Agente de Compensación y Liquidación Integral Nro. 108 Comisión Nacional de Valores CODIGO DE CONDUCTA
|
|
- María Ángeles Navarro Muñoz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CODIGO DE CONDUCTA El presente CODIGO DE CONDUCTA (en adelante el Código) ha sido confeccionado de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nro Ley de Mercado de Capitales, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro. 1023/2013 y en las normas de la (NT 2013), siendo su objetivo el delinear las conductas a seguir por los integrantes del Banco Ciudad en su actuación en los diferentes mercados en los que participa. A. Alcance El Código se aplica a todos los empleados del Banco Ciudad de Buenos Aires, al Responsable de la Función de Cumplimiento Regulatorio ante la Comisión Nacional de Valores, así como a los integrantes del órgano de Administración y Fiscalización. A los efectos de este Código, se considerarán miembros del Órgano de Administración a Directores, Presidente y Vicepresidente, quedando el de Fiscalización conformado por el Síndico de la Entidad. B. Comunicación El Código será entregado conjuntamente con el convenio de apertura de cuenta comitente a partir de la puesta en vigencia del mismo. Adicionalmente será publicado en la página de internet del Banco C. Principios básicos En un todo de acuerdo con los valores éticos y de buena conducta promovidos la Institución, las obligaciones de sus integrantes son: 1. Actuar con altos niveles de integridad personal y profesional en cada tarea. 2. Cumplir con las leyes aplicables. 3. Erradicar acciones reprochables.
2 4. Respetar las políticas y procedimientos institucionales vigentes que regulan la conducta del personal. D. Obligaciones de las personas sujetas En su actuación en los distintos mercados y en la relación con los inversores el Banco Ciudad y sus integrantes se comprometen a: 1. Actuar con honestidad, imparcialidad, profesionalidad, diligencia y lealtad en el mejor interés de los clientes. 2. Cumplir con la normativa vigente emitida por la y con las regulaciones dispuestas por los distintos Mercados en los que el Banco participa. 3. Tener un conocimiento de los clientes que permita evaluar su experiencia y objetivos de inversión, adecuando los servicios prestados por el BCBA a tales fines, arbitrando los medios y procedimientos necesarios a tales efectos. 4. Ejecutar con celeridad las órdenes recibidas en los términos que ellas fueron impartidas. 5. Otorgar absoluta prioridad al interés de nuestros clientes en la compra venta de valores negociables 6. Abstenerse de multiplicar transacciones en forma innecesaria y sin beneficio para nuestros clientes y/o incurrir en conflicto de intereses. En caso de existir conflicto de intereses entre distintos clientes se evitara privilegiar a cualquiera de ellos en particular. 7. Abstenerse de anteponer la compra venta de valores negociables para nuestra cartera propia cuando tenga pendientes de concertación órdenes de clientes de la misma naturaleza, tipo, condiciones y especies. 8. Tener a disposición de nuestros clientes toda información que, siendo de nuestro conocimiento y encontrándose amparada por el deber de reserva pudiera tener influencia directa y objetiva en la toma de decisiones
3 9. Evitar toda practica que pueda inducir a engaño o de alguna forma viciar el consentimiento de la contraparte u otro participante en el mercado. 10. Guardar secreto de las operaciones que realicen por cuenta de sus comitentes, en los términos del Art. 53 de la Ley Quedarán relevados de esta obligación por orden judicial u organismo con facultades suficientes, así como también cuando les sean requeridas por la, el Banco Central de la República Argentina, la Unidad de Información Financiera, la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos. 11. Cumplir con normativas relacionadas con la Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo. E. TRANSPARENCIA EN EL AMBITO DE LA OFERTA PUBLICA El Banco Ciudad y sus integrantes declaran conocer y desterrar las conductas contrarias a la transparencia en el ámbito de la oferta pública. En lo concerniente a la información privilegiada no podrán: 1. Utilizar la información reservada a fin de obtener para sí o para otros, ventajas de cualquier tipo, deriven ellas de la compra o venta de valores negociables, o de cualquier otra operación relacionada con el régimen de la oferta pública. 2. Realizar por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, las siguientes acciones: 2.1. Realizar cualquier tipo de operación en el mercado, sobre los valores negociables a que la información reservada se refiera Comunicar dicha información a terceros, salvo en el ejercicio normal de su trabajo, profesión, cargo o función Recomendar a un tercero que adquiera o ceda valores negociables o que haga que otros los adquieran o cedan, basándose en dicha información reservada.
