PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 1. PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Área de Medio Natural Octubre 2008

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1 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 1 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Área de Medio Natural Octubre 2008

2 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 2 Destinatario Dirección del Parque Natural de Armañón Diputación Foral de Bizkaia Documento PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Referencia Fecha Edición Octubre 2008 Autor Área de Medio Natural Revisión

3 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 3 1ª PARTE. SÍNTESIS DE GESTIÓN INTRODUCCIÓN DISPOSICIONES GENERALES NATURALEZA RÉGIMEN DE INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA CONTENIDO VIGENCIA Y CONDICIONANTES DE REVISIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN ENTIDADES PARA LA GESTIÓN SÍNTESIS DEL DIAGNÓSTICO DIRECTRICES DE GESTIÓN Y MEDIDAS DE ACTUACIÓN PROTECCIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Directrices generales Directrices, Regulaciones y Actuaciones para los elementos Clave Medidas para hábitats Medidas para fauna Medidas para flora Otras medidas de conservación de la Biodiversidad PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL PROTECCIÓN DEL PAISAJE ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y DE INVESTIGACIÓN USO PÚBLICO Planteamiento general Infraestructuras de uso público Centro de acogida del parque Áreas recreativas Red de sendas del parque Señalización Actividades de promoción, información y divulgación Actividades de interpretación y educación ambiental Actividades recreativas, deportivas y de ocio Recolección de productos y elementos silvestres Observación de flora y fauna silvestre Acampada Escalada Espeleología Otras actividades deportivas... 46

4 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Alojamiento Servicios generales DESARROLLO LOCAL PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA ACTIVIDAD FORESTAL ACTIVIDAD AGROGANADERA ACTIVIDAD CINEGÉTICA Y PISCÍCOLA EDIFICACIONES INFRAESTRUCTURAS ESTRATEGIA DE GESTIÓN PLANTEAMIENTO GENERAL PROGRAMAS CONCRETOS DE PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN DE RECURSOS Y DESARROLLO Plan de Seguimiento del Parque Natural Plan de Uso Público Programa de Desarrollo Socioeconómico Programa de Interpretación y Educación Ambiental Plan de Red de sendas Plan Técnico de Caza ª PARTE. DOSIER TÉCNICO DE DIAGNÓSTICO DEL ESPACIO FIGURAS DE PROTECCIÓN E INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN VIGENTES DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO INFORMACIÓN GENERAL ZONIFICACIÓN ECOLOGÍA Y BIOLOGÍA Vegetación y tipos de hábitats Vegetación potencial y actual Hábitats de interés del Parque Natural Flora Fauna PATRIMONIO CULTURAL CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS FACTORES INTEGRADORES Paisaje Procesos ecológicos clave Conectividad ecológica EVALUACIÓN Y OBJETIVOS HÁBITATS Y ESPECIES OBJETO DE CONSERVACIÓN Determinación de elementos clave

5 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador FACTORES LIMITANTES Y MODIFICADORES Presiones sobre el medio Limitaciones de gestión DEFINICIÓN DE OBJETIVOS Objetivos generales Objetivos de conservación de la biodiversidad Objetivos de desarrollo rural Objetivos de educación, divulgación e investigación Objetivos específicos ANEXOS SISTEMA DE COMPENSACIONES POR LIMITACIONES DE USOS Y DE AYUDAS AL DESARROLLO RURAL Antecedentes Objetivo general Objetivos específicos Ámbito de aplicación: Tipología Pagos y ayudas derivados de la declaración del Parque Natural Ayudas al desarrollo rural CARTOGRAFIA

6 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 6 TABLAS TABLA 1 SUPERFICIES FORESTALES TABLA 2 SUPERFICIES DE MONTES ARBOLADOS (HA) TABLA 3 SUPERFICIES DE CORTAS FINALES PREVISTAS (HA) TABLA 4 HÁBITATS DE INTERÉS EN EL PARQUE NATURAL TABLA 5 FLORA AMENAZADA DEL PARQUE NATURAL TABLA 6 CATÁLOGO DE FAUNA DE VERTEBRADOS DEL PARQUE NATURAL TABLA 7 EVALUACIÓN DE LAS ESPECIES DE FAUNA DE INTERÉS PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN EL PARQUE NATURAL..92 TABLA 8 INVENTARIO DE ELEMENTOS ARQUEOLÓGICOS Y DE PATRIMONIO DEL PARQUE NATURAL Y SU ZONA PERIFÉRICA TABLA 9 ELEMENTOS CLAVE Y ESTADO DE CONSERVACIÓN TABLA 10 DEFINICIÓN DE OBJETIVOS ESPECÍFICOS PARA LOS ELEMENTOS CLAVE DE CONSERVACIÓN PARA EL PARQUE NATURAL

7 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 7 1ª PARTE. SÍNTESIS DE GESTIÓN

8 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 8 1. Introducción El Gobierno Vasco, a instancias del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón en el Decreto 175/2006, de 19 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el día 29 de noviembre de 2006, constituyendo el instrumento de planificación y ordenación de los recursos naturales del área de Armañón. Paralelamente, el Gobierno Vasco, a instancias del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, declaró el Parque Natural de Armañón en el Decreto 176/2006 en fecha 19 de septiembre de Esta declaración se produjo dentro del marco de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de conservación de la naturaleza del País Vasco. El Parque Natural de Armañón ha sido incluido en la lista Lugares de Importancia Comunitaria (ES ) de la región biogeográfica atlántica de la red europea Natura 2000, por lo que ha de ser designado como Zona Especial de Conservación (ZEC) y deben adoptarse las medidas de conservación necesarias que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del Anexo I y de las especies del Anexo II de la Directiva Hábitats 92/43//CE presentes en el Parque. Estas medidas podrían integrarse en lo que la Directiva denomina adecuados planes de gestión. A nivel europeo se está trabajando en el diseño de este tipo de planes de gestión. Entre las diferentes propuestas realizadas destaca la del modelo Eurosite, promovida por Europarc. Este modelo propone una metodología similar, pero flexible, para la elaboración de planes de gestión en espacios naturales protegidos, independientemente del tipo de espacio o instrumento de gestión que disponga. Considerándose que es una propuesta adecuada, el presente PRUG intentará asumir estos criterios, adaptándolos a los requerimientos de un PRUG y a las necesidades de gestión concreta del Parque Natural, para lo que se desarrollan dos partes en el documento: Primera Parte: Síntesis de gestión, en la que se incluyen las disposiciones generales, directrices, regulaciones y actuaciones además de una estrategia de gestión. Segunda Parte: corresponde al dossier técnico del espacio de cuyo análisis se ha concluido la primera parte, además de incluir los anexos y la cartografía. Sin duda, el punto más novedoso es el apartado de evaluación y objetivos donde se establecen los objetivos ideales de conservación. Aunque dicha evaluación ha sido realizada en el marco del PORN que permitió la declaración del Parque Natural, en el presente documento se reinterpretan dichos objetivos, definiéndolos con la precisión requerida en un instrumento de gestión como es el PRUG.

