AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL

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1 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 029 Año: 2013 Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 14 de Junio de 2013 Ayuntamiento Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación SUMARIO: I. APROBACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFÍN, PRESIDENTE MUNICIPAL, PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA. II. APROBACIÓN DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRÍCOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME >, Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, DE CONFORMIDAD CON EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL. Año de Junio

2 2 EL CIUDADANO HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFÍN, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 31 FRACCIÓN I, 48 FRACCIÓN III Y 91 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, 50 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO Y DE LAS COMISIONES EDILICIAS DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, ; EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÀN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, EXPIDE EL PRESENTE: I. APROBACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFÍN, PRESIDENTE MUNICIPAL, PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA. DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO SEIS DE LA VIGÉSIMO QUINTA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE EL DIA CINCO DE JUNIO DE DOS MIL TRECE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE: El C. Héctor Karim Carvallo Delfín, Presidente Municipal Constitucional, con fundamento en lo señalado por los artículos 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y 53 fracción III del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México, , somete a consideración del Ayuntamiento, la Aprobación, en su caso, de la Incorporación del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, al Programa Mexicano de Hermanamientos y Cooperación Internacional Descentralizada (PROMEHCID) de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como autorizar al C. Héctor Karim Carvallo Delfín, Presidente Municipal, para que lleve a cabo las gestiones necesarias para dicha incorporación, de conformidad con el Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa. Aprobándose por Unanimidad. Bajo el siguiente: En la Ciudad de Cuautitlán Izcalli, Municipio del mismo nombre, Estado de México, el día treinta y uno de mayo de dos mil trece, constituidos en el Salón Gobernadores del Palacio Municipal, Recinto Oficial de las Sesiones de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento, la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa reunida durante la segunda Sesión de la Comisión; y presentes el C. Arturo Rodríguez Rivera, Décimo Segundo Regidor y Presidente de la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa; y los CC. Carlos Alberto Mendieta Villagran, Quinto Regidor y Secretario de la Comisión; Armando Medina Becerril, Sexto Regidor y Vocal; Elizabeth Ducoing López, Octava Regidora y Vocal; Christopher Moreno Rojas, Décimo Quinto Regidor y Vocal; en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 112, 113, 122 primer párrafo, 123, 124 y 128 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 64 fracción I, 66, 69 fracción I inciso s), 25 y 28 del Bando Municipal 2013 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 60 fracciones XVII, 66, 67 fracción I, 86, 87, y 92 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicas, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México , tuvieron a bien dictaminar sobre el asunto relativo a: la APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFIN PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN. Lo anterior, de conformidad con los siguientes:

3 3 ANTECEDENTES I.- Durante el desahogo del punto diecisiete del orden del día de la primera sesión del Ayuntamiento, celebrada el día primero de enero de dos mil trece, el Ayuntamiento tuvo a bien aprobar la Integración de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México, Rindiendo la Protesta de Ley Correspondiente. II.- Asimismo, durante el desahogo del punto ocho del orden del día de la tercera sesión del Ayuntamiento, celebrada el día diecisiete de enero de dos mil trece, el Ayuntamiento tuvo a bien aprobar la Modificación de Integración de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México, Rindiendo la Protesta de Ley Correspondiente; entre las cuales, se modificó la integración de la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa. III.- En el desarrollo de la primera sesión de la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa, de fecha veintiuno de enero de dos mil trece; se declaró formalmente instalada dicha Comisión, dando inicio a los trabajos de la misma. IV.- Mediante el desahogo del punto tres de la orden del día de la vigésima cuarta sesión del Ayuntamiento, de fecha veintiocho de mayo de dos mil trece se turnó a la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa, el asunto relativo a la: APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFIN PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN, PARA SU ESTUDIO, EXAMEN, EVALUACIÓN Y DICTAMEN. V.- En virtud de lo anterior, la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa, durante el desahogo del punto tres de la orden del día de su segunda sesión ordinaria, estudió, examinó, evaluó y dictaminó sobre el asunto que le fue turnado, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS 1.- Que la cooperación internacional descentralizada es un esquema que promueve el intercambio de experiencias y en ocasiones de recursos, que permite fortalecer procesos integrales de desarrollo local mediante proyectos específicos. 2.- Que un acuerdo de hermanamiento es un convenio que hermana a una ciudad o entidad mexicana con un gobierno local de otro país, y que puede incluir como áreas de colaboración, todas aquellas en las que el municipio tenga competencias y atribuciones; esta última situación, es la que da pié a la participación de toda la estructura administrativa municipal. 3.- Que el Programa Mexicano de Hermanamientos y Cooperación Internacional Descentralizada es un instrumento ágil que nos permite penetrar diversas áreas de cooperación buscando la modernización de la administración pública municipal de Cuautitlán Izcalli, a través de áreas o temas que serán impulsados con la firma del convenio, al recibir modelos y experiencias de ciudades exitosas a nivel mundial. 4.- Que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que los Estados adoptarán para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre, conforme a las bases siguientes: en su fracción II señala que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Asimismo, que los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Que el objeto de las leyes a que se refiere lo anterior, será establecer: inciso c), las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren las fracciones III y IV de dicho artículo, como el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116 de esta Constitución. 5.- Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establece en su artículo 113, la atribución del municipio para ser gobernado por un ayuntamiento con la competencia que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ella emanen. 6.- Que el artículo 30 Bis y de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece que el Ayuntamiento para atender y en su caso, resolver los asuntos de su competencia, funcionará en pleno y mediante comisiones. 7.- Que el artículo 28 del Bando Municipal 2013 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, prevé que el ayuntamiento para el eficaz cumplimiento de su responsabilidad integrará comisiones de entre sus miembros a propuesta del Presidente Municipal.