4 Respecto de la manipulación y engaño del mercado la Institución deberá abstenerse de: 1. Realizar prácticas o conductas que pretendan o permitan la manipulación de precios o volúmenes de los valores negociados. 2. Incurrir en prácticas o conductas engañosas que puedan inducir a error a cualquier participante en los mercados. Las conductas anteriores incluyen, pero no se limitan a, cualquier acto, práctica o curso de acción mediante los cuales se pretenda: 3. Afectar artificialmente la formación de precios, liquidez o el volumen negociado de uno o más valores negociables. Ello incluye: 3.1. Transacciones en las que no se produzca, más allá de su apariencia, la transferencia de los valores negociables Transacciones efectuadas con el propósito de crear la apariencia falsa de existencia de oferta y demanda o de un mercado activo, aun cuando se produzca efectivamente la transferencia de los valores negociables. 4. Inducir a error a cualquier interviniente en el mercado. Ello incluye: 4.1. Toda declaración falsa producida con conocimiento de su carácter inexacto o engañoso o que razonablemente debiera ser considerada como tal; 4.2. Toda omisión de información esencial susceptible de inducir a error por quienes se encuentran obligados a prestarla. F. Derechos de los inversores Los derechos de los inversores, y especialmente de los pequeños inversores minoristas no profesionales que participan en el mercado de capitales, se encuentran contemplados en las reglamentaciones vigentes de los diversos
5 Organismos de contralor (Banco Central de la Republica Argentina y Comisión Nacional de Valores) a. El derecho a firmar un Convenio de Apertura de Cuenta Custodia, donde se establezcan los derechos y obligaciones de las partes; b. El derecho a que el Banco confirme al Cliente las operaciones ejecutadas por su cuenta, o de explicación de las razones que imposibilitaron o alteraron las instrucciones del Cliente; c. El derecho a exponer quejas o denuncias por escrito ante el Banco; d. El derecho a recibir del Banco un servicio con honestidad, imparcialidad, profesionalidad, diligencia y lealtad en el mejor interés de los inversores; e. El derecho a que el Banco ponga a su disposición toda información que, siendo de conocimiento del Agente y no encontrándose amparada por el deber de reserva, pudiera tener influencia directa y objetiva en la toma de decisiones del inversor. f. El derecho a que el Banco ejecute con celeridad las ordenes recibidas, en los términos que ellas fueron impartidas. g. Cualquier otro derecho del Cliente que tenga su correlato en una obligación del Banco. Al respecto en los apartados del presente Código se detallan los principales deberes y conductas prohibidas para los colaboradores del Banco Ciudad de Buenos Aires. El Banco Ciudad de Buenos Aires ha designado un Responsable de Atención a Usuarios de Servicios Financieros y ha aprobado procedimientos internos en los que se establecen, entre otros aspectos, los tiempos, el modo y forma para la recepción y resolución de las consultas y reclamos. El mencionado contenido procedimental es de conocimiento y aplicación obligatoria por toda la Entidad. G. Vigencia
6 El presente Código entrará en vigencia a partir del dictado de la Resolución de la que disponga la autorización del Banco para su actuación como Agente de Liquidación y Compensación Propio.
CODIGO DE CONDUCTA. Prefacio
CODIGO DE CONDUCTA Prefacio El presente CÓDIGO DE CONDUCTA (en adelante, Código ) ha sido confeccionado de conformidad a lo dispuesto de las NORMAS CNV (N.T. 2013), cuya implementación se hace con la intención
Más detallesCódigo de Protección al Inversor
Código de Protección al Inversor Contenido CAPITULO 1: SUJETOS... 3 CAPITULO 2: INFORMACIÓN... 3 CAPÍTULO 3: PROTECCION AL INVERSOR... 4 CAPITULO 4: REGLAS DE ETICA Y CONDUCTA COMERCIAL... 5 CAPITULO 5:
Más detallesCódigo de Conducta del Banco de la Provincia de Buenos Aires - CNV - 2014
Banco de la Provincia de Buenos Aires Código de Conducta para su actuación como Agente de Liquidación y Compensación Página 1 de 10 Objetivo: El presente CÓDIGO DE CONDUCTA (en adelante, el Código ) ha
Más detallesCÓDIGO DE CONDUCTA Y PROTECCIÓN AL INVERSOR Y REGLAS DE ÉTICA
CÓDIGO DE CONDUCTA Y PROTECCIÓN AL INVERSOR Y REGLAS DE ÉTICA Prefacio El presente CÓDIGO DE CONDUCTA (en adelante, Código ) ha sido confeccionado de conformidad a lo dispuesto de las NORMAS CNV (N.T.
