Objetivos del Taller
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- Encarnación Santos Bustos
- hace 8 años
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2 Objetivos del Taller Objetivo General: Que los participantes valoren los aspectos de la concientización tributaria como un mecanismo del Fisco Provincial para garantizar mayor equidad social e internalicen la importancia de los recursos públicos como elementos de financiación del gasto público y su incidencia en las necesidades públicas-sociales. Objetivos Particulares: Que los participantes: Se introduzcan en la organización interna y funciones de la D.G.R. a los fines de comprender mejor la Administración Tributaria. Distingan las maneras que tienen los ciudadanos para comunicarse con la D.G.R. Diferencien los distintos impuestos que recauda la D.G.R. y conozcan su forma de determinación
3 LECTURA COMPLEMENTARIA Presentación Construcción Ciudadana y Cultura Tributaria 2015 Manual Talleres y Seminarios Rentas 2015 CODIGO TRIBUTARIO Ley Nª 6006 TO 2012 Material Didáctico N 1 - Cedulones Material Manual Didáctico Tutoría N Rentas 2 - Cálculo 2013Impuesto Inmobiliario 2015 Material Didáctico N 3 - Cálculo Impuesto a la propiedad Automotor 2015 Material Didáctico N 4 - Cálculo Impuesto sobre los Ingreso Brutos 2015 LEY IMPOSITIVA ANUAL N RESOLUCION NORMATIVA N 1/2011y Modif Actividad N 1 - Unir con Flechas Actividad N 2 Sopa de Letras Actividad N 3 Completar y Responder
4 Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Otros Ministerios Secretaría de Ingresos Públicos Secretaría de Administración Financiera Dirección de Policía Fiscal Dirección de Catastro Registro General de la Provincia Fiscalía Tributaria Adjunta
5 Principales Funciones ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE RECAUDACION Y ANALISIS FISCAL GESTION DE DEUDA OPERACIONES Y GESTION SUSTENTABLE Regional Villa Carlos Paz Córdoba Capital JURISDICCION ADMINISTRATIVA Regional San Francisco Regional Río Cuarto Regional Villa María
6 Por qué existen los tributos? El Estado, para cumplir con sus funciones específicas, realiza erogaciones que constituyen el gasto público, para lo cual debe obtener los recursos necesarios a los efectos de hacer frente a ese gasto. Qué es el Gasto Público? Es la erogación efectuada por el Estado para satisfacer necesidades colectivas de la población, que se reflejan en las siguientes funciones: FUNCIÓN DEL ESTADO Satisfacer las necesidades colectivas de la población. NECESIDADES
7 COMPETENCIAS IMPOSITIVAS DE CADA FISCO SEGÚN LA CONSTITUCION NACION Recursos Tributarios C.N. Art. 75 ADUANAS Derecho de Importación y Exportación y tasa postal Contribuciones Directas por tiempo determinado, Contribuciones Indirectas en forma permanente y concurrente con las provincias. coparticipable según ley - convenio por acuerdo entre Nación y Provincia PROVINCIA Recursos Tributarios C.N. Art Contribuciones Directas Contribuciones Indirectas en forma concurrente con la Nación Coparticipación Nacional MUNICIPALIDAD Recursos Tributarios C.P.CBA. Art. 188 Coparticipación con las provincia y federal Impuestos Municipales que armonicen con los provinciales y nacionales Precio público, tasas, derechos de patente, contribuciones por mejoras, multas.
8 Tipos de Tributos IMPUESTOS TASAS CONTRIBUCIONES Obligación de pagar determinada suma de dinero al Estado, sin recibir contraprestación alguna. Para el Estado constituye un ingreso monetario que le permite brindar servicios de carácter general. Obligación de pagar determinada suma de dinero al Estado, por una contraprestación específica recibida. Tiene su origen en un beneficio particular obtenido por personas físicas o jurídicas, a causa de una obra o gasto público.
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10 ATENCION PRESENCIAL DE LUNES A VIERNES DE 8 A 20 HS. Córdoba: Rivera Indarte N 650 Rafael Nuñez N 6492 Alvear N 20 Av. Juan B. Justo N 3990 Local B Villa Allende Cabeceras Regionales: Rio Cuarto Villa María Villa Carlos Paz San Francisco 24 DELEGACIONES RECEPTORIAS OFICINAS DESCENTRALIZADAS - Of. C.P.C.
