Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN"

Transcripción

1 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 51 Lunes, 16 de marzo de 2015 Pág I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE HACIENDA ACUERDO 14/2015, de 12 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de enajenación del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Castilla y León La política patrimonial integral de la Comunidad de Castilla y León está orientada a lograr una mayor eficacia en la utilización de los recursos públicos ante el firme compromiso asumido de lograr la máxima eficiencia del gasto corriente y con ello contribuir al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Las principales actuaciones realizadas, en la presente legislatura, se han materializado en: La reordenación y distribución de espacios administrativos, lo que ha permitido una óptima utilización de los bienes inmuebles de la Comunidad y una reducción de los bienes inmuebles arrendados; en la enajenación de los bienes inmuebles que no resultaban necesarios para el uso general y el servicio público; en la explotación patrimonial de inmuebles no utilizados, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones en materia de rehabilitación, conservación, mantenimiento y puesta en valor del patrimonio público, así como favorecer la actividad económica que contribuya a crear empleo y fijar población en las zonas rurales; en la colaboración con otras administraciones públicas e instituciones mediante las cesiones de bienes inmuebles, así como a entidades privadas para fines de interés social; y en actuaciones de organización en la prestación de servicios públicos no esenciales. A la vista de los resultados obtenidos por la ejecución de las actuaciones realizadas, la Junta de Castilla y León considera necesario seguir avanzando en la consolidación de una política integral de gestión del patrimonio público en la que están implicados todos los responsables en materia patrimonial y con ello reforzar la eficiencia del gasto público como principio rector en la gestión pública. Por ello, y en el marco establecido por la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, la consecución del modelo de gestión integral del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León requiere la aprobación de los objetivos y criterios de actuación coordinada de la Administración General y de la Administración Institucional en relación con las operaciones patrimoniales sobre los bienes inmuebles de la Comunidad, como definición de la política patrimonial de la Junta de Castilla y León. A ello responde el Plan de enajenación del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Castilla y León, para el periodo en el que están implicados todos los responsables en materia patrimonial tanto de la Administración General como de la Administración Institucional. De conformidad con lo dispuesto en las letras a) y b) del artículo 9 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la

2 Pág Junta de Castilla y León la competencia para definir la política aplicable a los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad y establecer los criterios de actuación coordinada para la adecuada gestión de tales bienes y derechos. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de marzo de 2015, adopta el siguiente ACUERDO Aprobar el Plan de enajenación del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Castilla y León , que se adjunta como Anexo. Valladolid, 12 de marzo de El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo La Consejera de Hacienda, Fdo.: M.ª d e l Pi l a r d e l Ol m o Mo r o

3 Pág ANEXO PLAN DE ENAJENACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN I. INTRODUCCIÓN La política patrimonial de la Junta de Castilla y León está orientada a conseguir una mayor eficacia en la utilización de los recursos públicos ante el firme compromiso asumido de lograr la máxima eficiencia del gasto corriente y con ello contribuir al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Las principales actuaciones realizadas en el último trienio se han materializado: a) En la reordenación y distribución de espacios administrativos, lo que ha permitido una óptima utilización de los bienes inmuebles de la Comunidad y una reducción de los bienes inmuebles arrendados; b) en la enajenación de los bienes inmuebles que no resultaban necesarios para el uso general y el servicio público; c) en la explotación patrimonial de inmuebles no utilizados, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones en materia de rehabilitación, conservación, mantenimiento y puesta en valor del patrimonio público, y favorecer la actividad económica privada que contribuya a crear empleo y fijar población en las zonas rurales; d) en la colaboración con otras administraciones públicas e instituciones mediante cesiones y permutas de bienes inmuebles, así como a entidades privadas para fines de interés social; y e) en actuaciones de organización en la prestación de servicios públicos no esenciales. A la vista de los resultados obtenidos por la ejecución de estas actuaciones, resulta preciso seguir avanzando en la consolidación de una política integral de gestión del patrimonio público, en la que estén implicados todos los responsables en materia patrimonial y con ello reforzar la eficiencia del gasto público como principio rector en la gestión pública, a lo que responde el Plan de enajenación del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Castilla y León, para el período La Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León establece, en su título preliminar, los principios generales, reglas sobre competencias y previsiones sobre la coordinación y la colaboración entre la Administración General y la Administración Institucional de la Comunidad. La gestión y la administración de los bienes patrimoniales por la Administración de la Comunidad de Castilla y León se rige por los principios de eficiencia y economía de su gestión; eficacia y rentabilidad en la explotación de estos bienes y derechos; publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en su explotación; y colaboración y coordinación entre las diferentes administraciones públicas con el fin de optimizar la utilización y el rendimiento de sus bienes.

4 Pág El Plan de enajenación del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Castilla y León constituye un instrumento de la política patrimonial al definir los objetivos y criterios de actuación coordinada de la Administración General e Institucional en relación con las actuaciones patrimoniales sobre los bienes inmuebles de la Comunidad. II. OBJETIVOS El presente Plan responde a los principios rectores de la gestión del patrimonio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, orientada a maximizar la eficacia en la utilización de los recursos patrimoniales y a la obtención de ahorros y a la generación de ingresos. El Plan persigue tres objetivos fundamentales: El patrimonio público debe estar en pleno uso de manera que los inmuebles sin destino a uso o servicio público deben ser cero. La venta de inmuebles debe ser una vía para incrementar los ingresos y al mismo tiempo reducir gastos. El patrimonio industrial debe estar disponible como medio para acelerar los procesos de establecimiento de empresas y contribuir a la creación de empleo lo que permitirá fijar y atraer población. Los resultados cualitativos y cuantitativos de la ejecución del Plan van a estar condicionados, con independencia de las actuaciones internas propias de los órganos responsables, por factores externos que inciden directamente en las operaciones de puesta en el mercado de los activos inmobiliarios, como puede ser la caracterización urbanística actual de determinados inmuebles; en determinados supuestos, el destino urbanístico puede limitar el interés de los operadores económicos en las operaciones patrimoniales de determinados bienes inmuebles. III. PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN PATRIMONIAL Uno de los objetivos primordiales del Plan es incrementar en la medida de lo posible los ingresos por lo que el procedimiento general para movilizar el patrimonio inmobiliario será el de las enajenaciones onerosas de aquellos inmuebles que ya no resulten necesarios para el ejercicio de las competencias y funciones propias de la Administración General o de las entidades institucionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. La enajenación con reserva de uso temporal únicamente procederá cuando resulte conveniente para el interés público por razones excepcionales debidamente justificadas. Esta utilización temporal podrá instrumentarse a través de la celebración simultánea de contratos de arrendamiento o de cualesquiera otros que habiliten para el uso de los bienes enajenados. La posibilidad de realizar sobre los inmuebles incluidos en el Plan operaciones de cesión gratuita de titularidad o de uso debe reducirse a aquellos supuestos que presenten un especial interés social que aconseje su realización o vayan acompañadas de elementos compensatorios de reciprocidad.

