TEMA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

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1 TEMA 10 ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Desarrollo de los temas El Plan General de Contabilidad Español y la normalización contable. Principios. Estructura del P.G.C.E. Utilización de aplicaciones informáticas específicas: Prestaciones, funciones y procedimientos de uso. elaborado por EL EQUIPO DE PROFESORES DEL CENTRO DOCUMENTACIÓN

2 10.2 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS GUIÓN - ÍNDICE 1. EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD ESPAÑOL Y LA NORMALIZA- CIÓN CONTABLE 1.1. Organización y Planificación Contable 1.2. Normalización 1.3. Normalización Contable en España 2. PRINCIPIOS 2.1. Fundamentos Legislativos 2.2. Características del Plan 2.3. Principios contables 3. ESTRUCTURA DEL P.G.C.E Marco conceptual 3.2. Normas de Registro y Valoración 3.3. Cuentas Anuales 3.4. Definiciones y relaciones contables 3.5. Cuadro de Cuentas 4. UTILIZACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS ESPECÍFICAS: PRESTACIONES, FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE USO 4.1. Necesidad de informatizar la empresa 4.2. La Contabilidad por ordenador 4.3. Programa de Contabilidad

3 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE 10.3 BIBLIOGRAFÍA ALONSO PÉREZ, A. Casos prácticos del nuevo PGC. CEF. OMEÑACA GARCÍA, J. Guía practica de adaptación. Deusto, Ley 16/2007 de reforma y adaptación de la legislación mercantil. PGC y PGCPYMES Real Decreto 1.514/2007 y Real Decreto 1.515/2007. PRESENTACIÓN DEL TEMA Partiendo del tema anterior donde se estudió el método de partida doble y la teoría de cuentas, este tema trata sobre la necesidad de la normalización Contable. Además de crear información contable, es necesario que esta pueda ser interpretada por cualquiera que esté interesado en ella. Este proceso de normalización se concluye y se perfecciona con el Plan General de Contabilidad. En él se recogen los principios básicos y las normas de obligado cumplimiento para llevar a cabo la información normalizada. Este tema está muy relacionado con los temas de Derecho Mercantil (Temas 3 al 8).

4 10.4 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS 1. EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD ESPAÑOL Y LA NORMALIZACIÓN CONTABLE 1.1. PLANIFICACIÓN CONTABLE Un modelo o plan Contable ha de servir como medio capaz de suministrar información cuantitativa de la situación patrimonial de una sociedad, así como de las corrientes o flujos en términos monetarios y físicos que provoca o pueden provocar alteraciones en dicha situación patrimonial. Ha de procurarse que el plan satisfaga el equilibrio que supone la obtención de la máxima información con el mínimo coste y en el menor tiempo posible. El plan o modelo contable como sistema de información y control se presenta con una gran complejidad, debido a los múltiples hechos que debe completar y a la forma analítica y a la vez sintética en que dicha información ha de ser suministrada. La planificación exige una previsión que comprende todos los detalles que han de ser recogidos en el modelo, tales como denominación de las diferentes cuentas, formas de conexión entre las mismas, criterios que objetivicen el análisis precontable, normas de valoración etc. De no existir una previsión integral, sería necesario ir contribuyendo el modelo contable a medida que los hechos se van presentando, es decir, improvisando, lo que seguramente no conducirá a resultados positivos. En la Planificación contable ha de tenerse en cuenta. 1) Denominación de las diferentes cuentas: Se concreta esta situación en una lista de cuentas que van a servir como portadoras de los valores correspondientes a cada elemento patrimonial y a cada tipo de flujo de valores. La lista de cuentas es necesaria para utilizar una terminología sistemática y continúa, lo cual no explica que esta lista sea una relación exhaustiva de todas y cada una de las cuentas que serán utilizadas en el modelo contable, ya que la mas elemental condición de flexibilidad del plan exige que pueda aplicarse a infinidad de hechos con el detalle oportuno, según las necesidades circunstanciales. La lista de cuentas habrá de ser concebida en la forma más genérica y a la vez más clara. La forma más idónea de conseguir este objetivo consiste en una clasificación de las cuentas principales en grupos homogéneos. Por razones de análisis, dichas cuentas principales deberán ser susceptibles de desglose.

