(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007)
|
|
- Eva María Revuelta Naranjo
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) NORMATIVA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Título I. De la Igualdad de Oportunidades de los miembros de la comunidad universitaria con discapacidad. Artículo 1. La Universidad Miguel Hernández de Elche, como institución de educación superior inspirada en los principios de democracia, igualdad, justicia y libertad, siendo uno de sus fines, la garantía de la dignidad de la persona y el libre desarrollo de su personalidad sin ningún tipo de discriminación, contempla en el artículo 2, objetivo e) de sus Estatutos la integración de las personas con discapacidad en todos los ámbitos. Artículo 2. La Universidad apoyará a los miembros de la comunidad universitaria con discapacidad, tanto en el acceso, como en el desarrollo académico y la transición al mundo laboral, así como en el desarrollo de sus funciones profesionales. Artículo 3. La Universidad Miguel Hernández de Elche garantizará la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad vinculadas a ella o en vías de acceso, considerándose tales, el personal de administración y servicios, el personal docente e investigador y los estudiantes. Título II. De los Servicios específicos en materia de discapacidad. Artículo 4. Creación del Área de Atención al Estudiante con Discapacidad. Con el objeto de facilitar el desarrollo de las actividades del alumnado con discapacidad en la Universidad de Miguel Hernández de Elche, se crea el Área de Atención al Estudiante con Discapacidad, que tendrá su sede en la Unidad de acceso, becas y títulos. Artículo 5. Composición El Área estará compuesta, con carácter permanente, por la Dirección de la Unidad de acceso, becas y títulos y el personal de la Unidad de acceso, becas y títulos y, en su caso, el personal eventual que se considere necesario para la prestación del adecuado servicio.
2 Artículo 6. Funciones El Área de Atención al Estudiante con Discapacidad tendrá las funciones siguientes: a) Informar, orientar y asesorar sobre los recursos existentes para el alumnado de la Universidad Miguel Hernández de Elche, así como la puesta a disposición de los mismos. b) Atender y gestionar las demandas que planteen los estudiantes que no puedan resolverse con los recursos en ese momento existentes. c) Plantear ante la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad la resolución de los problemas y los informes técnicos. d) Informar a los profesores, a través de los Decanos o Directores de Centros, así como al Personal de Administración y Servicios, de las necesidades de los estudiantes para ser resueltas en el área de su competencia. e) Promover la sensibilización de los miembros de la comunidad universitaria sobre esta cuestión. f) Fomentar la colaboración con las entidades a las que estén asociados los estudiantes universitarios y, en su caso, promover los convenios de colaboración correspondientes con el fin de atender sus necesidades. g) Recabar y, en su caso, solicitar las ayudas necesarias de otros organismos, entidades y Administraciones Públicas que atiendan áreas de actuación de las que pueda beneficiarse el estudiante con discapacidad. h) Elaboración de proyectos y/o programas de actuación destinados a facilitar la integración del estudiante con discapacidad en la Universidad de Miguel Hernández de Elche. i) Impulsar, a través del Observatorio Ocupacional, la celebración de convenios con empresas para facilitar su inserción laboral. j) Fomentar la elaboración de materiales propios de ayuda al discapacitado (guías de ayuda, de recursos, etc.). k) Realizar la evaluación de la propia Área, así como colaborar en facilitar información a otras entidades y organismos con competencia en la materia. l) Colaborar en la organización de eventos que incorporen a personas con discapacidad. m) Elaboración y mantenimiento de la página Web. n) Recabar y solicitar la ayuda del Centro de Cooperación al Desarrollo y Voluntariado, para los programas que necesiten la incorporación de voluntarios. ñ) Elaborar los protocolos de actuación necesarios para el mejor funcionamiento del Área. o) Cualquier otra que se le encomiende por el Consejo de Gobierno. Artículo 7. Procedimiento de actuación El protocolo a seguir, tanto para detectar las necesidades de los estudiantes discapacitados como para dar respuesta a las mismas, es el siguiente: 1º Los estudiantes discapacitados que se matriculen en la Universidad de Miguel Hernández de Elche podrán hacer constar, en el lugar habilitado a tal efecto en el impreso de matrícula, dicha situación, así como su deseo de que el Área de Atención al Estudiante con Discapacidad se ponga en contacto con él.
