SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES BASES DE VENTA SUBASTAS ELECTRÓNICAS 2015 PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES LOTES ESPECIALES

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1 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES BASES DE VENTA SUBASTAS ELECTRÓNICAS 2015 PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES LOTES ESPECIALES El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1931, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México, Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 31, 33, 36, 38 fracción II y último párrafo, 38 ter, 39, 40, 42, 43, 45, 47 y 52 a 54 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (LFAEBSP); 1, 37, 38 y 51 de su Reglamento (RLFAEBSP); y numerales PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, QUINTO, SÉPTIMO, SÉPTIMO BIS, DÉCIMOCUARTO, DÉCIMOQUINTO, DÉCIMOSEXTO y TRIGÉSIMO TERCERO a CUADRAGÉSIMO SEXTO de las Políticas, Bases y Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la venta de los bienes muebles, inmuebles, activos financieros y empresas que le son transferidos (POBALINES), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2008, así como sus reformas publicadas en dicho Diario; emite las presentes BASES DE VENTA de SUBASTAS electrónicas para la enajenación de LOTES ESPECIALES de bienes muebles durante el ejercicio 2015, las cuales se encuentran disponibles de manera gratuita en la dirección electrónica de internet en lo sucesivo EL PORTAL. Las presentes BASES DE VENTA son aplicables únicamente para los procedimientos de SUBASTAS de LOTES ESPECIALES de bienes muebles que se llevan a cabo en EL PORTAL, y no serán aplicables a otros procedimientos de SUBASTAS que se realicen en los canales comerciales del SAE. I. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA. La CONVOCATORIA se publicó el 7 de enero de 2015 tanto en el periódico Milenio como en EL PORTAL, y sus modificaciones publicadas el 5 y el 19 de febrero de 2015, en los mismos medios. II. DEFINICIONES. Para efectos de las BASES DE VENTA, los términos que se relacionan a continuación tendrán el siguiente significado, independientemente de que sean utilizados en forma singular o plural: 1. BASES DE VENTA.- El presente documento que determina las condiciones, términos y formalidades que deben cumplir los PARTICIPANTES y GANADORES en las SUBASTAS, y contienen los derechos y obligaciones de las partes. 2. CONVOCATORIA.- Al anuncio del procedimiento público de venta de SUBASTAS. 3. DÍAS HÁBILES.- Los establecidos como no inhábiles en concordancia con las Disposiciones de Carácter General que para tal efecto publica de manera anual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Los comunicados de las SUBASTAS se realizarán durante las 24 horas, los 365 días del año a través de correo electrónico. 4. FALLO.- Al acto por medio del cual el SAE evalúa y determina el resultado de las SUBASTAS. 5. GANADOR.- PARTICIPANTE a quien le ha sido aceptada su OFERTA DE COMPRA y declarada como la oferta más alta. 6. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Cantidad que debe entregar el GANADOR para asegurar el cumplimiento de la obligación de pago, de conformidad con las BASES DE VENTA, y que se aplicará a favor del SAE en caso de incumplimiento. 7. GARANTÍA DE SERIEDAD.- Cantidad que debe entregar el PARTICIPANTE de tal manera que se asegure el sostenimiento de su OFERTA DE COMPRA al participar en las SUBASTAS, de conformidad con las BASES DE VENTA. 8. INTERESADO.- La persona física o moral que tenga intención de participar en las SUBASTAS. 9. LOTE o LOTE ESPECIAL.- Un bien mueble o conjunto de bienes muebles que por sus características se determine por el SAE ser publicado así en EL PORTAL y que será tratado como una sola unidad para efectos de su venta en las SUBASTAS. 10. OFERTA DE COMPRA.- Oferta económica, incondicional, en firme, irrevocable, presentada por el PARTICIPANTE para adquirir un LOTE de conformidad con lo establecido en las BASES DE VENTA. La OFERTA DE COMPRA tendrá un carácter de oferta pendiente hasta que el PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD, y éste sea verificado por el SAE. 11. PARTICIPANTE.- A la persona que cumpla con los requisitos establecidos en las BASES DE VENTA y demás normativa aplicable y que haya concluido el proceso de inscripción o registro en EL PORTAL y que presente OFERTAS DE COMPRA dentro de la SUBASTA. Página 1 de 11

2 12. PRECIO BASE DE VENTA.- Al valor de salida que se asigna a un LOTE, con el cual inicia el proceso de ofertas. 13. REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO.- Persona física con las facultades suficientes para actuar en nombre de otra persona (ya sea física o moral) en las SUBASTAS. 14. SUBASTAS.- Al procedimiento público de venta a través de medios electrónicos por el cual los PARTICIPANTES realizan sus OFERTAS DE COMPRA por esos medios. 15. VEHÍCULO APTO PARA CIRCULAR.- Vehículo en condiciones para ser matriculado o emplacado sin considerar el estado físico, mecánico o de conservación en que se encuentre. 16. VEHÍCULO NO APTO PARA CIRCULAR.- Vehículo que no está en condiciones para matricular o emplacar. III. BIENES OBJETO DE LAS SUBASTAS. Los bienes objeto de las SUBASTAS se presentan en LOTES. El SAE cuenta con documentación que acredita el legítimo derecho de propiedad del encargo o entidad transferente sobre los LOTES objeto de las SUBASTAS o la facultad de disponer de éstos. Los LOTES se presentan con su número de lote, descripción, condición física, ubicación y, en su caso, sus características, cantidad y unidad de medida; nombre, razón social o denominación de la entidad transferente y nombre del contacto, lo cual puede ser consultado en EL PORTAL. Los LOTES se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía, por lo que los PARTICIPANTES renuncian expresamente al saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos y el SAE no aceptará reclamaciones posteriores a su venta ni aceptará responsabilidad alguna por el uso que pudiera hacer el GANADOR con los bienes. Las cantidades de los bienes señaladas en los LOTES de Mercancía Diversa son aproximadas