GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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1 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 8 DE MAYO DE 2013 No Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Convenio de Coordinación que en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública celebran por una parte el Gobierno Federal, y por la otra parte la Administración Pública del Distrito Federal 3 Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Convocatoria para la Promoción General de Ascensos, que presenta la Comisión Técnica de Selección y Promoción, para todo el personal operativo en activo que forma parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Ejercicio Contraloría General Aviso CGDF/I/522/2013, a través del cual se hace del conocimiento de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que deberán abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; en contra de la persona moral Quadrum, Limpieza y Construcción, S.A. de C.V. 29 Delegación Álvaro Obregón Aviso por el que se da a conocer la convocatoria para el Programa Comunitario de Mejoramiento Urbano Instituto de Vivienda del Distrito Federal Aviso por el que se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal 32 Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal Aviso por el que se dan a conocer los ingresos del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, distintos a las transferencias del Gobierno del Distrito Federal, generados durante el primer trimestre de Continúa en la Pág. 2

2 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de 2013 Viene de la Pág., 1 Índice SECCIÓN DE AVISOS Inverlux, S.A. de C.V. 41 Industrial de Maíz, S.A. de C.V. 42 Exclusivos Arbe, S.A. de C.V. 43 Datavisión Digital S.A. de C.V. 43 Sodelay, S.A. de C.V. 44 Stordata S. de R.L. de C.V. 44 Plasmando y Formando Ideas Inteligentes S.A. de C.V. 45 Aviso 46

3 32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de 2013 INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE FINANCIAMIENTO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL Ing. Raymundo Collins Flores, Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 54, fracción I, y 71, fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 19 y noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numerales 5, de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal; y de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; de conformidad con el acuerdo número INVI55ORD2359, emitido en la Quincuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Consejo Directivo del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; y el oficio número CG/CGMA/DEDDEO/3297/2012, signado por la Coordinación General de Modernización Administrativa, por el que comunica que como resultado del análisis al Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal le otorga el registro ME-03DIV-01/12, por tanto emito el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE FINANCIAMIENTO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL INDICE I. Presentación II. Antecedentes III. Marco Jurídico- Administrativo IV. Objetivo General V. Estructura Orgánica VI. Integración VII. Atribuciones VIII. Funciones IX. Organograma X. Componentes operativos del Comité XI. De la toma de decisiones XII. Del desarrollo de las sesiones XIII. Acreditaciones y suplencias XIV. Glosario de términos XV. Procedimiento de aprobación de asuntos, sometidos ante el Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal I. PRESENTACIÓN El Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal es un Órgano Colegiado que se constituye en el ámbito de la Administración Pública Paraestatal del Gobierno del Distrito Federal, que coadyuva con el H. Consejo Directivo del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, tiene como función autorizar créditos específicos de acuerdo con las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera, que sean aprobadas por el propio Consejo; así como mantenerlo informado sobre las autorizaciones que de su funcionamiento deriven, pudiendo proponer modificaciones a las reglas de operación para la sanción del Consejo Directivo. Se ha formulado el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con el propósito de cumplir con la disposición legal y administrativa, y con las que señalan la reglamentación y normatividad aplicables en materia de vivienda y desarrollo urbano en el Distrito Federal, así como las del Instituto de Vivienda. La finalidad principal de su elaboración es conformar un instrumento que norme la actuación de este Órgano Colegiado. En éste se emiten las bases y criterios que regulan su integración, funcionamiento y operación.