3 2º El Área de Atención al Estudiante con Discapacidad, para los estudiantes que soliciten que ésta se ponga en contacto con ellos, solicitará el expediente de valoración de su discapacidad con la finalidad de conocer las adaptaciones que hayan sido y sean necesarias para cursar sus estudios. 3º A cada estudiante que solicite la actuación del Área de Atención al Estudiante con Discapacidad se le citará a una entrevista que tendrá por objeto cumplimentar una ficha personal en la que consten, además de los datos personales, los medios materiales y las adaptaciones que precisen y las que la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad considere apropiadas, una vez visto su caso en dicha Comisión. 4º En el caso de que las necesidades no se puedan satisfacer de forma inmediata o se requiera realizar adaptaciones de especial complejidad, se remitirá el expediente a la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad, que, mediante informe, determinará los procedimientos y adaptaciones más adecuadas para su integración en la Universidad de Miguel Hernandez de Elche. Artículo 8. Creación Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad. Con el propósito de atender de forma adecuada aquellas solicitudes de especial complejidad técnica, económica o de otra índole, se crea la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad. Artículo 9. Composición. La Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad estará formada por: Presidente: Vicerrector de Estudiantes y Extensión Universitaria o persona en quien delegue. Vicepresidente: Director de la Unidad de Acceso, becas y Títulos. Vocales: Personal responsable de la Atención al estudiante. Un profesor de la Universidad de Miguel Hernandez de Elche, del área de Psicología Evolutiva y de la Educación. Un psicopedagogo de los Institutos de Educación Secundaria adscritos al distrito de la Universidad Miguel Hernández de Elche Un estudiante con discapacidad de la Universidad Miguel Hernández de Elche. Dos representantes de instituciones que tengan entre sus fines la atención a discapacitados. Secretaría: Personal responsable de las Ayudas al Estudio. Artículo 10. Funciones La función principal consistirá en emitir informes técnicos sobre los recursos solicitados o las adaptaciones necesarias para satisfacer de la forma más adecuada, en función de los recursos disponibles, las demandas de los estudiantes con discapacidad. Artículo 11. Ejecución Los informes técnicos serán remitidos al el Vicerrectorado encargado la Coordinación de Pruebas de Acceso, en el caso de tratarse de adaptaciones de
4 las pruebas de acceso y aptitud y al Decano o Director de Centro, en el caso de tratarse de adaptaciones curriculares de asignaturas del plan de estudios correspondiente, a efectos de su ejecución. Título III. De las Adaptaciones Curriculares. Artículo La Universidad garantizará que se realicen las oportunas adaptaciones curriculares, entendiendo como tales las estrategias educativas de que dispone el profesorado con el fin de adecuar el proceso de enseñanzaaprendizaje a aquellos estudiantes que presentan una dificultad en el mismo. 2. A efectos de poner en marcha las adaptaciones curriculares ante la demanda de un estudiante con discapacidad o de un profesor, la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad emitirá un informe y una propuesta, en caso necesario, de adaptación curricular que debe contar con el informe favorable del departamento universitario que tenga bajo su responsabilidad el área de conocimiento de la materia que se trate. En caso de conflicto entre los informes comentados, la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad tendrá carácter dirimidor. En todo caso, estas adaptaciones respetarán, en lo que sea esencial, los objetivos fijados en los planes de estudio de cada materia. Artículo 13 La Universidad facilitará los medios para garantizar la no discriminación en las diferentes pruebas de evaluación que se desarrollen en el ámbito universitario: 1. En relación a las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU), el Vicerrectorado encargado la Coordinación de Pruebas de Acceso, y en su caso la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad, estudiará los informes de los orientadores de los Institutos de Enseñanza Secundaria sobre los alumnos con discapacidad, y tendrá en cuenta las medidas e intervenciones oportunas para que se desarrollen las pruebas de acceso en igualdad de condiciones para todos los alumnos. 