y no se garantizan, por lo que no procederán reclamaciones posteriores. El pago de adeudos pendientes por concepto de guarda y custodia, entre otros, así como sus actualizaciones serán asumidos por los GANADORES, por lo que no procederá la cancelación o devolución por desconocimiento de los adeudos, siendo responsabilidad de los PARTICIPANTES investigar los montos de los mismos. La mercancía no incluye los contenedores. IV. PRECIO BASE DE VENTA. Los LOTES objeto de las SUBASTAS se ofertarán con un PRECIO BASE DE VENTA o precio de salida, el cual incluye el importe correspondiente a la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los casos en que se cause dicho impuesto conforme a la legislación aplicable y vigente, por lo que las OFERTAS DE COMPRA que se hagan por los LOTES se entenderán con IVA incluido. El PRECIO BASE DE VENTA de cada LOTE podrá ser consultado al momento de la publicación de la SUBASTA respectiva en EL PORTAL. V. PROCEDIMIENTO DE LAS SUBASTAS. El procedimiento de las SUBASTAS será el siguiente: 1. INSCRIPCIÓN. Los INTERESADOS en participar en las SUBASTAS deberán registrarse en EL PORTAL, conforme al procedimiento establecido en el mismo. La información a proporcionar se regirá conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El SAE podrá solicitar a los INTERESADOS cualquier aclaración o modificación de la información de registro. Los INTERESADOS deberán registrar en EL PORTAL la información que se les solicite, así como digitalizar e ingresar en el mismo la documentación que se les requiera, entre otra: nombre completo, denominación o razón social; nombre de usuario; una contraseña que el usuario elige; datos de domicilio: calle y número, colonia, municipio o delegación, estado y código postal de 5 caracteres; Registro Federal de Contribuyentes con homoclave (13 caracteres para personas físicas y 12 caracteres para personas morales); Clave Única del Registro de Población (CURP); número telefónico; cuenta de correo electrónico, y; una cuenta bancaria con número CLABE, por medio de la cual se devolverán los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD en caso de no resultar GANADOR en las SUBASTAS. Todos los datos que se asienten en dicho registro deberán ser veraces. Los INTERESADOS deberán identificarse y acreditar su personalidad proporcionando la documentación que se establece en el PORTAL. El SAE podrá en cualquier momento requerir al INTERESADO, PARTICIPANTE o, en su caso, GANADOR acreditar su personalidad, así como la veracidad de los datos aportados, misma que deberá coincidir con los datos de su registro en EL PORTAL. Dicho requerimiento se realizará a través de EL PORTAL o por vía correo electrónico a la cuenta registrada y deberá atenderse en los términos establecidos en el mismo. Página 2 de 11

3 En caso de que el PARTICIPANTE resultara GANADOR en una SUBASTA y no pudiera acreditar su personalidad por no contar con la documentación que registró o los datos no coincidan con los declarados en dicho registro, la OFERTA DE COMPRA será desechada y el PARTICIPANTE descalificado y se hará acreedor a las penas y sanciones señaladas en las BASES DE VENTA. La inscripción en el PORTAL es personal e intransferible. Los INTERESADOS podrán inscribirse durante las 24 horas de los 365 días del año, considerando los plazos establecidos en el procedimiento de la SUBASTA señalados en las presentes BASES DE VENTA. Una vez completado el registro, los PARTICIPANTES recibirán un correo electrónico de confirmación de inscripción. El proceso de registro no tiene costo alguno y sólo se realiza en una ocasión para participar en todas las SUBASTAS. Los INTERESADOS deberán aceptar incondicionalmente los términos y condiciones de la CONVOCATORIA y de las BASES DE VENTA y de utilización del PORTAL. 2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN Y PARA LA ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD Y DATOS PARA LA EMISIÓN DEL CFDI. La documentación descrita en este apartado será indispensable para la formalización de la venta de los LOTES adjudicados. Los documentos para acreditar la identidad y constitución de los PARTICIPANTES y personalidad jurídica de los REPRESENTANTES LEGALES o APODERADOS en las SUBASTAS, a efecto de solicitar su registro, los cuales se deberán incorporar digitalizados a EL PORTAL serán, de manera enunciativa mas no limitativa, la siguiente: Todos los INTERESADOS deberán incorporar a EL PORTAL: Comprobante de Domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: recibo de pago de impuesto predial, agua, energía eléctrica o teléfono fijo, o bien, estados de cuenta bancarios. En caso de fideicomisos, comprobante de domicilio de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso. El código postal debe constar de 5 dígitos; en caso de que el interesado no lo proporcione en forma completa, se registrará en el CFDI con 5 ceros, sin posibilidad de corrección. Una cuenta de correo electrónico y número de teléfono fijo de su domicilio con lada y extensión, en su caso. Copia del estado de cuenta bancario a nombre de la persona física o moral que demuestre la existencia de la cuenta CLABE registrada. Este requisito no será necesario en caso de extranjeros. Personas Físicas Mexicanas: Copia de identificación oficial vigente, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. Clave Única del Registro de Población (CURP). Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave. Los INTERESADOS pueden tramitar por internet su RFC con homoclave proporcionando únicamente su CURP. Para mayor información consultar la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) En caso de no contar con RFC las personas físicas podrán presentar únicamente la Clave Única del Registro de Población (CURP). En caso de actuar a través de APODERADO, copia del poder otorgado ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración. En su caso, datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. Personas Físicas Extranjeras: Copia de identificación oficial vigente, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: pasaporte o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en México. Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave, cuando cuenten con ella o, en su caso, número de identificación fiscal de su país de origen. En caso de actuar a través de apoderado, copia del poder otorgado ante Fedatario Público con facultades por lo menos para actos de administración. Cuando el documento no esté debidamente legalizado o, en el caso en que el país en donde se expidió dicho documento sea parte de "La Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 5 Página 3 de 11