5 Pág El cumplimiento de los objetivos del Plan se realizará en el marco de los principios rectores y de los procedimientos de gestión patrimonial regulados en la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León y de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación a las entidades de la Administración Institucional de la Comunidad de Castilla y León. Para las enajenaciones onerosas de los bienes inmuebles se utilizará el concurso o la subasta como procedimientos generales, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. El procedimiento de enajenación directa únicamente se utilizará cuando se cumplan los siguientes supuestos, legalmente previstos: a) Cuando el adquirente sea otra administración pública, una persona jurídica de derecho público o una sociedad mercantil en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta de una o varias administraciones públicas o personas jurídicas de derecho público. b) Cuando el adquirente sea una entidad sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, o una iglesia, confesión o comunidad religiosa legalmente reconocida. c) Cuando el inmueble resulte necesario para dar cumplimiento a una función de servicio público o a la realización de un fin de interés general por una persona distinta de las previstas en las letras a) y b). d) Cuando fuera declarada desierta la subasta o concurso promovidos para la enajenación o éstos resultasen fallidos como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario, siempre que no hubiese transcurrido más de un año desde la celebración de los mismos. e) Cuando se trate de solares que por su forma o pequeña extensión resulten inedificables y la venta se realice a un propietario colindante. f) Cuando se trate de fincas rústicas que no lleguen a constituir una superficie económicamente explotable o no sean susceptibles de prestar una utilidad acorde con su naturaleza, y la venta se efectúe a un propietario colindante. g) Cuando la titularidad del bien o derecho corresponda a dos o más propietarios y la venta se efectúe a favor de uno o más copropietarios. h) Cuando la venta se efectúe a favor de quien ostente un derecho de adquisición preferente reconocido por disposición legal. i) Cuando por razones excepcionales, se considere conveniente efectuar la venta a favor del ocupante del inmueble. Las cesiones gratuitas de los bienes inmuebles patrimoniales procederán cuando no sea necesaria o previsible su afectación o explotación y se realizarán a favor de otras administraciones y fundaciones públicas para la realización de fines de utilidad pública o interés social de su competencia.

6 Pág La ley permite la posibilidad de realizar cesiones de la titularidad de los bienes, o únicamente del uso de éstos, conservando la propiedad la Administración General o la entidad institucional. La conveniencia de una u otra operación se valorará por parte de los órganos competentes en función de razones de oportunidad, puesto que en ocasiones puede resultar más rentable, desde un punto de vista patrimonial y económico, no desprenderse de la titularidad de los bienes que forman parte del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León y tan sólo interese no asumir los gastos inherentes al mantenimiento o conservación de los bienes cedidos que serán asumidos por el cesionario. En cualquier caso, la cesión supondrá para el cesionario la obligación de destinar los bienes al fin que se señale en el acuerdo de cesión. Los bienes del patrimonio podrán ser permutados por otros siempre que resulte conveniente para el interés público y su realización resulte eficiente desde la perspectiva del gasto público. La posibilidad de formalizar este tipo de negocio jurídico implica una serie de ventajas, desde un punto de vista procedimental, patrimonial y económico, siempre y cuando se cumplan los condicionantes legalmente previstos. Esta entrega de bienes inmuebles y derechos de la Comunidad a cambio de recibir otros de carácter privado o pertenecientes a otras administraciones públicas permite abrir otra vía de tráfico jurídico para favorecer la movilización de los activos inmobiliarios. En atención a las características que presenten los bienes inmuebles, se podrán realizar negocios de explotación patrimonial como los arrendamientos. En cualquier caso, la elección de las distintas operaciones patrimoniales que se puedan realizar responderá a la eficiencia en la gestión del patrimonio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a la necesaria optimización de los recursos públicos. La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León adecuará su actuación a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de creación del ente público Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León. IV. ACTIVOS INMOBILIARIOS La identificación de los activos inmobiliarios incluidos en el presente Plan se ha realizado a partir de la información contenida en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Castilla y León, configurado como un instrumento de apoyo en la gestión del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. Esta actuación se ha desarrollado sobre todos los inmuebles incluidos en dicho soporte documental e informático, permanentemente actualizado por la consejería competente en materia de hacienda, como órgano director del mismo. Se han identificado los activos inmobiliarios susceptibles de enajenación, y se ha analizado en cada uno de ellos su situación jurídica y urbanística, a fin de comprobar si existe o no inmediatez en su disponibilidad para su posible puesta en el mercado. Asimismo, se ha completado la información ya existente en el Inventario con la remitida por las consejerías, organismos autónomos y demás entidades con competencia en gestión patrimonial. El Plan es un instrumento flexible en la medida en que permite incluir aquellos bienes inmuebles susceptibles de las operaciones patrimoniales contempladas en el Plan,