4 8 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33 El ámbito de aplicación del presente manual, es exclusivamente para el Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. El Manual puede ser consultado por el público en general, y serán usuarios del mismo los miembros del Comité de Financiamiento. El presente Manual describe el marco jurídico que le da sustento, su objetivo general, la terminología que utiliza, su estructura orgánica, atribuciones y funciones, así como las características y especificaciones de las sesiones. II. ANTECEDENTES El Instituto de Vivienda del Distrito Federal, de conformidad con su decreto de creación, publicado el 29 de septiembre de 1998, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que tiene como finalidad la realización de programas de vivienda enfocados principalmente a la atención de la población de escasos recursos económicos. Para la coordinación de las diversas y complejas actividades que al respecto realiza, el Instituto requiere de instancias operativas que le permitan cumplir de la mejor manera con sus responsabilidades. El Decreto de Creación del Instituto de Vivienda establece que sus órganos superiores son un Consejo Directivo y una Dirección General, y en su artículo 6, fracción XI, faculta al Consejo Directivo para autorizar la integración de Comités o Subcomités de apoyo y aprobar la reglamentación interna del Instituto (fracción XIX). Asimismo, el artículo 10, fracción IX, faculta a la Dirección General a elaborar y proponer al H. Consejo Directivo, la reglamentación interna del Instituto. Bajo el acuerdo número INVI-1-ORD-010, tomado en la Primera Sesión Ordinaria, de fecha 4 de noviembre de 1998, el H. Consejo Directivo, autorizó la creación del Comité de Crédito, con fecha 11 de junio de 2001 se renombra como Comité de Financiamiento. Con fundamento en el numeral VII Atribuciones, fracción I, en la Centésima Sexagésima Octava Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de julio de 2012, el Comité de Financiamiento aprobó las modificaciones al Manual en sus numerales V, VI, X y XIII; dichas modificaciones fueron autorizadas por el H. Consejo Directivo, mediante acuerdo INVI55ORD2359, emitido en la Quincuagésima Quinta Sesión Ordinaria de fecha 07 de septiembre de III. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 134, primer párrafo. D.O.F. 05-II-1917 y reformas D.O.F. 02-VII Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, artículo 12, fracciones I, IV, XI Y XII. D.O.F. 26-VII-1994 y reformas D.O.F. 14-X Decreto por el que se crea el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, artículo sexto G.O.D.F. 29-IX-1998 y reformas G.O.D.F. 09-VII Circular Uno, Normatividad en Materia de Administración de Recursos. G.O.D.F. 12-IV Lineamientos que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o documentación en relación con los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo, emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal. G.O.D.F. 29-VIII Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, aprobadas en la Primera Sesión del Consejo Directivo celebrada el 4 de noviembre de 1998, y demás actualizaciones. IV. OBJETIVO GENERAL Conocer, analizar y en su caso autorizar créditos específicos, vigilando el cumplimiento de la normatividad vigente dentro del marco de las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. V. ESTRUCTURA ORGÁNICA

5 34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de Presidente Secretario Técnico 1.1 Vocales (9) 1.2 Contralores Ciudadanos (1) 1.3 Invitados Permanentes (10) 1.4 Invitados Especiales VI. DE SU INTEGRACIÓN Para el debido cumplimiento de sus funciones y atribuciones, el Comité de Financiamiento estará integrado por: - Un Presidente, que será el Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; - Un Secretario Técnico con derecho a voz, designado por el Presidente; - Nueve Vocales con derecho a voz y voto que serán los Titulares de las siguientes Entidades: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; Secretaría de Gobierno; Oficialía Mayor; Secretaría de Desarrollo Económico; Secretaría de Finanzas; Secretaría de Desarrollo Social; Secretaria del Medio Ambiente; Sistema de Aguas de la Ciudad de México; y Secretaría de Obras y Servicios; - Un Contralor Ciudadano designado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal con voz y voto; - Invitados Permanentes con derecho a voz que serán los Titulares de las siguientes: Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal; Dirección Ejecutiva de Operación del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección Ejecutiva de Promoción y Fomento de Programas de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos e Inmobiliarios del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Coordinación de Planeación, Información y Evaluación del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección de Integración y Seguimiento de la Demanda de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Dirección de Finanzas del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Contraloría Interna del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. El Presidente del Comité decidirá cuando se requiera contar con la presencia de otros servidores públicos, los cuales tendrán el carácter de invitados. VII. ATRIBUCIONES El Comité de Financiamiento del INVI, tendrá en forma enunciativa y no limitativa, las siguientes atribuciones y obligaciones: I. Elaborar y aprobar su Manual de integración y funcionamiento; II. Conocer, analizar y en su caso aprobar las solicitudes de crédito y las ayudas de beneficio social que se presenten para el Programa de Vivienda en Conjunto y las solicitudes de crédito del Programa de Mejoramiento de Vivienda dentro del marco de las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del INVI; III. Emitir, dar seguimiento, y vigilar el cumplimiento de los acuerdos que tomen; IV. Aprobar el calendario de Sesiones Ordinarias de cada ejercicio; V. Cumplir las resoluciones que emita el H. Consejo Directivo del INVI, que le correspondan; VI. Presentar propuestas de modificación a sus normas y reglas de funcionamiento al H. Consejo Directivo del INVI; VII. Aprobar propuestas de procedimientos del INVI para la asignación y el ejercicio de los créditos;