4 de octubre de 1961, bastará que dicho documento lleve fijada la apostilla a que dicha Convención se refiere, estar escrito en idioma español o traducido al idioma español y protocolizado ante fedatario público. En su caso, datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. En el caso de apoderados legales extranjeros, copia de pasaporte vigente o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en México. Personas Morales Mexicanas: Copia del Acta constitutiva y última modificación, inscrita en el Registro Público de Comercio, con el desglose de socios o accionistas, en su caso. Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave. Copia del poder otorgado al REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, ante Fedatario Público, con facultades por lo menos para actos de administración. Datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, debiendo ser uno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. En caso de fideicomisos, copia del contrato constitutivo del fideicomiso y sus convenios modificatorios, y copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso. Personas Morales Extranjeras: Copia del Acta constitutiva y última modificación, con el desglose de socios o accionistas, en su caso. Los instrumentos otorgados en el extranjero deberán estar escritos en idioma español o traducidos al idioma español, legalizados o apostillados y protocolizados ante fedatario público. Copia de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC) con homoclave, cuando cuenten con ella o, en su caso, número de identificación fiscal de su país de origen. Copia del poder otorgado al REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, ante Fedatario Público, con facultades por lo menos para actos de administración. Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar escritos en idioma español o traducidos al idioma español, legalizados o apostillados. Datos generales e identificación oficial vigente del REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO, debiendo ser alguno de los documentos siguientes: credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, pasaporte o cédula profesional. En el caso de REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO extranjeros, copia de pasaporte vigente o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en México. El SAE se reserva el derecho de solicitarles a los PARTICIPANTES o GANADORES las originales o copias certificadas ante fedatario público para su cotejo, de la documentación exhibida. 3. Impedidos para participar. De conformidad con el artículo 32 de la LFAEBSP, estarán impedidas para participar en las SUBASTAS, las personas que se encuentren en los supuestos siguientes: I.- Las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; II.- Las que no hubieren cumplido con cualquiera de las obligaciones derivadas de los procedimientos previstos en esta Ley, por causas imputables a ellas; III.- Aquéllas que hubieren proporcionado información que resulte falsa o que hayan actuado con dolo o mala fe, en algún procedimiento realizado por la Administración Pública Federal para la adjudicación de un bien; IV.- Aquéllas que hubieren participado en procedimientos similares con el Gobierno Federal y se encuentren en situación de atraso en el pago de los bienes por causas imputables a ellos mismos, salvo los casos previstos en los lineamientos que para tal efecto expida la Junta de Gobierno del SAE; V.- Aquéllas a las que se les declare en concurso civil o mercantil; VI.- Los terceros a que se refiere el artículo 38 de la LFAEBSP, respecto de los bienes cuya enajenación se les encomiende; VII.- Los agentes aduanales y dictaminadores aduaneros, respecto de los bienes de procedencia extranjera; VIII.- Los servidores públicos que por sus funciones hayan tenido acceso a información privilegiada, y IX.- Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de Ley. Página 4 de 11

5 El SAE se reserva el derecho de verificar y en su caso descalificar en cualquier momento a los PARTICIPANTES y/o GANADORES, cuando se llegue a conocer por cualquier medio, que se encuentran en alguno de los impedimentos mencionados en el presente numeral. 4. OFERTAS DE COMPRA y depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD. Por cada LOTE que deseen adquirir, los INTERESADOS deberán realizar una OFERTA DE COMPRA y depositar la GARANTÍA DE SERIEDAD que asegure el sostenimiento de su oferta en los términos establecidos en EL PORTAL. Las OFERTAS DE COMPRA de cada uno de los LOTES en los que desee participar podrá presentarse una vez que se publiquen en EL PORTAL los LOTES a subastar del evento que corresponda, a más tardar dos días hábiles antes de la fecha de cierre señalada en el calendario establecido en la CONVOCATORIA. La(s) oferta(s) tendrá(n) un estatus de oferta(s) pendiente(s) hasta que el PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD y éste sea confirmado por el SAE. Los INTERESADOS deberán exhibir la GARANTÍA DE SERIEDAD por medio de un depósito referenciado, que deberá efectuarse a más tardar 2 DÍAS HÁBILES previos a la fecha de cierre de la SUBASTA. En caso de que no se realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD, la oferta registrada conservará en EL PORTAL el estatus de pendiente y se declarará en el FALLO como cancelada. La información necesaria para la realización del depósito referenciado (línea de captura) será enviada por vía correo electrónico después de haberse realizado la OFERTA DE COMPRA. Dichos depósitos pueden ser realizados por vía electrónica a través de EL PORTAL o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo utilizando el formato denominado de Pago Único que