Tema: Inversiones-Acciones Plan de clases:
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- Susana Naranjo Méndez
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1 PAGINA: 1 de 2 Tema: Inversiones-Acciones Plan de clases: Duración: 4 Horas Curso: Contabilidad de Activos MARCO CONCEPTUAL Las inversiones están representadas en títulos valores y demás documentos a cargo de otros entes económicos, conservados con el fin de obtener rentas fijas o variables, de controlar otros entes o de asegurar el mantenimiento de relaciones con éstos. Cuando representan activos de fácil enajenación, respecto de los cuales se tiene el propósito de convertirlos en efectivo antes de un año, se denominan inversiones temporales. Las que no cumplen con estas condiciones se denominan inversiones permanente. El valor histórico de las inversiones, el cual incluye los costos ocasionados por su adquisición tales como comisiones, honorarios e impuestos, debe ser ajustado al final del periodo al valor de realización, mediante provisiones o valorizaciones. Para esta propósito se entiende por valor de realización de las inversiones de renta variable, el promedio de cotización representativa en las bolsas de valores en el último mes y, a falta de éste, su valor intrínseco. No obstante, las inversiones en subordinadas, respecto de las cuales el ente económico tenga el poder de disponer que en el período siguiente le transfieran sus utilidades o excendentes, deben contabilizarse bajo el método de participación, excepto cuando se adquieran y mantengan exclusivamente con la intención de enajenarlas en un futuro inmediato, en cuyo caso deben contabilizarse bajo el método de costo. Teniendo en cuenta la naturaleza de la partida y la actividad del ente económico, normas especiales pueden autorizar o exigir que estos activos se reconozcan o valúen a su valor presente. (Normas Técnicas Específicas, D2649/93. DE INVERSIONES Definición y Clasificación: Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio,
2 PAGINA: 2 de 2 corporativos o de participación o representativos de mercancía. (Art. 619, C. Co) Los inversionistas pueden invertir en: Títulos de tipo crediticio, entre ellos se encuentran la letra de cambio, el pagaré, la factura cambiaria, el bono. Títulos corporativos, las acciones, los títulos de participación en instituciones financieras. Títulos de participación, los bonos de prenda, los certificados de depósito. Títulos representativos de mercancías, la carta porte de las empresas de transporte, y el conocimiento de embarque. Negociación: Las principales negociaciones de documentos se realizan a través de la bolsa de valores, la cual está autorizada por la Superitendencia Financiera de Colombia para recibir ofertas y demandas de los títulos y organizar las transacciones en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) Las negociaciones que contienen participación de los bienes de un negocio son realizadas en las sociedades comerciales, en los siguientes momentos: Constitución de sociedades Reformas al contrato de sociedades particularmente en su capital La tercera opción de negociación formalizada con las instituciones financieras (Bancos, corporaciones financieras) que intervienen en el mercado de los títulos valores, con los cuales suscriben: Contratos de depósito a término Contrato de suscripción de títulos Cédulas de capitalización DE TÍTULOS VALORES Acción Ordinaria: Es una parte indivisible del capital autorizado de una sociedad anónima o en comandita por acciones que le concede a su titular derechos sociales. Cada acción conferirá a su propietario los siguientes derechos: El de participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ella.
3 PAGINA: 3 de 2 El de recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio, con sujeción a los dispuesto en la ley o en los estatutos El de negociar libremente las acciones, a menos que se estipule el derecho de preferencia a favor de la sociedad o de los accionistas o de ambos El de inspeccinar, libremente, los libros y papeles sociales dentro de los quince días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin de ejercicio El de recibir una parte proporcional de los activos sociales, al tiempo de la liquidación y una vez pagado el pasivo externo de la sociedad. (Art 379, C. Co) Acción privilegiada: Las acciones podrían ser ordinarias o privilegiadas. Las primeras conferirán a sus titulares los derechos esenciales consagrados en el artículo 379; las segundas, además, podrán otorgar al accionista los siguientes privilegios: Derecho preferencial para su reembolso en caso de liquidación hasta concurrencia de su valor nominal Un derecho a que de las utilidades se les destine, en primer término, una cuota determinada, acumulable o no. La acumulación no podrá extenderse a un período mayor de cinco años. Cualquier otra prerrogativa de carácter exclusivamente económico. En ningún caso podrán otorgarse privilegios que consistan en voto múltiple, o que priven de sus derechos de modo permanente a los propietarios de acciones comunes. (Art. 381, C.co) Acción de goce: Podrán crearse acciones de goce o industria para compensar las aportaciones de servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos industriales o comerciales, asistencia técnica y, en general, toda obligación de hacer a cargo del aportante. Los títulos de estas acciones permanecerán depositados en la caja social para ser entregados al aportante, en la medida en que cumpla su obligación, y mientras tanto, no serán negociables. Los aportante de las acciones de goce o de industria tendrán los siguientes derechos: Asistir con vos a las reuniones de la asamblea Participar en las utilidades que se decreten