4 4 8.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 66 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México, , las Comisiones Edilicias son responsables de conocer, estudiar, examinar, evaluar y emitir el dictamen correspondiente al Ayuntamiento sobre los asuntos turnados para su análisis. Por lo anteriormente expuesto y fundado esta Comisión Edilicia de Modernización Administrativa emite las siguientes: CONCLUSIONES DEL DICTAMEN PRIMERA.- SE DICTAMINA EN SENTIDO FAVORABLE, LA APROBACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFIN PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN. SEGUNDA.- PROPÓNGASE AL AYUNTAMIENTO LA APROBACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, AL PROGRAMA MEXICANO DE HERMANAMIENTOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DESCENTRALIZADA (PROMEHCID) DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ASÍ COMO AUTORIZAR AL C. HÉCTOR KARIM CARVALLO DELFIN PARA QUE LLEVE A CABO LAS GESTIONES NECESARIAS PARA DICHA INCORPORACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL PRESENTE DICTAMEN; Y DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO LEGALMENTE ESTABLECIDO. TERCERO.- CÚMPLASE. Así lo dictaminaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Comisión Edilicia de Modernización Administrativa, a los treinta y uno del mes de mayo de dos mil trece, firmando al calce para su debida constancia y acuerdo legal C O N S T E LA COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Rúbrica C. ARTURO RODRÍGUEZ RIVERA DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN Rúbrica C. CARLOS ALBERTO MENDIETA VILLAGRAN QUINTO REGIDOR Y SECRETARIO DE LA COMISIÓN Rúbrica C. ARMANDO MEDINA BECERRIL SEXTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISION Rúbrica C. ELIZABETH DUCOING LÓPEZ OCTAVA REGIDORA Y VOCAL DE LA COMISION Rúbrica C. CHRISTOPHER MORENO ROJAS DÉCIMO QUINTO REGIDOR Y VOCAL DE LA COMISIÓN

5 5 II. APROBACIÓN DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRÍCOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME >, Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, DE CONFORMIDAD CON EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL. DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO SIETE DE LA VIGÉSIMO QUINTA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE EL DIA CINCO DE JUNIO DE DOS MIL TRECE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE: El C. Héctor Karim Carvallo Delfín, Presidente Municipal Constitucional, con fundamento en lo señalado por los artículos 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y 53 fracción III del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México, , somete a consideración del Ayuntamiento, la Aprobación, en su caso, de las Reglas Comunes de Operación para los Programas Sociales <Corazón Grande>, <Apoyo a la Actitud>, <Entrega de Implementos Manuales Agrícolas>, <Calzado Responsable Pisando Firme >, y <Las Graduadas> ; y de los Lineamientos Normativos para la Integración, Operación y Mantenimiento de los Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales, de conformidad con el Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal. Aprobándose por Unanimidad. Bajo el siguiente: DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL RELATIVO A LA APROBACIÓN EN SU CASO DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; y de los LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES. PROEMIO En la ciudad de Cuautitlán Izcalli, Estado de México a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil trece, de conformidad con los artículos 31 fracción I, 55 fracción IV, 64 fracción I, 65, 66 y 69 fracción I, inciso p), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 28 del Bando Municipal 2013 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 56, 58 fracción I, 60 fracción XII, 64, 66, 86 y 87 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México ; la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal dictaminó el asunto turnado relativo a la aprobación, en su caso, de las REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; y de los LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES; de acuerdo a los siguientes: ANTECEDENTES I.- El Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO DIECISIETE DE LA PRIMERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, REGIMEN SOLEMNE CELEBRADA DURANTE EL DIA PRIMERO DE ENERO DE DOS MIL TRECE, TUVO A BIEN APROBAR LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES EDILICIAS DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, RINDIENDO LA PROTESTA DE LEY CORRESPONDIENTE; quedando integrada la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal. II.- En fecha once de enero de dos mil trece, se realizó declaratoria de Instalación de la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal. III.- El Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, en la TERCERA Sesión, con Carácter ORDINARIA de Tipo PÚBLICA, celebrada el diecisiete de Enero de dos mil trece, se aprobó la modificación de integración de las comisiones edilicias del Ayuntamiento de

6 6 Cuautitlán Izcalli, Estado de México, entre otras, la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal, a la cual se integran los CC. Armando Medina Becerril, Sexto Regidor y Lidia Ramos Camacho, Décima Cuarta Regidora. IV.- El Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, en la VIGÉSIMA Sesión, con Carácter ORDINARIA de Tipo PÚBLICA, celebrada el treinta de Abril de dos mil trece, turnó a la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal el asunto relativo A LA APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES; para su estudio análisis y dictaminación, quien la recibió a través del Presidente de la Comisión, el C. CARLOS ALBERTO MENDIETA VILLAGRÁN, Quinto Regidor. V.- En su CUARTA sesión de fecha trece de Mayo de dos mil trece, el C. CARLOS ALBERTO MENDIETA VILLAGRÁN, presidente de la Comisión antes citada, sometió a consideración de los miembros integrantes de la Comisión el análisis y estudio del proyecto de las REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, y el dictamen respectivo. VI.- Atento a lo anterior, el día veintiocho de mayo de dos mil trece se aprobó por MAYORÍA DE CINCO VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN, LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, con modificaciones. Establecidos los antecedentes, los miembros de la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal y que suscriben el presente dictamen, exponemos los siguientes: CONSIDERANDOS Que en apego a lo establecido en el artículo 115 fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 124 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 30 Bis, 31 fracción I, 64, fracción I, 65, 66 y 69 fracción I, inciso p) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 28 del Bando Municipal 2013 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 56, 58 fracción I, 60 fracción XII, 64, 66, 86 y 87 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México ; esta Comisión es competente para conocer y resolver el dictamen del asunto turnado. Una vez realizado el análisis y estudio del asunto relativo A LA APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, remitido por el C. HECTOR KARIM CARVALLO DELFÍN, Presidente Municipal Constitucional, esta Comisión considera procedente la propuesta con modificaciones, toda vez que el mismo se ajusta en su contenido y alcances a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, teniendo incorporada la información actualizada que se señala en los capítulos correspondientes, así como estando ajustado en el ámbito de su aplicación. Que las facultades del Estado deben estar orientadas a garantizar a los ciudadanos las condiciones óptimas para su desarrollo integral, así como el ejercicio libre de sus derechos. Conjuntar los esfuerzos pertinentes, dentro de los distintos órdenes de gobierno, con la finalidad de incidir positivamente en los índices de marginación y pobreza; mediante el ejercicio responsable y transparente de los Programas Sociales. Que los programas sociales Municipales estén diseñados para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos y metas propuestas en el marco del Plan de Desarrollo Municipal Implementar estrategias necesarias para que las políticas de desarrollo social sean eficientes en la atención de los grupos vulnerables y que sirvan como modelo para la futura elaboración de acciones y políticas encaminadas al desarrollo social, con la finalidad de que respondan de forma tangible a las exigencias de las que emanan. Que el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece que el Ayuntamiento para atender y en su caso resolver los asuntos de su competencia, funcionará en Pleno y Mediante Comisiones.