emite EL PORTAL DE PAGOS. Los INTERESADOS deberán considerar los usos y horarios bancarios. En el caso de que dicho depósito no se vea reflejado en los estados de cuenta correspondientes, la OFERTA DE COMPRA será desechada; esta situación será informada al PARTICIPANTE por el SAE. El monto mínimo para la GARANTÍA DE SERIEDAD para cada uno de los LOTES ESPECIALES será de $500, (Quinientos mil pesos 00/100 Moneda Nacional). El SAE podrá modificar el importe de la GARANTÍA DE SERIEDAD para todos los LOTES ESPECIALES o algunos en particular; el monto de dicha garantía será publicado en EL PORTAL dentro de la información contenida en el LOTE. El SAE conservará los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD, desde el momento en que los reciba y hasta el término de las SUBASTAS. Este depósito no generará intereses ni cantidad alguna por cualquier otro concepto, por el tiempo en que hayan estado depositados los recursos. Al finalizar las SUBASTAS, a los PARTICIPANTES que no resulten GANADORES se les hará la devolución del depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD por vía electrónica al número de cuenta CLABE que fue proporcionada durante la inscripción en EL PORTAL. En el caso de que los PARTICIPANTES resulten GANADORES, la GARANTÍA DE SERIEDAD se tomará a cuenta para el pago correspondiente a la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. En el supuesto de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD se realice mediante cheque y éste sea devuelto por cualquier causa por el banco, el INTERESADO estará obligado a reembolsar la cantidad que la institución bancaria cobre por la devolución del mismo. Los PARTICIPANTES podrán observar desde la presentación de su OFERTA DE COMPRA en EL PORTAL, la posición de la misma con respecto a la de los demás en la misma SUBASTA. En el caso de que se detecte que el valor de la OFERTA DE COMPRA está muy por encima del valor de la segunda más alta colocada en las SUBASTAS en proceso o que la misma está muy por encima del PRECIO BASE DE VENTA, EL PORTAL podrá requerir al PARTICIPANTE confirmar su OFERTA DE COMPRA. 5. Inspección o visita ocular de los LOTES. Los INTERESADOS que hayan presentado OFERTA DE COMPRA sobre uno o más LOTES, podrán visitar e inspeccionar los mismos. La visita ocular e/o inspección física es opcional en todos los casos, por lo que de no realizarla o de realizarla inadecuadamente los PARTICIPANTES no podrán argumentar tales causas para solicitar la cancelación parcial o total de la SUBASTA o de la venta respectiva. Cuando por la naturaleza del(los) LOTE(S), por su ubicación o cualquier otra circunstancia no pueda realizarse la inspección física, se pondrán a disposición de los PARTICPANTES fotografías en EL PORTAL. Dichas fotografías únicamente se mostrarán como apoyo, sin que por ello se entienda que existe o existirá responsabilidad y garantía por parte del SAE sobre sus Página 5 de 11

6 características y condiciones. Por tanto, éstas no serán motivo de cancelación de la venta o de la devolución parcial o total de los montos pagados por el GANADOR. 6. Realización de las SUBASTAS. El día de cierre de la SUBASTA y el inmediato anterior, podrán participar mejorando sus ofertas exclusivamente aquellos que hubiesen cumplido plenamente con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; dicha participación podrá realizarse a partir de la confirmación del depósito con lo que su OFERTA DE COMPRA cambia de estatus pendiente a confirmada. Los PARTICIPANTES podrán mejorar sus OFERTAS DE COMPRA durante el plazo y medios establecidos en EL PORTAL, sin necesidad de incrementar su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD. Las SUBASTAS cierran a las 14:00 horas conforme al huso horario de la ciudad de México, de la fecha de término o cierre señalada. El SAE podrá modificar en cualquier momento la hora y fecha de cierre de la SUBASTA lo cual será informado a los PARTICIPANTES por vía el correo electrónico que estos hayan señalado en su registro. Para incrementar el monto de las OFERTAS DE COMPRA, los PARTICIPANTES deberán realizar pujas por los LOTES en EL PORTAL, por cualquiera de las siguientes modalidades: a. Puja libre: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA de manera manual en EL PORTAL, ingresando el monto exacto de su oferta. b. Puja por montos establecidos: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA en montos fijos determinados de manera previa en EL PORTAL. c. Puja automática: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA utilizando un sistema automatizado en EL PORTAL, en el que se establece y programa un monto máximo para adquirir el LOTE y el sistema realiza de manera automática una puja por un monto preestablecido de $1, (Un mil pesos 00/100 Moneda Nacional) en cada ocasión que otro PARTICIPANTE en la misma SUBASTA ofrezca un monto mayor a su última puja efectiva. EL PORTAL dejará de realizar la puja automática cuando se alcance el monto máximo establecido por el PARTICIPANTE. El monto máximo no se considerará OFERTA DE COMPRA, sino las pujas que se hagan efectivas por EL PORTAL. Las pujas automáticas no podrán programarse en las 48 horas previas al cierre de las SUBASTAS. 7. Causas de descalificación de PARTICIPANTES. El SAE descalificará a los PARTICIPANTES por: a. No cumplir con cualquiera de los requisitos que se señalan en las BASES DE VENTA. b. No cumplir con los procedimientos establecidos en EL PORTAL. c. Participar de manera tendenciosa o intentar manipular el procedimiento. d. Participar en las SUBASTAS con dolo o mala fe de manera que afecten la transparencia o la propia realización de las SUBASTAS. e. Encontrarse en los supuestos del artículo 32 de la LFAEBSP. f. No presentar la documentación para acreditar su identidad o personalidad jurídica cuando le sea requerida. g. Cuando los datos aportados durante el proceso de registro sean falsos. 8. FALLO. Una vez realizado el cierre de la SUBASTA, el SAE procederá a la evaluación de las OFERTAS DE COMPRA, para verificar que se cumplan con los requisitos señalados en la CONVOCATORIA y las BASES DE VENTA. Concluido el análisis, se procederá a emitir el FALLO, declarando GANADOR al PARTICIPANTE con la mayor OFERTA DE COMPRA, siempre que la misma sea igual o mayor al PRECIO BASE DE VENTA. En caso de empate, el(los) LOTE(S) se adjudicarán al PARTICIPANTE que primero la haya registrado en el PORTAL y que haya cumplido con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; y en el caso de empate de OFERTAS DE COMPRA realizadas bajo la modalidad de puja automática, se declarará GANADOR al PARTICIPANTE que la haya programado primero. El PARTICIPANTE con la OFERTA DE COMPRA más alta, al cierre del plazo para presentar ofertas, recibirá por vía correo electrónico, la notificación de su posición como GANADOR, a la dirección de correo electrónico señalada durante el proceso de inscripción. Página 6 de 11

