimiento de la recompra en la operación de Reporto o Repo, cuando actúe como comprador final, le sea entregada la misma cantidad de acciones o Valores de Renta Variable de la venta inicial, independiente del valor nominal de las mismas. Artículo Octavo. Con la suscripción de esta Carta de Compromiso, EL COMITENTE manifiesta que conoce, entiende y acepta lo siguiente: 8.1. Que las operaciones de Reporto o Repo brindan liquidez a una de las partes de la operación (Repos Pasivos), mientras la otra parte de la operación la provee (Repos Activos) Las operaciones de Reporto o Repo Pasivas se ejecutan con el fin de obtener liquidez a partir de las inversiones en Valores de Renta Variable propiedad de EL COMITENTE, tales como las acciones, entre otras. Con la liquidez obtenida, EL COMITENTE puede, según su propio criterio, adquirir más Valores de Renta Variable u otros títulos o inversiones del mercado de valores Cuando la liquidez obtenida con las operaciones de Reporto o Repo se utiliza para adquirir más Valores de Renta Variable u otros títulos o inversiones del mercado de valores, el riesgo de las inversiones se incrementa de manera considerable cuando los mercados caen en forma importante, dado que pierden valor las acciones e inversiones de renta variable objeto de las operaciones de Reporto o Repo y pueden también desvalorizarse los otros títulos o Valores de Renta Variable adquiridos con la liquidez obtenida con las mismas, por lo cual la pérdida de capital podría ser mayor que si no se ejecutan las operaciones de Reporto Repo. Página 2 de 6

3 8.4. En caso de una desvalorización de: (i) Los Valores de Renta Variable objeto de las operaciones de Reporto o Repo ordenadas; (ii) Los Valores de Renta Variable o inversiones constituidas como garantía ante la BVC; (iii) Los Valores de Renta Variable o inversiones constituidas como fuente de pago ante LA COMISIONISTA; así como (iv) Los Valores de Renta Variable u otras inversiones obtenidas con la liquidez proporcionada por las operaciones de Reporto o Repo ordenadas, EL COMITENTE puede ser llamado a ajustar las garantías que se deben constituir en esta clase de operaciones o la fuente de pago, tal como se establece en los artículos Noveno, Décimo y Undécimo de esta Carta de Compromiso Con lo anterior ratifico que he sido enterado del riesgo asociado a las operaciones de Reporto o Repo y que lo he aceptado. Artículo Noveno. El COMITENTE reconoce y acepta que por el simple hecho de ordenar la ejecución de operaciones de Reporto o Repo, queda obligado a constituir, a ajustar o a sustituir las garantías que exijan las normas aplicables y el Reglamento y Circular de la BVC. En caso de que las garantías iniciales llegaren a ser insuficientes, el COMITENTE queda obligado a ajustarlas o a sustituirlas en los casos en los que haya lugar. No obstante lo anterior, LA COMISIONISTA a su voluntad y discreción podrá constituir a nombre de EL COMITENTE, con sus propios recursos o a través de un tercero que lo autorice, las mencionadas garantías. Parágrafo Primero. Para estos efectos, EL COMITENTE expresamente acepta y autoriza tanto a LA COMISIONISTA como a la BVC, para que en aquellos eventos en que las normas correspondientes así lo consagren, dispongan y/o ejecuten las garantías que aquél o LA COMISIONISTA actuando por su cuenta, hayan constituido. Parágrafo Segundo. LA COMISIONISTA en virtud del artículo 1277 del Código de Comercio, tendrá derecho a liquidar, en su favor, las garantías otorgadas por EL COMITENTE, ya sean dinero o valores, con el fin de pagarse los crédito derivados de su gestión. Artículo Décimo. En el evento en que EL COMITENTE no haga entrega oportuna de las sumas de dinero o valores (títulos) necesarios para el cumplimiento de las operaciones de Reporto o Repo encomendadas y LA COMISIONISTA asuma con cargo a sus propios recursos el cumplimiento de las mismas, ésta tendrá derecho a pagarse los créditos que se causen en su favor con ocasión de la ejecución del encargo, con las sumas de dinero o valores entregados para garantizar el cumplimiento de la correspondiente operación. Para tales efectos, cuando las garantías a entregar consistan en valores (según la definición de valores contenida en la Ley 964 de 2005), sobre los mismos deberá constituirse garantía a favor de la BVC, la cual tendrá el carácter de irrevocable. Para estos efectos, EL COMITENTE concede de manera expresa e irrevocable, amplias facultades a la BVC para que haga entrega en favor de LA COMISIONISTA, de dichas sumas de dinero o valores. No obstante lo anterior, si el monto de las sumas de dinero o el precio de venta de los valores excede la cuantía del crédito en favor de LA COMISIONISTA, ésta deberá hacer entrega inmediata de la diferencia en favor de EL COMITENTE. En caso contrario, LA COMISIONISTA podrá exigir de EL COMITENTE el pago de la diferencia, de acuerdo con la preferencia prevista en el artículo 1277 del Código de Comercio. Artículo Undécimo. Así mismo, con la firma de esta Carta de Compromiso EL COMITENTE declara que conoce, entiende y acepta que entre sus políticas de riesgo de crédito, LA COMISIONISTA exige que además de las garantías requeridas por la BVC para este tipo de operaciones, los clientes sean titulares de un portafolio de valores administrado por LA COMISIONISTA, que pueda servir como fuente de pago ante un evento de incumplimiento de las operaciones Repo Pasivas Página 3 de 6