7 Que el artículo 28 del Bando Municipal 2013 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, prevé que el ayuntamiento para el eficaz cumplimiento de su responsabilidad integrará comisiones de entre sus miembros a propuesta del Presidente Municipal. 7 Que de conformidad con lo previsto por el artículo 66 del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México , las Comisiones Edilicias son responsables de conocer, estudiar, examinar, evaluar y emitir el dictamen correspondiente al Ayuntamiento sobre los asuntos turnados para su análisis. En mérito de lo fundado, motivado y expuesto en el cuerpo del presente dictamen, esta Comisión emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba por MAYORÍA DE CINCO VOTOS Y UNA ABSTENCIÓN EL DICTAMEN RELATIVO A LA APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS REGLAS COMUNES DE OPERACIÓN PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES <CORAZÓN GRANDE>, <APOYO A LA ACTITUD>, <ENTREGA DE IMPLEMENTOS MANUALES AGRICOLAS>, <CALZADO RESPONSABLE PISANDO FIRME > Y <LAS GRADUADAS> ; Y DE LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, en los siguientes términos: 1. DISPOSICIONES GENERALES Para todos los efectos, se entenderá por reglas de operación a los criterios específicos de operación de los diversos programas y proyectos de carácter social. Los principios generales en los que se sustentan estos programas son: Corresponsabilidad.- Los Programas se constituyen en beneficio de los sectores de la población marginados y en condiciones de pobreza en el municipio; situación que a su vez, obliga a los beneficiarios a asumir la responsabilidad de participar en los procesos de seguimiento, únicamente para realizar aclaraciones para la correcta operación y permanencia de los programas. Equidad.- A las condiciones de justicia y oportunidad de los individuos en los diversos ámbitos de la vida. Justicia Conmutativa.- Establece y garantiza que las personas reciban los beneficios del desarrollo comprometiéndolos al cumplimiento de las obligaciones inherentes a los mismos. Justicia Distributiva.- Establece y garantiza que los beneficiarios reciban de manera equitativa los beneficios del desarrollo social conforme a sus necesidades. Participación Social.- Derecho de las personas y organizaciones a integrarse individual o colectivamente en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones del desarrollo social. Selectividad.- Se refieren a que sólo pueden ser beneficiados aquellos sectores de la población que por sus condiciones de edad, física, económica y social, se les dificulta desarrollar ciertas actividades físicas y/o mentales, que han sido excluidos o restringidos del mercado laboral por lo que se encuentran en una situación de desigualdad social, tales como personas adultas mayores de 60 años de edad en adelante, personas con discapacidad, madres solteras, hombres y mujeres del sector agrario, alumnos de 1 a 6 grado de primaria de las escuelas públicas del Municipio, entre otros, que no cuentan con el beneficio de algún programa de apoyo social; mismos que deberán cumplir con los requisitos previstos en las presentes reglas, todo ello para complementar los esfuerzos del Gobierno Estatal. Solidaridad.- Colaboración entre las personas, grupos sociales y órdenes de gobierno, de manera corresponsable para el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad. Sustentabilidad.- Los programas habrán de impulsar las estrategias que los vinculen con las actividades productivas y sociales de todos los sectores de la población, y establecer una justa distribución de la riqueza, garantizando con ello la atención de los sectores hasta ahora marginados y excluidos del desarrollo en nuestro municipio. Transparencia.- El principio de transparencia será el eje rector de la operación de los programas a que se refieren estas reglas; la Dirección de Desarrollo Social y la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán obligados a generar los instrumentos y medios necesarios que garanticen el conocimiento por parte de la ciudadanía y de los beneficiarios, de los procedimientos, decisiones y uso de los recursos públicos ejercidos para estos programas, para que la información sea objetiva, oportuna, sistemática y veraz. 2. DEFINICIÓN DE LOS PROGRAMAS A) El programa Corazón Grande, creado por el Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, está diseñado para coadyuvar en la economía de las personas adultas mayores de 60 años de edad en adelante, de escasos recursos que radican en