Más detallesCODIGO DE CONDUCTA I. DEFINICIONES
CODIGO DE CONDUCTA El presente CÓDIGO DE CONDUCTA (en adelante, Código ) ha sido confeccionado de conformidad a lo dispuesto en el texto de normas ordenadas 2013 de la Comisión Nacional de Valores. Su
Más detallesÚltima circular: Nº 2217 del 26 de enero de 2015
TÍTULO I TRANSPARENCIA LIBRO V TRANSPARENCIA Y CONDUCTAS DE MERCADO CAPÍTULO I PUBLICIDAD SECCIÓN I --- PUBLICIDAD REALIZADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS FINANCIEROS. ARTÍCULO 110.1 (PUBLICIDAD
Más detallesPOLITICA SOBRE CONFLICTO DE INTERESES AREA BURSATIL
POLITICA SOBRE CONFLICTO DE INTERESES AREA BURSATIL Listado de contenido 1. Objetivo 3 2. Alcance 3 3. Responsabilidad 3 4. Documentos relacionados 3 5. Reglamento 3 5.1 Integración 3 5.2 Selección de
Más detallesREGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES
REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES PREAMBULO Con el fin de asegurar el cumplimiento de preceptos contenidos en la ley N 18.045 sobre Mercado de Valores, el directorio de EMPRESA NACIONAL
Más detallesWINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA
WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA 1 Asunto: CÓDIGO DE ETICA Para uso por: Todo el personal Fecha de aprobación: Abril 2015 Contenido: 1. Introducción 2.
Más detallesCÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A.
CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A. Septiembre/2013 Introducción El Código de Ética y Conducta
Más detallesC I R C U L A R N 2.213
Montevideo, 05 de enero de 2015 C I R C U L A R N 2.213 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DE CONTROL DE FONDOS PREVISIONALES - ARMONIZACIÓN LIBRO V - Transparencia y Conductas de Mercado. Se pone en conocimiento
Más detallesC I R C U L A R N 2.212
Montevideo, 05 de enero de 2015 C I R C U L A R N 2.212 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DE SEGUROS Y REASEGUROS - ARMONIZACIÓN LIBRO V - Transparencia y Conductas de Mercado. Se pone en conocimiento que la
Más detallesCÓDIGO DE ÉTICA. 1- Antecedentes
CÓDIGO DE ÉTICA 1- Antecedentes El presente Código de Ética se basa en la normativa vigente dada por el Banco Central del Uruguay en la Circular 2.172 con fecha 17 de febrero de 2014 y fue oportunamente
Más detallesTABLA DE CONTENIDOS. APRUEBA E IMPLEMENTA Gerente de Adm. y Finanzas
PAGI 1 de 10 MANEJO DE INFORMACION FECHA APROBACION 13 TABLA DE CONTENIDOS.1. Objetivo.2. Alcance.3. Responsables.4. Referencias.5. Definiciones.6. Modo de Operación 7. Registros 8. Modificaciones 9. Anexos
Más detallesPolítica sobre relación con clientes
1. PROPÓSITO Y ALCANCE. La presente política se dispone con el fin de asegurar un trato equitativo y un acceso transparente a la información sobre la entidad, tanto para vinculados como para no vinculados
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES
REGLMENTO INTERNO DE CONDUCT EN LOS MERCDOS DE VLORES 5 Índice NEXO: NORMS GENERLES DE CONDUCT PLICBLES L RELCIÓN CON CLIENTES NEXO: NORMS GENERLES DE CONDUCT PLICBLES 56 NEXO: NORMS GENERLES DE CONDUCT
Más detallesCódigo. Protección. Inversor
Código de Protección al Inversor SECCION PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA Los compromisos que la SGFCI asume con los cuotapartistas son: Actuar frente a los cuotapartistas
Más detallesCODIGO DE PROTECCION AL INVERSOR
CODIGO DE PROTECCION AL INVERSOR SOCIEDAD DEPOSITARIA de los FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN: "Galileo Event Driven" "Galileo Argentina" INDICE INTRODUCCION... 1 SECCION PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES...