5 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE 10.5 La clasificación de lista de cuentas se suele efectuar mediante el sistema decimal. Al leer el número de una subcuenta se conoce a qué grupo y, finalmente, a que grupo, permitiéndose desgloses de enésimo grado, según las necesidades del análisis y siendo significativo a efectos de síntesis los valores de cada uno de los grupos. 2) Formas de conexión entre las cuentas: Se refiere a las normas de funcionamiento de cada una de las cuentas previstas y se concreta mediante la definición de los distintos motivos de cargo y abono de las mismas. Para que el modelo contable programado sea uniforme es imprescindible que cada cuenta tenga unas modalidades peculiares y constantes en cuanto a los movimientos que en la misma se hayan de registrar. Por razón de generalidad, la enumeración de las distintas motivaciones de cargo y abono en cada cuenta no puede ser exhaustiva, pues resulta prácticamente imposible la consideración de todas las posibilidades de movimiento de cada instrumento de registro. 3) Criterios que objetivicen el análisis precontable: Este punto es uno de los más difíciles dentro de la planificación contable, pues hace referencia, fundamentalmente, al problema de valoración. La decisión que se adopte repercutirá en la calidad de los datos que del modelo se obtengan. Estos criterios afectan tanto a la meditación del valor de los stocks o existencias, como de los distintos flujos de ingresos y gastos, debiendo tener, además, en consideración la necesidad de efectuar correcciones monetarias que no desvirtúen, por ilusión, las corrientes reales de valores. Se incluirá también en este apartado los criterios de discriminación de resultados a efectos de la regularización contable; normativa para conseguir la periodificación de ejercicio; criterios a seguir en la formación de los sucesivos estados de situación, así como la elección de criterios de control de gestión LA NORMALIZACIÓN CONTABLE La aparición de prestaciones de una información contable por todos los usuarios externos, cada uno por un lado, plantea serias dificultades a las empresas, ya que muchas veces se encuentran con normas diferentes para contabilizar un mismo hecho, o para presentar estados contables distintos.

6 10.6 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS Interesa una normalización contable a los partícipes directivos en los resultados de la explotación (propietarios, socios, grupo financiero al que pertenezca la empresa, etc.), también a las personas físicas o jurídicas que se relacionan con la productividad por razones profesionales o de crédito (asalariados, acreedores, etc.). La planificación contable pretende obtener el modelo de gestión óptimo para una empresa concreta, en tanto que la normalización contable persigue la confección de un Plan General de Contabilidad aplicable a todo tipo de unidades económicas, que sirva de modelo de gestión tanto para la empresa que lo utilice, como para los terceros relacionados con la misma. El modelo general que se confecciona con la normalización contable, se distinguen dos submodelos: a) Contabilidad General, externa o financiera, enfocado a las necesidades de información de terceros. b) Contabilidad Analítica de explotación, interna o de Costes, que deberá servir a las necesidades de gestión de las empresas. La conciliación de estos dos tipos de información que debe suministrar el modelo general normalizado distingue estos dos tipos de documentos: 1) Los documentos contables oportunos a las necesidades de información y control de terceros ajenos a la dirección de la empresa. Estos documentos son: el balance, la memoria, la cuenta de pérdidas y ganancias, etc., todos ellos elaborados con los datos de la Contabilidad General. 2) Los documentos contables que responden estrictamente a las necesidades de la dirección de la propia unidad económica. Esta documentación deberá reflejar el análisis de los costes y precios de coste, productividad, etc. La fuente de datos para la confección de tales documentos de control y gestión interna está en la Contabilidad Analítica de la Explotación. Los fines perseguidos por la normalización contable son tan amplios y variados, como importantes. El modelo general normalizado debe colaborar a: 1) Aumentar la eficacia de la Contabilidad como instrumento básico para la gestión en general, mediante:

7 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE 10.7 a) Lograr que los documentos contables sean el adecuado medio de información en las relaciones financieras entre las empresas y sus partícipes, acreedores y público en general. Hacer posible la comparación de tales documentos entre diferentes empresas y entre distintos modelos de vida de una misma empresa. b) Racionalizar y unificar los métodos contables de análisis y determinación de coste y resultados. Todo ello exige una homogeneización formal y sustantiva de los documentos contables y una mejora progresiva y continua de: Terminología y conceptos básicos. Criterios de clasificación de los hechos contables y de los métodos de registro. Criterios de valoración, etc. 2) Orientar la investigación hacia el empleo racional de la presentación contable en función de objetivos económicos y sociales claramente precisados. Esto implica hacer del modelo contable normalizado: a) Un adecuado instrumento, a escala nacional, de política económica, política financiera, fiscal y de investigación económica. b) Un instrumento base de la política de relación de la empresa con el sector laboral, ofreciendo datos para el mejor establecimiento de salarios y la equitativa distribución de la renta. c) Un medio idóneo para exigir la rendición de cuentas a los administradores, protegiendo los intereses económicos de los partícipes y acreedores y, en general, para defender el ahorro privado. La normalización contable también puede suponer para las empresas que dispongan de modelo de información particularmente adecuados, una servidumbre, en el sentido de verse obligadas a adaptar su plan contable particular al general normalizado. Una efectiva aplicación de la normalización contable exige: Que el plan general normalizado sea para las empresas un modelo analítico de gestión perfectamente racionalizado y lo más completo posible en su aspecto técnico.