9 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 9 2. Disposiciones generales 2.1. Naturaleza El Plan Rector de Uso y Gestión se aprueba de conformidad con lo previsto en la Ley 16/94, de 30 de Junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco y en el Decreto 176/2006, por el que se declara el Parque Natural de Armañón. Contiene cuantas determinaciones se prevén necesarias de acuerdo con las finalidades que motivaron la declaración del espacio. Así mismo, este documento se considera un instrumento adecuado de gestión del Lugar de Importancia Comunitaria ES Armañón, desde el punto de vista de las directrices de la Directiva Hábitats 43/92/CEE Régimen de intervención administrativa La actividad administrativa ligada a las actuaciones sectoriales se hará a través de los Departamentos competenciales de la Diputación Foral de Bizkaia, que constituye el Órgano Gestor del Parque. Otras directrices o actuaciones que competencialmente no corresponden a dicho departamento, principalmente iniciativas privadas y municipales, son incluidas en este PRUG para favorecer la consecución de los objetivos del Parque Natural. En estos casos, su inclusión en el PRUG no presupone que el Órgano Gestor del Parque haya de prestar su apoyo técnico o económico Contenido El presente Plan Rector de Uso y Gestión desarrolla y pone en práctica las disposiciones del Plan de Ordenación, a través de tres tipos de medidas: Directrices: disposiciones que indican las orientaciones a seguir en la gestión de las distintas zonas, recursos, usos y actividades a lo largo de la vigencia del presente Plan Rector de Uso y Gestión. En general estos criterios están dirigidos a orientar las actuaciones del Órgano Gestor del Parque. Regulaciones: disposiciones cuyo fin es desarrollar las normas del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, a lo largo de la vigencia del presente Plan Rector de Uso y Gestión. En general están destinadas a los distintos usuarios del Parque. Actuaciones: medidas concretas a desarrollar o analizar a lo largo de la vigencia del presente Plan Rector de Uso y Gestión. Con el fin de programar la puesta en práctica de las actuaciones propuestas, se valora su prioridad. Para ello se sigue la siguiente clasificación: URGENTES: actuaciones a llevar a cabo a corto plazo y, por tanto, prioritarias.

10 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 10 NECESARIAS: actuaciones a realizar en un plazo más amplio o de manera periódica, con el fin de solucionar aspectos problemáticos de la gestión del Parque. CONVENIENTES: actuaciones aconsejadas y complementarias de las anteriores, aunque su cumplimiento no tiene por qué ser realizado a lo largo del periodo de vigencia del Plan Rector de Uso y Gestión. CONDICIONADAS: actuaciones que, se estima, no son necesarias a corto plazo, aunque su cumplimiento debe estar previsto cuando aparezca en el tiempo la causa que motive su realización Vigencia y condicionantes de revisión El presente Plan Rector de Uso y Gestión tendrá una vigencia máxima de cinco años, pudiendo ser revisado antes de esa fecha si los criterios básicos que han guiado la redacción de este plan variaran o si las normas y/o actuaciones propuestas no alcanzaran los objetivos planteados Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación del presente Plan Rector de Uso y Gestión es el Parque Natural de Armañón (2.972 ha.), recogido en el apartado 1.2. del Decreto 175/2006, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Armañón. Las Zonas Periféricas de Protección (547 ha.) estarán supeditadas a las directrices, regulaciones y actuaciones que con carácter general se establecen en el PORN y el PRUG. Por otro lado este documento servirá de referencia en la adopción de las medidas de conservación a las que se refiere el artículo 6 de la Directiva 43/92/CEE.

11 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Entidades para la gestión. La Gestión del Parque Natural de Armañón corresponderá al Departamento de Agricultura del Territorio Histórico de Bizkaia. Se nombrará un/a Director/a Conservador/a del Parque, que tendrá como funciones las establecidas en el artículo 34 de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco y aquéllas que expresamente se le encomienden. El órgano de control y consulta para la gestión del Parque es el Patronato que, de conformidad con lo previsto en el Capítulo VIII del Título III del la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, se constituirá como órgano asesor y de colaboración del Parque Natural. Este Patronato funcionará en pleno y en Comisión Permanente. La aplicación y desarrollo in situ de las directrices, programas, actuaciones y regulaciones que definen el PORN y el presente PRUG se abordará a través de la figura del Director-Conservador. Las atribuciones de esta figura en la aplicación del presente PRUG serán los siguientes compromisos de trabajo: - Participar activamente en la aplicación de la Estrategia de Gestión definida en el presente PRUG mediante el desarrollo de los diferentes planes y programas que la componen. - Velar por la conservación de los valores naturales y culturales del Parque mediante la aplicación de la normativa derivada del PORN y del presente PRUG - Proponer directrices de desarrollo socioeconómico y participar en la implementación de políticas activas de desarrollo rural que mejoren la calidad de vida de la población del Área de Influencia Socioeconómica del Parque Natural en colaboración con otras instituciones territoriales y sectoriales (Entidades locales, Asociación de Turismo Enkartur, Asociación de Desarrollo Rural de Encartaciones, etc.). - Promover certificaciones de calidad en el Parque Natural (ISO 9000, Q de Calidad Turística en Parques Naturales, Carta Europea de Desarrollo Sostenible, Sistema de certificación cinegética, etc.).