Más detallesLIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XIV.- CÓDIGO DE TRANSPARENCIA Y DE DERECHOS DEL USUARIO (reformado con resolución No. JB-2013-2393
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES
BOLSA MEXICANA DE VALORES CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD BURSÁTIL MEXICANA (Expedido por el Consejo de Administración de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V., en su sesión de fecha 26
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS, ÉTICA Y CONDUCTA
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS, ÉTICA Y CONDUCTA MONTEVIDEO, SEPTIEMBRE 2014 Mil Novecientos Ochenta y Ocho Agente de Valores S.A. reconoce la importancia de la adopción de principios éticos y la necesidad
Más detallesI. INTRODUCCION 1 II. OBJETO 1 III. AMBITO SUBJETIVO 1 PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE ESTABLECER LAS DISPOCISIONES DEL MANUAL
INDICE I. INTRODUCCION 1 II. OBJETO 1 III. AMBITO SUBJETIVO 1 IV. PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE ESTABLECER LAS DISPOCISIONES DEL MANUAL 2 V. PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE HACER
Más detallesANEXO F AL CONTRATO DE PRESTAMO GARANTIZADO MODELO DE CONTRATO DE CESION
ANEXO F AL CONTRATO DE PRESTAMO GARANTIZADO MODELO DE CONTRATO DE CESION Entre [NOMBRE DEL CEDENTE], representado en este acto por..., con domicilio en, en adelante denominado EL CEDENTE, por una parte,
Más detallesMercado de Valores de Mendoza S.A.
Mercado de Valores de Mendoza S.A. I. Introducción El del Mercado de Valores de Mendoza S.A., tiene por finalidad establecer las pautas de comportamiento que deberán seguir los Agentes y Sociedades de
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES
REGLAMENTO INTERNO DE EN LOS MERCADOS DE VALORES 2 Índice TÍTULO 4. INFORMACIÓN PRIVILEGIADA I. Concepto de Información Privilegiada... 15. Prohibiciones... 17 I. Obligaciones... 18 IV. Actividades Especiales...
Más detalles25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos
25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE
Más detallesPOLÍTICA DE GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS
POLÍTICA DE GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS INDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA POLÍTICA... 3 3. CONFLICTOS DE INTERÉS... 3 4. SITUACIONES SUSCEPTIBLES DE GENERAR CONFLICTO DE INTERÉS
Más detallesJUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011
JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS DE BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS DE BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA INSCRIPCIÓN REGISTRO DE COMERCIO N 397 INTRODUCCIÓN Con
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DUPOL S.A. CORREDORES DE BOLSA
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DUPOL S.A. CORREDORES DE BOLSA I.- INTRODUCCIÓN Con el objetivo de asegurar el cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley de Mercado de Valores 18.045 y en la Norma
Más detallesMANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS
MANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS CONSORCIO CORREDORES DE BOLSA S.A. ÍNDICE PÁGINA N INTRODUCCIÓN. DEFINICIONES.
Más detallesMERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A.
i MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A. ROSARIO DE SANTA FE 235-5000 CORDOBA TEL. FAX (0351) 5352827-5352828-5352829 A los Señores Agentes y Sociedades de Bolsa Presente Córdoba, 25 de Septiembre de 2008
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. MORE MONEY TRANSFERS S.A. (Giros Internacionales) GIROS MORE URUGUAY S.A. (Giros desde y hacia Uruguay)
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE MORE MONEY TRANSFERS S.A. (Giros Internacionales) Y GIROS MORE URUGUAY S.A. (Giros desde y hacia Uruguay) 1 DECLARACIÓN DE POLITICA La intención perseguida por More Money
Más detallesCódigo de Buenas Prácticas
Código de Buenas Prácticas Julius Baer Advisory (Uruguay) S.A. Febrero 2015 0 Contenido 1.- Introducción 2.- Ámbito de aplicación 3.- Compromiso con los clientes 4.- Transparencia en la información 5.-
Más detallesCODIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR Y REGLAS DE ETICA Y CONDUCTA COMERCIAL PARA LOS AGENTES DE MERCADO ABIERTO
CODIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR Y REGLAS DE ETICA Y CONDUCTA COMERCIAL PARA LOS AGENTES DE MERCADO ABIERTO Capítulo I Sujetos Artículo 1º.- Sujetos. Los agentes del MAE y las personas que trabajen en
Más detallesCódigo. Protección. Inversor
Código de Protección al Inversor INDICE INTRODUCCIÓN 2 SECCIÓN PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3 2. COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA 3 3. TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN 4 4.
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA EN MATERIAS RELATIVAS A LOS MERCADOS DE VALORES
REGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA EN MATERIAS RELATIVAS A LOS MERCADOS DE VALORES - INDICE - - I. DEFINICIONES II. DE LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES PERSONALES 2.1 AMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN 2.2 AMBITO
Más detallesCODIGO DE ETICA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
CODIGO DE ETICA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. INDICE I.- INTRODUCCION 1 II.- PRINCIPIOS Y VALORES 1 A) INTEGRIDAD 1 B) PREOCUPACIÓN POR LOS CLIENTES 1 C) INDEPENDENCIA
Más detallesAntes O1 de invertir INVERSOR MINORISTA? Su entidad le clasificará normalmente como inversor minorista. Qué tipo de cliente 1.1 es usted?
INVERSOR MINORISTA? O1 Su entidad le clasificará normalmente como inversor minorista. de invertir Qué tipo de cliente 1.1 es usted? Si usted ya es cliente de un intermediario financiero, habrá recibido
Más detallesAMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO
AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en
Más detallesPOLÍTICA DE GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS
POLÍTICA DE GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS INDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA POLÍTICA... 3 3. CONFLICTOS DE INTERÉS... 3 4. SITUACIONES SUSCEPTIBLES DE GENERAR CONFLICTO DE INTERÉS...
Más detallesCÓDIGO INTERNO DE COMPORTAMIENTO ÉTICO DE KALYSIS CAPITULO I OBJETO DEL CODIGO INTERNO DE COMPORTAMIENTO ÉTICO
CÓDIGO INTERNO DE COMPORTAMIENTO ÉTICO DE KALYSIS CAPITULO I OBJETO DEL CODIGO INTERNO DE COMPORTAMIENTO ÉTICO El Código Interno de Comportamiento Ético tiene como objeto expresar principios cuya aplicación
Más detallesPOLÍTICA DE EJECUCIÓN Y GESTIÓN DE ÓRDENES
POLÍTICA DE EJECUCIÓN Y GESTIÓN DE ÓRDENES 1 VERSIONES Seguimiento de versiones: Versión Fecha Modificaciones 1.0 01/03/2015 Actualización 2 Contenido 1.- INTRODUCCIÓN... 4 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN...
Más detallesPolítica Conflicto de Interés
Política Conflicto de Interés Seguros de Vida Sura S.A. SURA CHILE INDICE INTRODUCCIÓN... 3 I. DEFINICIONES... 4 PERSONA SUJETA... 4 PERSONAS RELACIONADAS... 4 II. ACTIVIDADES PROHIBIDAS... 6 III. OBLIGACIÓN
Más detallesCódigo de Protección al Inversor
Código de Protección al Inversor Fondos Comunes de Inversión BANCO PATAGONIA S.A. En su calidad de Sociedad Depositaria de Fondos Comunes de Inversión PATAGONIA INVERSORA S.A. S.G.F.C.I. Sociedad Gerente
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146 Miércoles 19 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 46150 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 6658 Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de
Más detallesFundación Telefónica. Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica
Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica El Patronato de Fundación Telefónica, en su reunión celebrada el día 20 de noviembre de 2009,
Más detallesPolítica Global Conflictos de Intereses
Política Global Conflictos de Intereses Una Pasión por Cumplir Índice 1. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS...3 2. INTRODUCCIÓN...3 3. OBJETIVO...3 4. ALCANCE...4 5. NORMAS Y REGLAMENTOS...5 6. GUIA GENERAL...6
Más detallesPROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.