4 PAGINA: 4 de 2 Al liquidarse la sociedad, participar de las reservas acumulables y valorizaciones producidas durante el tiempo en que fue accionista, en la forma y condiciones estipuladas. (Art. 380, C. Co). Aceptación Bancaria: Compromiso que asume un banco para responder por una letra de cambio aceptada por él para su cancelación al vencimiento, la cual se puede o no originar en crédito documentario. Bonos: Son títulos valores que incorpora una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad o entidad sujetas a la inspección y vigilancia del gobierno. (Art. 752, C. Co) Certificados de depósito y bono de prenda: Los almacenes generales de depósito podrán expedir, como consecuencia del depósito de mercaderías, certificados de depósito y bonos de prenda. Los certificados de depósito incorporan los derechos del depositante sobre las mercaderías y están destinados a servir como instrumento de enajenación, transfiriendo a su adquiriente los mencionados derechos. El bono de prenda incorpora un crédito prendario sobre las mercaderías amparadas por el certificado de depósito y confiere por sí mismo los derechos y privilegios de la prenda. (Art. 757, C. Co) Carta de Crédito: Se entiende por crédito documentario el acuerdo mediante el cual, a petición y de conformidad con las instrucciones del cliente, el banco se compromete directamente, o por intermedio de un banco corresponsal a pagar a un beneficiario hasta una suma determinada de dinero, o a pagar, aceptar o negociar letras de cambio giradas por el beneficiario, contra la presentación de los documentos estipuladas y de conformidad con los términos y condiciones establecidas. (Art 1408 C. Co) Cédula de capitalización: Papeles emitidos por los bancos con el fin de captar dinero a un costo bajo que ofrecen a los inversionistas en calidad de capitalizable y se devuelve al momento del vencimiento del título. Cuota o parte de capital social: Es el aporte de capital social en que está dividido el capital de una sociedad de responsabilidad limitada, Colectiva o en comandita simple, que otorga derechos a sus asociados de administrarla y tomar unos beneficios sobre los estados
5 PAGINA: 5 de 2 financieros debidamente dictaminados y aprobados al finalizar cada ejercicio económico. Depósitos a término: Se denominan depósitos a término aquellos en que se haya estipulado, a favor del banco, un preaviso o un término para exigir su restitución. Si se ha omitido indicar el plazo del vencimiento o del preaviso, se entenderá que no será exigible antes de treinta dias. (Art. 1393, C. Co) Factura Cambiaria de Compraventa: Es un título valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador. No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador. (Art. 772, C. Co) Letra de Cambio: Además de lo dispuesto en el artículo 621, la letra de cambio deberá contener: La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero El nombre del girado La forma del vencimiento La indicación de ser pagadera a la orden del portador. (Art. 671, C. Co) Pagaré: Es un promesa incondicional que hace por escrito una persona a otra, firmada por el librador, de pagar a la vista o en una fecha definida futura, una suma determinada de dinero a la orden de una persona específica o al portador. Título donde consta el monto del dinero prestado, el interés, la garantía, forma de pago y otras características del crédito. TASAS DE INTERES DTF: Puntos adicionales: Corrección Monetaria: Tasa bancaria: IBA:
6 PAGINA: 6 de 2 CLASE DE RENTA DE LOS TÍTULOS Renta Variable Renta Fija Empresas comerciales e industriales Corporaciones financieras Sociedades Empresas del Estado Acciones de sociedades anónimas Cuotas de sociedades de responsabilidad limitada Partes de intereses de sociedades colectivas Unidades en fondos de inversión C.D.T Certificado de depósito a término T.A.N Título de ahorro nacional N.C.I T.A.C C.E.V C.I.B.C.H Bonos Bonos de deuda Pública Empresas del estado Bonos de financiamiento Presupuestal Cédulas hipotecarias Otros Valores Banco de la República Títulos canjeables Títulos de participación Certificado de reembolso tributario Certificado de Cambio CAT, certificado de abono tributario Renta variable: Los títulos de renta variable dan derecho a su poseedor de ser copropietario de la sociedad a la cual pertenecen y a obtener una parte de las utilidades sociales que se reparten a los asociados en calidad de dividendos o participación, que constituye el principal beneficio económico de la inversión de este tipo de papeles (Acciones ordinarias, cuotas, partes de interés social) Renta fija: Los títulos de renta fija dan derecho a su propietario de percibir una suma de dinero fija o interés durante el tiempo de vida del documento, en la medida en que representan para su poseedor un préstamo otorgado a la empresa que emite el título. (Acciones privilegiadas, bonos, CDT, etc)