2. En aquellas licenciaturas que requieran pruebas de acceso específicas, se estudiarán, de forma individualizada, las adaptaciones curriculares necesarias para que los estudiantes con discapacidad puedan realizarlas en igualdad de condiciones que el resto del alumnado. 3. En relación a las pruebas de evaluación de las asignaturas, la Comisión Técnica de Atención al Estudiante con Discapacidad realizará las recomendaciones necesarias para que el alumnado con discapacidad cuente con la ayuda precisa para progresar en su desarrollo y proceso de aprendizaje, de acuerdo con sus capacidades. Título IV. De las Ayudas técnicas. Artículo La Universidad Miguel Hernández de Elche deberá disponer del equipo técnico adecuado para las personas con necesidades especiales y deberá prevenir una partida presupuestaria con el fin de actualizar y restaurar este
5 material técnico. 2. La Universidad Miguel Hernández de Elche articulará el aprendizaje del funcionamiento de estos aparatos a las personas que lo precisen. Título V. De la accesibilidad y la vida independiente Artículo 15. Sobre la accesibilidad interna 1. La Universidad fomentará la vida independiente, defendiendo una participación activa de las personas con discapacidad en la comunidad universitaria. En este sentido, facilitará la accesibilidad del entorno, el acceso a la información y la participación en la vida universitaria. 2. En base a lo establecido en la Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, la Universidad emprenderá acciones encaminadas a su cumplimiento. 3. La Universidad Miguel Hernández de Elche tomará todo tipo de medidas encaminadas a eliminar barreras arquitectónicas y de la comunicación, siguiendo criterios de accesibilidad universal y diseño para todos. Anualmente la Universidad Miguel Hernández de Elche emitirá un informe de barreras arquitectónicas donde se recoja, detalladamente, un estudio de cada campus en general y de los diferentes edificios en particular, y donde se proponga una solución que se deberá tramitar con máxima urgencia. Artículo 16. Sobre la accesibilidad externa 1. La Universidad Miguel Hernández de Elche garantizará el acceso efectivo a los campus a través de los diversos medios de transporte. 2. La Universidad Miguel Hernández de Elche velará para que las estaciones ferroviarias estén completamente adaptadas con el fin de que las personas con necesidades especiales puedan acceder a todos los centros, desde cualquiera de los andenes y para que los trenes tengan plazas reservadas y adaptadas. 3. Los autobuses de la Universidad Miguel Hernández de Elche y los de sus concesionarios deberán tener como mínimo una plaza destinada y adaptada a las personas con discapacidad. 4. La Universidad Miguel Hernández de Elche articulará un servicio de transporte adaptado y/o acompañado mientras que las medidas que se describen en los puntos anteriores de este artículo no se lleven a cabo. 5. En cada aparcamiento se reservaran las plazas de aparcamiento suficientes para miembros de la comunidad universitaria con discapacidad, que tendrán que acreditar el vehículo con la certificación que les entregará la institución competente. Artículo 17. Sobre la accesibilidad a las TIC. La Universidad, como institución docente e investigadora, potenciará el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, velando por que se cumplan criterios de accesibilidad y diseño para todos. Las personas con discapacidad deberán poder acceder a las nuevas tecnologías de la información mediante los ordenadores de las bibliotecas y salas de informática. Por esta razón, la Universidad Miguel Hernández de Elche dispondrá de ordenadores adaptados para la fácil accesibilidad de las personas con discapacidad.