Sleg3713 4-3-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Exposición de motivos El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo
Más detallesFormulario de Solicitud de Autorización e Inscripción de un Fondo de Inversión y sus Cuotas de Participación
I. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión: a) Nombre o Razón Social: b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): d) Domicilio Social: e) Capital Suscrito y Pagado: f) Capital
Más detallesJULIO 2013. Versión: 1.0 Página 1 de 11
BELL SOCIEDAD DE BOLSA S.A. CODIGO DE PROTECCION AL INVERSOR JULIO 2013 Versión: 1.0 Página 1 de 11 Índice CAPÍTULO TÍTULO PÁGIN A INTRODUCCIÓN ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. DEBER DE LEALTAD Y OBLIGACIONES
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1
Más detallesCÓDIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR
CÓDIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR Introducción Este Código de Protección al Inversor (el Código ) ha sido elaborado con la participación de las Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión (las SGFCI
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesRESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014
RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Febrero, 2014 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. NORMATIVA 3. ORGANIZACIÓN INTERNA 3.1. Comité de PBC&FT
Más detallesCÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010
CÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010 ÍNDICE Introducción 3 Alcance 3 Marco Ético 4 Comisión de Honor 4 Políticas Comerciales 6 Relación con la Autoridad 8 Contactos con la Prensa 9 Sanciones 10 PÁGINA 1 PÁGINA 2
Más detallesCódigo. Protección. Inversor
Código de Protección al Inversor ÍNDICE INTRODUCCIÓN 2 SECCIÓN PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3 2. COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA 3 3. TRANSPARENCIA EN LA INFORMACION 4 4.
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA DE EURONA WIRELESS TELECOM, S.A.
REGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA DE EURONA WIRELESS TELECOM, S.A. 1 ÍNDICE PREÁMBULO CAPÍTULO PRIMERO. ÁMBITO DE APLICACIÓN. ÓRGANO DE CONTROL Artículo 1.- Ámbito de aplicación Artículo 2.- Órgano de control
Más detallesProtección. Inversor
de Protección al Inversor INDICE INTRODUCCION 2 SECCION PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES 1. AMBITO DE APLICACION 3 2. COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA 3 3. TRANSPARENCIA EN LA INFORMACION 4 4. ATENCION
Más detallesb) Reglas y límites sobre operaciones con vinculados en los sistemas de negociación de valores;
DERIVADOS, CONFLICTOS DE INTERÉS, REGISTRO Concepto 2010066160-005 del 19 de noviembre de 2010. Síntesis: Los deberes frente a los conflictos de interés a que hace referencia el numeral 2º del artículo
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora
REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora
Más detallesLey Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales
Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto
Más detallesPOLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN
POLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN Política de Mejor Ejecución. Enero 2013 1/7 POLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 3 3. FACTORES PARA DETERMINAR EL MEJOR RESULTADO....
Más detallesCódigo de. Protección al Inversor
Código de Protección al Inversor ÍNDICE INTRODUCCIÓN 2 SECCIÓN PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3 2. COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA 3 3. TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN 4 4.
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN CORREDORES DE BOLSA SURA S.A.
CORREDORES DE BOLSA SURA S.A. CORREDORES DE BOLSA SURA S.A. 2 Línea N Documento CB 90 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN INTRODUCCIÓN En cumplimiento de lo establecido por el artículo 33 de la Ley N 18.045
Más detallesCiudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]
Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el
Más detallesLINEAMIENTOS DE LA FUNCIÓN DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL"
LINEAMIENTOS DE LA FUNCIÓN DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL" Introducción El propósito de los Lineamientos de la Función del Auditor Gubernamental es el de promover una cultura ética en la profesión global de
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN (N.C.G.278 S.V.S.)
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN (N.C.G.278 S.V.S.) Página 1 de 7 INTRODUCCION Se ha preparado este Manual de Manejo de Información de acuerdo a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº 278, de fecha
Más detallesBolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA
BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.