12 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Síntesis del diagnóstico El Parque Natural de Armañón, situado en el extremo occidental de Bizkaia en su límite con Cantabria, ocupa parte de dos municipios dentro de la comarca de las Encartaciones: Carranza y Trucíos. Este espacio comprende una serie de elevaciones montañosas, que alcanzan los 850 m de altitud, entre los desfiladeros de los ríos Carranza y Agüera. Se inician al oeste con Peñas de Ranero, macizo calizo que constituye la referencia paisajística más importante del valle de Carranza, y continúan hacia el este con unos montes de perfiles más redondeados, culminando en el gran lapiaz de Los Jorrios, cubierto en su falda por un denso encinar. Al noroeste del Parque se encuentra cabecera del río Remendón que da nombre a un bosque de elevado interés natural y se extiende en torno a la Peña del Cuadro. Las laderas al sur del parque natural conforman un paisaje en mosaico rico en pastizales, prados, setos y plantaciones forestales. Ranero es el único núcleo rural del Parque, localizado dentro de su Zona Periférica. Según la composición de los sustratos se distinguen dos zonas. Los dos extremos, el occidental y el oriental, (Peñas de Ranero y Los Jorrios), están constituidos por calizas arrecifales y dolomías en avanzado estado de karstificación siendo muy numerosas las simas y cuevas (más de 200 catalogadas). Entre ellas se encuentran dos cavidades de importancia internacional: la torca del Carlista, una de las cavidades de mayor volumen conocidas a nivel mundial, con su gran sala de 500 m de longitud y 125 de altura, y la cueva de Pozalagua, única por sus singulares estalactitas excéntricas. Los suelos básicos que se desarrollan sobre estas rocas no consiguen adquirir espesores importantes y el sustrato aflora continuamente. La zona central del espacio, la alineación montañosa Surbias-La Galupa-Las Cárceles-Cueto Cabaña Vieja-Armañón-Ilso del Oro-Picosa, está formada por areniscas; por ello, su relieve es más suave, aunque con pronunciadas pendientes, y el desarrollo de los suelos arenosos es mayor que en las calizas. El Parque Natural está sometido a una intensa y secular presión pastoril, por lo que los antiguos bosques han dado paso mayoritariamente a formaciones vegetales sustitutivas, arbustivas y herbáceas. La acción combinada del fuego y del pastoreo a lo largo de muchos siglos ha pretendido la extensión de los pastos pero, dada la pobreza de los suelos silíceos y el escaso desarrollo de los calizos, no se ha conseguido más que un mosaico dominado por el brezal-argomalhelechal o por la roca, según el caso. No obstante, existen también algunas masas de arbolado autóctono, como encinares cantábricos, robledales, alisedas y pequeños hayedos. Durante las últimas décadas se ha ido sustituyendo parte de la superficie dedicada antaño a la ganadería extensiva por plantaciones forestales, sobre todo pino y, más recientemente, eucalipto. En la zona existe además una importante tradición minera y extractiva, existiendo diversas explotaciones abandonadas y una mina de calcita activa.

13 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 13 Según la Directiva Hábitats, se han identificado en el Parque 12 hábitats de interés comunitario a partir de los cuales se han definido los elementos claves de conservación: Brezales y praderas de montaña (4030. Brezales secos acidófilos y 6230*. Praderas montanas), Matorral y pastos calcícolas (4090. Brezales calcícolas con genistas y 6210* Pastos mesófilos), Campiña atlántica (6510 Prados de siega y Prados pastados con setos de especies autóctonas),8210. Roquedos calizos, 9180*. Bosques mixtos de pie de cantil calizo, Cuevas continentales, Encinares y 91E0* Alisedas; además de otros de interés regional: Bosque dominado por Quercus robur y zonas húmedas. En cuanto a la flora y fauna se han descrito los siguientes elementos clave: La comunidad de plantas de zonas húmedas (Culcita macrocarpa, Woodwardia radicans, Pinguicula lusitanica, Spiranthes aestivalis), Prunus lusitanica y Sempervivum vicentei, de flora y Elona quimperiana, Lucanus cervus, Neophron pernocterus, Austropotamobius pallipes, la comunidad de rapaces forestales, la comunidad de Quirópteros, Martes martes, Chionomys nivalis y las razas autóctonas de animales domésticos (Vaca Monchina, Oveja Carranzana, Asno de las Encartaciones, Cabra Azpigorri y Caballo Pottoka), de fauna. Las principales amenazas para la conservación de estos elementos clave son la erosión del suelo provocada por un uso ancestral del fuego; una carga ganadera sin regulación adecuada que incluye la presencia de cabras en áreas con vegetación altamente sensible; la competencia de razas de ganado foráneo frente a las razas autóctonas; la sustitución progresiva de pastizales por plantaciones forestales; un uso no readecuado de las cuevas afectadas por el vandalismo; la escasa regeneración del bosque autóctono y la contaminación de aguas superficiales y subterráneas por excesivo aporte de carga orgánica. Otros elementos que pueden generar cierto impacto ambiental y que deberán ser por ello objeto de seguimiento son: la explotación de caliza en el barranco del río Valnero, el tendido eléctrico del Remendón y el uso público intensivo del área de la cueva de Pozalagua. La ubicación del Parque en el extremo oriental de la Cordillera Cantábrica le confiere una especial relevancia al formar parte de la transición de los montes vascos hacia las montañas surorientales de Cantabria, jugando un importante papel como corredor natural entre estas dos áreas geográficas. El mantenimiento de la conectividad ecológica en el territorio es vital para evitar la fragmentación de los hábitats, mejora la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres y evita la pérdida de biodiversidad global. La riqueza cultural del Parque es asimismo elevada, contando con un notable patrimonio cultural. Entre estos bienes destaca especialmente el yacimiento de Venta La Perra, los conjuntos megalíticos en los cordales que separan el Valle de Carranza y Trucíos, así como diversos yacimientos en