6 8 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35 VIII. FUNCIONES 1.0 Del Presidente Ejercer voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones; Autorizar el orden del día de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias; Designar de entre el pleno del Comité, a un Secretario Técnico cuando el Titular de este cargo, se ausente; Dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas, técnicas y administrativas que regulan el objeto del Instituto; Vigilar que el Comité aplique los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia, que consagra la ley; Del Secretario Técnico Elaborar y notificar las convocatorias a las Sesiones Ordinarias o Extraordinarias del Comité por instrucción del Presidente; Actualizar el directorio de los integrantes del Comité; Ser responsable del resguardo y archivo de los expedientes, acuerdos, actas y listas de asistencia del Comité de Financiamiento en su versión original; Las demás que le confiera el Presidente, la reglamentación interna del Instituto y el propio Comité. 1.1 De los Vocales Analizar con profundidad los asuntos que se consignen en el orden del día; Supervisar que las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto se cumplan en los casos presentados al Comité; Proponer, en forma clara y concreta alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Comité; Emitir su opinión, respecto del contenido del acta y de los acuerdos de cada sesión; Emitir su voto en los asuntos que se presenten en las Sesiones del Comité; Designar a un suplente en caso de ausencia, debiendo dar aviso a la Secretaría Técnica del Comité mediante oficio; Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; Asistir puntual a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Comité; y Las demás que expresamente les asigne la normatividad, el presente Manual, el Presidente o el Pleno del Comité. 1.2 Del Contralor Ciudadano Asistir personalmente a las Sesiones del Comité; Proponer medidas para una mayor transparencia y eficiencia en la gestión pública Colaborar para el buen funcionamiento del Comité, observar los lineamientos éticos consensuados en la red de Contralores Ciudadanos. Emitir su opinión, respecto del contenido del acta y de los acuerdos de cada sesión; Emitir su voto en los asuntos que se presenten en las Sesiones del Comité; Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Comité; y Firmar la lista de asistencia y los acuerdos tomados por el Comité. 1.3 De los Invitados Permanentes Presentar observaciones o precisiones a la carpeta y acuerdos anteriores o tratados en la sesión de referencia; Emitir su opinión respecto de los asuntos que conozca el Comité; Asistir puntualmente a las Sesiones del Comité; Firmar la lista de asistencia; y Las demás que expresamente les asigne la normatividad, el presente Manual, el Presidente o el pleno del Comité.

7 36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de 2013 IX. ORGANOGRAMA Adicionalmente cuenta con: 10 Invitados Permanentes Invitados Especiales X. COMPONENTES OPERATIVOS DEL COMITÉ

8 8 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37 Las Sesiones Las Sesiones del Comité podrán ser Ordinarias o Extraordinarias; Las Sesiones Ordinarias se realizarán una vez al mes o de conformidad con el calendario que el pleno apruebe; Las Sesiones Extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario, a solicitud del Presidente del Comité; El calendario de Sesiones Ordinarias se presentará y aprobará en la primera sesión del Comité de cada año; Se elaborará un directorio de los integrantes del Comité que deberá actualizarse permanentemente; Para la celebración de las Sesiones, se requerirá la asistencia puntual de la mayoría de sus miembros titulares con derecho a voto (50% más uno), se deberá contar invariablemente con la presencia del Presidente, o del Presidente Suplente; Para el control del punto anterior, se realizará una lista de asistencia que deberán firmar los integrantes del Comité; Las Sesiones se celebrarán en la fecha, hora y lugar preestablecidos, con una tolerancia de 30 minutos al término de los cuales se declarará cancelada por falta de quórum. La convocatoria La asistencia de los integrantes será mediante convocatoria previa a la sesión de referencia, entregada con cinco días hábiles de anticipación para sesiones Ordinarias, y dos días hábiles de anticipación para Extraordinarias a la fecha programada para la celebración de la sesión; Dicha convocatoria deberá contener la fecha, hora y lugar en que se celebrará la sesión, y señalar si es de carácter Ordinaria o Extraordinaria; La convocatoria se dirige de manera específica a los Vocales Propietarios e Invitados permanentes; La entrega de la convocatoria correspondiente, deberá acompañarse del disco compacto que contendrá la versión digitalizada de los asuntos a tratar en la sesión a celebrarse; En caso de que exista alguna modificación a la convocatoria, ésta se comunicará por oficio a los integrantes del Comité; La logística Se deberán realizar las gestiones administrativas correspondientes para el suministro de material y condiciones necesarias para el desarrollo de la sesión (solicitar el espacio en el que se llevará a cabo la sesión; sonido y grabación; y la instalación de pantalla y proyector de imágenes) Elaboración, actualización y colocación de los personificadores correspondientes a los integrantes del Comité los cuales contendrán el nombre, cargo y dependencia. La carpeta del Comité La carpeta del Comité será el documento oficial en el que se presentarán por sesión, de manera formalizada, los asuntos a tratar; La fecha límite para la entrega de los casos para su elaboración será de tres días antes de la fecha de emisión de la convocatoria, a dicho acto se le denominará cierre de carpeta ; La carpeta se elaborará por computadora con formato Word, Excel en ambiente Windows y en formato PDF, se grabará en disco compacto; Se reproducirá y enviará de acuerdo con los Lineamientos que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo, emitidos por la Oficialía Mayor en el año 2002; El contenido de la carpeta del Comité Para el caso de la carpeta de Sesiones Ordinarias, la tabla de contenido u orden del día se integrará de los siguientes puntos: 1) Acta o actas correspondientes a sesiones anteriores; 2) Presentación de informes al Comité de Financiamiento; 3) Expedientes de los casos;

