E.S.E. HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS PAMPLONA
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- Ramona Marín Soriano
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1 Código: FGI v.00 Página 1 de 5 CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DEL REVISOR FISCAL PRINCIPAL Y SUPLENTE DE LA ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PAMPLONA SA16-CD048 La de la E.S.E. Hospital San Juan De Dios de Pamplona, debidamente autorizada por la Junta Directiva de la ESE HSJDP: CONVOCA A todas las personas naturales y jurídicas que estén interesadas en participar en el proceso de selección del Revisor Fiscal de la E.S.E. Hospital San Juan De Dios de Pamplona TERMINOS DE CONDICIONES PARA LA ELECCIÓN DEL REVISOR FISCAL PRINCIPAL Y SUPLENTE DE LA DE LA E.S.E. HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PAMPLONA 1. INFORMACION GENERAL La ESE Hospital San Juan de Dios Pamplona fue creada mediante la ordenanza #060 de 29 de diciembre de 1995, donde se transforman los establecimientos públicos hospitalarios del nivel departamental de Norte de Santander en Empresas Sociales del Estado, a partir de la citada ordenanza y en su artículo primero (1) es entendida como una categoría especial de entidades públicas descentralizadas del nivel departamental, dotadas de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscritas a la dirección Departamental de Salud e integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico provisto en los artículos 194 y 195 de la Ley 100 de 1993 y sus Decretos Reglamentarios y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen, reformen o sustituyan. Así mismo, la dirección de la empresa de acuerdo con la ley dispone que estará a cargo de la Junta Directiva y los s; que la Junta Directiva está compuesta conforme lo establece el artículo 7 del decreto 1876 de En hospital cuenta con servicios habilitados de Baja y mediana complejidad de Atención, encontrándonos facultados y obligados a contratar los servicios de Revisoría Fiscal, en consideración a la cuantía del presupuesto de la entidad. 2. JUSTIFICACION. La ESE Hospital San Juan de Dios Pamplona, requiere la contratación de los servicios de Revisoría Fiscal Principal y Suplente para el cumplimiento de las operaciones realizadas por la Entidad, con sujeción a las normas de Auditoría generalmente aceptadas y de conformidad con las Leyes aplicables a las Empresas Sociales del Estado, profiriendo el dictamen correspondiente y los respectivos análisis y recomendaciones, así como los análisis y evaluaciones de los mecanismos de control existentes, para que de esta forma el Hospital cumpla con los requerimientos legales y de gestión administrativa; la revisión de declaraciones tributarias y en general de las operaciones que demanda el normal funcionamiento de la Empresa Social del Estado.
2 Código: FGI v.00 Página 2 de 5 Lo anterior de conformidad a la normatividad aplicable del derecho privado, el artículo 7º, ordinal tercero de la Ley 43 de 1990 y los artículos 207, 208 y 209 de nuestro Código de Comercio, Ley 100 de 1993, Decreto 1259 de 1994, Decreto 1876 de 1994,Circular Externa No. 078 de 1998, Circular Conjunta No de 2001,Superintendencia Nacional de Salud No. 036 Junta Central de Contadores; concordantes con la Circular Externa No. 034 de 2006 de la Superintendencia Nacional de Salud, CIRCULAR UNICA de , Circular Conjunta 122 SNS No. 036 JCC y las Circulares 047 de 2007 y 049 de 2008 concordadas y consolidada a Diciembre del año 2010, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, PARA SUS ENTES VIGILADOS, Articulo 18 del Acuerdo 001 de 1996 emanado de la Junta Directiva de la ESE HSJDP, EL ARTICULO 135 DEL DECRETO LEY 0019 DE 2012, ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN, y demás normas concordantes y reglamentarias. Es de anotar que la presente convocatoria, se hace teniendo en cuenta que la revisora fiscal principal y suplente del nosocomio presentaron renuncia. Los términos de condiciones para la selección del Revisor Fiscal Principal y Suplente se publicaran en la página web: en estricto acatamiento al principio de transparencia, procediéndose a realizar proceso de contratación, utilizando como mecanismo de selección del Contratista, la contratación directa, convocando de manera pública a los posibles oferentes interesados para que presenten sus hojas de vida y propuestas. 