8 10.8 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS La lógica unificación de criterios apuntada como objetivo no ha de traducirse en una uniformidad rígida, sino que dicho modelo ha de poseer la amplitud y flexibilidad necesaria para introducir en el mismo las variaciones y adaptaciones que las unidades económicas, las circunstancias y los avances teóricos y prácticos de la Contabilidad exijan LA NORMALIZACIÓN CONTABLE EN ESPAÑA La aparición de pretensiones de una información contable por todos los usuarios externos, plantea serias dificultades a las empresas, ya que muchas veces se encuentra con normas diferentes para contabilizar un mismo hecho, o para presentar estados contables distintos. Pensemos además, por si esto fuera poco, en la complicación que surge de una integración en áreas económicas más amplias, como ha ocurrido con la entrada de España en la Comunidad Económica Europea, donde también existen normas contables de cara a lograr una cierta armonización en las contabilidades de los diferentes países miembros. La normalización contable puede ser promovida y apoyada por organizaciones de expertos contables profesionales, como ocurre en los países anglosajones o puede que lo sea por organismos oficiales creados al efecto, como ocurre en España y en Francia. El Instituto de Planificación Contable español ha sido la entidad encargada de sacar adelante la normalización contable española, habiendo sido sustituido en esta tarea por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. El problema es que a veces esa normalización contable general no termina imponiéndose, y aparece entonces la normalización contable propiciada por algunos de los terceros interesados en la información contable de la empresa. Esto es lo que ha ocurrido en España. Algunos de los destinatarios de la información contable han visto protegido su interés por la normativa vigente. Así tenemos, por ejemplo, que: Los accionistas saben cuáles son sus derechos de información contable acudiendo a lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas vigente. La Administración Fiscal ha conseguido que sus pretensiones de información se reconozcan en diversas normas. De ellas, sobresale el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que tiene más de ciento cincuenta artículos de naturaleza eminentemente contable.

9 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE 10.9 Al lado de esta normalización, pensada para algunos de los destinatarios externos, en España se aprobó el Primer Plan General de Contabilidad, por Decreto de 22 de febrero de Con posterioridad han visto la luz algunas adaptaciones sectoriales para actividades específicas muy diversas, como son: Para las empresas del subsector eléctrico. Para las empresas concesionarias de autopistas de peaje. Para las empresas siderúrgicas o de aceros especiales. Para los casinos de juego. Para los clubes de fútbol. Este primer Plan General de Contabilidad plantea un problema desde la entrada de España en la Comunidad Económica Europea. Se trata de que no cumple la normativa comunitaria, que se concreta en una serie de disposiciones que obligan a los países miembros, y en particular la Cuarta Directriz. La Cuarta Directriz Comunitaria proclama que es necesario sean establecidas condiciones jurídicas equivalentes mínimas, en cuanto al alcance de las informaciones financieras que deben hacerse públicas por las sociedades concurrentes. De ahí el interés del nuevo Plan General de Contabilidad, elaborado por el ICAC. 2. PRINCIPIOS Este epígrafe se refiere a los principios en dos vertientes. Por un lado los principios inspiradores del Plan General de Contabilidad, y por otro los propios principios contables que el plan elige como directrices básicas necesarias para la normalización contable FUNDAMENTOS LEGISLATIVOS DEL NUEVO P.G.C. La incorporación de España a las Comunidades Europeas obligaba a la armonización de nuestras normas contables con la cuarta y la séptima Directivas. Esta armonización se ha llevado a efecto por la Ley 16/2007, la cual, en lo que se refiere al área contable, representa un verdadero estatuto de la información contable española y un paso muy avanzado en el proceso de internacionalización de la misma. En cuanto a dicha materia, esta Ley ha modificado sustancialmente el Código de Comercio y las Leyes de Sociedades Anónimas, de Sociedades de

10 10.10 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS Responsabilidad Limitada y de Sociedades Anónimas Laborales, así como la regulación existente en el primero de los textos citados respecto a las sociedades en comandita por acciones. Las directivas de la CEE Las Directivas de la Comunidad Económica Europea en materia de sociedades mercantiles pretenden que las informaciones financieras de las empresas cumplan unas condiciones mínimas equivalentes y, por lo tanto, vinculan a los Estados miembros obligándoles a adaptar sus legislaciones al contenido de dichas Directivas. Estas Directivas son: I Directiva (68/151/CEE), de 9 de marzo de 1968, que regula la publicidad, la validez de los compromisos de las sociedades y la nulidad de éstos. II Directiva (76/91/CEE), de 19 de diciembre de 1976, que regula la constitución, así como el mantenimiento y modificación del capital de las sociedades anónimas. III Directiva (78/855/CEE), de 9 de octubre de 1978, relativa a las fusiones. IV Directiva (78/660/CEE), de 25 de julio de 1978, relativa a las cuentas anuales. VI Directiva (82/891 /CEE), de 17 de diciembre de 1982, sobre la escisión de sociedades. VII Directiva (83/349/CEE), de 13 de junio de 1983, que regula las cuentas consolidadas. VIII Directiva (84/253/CEE), de 10 de abril de 1984, que regula la autorización de las personas encargadas del control legal de los documentos contables. Estas Directivas son las que han condicionado la amplia modificación de la legislación mercantil española efectuada en el año Especialmente, las Directivas IV y VII son las que más han incidido en la reforma del Derecho Contable español y en la elaboración del nuevo Plan General de Contabilidad, ya que en la IV Directiva, relativa a las cuentas anuales, se enuncian los «principios contables» dentro de un nuevo marco conceptual que constituye la guía o fundamento para los criterios de valoración y que han de respetarse en las informaciones económicas y financieras. Debemos añadir aquí la normativa referente a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) adoptadas por la UE, y que se han trasladado al nuevo Plan Contable de entrada en vigor el 1 de enero de 2008, y que es sobre el que hacemos el desarrollo del tema.