6 Título VI. De la transición a la vida laboral Artículo Se prestará especial atención a la transición a la vida laboral como fin último de la formación académica, facilitando formación e información sobre las necesidades específicas en la integración laboral de las personas con discapacidad, así como la participación en proyectos encaminados a tal fin. Artículo Como medida facilitadora para acceder al mundo laboral, la Universidad formará en la búsqueda activa de empleo y recursos específicos, teniendo en cuenta la especificidad y diversidad de su alumnado. 2. El Observatorio Ocupacional pondrá a disposición de los estudiantes con discapacidad que hayan finalizado sus estudios universitarios un servicio de apoyo y seguimiento, previo consentimiento informado, a los efectos de facilitar su incorporación al mundo laboral. Título VII. Del sistema de ayudas para estudiantes con discapacidad Artículo 20 La Universidad Miguel Hernández de Elche realizará una Convocatoria de Ayudas para estudiantes con discapacidad: el objeto de ésta es dotar a los estudiantes con discapacidad de las ayudas necesarias para el normal desarrollo de su actividad académica. Podrán participar todos los estudiantes de la Universidad que tengan reconocida legalmente una discapacidad, contemplando: a) Ayudas al transporte: gastos originados por los desplazamientos desde el lugar de residencia durante el curso académico al centro de estudios de alumnos con discapacidad que no pueden utilizar el transporte público o privado ordinario o que necesiten ayuda o acompañamiento en sus desplazamientos. b) Material didáctico y ayudas técnicas: adquisición de recursos técnicos o materiales específicos para uso exclusivo del alumno que lo precise como medida de adaptación. c) Asistencia personal: gastos originados por la contratación de asistente para actividades académicas o de la vida diaria durante la asistencia a clase, permitiendo becas para alumnos colaboradores. d) Otras necesidades especiales para el desarrollo de la actividad universitaria derivadas directamente de su situación Disposiciones finales Estas disposiciones normativas serán de aplicación sin menoscabo del cumplimiento de la normativa vigente en materia de discapacidad.
CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
NORMATIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN A LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 21 de junio de 2005) (BOUJA nº 51, Mayo-Junio-2005) La educación constituye un elemento esencial
NORMATIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN A ESTUDIANTES CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN
NORMATIVA QUE REGULA LA ATENCIÓN A ESTUDIANTES CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Aprobada en El Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén sesión nº 28 de 18 de junio
10. PRÁCTICAS EXTERNAS
10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán
Comparación entre el contenido del Proyecto de Estatutos de la UNED * y el de los Estatutos aprobados mediante Real Decreto 426/2005, de 15 de abril
Secretaría del Claustro Comparación entre el contenido del Proyecto de Estatutos de la UNED * y el de los Estatutos aprobados mediante Real Decreto 426/2005, de 15 de abril Abril de 2005 * Aprobados en
NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013
4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros
REGLAMENTO DE CRÉDITOS POR PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD ( Programa de Voluntariado de la UC)
REGLAMENTO DE CRÉDITOS POR PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD ( Programa de Voluntariado de la UC) 1. INTRODUCCIÓN La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica
6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.
6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en
Marco administrativo y de servicios para la protección de las personas discapacitadas en las universidades españolas
Marco administrativo y de servicios para la protección de las personas discapacitadas en las universidades españolas Defensor Universitario Universidad de Cantabria Santander, España 1. Las normas externas
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,
PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS
DIPLOMATURA EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROGRAMA DE LA ASIGNATURA PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS Código: 445 (16 créditos) CURSO 2011-12 Coordinadora: Mª Teresa Balaguer Coll Departamento de Finanzas
ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones
UNIDAD DE APOYO A ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD
UNIDAD DE APOYO A ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD Marzo 2012 ! "! #! $ %& ' $ ( ) * $ $ + $ $ $,-,, $,,.$ / $,0.$,0 $,0. )1, Página 2 de 13 Se denomina de la UNIVERSIDAD DE BURGOS y se encuentra adscrita
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
Alumnos de Nuevo Ingreso Master en Gestión y Administración Pública
Alumnos de Nuevo Ingreso Master en Gestión y Administración Pública Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación 1 Contenido 1.- Información previa a la matriculación: plazos y procedimientos....