3. OBJETO LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PAMPLONA, en cumplimiento de la normatividad vigente adelantará el PROCESO DE SELECCIÓN de la figura de REVISOR FISCAL, tanto PRINCIPAL como SUPLENTE, y de CONTRATACION DIRECTA de sus servicios mediante la modalidad de CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS. En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 22 del Decreto 1876 de 1994, concordado con numeral 18 del Artículo 19 del Acuerdo 01 del 18 de noviembre de 1996, de los Estatutos de la ESE HSJDP, el revisor Fiscal será seleccionado y designado por La Junta Directiva de EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PAMPLONA. 4. RECOMENDACIONES INICIALES EL proponente antes de diligenciar y presentar la información requerida deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones: Leer y examinar cuidadosamente los aspectos contenidos en la presente convocatoria y sus adendas si llegan a proferirse, cuyas estipulaciones constituyen las reglas del proceso de Selección. La propuesta con sus respectivos anexos, deben ser presentados en orden para facilitar su estudio y análisis, debidamente foliados. La presentación de la propuesta, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos, anexos y demás documentos, de igual manera que recibir las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes ó dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el presente documento es suficiente, compatible y adecuado para identificar el servicio a contratar, que está enterado a satisfacción del alcance del objeto y que ha tenido en cuenta Io anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrara. Toda comunicación enviada por el oferente deberá ser dirigida a la Gerencia de la ESE Hospital San Juan de Dios Pamplona ubicada en la carrera 9 No Barrio Ursúa. Los proponentes con la sola presentación de su propuesta autoriza a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren. Queda entendido que con la presentación de la propuesta, los proponentes se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente documento, así mismo a lo estipulado en la normatividad interna de la Entidad y demás leyes que le apliquen. 5. PRESUPUESTO.
3 Código: FGI v.00 Página 3 de 5 Dentro del presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal del año 2016, se tiene contemplado el rubro HONORARIOS el cual respalda la presente convocatoria. 6. FORMA DE PAGO EI Hospital pagará el valor del presente contrato por mensualidades vencidas, por concepto de honorarios, previa presentación de la cuenta de cobro, el cual se hará con cargo al rubro HONORARIOS. Los honorarios serán definidos por la Junta Directiva el día de la elección. Los honorarios de la vigencia 2016 es $ ,oo. 7. PERIODO DEL REVISOR FISCAL El revisor fiscal será contratado para un periodo de un año contado a partir de la posesión y suscripción del contrato de prestación de servicios, el cual podrá ser prorrogable a decisión de la junta directiva de la entidad. 8. LUGAR DE LA PRESTACION DEL SERVICIO: Los servicios de revisoría fiscal deberán prestarse en el municipio de Pamplona, en la ESE Hospital San Juan de Dios de Pamplona. 9. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: El inicio de la presente convocatoria para la entrega de propuestas y hojas de vida será del 29 de marzo de 2016 y el cierre de la misma se realizara el día 01 de abril de 2016 hasta las 10:00 a.m., en la secretaria de gerencia de la ESE Hospital San Juan de Dios de Pamplona. Las propuestas y hojas de vida se recibirán en original, debidamente foliadas, legajadas cada una de ellas y en sobre sellado. Para el cierre de la presente convocatoria, la gerente de la ESE Hospital San Juan de Dios de Pamplona junto a la secretaria de gerencia, levantarán un acta en la que se indicarán los nombres de los proponentes, el número de folios de las propuestas, los retiros de propuestas recibidas si las hubiese y las observaciones que se presentaron. 