9 38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de ) Asuntos generales La carpeta de las Sesiones Extraordinarias contendrá: 1) Expedientes de los casos. De la presentación de casos Los casos se presentarán por conducto del área interesada; para tal efecto remitirán sus asuntos al Secretario Técnico; En los casos del Programa de Vivienda en Conjunto se deberá integrar la ficha de aprobación y los dictámenes, jurídico, técnico, social y financiero en estricto apego a las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto; Las áreas que presenten casos ante el Comité para aprobación, son las responsables de que dichos casos reúnan los requisitos que las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto señalan; En la ficha de aprobación se presentarán los antecedentes del caso y un breve resumen de cada uno de los dictámenes, así como un cuadro resumen de los montos del crédito y la propuesta de acuerdo. Toda la información que se integre en la carpeta del Comité se digitalizará en un formato actualizado y compatible con software estándar para su ágil lectura; Los puntos de acuerdo se proyectarán uno a uno, durante el desarrollo de la sesión, a través de una aplicación sencilla diseñada en cualquier programa de manejo de bases de datos, compatible con software de Microsoft; Los acuerdos que se adopten en cada sesión se presentan en procesador de textos compatible con software de Microsoft; en un formato específico que para el efecto se determine. Deberán numerarse de manera consecutiva, subsecuente y ascendente. El numeral del acuerdo deberá indicar el número de sesión, la primer letra en mayúsculas dependiendo del tipo de sesión que se trate, Ordinaria o Extraordinaria O o E y el número consecutivo correspondiente. Los acuerdos deberán ser firmados por el Presidente, los Vocales y el Secretario Técnico del Comité en el momento de su aprobación; De cada sesión se levantará un acta, que deberá ser firmada por todos los que en ella participaron. Seguimiento de casos aprobados Es el reporte de un periodo determinado, en el que se presenta la situación de los casos aprobados por el Comité; El reporte se presentará únicamente en las Sesiones Ordinarias; La actualización del seguimiento se elabora con base en lo que reportan las áreas responsables correspondientes. XI. DE LA TOMA DE DECISIONES Las decisiones del Comité se tomarán con las siguientes consideraciones: Por unanimidad o mayoría de votos de los Vocales presentes; Se entenderá por unanimidad a la votación en favor o en contra del total de los miembros presentes con derecho a voto; La mayoría de votos será la votación en favor o en contra de 50% más uno de los miembros presentes con derecho a voto; Será función del Presidente requerir el consenso de los Vocales para aprobar de manera condicionada alguno de los acuerdos; El sentido de las decisiones se hará constar en el acta de la sesión, en la cual se indicará el proceso de discusión, argumentación o debate previo que permite que los integrantes emitan su voto, inclusive en los acuerdos en que la decisión es por unanimidad; En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. La votación para efectos de la toma de decisiones, se hará en los siguientes términos: El Presidente del Comité tendrá voz y voto y en caso de empate le corresponderá emitir el voto de calidad; El Secretario Técnico tendrá voz pero no voto;