7 Pág y, a la vez, excluir aquellos bienes, inicialmente contemplados, cuando se opte por su permanencia en el patrimonio de la Comunidad o cuando haya sido imposible la realización de alguna de las actuaciones patrimoniales previstas en este Plan por imposibilidad legal. En definitiva, el carácter abierto y dinámico del Plan es su signo de identidad. Una vez identificados y analizados los activos existentes, se ha optado por no incluir en el Plan aquellos bienes que por su especial naturaleza tienen un régimen específico de protección, conservación, mantenimiento y explotación, y determinadas categorías de fincas rústicas. Los activos inmobiliarios identificados susceptibles de enajenación se clasifican, de acuerdo con las características propias de cada uno de ellos que serán determinantes de quienes estarán interesados en su adquisición, en: Parcelas de reemplazo de vías pecuarias que han sido desafectadas como consecuencia de la concentración parcelaria. Suelo industrial. Suelo urbano consolidado y suelo pendiente de gestión urbanística. Viviendas, locales, garajes. Inmuebles sin uso. Otras fincas rústicas A. PARCELAS DE REEMPLAZO DE VÍAS PECUARIAS La Comunidad de Castilla y León es propietaria de una serie de fincas patrimoniales, fruto de la compensación de la pérdida de superficie de las vías pecuarias afectadas por los procesos de concentración parcelaria. Se comenzará por aquellas parcelas que se encuentran disponibles para su enajenación de forma inmediata al no estar destinadas, en la actualidad, a un uso o servicio público. B. SUELO INDUSTRIAL El esfuerzo realizado en los últimos años de desarrollo de suelo industrial en el conjunto de la Comunidad de Castilla y León permite que se pueda disponer de una oferta amplia de este tipo de suelo, diversificada en el territorio y de calidad, para ofertar a inversores y empresarios que quieran renovar o iniciar su apuesta empresarial en nuestra región. En concreto, en la actualidad se dispone de más de 3,5 millones de metros cuadrados de superficie neta de parcelas cuya puesta en valor en el mercado inmobiliario constituye una realidad. El suelo industrial disponible, suelo dotado de servicios y cimentado en torno a una estructura nodal tecnológica, debe ser un acelerador tanto de la implantación como de la consolidación empresarial, en un modelo basado en la cooperación empresarial y

8 Pág transferencia de conocimiento, lo que permitirá la apertura de nuevas oportunidades y mercados de escala internacional. La movilización del suelo industrial favorecerá la aceleración de los procesos de establecimiento de empresas en Castilla y León y va a contribuir a la creación de empleo y a fijar y atraer población. C. SUELO URBANO CONSOLIDADO Y SUELO PENDIENTE DE GESTIÓN URBANÍSTICA Estos activos inmobiliarios comprenden las siguientes categorías: Suelos con la consideración de solares, es decir urbanos consolidados de inmediato aprovechamiento. Suelos urbanos no consolidados y suelos urbanizables, es decir, suelos que una vez desarrolladas las actuaciones urbanísticas precisas pasarán a ser de inmediato aprovechamiento. La clasificación del suelo es la prevista en los instrumentos de planeamiento general o en los instrumentos de ordenación del territorio habilitados para ello en su legislación específica. Será la caracterización urbanística la que determine la prioridad en iniciar las operaciones patrimoniales de enajenación. Se comenzará por los suelos urbanos consolidados de inmediato aprovechamiento. El resto de suelos urbanos, los no consolidados y los urbanizables, objeto de futura gestión urbanística obligatoria, presentan mayores dificultades para su puesta en valor, puesto que el éxito de su posible enajenación dependerá de múltiples factores al margen de la labor de impulso y planificación. La movilización de los suelos no consolidados y los suelos urbanizables requiere el previo desarrollo de las actuaciones urbanísticas precisas. En este proceso es necesaria la participación de todas aquellas administraciones públicas, así como de los organismos públicos que tengan una participación directa o indirecta en este proceso de modificación de la caracterización urbanística existente, y de depuración registral o catastral de los bienes que se pretendan poner en valor. D. VIVIENDAS, LOCALES Y GARAJES En esta categoría se incluyen, en un primer lugar, las antiguas viviendas y casillas de camineros, sitas en Castilla y León. Estos inmuebles formaban parte del parque de viviendas y casillas de camineros construidas en los años cuarenta y cincuenta por el Ministerio de Obras Públicas y cuyo objeto era proporcionar el uso de las mismas al personal al servicio de las carreteras. Dentro del marco establecido por este Plan, se continuará con los procedimientos de subasta pública que la administración de la Comunidad ha desarrollado en el último trienio. Por otra parte, y en relación con los inmuebles que en la actualidad están ocupados por personas que acreditan un mejor derecho para su adquisición de manera directa, se seguirán los procesos de enajenación directa de los mismos.

9 Pág La enajenación de estos bienes evitará su deterioro por falta de uso y facilitará el acceso a la vivienda tanto de las personas que en estos momentos las ocupan desde hace años, como del resto de los ciudadanos que puedan estar interesados en su adquisición. En segundo lugar, dentro de esta categoría, se encuentran las plazas de garaje y locales dispersos por la Comunidad de Castilla y León. Estos locales y garajes forman parte integrante de bloques de viviendas que fueron construidos con un espíritu de función social, la protección oficial. Muchos de ellos se encuentran en la actualidad cedidos para su uso por asociaciones, organizaciones o fundaciones sin ánimo de lucro, siempre respetando el espíritu de servicio social. No obstante, existen otros locales y garajes que, al no cumplir en la actualidad con el objetivo último para el que fueron construidos, han de ser puestos en el mercado mediante las operaciones patrimoniales que resulten más adecuadas en cada caso. E. INMUEBLES SIN USO En este apartado, se incluyen inmuebles que en la actualidad se encuentran plenamente identificados y su disponibilidad puede ser casi inmediata, puesto que no están destinados a un uso o servicio público en estos momentos o lo estarán a corto plazo. Podemos distinguir entre inmuebles de carácter no administrativo y administrativo. Los primeros son aquellos inmuebles que han estado destinados al cumplimiento de fines y servicios públicos de distinta índole, y su innecesariedad ha hecho que se patrimonialice su naturaleza permitiendo que sean destinados para otros usos distintos. Podemos mencionar, entre otros, silos, viveros, piscifactorías, laboratorios y casas forestales. Los segundos son aquellos edificios que, habiendo estado destinados por la Administración a oficinas, en la actualidad no están siendo objeto de aprovechamiento administrativo o aquellos que, a corto plazo, se encontrarán en esta situación. F. OTRAS FINCAS RÚSTICAS En este apartado se incluyen inmuebles calificados urbanísticamente como rústicos y, que tras el análisis singularizado de cada uno de ellos, se estime oportuna su enajenación. V. ÓRGANOS RESPONSABLES La Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León configura un sistema de competencias acorde con las distintas titularidades del patrimonio de la Comunidad y con las particularidades que presentan algunos bienes. La ejecución del Plan afecta, únicamente, a los bienes titularidad de la Administración General y de la Administración Institucional de la Comunidad de Castilla y León y corresponde a todos los órganos con competencia en gestión patrimonial sobre dichos bienes, quienes podrán contar con la colaboración de la empresa pública «Castilla y León, Sociedad Patrimonial, S.A.U.»