10. CONDICIONES ESPECÍFICAS PERFIL DE LOS CONTRATISTAS En la presente convocatoria podrán participar personas naturales, contadores legalmente inscritos (as) ante la Junta Central de Contadores que carezcan de antecedentes disciplinarios o no estén reportados en el boletín de Responsables Fiscales, para cuyo fin se adjuntara certificado de carencia absoluta sobre esta materia expedida por las entidades de control competentes. No podrá ser candidato a Revisor Fiscal quién: 1. Esté vinculado como miembro de la Junta Directiva de la ESE Hospital San Juan de Dios de Pamplona, o que tenga vínculo con el o con quienes cumplan funciones de Tesorero y Contador, por matrimonio, parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. 2. Esté vinculado a la ESE Hospital San Juan de Dios de Pamplona, en cualquier otro cargo. 3. No sea Contador Público. 4. Haya sido condenado a pena privativa de la libertad por cualquier delito excepto los políticos o culposos. 5. Haya sido sancionado por faltas graves en el ejercicio de la profesión REQUISITOS GENERALES QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROPONENTES
4 Código: FGI v.00 Página 4 de 5 Los documentos que se deben presentar el revisor fiscal y el suplente, son los siguientes: 1. Carta de presentación de la propuesta. 2. Formato único de hoja de Vida conforme a la Ley 190 de 1995, con sus respectivos soportes académicos y experiencia relacionada. 3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía completa 4. Fotocopia de la libreta militar para hombres menores de 50 años. 5. Certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Procuraduría General de la Nación. 6. Certificado de antecedentes fiscales, expedido por la Contraloría General de la República. 7. Certificado de antecedentes Judiciales, expedido por la Contraloría General de la República. 8. Título profesional en CONTADURIA PÚBLICA 9. Título profesional especializado en Revisoría Fiscal. 10. Copia de la Tarjeta profesional de Contador Público. 11. Copia del registro de vigencia de la inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores. (vigentes) 12. Experiencia como Revisor Fiscal mínima de tres (03) años. 13. Documentos que acrediten la formación académica y la experiencia Laboral. 14. Declaración de no hallarse incurso en inhabilidades e incompatibilidades o conflicto de intereses. 15. Formato de Declaración de bienes establecido por la función pública. 16. Copia del Registro Único Tributario. 17. Certificado de afiliación al sistema de seguridad social (salud y pensión). NOTA 1: La presentación de títulos universitarios y/o Especialización en revisoría fiscal y otros, deberá anexar copia del acta de grado correspondiente. NOTA 2: Los documentos requeridos en los presentes términos de condiciones, deberán ser presentados tanto por el revisor fiscal principal como por el suplente. 11. OBLIGACIONES DE LA REVISORIA FISCAL La REVISORIA FISCAL tendrá siempre presente las disposiciones legales que enmarcan su trabajo, en especial, cumplirá las funciones previstas en los arts. 207, 208 y 209 del Código de Comercio y la Ley 43 de 1990, de modo tal que se logren los objetivos de este órgano de control. También deberá observar los pronunciamientos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública en lo concerniente al ejercicio de la Revisoría Fiscal, al igual que las Resoluciones y Circulares proferidas por la Superintendencia Nacional de Salud, e igualmente observará los pronunciamientos y normas de ética profesional que emita la Junta Central de Contadores. También cumplirá las funciones que le asigne la Junta Directiva, siempre y cuando, éstas tengan relación con el cargo y no sean incompatibles con las previstas en el Código de Comercio, la Ley 43 de 1990 y demás normas que las modifiquen o adicionen. El CONTRATISTA se obliga para con el HOSPITAL a cumplir con el objeto del contrato, por el tiempo convenido, prestando los servicios de manera idónea, eficiente y oportuna, desarrollando las siguientes actividades: A). ACTIVIDADES ESPECIFICAS: 1) Cerciorarse que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la entidad objeto de su fiscalización, se ajusten a las prescripciones legales y estatutarias y a las decisiones de la junta directiva, o quien haga sus veces e igualmente que las mismas se hayan desarrollado con eficiencia en pro de los objetivos sociales. 2) Dar oportuna cuenta por escrito, a la junta directiva o quien haga sus veces y, al gerente según los casos, de las irregularidades que se presenten en el funcionamiento de la entidad. 3).Velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la entidad y porque en la misma se reflejen verazmente la totalidad de las operaciones sociales e igualmente porque se lleven y conserven debidamente la correspondencia y los libros de actas y registros de los asociados o afiliados. 4) Velar porque al final de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año, se preparen, presenten