7 Posteriormente, el FALLO se notificará a los PARTICIPANTES a través del correo electrónico señalado por cada uno de ellos durante el proceso de inscripción. Asimismo, el FALLO será publicado en EL PORTAL. 9. Devolución de la GARANTÍA DE SERIEDAD. Una vez emitido el FALLO, se procederá a realizar las devoluciones correspondientes de los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD a aquellos PARTICIPANTES cuyas posturas no resultaron ganadoras o que la hayan realizado fuera de los plazos establecidos, al número de cuenta bancaria CLABE señalado por los mismos durante el proceso de inscripción. En el supuesto que el número de cuenta bancaria CLABE proporcionado por el INTERESADO o PARTICIPANTE sea erróneo, se notificará dicha situación por vía correo electrónico, para que en un plazo de tres días hábiles remita por la misma vía, el número de cuenta bancaria CLABE correcto para poder realizar la devolución. 10. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Una vez celebrado el cierre de la SUBASTA, los GANADORES deberán efectuar el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO para asegurar el cumplimiento de su obligación de pago del(los) LOTE(S) adjudicado(s). El GANADOR contará con un día hábil a partir de la fecha de cierre de la SUBASTA para efectuar un pago que sumado a su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD sea equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del monto total del LOTE adjudicado, el cual se constituirá como GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. En caso de no realizar dicho pago en los términos señalados, se procederá a la cancelación de la venta. En caso de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD realizado por el GANADOR, sea mayor o igual al 50% (cincuenta por ciento) del pago total del LOTE en cuestión, será considerado como el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO y se proseguirá con lo correspondiente al pago total. La información necesaria para la realización del depósito referenciado (Referencia Alfanumérica) de las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, será enviada por vía correo electrónico. Dichos depósitos pueden ser realizados por vía electrónica o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo. Los GANADORES deberán considerar los usos y horarios bancarios. VI. Pago de los LOTES. Una vez exhibidas las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, los GANADORES de las SUBASTAS deberán efectuar el pago del restante 50% (cincuenta por ciento) o el porcentaje restante del monto total de los LOTES adjudicados dentro de los cinco DÍAS HÁBILES siguientes contados a partir del día de la notificación del FALLO (incluyendo el día de la notificación como uno de los cinco días de plazo, sin importar la hora a la que se haya recibido la notificación, ya que EL PORTAL opera de manera ininterrumpida). La información para realizar dicho pago estará disponible en EL PORTAL. En caso de existir atraso en el pago de los LOTES, los GANADORES podrán realizar el pago de manera extemporánea dentro de los 5 DÍAS HÁBILES siguientes al vencimiento del plazo señalado para su cumplimiento, pagando además del saldo pendiente exigible, el 5% (cinco por ciento) aplicado sobre dicho saldo o el equivalente a 10 días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, lo que sea mayor. En caso de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD por parte del GANADOR, sea mayor precio de venta del LOTE adjudicado, el SAE hará la devolución por el monto correspondiente al número de cuenta bancaria CLABE señalado durante el proceso de registro. Para los efectos de las BASES DE VENTA, se entenderá que la venta surte todos sus efectos hasta que sea pagada la totalidad del precio de venta. En caso de que el GANADOR, no realice el pago total del (los) LOTE(S) en los plazos señalados, se procederá a las penalizaciones correspondientes, establecidas en las BASES DE VENTA. VII. PENAS Y SANCIONES. Los INTERESADOS, PARTICIPANTES o GANADORES en su caso, serán objeto de penalización de conformidad con lo siguiente: 1. Por incumplimiento del primer pago del importe de la venta. En el caso de que los GANADORES de las SUBASTAS incumplan con el primer pago del 50% (cincuenta por ciento) del monto total, se tendrá por incumplida la oferta y se retendrá a favor del SAE la GARANTÍA DE SERIEDAD. Página 7 de 11

8 2. Por incumplimiento del pago total de la operación. Una vez exhibida la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, y no se pague el porcentaje restante del valor de la operación, se tendrá por incumplida la obligación de pago y se aplicará a favor del SAE el depósito de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 3. Cuando los datos aportados durante el proceso de registro sean falsos, serán descalificados. El GANADOR que se encuentre en alguno de los supuestos indicados en los numerales 1, 2 o 3 de este apartado, adicionalmente quedará impedido de participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE, en los siguientes plazos: i. Si incumple por primera vez con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 30 días calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA; ii. Si es la segunda ocasión que incumple con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 6 meses calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA; iii. Si es la tercera ocasión o sucesivas que incumple con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 2 años calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA. 4. Por participación dolosa y/o mala fe. Cuando participen con dolo y/o mala fe, de manera que afecten la transparencia o la realización de la SUBASTA, serán descalificados, y quedarán impedidos de participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE en un plazo de 2 años calendario, contados a partir del día en que el SAE conozca dicha circunstancia. Adicionalmente si estuviere participando en una SUBASTA o Remate en desarrollo, se suspenderá su cuenta de participación en el sistema. 