4 celebradas a través de LA COMISIONISTA (incluye dinero en cartera y fondos de inversión colectiva). De conformidad con lo anterior, EL COMITENTE autoriza irrevocablemente a LA COMISIONISTA para que: a. Mientras EL COMITENTE tenga una o varias operaciones Repo Pasivas vigentes celebradas por medio de LA COMISIONISTA, esta última inmovilice las inversiones que integran el portafolio de valores propiedad de EL COMITENTE (incluye dinero en cartera y fondos de inversión colectiva), según resulte adecuado y suficiente para satisfacer las políticas de riesgo de crédito implementadas por LA COMISIONISTA. b. En el momento en el que EL COMITENTE incumpla las políticas de riesgo de crédito establecidas por LA COMISIONISTA, es decir, para que en el momento en que las inversiones que integran el portafolio de EL COMITENTE sean insuficientes para cumplir con tales políticas de riesgo de crédito y el COMITENTE no realice los ajustes necesarios para cumplir con las mismas, LA COMISIONISTA actúe por cuenta de EL COMITENTE ante la BVC y anticipe la fecha de la operación de regreso de las operaciones Repo Pasivas vigentes, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Circular Única de la BVC o cualquier norma que la adicione, modifique o sustituya. El adelantamiento de las operaciones Repo Pasivas vigentes que LA COMISIONISTA solicite a la BVC con ocasión del incumplimiento de sus políticas de riesgo de crédito, no dará lugar a la reliquidación de las operaciones. c. En el evento de no hacer entrega oportuna del dinero o valores necesarios para el cumplimiento de cualquier operación de Reporto o Repo (es decir, para el cumplimiento de la operación de regreso), LA COMISIONISTA liquide las inversiones inmovilizadas y con el producto de tal venta se pague cualquier crédito que se cause a su favor con ocasión de su incumplimiento. Artículo Duodécimo. Siempre que EL COMITENTE actúe como Adquirente Inicial en una operación de Reporto o Repo asumirá las siguientes obligaciones: a. Comprar las Acciones o Valores de Renta Variable en la operación inicial. b. Dejar a disposición de la BVC, como garantía de sus obligaciones, los títulos objeto de la operación. c. Ceder el derecho de usufructo sobre las acciones o Valores de Renta Variable objeto de la operación a favor del Enajenante Inicial. Dicho usufructo comprende todos los derechos inherentes a la calidad de accionista o inversionista excepto el de enajenarlas o pignorarlas y el de reembolso en caso de liquidación de la sociedad emisora, los cuales conservará. d. Vender y entregar los títulos objeto de las operaciones en la operación de recompra o de regreso. Por consiguiente, todos los dividendos que se decreten y causen durante el plazo de la operación de Reporto o Repo y los derechos de suscripción que se llegaren a presentar, le corresponden al Enajenante Inicial en calidad de usufructuario de las acciones o Valores de Renta Variable señalados. Así mismo le corresponde al Enajenante Inicial participar en las deliberaciones de la Asamblea General de Accionistas o de inversionistas y votar en ella y el derecho de inspeccionar libremente los libros y papeles sociales dentro de los quince días anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examine los balances de fin de ejercicio. En consecuencia con lo anterior, EL COMITENTE ordena expresamente que se inscriba la cesión del derecho de usufructo a favor del Enajenante Inicial sobre las acciones o Valores de Renta Página 4 de 6

