ANEJO 4. GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL

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1 ÍNDICE 1. INTRODUCCION 1.1 Situación actual 1.2 Solución propuesta 2. CRITERIOS AMBIENTALES GENERALES ANEJO 4. GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL 3. DATOS GENERALES 3.1 Proyecto 3.2 Situación 3.3 Autor del proyecto 3.4 Productor de residuos 3.5 Poseedor de residuos 3.6 Descripción de las obras 4. ESTIMACION DE LA CANTIDAD DE RESIDUOS GENERADOS EN LA OBRA 5. MEDIDAS PARA LA PREVENCION DE RESIDUOS EN OBRA 6. PRESCRIPCIONES TECNICAS 6.1 Obligaciones agentes intervinientes 6.2 Separación 6.3 Gestión de residuos 7. CONTROL Y VIGILANCIA EN OBRA 8. NORMATIVA DE APLICACIÓN 9. PLANO DE INSTALACIONES 1

2 1. INTRODUCCIÓN El presente estudio tiene por objeto definir medioambientalmente las medidas preventivas y correctoras que se precisen en las obras de mejora de la infraestructura de estaciones e instalaciones del túnel en la Línea 7 de Metro de Madrid entre las estaciones de Barrio del Puerto y Henares en los términos municipales de Coslada y San Fernando de Henares (Madrid) Situación actual Después de 10 años de la puesta en servicio de la Línea se han puesto de manifiesto una serie de anomalías que pueden resumirse en dos grandes grupos: filtraciones de agua en el recinto de las estaciones y acumulación de agua en el bajo andén. Como consecuencia de tal inspección se ha podido comprobar la necesidad de llevar a cabo una serie de actuaciones en las estaciones encaminadas a eliminar parte de las filtraciones exteriores y a mejorar e drenaje de las mismas, así como corregir o minimizar las lesiones o alteraciones producidas como consecuencia de ellas. Solución propuesta Tras llevar a cabo una inspección de las estaciones, se ha comprobado la necesidad de realizar una serie de actuaciones en las estaciones encaminadas a eliminar parte de las filtraciones exteriores y a mejorar e drenaje de las mismas, así como corregir o minimizar las lesiones o alteraciones producidas como consecuencia de ellas. 2. CRITERIOS AMBIENTALES GENERALES El contratista se compromete a realizar los trabajos teniendo en cuenta los siguientes criterios ambientales generales y así lo detallara en su oferta: - Previamente al inicio de la obra, el contratista presentara un Plan de Gestión de residuos que se elaborará en base a la información del presente anejo de gestión medioambiental. En dicho plan de gestión de residuos se especificaran los recursos humanos y materiales que se dispondrán para el correcto almacenamiento y posterior retirada de todos los residuos generados durante las obras. - Todos los RCD s que se generen en esta actuación deberán gestionarse cumpliendo las obligaciones recogidas en el RD 105/2008 de 1 de febrero, respecto al poseedor de residuos. - Siempre que sea posible, los materiales utilizados serán separables, identificables y potencialmente reciclables. - La gestión de los residuos generados en obra priorizara la reutilización sobre cualquier otro tratamiento de los mismos. Si esto no fuera posible, el reciclaje y valorización energética serán prioritarias frente a la eliminación en vertedero. - En la medida de lo posible se acordara con los proveedores la reducción de envases y la posibilidad de devolver materiales sobrantes, favoreciendo así la reducción en la generación de residuos y la posibilidad de reutilización. - Se adoptaran las medidas necesarias en cuanto al almacenamiento temporal de los residuos generados para favorecer su posterior gestión. - Se proyectaran las medidas oportunas para evitar cualquier vertido de sustancias peligrosas. - Se tendera siempre que sea viable a la menor generación de emisiones, ruidos y vibraciones - El horario de trabajo deberá minimizar las molestias que se pudieran ocasionar por ruido emitido al exterior 3. DATOS GENERALES 3.1 Proyecto Obras de mejora de la infraestructura de estaciones e instalaciones del túnel en la Línea 7B de Metro de Madrid. Tramo: Barrio del Puerto Henares 3.2 Situación La obra se efectuara en la Línea 7 de Metro de Madrid entre las estaciones de Barrio del Puerto y Henares en los términos municipales de Coslada y San Fernando de Henares (Madrid) 3.3 Autor del proyecto Dirección General de Infraestructuras, Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid 3.4 Productor de residuos Dirección General de Infraestructuras, Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid 3.5 Poseedor de Residuos Empresa adjudicataria del proyecto 3.6 Descripción de las obras Las soluciones a adoptar tienen como objetivo devolver a la infraestructura a su estado funcional inicial, para ello se deberá: Reducir al máximo posible el número de puntos de entradas de agua y el caudal de la infiltración (debido al alto contenido en sales deja considerables residuos además de las posibles alteraciones que pueda producir al terreno) 2