7 PAGINA: 7 de 2 Renta descontable: Los títulos denominados otros valores, dan derecho a su poseedor de una utilidad que radica en la diferencia entre su precio de compra y el de redención del título, para hallar su rentabilidad se debe utilizar las matemáticas financieras, dividiendo el valor de redención sobre el valor de compra; da una tasa de interés por toda la vida del título. 2. INVERSIÓN DE CORTO PLAZO Método de costo: El valor inicial es el valor histórico, pero mes a mes se ajusta a su valor de mercado, llevando las diferencias a valorización o provisión, de acuerdo al caso. 2.1 Compra de acciones: Las acciones son de renta variable, cuando el inversionista queda a la expectativa de un dividendo, que puede ser alto o bajo, por el riesgo que se corre por el comportamiento de la realidad económica del país en ese momento, porque dependen más de las condiciones del mercado y desarrollo del sector que de una tasa fija. Ejemplo: Se compran en la bolsa de valores de Colombia acciones por valor de $ y se paga una comisión del 1% al corredor de bolsa. Código Descripción Cuenta Débitos Comercio al por $ mayor y detal Moneda Nacional Registra la compra de acciones del Éxito S.a Créditos $ Distribución de dividendos: Cuando la asamblea general apruebe la distribución de las utilidades en dividendos, a razón del 10% sobre el valor nominal, nace para la empresa el derecho de reclamar el beneficio social. Código Descripción Cuenta Débitos Dividendos De sociedades anonima Créditos $
8 PAGINA: 8 de 2 Registra rendimientos decretados por asamblea de accionistas 2.3 Venta de acciones con utilidad Código Descripción Débitos Créditos Cuenta Caja general Comercio al por mayor y menor Acciones Registra Venta de acciones con utilidad 2.4 Venta de acciones con pérdida Código Descripción Cuenta Débitos Caja general Venta de Inversiones Comercio al por mayor y menor Registra Venta de acciones con Pérdida Créditos VALORIZACIÓN: Cuentas 1905 Valorización: Registra la diferencia favorable entre el valor de realización y el valor en libros de las inversiones de propiedad del ente económico, que han sido adquiridas con el propósito de cumplir con disposiciones legales o con el fin de mantener una disponibilidad secundaria de liquidez, al igual que las adquiridas con carácter permanente. Para el registro contable de las valorizaciones de las acciones, cuotas o partes de interés social, se aplicará el valor de mercado y a falta de éste, su valor intrínseco. Valor de mercado: Se entiende el precio promedio de cotización representativa en las bolsas de valores en el último mes. Valor intrínseco: Se aplicará cuando no se coticen en ninguna bolsa de valores, o no se hayan negociado durante el mes correspondiente al corte de cuentas, o se trate de participaciones, para lo cual se utilizarán estados financieros
9 PAGINA: 9 de 2 certificados. No obstante, cuando el ente económico adopte el método de participación, excluirá el efecto de las utilidades en el valor intrínseco. Las valorizaciones son una utilidad en potencia la cual se realiza en el momento de la enajenación del bien, que es cuando se libera la utilidad real si existe por el mayor precio sobre el valor en libros de contabilidad. Valorización: Es la diferencia entre el valor de mercado o en bolsa de valores con respecto al costo en los libros de contabilidad, constituye una Valorización de inversiones contra la cuenta de Patrimonio Superávit por Valorización. Sobre un mismo título valor no se puede dar simultáneamente la provisión y la valorización por cuanto ambas toman como referencia en sus cálculos el valor de mercado. Las valorizaciones, desde el punto de vista contable traen su ventaja al incluirse en el cuerpo del balance para aumentar el valor económico de los activos y mejora la situación financiera de la empresa. La importancia de la valorización radica en el valor económico que adquieren los estados financieros de acuerdo a las condiciones de mercado por aumentar el valor del patrimonio de la empresa en calidad de superávit y constituirse en utilidad potencial, que se comprueba su certeza solamente cuando se enajena el bien o se somete su valor como renta gravable. 1. Valorización o Provisión: Las valorizaciones y las provisiones sobre un mismo paquete de acciones se dan en forma independiente, para que sea procedente la valorización no debe haber provisiones y viceversa, como se observa en el siguiente ejemplo: Concepto Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Valor en libros de las accines $ $ $ $ Valorizaciones Acumuladas (0) (0) Provisiones Acumuladas (10.000) (20.000) Costo ajustado $ Valor de realización en bolsa Valorización(Desvalorización) (10.000) (0) (0) del mes Provisión inversiones del - (10.000) (10.000) (0) mes
10 PAGINA: 10 de 2 Registro contable del primer mes, de valorización: Valorizaciones:Acciones Superávit por $ valorizaciones Registra los ajustes por la valorización de las acciones En el segundo mes se desvaloriza por consiguiente se hace la reversión del registro anterior y como persiste la baja en el precio se provisiona Superávit por valorizaciones Valorizaciones:Acciones $ Registra la desvalorización de las acciones Provisión inversiones Provisión: Acciones Registra la Provisión de las acciones Si se vende en el primer mes: Si el valor de las acciones es de $ con una valorización acumulada de $ y se venden por el valor de mercado de $ se obtiene utilidades, las que se considera ingreso financiero y se someterán al régimen de los impuestos Caja General $ Agricultura, ganadería $ Utilidad en venta de inversiones: Acciones Registra la venta de contado de las acciones con utilidad Reversión de la valorización: Cuando se conoce la utilidad, las valorizaciones correspondientes a los títulos se revierten. Las valorizaciones sobre las inversiones se hacen la reversión porque cumplieron con el objetivo de darle mayor poder económico a las inversiones para el cual habían sido creadas.