14 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 14 cueva y hallazgos aislados. La peculiar arquitectura rural, las tradiciones, celebraciones y gastronomía típicas aportan un sello distintivo a la cultura tradicional local. Los dramáticos contrastes paisajísticos que se dan entre las moles rocosas y las laderas de pastos y bosquetes elevan enormemente la calidad visual del Parque, ofreciendo un marco de gran belleza sólo interrumpido por algunas explotaciones extractivas como la cantera de La Cadena en el extremo occidental del Parque. Asimismo, las homogéneas y lineales plantaciones de coníferas y eucaliptos rompen la sintonía del paisaje mermando en gran medida su tipicidad y naturalidad.

15 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Directrices de gestión y medidas de actuación 5.1. Protección de la Biodiversidad Directrices generales El Órgano Gestor del Parque velará especialmente por la conservación de los hábitats de interés comunitario del Anexo I de la Directiva Hábitats (92/43/CE), de los hábitats de las especies contenidas en el Anexo II de la misma Directiva y de los hábitats de interés regional presentes en el Parque Natural de Armañón. Se incluirá en el Plan de Seguimiento del Parque Natural la planificación de los trabajos oportunos para realizar el seguimiento quinquenal del estado de conservación de los elementos clave definidos para el Parque. De manera general, el Órgano Gestor del Parque velará por la conservación de las especies de flora y fauna que habitan en estado silvestre, su diversidad y contenido genético, con especial incidencia en las especies recogidas dentro del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Se procurará el mantenimiento de los usos y actividades tradicionales del área del Parque Natural como principal herramienta de la gestión y conservación de los hábitats en él existentes, con las salvedades contenidas en los demás puntos de este PRUG y en el PORN. Se evitarán las actividades que supongan riesgo de erosión, contaminación de acuíferos en zonas vulnerables y aquellas que puedan poner en entredicho los objetivos de conservación previstos en el presente PRUG o en el PORN Directrices, Regulaciones y Actuaciones para los elementos Clave Medidas para hábitats Brezales y praderas de montaña (4030. Brezales secos acidófilos *. Praderas montanas) y Matorral y pastos calcícolas (4090. Brezales calcícolas con genistas * Pastos mesófilos) Directrices Se trata de un hábitat estrechamente ligado a la actividad ganadera, por lo que para su mantenimiento resulta imprescindible permitir e incluso fomentar el pastoreo extensivo tradicional. En las zonas de pendiente menor del 50%, se evitará la progresión hacia etapas de vegetación más madura mediante el manejo de la carga ganadera (pastoreo controlado y leve) y, eventualmente, la realización de desbroces mecánicos. Mantener la variabilidad de este tipo de ambiente, mediante el mantenimiento de los distintos tipos de vegetación que lo forman.

16 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 16 La gestión de pastos garantizará el mantenimiento de las especies típicas de estos hábitats. Regulaciones Las resiembras que se hagan de cara a mejorar los pastos incluirán al menos tres especies autóctonas propias de estos ambientes. Las siguientes medidas de gestión de pastos se realizarán sólo bajo autorización del Órgano Gestor: - Roturación de tierras. - Desbroces de vegetación arbustiva. - Instalación de cercados de cualquier tipo (perimetral, mangas de vacunación, corrales, etc.) destinadas al mantenimiento de los pastos y manejo ganadero. - Labores de enmienda (abonado y encalado). - Uso de herbicidas. - Uso del fuego para la regeneración o control de la vegetación. Actuaciones El Órgano Gestor establecerá unidades de pastoreo, determinando las zonas de uso ganadero preferente o el aumento de la intensidad del pastoreo con el fin de gestionar adecuadamente este ambiente y controlar la evolución hacia formaciones vegetales de mayor porte. Para ello realizará una planificación del pastoreo en la que se establezcan, al menos: o Las cargas ganaderas adecuadas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de cada uno, con base en la evaluación de los recursos forrajeros que ofrecen estos pastos y sus mosaicos con los brezales. o Determinación de los períodos de pastoreo según especies y zonas, así como de los cierres necesarios para evitar daños a la regeneración del arbolado. o Cálculo de las posibles necesidades de mejora de pastos, métodos a seguir en cada una de las zonas y estimación económica de las actuaciones necesarias y convenientes. o Infraestructuras necesarias: abrevaderos, instalaciones para el manejo, etc., cálculo de las necesidades, propuesta de ubicaciones y presupuestos. o Criterios de uso de zonas distintas a las de potenciación ganaderoforestal. Realizar campañas de información para la población del medio rural, especialmente el sector ganadero, sobre el valor ecológico y los objetivos de conservación de este hábitat y las medidas para alcanzarlos.