11 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE El Código de Comercio Este cuerpo legal fue reformado profundamente por la Ley 19/1989, de 25 de julio, sobre reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la CEE, y posteriormente, y es a la que vamos a hacer referencia, por la Ley 16/2007, de 4 de julio. Esta última reforma lo que hace es profundizar en la integración de las normas de Derecho Mercantil Contable, dentro del proceso de armonización de la UE. En cuanto al Código de Comercio la reforma del 2007 se centra en dos aspectos fundamentales: 1. Cuentas Anuales (del art. 34 al 41): incide no sólo en el uso de un nuevo orden y una nueva terminología, sino también en la introducción de dos nuevos estados, el de flujos de efectivo y el de cambios en el patrimonio neto. 2. Cuentas consolidadas (art. 42 a 49): cambios en la determinación de la obligación de consolidar. El texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada Se modifican estas leyes como consecuencia de la modificaciones introducidas en el Código de Comercio. Se establecen nuevos límites para la formulación de cuentas anuales normales o abreviadas. También aparecen tres categorías de empresas: Normales, Pymes y Microempresas. Cada una de ellas con sus particularidades en la elaboración de cuentas anuales y de los registros contables CARACTERÍSTICAS DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD Se inserta en la contabilidad europea, ajustando su contenido a las disposiciones de la cuarta Directiva y a las NIC y NIIF adaptadas por la UE. Es un texto netamente contable, cuyas cuentas anuales facilitarán información rigurosamente económica (no fiscal); ello quiere decir que esos estados anuales son el resultado de aplicar criterios financieros y económicos que pueden estar en contradicción con criterios fiscales.

12 10.12 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS Es abierto, pudiéndose introducir en él las modificaciones que procedan por la evolución del Derecho, el progreso contable, el desarrollo de los instrumentos financieros, la investigación científica, etc. La puesta al día del nuevo plan incumbe en particular al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Es flexible, no debiéndose entender como un reglamento rígido que ha de aplicarse en sentido literal, lo cual viene a redundar en la importancia de respetar los principios que lo informan y que se materializan en el marco conceptual en su conjunto. Esta flexibilidad queda plasmada en la no obligatoriedad de de cuentas y las relaciones contables contenidas en la parte cuarta y quinta del texto. Aparte de estas características enunciadas en la introducción del propio plan, podríamos añadir otras: Es actualizador, porque recoge la numerosa legislación aparecida con posterioridad a la publicación del anterior plan general. Es legalista, porque sus principios contables, sus modelos de cuentas anuales y sus normas de valoración están respaldados por la legislación mercantil en vigor. Es detallista, no sólo porque completa las numerosas lagunas que existían en el plan anterior, sino porque desglosa pormenorizadamente las operaciones relacionadas con empresas «del grupo» o «asociadas» de las que no tienen esos vínculos, lo cual posibilita una racional consolidación de balances, obligatoria cuando existen dichos vínculos intersocietarios PRINCIPIOS CONTABLES Las cuentas anuales de una empresa comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales. La aplicación sistemática y regular de los requisitos, principios y criterios contables deberá conducir a que las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. A tal efecto, en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica.