5. Por incumplimiento de los plazos de entrega y retiro de bienes muebles. Cuando el GANADOR no retire la totalidad de los bienes adjudicados en SUBASTAS de LOTES en el plazo establecido por el SAE para ello, quedará impedido para participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE, por un plazo de 2 años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para el retiro de los bienes. Las partes manifiestan su consentimiento que en caso de que no se verifique por causas imputables al GANADOR la entrega recepción física de la totalidad de los bienes, transcurrido un plazo de 30 días naturales contados a partir del día hábil siguiente de la fecha programada para llevar a cabo dicha entrega, la operación de venta quedará cancelada por los bienes no retirados de manera inmediata, sin que medie instrucción judicial o administrativa alguna y el SAE retendrá como pena convencional el precio pagado, quedando liberado de cualquier responsabilidad. VIII. ENTREGA DE LOS LOTES. Los LOTES serán entregados a los GANADORES conforme a lo siguiente: 1. Para las fechas y/o plazos de entrega de los LOTES deberán contactarse en los números telefónicos que se encuentran publicados en EL PORTAL. 2. El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente del bien adjudicado, se hará únicamente a nombre del GANADOR. 3. La entrega del CFDI se realizará una vez que el GANADOR haya recibido los bienes adjudicados. 4. La entrega física de los LOTES se realizará en el domicilio en que se encuentre físicamente el bien, en coordinación con el SAE, para que el GANADOR por su cuenta y riesgo, retire el bien del lugar donde se encuentra, para lo cual no deberá exceder del tiempo previamente establecido por el SAE. En caso de que el GANADOR se vea imposibilitado para recoger personalmente el bien adquirido, podrá otorgar poder protocolizado ante notario público, para que el apoderado proceda a retirar el LOTE en su representación. 5. El retiro en el caso de vehículos no deberá exceder de un día hábil a partir de la fecha estipulada de entrega; en el caso de las aeronaves, embarcaciones, mercancía diversa y LOTES de más de 2 vehículos le será informado el día de la entrega por el área responsable. En el retiro de los LOTES, los GANADORES se sujetarán incondicionalmente a los mecanismos de control y retiro, establecidos en el lugar donde se encuentran los LOTES. 6. El SAE se reserva el derecho de modificar la fecha de retiro de los LOTES, lo cual comunicará por correo electrónico a los GANADORES. 7. El GANADOR se responsabiliza de extraer los fluidos de los vehículos y almacenarlos y trasladarlos en contenedores apropiados para darles el tratamiento que la normativa vigente establezca. El cumplimiento de las disposiciones de carácter administrativo o ambiental relacionadas con el manejo y/o disposición final en centros autorizados respecto de Página 8 de 11

9 llantas, aceites y líquidos será responsabilidad exclusiva del GANADOR. Asimismo el GANADOR deberá acordar previamente con el responsable de la entrega de los bienes, las medidas preventivas y de atención de siniestros tomadas por su parte para garantizar la seguridad del personal a su cargo así como de las personas y bienes ubicados en el lugar donde se lleve la entrega y la destrucción, entre otros. 8. En caso de que no se verifique la entrega recepción física de la totalidad de los bienes transcurrido un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha programada para llevar a cabo dicha entrega por causas imputables al GANADOR, éste manifiesta su conformidad para que de manera inmediata, sin que medie instrucción judicial o administrativa alguna, el SAE disponga de los bienes no recogidos en el plazo señalado, liberando al SAE de cualquier responsabilidad por la disposición que lleve a cabo respecto de dichos bienes y no reservándose acción o reclamación en contra de éste. IX. Información General. Todos los INTERESADOS, PARTICIPANTES y GANADORES toman conocimiento de que las SUBASTAS se rigen por la LFAEBSP, el RLFAEBSP, las POBALINES y demás normativa aplicable al procedimiento y manifiestan su conformidad al respecto y a lo siguiente: 1. Las presentes BASES DE VENTA estarán vigentes únicamente para los procedimientos de SUBASTAS de LOTES ESPECIALES de bienes muebles que se llevan a cabo en EL PORTAL. 2. La observancia de las POBALINES es obligatoria para los servidores públicos adscritos al SAE y a los Mandatos o Encargos administrados por él, los Terceros Especializados, los PARTICIPANTES, Postores GANADORES y GANADORES de los procedimientos de venta, estableciéndose la obligatoriedad en las presentes BASES DE VENTA. 3. Las BASES DE VENTA y toda la documentación que en las mismas se refiere, serán difundidas en idioma español y las cifras expresadas en moneda nacional de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Los PARTICIPANTES manifiestan estar de acuerdo en que el SAE no hará uso de la facultad de adjudicar OFERTAS DE COMPRA en segundo lugar en cada SUBASTA, en términos de lo dispuesto por el artículo 51 de la LFAEBSP. 5. El SAE podrá modificar, limitar o revocar cualquiera de los términos, condiciones y plazos previstos en la CONVOCATORIA y en las BASES DE VENTA, sin responsabilidad alguna y sin expresión de causa, en cualquier momento y hasta antes del FALLO. 