5 Variable objeto de la operación siempre que participe como Adquirente Inicial en una operación de Reporto o Repo sobre acciones o Valores de Renta Variable. Para el efecto, concede poder especial amplio y suficiente a la BVC para efectuar todas las gestiones necesarias para efectuar la inscripción correspondiente. Artículo Décimo Tercero Siempre que EL COMITENTE actúe como Enajenante Inicial en una operación de Reporto o Repo asumirá las siguientes obligaciones: a. Vender las acciones o Valores de Renta Variable en la operación inicial. b. Aceptar en calidad de usufructuario la cesión del derecho de usufructo sobre las acciones o Valores de Renta Variable objeto de la operación. c. Pagar el valor de recompra de las acciones o Valores de Renta Variable objeto de la operación. d. Readquirir la propiedad de las acciones o Valores de Renta Variable objeto en la operación de recompra. En consecuencia, en su calidad de cesionario del usufructo sobre las acciones o Valores de Renta Variable vendidos, a través de la presente Carta de Compromiso declara que, le corresponde ejercer todos los derechos inherentes a la calidad de accionista o inversionista excepto el de enajenarlas o pignorarlas y el de reembolso en caso de liquidación de la sociedad emisora. Por consiguiente, todos los dividendos que se decreten y causen durante el plazo de la operación de venta con pacto de recompra y los derechos de suscripción que se llegaren a presentar, le corresponden en su calidad de usufructuario de las acciones señaladas. Así mismo, en virtud de la mencionada cesión del usufructo, le corresponde ejercer el derecho a participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas o de inversionistas y votar en ella y el derecho de inspeccionar libremente los libros y papeles sociales dentro de los quince días anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin de ejercicio. Artículo Décimo Cuarto. La vigencia de la presente Carta de Compromiso es indefinida. Los derechos y obligaciones establecidos en la presente Carta de Compromiso se mantendrán vigentes y serán aplicables a todas las operaciones de Reporto o Repo cuya operación inicial o de salida haya sido realizada a partir de la fecha de suscripción de esta Carta de Compromiso. En constancia de lo anterior suscribe la presente Carta de Compromiso por el COMITENTE. Nombre del firmante: Identificación firmante: Actuando en nombre propio SI NO Actuando como: Representante Legal Apoderado Padres De (nombre o razón social del comitente) Identificación comitente Nit C.C. T.I. No. Página 5 de 6

6 AUTORIZACIÓN PARA INCLUSIÓN DE DATOS EN CENTRALES DE INFORMACIÓN O EN BASES DE DATOS PARA CLIENTES PERSONAS NATURALES Y/O PERSONAS JURÍDICAS QUE NO CORRESPONDAN A ENTIDADES O PERSONAS VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA El/los suscrito(s) (Nombre(s) completo(s) de quien firma. Si firma el cliente va nombre del cliente, si firma el representante legal de una sociedad, un apoderado o los padres de un menor, va el nombre de cualquiera de estos. No se acepta la firma del ordenante), identificado (s) como aparece al pie de mi (nuestras) firma (s), actuando en mi Propio nombre y representación o en mi (nuestra) condición de representante legal o Apoderado o Padres de (el comitente) (Razón social nombre del cliente. Si la carta la firma el cliente directamente, no a través de repo legal, ni apoderado ni padres, favor anular espacio con un N.A.), autorizo (autorizamos) a VALORES BANCOLOMBIA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA, para que reporte, procese, solicite, consulte y/o divulgue a la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) como administrador de bases de datos, o a cualquier otra entidad que maneje o administre bases de datos con los mismos fines, toda la información referente a las operaciones que VALORES BANCOLOMBIA realice o registre en el sistema por mi cuenta o por cuenta de la persona que represento, incluyendo aquellas realizadas o registradas con antelación a la fecha de la presente autorización, así como toda aquella información relacionada con el nacimiento, modificación, o extinción de las obligaciones surgidas en virtud de dichas operaciones, incluido su manejo y cumplimiento. Lo anterior implica que el cumplimiento o incumplimiento de mis obligaciones o de las obligaciones de la persona que represento, en el mercado de valores, se reflejará en las mencionadas bases de datos, en las cuales se consignarán de manera completa, todos los datos referentes a mi comportamiento o el comportamiento de la persona que represento en el sector bursátil. Manifiesto que conozco y acepto que toda la información relacionada con el reporte de las transacciones realizadas o registradas en el sistema por parte de VALORES BANCOLOMBIA actuando por mi cuenta o por cuenta de la persona que represento y toda aquella relacionada con el nacimiento, modificación, o extinción de obligaciones surgidas en virtud de dichas operaciones, incluido su manejo y cumplimiento, se someterá a las condiciones de reporte detalladas en el artículo de la Circular Única de la BVC. Manifiesto y acepto que en mi calidad de Titular de los Datos o en mi calidad de representante del titular de los datos, mantendré indemne a la BVC, por cualquier asunto, controversia o reclamo relacionado con la consulta o la utilización de la información que reposa en las bases de datos personales, así como los relacionados con los reportes realizados por VALORES BANCOLOMBIA, cuando los mismos sean imputables o de responsabilidad de dicha Sociedad Comisionista de Bolsa. Nombre del firmante: Identificación firmante: Actuando en nombre propio SI Actuando como: Representante Legal Apoderado Padres NO De (nombre o razón social del comitente) Identificación comitente Nit C.C. T.I. No. Página 6 de 6

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