8 I. En materia de rezago educativo: a) Población de 3 a 15 años que no cuenta con la educación secundaria terminada y no asiste a la escuela. b) Población nacida hasta 1981 que no cuenta con la educación primaria terminada. c) Población nacida a partir de 1982 que no cuenta con la educación secundaria terminada. II. En materia de acceso a los servicios de salud: a) Población no afiliada o inscrita para recibir servicios de salud por parte del Seguro Popular, y que tampoco es derechohabiente de alguna institución de seguridad social. III. En materia de acceso a la seguridad social: b) Población ocupada y asalariada que no recibe por parte de su trabajo las prestaciones de servicios médicos, incapacidad con goce de sueldo y SAR o Afore. c) Población ocupada y no asalariada que no recibe como prestación laboral o por contratación propia servicios médicos por parte de una institución pública de Seguridad Social y SAR o Afore. d) Población sin acceso a la seguridad social por alguno de los primeros dos criterios, que no goce de alguna jubilación o pensión, ni sea familiar directo de una persona dentro o fuera del hogar con acceso a la seguridad social. e) Población de 65 años o más que no dispone de acceso a la seguridad social por alguno de los criterios anteriores ni es beneficiario de algún programa social de pensiones para adultos mayores. IV. En materia de calidad y espacios de la vivienda, la población que resida en viviendas con al menos una de las siguientes características: a) El material de la mayor parte de los pisos es tierra. b) El material de la mayor parte del techo es lámina de cartón o desechos. c) El material de la mayor parte de los muros es embarro o bajareque; carrizo, bambú o palma; lámina de cartón, 8 el Municipio, apoyando fundamentalmente a las que por sus condiciones lo requieran con mayor prioridad, contribuyendo con ello a disminuir su estado de vulnerabilidad, mediante la entrega bimestral de una despensa alimenticia básica. B) El programa Apoyo a la Actitud, impulsado por el Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, está diseñado para coadyuvar en la economía de las personas del Municipio que sufren alguna discapacidad, y que por sus condiciones lo requieran con mayor prioridad, contribuyendo así a disminuir su estado de vulnerabilidad, mediante la entrega bimestral de una despensa alimenticia básica. C) El programa Las Graduadas, implementado por el Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, está diseñado para coadyuvar en el desarrollo y en la economía de las madres solteras del Municipio, que por sus condiciones ven reducidas o limitadas sus oportunidades de autosuficiencia, incrementando con ello sus expectativas y oportunidades de crecimiento, desarrollo, mejora económica y calidad de vida, mediante el otorgamiento de una beca de estudios técnicos por seis meses y la entrega bimestral de un apoyo económico. D) El programa Entrega de Implementos Manuales Agrícolas, creado por el Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, está diseñado para coadyuvar en el desarrollo y en la economía de hombres y mujeres del sector ejidal del Municipio, que por sus condiciones ven reducidas o limitadas sus oportunidades de autosuficiencia, incrementando con ello sus expectativas y oportunidades de crecimiento, desarrollo, mejora económica y calidad de vida, mediante la entrega única anual de implementos agrícolas de trabajo. E) El programa Calzado Responsable Pisando Firme, creado por el Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, está diseñado para coadyuvar en la economía familiar y en el estímulo para la continuidad de estudios, de los alumnos de 1 a 6 grado de primaria de las escuelas públicas del Municipio, y contribuir con ello a disminuir el grado de deserción escolar, mediante la entrega única anual de calzado escolar nuevo. Para los programas sociales contemplados en este documento, se entenderá por: Ayuntamiento Al órgano de gobierno del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Beneficiarios Las personas que cumplan con los requisitos previstos en estas reglas, que son incorporados a los padrones de estos programas para recibir los apoyos correspondientes. Bienestar económico Se analiza a partir del ingreso del que disponen las personas, para la adquisición de bienes y servicios en el mercado, específicamente, el ingreso corriente. Calzado Escolar Indumentaria para cubrir los pies de los estudiantes, denominada zapatos escolares o calzado escolar, que cubran las especificaciones reglamentadas por el sistema escolar o la escuela pública. Carencias Sociales Se definen por la identificación de al menos uno de los siguientes criterios o una combinación de los mismos:

9 metálica o de asbesto; o material de desecho. d) Con hacinamiento. V. En materia de acceso a los servicios básicos en la vivienda, la población que resida en viviendas con al menos una de las siguientes características: a) El agua se obtiene de un pozo, río, lago, arroyo, pipa, o bien, el agua entubada la obtienen por acarreo de otra vivienda, o de la llave pública o hidrante. b) No disponen de drenaje, o el desagüe tiene conexión a una tubería que va a dar a un río, lago, mar, barranca o grieta. c) No disponen de energía eléctrica. VI. En materia de acceso a la alimentación: a) Población en hogares con un grado de inseguridad alimentaria moderado o severo. Derechos sociales Son los que todos los ciudadanos o habitantes de un país poseen por el mero hecho de serlo, es decir, son la consecuencia natural del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras o la "facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida"; implican el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas. Desigualdad social Fenómeno social que impide a las personas satisfacer sus necesidades al presentar condiciones de pobreza, marginación y/o exclusión. Dirección Dirección de Desarrollo Social Discapacidad Cualquier restricción o impedimento para realizar toda actividad, ocasionada por una deficiencia motora o psicológica dentro del ámbito considerado como normal del ser humano. Escuela Pública Aquella cuya fuente de financiamiento y administración corre a cargo del Estado y es de acceso y uso gratuito para el ciudadano. Estudiante Toda persona que lleva a cabo el aprendizaje, puesta en práctica y lectura de conocimientos sobre alguna ciencia, disciplina o arte, o bien, todo aquel que se encuentre matriculado en un programa formal de estudios en sus distintos niveles, básico, medio, medio superior y superior. Formato de Entrega-Recepción de Apoyo al Beneficiario Documento elaborado por la instancia ejecutora del programa, que s uscriben los beneficiarios de los programas haciendo constar con ello, la entrega y recepción de los beneficios del programa al que estén incorporados. FR Folio de registro de inscripción del solicitante. Implementos agrícolas Se agrupa bajo el concepto general de maquinaria agrícola a toda serie de máquinas y equipos que utilizan los agricultores en sus labores agrícolas, comprendiéndose entre las equipos agrícolas: Toda clase de aparatos diseñados para abrir surcos en la tierra, desmenuzar, fumigar, y fertilizar. Incorporación Procedimiento mediante el cual se lleva a cabo la inclusión de personas a los padrones de beneficiarios de los diversos programas sociales. Instancia ejecutora La Presidencia Municipal a través de la Dirección de Desarrollo Social del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Línea de bienestar Permite identificar a la población que no cuenta con los recursos suficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades (alimentarias y no alimentarias). Línea de bienestar mínimo Permite identificar a la población que, aun al hacer uso de todo su ingreso en la compra de alimentos, no podría adquirir lo indispensable para tener una nutrición adecuada. 9