10 8 de Mayo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39 Los Vocales propietarios o suplentes tendrán derecho a voz y voto; El Contralor Ciudadano acreditado tendrán derecho a voz y voto; Los Invitados permanentes y especiales sólo tendrán derecho a voz, pero no a voto. XII. DEL DESARROLLO DE LAS SESIONES Las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias se llevarán a cabo de la siguiente forma: Todas las Sesiones del Comité serán grabadas de forma consecutiva desde su inicio hasta el término, para su posterior trascripción y archivo; Previo al inicio de la sesión, los integrantes registrarán su asistencia en la lista que al efecto se elabore; El Secretario Técnico verificará la lista de asistencia e informará al Presidente si existe quórum para iniciar la sesión; El Presidente declarará formalmente si procede o se cancela la sesión; El Presidente o el Secretario Técnico someterán a consideración de los miembros, el acta presentada; El Presidente o el Secretario Técnico someterán a la consideración del Comité los asuntos contenidos en el orden del día; así mismo, en su caso, adecuará alguna modificación o adhesión propuestas por los miembros del Comité; Los casos se presentarán de conformidad con el orden del día, de manera consecutiva, en forma individual y serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité; Los responsables de cada programa presentarán cada caso dando la explicación del mismo. El Presidente será el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra de los participantes; Los Vocales, Invitados permanentes e Invitados eventuales podrán exponer, argumentar, explicar, ampliar y precisar los datos y temas relacionados con el punto de acuerdo en cuestión; Los miembros del Comité podrán participar en la modificación de la redacción de los puntos de acuerdo; El Secretario Técnico en el caso de que la decisión se tome por mayoría de votos, contará los votos en favor y en contra, así como las abstenciones; El Secretario Técnico vigilará que se consigne la resolución tomada con toda claridad y precisión en el formato correspondiente y en el acta; En el formato correspondiente, se procederá a la firma de los acuerdos por parte de los Vocales; Una vez concluido el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, el Presidente procederá a declarar formalmente terminada la sesión; para efectos de registro en el acta, deberá precisar la hora en que concluye el evento; El Secretario Técnico elaborará el acta de cada sesión, documento que quedará sujeto a la consideración y aprobación de los miembros del Comité. XIII. ACREDITACIONES Y SUPLENCIAS El Presidente del Comité designará a un Presidente Suplente en caso de no poder asistir a la Sesión, el cual deberá tener cargo de Director Ejecutivo o de Área en el INVI; El Presidente nombrará a un Secretario Técnico; El Contralor Ciudadano será designado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal a través de la Contraloría General del Distrito Federal, mediante oficio dirigido al Presidente del Comité; éste no podrá designar a un suplente; Los Vocales propietarios serán los titulares señalados en el numeral VI del presente manual, quienes podrán designar a un suplente el cual deberá tener cargo de Director Ejecutivo o de Área o equivalente. Los integrantes del Comité designarán formalmente por escrito a los Servidores Públicos que los suplan, dicha designación deberá efectuarse previa a la realización de la primera sesión de cada ejercicio o cuando las circunstancias lo ameriten. XIV. GLOSARIO DE TÉRMINOS Para efectos del presente manual se entenderá por:

11 40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Mayo de 2013 Acta de Sesión: Documento en el que se plasman las observaciones, señalamientos, propuestas y puntos de vista de los participantes en la sesión del Comité. Acuerdo: Decisión adoptada en la sesión del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Acuerdo Modificatorio: Acuerdo mediante el cual se invalida un acuerdo anterior, previamente aprobado, en el que se manifiestan las adaptaciones y modificaciones que pondrán en vigencia dicho acuerdo. Este puede ser una fe de errata. Acuerdo Condicionado: Acuerdo aprobado a condición de que se cumplan las observaciones asentadas en el mismo a petición de los integrantes del pleno del Comité. Carpeta: Documento que contiene el Orden del Día, Acta(s) de sesiones anteriores, Informes, seguimiento de casos aprobados, solicitudes de crédito y sus respectivos anexos, y asuntos generales, para desarrollar la sesión del Comité de Financiamiento, de acuerdo con los Lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial número el 29 de agosto de 2002, dicho documento deberá integrarse y remitirse en versión magnética. Comité: Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Decreto de creación: Decreto que Crea el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, publicado el 29 de septiembre de 1998 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. INVI: Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Manual: Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Quórum: Consta de la asistencia de 50% más uno de los titulares o titulares suplentes. Reglas: Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Secretario: Secretario Técnico del Comité de Financiamiento del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Seguimiento de casos: Presentación de la situación que guardan los casos aprobados por el Comité. Sesión: Sesión del Comité de Financiamiento. Sesión Ordinaria: Sesión del Comité de Financiamiento que se realiza de acuerdo con la aprobación anual del calendario de sesiones. Sesión Extraordinaria: Sesión del Comité de Financiamiento que se realiza a petición del Presidente, con la finalidad de atender casos especiales por su urgencia e importancia extraordinaria. TRANSITORIOS Primero.- El presente Manual y el procedimiento señalado en el numeral XV del índice, podrán ser consultados en la Dirección de Administración del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Segundo.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En la Ciudad de México, a primero de abril del año dos mil trece. (Firma) EL C. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES

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