10 Núm. 51 Boletín Oficial de Castilla y León Lunes, 16 de marzo de 2015 Pág Por ello, en el marco previsto en los artículos 15 y 16 de la Ley 11/2006, la consecución de los objetivos fundamentales del Plan requiere de la máxima coordinación y colaboración en la eficaz gestión del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. A este fin, un grupo de trabajo, formado por representantes de todas las consejerías y entidades institucionales con competencias en materia patrimonial, es el responsable del impulso y cumplimiento de los objetivos del Plan. Corresponde a este grupo de trabajo diseñar los criterios de actuación sobre los bienes inmuebles susceptibles de enajenación, coordinar y evaluar las actuaciones previstas en el Plan y estudiar propuestas de actuación para su posterior implantación. D.L.: BU ISSN

Modificaciones en la LOU en relación con los Consejos Sociales

Modificaciones en la LOU en relación con los Consejos Sociales Modificaciones en la LOU en relación con los Consejos Sociales L.O.U. 6/2001, 21 diciembre L.O.U. 4/2007.,12 abril Artículo 8. Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores y Escuelas Universitarias

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 28920 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 7539 Decreto n.º 97/2016, de 14 de septiembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de concesión directa

Más detalles

Qué es una Cooperativa?

Qué es una Cooperativa? Qué es una Cooperativa? 1. CONCEPTO La cooperativa es una sociedad de capital variable, con estructura y gestión democrática, constituida por personas físicas o jurídicas, para prestar servicios y satisfacer

Más detalles

LEGISLACION MUNICIPAL

LEGISLACION MUNICIPAL LEGISLACION MUNICIPAL Constitución Española Art.142 Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporaciones respectivas

Más detalles

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST 6 TEMA 5 BLOQUE 3

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST 6 TEMA 5 BLOQUE 3 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CUERPO DE GESTIÓN TEST 6 TEMA 5 BLOQUE 3 1. La LRJPAC establece como instrumentos de colaboración: a) Las conferencias sectoriales y los convenios de colaboración b) Las

Más detalles

EXPERTO EN DIRECCION Y GESTION DE EMPRESAS INMOBILIARIAS Y DE LA CONSTRUCCIÓN 1. INTRODUCCIÓN AL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

EXPERTO EN DIRECCION Y GESTION DE EMPRESAS INMOBILIARIAS Y DE LA CONSTRUCCIÓN 1. INTRODUCCIÓN AL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EXPERTO EN DIRECCION Y GESTION DE EMPRESAS INMOBILIARIAS Y DE LA CONSTRUCCIÓN 1. INTRODUCCIÓN AL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Panorama general del sector Delimitación y clasificación Rasgos y datos básicos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 307 Jueves 22 de diciembre de 2011 Sec. I. Pág. 139961 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 19939 Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos

Más detalles

Procedimiento a seguir para cesión de una nave municipal para exposición ferial permanente de una cooperativa agrícola del municipio.

Procedimiento a seguir para cesión de una nave municipal para exposición ferial permanente de una cooperativa agrícola del municipio. -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: BIENES/CESIÓN Procedimiento a seguir para cesión de una nave municipal para exposición ferial permanente

Más detalles

BOLETÍN Nº 150-29 de julio de 2011

BOLETÍN Nº 150-29 de julio de 2011 1 de 5 29/07/2011 9:40 BOLETÍN Nº 150-29 de julio de 2011 DECRETO FORAL 109/2011, de 26 de julio, por el que se determina la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y

Más detalles

1. INTRODUCCIÓN 1.2 MARCO LEGAL

1. INTRODUCCIÓN 1.2 MARCO LEGAL 1. INTRODUCCIÓN 1.1 PRESENTACIÓN El presente documento constituye el Documento de Avance del PLAN TERRITORIAL ESPECIAL DE ORDENACIÓN DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL DE LA ISLA DE TENERIFE, realizado por la

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓ N PÚ BLICA CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓ N PÚ BLICA CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012 CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012 NORMATIVA: Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Más detalles

CIRCULAR LABORAL 3-2015

CIRCULAR LABORAL 3-2015 CIRCULAR LABORAL 3/2015 REAL DECRETO-LEY 4/2015, DE 22 DE MARZO, PARA LA REFORMA URGENTE DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL. BOE 23/03/2015 PDF de la disposición Real

Más detalles

DECRETO 82/2001, de 16 de noviembre, por el que se regula la contratación centralizada de bienes, servicios y suministros.