10 Madre soltera Para fines del programa municipal correspondiente, se entenderá por madre soltera, a toda mujer soltera con hijos, o por virtud de divorcio, viudez o abandono, que no perciban pensión alimenticia alguna. Marginación La condición social en la cual las personas en hogares pueden presentar carencias sociales y bajo ingreso, y se encuentran geográficamente fuera del acceso y disponibilidad de los bienes y servicios necesarios para su desarrollo integral. Municipio. Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. No pobre multidimensional y no vulnerable Población cuyo ingreso es superior a la línea de bienestar y que no tiene carencia social alguna. Padrón de beneficiarios Es una base de datos que contiene de manera estructurada y sistematizada información suficiente sobre los receptores de los programas, así como de los beneficios que reciben. Persona con discapacidad Todo ser humano cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidas o limitadas como consecuencia previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales y toda persona con capacidad limitada para realizar las actividades necesarias para su normal desempeño y desarrollo físico, mental, ocupacional y económico, como consecuencia de una insuficiencia patológica, somática, sensorial o psicológica. Pobres multidimensionales Población con ingreso inferior al valor de la línea de bienestar y que padece al menos una carencia social. Pobreza. Condición social de las personas en hogares que presentan carencias en sus derechos sociales y baja capacidad de ingreso, que limitan su desarrollo y la mejoría permanente de su calidad de vida. Programa A los programas Corazón Grande, Apoyo a la Actitud, Entrega de Implementos Manuales Agrícolas, Calzado Responsable Pisando Firme y Las Graduadas. Reglas Las presentes Reglas Comunes de Operación para los Programas Sociales Sector Social Conjunto de organizaciones que no dependen del sector público y que son ajenas al sector privado: ejidatarios, comunidades agrícolas, pequeños propietarios, asociaciones de artesanos, cooperativas, empresas sindicales, sindicatos, partidos políticos, etc. Tipos de Hogares en términos de nivel de ingreso: Pobres extremos, los que tienen un ingreso por debajo de la línea de bienestar mínimo; Pobres moderados, los que tienen un ingreso por encima de la línea de bienestar mínimo, pero por debajo de la línea de bienestar; No pobres, los que tienen un ingreso por encima de la línea de bienestar. Veracidad Reconocimiento y aceptación, bajo protesta de decir verdad, por parte del beneficiario, de que los datos, información y documentos que presenta para fin de aplicar en alguno de los programas, es auténtica, verás y fidedigna; en caso contrario, acepta bajo su responsabilidad que quedará fuera del programa. Vulnerables por carencias sociales Población que presenta una o más carencias sociales, pero cuyo ingreso es superior a la línea de bienestar. Vulnerables por ingresos Población que no presenta carencias sociales y cuyo ingreso es inferior o igual a la línea de bienestar. 4. OBJETIVOS 10

11 OBJETIVO GENERAL Mejorar la calidad de vida de los beneficiarios de estos programas, a través de la instrumentación de acciones y estrategias de apoyo alimentario, económico y de insumos, así como con capacitación, inclusión laboral y talleres sobre diversas temáticas; con la participación activa y comprometida de las áreas de la presente administración. 4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS a) Favorecer a las familias que se encuentran en situación de pobreza y marginación, a través de la dotación de un apoyo económico, implementos agrícolas, una beca de estudio o zapatos escolares durante el presente año. b) Mejorar el acceso de los beneficiarios a productos alimenticios con alto valor nutricional, y contribuir a mejorar sus hábitos alimenticios. 5. VERTIENTES DE LOS PROGRAMAS a) Personas adultas mayores de 60 años de edad en adelante b) Personas con discapacidad permanente c) Madres solteras, mayores de 18 años d) Hombres y mujeres del sector ejidal del Municipio e) Niños y niñas del 1 al 6 grado escolar de primaria en escuelas públicas 6. COBERTURA Todo el territorio municipal, atendiendo a las características de cada programa, de conformidad con lo establecido en las presentes reglas y a la disponibilidad presupuestal. 7. TIPO DE APOYO A) Los programas Corazón Grande y Apoyo a la Actitud, consisten en la entrega bimestral, de una despensa alimenticia básica con productos no perecederos, con valor de $300.00, sin aportación económica por parte de los beneficiarios. B) El programa Las Graduadas, consisten en la entrega bimestral de un apoyo económico por $ y el otorgamiento de una beca de estudio técnico por seis meses, sin aportación económica por parte de las beneficiarias. C) El programa Entrega de Implementos Agrícolas, consiste en la entrega de un paquete con implementos agrícolas de trabajo una vez al año a los beneficiarios, con valor de $350.00, sin aportación económica por parte de los mismos. D) El programa Calzado Responsable Pisando Firme, consiste en la entrega de un par de zapatos nuevos a los alumnos de 1 a 6 grado de primaria de las escuelas públicas del Municipio, con valor de $200.00, una vez al año, sin aportación económica por parte de los mismos. 8. COMPONENTES DE LA APORTACIÓN El Municipio a través de la Dirección de Desarrollo Social, cubrirá en su totalidad el costo de los programas. 9. BENEFICIARIOS Las personas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes reglas y que sean incorporadas al padrón de beneficiarios de los programas sociales. 9.1 PERMANENCIA A fin de dar continuidad a los programas, se podrá conservar el padrón de beneficiados de los mismos para los años posteriores al de su inicio en el presente año, siempre y cuando cumplan con los requisitos de las presentes reglas, y no se hayan superado las condiciones de vulnerabilidad del beneficiario. 9.2 REQUISITOS Y RESTRICCIONES DE LOS SOLICITANTES A).- Para el Programa Corazón Grande a) Hombres y mujeres de 60 años de edad en adelante, a la fecha del registro b) Residir en el Municipio de Cuautitlán Izcalli c) No contar con otro programa de apoyo social, ya sea municipal, estatal o federal. d) El otorgamiento del apoyo se limitará a uno por familia