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad
LEY DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Decreto No. 135-96
LEY DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Decreto No. 135-96 CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala en su Artículo 53, establece que el Estado garantiza la protección
Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD
Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL SERVICIO DE ANÁLISIS DE IMAGEN
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL SERVICIO DE ANÁLISIS DE IMAGEN I. Naturaleza y funciones. 1. El Servicio de Análisis de Imagen es un servicio general de la Universidad de Murcia, incluido administrativamente
COMPARECEN. En Granada a 16 de Febrero de 2009
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, LA DIPUTACIÓN DE GRANADA Y LA FEDERACIÓN GRANADINA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD En Granada a 16 de
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS CRITERIOS GENERALES PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN CRÉDITOS ECTS POR LA PARTICIPACIÓN DE
REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LEON
REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LEON Acuerdo Junta de Gobierno 11-03-2002 Modificado Consejo de Gobierno 6/02/2004 EXPOSICION DE MOTIVOS 1 La Constitución establece el derecho
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración
PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL DE LA ESCUELA POLITÉCNICA DE MIERES
PROPUESTA DE PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL DE LA ESCUELA POLITÉCNICA DE MIERES (De conformidad con el Acuerdo de 5 de noviembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba
I. Comunidad Autónoma
Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se
DISPOSICIONES GENERALES
6255 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de febrero de 2015 por la que se regula la organización y funcionamiento de las aulas especializadas para el alumnado con trastornos
Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM
Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM Preámbulo El artículo 46 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, proclama en su apartado primero que
REAL DECRETO XX/2012, DE XX DE XX, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO ESTATAL DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y EL EMPRENDIMIENTO
REAL DECRETO XX/2012, DE XX DE XX, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO ESTATAL DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y EL EMPRENDIMIENTO El apoyo a la actividad de la pequeña y la mediana empresa y a los
REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH)
Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2013 REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) PREÁMBULO La importancia de la comunicación y la imagen
2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)
CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN APAREJADORES MADRID ESTATUTOS
CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN APAREJADORES MADRID ESTATUTOS Artículo 1 Con el nombre Centro de Mediación del COAATM (actualmente Centro de Mediación de la Construcción ) se constituye este órgano
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 El compromiso de la Universidad Carlos III de Madrid en la integración de las personas
Actividades INIA 2006
Actividades INIA 2006 ORGANIGRAMA DEL INIA Según Real Decreto RD 1951/2000, de 1 de diciembre ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL INIA La estructura y funcionamiento del INIA están recogidos en el RD 1951/2000
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. La responsabilidad
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Expte. DI-1084/2012-10. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.
Expte. DI-1084/2012-10 EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 12-06-2012 se presentó queja de
DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)
DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset/Fundación José Ortega y Gasset- Gregorio Marañón (IUIOG/FOGM)
DECRETO DE LA PRESIDENCIA POR EL QUE SE REGULA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO ASESOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
DECRETO DE LA PRESIDENCIA POR EL QUE SE REGULA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO ASESOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD BOME NÚM. 3948, VIERNES 14 DE ENERO DE 2003 El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
MANDATOS JURÍDICOS GENERALES
MANDATOS JURÍDICOS GENERALES MANDATOS EN MATERIA DE IGUALDAD Prohibir toda discriminación basada en el sexo de las personas, tanto directa como indirecta. Considerar nulos los actos y las cláusulas de
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno 18/03/2004 TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. NATURALEZA. El
Estatuto del Estudiante Universitario Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre
Estatuto del Estudiante Universitario Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre CAPÍTULO II. De los derechos y deberes de los estudiantes Sección 1ª. De los delitos relativos a la propiedad intelectual
En Valladolid, a de de 2013. REUNIDOS
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL DE CAMBIO DE ESTUDIOS