6. El SAE podrá cancelar la SUBASTA o declarar desierto, parcial o totalmente, el procedimiento de venta, antes del acto de FALLO en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa, la entidad transferente o cuando exista causa justificada e incluso sin necesidad de justificación, lo cual podrá hacerse del conocimiento por vía correo electrónico a las personas que hasta ese momento se encuentren participando, y/o en el PORTAL y/o en el FALLO, lo cual quedará asentado en el acta correspondiente. 7. El SAE se reserva el derecho de cancelar la compraventa una vez realizado el FALLO correspondiente y hasta antes de la entrega de los bienes que integran los LOTES, en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa o la entidad transferente, o que por cualquier otra causa ajena al SAE no le permita a éste la venta o la entrega en las condiciones pactadas. En tal circunstancia el SAE lo hará del conocimiento del GANADOR y realizará la devolución del importe pagado sin que proceda el pago de intereses o de suma adicional alguna para el PARTICIPANTE por el tiempo que se encuentre en custodia del SAE por cualquier concepto. Asimismo, el SAE se abstendrá de formalizar la venta cuando se tengan elementos para presumir que los recursos con los que se pagará el LOTE correspondiente no tienen un origen lícito. 8. El SAE por ningún motivo recibirá pagos en efectivo; cualquier pago debe ser a través del Sistema Bancario Mexicano. 9. Las notificaciones relacionadas con las SUBASTAS serán realizadas a los PARTICIPANTES y GANADORES por vía correo electrónico a la cuenta señalada en el proceso de inscripción, salvo que en la CONVOCATORIA o las BASES DE VENTA se establezca otro medio. 10. Todos los trámites y pagos posteriores a la SUBASTA que se tengan que realizar, respecto a los LOTES adjudicados, ante las autoridades correspondientes, serán por cuenta y responsabilidad del GANADOR. 11. Tratándose de pagos en exceso, el PARTICIPANTE y/o GANADOR deberá dirigirse a la Coordinación de Atención a Clientes del SAE, solicitando la devolución del monto depositado en dichas condiciones; debiendo solicitar informes al respecto al teléfono Los GANADORES deberán sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan a los bienes que adquieran, por lo tanto, el SAE queda liberado de cualquier tipo de responsabilidad, por incumplimiento de las mismas. 13. El SAE no aceptará responsabilidad alguna por el uso del bien mueble que pudiera hacer el GANADOR, ni reclamaciones posteriores a la adjudicación, toda vez que los LOTES se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía. 14. Todos los trámites correspondientes para la comercialización de la mercancía en territorio nacional o en el extranjero por parte del GANADOR, corren por su cuenta, liberando al SAE de cualquier tipo de responsabilidad, por el incumplimiento de la normativa aplicable, ya sea nacional o internacional. 15. Ninguno de los vehículos, embarcaciones y aeronaves a subastar cuentan con las tenencias, derechos o impuestos pagados, por lo que las entidades federativas, dependencias y autoridades correspondientes determinan los impuestos y derechos que se deben de cubrir por los mismos. Página 9 de 11

10 16. De acuerdo con la información que le es entregada al SAE por las entidades transferentes de los bienes muebles disponibles para venta, el SAE no tiene conocimiento de que existan reportes de robo sobre los vehículos a subastar o que los mismos se encuentren vinculados a algún siniestro o delito en los Estados Unidos de América para el caso de vehículos de procedencia de comercio exterior. Respecto de los bienes de procedencia extranjera, el SAE no realizará cancelación de la venta y/o devolución alguna en virtud de los Convenios Internacionales vigentes suscritos entre el Gobierno de los Estados Unidos de América con fecha 15 de enero de 1981 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 1983, así como con cualquier otro país. 17. Con respecto al pago, el depósito deberá verse reflejado en la cuenta del SAE dentro del plazo establecido, para poder entregar al GANADOR la documentación que lo acredite como propietario único del LOTE y pueda llevar a cabo las maniobras de retiro. 18. En el caso de que el cheque certificado o de caja no pueda cobrarse por cualquier causa ajena al SAE, se procederá a cancelar la operación y se estará en lo previsto en las BASES DE VENTA y en la legislación y los usos bancarios y mercantiles. 19. De conformidad con las Políticas y Programas emitidas por la Dirección General de Autotransporte Federal, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no podrán ser emplacados o reemplacados para el Servicio Público Federal, los vehículos con las siguientes características: a. Vehículos de autotransporte que tengan incorporados elementos estructurales a los largueros del chasis para reforzarlos o acorazarlos interna y externamente, que obstruyan, oculten o alteren el número de serie o Número de Identificación Vehicular (NIV) del chasis original o los caracteres alfanuméricos y de simbología estampados de fábrica, ni los números ocultos o confidenciales estampados de fábrica. b. Vehículos de autotransporte que se detecten como remarcados o alterados en su número de serie o NIV, o que no cuenten con ellos, así como los que cuenten con dictamen de serie duplicada. c. Vehículos de autotransporte con reporte de robo. d. Vehículos usados importados de más de 10 años de antigüedad. e. Vehículos de autotransporte que por sus condiciones físicas y mecánicas no sean aptos para circular. f. Vehículos de procedencia extranjera, que se pretendan pasar como nacionales (marcas no establecidas en la República Mexicana). g. Vehículos subastados o entregados mediante actas de resarcimiento por el SAE y que fueron facturados con el número de serie de cabina y no con el número de serie o NIV del chasis. En el CFDI de los vehículos con las características anteriores, se establecerá la leyenda No podrán ser matriculados en el Servicio Público Federal. 20. Todos los vehículos automotores con modelo mayor a 10 años de antigüedad serán vendidos como no aptos para circular por lo que serán descritos con esta condición en el CFDI, a excepción de aquellos que por sus características y condiciones se determine previo a la SUBASTA que son aptos para circular. 