12 12 e) Formato de solicitud de incorporación firmado f) Credencial de elector. (Copia fotostática y original para cotejo). g) Constancia de Vecindad expedida por el Secretario del Ayuntamiento h) CURP (Copia fotostática). i) Acta de nacimiento. (Copia fotostática y copia certificada para su cotejo). j) Estudio Socioeconómico, aplicado por la Dirección de Desarrollo Social. k) Proporcionar la información requerida en forma veraz, la cual tendrá un manejo de acuerdo a la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México. l) Podrá ampliarse la cobertura, siempre y cuando la suficiencia presupuestal lo permita, a otros sectores vulnerables de la población, sin necesidad de cumplir con el requisito a). B).- Para el Programa Apoyo a la Actitud a) Ser una persona con discapacidad permanente b) Residir en el Municipio de Cuautitlán Izcalli c) No contar con otro programa de apoyo social, ya sea municipal, estatal o federal. d) El otorgamiento del apoyo se limitará a uno por familia e) Acta de nacimiento del interesado. (Copia fotostática y copia certificada para su cotejo). f) Carta de Identidad expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, en caso de ser menor de edad g) Constancia de Vecindad expedida por el Secretario del Ayuntamiento h) Credencial de elector. (Copia fotostática y original para cotejo). i) CURP (Copia fotostática). j) Dictamen médico expedido por una instancia pública (IMSS, ISSSTE, ISSEMYM, Centro de Salud, Cruz Roja, DIF, o aquella que la instancia ejecutora considere pertinente) que certifique la discapacidad o enfermedad terminal. (Se sujeta a la clasificación internacional de deficiencias, discapacidades y minusvalías, publicada por la Organización Mundial de la Salud: motriz; auditiva; del lenguaje; visual; mental). k) En caso de que el solicitante sea menor de edad, presentar credencial de elector y CURP del Tutor (en copia fotostática y original para cotejo) l) Estudio Socioeconómico, aplicado por la Dirección de Desarrollo Social. m) Proporcionar la información requerida en forma veraz, la cual tendrá un manejo de acuerdo a la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México. m) Podrá ampliarse la cobertura, siempre y cuando la suficiencia presupuestal lo permita, a otros sectores vulnerables de la población, sin necesidad de cumplir con el requisito a). C).- Para el Programa Entrega de Implementos Manuales Agrícolas a) Ser hombre o mujer con actividad agrícola. b) Residir en alguno de los Ejidos del Municipio de Cuautitlán Izcalli. c) No contar con otro programa de apoyo social, ya sea municipal, estatal o federal. d) El otorgamiento del apoyo se limitará a uno por familia. e) Copia del Acta de nacimiento del interesado. (Copia fotostática y copia certificada para su cotejo). f) Constancia de Vecindad expedida por el Secretario del Ayuntamiento, g) Formato de solicitud de incorporación firmado. h) Credencial de elector. (Copia fotostática y original para cotejo). i) CURP (Copia fotostática). j) Estudio Socioeconómico, aplicado por la Dirección de Desarrollo Social. k) Proporcionar la información requerida en forma veraz, la cual tendrá un manejo de acuerdo a la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México. D).- Para el Programa Las Graduadas a) Ser madre soltera mayor de 18 años de edad b) Residir en el Municipio de Cuautitlán Izcalli c) No contar con otro programa de apoyo social, ya sea municipal, estatal o federal. d) El otorgamiento del apoyo se limitará a uno por familia e) Acta de nacimiento del interesado. (Copia fotostática y copia certificada para su cotejo). f) Acta de nacimiento de los hijos. (Copia fotostática). g) Acta de defunción del esposo (en caso de viudez) o, h) Acta de divorcio (en caso de divorcio) o, i) Acta de abandono expedida por el Oficial Calificador (en caso de abandono) j) CURP de la madre y de los hijos (Copia fotostática). k) Constancia de Vecindad expedida por el Secretario del Ayuntamiento. l) Formato de solicitud de incorporación firmado m) Proporcionar la información requerida en forma veraz, la cual tendrá un manejo de acuerdo a la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México.

13 E).- Para el Programa Calzado Responsable Pisando Firme 13 a) Ser alumno o alumna de 1 a 6 grado de primaria, inscrito (a) en cualquiera de las escuelas públicas de nivel básico, relacionadas en el directorio de escuelas públicas del Municipio, proporcionado por la Dirección de Educación y Cultura de éste Ayuntamiento. b) No contar con otro programa de apoyo social, ya sea municipal, estatal o federal. c) El otorgamiento del apoyo se limitará a uno por alumno. d) Credencial de elector del padre o tutor. (Copia fotostática y original para cotejo). e) Credencial escolar del alumno inscrito o la constancia de inscripción expedida por la institución educativa. f) CURP del padre o tutor y del alumno (Copia fotostática). g) Constancia de entrega-recepción del calzado escolar, suscrita por el personal directivo de las escuelas públicas primarias y las asociaciones de padres de familia de las mismas. h) Constancia de entrega-recepción del calzado escolar, suscrita por el padre o tutor del alumno (a). i) Proporcionar la información requerida en forma veraz, la cual tendrá un manejo de acuerdo a la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México. G).- De los Documentos. Los documentos a que se refieren las presentes reglas deberán presentarse en copia fotostática y copia certificada para su cotejo. H).- Gratuidad. En la expedición de documentos o certificaciones que obren en los archivos del Municipio y que deban ser expedidos por la autoridad municipal para satisfacer los requisitos del registro y selección de los solicitantes conforme a las presentes reglas, de conformidad con lo previsto por el artículo 31 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios, se otorgará un subsidio del 100% (cien por ciento) en el pago de los derechos, en razón de que se estima una causa de fuerza mayor la situación económica general que impacta al país, y en particular al municipio, por cuya virtud resulta necesario facilitar su expedición sin costo para el solicitante. El subsidio se otorgará por la Secretaría del Ayuntamiento, mediante oficio de solicitud que le expida la autoridad ejecutora. 9.3 REGISTRO Los solicitantes deberán realizar los trámites de registro entregando la documentación requerida en las oficinas del Departamento de Atención a Grupos Vulnerables. Solo se recibirán expedientes que contengan la documentación completa. La incorporación al programa se realizará previo estudio socioeconómico. Los resultados del registro serán publicados en las fechas establecidas para el inicio del programa. El trámite de registro del aspirante es personal, gratuito y no significa necesariamente la incorporación al programa. En relación con el Programa Calzado Responsable Pisando Firme, el registro se realizará con base en el directorio escolar y en las listas escolares de asistencia que proporcione la Dirección de Educación y Cultura del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, en las cuales se especificarán las tallas de calzado de cada alumno o alumna. 9.5 CRITERIOS DE SELECCIÓN a) Acreditar residencia dentro del territorio municipal. b) Acreditar encontrarse en alguno de los grupos mencionados. c) Acreditar todos los requisitos establecidos en las presentes reglas de operación para cada grupo. d) No ser beneficiario de algún otro programa que tenga el mismo o similar objetivo a los programas a que se refieren estas reglas, sean de carácter federal, estatal o municipal. e) Estudio socioeconómico (en los casos procedentes), realizado por la Subdirección de Apoyo a Grupos Sociales. f) La Dirección de Desarrollo Social será quien revise, verifique, valide y autorice la incorporación del solicitante al programa. g) Sólo se otorgará un apoyo por familia o por alumno, según el programa de que se trate. 9.4 CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Los programas a que se refieren estas reglas son de aplicación prioritária para: a) Los solicitantes que acrediten alguna carencia social o alto grado de marginalidad o vulnerabilidad.