13 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE La información incluida en las cuentas anuales debe ser relevante y fiable. La información es relevante cuando es útil para la toma de decisiones económicas, es decir, cuando ayuda a evaluar sucesos pasados, presentes o futuros, o bien a confirmar o corregir evaluaciones realizadas anteriormente. En particular, para cumplir con este requisito, las cuentas anuales deben mostrar adecuadamente los riesgos a los que se enfrenta la empresa. La información es fiable cuando está libre de errores materiales y de sesgos y los usuarios pueden confiar en que es la imagen fiel de lo que pretende representar. Una cualidad derivada de la fiabilidad es la integridad, que se alcanza cuando la información financiera contiene, de forma completa, todos los datos que pueden influir en la toma de decisiones, sin ninguna omisión de información significativa. Adicionalmente, la información financiera debe cumplir con las cualidades de comparabilidad y claridad. La comparabilidad, que debe extenderse tanto a las cuentas anuales de una empresa en el tiempo como a las de diferentes empresas en el mismo momento y para el mismo período de tiempo, debe permitir contrastar la situación y rentabilidad de las empresas, e implica un tratamiento similar para las transacciones y demás sucesos económicos que se producen en circunstancias parecidas. Por su parte, la claridad implica que, sobre la base de un razonable conocimiento de las actividades económicas, la contabilidad y las finanzas empresariales, los usuarios de las cuentas anuales, mediante un examen diligente de la información suministrada, puedan formarse juicios que les faciliten la toma de decisiones. La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la valoración de los elementos de las cuentas anuales, se desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación: 1. Empresa en funcionamiento. Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación. 2. Devengo. La imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de los bienes y servicios que los mismos representen y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. 3. Uniformidad. Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares en tanto no se alteren los su-

14 10.14 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS puestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales. 4. Prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica ninguna información que pueda llevar a una interpretación que no sea adecuada de la realidad reflejada en las cifras de las cuentas anuales. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 bis del Código de Comercio, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida. 5. No compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales. 6. Importancia relativa. Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función. En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Actualmente los principios contables se hayan recogidos dentro de la primera parte del plan denominada Marco Conceptual, siendo una parte más de este.

15 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE ESTRUCTURA DEL P.G.C. Tenemos tres planes distintos: 1. Plan General de Contabilidad (en adelante PGC). 2. Plan General de Contabilidad para PYMES (en adelante PGCPY). 3. Plan General de Contabilidad de Microempresas (en adelante PGCMIC). Este último no es un Plan completo y separado de los otros, sino que se integra en el de PYMES, siendo una adaptación de este. Luego cuando hablemos de planes nos referiremos al General y al de PYMES. Este último se trata de una simplificación del primero, no considerando aquellas operaciones que por regla general una PYME no va a realizar Los nuevos planes son de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de El PGC se debe aplicar a todas aquellas empresas sea cual sea su forma (individual o societaria), salvo que sea PYME. Se aplicará a estas de manera subsidiaria para aquellas operaciones que no estén contempladas en el PGCPY (por ejemplo el fondo de comercio). El PGCPY se aplicará a las entidades no mercantiles (sea cual sea sus condiciones) y aquellas empresas que cumplan 2 de estos 3 requisitos durante dos ejercicios consecutivos y a las entidades no mercantiles: a) Activo menor o igual a 2,85 millones de euros. b) Cifra de negocios menor o igual que 5,7 millones de euros. c) 50 trabajadores como máximo. Se consideran Microempresas, y por lo tanto se les aplicará su plan especial correspondiente, cuando cumplan 2 de estos 3 requisitos durante dos ejercicios consecutivos: a) Activo menor o igual a 1 millón de euros. b) Cifra de negocios menor o igual a 2 millones de euros. c) 10 trabajadores como máximo. En el caso de empresas de nueva creación se tendrán en cuenta que cumplan inicialmente 2 de las 3 condiciones.

16 10.16 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS Una vez aplicado el Plan que corresponda se mantendrá durante al menos 3 ejercicios consecutivos (esto es para todas las empresas tanto de nueva creación como ya creadas). Ambos planes constan de cinco partes: 1. Marco Conceptual. 2. Normas de registro y valoración. 3. Cuentas Anuales. 4. Definiciones y relaciones contables. 5. Cuadro de cuentas MARCO CONCEPTUAL Esta parte del Plan establece los principios y criterios básicos de la Contabilidad española. Se desarrolla en seis apartados, de los cuales los tres primeros se han abordado en el epígrafe º Cuentas anuales. Imagen fiel. 2º Requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales. 3º Principios contables. 4º Elementos de las cuentas anuales: define las masas patrimoniales que se van a dar en las cuentas anuales: Activos: bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados, de los que se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el futuro. Pasivos: obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro. A estos efectos, se entienden incluidas las provisiones. Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de su constitución o en otros posteriores, por sus socios o propieta-