17 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 17 Para mantener el valor ecológico de este hábitat el Órgano Gestor efectuará, en caso de necesidad, desbroces selectivos. Campiña atlántica (6510 Prados de siega + Prados pastados con setos de especies autóctonas) Directrices Se procurará, mediante una adecuada gestión, mantener la superficie ocupada por este tipo de mosaico de pastizales con lindes arbolados por ser de elevado interés para la conservación conformando el paisaje típico de campiña atlántica. Se promoverá la creación de setos vivos mediante la plantación de especies arbustivas y arbóreas autóctonas. Para el mantenimiento de los setos preexistentes la poda deberá evitarse en primavera con el objetivo de minimizar las molestias a las aves en época de nidificación. Se incentivará la recuperación de la superficie que de este ambiente ha sido dedicada a plantaciones forestales de especies foráneas. Se velará por el mantenimiento de los elementos estructurales típicos de este hábitat como setos, vallados rústicos, muretes, bosquetes, etc., y en el caso de existir en el prado manantiales o zonas encharcadizas deberá velarse también por su mantenimiento. Regulaciones Se prohíbe el uso de herbicidas e insecticidas para manejo de los setos arbolados. La aplicación de abonos inorgánicos, estiércol o purines serán registradas en cada explotación (cantidades, fechas, origen y naturaleza del abono), evitando en todo momento aportes superiores a la capacidad de carga del pastizal (umbral que deberá estar definido por aquella concentración máxima a partir de la cual se provocan pérdidas directas por escorrentía o daños en las plantas). Actuaciones Necesarias Control de carga ganadera: se considerará que existe sobrepastoreo cuando la excesiva carga ganadera perjudique al crecimiento y diversidad de la vegetación pratense. De ser posible, se fomentará siempre la siega al pastoreo para el mantenimiento de los prados y, en todo caso es recomendable no introducir el ganado inmediatamente después de la siega, pues existe riesgo de desestructuración del hábitat. En el caso de sobrepastoreo o crecimiento ralo de las herbáceas se autorizará la resiembra de especies pratenses. Esta resiembra se realizará usando al menos 4 especies de plantas pratenses polinizadas por insectos que sean propias de los prados de siega atlánticos (se recomienda la combinación de especies leguminosas y de gramíneas).

18 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Roquedos calizos Directrices Este hábitat presenta una alta naturalidad y su vulnerabilidad es baja debido a su ubicación, por lo que su gestión pasa por dejarlo a su evolución natural y mantenerlo al margen de alteraciones antrópicas, al igual que la mayoría de los hábitats asociados al ambiente de roquedos. Regulaciones Se prohíbe la ganadería caprina en este hábitat. Se limitarán las actividades recreativas en estas zonas, incluida la escalada, si el pisoteo o la actividad conlleva daños a la flora o la fauna Bosques mixtos de pie de cantil calizo Directrices Los bosques de pie de cantil tienen en su aislamiento y dinamismo natural los principales factores que favorecen su conservación. Se trata de un hábitat en el que la gestión pasa por dejarlo que evolucione naturalmente. Deben evitarse las posibles presiones en su entorno, como las alteraciones que se deriven del senderismo, aperturas de pistas o de la actividad forestal y, especialmente, la presión ganadera. En los seguimientos del hábitat deberá realizarse una valoración de estas presiones. El trazado de nuevas pistas tendrá en cuenta la presencia de bosques de pie de cantil, formaciones que tratarán de evitar. En cualquier caso su ejecución debe contar previamente con una autorización del Órgano Gestor. Regulaciones Se prohíbe la ganadería caprina en este hábitat Cuevas continentales Directrices Además de consideraciones relacionadas con la seguridad, este hábitat puede resultar incompatible con la mayor parte de usos y actividades, incluso los de baja interacción con el medio, como la simple visita. Esto se debe a que alberga o puede albergar fauna en distintos grados de amenaza que desarrolla en ellos procesos clave de su ciclo biológico, como la cría y la reproducción. Las cavidades que revelen su interés para estas especies serán objeto de seguimiento del hábitat de forma anual que deberá realizarse en época de cría o hibernación acorde a su uso, mientras que en el resto de cuevas del Parque bastará con un seguimiento quinquenal. Sin embargo, son necesarios más estudios para conocer el estado de conservación de este hábitat en el P.N. respecto a localización, superficie, estructura, funciones y especies típicas, uso público actual de las mismas.que sirva para establecer pautas de gestión adecuadas para el

19 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 19 hábitat, ya que hasta el momento se desconocen la mayor parte de estos factores. Con carácter general, no resultan compatibles con los objetivos de conservación de este hábitat la deforestación del suelo y la utilización en la zona kárstica de productos químicos (petróleo, insecticidas, ) y orgánicos (fertilizantes, ), que repercuten en la calidad de las aguas subterráneas, y por tanto en la fauna invertebrada del hábitat. Actuaciones Necesarias Analizar el estado de conservación actual de este hábitat y las pautas de gestión necesarias para su conservación. 91E0 Alisedas de ladera Directrices Debe evitarse la transformación o pérdida de este tipo de hábitat. Las medidas de gestión deben encaminarse, en la medida de lo posible, a la restauración o ampliación de la superficie de este hábitat, especialmente en aquéllas zonas que ha sido sustituido por plantaciones de especies exóticas como roble americano o pino. El enclave relicto que alberga este hábitat en el Parque está en la cabecera del arroyo Remendón es y está estrechamente ligado al ecosistema de ladera, incluido el curso de los arroyos en torno a los cuales se desarrolla. Se debe asegurar una dinámica natural entre las distintas comunidades de conforman estas laderas. Se ha de promover un aumento progresivo de superficie de este hábitat, bien dejando actuar la dinámica natural del ecosistema y su regeneración natural, bien estableciendo proyectos de restauración. Regulaciones Queda prohibido eliminar vegetación de los ríos y arroyos del Parque Natural, salvo indicación expresa del órgano gestor. Actuaciones Necesarias Estudiar la conveniencia de realización de proyectos de restauración concretos en áreas en las que se ha alterado esta vegetación, sobre todo en la parte alta de las laderas que se han dedicado a cultivo de especies exóticas Encinares Directrices La gestión de los encinares debe centrarse en dos aspectos principales: el riesgo de incendio y el aumento de la madurez estructural del bosque (conversión a monte alto, aumento de las densidades de madera muerta ).