14 14 b) Los solicitantes con enfermedad terminal acreditada mediante constancia médica expedida por institución de salud oficial. c) Aquellos solicitantes con alguna enfermedad crónica degenerativa o discapacidad mental ó psicomotriz acreditada mediante constancia médica expedida por institución de salud oficial. 10. FORMATOS Para los fines establecidos en las presentes reglas de operación, únicamente se utilizarán y serán válidos los formatos siguientes: a) Cédula de Identificación Socioeconómica para los Programas Sociales

15 b) Solicitud de Incorporación al Programa 15

16 c) Formato de entrega-recepción del apoyo al beneficiario. 16

17 17 d) Aviso de Cancelación y Baja del Programa (en caso de incurrir en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 12.2).

18 11. PADRÓN DE BENEFICIARIOS 18 El Padrón se integra con los datos de los beneficiarios de los programas sociales, sin embargo, para efectos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, sólo se darán a la publicidad los nombres de los beneficiarios manteniéndose en reserva el resto de sus datos personales que se encuentren en el Padrón. La Dirección de Desarrollo Social será responsable de su manejo. 12. CAUSAS DE RETENCIÓN, CANCELACIÓN DEL APOYO Y BAJA DEL PROGRAMA O SUSTITUCIÓN DEL BENEFICIARIO 12.1 RETENCIÓN. A) No presentar documento de identificación oficial B) No acudir personalmente a recibir el apoyo sin causa justificada. El apoyo lo puede recibir un representante del beneficiado, siempre y cuando presente: a. Copia de identificación oficial del beneficiado (original para cotejo). b. Copia de identificación oficial de la persona que recoge el beneficio (original para cotejo). c. Carta poder firmada por el beneficiario, la cual autorice a la persona que se presenta a recoger el apoyo, con dos testigos (en caso de discapacitados). d. En el caso de ser hijo o nieto, la persona que recoja el apoyo (adicionalmente presentará copia de su acta de nacimiento). e. En el caso de ser esposo, la persona que recoja el apoyo (adicionalmente presentará copia de su acta de nacimiento). C) No presentar el documento de acreditación del apoyo. D) Las demás que determinen las leyes y reglamentos aplicables CANCELACIÓN DEL APOYO Y BAJA DEL PROGRAMA. Los beneficiarios de cualquiera de los programas sociales a que se refieren estas reglas, serán dados de baja del mismo solo mediante aviso y sin responsabilidad para la instancia ejecutora, por cualquiera de las causas siguientes: a) No acudir a recibir el apoyo, sin causa justificada, habiendo sido convocado en dos ocasiones consecutivas. b) Realizar actos de proselitismo a favor de algún candidato o partido político haciendo uso del apoyo recibido. c) Ser descubierto en falsedad de información, mediante inspección realizada por la instancia ejecutora. d) No cumplir con las obligaciones que le correspondan como beneficiario. e) Cambiar de residencia fuera del municipio. f) Recibir indebidamente más de un apoyo en cualquier entrega. g) Estar inscrito a otro programa de apoyo social, sea municipal, estatal o federal. h) No acudir a los talleres, pláticas y actividades del programa en dos ocasiones consecutivas, sin causa justificada. i) Fallecimiento del beneficiado. j) En los casos que así lo señalen, las leyes o reglamentos aplicables SUSTITUCIÓN DE BENEFICIARIOS a) En caso de causar baja por muerte del beneficiario, migración, renuncia voluntaria o por las causas establecidas en el párrafo de cancelación del apoyo y baja del programa, la Dirección de Desarrollo Social designará a otra persona que cumpla con los requisitos y que por limitación del programa no se incluyó en el mismo. b) Los beneficiarios que se den de alta o se incorporen por alguna sustitución, recibirán el apoyo por el tiempo que reste de la ejecución del programa por el periodo establecido para la operación del mismo, sin tener derecho al beneficio de manera retroactiva a su incorporación. 13. DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS a) Recibir información clara y sencilla sobre la operación del programa b) Ser tratado con respeto, equidad y con base en el derecho a la no discriminación. c) Formar parte del padrón de beneficiarios. d) Recibir el apoyo según lo establecido en las presentes reglas. e) Interponer ante la instancia correspondiente, las quejas o denuncias que estime convenientes, así como recibir atención oportuna respecto a las mismas. 14. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS a) Proporcionar la información requerida de manera veraz, en un término de 5 días hábiles, a partir de la fecha de su inscripción al programa.