3 En las filtraciones que no se puedan eliminar, se deberán canalizar y llevarlas al drenaje principal de la estación para evitar que puedan producirse encharcamientos y con ello precipitaciones de sales con las consiguientes acumulaciones, atascos y alteraciones del mortero. Corregir las alteraciones de los materiales consecuencia del ataque químico producido por las sales en morteros de formación de pendientes, en tabiques estructurales y en sistemas de drenaje (en todos los niveles). Corregir los fallos estructurales detectados (coqueras, fisuras en losas, etc.) Evitar la entrada del material del trasdós del recinto a la estación para impedir acumulaciones de barro en canaletas y bajo andenes que impidan el correcto funcionamiento del sistema de desagüe Tratamiento de los recintos entre pilotes discontinuos, disponiendo una solución estructural duradera. Restaurar la tabiquería, eliminado humedades, fisuras y grietas. 4. ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE RESIDUOS GENERADOS EN OBRA La estimación de residuos a generar figura en la tabla siguiente. Tales residuos se corresponden con los derivados del proceso específico del la obra prevista sin tener en cuenta otros residuos derivados de los sistemas de envío, embalajes de materiales, etc. que dependerán de las condiciones de suministro y se contemplarán en el correspondiente Plan de Residuos de las Obra. Dicha estimación se ha codificado de acuerdo a lo establecido en la Orden MAM/304/2002. (Lista europea de residuos) En el presente estudio no se consideran los residuos procedentes del mantenimiento de la maquinaria y herramientas que se emplearán en la obra, ya que éstas deben realizarse en instalaciones adecuadas fuera del ámbito de la obra. Si el contratista determina que durante la obra se generarán otro tipo de residuos no contemplados en el presente documento, o si no se generara algún tipo de residuo incluido en las siguientes tablas, deberá quedar reflejado en el Plan de Gestión de Residuos. Al realizar el saneamiento de las zonas afectadas, se producirán residuos no reutilizables. Estos residuos se secarán o decantarán en una balsa provisional que se construirá en el recinto de obra. Se ha considerado que el mortero y cemento se suministrarán en sacos de papel. Si no fuera así deberá sustituirse este tipo de residuos por el que corresponda. Trataremos de forma individualizada los residuos de cada una de las estaciones. COSLADA CENTRAL Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. Hormigón demolición solera > ,17 V, E Restos de mortero, cemento ,09 V, E Restos de mallazo ,002 V, E Retirada de terreno ,30 V,E Demolición de tabiquería <40 72,85 V, E Retirada de lámina drenante ,00 V, E Plástico ,00 V, E Envases de papel y cartón ,41 V, E BARRIO DEL PUERTO Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. Hormigón demolición solera > ,07 V, E Restos de mortero, cemento ,58 V, E Retirada de terreno ,47 V, E Demolición de tabiquería <40 77,00 V, E 3

4 Retirada de lámina drenante ,60 V, E Envases de papel y cartón ,36 V, E SAN FERNANDO Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. 0,01 0,01 Hormigón demolición solera > ,29 V, E Restos de mortero, cemento ,13 V, E Retirada de terreno ,84 E Demolición de tabiquería <40 68,92 V, E Retirada de lámina drenante V, E Envases de papel y cartón ,38 V, E LA RAMBLA Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. Hormigón demolición solera > ,62 V, E Restos de mortero, cemento ,22 V, E Retirada de terreno ,32 V, E Demolición de tabiquería <40 77,15 V, E Retirada de lámina drenante ,00 V, E Envases de papel y cartón ,42 V, E JARAMA Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. Hormigón demolición solera > ,95 V, E Restos de mortero, cemento ,81 V, E Retirada de terreno ,50 E Demolición de tabiquería <40 87,22 V, E Retirada de lámina drenante ,2 V, E 4