11 PAGINA: 11 de Superávit por valorizaciones Valorizaciones:Acciones $ Registra la desvalorización de las acciones Si las acciones se vendieran en el cuarto mes: Siendo que el valor de las acciones es de $ con una provisión acumulada de $ y se venden por el valor de mercado de $ se obtiene utilidades, las que se considera ingreso financiero y se someterán al régimen de los impuestos Caja General Provisión: Acciones Agricultura, ganadería $ Recuperación: $ Provisión Utilidad en venta de inversiones: Acciones Registra la venta de contado de las acciones con utilidad Las utilidades en inversiones son consideradas como cualquier otra renta, con exepción si se venden en bolsa y tienen alta bursatilidad porque no se tendrán en cuenta como renta ni ganancia ocasional. PROVISIÓN Cuenta 1299 Provisiones: Registra los valores provisionados por el ente económico, con cargo a las cuentas de resultado, con el fin de cubrir la diferencia resultante entre el costo de las inversiones y el valor de mercado o intrínseco, según sea el caso, Es una cuenta de valuación del activo, de naturaleza crédito Provisión inversiones Provisión: Acciones Registra la Provisión de las acciones La metodología consiste en consultar mensualmente el valor intrínseco o valor en libros de los títulos para calcular el valor de la provisión correspondiente. La provisión tiene como objeto prever el
12 PAGINA: 12 de 2 gasto mensualmente para racionalizar la pérdida de su valor, cuando llegue el momento de vender el título por menor valor en libros (Con pérdida), la provisión debe cubrir su menor valor. Venta de acciones con pérdida: Cuando las acciones cruzan por un mal momento la mayoría de los tenedores de títulos no quieren perder más y se apresuran a vender a los precios de mercado. Si las acciones se hubieran comprado en $ y el precio de venta fuera de $ , con provisión de $ se tiene: Caja general Provisiones:Acciones Pérdida: Venta de Inversiones Acciones: Registra venta de acciones con pérdida Venta de acciones con utilidad: Si en libros de contabilidad aparece un valor de $ se retira de las inversiones, pero se venden a $ Caja general Acciones Utilidad por ventas acciones Registra venta de acciones con utilidad Reversión Valorizaciones NOTA: Recordar que al momento de la venta, en caso tal que se tengan registradas valorizaciones, toca hacer la reversión del total de valorizaciones y después los registros de la venta: Ejemplo si en la cuenta de valorizaciones hay un saldo de $ , se haría el siguiente ajuste: Acciones Acciones Registra reversión valorizaciones
13 PAGINA: 13 de 2 Reversión Provisiones: Si al momento de la venta, las acciones generan utilidad pero en libros se tiene provisionado se harán los siguientes ajustes de acuerdo a la circunstancia: 1. Si la venta se hace en el mismo periodo (Año) donde fueron registradas las provisiones: Ejemplo si en la cuenta de provisiones tiene un saldo de $ se le haría el siguiente asiento: Provisiones: Acciones Gasto provisión: $ Inversiones Registra reversión provisiones 2. Si la venta se hace en otro periodo (Año) donde fueron registradas las provisiones: si en la cuenta de provisiones tiene un saldo de $ se le haría el siguiente asiento: Provisiones: Acciones Recuperción: $ Provisiones Registra reversión provisiones
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