11 ATENCION NO PRESENCIAL PORTAL WEB
12 Portal Web El Portal Web de Rentas Virtual pone a disposición de los Contribuyentes una nueva herramienta de gestión, a través de un sitio de Internet que permite realizar trámites, efectuar consultas y obtener información de interés, brindando un asesoramiento integral al Ciudadano. Disminuir el Impacto Ambiental: Mediante el ahorro del papel, debido a la reducción de documentación a presentar y a la sistematización de la Gestión del Trámite. Con la puesta en marcha de este servicio, los Contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones tributarias de una manera ágil, práctica y segura. Mejorar los Servicios: Utilizando Nuevas Tecnologías en la Asistencia al Contribuyente. VENTAJAS Reducir la Atención Presencial: con la consecuente eliminación de tiempos de espera. Brindar mayor agilidad en la Resolución de Trámites: debido a los plazos más acotados y a la validación inmediata de la Información. Mejorar la Calidad de datos: Constatando y validándolos con la información provista por la AFIP
13 Portal Web
14 SERVICIOS DE ATENCION NO PRESENCIAL CON CLAVE
15 Clave Fiscal La Clave Fiscal es una contraseña que otorga la AFIP para poder realizar trámites (presentar declaraciones juradas, efectuar pagos, adherir al Monotributo, solicitar la baja en impuestos o regímenes, etc.) desde cualquier PC conectada a INTERNET, por lo que para ello es necesario cumplir con ciertas formalidades a fin de garantizar la confidencialidad de la información remitida Objetivo del sistema trámites con clave fiscal El Objetivo del Sistema Trámites con Clave Fiscal - Régimen de Transferencia Electrónica de Datos, es el de brindar un medio ágil y seguro a través del cual llevar a cabo trámites y/o transferencias de información a la AFIP.
16 Qué es Ciudadano Digital? C.I.D.I.
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19 Impresión de cedulones y constancia de inscripción Impresión de cedulones Ejemplo Impresión Cedulón Impuesto Inmobiliario
20 Datos Identificatorios del Contribuyente Períodos Adeudados Selección de Períodos Adeudados
21 Impresión Deuda
22 IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS IMPUESTO INMOBILIARIO OTROS TRIBUTOS TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS IMPUESTO A LA ACTIVIDAD DEL TURF IMPUESTO DE SELLOS IMPUESTO A LA PROPIEDAD AUTOMOTOR ACREENCIAS NO TRIBUTARIAS CREDITOS DE OTROS ORGANISMOS PROVINCIALES ENCOMENDADOS IMPUESTO A LA LOTERIA, RIFAS, CONCURSOS, SORTEOS Y OTROS JUEGOS APORTES A FONDOS CON AFECTACION ESPECÍFICA
23 ACREENCIAS NO TRIBUTARIAS QUE COBRA LA DGR CREDITOS DE OTROS ORGANISMOS PROVINCIALES ENCOMENDADOS Policía Caminera de la Provincia de Córdoba Multas APORTES A FONDOS CON AFECTACION ESPECÍFICA TÍTULO IV LEY N 9505 TITULO III LEY N 9505 FoFISE Ley N 9870 FONDO PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR FONDO PARA LA ASISTENCIA E INCLUSIÓN SOCIAL FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA EDUCATIVO OTROS Empresa Provincial de Energía de Córdoba Facturas de Usuarios Ministerio de Salud Montos facturados por los hospitales Ministerio de Agua, Ambiente y energía Cánones de Agua Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo de la Provincia de Córdoba Multas y Sanciones pertenecientes a la aplicación de la ley de defensa al consumidor N y de lealtad comercial N
24 Determinación de la obligación tributaria Sobre la base de Declaración Jurada presentada por Contribuyente o Responsable. Declaración Administrativa sobre la base de datos aportados por Contribuyentes, Responsables, Terceros o los que posean la administración. Sobre la base de Instrumentos (actos, contratos u operaciones de carácter oneroso instrumentados) presentados por el Contribuyente. Impuesto sobre los Ingresos Brutos Impuesto Inmobiliario Adicional Impuesto Inmobiliario Básico Impuesto a la Propiedad Automotor Impuesto de sellos
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27 Impuesto Inmobiliario Grava los Impuestos de los Inmuebles ubicados en la Provincia de Córdoba B A S I C O Urbano Rural Son parcelas ubicadas en ciudades, pueblos, villas o en fraccionamientos destinados a formación o ampliación de aquéllos. Son parcelas no comprendidas en la definición de parcelas urbanas. Básico=BI (Valuación de Catastro x Coef. LIA) * x escala establecida en el Art. 5º de la L.I.A (fijo + alícuota xdif.bi) A D I C I O N A L Cuando la Base Imponible o la sumatoria de Bases Imponibles del Impuesto Inmobiliario Básico Rural de propiedades atribuibles a un mismo contribuyente supere los $ Imp. Adicional= s/ una Declaración Jurada del contribuyente. =aplicar sobre la BI o sumatoria BI otra escala ar.11 (L.I.A.).