20 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 20 La alta vulnerabilidad de suelos y acuíferos recomienda extremar las precauciones en la construcción de pistas u otras infraestructuras, a la vez que se consideran como suelos no mecanizables para las labores selvícolas. En la medida de lo posible, los restos de corta de los resalveos de conversión a monte alto deben sacarse fuera del Lugar, con el fin de prevenir incendios. Únicamente se dejarán algunos restos de mayor diámetro de madera muerta tumbada y en pie, de modo disperso. Regulaciones No se permite el uso ganadero en el encinar de la zona de Reserva del Parque. Actuaciones Urgentes Se realizarán actuaciones destinadas a la regeneración del encinar de Sopeña con objeto de conseguir una estructura de edades adecuada. Bosque dominado por Quercus robur Directrices Se procurará aumentar la superficie de cobertura de este hábitat especialmente en las zonas altas de ladera donde ha sido sustituido por plantaciones de especies exóticas. Desde el punto de vista selvícola se recomiendan una gestión que tienda a dejarlo a su evolución natural, sólo con intervenciones enfocadas a conseguir el estado principal caracterizado por una elevada diversidad estructural de clases de edad y sotobosque muy diverso y de gran riqueza de especies. Se deberán mantener los pies añosos y moribundos. Al encontrarse cerca de hayedos es posible que en determinadas áreas se esté produciendo unas sustitución de este bosque, dado el vigor de la regeneración de las hayas, dinámica que deberá ser objeto de vigilancia en el protocolo de seguimiento de esta zona. Regulaciones: La explotación de este tipo de hábitat requerirá la realización de Planes de Gestión Forestal que evalúen el estado de conservación de los diferentes rodales de este hábitat y se propugnen la gestión forestal sostenible y la consecución de los objetivos de conservación de la Directiva Hábitats. Actuaciones: Urgentes Realizar trabajos enfocados a diversificar la estructura del bosque allí donde se considere oportuno (madera muerta en el suelo -logs-, en pie - snags-, huecos en el bosque gaps-, regeneración natural de semilla, etc.).

21 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 21 Necesarias La expansión superficial de este hábitat se abordará mediante la restauración del robledal en la zona de progresión ecológica en aquellas superficies que no estén ocupadas por hábitats de interés comunitario. Esto supondrá la transformación gradual de las plantaciones actuales para proceder a su conversión a robledal. Zonas húmedas Directrices Debe velarse por el mantenimiento de las condiciones de alimentación hídrica de estos ambientes y para que no exista ninguna acción directa o indirecta que lo perjudique: plantaciones, roturaciones, aportes de entrantes (pesticidas, abonados, enmiendas químicas u orgánicas). En aras de garantizar la calidad físico-química de las aguas de alimentación debe promoverse una gestión integral de la cuenca vertiente a este hábitat. El pisoteo puede constituir una amenaza y un factor de degradación del hábitat, por lo que será necesario controlar la frecuentación de personas y ganado. Regulaciones Se prohíbe el uso de drenajes en este tipo de ambientes. Actuaciones Necesarias Estudiar la posibilidad del cercado de localizaciones puntuales de este hábitat con claros impactos por la ganadería Medidas para fauna Elona quimperiana Directrices Profundizar en el estudio del estado de sus poblaciones, requerimientos ecológicos y medidas de gestión y conservación de esta especie. Como medida preventiva se ha de limitar al máximo la extracción de madera muerta, sobre todo de grandes troncos y las talas de árboles enfermos, particularmente en las zonas clareadas del bosque. Además en los bosques con escasa madera muerta se debe potenciar este elemento mediante cortas sin retirada de madera. Actuaciones Necesarias Actuaciones incluidas en el Plan de Seguimiento del Parque.

22 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 22 Lucanus cervus Directrices Las medidas de conservación de esta especie se centrarán en asegurar la disponibilidad de recursos tróficos para sus fases larvarias y restringir el uso de pesticidas en el medio forestal. Se conservarán bosquetes de frondosas con presencia de madera muerta en avanzado estado de descomposición en troncos tumbados o tocones de árboles. Actuaciones Necesarias Potenciar manejos selvícolas donde se fomente el mantenimiento y la creación de elementos susceptibles de consolidar esta especie (madera muerta, pies sobremaduros, especies secundarias, claros, diversificación de edades ). Actuaciones incluidas en el Plan de Seguimiento del Parque. Neophron pernocterus Directrices Proteger los puntos de nidificación, evitando las molestias a los mismos. Evitar factores de mortalidad no natural en las áreas de campeo. Asegurar la existencia de recursos tróficos suficientes. Regulaciones No está permitida la actividad recreativa (escalada, montañismo, etc.) ni aquélla que cause molestias alrededor de 500 m. en torno a los puntos de nidificación de las parejas de alimoche en época de reproducción (abril-julio). Actuaciones Necesarias Estudiar la disponibilidad trófica para la especie en el Área de Influencia del Parque con objeto de proponer medidas de adecuación de la misma a las necesidades de la población. Austropotamobius pallipes Directrices Se procurará proteger y restaurar los hábitats en los que vive manteniendo los caudales limpios y circulantes durante todo el año. Evitar el avance de las poblaciones de sus más directos competidores (cangrejo rojo y cangrejo señal). Se controlará la pesca furtiva de esta especie.

23 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 23 Regulaciones Vedar la pesca y/o la repoblación con trucha de los arroyos con cangrejo autóctono. Prohibición de nuevas captaciones y tomas de agua en arroyos con poblaciones de cangrejo o susceptibles de albergarlas. La introducción de cualquier otra especie de cangrejo queda prohibida. Actuaciones Necesarias Realizar un inventario de los puntos de la red hidrográfica del Parque con presencia actual y pasada de esta especie. Realizar translocaciones de cangrejo autóctono en los arroyos que reúnan las mejores condiciones para su supervivencia. Control de los arroyos que reúnen las mejores condiciones para la presencia de cangrejo autóctono para evitar la contaminación de los cauces. Comunidad de rapaces forestales Directrices Se procurará el mantenimiento de un adecuado estado de madurez de los bosques en cuanto a superficie, estructura y funciones ecológicas para la conservación de las poblaciones de rapaces forestales, evitando la fragmentación de las principales masas arboladas. Se evitarán los episodios de mortandad ocasionados por actividades antrópicas como choques con tendidos eléctricos, venenos, caza furtiva, etc. Regulaciones En los puntos de nidificación de rapaces detectados en el Parque no se realizarán trabajos forestales en un perímetro mínimo de protección de 50 m en torno al nido. Estos trabajos se pospondrán hasta que los pollos hayan abandonado la zona. Actuaciones Necesarias Se instalarán espirales salvapájaros cada 10m y al tresbolillo en los cables de tierra en la línea eléctrica Güeñes-Penagós en el área de influencia del Parque. Detectar y proteger el entorno de los dormideros invernales de milano real frente a molestias por actuaciones como trabajos forestales, agroganaderos, caza, turismo, etc. Establecer un acuerdo con la entidad propietaria del Pinar de Sopeña, rodales de MUP 84H0708 y 84H0721, por el que se conserve sin cortar una superficie mínima de 10 hectáreas de pinar maduro, así como la