5 Código: FGI v.00 Página 5 de 5 y difundan oportunamente, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas legales, los estados financieros de propósito general junto con sus notas, debidamente certificados y, porque los mismos hayan sido tomados fielmente de los libros oficiales del ente, verificando que se encuentren sustentados en comprobantes, soportes y documentos reales y fidedignos. 5) Inspeccionar asiduamente los bienes de la entidad y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro título. 6) Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente de los valores sociales. 7) Emitir el dictamen respectivo, sobre los estados financieros de propósito general, así como aquellos estados financieros regulados por la Contaduría General de la Nación y demás organismos competentes preparados, presentados, y certificados por el representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se prepararon, incluyendo la concordancia sobre el informe de gestión presentado por los administradores. Los revisores fiscales no deberán suscribir y emitir dictámenes sobre estados financieros que no se encuentren sustentados en los libros oficiales de contabilidad o que no se hallen previamente certificados por la administración. 8) Velar porque los administradores con funciones de responsabilidad y manejo, constituyan fianzas que garanticen adecuadamente el cumplimiento de sus funciones y el correcto manejo de los bienes, fondos y valores que le sean encomendados durante el ejercicio del cargo. 9) Velar porque la administración garantice la adecuada atención de los usuarios, así como el manejo técnico de su información en bases de datos actualizadas, de acuerdo con sanos principios de administración y conforme con las disposiciones que rigen el sistema de seguridad social en salud.10) Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas tributarias y aquellas de contenido parafiscal.11) Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas que rigen el sistema general de seguridad social en salud 12) Cumplir las demás atribuciones que les señalen las leyes o los estatutos y las que siendo compatibles con los anteriores le encomiende la Junta Directiva de la ESE HSJDP. 13) En general ejercer una fiscalización oportuna, integral y permanente, sobre los actos de los administradores, las operaciones sociales, los bienes, los derechos, los libros, los comprobantes, la correspondencia y demás documentos inherentes, con el fin de garantizar el manejo oportuno, eficiente, eficaz y transparente de los recursos financieros del sector salud y lograr así la adecuada prestación del servicio esencial de la salud a la población residente en el territorio colombiano. 14) Certificar mensualmente al HOSPITAL el pago de los aportes al sistema de seguridad social y Riesgos Laborales, de conformidad con lo establecido en la ley. B). ACTIVIDADES GENERALES: 1) EL CONTRATISTA se obliga a mantener contacto con EL HOSPITAL para evaluar la calidad del servicio. 2) Cumplir a cabalidad todas las obligaciones generadas del presente contrato 3) El contratista se obligan al cuidado, protección y vigilancia de los equipos u objetos de propiedad del HOSPITAL que utilicen en la ejecución del objeto contractual; así mismo, responderá cuando por culpa suya, determinada previo agotamiento del debido proceso, si se presente pérdida o daño de los objetos o equipos que tengan a cargo o a los que tenga acceso; en este caso el contratista responderá con el reconocimiento de los perjuicios ocasionados. 4) El CONTRATISTA se obliga a presentar la relación de actividades diarias realizadas (Bitácora de actividades). De ello deberá rendir informe el cual será soporte para el pago de la factura correspondiente. 5) La realización de las actividades requiere la presencia del profesional, dentro del HOSPITAL, en el sitio de trabajo. Pamplona, 29 de marzo de Proyecto: Oneyda Botello Gómez MARTHA LUCIA BURBANO RODRIGUEZ
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