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Exposición de Motivos El Consejo de la Unión Europea, con fecha 4 de junio de 1998, recomendó
II CONGRESO INTERNACIONAL UNIVERSIDAD Y DISCAPACIDAD MADRID, 27 Y 28 DE NOVIEMBRE DEL 2014 LLAMADA A LA PARTICIPACIÓN
II CONGRESO INTERNACIONAL UNIVERSIDAD Y DISCAPACIDAD MADRID, 27 Y 28 DE NOVIEMBRE DEL 2014 LLAMADA A LA PARTICIPACIÓN El objetivo general del II Congreso Internacional sobre Universidad y Discapacidad
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
EL ESTATUTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO COMO MOTOR PARA IMPULSAR LOS SPPUS
EL ESTATUTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO COMO MOTOR PARA IMPULSAR LOS SPPUS Alfonso Fernández- Martos Abascal Universidad Carlos III de Madrid En esta época de recortes y de dificultades económicas en
Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL
Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 Resolución 430/12509/15 Cód. Informático: 2015018530. III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL PERSONAL MILITAR Plan de apoyo a la discapacidad
Guía de Centros de Prácticas de Trabajo Social en Instituciones Sociales
Guía de Centros de Prácticas de Trabajo Social en Instituciones Sociales NOMBRE DEL CENTRO: ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES RENALES DE LA PROVINCIA DE JAÉN. (ALCER-JAÉN) DIRECCIÓN: (Indicar
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE CULTURA
Núm. 55 Sábado 5 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 25253 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE CULTURA 4122 Orden CUL/451/2011, de 28 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto del Teatro de La Zarzuela,
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 251 Sábado 16 de octubre de 2010 Sec. I. Pág. 87628 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 15786 Real Decreto 1220/2010, de 1 de octubre, por el que se crea el Observatorio Universitario
Anexo 4.1 Acceso y Admisión de Estudiantes Sistemas de Información Previa
Anexo 4.1 Acceso y Admisión de Estudiantes Sistemas de Información Previa 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1.- Sistemas de información previa Difusión e información sobre la titulación Para el alumno
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH)
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) Los Estatutos de la Universidad de Alcalá definen como misión fundamental de esta institución la prestación
PROGRAMA 111Q FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
PROGRAMA 111Q FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 1. DESCRIPCIÓN El Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) es un Organismo Autónomo, dependiente del Ministerio de Justicia, adscrito a la
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD (Aprobado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 30 de mayo de 2011) PREÁMBULO Las necesidades de internacionalización
TUTORÍA Y ORIENTACIÓN AL ESTUDIANTE EN LA FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA. DOCENCIA Página 1 de 13. 1. OBJETO... Error! Marcador no definido.
EN LA FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA Versión: 02 Fecha: 08-02-2011 DOCENCIA Página 1 de 13 ÍNDICE 1. OBJETO... Error! Marcador no definido. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... Error! Marcador no definido. 3.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO. (Aprobado por Junta de Facultad en fecha 28 de noviembre de 2013)
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO (Aprobado por Junta de Facultad en fecha 28 de noviembre de 2013) En los titulos oficiales de Grado de la Facultad de Ciencias Económicas
Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán
Decreto 89/2011, de 5 abril. Aprueba los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán BO. Aragón 18 abril 2011, núm. 77/2011 [pág. 8577] El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 71.4 atribuye
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios
ANEXO I ORGANIGRAMAS, COMPETENCIAS Y FUNCIONES PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
ANEXO I ORGANIGRAMAS, S Y FUNCIONES PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DENOMINACION DEL PUESTO: JEFE DE SERVICIO INTERVALO II; GRUPO A S Y RESPONSABILIDADES RELACIONADA FUNCIÓN A EJECUTAR TAREAS ORIENTACIÓN
El CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO EN LOS EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO ÍNDICE: 1. Objeto del contrato. 2. Ámbito de
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
14367 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el
LEGILACIÓN SOBRE CONVIVENCIA
FUENTES LEGILACIÓN SOBRE CONVIVENCIA Dre. Salvador Peiró i Gregòri Universidad de Alicante Spagna LODE: Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación. LOGSE: Ley Orgánica de Ordenación General del
PRÁCTICAS DEL GRADO EN ENFERMERIA
PRÁCTICAS DEL GRADO EN ENFERMERIA Marco general de las prácticas: El Plan de Estudios contempla cursar 81 ECTS obligatorios de prácticas tuteladas, la equivalencia del crédito de prácticas se establece
1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA LEY 20/2015, de 29 de julio, de modificación de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos. El
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo
El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero
Guía de Órganos de Participación Ciudadana.