24 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 24 franja de vegetación de ribera en torno a los cursos de agua presentes en esos rodales. Comunidad de Quirópteros Directrices Se evitarán las molestias humanas en los refugios de murciélagos mediante actuaciones concretas de instalación de barreas físicas, educación de público y vigilancia ambiental. Se garantizará la presencia de hábitats de calidad para las diferentes especies de murciélagos del Parque fomentando la presencia de setos de vegetación autóctona, así como el incremento de la madurez de los sistemas forestales de manera que se amplíen los nichos disponibles. El uso de fitosanitario se limitará de manera que no suponga una afección negativa en las poblaciones de murciélagos. Regulaciones Las obras de remodelación de edificios e infraestructuras, en el caso de presencia de colonias de cría de murciélagos, se ejecutarán fuera del periodo de junio, julio y agosto. Para los tratamientos de madera se emplearán permetrinas (nunca compuestos organoclorados u organofosforados), y se aplicarán siempre fuera del periodo entre abril y septiembre, ambos incluidos. Estas disposiciones se señalarán en los informes que el Órgano Gestor redacte para conceder los permisos de obras solicitados. Se prohíbe, salvo excepciones justificadas por el Órgano Gestor, el tratamiento aéreo con biocidas en un radio de 5 km. en torno a la cueva de Santa Isabel. Quedan protegidas las zonas de 10 m de radio desde la entrada o entradas de los refugios y las cavidades ocupadas por murciélagos con alto grado de amenaza, y en ellas se prohíbe cualquier uso o actividad, salvo la investigación científica, que deberá contar con autorización expresa del Órgano Gestor. En cualquier caso, se prohíbe el uso de iluminación mediante carburo. Las tareas de investigación que no estén relacionadas con el estudio de quirópteros procurarán realizarse, a ser posible, fuera de los periodos en los que la especie emplee el refugio. Se prohíbe el acceso a la Cueva de Santa Isabel salvo para fines científicos y de conservación, previa autorización expresa del Órgano Gestor del Parque. Actuaciones Urgentes Instalar un cerramiento perimetral alejado de la boca de entrada en la cueva de Santa Isabel y vigilar su efectividad.

25 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 25 Necesarias Se hará un seguimiento del uso público de los refugios subterráneos de murciélagos para determinar si es necesario el uso de cierres perimetrales o verjas. Estas últimas consistirán en un enrejado horizontal, con separación entre las barras horizontales de 15 cm. y de 60 cm. entre las verticales. Podrá disponer de puerta para permitir el acceso de las personas autorizadas. Convenientes Con el fin de favorecer la presencia de refugios adecuados para murciélagos mientras se recupera la madurez de los bosques se instalarán y revisarán periódicamente refugios artificiales. Se ubicarán con orientación norte-sur, a 4-5 m de altura sobre los troncos de árboles. Proponer campañas divulgativas a nivel general sobre los aspectos beneficiosos de estas especies, y campañas educativas sobre todo a nivel escolar. Se propone asimismo realizar campañas informativas principalmente entre los colectivos relacionados con los posibles refugios de los quirópteros, tales como sacerdotes, guardas forestales, forestalistas, espeleólogos, etc. Se desarrollará un programa de instalación de cajas nido para aves insectívoras en las áreas más proclives a la aparición de plagas forestales. Martes martes Directrices La gestión forestal deberá tender a la conservación de los bosques de frondosas evitando su fragmentación y/o transformación, garantizando un alto grado de madurez y conservando las orlas arbustivas frutescentes de prados y montes. La conservación de esta especie se planteará como una gestión estratégica de cara a la conservación de toda la comunidad de mamíferos a la que pertenece, característica de los ambientes boscosos de alta madurez y naturalidad: gato montés, garduña, armiño, etc. Actuaciones Necesarias Se fomentarán aquellas actividades de mejora del hábitat y de promoción de especies arbóreas autóctonas, en concreto el roble y el haya, y de especies fruticosas como el majuelo, la zarzamora, el rosal silvestre, el endrino, el cerezo y el peral silvestres. Chionomys nivalis Directrices Profundizar en el estudio del estado de sus poblaciones, requerimientos ecológicos y medidas de gestión y conservación de esta especie.

26 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 26 Se ha de controlar el uso del fuego. Se evitará la creación de infraestructuras como pistas u otras construcciones que invadan físicamente el ambiente que ocupa esta especie. Actuaciones Necesarias Se estudiará en el Parque el estado de sus poblaciones, requerimientos ecológicos y posibles problemas de conservación. Razas autóctonas de animales domésticos Directrices Se mantendrán las condiciones que aseguran la conservación de hábitats abiertos con pastizal, como los brezales, pastos y praderas de montaña, de los que depende directamente de la ganadería extensiva. Se promoverán en el Parque Natural aquellas medidas de conservación que para estas razas se aprueben o propongan en los Planes y Programas de Desarrollo Rural vigentes, así como las consideraciones que constan en el Decreto 373/2001, de 26 de diciembre, sobre razas animales autóctonas vascas y entidades dedicadas a su fomento. Como medidas de gestión y conservación de recursos genéticos que forman parte de la biodiversidad local se fomentarán estas razas de ganado privilegiándolas frente a otras razas ajenas a este medio. La conservación de la cabra Azpigorri estará supeditada a las medidas de conservación de hábitats de interés del Parque, permitiéndose su presencia exclusivamente en zonas controladas. Actuaciones Necesarias Colaborar con las entidades dedicadas al fomento de estas razas animales mediante la colaboración económica, técnica y logística, en la aplicación de los programas que éstas estén desarrollando o planificando en la zona. Apoyar la organización y celebración de ferias de ganado local para promover el incremento y la mejora de los efectivos de estas razas, y divulgar los numerosos y elevados valores que tienen para la conservación de la biodiversidad, el acervo cultural y el Medio Ambiente.