Más detallesCÓDIGO DE CONDUCTA DEL DIRECTORIO EN RELACIÓN A LOS CONFLICTOS DE INTERÉS INVERSIONES AGUAS METROPOLITANAS
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL DIRECTORIO EN RELACIÓN A LOS CONFLICTOS DE INTERÉS INVERSIONES AGUAS METROPOLITANAS S.A. MARZO 2013 A. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL DIRECTORIO. ASPECTOS GENERALES. En el marco de la implementación
Más detallesPolítica de Incentivos
Versión 1.2 Última revisión 28/10/2015 Índice: 1. Legislación Aplicable. 2 2. Entidades Afectadas...... 2 3. Objeto de la presente Política 3 4. Principios Generales aplicables a la presente Política...
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS 1 INTRODUCCIÓN Y DECLARACION POLÍTICA Con la adopción del presente Código de Buenas Prácticas, Cambilex S.A., pretende establecer un marco de referencia para la relación entre
Más detalles1.1 Objetivo de la "Política de Gestión de Conflictos de Interés"
1. INTRODUCCIÓN La amplia gama de servicios de inversión y auxiliares ofrecidos por Gestión de Patrimonios Mobiliarios, A.V. S.A., ( en adelante G.P.M.), pudiera posibilitar la existencia de situaciones
Más detallesC I R C U L A R N 2.211
Montevideo, 05 de enero de 2015 C I R C U L A R N 2.211 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DEL MERCADO DE VALORES - ARMONIZACIÓN LIBRO V - Transparencia y Conductas de Mercado. Se pone en conocimiento que la
Más detallesSantiago, Noviembre de 2014. Señores. Presente. De nuestra consideración:
Santiago, Noviembre de 2014 Señores Presente De nuestra consideración: Desde Julio de 2014, Servicios Equifax Chile Limitada ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos ( MPD ), el cual tiene por
Más detallesMonex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero. Código de Ética
Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero Código de Ética OBJETIVO Para elevar la calidad y competitividad del mercado bursátil mexicano, es necesario complementar el marco regulatorio
Más detallesPOLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES
POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES Santiago, 24 de Noviembre de 2015 INTRODUCCIÓN La Empresa desarrolla sus actividades en un ambiente de negocios en donde
Más detallesVISTA: La Ley N 1284/98 de Mercado de Valores, el Decreto del Poder Ejecutivo N 3195 de fecha 23 de marzo de 2015, y.
Asunción - Paraguay Asunción, 27 de marzo de 2015. VISTA: La Ley N 1284/98 de Mercado de Valores, el Decreto del Poder Ejecutivo N 3195 de fecha 23 de marzo de 2015, y. CONSIDERANDO: Que, los Bonos del
Más detallesCitibank España, S.A. ha transferido la propiedad de su negocio de banca de consumo a bancopopular-e, S.A., entidad de crédito autorizada por el
Citibank España, S.A. ha transferido la propiedad de su negocio de banca de consumo a bancopopular-e, S.A., entidad de crédito autorizada por el Banco de España, inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros
Más detallesMiFID. Política de Ejecución de Órdenes de Clientes
Política de Ejecución de Órdenes de Clientes 1 Implicaciones de la Directiva MIFID para Banca Pueyo en relación a la política de mejor ejecución de órdenes clientes Este documento describe la Política
Más detallesMERCADO ARGENTINO DE VALORES S.A. Mercado registrado bajo el N 15 de la CNV
INSTRUCTIVO con los PROCEDIMIENTOS que los AGENTES DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN INTEGRALES (ALYC I) y PROPIOS (ALYC P), los AGENTES DE NEGOCIACIÓN (AN) y los AGENTES DE CORRETAJE DE VALORES NEGOCIABLES
Más detallesNos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 17.12.2015 inclusive, se ha dispuesto lo siguiente:
2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES COMUNICACIÓN A 5850 17/12/2015 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO, A LAS CASAS Y AGENCIAS
Más detallesLa gestión del supervisor español en relación con la formación de precios y la provisión de liquidez en los mercados