DECRETO 82/2001, de 16 de noviembre, por el que se regula la contratación centralizada de bienes, servicios y suministros. Región de Murcia DECRETO 82/2001, de 16 de noviembre, por el que se regula la contratación centralizada de bienes, servicios y suministros. BORM 20 de noviembre de 2001 El apartado tercero del artículo

Más detalles

homogénea por las distintas unidades dependientes de este servicio, se entienden oportuno dictar las siguientes INSTRUCCIONES:

homogénea por las distintas unidades dependientes de este servicio, se entienden oportuno dictar las siguientes INSTRUCCIONES: INSTRUCCION 2/2009, DE 12 DE MARZO, PARA LA DIGITALIZACIÓN DE FONDOS DOCUMENTALES DE LOS ARCHIVOS HISTÓRICOS PROVINCIALES POR PARTICULARES UTILIZANDO SUS PROPIOS MEDIOS. En el cumplimiento de las funciones

Más detalles

INVENTARIO ENERGÉTICO DE LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CON SUPERFICIE. UTIL TOTAL MAYOR DE 250 m 2

INVENTARIO ENERGÉTICO DE LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CON SUPERFICIE. UTIL TOTAL MAYOR DE 250 m 2 INVENTARIO ENERGÉTICO DE LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CON SUPERFICIE UTIL TOTAL MAYOR DE 250 m 2 (TRASPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 5 DE LA DIRECTIVA 2012/27/UE.) 1 Madrid, 6 de julio

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 42755 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 12711 Decreto n.º 321/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión

Más detalles

NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES

NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES Artículo 1 Concepto y objeto del Sistema de Programación

Más detalles

Ayuntamiento de Villalbilla

Ayuntamiento de Villalbilla Título: Informe de Secretaría Naturaleza del Informe: [ ] Borrador [ ] Provisional [X] Definitivo Fecha de Elaboración: junio de 2014 INFORME DE SECRETARÍA LA SECRETARÍA MUNICIPAL del Ayuntamiento de VILLALBILLA,

Más detalles

INFORME I. ASUNTO II. CONTENIDO DEL INFORME. Adecuación jurídica. III. FUNDAMENTO Y VALOR DEL INFORME

INFORME I. ASUNTO II. CONTENIDO DEL INFORME. Adecuación jurídica. III. FUNDAMENTO Y VALOR DEL INFORME AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ALCALDÍA ÁREA DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD Dirección General de la Asesoría Jurídica Ref: AJRB. Nº: AJRB-100/2014.. Fecha: 26-2-2014. Asunto: Convenio de colaboración

Más detalles

- Dirección-Gerencia, que será ejercida por la persona titular de la Secretaría General de Empleo.

- Dirección-Gerencia, que será ejercida por la persona titular de la Secretaría General de Empleo. ESTRUCTURA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO Del Decreto 149/2012, de 5 de junio, (BOJA nº 115, de 13 de junio), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia

Más detalles

METODOLOGIA PARA EL DESARROLLO DE CONSORCIOS ENTRE EMPRESAS PAG- 1

METODOLOGIA PARA EL DESARROLLO DE CONSORCIOS ENTRE EMPRESAS PAG- 1 METODOLOGIA PARA EL DESARROLLO DE CONSORCIOS ENTRE EMPRESAS PAG- 1 1. LA COOPERACIÓN Es el establecimiento de acuerdos temporales o permanentes entre dos o más empresas.. con el fin de obtener unas VENTAJAS

Más detalles

INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA. Constitución del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.

INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA. Constitución del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha. ( Disposición Vigente ) Ley núm. 3/2002, de 7 de marzo. Ley 3/2002, de 7 marzo Version vigente de: 21/12/2010 LCLM 2002\77 INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA. Constitución del Instituto

Más detalles

(BOE 31 de diciembre) Artículo 88

(BOE 31 de diciembre) Artículo 88 Ley 53/2002, de 30 de diciembre, por el que se modifica el régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado. (BOE 31 de diciembre) Artículo

Más detalles

1. JUSTIFICACIÓN DE LA MEMORIA ABREVIADA

1. JUSTIFICACIÓN DE LA MEMORIA ABREVIADA MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 19/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente AYG- 7/2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

De la idea al negocio. El emprendimiento desde el ámbito académico: las spin-off

De la idea al negocio. El emprendimiento desde el ámbito académico: las spin-off De la idea al negocio. El emprendimiento desde el ámbito académico: las spin-off Ignasi Costas I Encuentro Internacional de Expertos en Emprendimiento Santander, 29 de noviembre de 2011 Concepto de spin-off

Más detalles

a) Secretaría de BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1

a) Secretaría de BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1 BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1 Estado de Sobre Hacienda las obligaciones contables de una comunidad de vecinos (comunidad de propietarios por pisos o locales, regida por la Ley 49/1960, de 21 de julio, de

Más detalles

INFORME DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PRESUPUESTO GENERAL 2.016

INFORME DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PRESUPUESTO GENERAL 2.016 Con motivo de la aprobación del presupuesto del ejercicio 2.016 y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Más detalles

GUIÓN PARA EL ANÁLISIS PRESUPUESTARIO DE LOS AYUNTAMIENTOS

GUIÓN PARA EL ANÁLISIS PRESUPUESTARIO DE LOS AYUNTAMIENTOS GUIÓN PARA EL ANÁLISIS PRESUPUESTARIO DE LOS AYUNTAMIENTOS INTRODUCCIÓN Podemos definir de manera general que el Presupuesto Municipal Anual es: El documento o programa de ingresos y gastos previstos en

Más detalles

Construcción y Urbanismo

Construcción y Urbanismo Construcción y Urbanismo Operaciones Inmobiliarias Urbanismo Construcción Actuaciones Especiales C/ Avenida de Galicia 6. 2º Izda. T: +34 985 219 472 F: +34 985 210 598 33005 - Oviedo www.globaliura.com

Más detalles

Rendimientos de capital inmobiliario

Rendimientos de capital inmobiliario Rendimientos de capital inmobiliario VÍCTOR M. SÁNCHEZ BLÁZQUEZ PROFESOR TITULAR DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO ULPGC Esquema Concepto y rendimientos íntegros Cuantificación Gastos deducibles Reducciones

Más detalles

Kontratazio Administratiboa

Kontratazio Administratiboa Kontratazio Administratiboa 2007 Mediante la actividad contractual la Administración suple sus carencias internas, especialmente de personal cualificado, cuando se precisa para la realización de actividades

Más detalles

INNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

INNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID INNOEMPRESA APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1 Recientemente se ha publicado la ORDEN de 3 de febrero de, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

COOPERACIÓN MATERIA DE DATOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL GOBERNO DE NAVARRA 12-12-12

COOPERACIÓN MATERIA DE DATOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL GOBERNO DE NAVARRA 12-12-12 COOPERACIÓN EN MATERIA DE DATOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL GOBERNO DE NAVARRA 12-12-12 INDICE 1. NORMATIVA 2.OBJETIVOS 3.PROCEDIMIENTOS i) Acceso directo a Bases de datos. ii)

Más detalles

Anexo I. Deducciones en el tramo autonómico del IRPF por donativos realizados a favor de fundaciones (año 2010)

Anexo I. Deducciones en el tramo autonómico del IRPF por donativos realizados a favor de fundaciones (año 2010) ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica y Fiscal General Castaños, 4 4ª planta 28004 Madrid Tel.: 91 310 63 09 Fax: 91 578 36 23 asociacion@fundaciones.org www.fundaciones.org

Más detalles

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D.