27 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador Medidas para flora Comunidad de plantas de zonas húmedas: Culcita macrocarpa, Woodwardia radicans, Pinguicula lusitanica, Spiranthes aestivalis Directrices Se velará así por el mantenimiento de las condiciones naturales de charcas, prados juncales, zonas higroturbosas, arroyos y barrancos, regatas, turberas incipientes, manantiales, esfagnales, regatos, canales y torrenteras. El pisoteo de las áreas higroturbosas puede constituir una amenaza para estas especies, por lo que será necesario controlar especialmente la frecuentación de personas y ganado en estos puntos. Regulaciones Impedir el acceso de vehículos de cualquier tipo en las áreas de distribución de estas especies. actuaciones Necesarias Estudiar la posibilidad del cercado de localizaciones puntuales de estas especies. Prunus lusitanica Directrices Se estudiará la localización aislada de este ejemplar para determinar cuál puede ser su origen y sus perspectivas de futuro. Se extremará las precauciones para que este ejemplar no se vea dañado o deteriorado. Actuaciones Necesarias Estudiar la posibilidad de instalar cierres para la protección de esta especie, analizando los posibles impactos que pueden dañarla. Recogida de semillas para conservación de la especie ex situ. Estudiar la posibilidad de elaborar un proyecto en el que conste la plantación de nuevos pies que servirán para restaurar los retazos desaparecidos o dañados en una de las últimas loreras de la península Ibérica. La reforestación será el complemento ideal para una campaña de educación ambiental y divulgación sobre la importancia de una especie tan antigua como singular. Sempervivum vicentei Directrices Se procurará excluir el área de distribución de esta especie en el Parque del uso ganadero.

28 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 28 Regulaciones Se prohíbe la presencia de ganado caprino en el área de distribución y de posible expansión de esta especie en el Parque; esto es, en las zonas de cornisas rocosas. Actuaciones Necesarias Estudiar la posibilidad del cercado de localizaciones puntuales de esta especie y, en su caso, realizar los trabajos oportunos de cierre. Recogida de semillas para conservación de la especie ex situ Otras medidas de conservación de la Biodiversidad Regulaciones Se prohíbe la introducción de especies de fauna alóctonas, así como la suelta de especies cinegéticas excepción hecha de programas de reforzamiento de especies autóctonas, siempre que esté garantizado su origen genético y sanitario. En este caso se requerirá autorización del Órgano Gestor. Se incluirá en la regulación forestal, incluidas las autorizaciones para las suertes foguerales, la medida de respetar los árboles viejos, dañados o muertos con diámetro normal superior a 1 m y altura superior a 3 m, se incluyan o no en hábitats de interés comunitario. Se prohibirá, con carácter general, el uso de insecticidas inespecíficos para el control de plagas forestales dentro del Parque Natural. Actuaciones Urgentes Trabajos para erradicar la gramínea exótica Cortaderia selloana, o hierba de la pampa, que prospera sobre todo en el entorno de la cueva de Pozalagua y en cunetas de pistas forestales. Esta erradicación se hará mediante la combinación de métodos mecánicos, químicos y/o biológicos. Estos trabajos se realizarían antes de la maduración de semillas (agostoseptiembre), por lo que, en función de las características climatológicas locales, habrá que actuar de mayo a julio. Se ensayarán diferentes productos en función de las características de la localización (taludes, proximidad o no de masas de agua, terrenos arenosos o no, época del año ) y, en todo caso, la aplicación será individualizada a cada planta. Necesarias Seguimiento, control y corrección de los tendidos eléctricos que cruzan el Parque para detección de posibles afecciones a flora amenaza por asentamiento de apoyos y trabajos de mantenimiento y a aves por electrocución y/o por colisión.

29 PRUG del Parque Natural de Armañón. Borrador 29 Se elaborará un inventario y valoración de la herpetofauna y de la fauna de invertebrados amenazados en el Parque Natural que aporte información a los instrumentos diagnósticos que avalan actuaciones y medidas desarrolladas en la gestión de los recursos y la conservación de los valores naturales Protección del patrimonio cultural Directrices Las actuaciones relacionadas con la puesta en valor, interpretación y difusión del patrimonio cultural del Parque Natural se desarrollarán, preferentemente, en el marco del Plan Vasco de Cultura del Departamento de Cultura de Gobierno Vasco. Se tratará de ofrecer información del patrimonio cultural, especialmente con fines recreativos, didácticos, turísticos. Se incentivará el estudio e investigación relacionado con los recursos culturales del Parque. Se incentivará la rehabilitación de edificaciones catalogadas para destinarlas a usos que pongan de manifiesto la identidad cultural del Parque, así como para albergar infraestructuras de uso público o instalaciones auxiliares de actividades complementarias que podrán tener una funcionalidad mixta con fines recreativos, apoyo a la investigación y/o educación ambiental. Regulaciones Las normativas especiales para la protección del patrimonio arqueológico y etnográfico del Parque atienden a lo que en esta materia regula la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco. Cualquier actuación autorizable que incluya movimientos de tierra tendrá en consideración la existencia de yacimientos arqueológicos y su rango de protección, adoptando las medidas cautelares de protección necesarias para su conservación. El Órgano Gestor pondrá en conocimiento del Departamento de Cultura los proyectos que se autoricen para la restauración o rehabilitación de recursos incluidos en el Catálogo de Recursos Culturales del Parque Natural. Actuaciones Urgentes Rehabilitación de la planta de machaqueo según las condiciones técnicas establecidas en el Plan de Ordenación y Restauración del entorno de la cantera de Pozalagua. Los contenidos temáticos se orientarán hacia la

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