28 Modalidad Envío por Correo Datos Identificatorios del Contribuyente Datos Valuativos Número de Cuenta Descuento 30% Fondo Educativo Recordatorio de Existencia de Deuda Consultar Material Didáctico
29 Modalidad Adhesión cedulón digital Cuota UNICA Modalidad de pago UNA CUOTA O 10 CUOTAS Consultar Material Didáctico
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31 Datos Identificatorios del Contribuyente Modalidad Envío por Correo Datos Valuativos Número de Cuenta Descuent o 30% Detalle de Fondos Cuota UNICA 1ª Cuota Recordatorio de Existencia de Deuda Consultar Material Didáctico
32 Modalidad Adhesión cedulón digital Cuota UNICA Modalidad de pago UNA CUOTA O DOS CUOTAS Consultar Material Didáctico
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34 Impuesto a la Propiedad del Automotor los vehículos, automotores y acoplados, radicados en la Provincia de Córdoba Impuesto Determinado con los valores de ACARA(s/modelo, año de fabricación, tipo y categoría), escalas, alícuotas y mínimos establecidos en Ley Impositiva Anual.
35 DE DONDE SE OBTIENE LA INFORMACION REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR ACARA Asociación Argentina de Concesionarios de Automotores de la República Argentina
36 Modalidad Envío por Correo Datos Identificatorios del Contribuyente Datos Valuativos del Automotor Cuota Única Modalidad de pago CUOATA UNICA O DOS CUOTAS Consultar Material Didáctico
37 Qué implica la Adhesión al Cedulón Digital? Implica el NO envío del Cedulón vía postal a partir del año 2015 y sig.. La emisión del cedulón se podrá realizar a través del sitio web A qué beneficio se accede mediante la Adhesión? Se mantiene el beneficio del Premio Contribuyente Cumplidor del año 2015, en sus dos modalidades: Descuento del 10% para pago en Cuota Única y del 5% para pago en Cuotas. Descuento del 10% en caso de contar con Adhesión al Débito Directo. Hasta cuándo se puede realizar la Adhesión? Hasta el 30 de Noviembre de En caso de no realizar la adhesión hasta la fecha indicada, se perderá el Premio Contribuyente Cumplidor del año En dónde se puede realizar la Adhesión? PRESENCIAL: en nuestras oficinas de atención al público, no siendo obligatorio contar con correo electrónico propio. NO PRESENCIAL: través del sitio web Quién puede realizar la Adhesión? La Adhesión al Cedulón Digital puede ser realizada por todo Ciudadano: no es requisito que el mismo sea el titular del inmueble o del automotor. Esta acción, NO REQUIERE CLAVE FISCAL. Sobre qué Objetos se realiza la Adhesión? La Adhesión al Cedulón Digital se realiza sobre Inmuebles y Automotores. Qué datos se deben completar? CUIT/DNI - Sexo - Correo Electrónico - Teléfono - Teléfono Celular y Dominio y/o Número de Cuenta que desea adherir.
38 Adhesión A los fines de poder solicitar la adhesión al Cedulón Digital, deberá ingresar al sitio web de la Dirección General de Rentas. Al enviar exitosamente la solicitud, usted recibirá un corres electrónico o en la casilla declarada, a fin de confirmar dicha solicitud.