Jornadas sobre la modernización de los mercados y los retos de su supervisión La Antigua 2011 La gestión del supervisor español en relación con la formación de precios y la provisión de liquidez en los
Más detallesNIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS
NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros
Más detallesPrincipios Generales de Gobierno Societario para las Empresas Chilenas
Principios Generales de Gobierno Societario para las Empresas Chilenas Cuatro pilares fundamentales: Los Principios tienen como objetivo fundamental apoyar la creación sostenible de valor en las empresas
Más detallesINFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CLIENTES [V5-2012]
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CLIENTES [V5-2012] CLASIFICACIÓN DE LOS CLIENTES Banco Finantia Sofinloc (en adelante el Banco), ha procedido a clasificar a cada uno de los clientes de acuerdo con los
Más detallesCONFLICTO DE INTERÉS BANCHILE CORREDORES DE BOLSA INTERMEDIACION DE VALORES POR CUENTA PROPIA Y DE TERCEROS
CONFLICTO DE INTERÉS BANCHILE CORREDORES DE BOLSA INTERMEDIACION DE VALORES POR CUENTA PROPIA Y DE TERCEROS INDICE I.- INTRODUCCION...3 1.1 Objetivo... 3 1.2 Alcance... 3 1.3 Definición de Conflicto de
Más detallesCódigo. Protección. Inversor
Código de Protección al Inversor 1 INDICE INTRODUCCIÓN 3 SECCIÓN PRIMERA: CONSIDERACIONES GENERALES 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN 4 2. COMPROMISOS CON EL CUOTAPARTISTA 4/5 3. TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN
Más detallesRESOLUCIÓN 19-02 SOBRE CUSTODIA DE LOS VALORES REPRESENTATIVOS DE LAS INVERSIONES LOCALES DE LOS FONDOS DE PENSIONES.
RESOLUCIÓN 19-02 SOBRE CUSTODIA DE LOS VALORES REPRESENTATIVOS DE LAS INVERSIONES LOCALES DE LOS FONDOS DE PENSIONES. CONSIDERANDO: Que el artículo 101 de la Ley 87-01 de fecha 9 de mayo de 2001, que crea
Más detallesSUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS CIRCULAR E INSTITUCIONES FINANCIERAS Bancos N SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N VISTOS: Las facultades que le confiere a estas Superintendencias, el inciso cuarto
Más detallesC I R C U L A R N 2063
Montevideo, 17 de agosto de 2010 C I R C U L A R N 2063 Ref: MERCADO DE VALORES - ASESORES DE INVERSIÓN - Prórroga de los plazos establecidos para la presentación y ejecución de los programas de capacitación
Más detallesRelaciones profesionales
Asesoría Jurídica de fepfi Relaciones profesionales Con empleados y colaboradores Por TERESA MORÁN GARRIDO Relaciones profesionales con empleados y colaboradores. A veces un fotógrafo contrata a otro para
Más detallesLos miembros de los órganos de administración de UNCAVASA y quienes desempeñan en la misma funciones de dirección.
REGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA DE UNION CATALANA DE VALORES, S.A. 1) INTRODUCCION El Consejo de Administración de Unión Catalana de Valores (en adelante UNCAVASA), en la reunión celebrada el dia 8 de Junio
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0092/2009
Informe 0092/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal la recogida de fotografías de los trabajadores de la
Más detallesPOLÍTICA DE INCENTIVOS
POLÍTICA DE INCENTIVOS INDICE 1. ALCANCE... 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. INFORMACIÓN SOBRE INCENTIVOS... 6 4. REVISIÓN DE LA POLÍTICA... 6 5. CUANTÍA DE LOS INCENTIVOS.7 Página 2/7 1. ALCANCE La Directiva
Más detallesCODIGO DEL DOCUMENTO: CONTROL DE CAMBIOS. Versión Fecha Descripción del Cambio
Proceso: GESTIÓN DE CALIDAD Página 1 de 7 NOMBRE DEL DOCUMENTO: En cumplimiento de la Ley 1581 de 2.012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2.013 CODIGO DEL DOCUMENTO: OD-GC-001 CONTROL DE CAMBIOS Versión
Más detallesCIRCULAR-TELEFAX 40/2000
CIRCULAR-TELEFAX 40/2000 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 2019/95. FUNDAMENTO LEGAL: Con fundamento en el artículo 26 de la Ley del Banco de México, así como en los artículos 93 y 106, penúltimo párrafo,
Más detalles