17 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE rios, que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten. Ingresos: incrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de entradas o aumentos en el valor de los activos, o de disminución de los pasivos, siempre que no tengan su origen en aportaciones, monetarias o no, de los socios o propietarios. Gastos: decrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento del valor de los pasivos, siempre que no tengan su origen en distribuciones, monetarias o no, a los socios o propietarios, en su condición de tales. 5º Criterios de registro contable de los elementos: El registro o reconocimiento contable es el proceso por el que se incorporan al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias o el estado de cambios en el patrimonio neto, los diferentes elementos de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro relativas a cada uno de ellos, incluidas en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad. El registro de los elementos procederá cuando, cumpliéndose la definición de los mismos incluida en el apartado anterior, se cumplan los criterios de probabilidad en la obtención de beneficios o rendimientos económicos y su valor pueda determinarse de forma fiable. En particular: Los activos deben reconocerse en el balance cuando sea probable la obtención a partir de los mismos de beneficios o rendimientos económicos para la empresa en el futuro, y siempre que se puedan valorar con fiabilidad. El reconocimiento contable de un activo implica también el reconocimiento simultáneo de un pasivo, la disminución de otro activo o el reconocimiento de un ingreso u otros incrementos en el patrimonio neto. Los pasivos deben reconocerse en el balance cuando sea probable que, a su vencimiento y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros, y siempre que se puedan valorar con fiabilidad. El reconocimiento contable de un pasivo implica el reconocimiento simultáneo de un activo, la disminución de otro pasivo o el reconocimiento de un gasto u otros decrementos en el patrimonio neto.

18 10.18 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS El reconocimiento de un ingreso tiene lugar como consecuencia de un incremento de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad. Por lo tanto, conlleva el reconocimiento simultáneo o el incremento de un activo, o la desaparición o disminución de un pasivo y, en ocasiones, el reconocimiento de un gasto. El reconocimiento de un gasto tiene lugar como consecuencia de una disminución de los recursos de la empresa, y siempre que su cuantía pueda valorarse o estimarse con fiabilidad. Por lo tanto, conlleva el reconocimiento simultáneo o el incremento de un pasivo, o la desaparición o disminución de un activo y, en ocasiones, el reconocimiento de un ingreso o de una partida de patrimonio neto. 6º Criterios de valoración: La valoración es el proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración relativas a cada uno de ellos, incluidas en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad. A tal efecto, señalamos los más importantes: 1. Coste histórico El coste histórico de un activo es su precio de adquisición o coste de producción. El precio de adquisición es el importe en efectivo y otras partidas equivalentes pagadas, o pendientes de pago, más, en su caso y cuando proceda, el valor razonable de las demás contraprestaciones comprometidas en el momento de la adquisición, debiendo estar todas ellas directamente relacionadas con ésta y ser necesarias para la puesta del activo en condiciones operativas. El coste de producción incluye el precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, el de los factores de producción directamente imputables al activo, y la fracción que razonablemente corresponda de los gastos de producción indirectamente relacionados con el activo, en la medida en que se refieran al período de producción, construcción o fabricación y se basen en el nivel de utilización de la capacidad normal de trabajo de los medios de producción. El coste histórico de un pasivo es el valor que corresponda a la contrapartida recibida a cambio de incurrir en la deuda.

19 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE Valor razonable Es el importe por el que puede ser adquirido un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una transacción en condiciones de independencia mutua. No tendrá en ningún caso el carácter de valor razonable el que sea resultado de una transacción forzada, urgente o como consecuencia de una situación de liquidación involuntaria. Con carácter general, el valor razonable se calculará con referencia a un valor de mercado fiable. En este sentido, el precio cotizado en un mercado activo será la mejor referencia del valor razonable. 3. Valor neto realizable El valor neto realizable de un activo es el importe que se puede obtener por su enajenación en el mercado, en el curso normal del negocio, deduciendo los costes estimados necesarios para llevarla a cabo, así como, en el caso de las materias primas y de los productos en curso, los costes estimados necesarios para terminar su producción, construcción o fabricación. 4. Valor en uso y actual El valor en uso de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado. Normalmente la cuantificación o la distribución de los flujos de efectivo está sometida a incertidumbre, debiéndose considerar ésta asignando probabilidades a las distintas estimaciones de flujos de efectivo. En cualquier caso, esas estimaciones deberán tener en cuenta cualquier otra asunción que los participantes en el mercado considerarían, tal como el grado de liquidez inherente al activo valorado. El valor actual es el importe de los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal del negocio, según se trate de un activo o de un pasivo, respectivamente, actualizados a un tipo de descuento adecuado. 5. Coste amortizado El coste amortizado de un instrumento financiero es el importe al que inicialmente fue valorado un activo financiero o un pasivo financiero, menos los reembolsos de

20 10.20 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS principal que se hubieran producido, más o menos, según proceda, la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento y, para el caso de los activos financieros, menos cualquier reducción de valor por deterioro que hubiera sido reconocida, ya sea directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor. 6. Valor contable en libros El valor contable o en libros es el importe neto por el que un activo o un pasivo se encuentra registrado en balance una vez deducida, en el caso de los activos, su amortización acumulada y cualquier corrección valorativa por deterioro acumulada que se haya registrado. 7. Valor residual El valor residual de un activo es el importe que la empresa estima que podría obtener en el momento actual por su venta u otra forma de disposición, una vez deducidos los costes estimados para realizar ésta, tomando en consideración que el activo hubiese alcanzado la antigüedad y demás condiciones que se espera que tenga al final de su vida útil. 7.º Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados Se considerarán principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en: a) El Código de Comercio y la restante legislación mercantil. b) El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales. c) Las normas de desarrollo que, en materia contable, establezca en su caso el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y d) la demás legislación española que sea específicamente aplicable NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN Partiendo de los principios recogidos en los seis apartados del marco conceptual, estas normas indican, como regla general lo siguiente:

21 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE Definición de los elementos a los que hace referencia la norma. No aparece siempre, pero en algunos casos (como en especial ocurre con los activos y pasivos financieros, pues se diferencian en varios grupos) es muy necesario. 2. Criterios de valoración inicial. Nos indica el criterio de valoración (de los que establece el Plan) que se debe adoptar en el momento del registro inicial del elemento patrimonial. 3. Criterios de Valoración Posterior. Es el criterio de valoración que se debe aplicar al elemento si el mismo ha sufrido algún cambio a lo largo de la vida contable del elemento. Los típicos cambios son las pérdidas de valor sufridas por el Inmovilizado por amortizaciones o pérdidas de valor en comparación con los precios de mercado (deterioros de valor). 4. Criterios para dar de baja un elemento. Hacen referencia normalmente a la manera de contabilizar las posibles pérdidas o ganancias con motivo de la baja. 5. Ciertos criterios específicos para operaciones especiales del elemento. En esta parte es donde radican la diferencias fundamentales entre el PGC y el PGCPY. El primero es mucho más amplio, ya que en el segundo se suprimen o simplifican normas relativas a diversos elementos (sobretodo de carácter financiero) que en una PYME no van a aparecer por regla general CUENTAS ANUALES En las normas para la elaboración de las cuentas anuales, se establecen reglas obligatorias para el cumplimiento de estos documentos en sus modelos normal o abreviado; reglas que son desarrollo y ampliación de las contenidas en el Código de Comercio y en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Las cuentas anuales comprenden: El balance. La cuenta de Pérdidas y Ganancias. El estado de cambios del Patrimonio Neto. El estado de flujos de efectivo. La Memoria.

22 10.22 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS Forman una unidad y deben ser formuladas por los empresarios o administradores para representar o mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, siendo por tanto el vehículo reglado y normalizado de la información contable cuyo destinatario es esa pluralidad heterogénea de usuarios ajenos a la gestión de la propia empresa, pero interesados por diversos motivos en la situación presente y futura de la misma (accionistas, acreedores, trabajadores, Administración Pública, etc.). El estado de flujos de efectivo no deberá realizarse si el resto pueden realizarse en su versión abreviada. Las cuentas anuales deberán ser formulada en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio. A estos efectos, las cuentas anuales expresarán la fecha en que se hubieren formulado y deberán ser firmadas por el empresario, por todos los socios limitadamente responsables por las deudas sociales, en caso de sociedad colectiva o comanditaria, o por todos los administradores, en caso de sociedad anónima o de responsabilidad limitada, si faltase la firma de alguno de ellos, se hará expresa indicación de la causa, en cada uno de los documentos en que falte. Los cinco estados deberán estar identificados. Indicándose la forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la empresa a que corresponden y el ejercicio al que se refieren. Las cuentas anuales se elaborarán expresando sus valores en euros; no obstante lo anterior, podrán expresarse los valores en miles o en millones cuando la magnitud de las cifras así lo aconseje; en este caso deberá indicarse esta circunstancia en las cuentas anuales. En todo caso deberá redactarse con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Las empresas podrán utilizar los modelos de cuentas anuales abreviados en los siguientes casos: a) Balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados: las sociedades en las que a la fecha de cierre del ejercicio concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes: Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros. A estos efectos, se entenderá por total activo el total que figura en el modelo del balance. Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.

23 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE Que el número medio de trabaja dores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50. b) Cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: las sociedades en las que a la fecha de cierre del ejercicio concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes: Que el total de las partidas del activo no supere los once millones cuatrocientos mil euros. A estos efectos, se entenderá por total activo el total que figura en el modelo del balance. Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los veintidós millones ochocientos mil euros. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250. Cuando una sociedad, en la fecha de cierre del ejercicio, pase a cumplir dos de las circunstancias antes indicadas o bien cese de cumplirlas, tal situación únicamente producirá efectos en cuanto a lo señalado en este apartado si se repite durante dos ejercicios consecutivos. Las empresas con otra forma societaria no mencionadas en la norma anterior, así como los empresarios individuales, estarán obligados a formular, como mínimo, las cuentas anuales abreviadas. Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, no podrán formular cuentas anuales abreviadas. Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas particulares, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo, se formularán teniendo en cuenta las siguientes reglas: 1. En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior. A estos efectos, cuando unas y otras no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura, bien por realizarse un cambio de criterio contable o subsanación de error, se deberá proceder a adaptar el ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio al que se refieren las cuentas anuales. 2. No figurarán las partidas a las que no corresponda importe alguno en el ejercicio ni en el precedente.