39 Modelo de correo electrónico
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41 CUOTA 50 - CONDICIONES Se genera por no haber cancelado o regularizado al 30/06/2015 aquellas obligaciones no prescriptas devengadas hasta el 30/11/2014. Adhesión al Cedulón digital al 30/11/2015. Se entiende por regularizadas, a aquellas, que han sido afectadas a un plan de pagos y el mismo se encuentra en condición Vigente. Para el impuesto Inmobiliario Urbano consiste en la perdida de la reducción del 30% del Impuesto Básico. Para los inmuebles rurales, dicha perdida abarca los conceptos Impuesto Básico y los Fondos. Para el Impuesto a la Propiedad Automotor consiste en la perdida de la reducción del 30% del Impuesto Básico.
42 Datos Identificatorios del Contribuyente Tipo de Impuesto Grilla con Deuda Origen de la Deuda Modelo I Deuda solo 2013 Modelo II Modelo III
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44 Impuesto sobre los Ingresos Brutos Grava el ejercicio habitual y a título oneroso en la Provincia de Córdoba de: Comercio Industria Profesión Oficio Negocio Locaciones de bienes, Obras, Servicios Cualquier otra actividad a título oneroso. Cualquiera sea la naturaleza del sujeto que la preste y el lugar donde se realice.
45 Impuesto sobre los Ingresos Brutos EN FUNCIÓN A LA JURISDICCIÓN EN LA CUAL OPERAN : Es el instrumento por el cual se distribuye la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuando el contribuyente ejerce su actividad en más de una jurisdicción local o provincial. Desarrollan el actividad económica únicamente en la jurisdicción de Córdoba. Paga Impuesto únicamente en esta provincia. Abona: B.I. x Alícuota = (compara Impuesto y Mínimo) paga el Mayor EN FUNCIÓN AL MONTO QUE ABONAN Pagan un monto fijo de impuesto independientemente de los ingresos que posean en el año. No hacen DDJJ, lo determina la Dirección. Pagan el impuesto en función de una DDJJ en la cual manifiestan cual han sido los ingresos brutos obtenidos en el mes. Hacen una DDJJ mensual, lo determina el contribuyente
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47 Impuesto de sellos Grava todos los actos, contratos u operaciones de carácter oneroso instrumentados, que se realicen en el territorio de la Provincia El impuesto será monto fijo o base imponible (el valor nominal expresado en los instrumentos gravados, salvo lo dispuesto para casos especiales +el IVA) por Alícuota o establecido en la LIA
48 Pago agravado Cuando se venció el plazo de 15 días hábiles establecido para el pago del Impuesto de Sellos, las alícuotas, escalas e importes se incrementan en el porcentaje fijado en la escala de la Ley Impositiva (art.31) según el tiempo de retardo y además deben abonarse los recargos resarcitorios según el Art. 101 del C.T.P. Entonces, en función de la fecha de pago del impuesto, se incrementarán: 1. Hasta (3) meses de retardo: el 20%; 2. Más de (3) meses y hasta (6) meses de retardo: el 30%; 3. Más de (6) meses y hasta (9) meses de retardo: el 40%; 4. Más de (9) meses y hasta (12) meses de retardo: el 50%, y 5. Más de (12) meses de retardo: el (70%).
49 Liquidación del IMPUESTO DE SELLOS
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51 Tasas Concepto: La Tasa Retributiva de Servicios es lo que debe abonar el contribuyente al Estado por una concreta, efectiva e individualizada prestación de un Servicio Público. Responden en general, a retribuciones de servicios, divisibles a cargo de quienes los solicitan. Quien peticione la prestación de un servicio debe pagar la tasa pertinente, tanto en el orden administrativo como judicial.
52 Tasa Retributiva de Servicios T.R.S. DE DISTINTOS ORGANISMOS 52
53 Pago de la Tasa Forma Presencial Por el Portal Web
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56 Links de interés GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS TRANSPARENCIA FISCAL REPORTE DE SUSTENTABILIDAD DEL MINISTERIO DE FINANZAS PRESUPUESTO GASTO TRIBUTARIO IMPRESIÓN DE CEDULONES PRESUPUESTO CIUDADANO GUÍA TRIBUTARIA
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