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D. Tema 7 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los empleados públicos, el código de conducta. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto marco del

Más detalles

MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO

MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CELEBRACIÓN DEL 60 ANIVERSARIO DE LA ESCUELA DE

Más detalles

ESTATUTOS DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA ÍNDICE

ESTATUTOS DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA ÍNDICE PREÁMBULO ESTATUTOS DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA ÍNDICE Título primero. Identificación, naturaleza y régimen jurídico, objetivos y finalidades Artículo 1. Naturaleza, denominación y personalidad

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O

A Y U N T A M I E N T O A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO 2013 ORDENANZA Núm.1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y RÚSTICA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACION DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL

Más detalles

Rendimientos de capital inmobiliario

Rendimientos de capital inmobiliario Rendimientos de capital inmobiliario V Í C T O R M. S Á N C H E Z B L Á Z Q U E Z P R O F E S O R T I T U L A R D E D E R E C H O F I N A N C I E R O Y T R I B U T A R I O U L P G C Rendimientos de capital

Más detalles

RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario

RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario RESUMEN EDUCACIÓN Acreditación profesorado universitario Un ciudadano informa que el Decreto 67/2013 de 17 de octubre, por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente investigador

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS INDICE Página 1. Introducción... 3 2. Objetivo... 3 3. Conceptos... 4 4. Órgano Societario Encargado de Acordar, Aprobar y hacer Cumplir las Disposiciones del

Más detalles

Como hacer contratos con tus clientes y proveedores. Consejos prácticos: Preguntas y respuestas sobre contratación con clientes y proveedores.

Como hacer contratos con tus clientes y proveedores. Consejos prácticos: Preguntas y respuestas sobre contratación con clientes y proveedores. Como hacer contratos con tus clientes y proveedores Consejos prácticos: Preguntas y respuestas sobre contratación con clientes y proveedores Autora Lorena Garnica de la Espriella Bogotá, D. C., julio 9

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente FYM- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMAZAN

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMAZAN REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMAZAN Artículo 1. Objeto. El presente reglamento tiene como objeto la regulación del Registro contable de facturas ya

Más detalles

Política de Comunicación y contacto con los accionistas, inversores institucionales y asesores de voto

Política de Comunicación y contacto con los accionistas, inversores institucionales y asesores de voto Política de Comunicación y contacto con los accionistas, inversores institucionales y Rev. Fecha Descripción Desarrollo Revisión Aprobación 0 17/12/2015 Documento inicial CLR JLMD Consejo de Administración

Más detalles

1 de abril de 2015. 1. Proyectos de Ley del Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social: remisión a las Cortes Generales.

1 de abril de 2015. 1. Proyectos de Ley del Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social: remisión a las Cortes Generales. 1 de abril de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Proyectos de Ley del Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social: remisión a las Cortes Generales.... 1 2. Reglamento del Registro de ONGD... 3 3. Modelos

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 118 de 23-v-2014 1/7 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Presidencia Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba la vigésima

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 17271 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 5148 Decreto n.º 56/2015, de 24 de abril, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación de Salvamento

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 145 Martes 18 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 45779 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 6580 Acuerdo de cooperación entre el Reino de España y la República Portuguesa

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 109 Jueves 5 de mayo de 2016 Sec. III. Pág. 30197 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 4341 Resolución de 20 de abril de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la

Más detalles

IV Jornada de Auditoría del Sector Público

IV Jornada de Auditoría del Sector Público IV Jornada de Auditoría del Sector Público AUDITORÍA DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL: NUEVOS RETOS Intervenció General INSTRUCCIÓN MODELO NORMAL Los municipios cuyo presupuesto exceda de 3.000.000 Los municipios

Más detalles

Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa

Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Información general DUE Prevención de Riesgos Laborales, entidad acreditada, a nivel nacional, como servicio de Prevención de Riesgos Laborales ajenos (número

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO. CAPITULO III De los órganos del Consejo de Políticas del Juego.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO. CAPITULO III De los órganos del Consejo de Políticas del Juego. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO CAPITULO I De la naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Naturaleza. Artículo 3. Régimen jurídico.

Más detalles

Guía del Curso Agente Inmobiliario

Guía del Curso Agente Inmobiliario Guía del Curso Agente Inmobiliario Modalidad de realización del curso: Número de Horas: Titulación: A distancia y Online 160 Horas Diploma acreditativo con las horas del curso OBJETIVOS El Agente Inmobiliario

Más detalles

PLANIFICACIÓN URBANA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS

PLANIFICACIÓN URBANA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PLANIFICACIÓN URBANA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS El papel de la legislación y los sistemas de información Ángela de la Cruz Mera Subdirectora General de Urbanismo Ministerio de Fomento 1. INTRODUCCIÓN En España,

Más detalles

CAPÍTULO 14 COMERCIO ELECTRÓNICO

CAPÍTULO 14 COMERCIO ELECTRÓNICO CAPÍTULO 14 COMERCIO ELECTRÓNICO Artículo 14.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo, se entenderá por: comercio electrónico: todo acuerdo, transacción o intercambio de información con fines

Más detalles

PREVENCIÓN EN EL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

PREVENCIÓN EN EL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO PREVENCIÓN EN EL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO HORAS: 12h OBJETIVOS Los objetivos de este curso se concretan en el cumplimiento por parte de las empresas de la obligación de formar

Más detalles

c. Jorge Juan 6 28001 Madrid www.agpd.es

c. Jorge Juan 6 28001 Madrid www.agpd.es Informe 0163/2011 Se consulta si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, la comunicación al Consulado británico de los datos de un ciudadano

Más detalles

CONCLUSIONES DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL LOS SEGUROS AGRARIOS Y LA GARANTÍA DE RENTAS.