21. Cualquier vehículo o mercancía que se venda como no aptos para circular, desecho ferroso o chatarra, serán descritos con esa condición en el CFDI correspondiente. 22. No se aceptarán trámites correspondientes a correcciones del CFDI transcurridos 90 días naturales posteriores a la entrega del mismo. 23. Toda vez que los bienes objeto de las SUBASTAS se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía, el PARTICIPANTE o GANADOR al aceptar las BASES DE VENTA renuncia expresamente al saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos. En casos excepcionales debidamente justificados, el GANADOR deberá manifestar por escrito tal situación al momento de la entrega y no recibir la(s) partida(s) o número(s) de inventario (registro SIAB) del LOTE y presentar una solicitud para la devolución del monto pagado ante al Centro de Atención a Compradores del SAE, dentro del plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha programada de entrega de los bienes. El SAE se reserva el derecho de resolver favorablemente o no cualquier solicitud. 24. Cuando el SAE se encuentre imposibilitado para entregar una o más partidas o números de inventario (registro SIAB) de un LOTE, el GANADOR deberá manifestar por escrito tal situación al momento de la fecha programada para la entrega y presentar una solicitud para la devolución del monto pagado ante al Centro de Atención a Compradores del SAE, dentro del plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de dicha fecha. En su caso, la devolución se tramitará únicamente por dicha(s) partida(s) y no sobre el total del LOTE. El SAE se reserva el derecho de resolver la solicitud y en su caso, determinar el monto a devolver de conformidad con las disposiciones aplicables. 25. En caso de que los GANADORES, una vez que les ha sido entregado el bien adjudicado, consideren que existen elementos para solicitar la devolución, exclusivamente por causas no imputables a ellos, podrán presentar para su análisis la solicitud dentro del plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de entrega del bien, salvo que existan elementos proporcionados por la autoridad competente. El SAE se reserva el derecho de resolver la solicitud y en su caso, determinar el monto a devolver de conformidad con las disposiciones aplicables. 26. Los GANADORES no podrán realizar mejora alguna o compostura al LOTE adjudicado mientras éste se encuentre en las bodegas o recintos de que dispone el SAE. Si con posterioridad a la entrega del bien, el GANADOR realiza, por sí mismo o a través de terceros, mejoras, composturas, modificaciones o alteraciones al LOTE adjudicado y que por alguna Página 10 de 11

11 causa se llegara a cancelar la venta, no procederá reclamación alguna o devolución del importe correspondiente a dichas mejoras, composturas, modificaciones o alteraciones. En caso de proceder alguna devolución, no se aplicará resarcimiento alguno, ni se pagarán los gastos o mejoras en que haya incurrido el adquirente, sólo se reintegrará el monto que determine el SAE conforme a las disposiciones aplicables. 27. El SAE se reserva el derecho de retirar antes del cierre de la SUBASTA, sin responsabilidad alguna, cualquier bien que integran los LOTES. 28. Es responsabilidad del PARTICIPANTE que los datos que aporte para su registro sean los correctos, ya que esto serán los mismos con los que se elabore su Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por lo que no se realizarán cambios posteriores por este concepto. En caso de que el participante no proporcione RFC, el CFDI se emitirá de conformidad con la legislación y normativa fiscal aplicables. 29. Los trámites relativos al emplacamiento o de regularización ante autoridades de tránsito o de recaudación son responsabilidad del GANADOR. 30. Los vehículos con procedencia de comercio exterior únicamente podrán circular dentro de territorio nacional. 31. Entre otros, se considera dato técnico: marca, submarca, modelo, serie, motor, cilindros, número de puertas, color, equipamiento, versión, cantidad, unidad de medida, descripción, funcionalidad, estado físico, documentación diversa. 32. En caso de proceder alguna cancelación, podrán ser descontados los gastos realizados por el SAE durante el proceso de la venta y no procederá resarcimiento alguno. 33. En los casos en que los PARTICIPANTES deseen exportar los LOTES adquiridos, deberán pagar el precio ofertado, es decir incluyendo el IVA correspondiente. 34. No procederá cancelación o devolución de la venta, en aquellos casos en que los bienes no sean entregados en las fechas pactadas por causas no imputables al SAE. 35. Ninguna de las condiciones establecidas en las BASES DE VENTA, en la CONVOCATORIA, en los procedimientos de EL PORTAL, así como en las OFERTAS DE COMPRA que se presenten, podrán ser negociadas. 36. Ningún servidor público del SAE u otra institución puede garantizar o influir en el resultado de toda venta pública que promueva el SAE. 37. Ni la emisión de la CONVOCATORIA a la SUBASTA ni de las BASES DE VENTA, se entenderá como una promesa de venta a cargo del SAE. 38. En cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los PARTICIPANTES y GANADORES están obligados a proporcionar datos y documentos que permitan su identificación así como de quienes actúen en su representación o tengan conocimiento de beneficiarios controladores, por lo que en caso de que los PARTICIPANTES y/o GANADORES no proporcionen la información requerida, se procederá a cancelar la venta sin responsabilidad alguna para el SAE. A todo INTERESADO se le brindará información general, la cual estará a su disposición en el Centro de Atención a Compradores del SAE ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 2073, colonia San Ángel Inn, delegación Álvaro Obregón, código postal de las 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas en DÍAS HÁBILES. De igual forma, se podrá solicitar información a la dirección de correo electrónico ventas@sae.gob.mx o al teléfono A T E N T A M E N T E, OLGA ROSAS MOYA COORDINADORA DE COMERCIALIZACIÓN DE BIENES MUEBLES SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, 19 DE FEBRERO DE Página 11 de 11

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