Guía de Órganos de Participación Ciudadana. Qué son los Órganos de Participación Ciudadana? Los Órganos de Participación son los diferentes cauces que los/as ciudadanos/as tenemos a nuestro alcance para
DISPOSICIONES GENERALES
34949 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 4 de diciembre de 2009 por la que se crean las categorías estatutarias de Enfermero Especialista de Salud Mental y Enfermero
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA DE CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA
(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006)
(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) REGLAMENTO GENERAL DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA DEL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES
GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER
GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER (Versión con recomendaciones para la mejora 01. 10/01/07) Este documento es propiedad de ANECA y su contenido es confidencial. No está permitida
MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO
Ref: 05/137660.9/16 Dirección General de Contratación, Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se regula el proceso de integración del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid en
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN
Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad Loyola Andalucía
Informe de Seguimiento Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas de la Universidad Loyola Andalucía 1. ÁMBITO NORMATIVO El artículo 27 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Ayuntamiento de Pelayos de la Presa Plaza del Ayuntaniento, 1 28696 Pelayos de la Presa (Madrid) Tlf: 918 645 005/918 645 409 Fax: 918 646 102 ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO
REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO
1 REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO Desde el año 1996, se viene desarrollando desde el Area de Políticas Sociales, actuaciones encaminadas a favorecer
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado
Programación didáctica
Página 1 de 11 Programación didáctica Modalidad Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales Asignatura Proyecto Integrado Curso 1º Año escolar 2013-2014 Libro de texto Sin texto Profesor(es) que imparte(n)
4.- Preinscripción en la Secretaría General de la ETS-IQS y posterior matriculación en los plazos establecidos para cada curso académico.
ACCESO A LOS ESTUDIOS Número de plazas ofrecidas: 15-20 Preinscripción, admisión y matriculación De acuerdo con el RD 39/1997, de 17 de enero y con el RD 1393/2007, de 29 de octubre, para acceder a las
TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR
TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR Artículo 65 Las titulaciones de la Universidad de Córdoba cuyos planes de estudios se hayan estructurado bajo las directrices generales dimanadas del RD 1497/87 de 28
ESCUELA DE SEGURIDAD DE NAVARRA
ESCUELA DE SEGURIDAD DE NAVARRA Funciones de la Escuela de Seguridad de Navarra Planificar, programar, organizar e impartir cursos de formación básica y, en su caso, de promoción, así como de mantenimiento,
CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013
CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2013 1. Objeto de la convocatoria FUNDACIÓN MAPFRE, de acuerdo con su objetivo de contribuir al desarrollo y
III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que
Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula
III Jornada sobre Empleo y Discapacidad Acciones para un empleo cualificado
Universidad Carlos III de Madrid III Jornada sobre Empleo y Discapacidad Acciones para un empleo cualificado La importancia de la sensibilización y difusión para mejorar la inserción y promoción laboral
DISPOSICIONES GENERALES
427 I DISPOSICIONES GENERALES Presidencia de la Junta Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se regulan las Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Administración de la Comunidad Autónoma
Jornada sobre accesibilidad
Jornada sobre accesibilidad La tecnología para todos. Marco Jurídico y Normativo de las Accesibilidad y las Nuevas Tecnologías. David Maeztu Lacalle. Abogado Marco Jurídico de la accesibilidad Introducción
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden ESD/ /2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. Para
C O N S I D E R A N D O
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD
reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas
ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO
La Comisión de Calidad del Master en Economía y Gestión de la Innovación tendrá como funciones:
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER INTERUNIVERSITARIO EN ECONOMIA Y GESTIÓN DE LA INNOVACIÓN Universidad Complutense de Madrid/Universidad Autónoma de Madrid/Universidad Politécnica de Madrid 9.1.
Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009
Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
VI. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 1. Los centros, en función de los niveles, etapas y modalidades de enseñanza que se impartan en ellos, así como del número de unidades o grupos de alumnos, podrán tener
Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016
La Universidad Europea del Atlántico posee, entre sus principios educativos, el propósito de proporcionar a su alumnado una formación que sea capaz de compaginar, sin desvirtuar, aquellos aspectos teóricos
BASES DEL PROGRAMA DE BECAS DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO CURSO ACADÉMICO 2016/2017
CURSO ACADÉMICO 2016/2017 Preámbulo La Universidad Europea del Atlántico desea unir su compromiso educativo al de aquellos deportistas acreditados de Alto Rendimiento que deseen emprender estudios universitarios