CONCLUSIONES DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL LOS SEGUROS AGRARIOS Y LA GARANTÍA DE RENTAS. CONCLUSIONES DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL LOS SEGUROS AGRARIOS Y LA GARANTÍA DE RENTAS. La Conferencia Internacional sobre Los Seguros Agrarios y la Garantía de Rentas, desarrollada en Madrid durante

Más detalles

TEMA 6 CUERPO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

TEMA 6 CUERPO AUXILIAR ADMINISTRATIVO TEMA 6 CUERPO AUXILIAR ADMINISTRATIVO PROMOCIÓN INTERNA LEY DE HACIENDA DE LA REGIÓN DE MURCIA: CONCEPTO, ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE

Más detalles

DISPONE: Artículo 1.- Objeto

DISPONE: Artículo 1.- Objeto Proyecto de Decreto por el que se desarrolla el procedimiento para la adhesión de las Cajas de Ahorros con domicilio en Castilla y León a sistemas institucionales de protección El artículo 21 del Texto

Más detalles

Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial

Más detalles

CONSEJERIA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ÍNDICE

CONSEJERIA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ÍNDICE BASES DE EJECUCIÓN ÍNDICE T I T U L O I: DISPOSICIONES GENERALES... 4 CAPÍTULO I.- NORMAS GENERALES... 4 BASE 1.- Normas de gestión administrativo-contables... 4 BASE 2.-Ámbito temporal y funcional...

Más detalles

NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA

NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA Abril 2007 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre

Más detalles

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2016.

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2016. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PARA EL AÑO 2016. Elaborado por: Vicerrectorado de Profesorado Fecha: Junio 2016 Negociado en: Mesa Negociadora Fecha: 22 de Junio 2016 Aprobado por: Consejo de Gobierno

Más detalles

LA LEY 5/2007, DE 21 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

LA LEY 5/2007, DE 21 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID. INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN RELATIVAS A LA FINANCIACIÓN DE OTROS GASTOS DEL ALUMNADO, CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 43.1.e DE LA LEY 5/2007, DE 21 DE DICIEMBRE,

Más detalles

Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 109 Viernes, 15 de mayo de 2015 Pág. 12 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ASESORAMIENTO, PLANIFICACIÓN DEL TERRITORIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS Asesoramiento Local En

Más detalles

LEGAL FLASH I GRUPO DE DERECHO PÚBLICO - ENERGÍA

LEGAL FLASH I GRUPO DE DERECHO PÚBLICO - ENERGÍA Febrero de 2016 REAL DECRETO 56/2016, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE TRANSPONE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA,

Más detalles

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general. INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, RELATIVA AL RÉGIMEN DE LICENCIAS, PERMISOS Y VACACIONES APLICABLE AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y

Más detalles

Nota de prensa. El Ministerio presenta a las comunidades autónomas el Plan de Garantía Juvenil y la Estrategia de Activación para el Empleo

Nota de prensa. El Ministerio presenta a las comunidades autónomas el Plan de Garantía Juvenil y la Estrategia de Activación para el Empleo Nota de prensa El Ministerio presenta a las comunidades autónomas el Plan de Garantía Juvenil y la Estrategia de Activación para el Empleo El Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España

Más detalles

PROMOCIÓN INMOBILIARIA

PROMOCIÓN INMOBILIARIA PROMOCIÓN INMOBILIARIA Después de años de crecimiento continuado de su volumen de negocio y resultados, el área inmobiliaria de Ferrovial se ha consolidado en una de las primeras empresas del mercado residencial

Más detalles

Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2015

Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2015 Andalucía (pág. 577 y l Para beneficiarios de ayudas familiares. l C o n t r i b u y e n t e c o n l Familia monoparental y con ascendientes mayores de 75 l Asistencia a personas con l Por ayuda doméstica.

Más detalles

EQ-1594/2013 Santa Cruz de La Palma Octubre de 2014 JSA/9806/01/sh

EQ-1594/2013 Santa Cruz de La Palma Octubre de 2014 JSA/9806/01/sh EQ-1594/2013 Santa Cruz de La Palma Octubre de 2014 JSA/9806/01/sh Ilmo. Sr. D. Pedro Gómez Giménez Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial Gobierno

Más detalles

Acuerdo de la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 19 de julio de 2013

Acuerdo de la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 19 de julio de 2013 Conselleria d Hisenda i Pressuposts Junta Consultiva de Contractació Administrativa Acuerdo de la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 19 de julio de 2013 Informe

Más detalles

La prevención del blanqueo de capitales en el sector inmobiliario

La prevención del blanqueo de capitales en el sector inmobiliario La prevención del blanqueo de capitales en el sector inmobiliario En los últimos meses nuestros asociados han estado enviando un breve cuestionario a sus potenciales clientes en el que se les solicitan

Más detalles

CONSEJERÍA DE SALUD. Sevilla, 5 de agosto 2009 BOJA núm. 151 Página núm. 11

CONSEJERÍA DE SALUD. Sevilla, 5 de agosto 2009 BOJA núm. 151 Página núm. 11 Sevilla, 5 de agosto 2009 BOJA núm. 151 Página núm. 11 CONSEJERÍA DE SALUD DECRETO 307/2009, de 21 de julio, por el que se define la actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación

Más detalles

Dirección General de Educación Infantil y Primaria CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE. Comunidad de Madrid

Dirección General de Educación Infantil y Primaria CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE. Comunidad de Madrid INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN EXTERNA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DURANTE EL CURSO ESCOLAR

Más detalles

INTERVENCIÓN DELEGADA DE CECOSAM

INTERVENCIÓN DELEGADA DE CECOSAM ASUNTO: INFORME DE LA INTERVENCIÓN DELEGADA SOBRE ESTADOS DE PREVISIÓN DE GASTOS E INGRESOS DE LA SOCIEDAD MUNICIPAL CEMENTERIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS MUNICIPALES DE CÓRDOBA, S.A. () PARA EL EJERCICIO