5 Envases de papel y cartón ,46 V, E HENARES Estimación de cantidad (Tn, m 3 ) de RCD a generar. Hormigón demolición solera > ,41 V, E Restos de mortero, cemento (gunita) >80 637,64 V, E Retirada de mallazo ,06 Retirada de terreno ,20 E Demolición de tabiquería >40 199,78 V, E Retirada de lámina drenante V, E Envases de papel y cartón ,58 V, E 5. MEDIDAS PARA LA PREVENCION DE RESIDUOS EN OBRA Para lograr reducir la cantidad de residuos generados durante la presente obra y fomentar la reutilización de materiales, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos, siempre que sea posible: Se almacenaran a cubierto y fuera de las zonas de tránsito de la obra los materiales útiles evitando su deterioro de modo que no se conviertan en residuo antes de tiempo. Así mismo se optimizara el empleo de materiales de obra evitando la sobredosificación o la ejecución con derroche de material especialmente de aquellos con mayor incidencia en la generación de residuos Se mantendrá un inventario de productos excedentes para la posible reutilización. Se intentara utilizar productos alternativos que sustituyan a los peligrosos evitando contaminaciones innecesarias y generación de residuos peligrosos. No obstante, estos, deberán estar debidamente etiquetados, en recipientes adecuados para su uso y acopiados de manera adecuada. Se dispondrá en obra de material absorbente de gran capacidad de absorción para recoger posibles derrames accidentales de combustible y/o aceite En caso de instalaciones auxiliares, el suelo sobre el que se instalen debe protegerse contra posibles afecciones. Los depósitos de combustible se instalaran sobre superficies horizontales con apoyos fijos e impermeabilizados y contaran con bandejas de recogida o cubetos de contención dependiendo de su capacidad tal y como marca la legislación vigente para evitar derrames y contaminaciones del terreno. Se evitara llevar a cabo el lavado de maquinas, cubas, canaletas de hormigón, etc. En la obra; si no es posible, se señalizara convenientemente una zona, asegurando que: - Se mantiene aislada mediante un recinto impermeabilizado con pendiente, bordillo y arqueta de recogida - Queda emplazada lejos del alcantarillado. Si es necesario este será protegido evitando derrames accidentales - Todas las aguas deberán ser debidamente gestionadas y se priorizara su reutilización previo tratamiento si fuera necesario. 5

6 6. PRESCRIPCIONES TECNICAS 6.1 Obligaciones de los Agentes Intervinientes Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan de gestión de residuos que refleje como llevara a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra. El poseedor de los residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionarlos por si mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos autorizado. Los residuos de construcción y demolición se destinaran preferentemente, y por esta orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización y en última instancia a depósito en vertedero. Según normativa, el poseedor de los residuos estará obligado a sufragar los correspondientes costes de gestión de los residuos. El contratista, en calidad de poseedor de los residuos, deberá proporcionar al promotor de la obra (productor de los residuos) la documentación acreditativa de la gestión llevada a cabo con los residuos generados. 6.2 Separación El poseedor de los residuos establecerá los medios humanos, técnicos y procedimientos de separación que se dedicarán a cada tipo de residuo generado. El depósito temporal de los residuos valorizables que se realice en contenedores o en acopios, se debe señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado. Los contenedores o envases que almacenen residuos deberán señalizarse correctamente, indicando el tipo de residuo, la peligrosidad, y los datos del poseedor. En los contenedores de los residuos deberán figurar, en forma visible y legible, la siguiente información del titular del contenedor: razón social, CIF, teléfono y número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos Cuando se utilicen sacos industriales y otros elementos de contención o recipientes, se dotarán de sistemas (adhesivos, placas, etcétera) que detallen la siguiente información del titular del saco: razón social, CIF, teléfono y número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos. El responsable de la obra adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma en los contenedores que disponga. Igualmente, deberá impedir la mezcla de residuos valorizables con aquellos que no lo son. Los residuos generados en las casetas de obra producidos en tareas de oficina, vestuarios, comedores, etc. tendrán la consideración de Residuos Sólidos Urbanos y se gestionarán como tales según estipule la normativa reguladora de dichos residuos en la ubicación de la obra. 6.3 Gestión de residuos El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones recogidas en el Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero respecto al poseedor de los residuos, y en particular con las prescripciones recogidas en los artículos 5 y 8 del mismo que se detallan a continuación. Artículo 5. Obligaciones del poseedor de residuos de construcción y demolición. 1. Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, en particular las recogidas en el artículo 4.1. y en este artículo. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra. 2. El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionarlos por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización. 3. La entrega de los residuos de construcción y demolición a un gestor por parte del poseedor habrá de constar en documento fehaciente, en el que figure, al menos, la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible, el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, o norma que la sustituya, y la identificación del gestor de las operaciones de destino. Este documento será remitido a Metro de Madrid en un plazo no superior a un mes desde la entrega. Cuando el gestor al que el poseedor entregue los residuos de construcción y demolición efectúe únicamente operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, en el documento de entrega deberá figurar también el gestor de valorización o de eliminación ulterior al que se destinarán los residuos. En todo caso, la responsabilidad administrativa en relación con la cesión de los residuos de construcción y demolición por parte de los poseedores a los gestores se regirá por lo establecido en el artículo 33 de la Ley 10/1998, de 21 de abril. 4. El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación. 6