19 19 b) Asistir a las oficinas de la instancia ejecutora cuando así se le requiera. c) Acudir puntualmente a recoger su apoyo, en el lugar y fecha que para ello se establezca d) Asistir a los talleres, pláticas y actividades complementarias del programa. e) Hacer uso correcto de los apoyos recibidos. f) Permitir las inspecciones que se requieran por parte de la instancia ejecutora, para la verificación de las necesidades y cumplimiento de requisitos del programa social. g) Las demás que se señalen en las leyes y reglamentos aplicables. 15. INSTANCIA EJECUTORA La Dirección de Desarrollo Social es la unidad administrativa responsable de ejecutar la operación de los programas, las Dependencias y Unidades Administrativas del Ayuntamiento coadyuvarán en el ámbito de su competencia en los programas cuando así se requiera. La instancia ejecutora, en ámbito de las facultades que tiene conferidas en las reglas de operación para programas sociales; se reserva el derecho de establecer las fechas, calendarios, lugares, formas para la entrega de apoyos, y la ampliación de padrones de beneficiarios, atendiendo a la demanda social y con base en la disponibilidad presupuestaria. Así como la modificación de los Programas Sociales o la apertura de nuevos programas, atendiendo a su incidencia en el cumplimiento de los objetivos. 16. DISPOSICIONES GENERALES DE OPERACIÓN 16.1 OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS a) Una vez aperturados los programas por la instancia ejecutora, se realizará la recepción de solicitudes en las fechas y módulos que para el caso se establezcan. b) Para todos los programas, los solicitantes entregarán los documentos que cubran los requisitos de selección descritos en las presentes reglas. Los solicitantes deberán presentarse de manera obligatoria en los módulos de registro, con excepción de las personas que por sus condiciones particulares no puedan presentarse, cuya existencia y cumplimiento de requisitos será corroborada mediante una inspección domiciliaria. c) Una vez presentadas las solicitudes, la instancia ejecutora responsable de los módulos de atención, revisará y analizará la documentación para su concentración e integrará los expedientes correspondientes, para instruir a la unidad de atención a grupos sociales, la realización de los estudios socioeconómicos. d) Se realizará el estudio socioeconómico a cada uno de los solicitantes. e) De acuerdo a los resultados obtenidos, se asignará el apoyo y se elaborará el padrón de beneficiarios, en base a las consideraciones de la instancia ejecutora. f) En relación con el Programa Calzado Responsable Pisando Firme, con base en el directorio escolar y las listas de asistencia que proporcione el personal directivo de cada escuela pública primaria, se integrará el padrón de beneficiarios de alumnos y alumnas beneficiarias. g) Una vez aprobadas las solicitudes, se realizará la firma de la ficha de inscripción al programa y la instancia ejecutora dará inicio al proceso de entrega de apoyos PROCESO DE COMPROBACIÓN El procedimiento para la entrega de los soportes de comprobación a la instancia ejecutora, será el siguiente: a) Formato de entrega-recepción de apoyo al beneficiario, debidamente firmado en original con tinta azul, por la instancia ejecutora y el beneficiario del apoyo, con nombre del beneficiario legible; b) Copia fotostática de la identificación oficial del beneficiario, su padre o tutor (según corresponda), que una vez cotejada con su original, contará con el sello de cotejo; c) En los casos en que el beneficiario, por sus condiciones no pueda asistir a recibir el apoyo, deberá expedir carta poder simple acompañada de la documentación propia y del representante en original y copia, d) En cada evento para la entrega de los apoyos correspondientes, acudirá una representación de la Contraloría Municipal, que verificará, validará y dará fe de los actos, procesos y entregas realizadas, mediante el acta que para el efecto se levante de ello. 17. SUMINISTRO, ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS APOYOS ALIMENTARIOS El suministro de los apoyos económicos y alimentarios a los beneficiarios de los programas, se realizará a través de la Dirección de Desarrollo Social, de acuerdo con el calendario previamente establecido. La instancia ejecutora, se auxiliará de la Dirección de Administración de Cuautitlán Izcalli, para el almacenamiento y distribución de los apoyos alimentarios, calzado escolar e implementos manuales agrícolas, para lo cual deberán contar con un centro de almacenamiento y un encargado que lleve a cabo el control de entradas, salidas y existencias de los bienes

20 Vía telefónica: / / Contraloría Municipal Vía internet: / Apartado Quejas y Denuncias Personalmente: En las instalaciones del Palacio Municipal, Av. Primero de 20 materia de los programas en almacén, en los cuales constará el número de apoyos que no fueron recogidos por los beneficiarios. 18. DIFUSIÓN La difusión de los programas se hará a través de los medios que se determinen en términos de la normatividad aplicable. De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, para la promoción y publicidad de los presentes programas, se deberá contener la siguiente leyenda: "ESTE PROGRAMA ES PÚBLICO, AJENO A CUALQUIER PARTIDO POLÍTICO. QUEDA PROHIBIDO SU USO PARA FINES DISTINTOS AL DESARROLLO SOCIAL. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA DEBERÁ SER DENUNCIADO Y SANCIONADO ANTE LAS AUTORIDADES CONFORME A LO QUE DISPONE LA LEY DE LA MATERIA". 19. TRANSPARENCIA La Dirección de Desarrollo Social tendrá disponibles los Padrones de Beneficiarios de estos Programas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. La información sobre los logros alcanzados, la utilización de los recursos, seguimiento y evaluación de las acciones llevadas a cabo para la ejecución de los programas, que refieren la eficiencia, calidad y economía de los procesos, se publicarán en la página web del Ayuntamiento, con apego a las disposiciones normativas aplicables. 20. SEGUIMIENTO La instancia ejecutora, en coordinación con la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, será la encargada de realizar el seguimiento de los programas respecto del suministro, recepción, distribución y comprobación de los apoyos alimentarios, calzado e implementos manuales agrícolas. Sin perjuicio de la participación social que se pueda sumar y contribuir en el seguimiento de los programas, a través de las organizaciones civiles, sociales y no gubernamentales, que soliciten y obtengan su registro ante la Dirección de Desarrollo Social, como auxiliares de los programas. 21. EVALUACIÓN Se podrá realizar por lo menos una evaluación externa anual, coordinada por la instancia ejecutora y la Contraloría Municipal, que permita mejorar la operación e impacto de los programas. 22. AUDITORIA, CONTROL Y VIGILANCIA La auditoría, control y vigilancia del programa estará a cargo de la Contraloría Municipal, la cual integrará como elementos válidos de acreditación, los siguientes. a) Previo al inicio de ejecución de los programas sociales, la Contraloría verificará y avalará los mecanismos y sistemas de control que la instancia ejecutora implemente para la operación, entrega, recepción, cierre y control de los apoyos de los programas sociales, y sus padrones de beneficiarios; b) Se considerarán como elementos de control y vigilancia, las evidencias fotográficas, de video filmación y documentales que acrediten el proceso de entrega-recepción de apoyos de cada programa; c) A cada uno de los eventos que se realicen para la entrega de apoyos, asistirá un representante de la Contraloría Municipal, a fin de que se levanten las actas que acrediten y den fe del proceso de entrega y recepción de los apoyos y beneficios de los programas sociales, a favor de los beneficiarios de los mismos INSTANCIAS DE CONTROL Y VIGILANCIA a) La Contraloría Municipal.- Tendrá a su cargo la vigilancia de la correcta aplicación de las leyes, reglamentos y reglas de operación de los programas sociales, realizando las acciones necesarias a este efecto. b) La Dirección de Desarrollo Social.- Tendrá a su cargo el control de los programas sociales, de conformidad con las presentes reglas de operación y demás legislación aplicable. 23. QUEJAS Y DENUNCIAS Las inconformidades, quejas o denuncias respecto a la operación y entrega de los apoyos, podrán ser presentadas por los beneficiarios o por la población en general, a través de:

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