24 10.24 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS 3. No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria. 4. Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos normales y abreviados, siempre que su contenido no esté previsto en las existentes. 5. Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas que aparecen en los modelos, tanto en el normal como en el abreviado. 6. Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes en el balance y estado de cambios en el patrimonio neto, o letras en la cuenta de pérdidas y ganancias y estado de flujos de efectivo, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si se favorece la claridad. 7. Cuando proceda, cada partida contendrá una referencia cruzada a la información correspondiente dentro de la memoria. 8. Los créditos y deudas con empresas del grupo y asociadas, así como los ingresos y gastos derivados de ellos, cualquiera que sea su naturaleza, figurarán en las partidas correspondientes, con separación de las que no correspondan a empresas del grupo o asociadas, respectivamente. En cualquier caso, en las partidas relativas a empresas asociadas también se incluirán las relaciones con empresas multigrupo. 9. Las empresas que participen en uno o varios negocios conjuntos que no tengan personalidad jurídica (uniones temporales de empresas, comunidades de bienes, etc.) deberán presentar esta información, atendiendo a lo dispuesto en la norma de registro y valoración relativa a negocios conjuntos, integrando en cada partida de los modelos de los distintos estados financieros las cantidades correspondientes a los negocios conjuntos en los que participen, e informando sobre su desglose en la memoria. Vamos ahora a enumerar una serie de normas de elaboración específicas para cada uno de los cinco componentes de las cuentas anuales. Enumeraremos las más significativas. A. El Balance: El balance, que comprende, con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa, se formulará teniendo en cuenta que la clasificación entre partidas corrientes y no corrientes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

25 ADMÓN. DE EMPRESAS CEDE a) El activo corriente comprenderá: Los activos que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación. Con carácter general, el ciclo normal de explotación no excederá de un año. A estos efectos se entiende por ciclo normal de explotación, el periodo de tiempo que transcurre entre la adquisición de los activos que se incorporan al proceso productivo y la realización de los productos en forma de efectivo o equivalentes al efectivo. Cuando el ciclo normal de explotación de una empresa no resulte claramente identificable, se asumirá que es de un año. Aquellos activos, diferentes de los citados en el inciso anterior, cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio. En consecuencia, los activos financieros no corrientes se reclasificarán en corrientes en la parte que corresponda. Los activos financieros incluidos en la cartera de negociación. El efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Los demás elementos del activo se clasificarán como no corrientes. b) El pasivo corriente comprenderá: Las obligaciones que la empresa espera liquidar en el transcurso del ciclo normal de explotación señalado en la letra anterior. Las obligaciones cuyo vencimiento o extinción se espera que se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio; en particular, aquellas obligaciones para las cuales la empresa no disponga de un derecho incondicional a diferir su pago en dicho plazo. En consecuencia, los pasivos financieros no corrientes se reclasificarán en corrientes en la parte que corresponda. Los pasivos financieros incluidos en la cartera de negociación. Los demás elementos del pasivo se clasificarán como no corrientes.

26 10.26 CEDE ADMÓN. DE EMPRESAS B. Cuenta de Pérdidas y Ganancias: La cuenta de pérdidas y ganancias recoge el resultado del ejercicio, formado por los ingresos y los gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración. La cuenta de pérdidas y ganancias se formulará teniendo en cuenta que: Los ingresos y gastos se clasificarán de acuerdo con su naturaleza. El importe correspondiente a las ventas, prestaciones de servicios y otros ingresos de explotación se reflejará en la cuenta de pérdidas y ganancias por su importe neto de devoluciones y descuentos. Los resultados originados fuera de la actividad normal de la empresa, como por ejemplo las multas o sanciones, se incluirán en la partida Otros resultados, informando de ello detalladamente en la memoria. En la partida Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas del modelo normal de cuenta de pérdidas y ganancias, la empresa incluirá un importe único que comprenda: El resultado después de impuestos de las actividades interrumpidas; y El resultado después de impuestos reconocido por la valoración a valor razonable menos los costes de venta, o bien por la enajenación o disposición por otros medios de los activos o grupos enajenables de elementos que constituyan la actividad interrumpida. Una actividad interrumpida es todo componente que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o bien que ha sido clasificado como mantenido para la venta, y: a) Represente una línea de negocio o un área geográfica, que sea significativa y pueda considerarse separada del resto. b) Forme parte de un plan individual y coordinado para enajenar o disponer por otra vía de una línea de negocio o de un área geográfica de la explotación que sea significativa y pueda considerarse separada del resto; o c) Sea una empresa dependiente adquirida exclusivamente con la finalidad de venderla en el plazo de un año desde el momento de su adquisición.

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