7 5. Los residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades: Hormigón: 80 t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t. Metal: 2 t. Madera: 1 t. Vidrio: 1 t. Plástico: 0,5 t. Papel y cartón: 0,5 t. La separación en fracciones se llevará a cabo preferentemente por el poseedor de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra en que se produzcan. Cuando por falta de espacio físico en la obra no resulte técnicamente viable efectuar dicha separación en origen, el poseedor podrá encomendar la separación de fracciones a un gestor de residuos en una instalación de tratamiento de residuos de construcción y demolición externa a la obra. En este último caso, el poseedor deberá obtener del gestor de la instalación documentación acreditativa de que éste ha cumplido, en su nombre, la obligación recogida en el presente apartado. 6. El órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma en que se ubique la obra, de forma excepcional, y siempre que la separación de los residuos no haya sido especificada y presupuestada en el proyecto de obra, podrá eximir al poseedor de los residuos de construcción y demolición de la obligación de separación de alguna o de todas las anteriores fracciones. 7. El poseedor de los residuos de construcción y demolición estará obligado a sufragar los correspondientes costes de gestión y a entregar al productor los certificados y demás documentación acreditativa de la gestión de los residuos a que se hace referencia en el apartado 3, así como a mantener la documentación correspondiente a cada año natural durante los cinco años siguientes. Artículo 8. Actividades de valorización de residuos de construcción y demolición. 1. El desarrollo de actividades de valorización de residuos de construcción y demolición requerirá autorización previa del órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma, en los términos establecidos por la Ley 10/1998, de 21 de abril. 2. La autorización podrá ser otorgada para una o varias de las operaciones que se vayan a realizar, y sin perjuicio de las autorizaciones o licencias exigidas por cualquier otra normativa aplicable a la actividad. Se otorgará por un plazo de tiempo determinado, y podrá ser renovada por períodos sucesivos. 3. La autorización sólo se concederá previa inspección de las instalaciones en las que vaya a desarrollarse la actividad y comprobación de la cualificación de los técnicos responsables de su dirección y de que está prevista la adecuada formación profesional del personal encargado de su explotación. 4. Los áridos reciclados obtenidos como producto de una operación de valorización de residuos de construcción y demolición deberán cumplir los requisitos técnicos y legales para el uso a que se destinen. 7. CONTROL Y VIGILANCIA EN OBRA Con el fin de verificar el correcto cumplimiento de las normativas legales aplicables y del plan de gestión de residuos que entregue el contratista, la dirección de obra establecerá un plan de visitas de vigilancia ambiental durante el transcurso de la obra. Durante la ejecución de esta el contratista mantendrá un registro de los residuos no peligrosos y otro de los peligrosos generados en la misma, que podrá ser requerido por la dirección de los trabajos en cualquier momento. El registro deberá contener al menos la siguiente información: Datos generales de la obra.- Identificación de la obra, productor y poseedor de los residuos Datos específicos por cada retirada de residuo.- Denominación del residuo Código LER. Cantidad retirada (m3 y Toneladas) Fecha inicio y limite del almacenamiento Fecha de retirada Datos del transportista Datos del gestor Datos del destino Cuando el gestor al que el poseedor entregue el residuo efectúe únicamente operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, deberá incluirse el nombre del gestor de valorización o eliminación al que se destinara el residuo. Para los residuos peligrosos se completara además lo siguiente: Código según el anexo I RD 833/88 y 957/92 Documento de aceptación de cada residuo Documento de control y seguimiento. Toda la documentación registrada estará debidamente soportada por los documentos de entrega de residuos a los que se refiere el artículo 5.3 del R.D. 105/2008 que deberán ser remitidos a la dirección de obra en un plazo no superior a 1 mes desde la retirada del residuo. El contratista deberá verificar, además, el cumplimiento por parte del gestor de las disposiciones recogidas en el artículo 7 del R.D. 105/2008 y de las normativas vigentes. 7

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