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL CPCECR

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL CPCECR LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL CPCECR Disposiciones generales Artículo 1º Los presentes lineamientos regulan las actividades de la Auditoría Interna del Colegio de

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO PARA LA PREVENCiÓN DEL TABAQUISMO. EXPOSICiÓN

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO PARA LA PREVENCiÓN DEL TABAQUISMO. EXPOSICiÓN .~ MINISTERIO DE SAN~DAD y CONSt;MO REF.: REF.C.M. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO PARA LA PREVENCiÓN DEL TABAQUISMO EXPOSICiÓN La Ley 28/2005, de 26 de didiembre, de medidas sanitarias frente

Más detalles

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS El Impuesto sobre el Patrimonio fue establecido, en principio con carácter excepcional y transitorio por la Ley

Más detalles

ACUERDO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS Y LA MEJORA DE LA REGULACIÓN

ACUERDO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS Y LA MEJORA DE LA REGULACIÓN B ACUERDO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS Y LA MEJORA DE LA REGULACIÓN En el marco de la economía de mercado corresponde a los poderes públicos velar por la libertad

Más detalles

POLÍTICAS INMOBILIARIAS DEL COMITÉ DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL Y PARAESTATAL (CPIFP)

POLÍTICAS INMOBILIARIAS DEL COMITÉ DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL Y PARAESTATAL (CPIFP) POLÍTICAS INMOBILIARIAS DEL COMITÉ DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL Y PARAESTATAL (CPIFP) 1. OBJETIVO Las Políticas Inmobiliarias del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, tienen

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES MUNICIPALES

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES MUNICIPALES ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES MUNICIPALES PREÁMBULO El Ayuntamiento de Benalmádena, en el ejercicio de la potestad reglamentaria contemplada en el artículo 4.1.a) de la

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJET0.................................................. 2 2. CLIENTES 1 ALCANCE..................................... 2 3. NORMATIVA...............................................

Más detalles

POLÍTICAS SOBRE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Y GENERACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA UNIVERSITARIA O SPIN OFF

POLÍTICAS SOBRE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Y GENERACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA UNIVERSITARIA O SPIN OFF POLÍTICAS SOBRE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Y GENERACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA UNIVERSITARIA O SPIN OFF POLÍTICAS SOBRE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA Y GENERACION DE EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA UNIVERSITARIA

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE PAISAJE DEL PAÍS VASCO

PROYECTO DE LEY DE PAISAJE DEL PAÍS VASCO PROYECTO DE LEY DE PAISAJE DEL PAÍS VASCO Euskal Hiria X Edición Iñaki Atxukarro Arruabarrena Viceconsejero de Planificación Territorial y Aguas 29-11-2011 Una mirada a Europa para reflexionar sobre el

Más detalles

So licitud d e D icta m en d e V alora ción d e d ocum entos

So licitud d e D icta m en d e V alora ción d e d ocum entos C onsejería de Educación y C ultura Dirección G eneral de Patrim onio C ultural Avenida Valhondo s/n.. M ódulo IV 2ª Planta 06800 M ÉRIDA Teléfono: 924 007009 Fax: 924 007110 So licitud d e D icta m en

Más detalles

Curso Universitario de Diseño de Productos y Servicios Turísticos Locales (Titulación Universitaria + 2 ECTS)

Curso Universitario de Diseño de Productos y Servicios Turísticos Locales (Titulación Universitaria + 2 ECTS) Curso Universitario de Diseño de Productos y Servicios Turísticos Locales (Titulación Titulación certificada por EDUCA BUSINESS SCHOOL Curso Universitario de Diseño de Productos y Servicios Turísticos

Más detalles

LEY 3/1985, de 10 de julio, de creación de la Imprenta Regional de Murcia. TITULO PRIMERO Disposiciones generales

LEY 3/1985, de 10 de julio, de creación de la Imprenta Regional de Murcia. TITULO PRIMERO Disposiciones generales LEY 3/1985, de 10 de julio, de creación de la Imprenta Regional de Murcia. TITULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. 1. Por la presente Ley se crea, con personalidad jurídica y patrimonio propios,

Más detalles

ACUERDO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE Y EMIGRANTE DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2017

ACUERDO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE Y EMIGRANTE DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2017 ACUERDO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE Y EMIGRANTE DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2017 Los movimientos migratorios han cobrado una especial relevancia en los últimos años produciendo

Más detalles

Ayudas y financiación para empresas en proyectos de eficiencia energética

Ayudas y financiación para empresas en proyectos de eficiencia energética Pág. 1 Ayudas y financiación para empresas en proyectos de eficiencia energética Lope del Amo Dpto. de Transformación de la Energía IDAE Pág. 2 INDICE 1. Programa de Ayudas IDAE a la Financiación de Proyectos

Más detalles

PLAN ESTRATÉGICO 2015-2017 FORO LATINOAMERICANO DE ENTES REGULADORES DE TELECOMUNICACIONES (REGULATEL)

PLAN ESTRATÉGICO 2015-2017 FORO LATINOAMERICANO DE ENTES REGULADORES DE TELECOMUNICACIONES (REGULATEL) PLAN ESTRATÉGICO 2015-2017 FORO LATINOAMERICANO DE ENTES REGULADORES DE TELECOMUNICACIONES (REGULATEL) REGULATEL es una organización pública sin fines de lucro, que se constituye como un foro multilateral

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 2614 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente 596 Orden de 26 de enero de 2016 de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, por la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 109 Jueves 5 de mayo de 2016 Sec. III. Pág. 30187 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 4339 Resolución de 20 de abril de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la

Más detalles

NÚMERO 11 Jueves, 17 de enero de 2008

NÚMERO 11 Jueves, 17 de enero de 2008 1141 ORDEN de 8 de enero de 2008 por la que se convocan ayudas para la consolidación y apoyo a los Grupos de Investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura. (2008050012)

Más detalles

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA SECCIÓN DE MEDICINA, ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA. (Aprobado en Junta de Sección de Medicina, Enfermería y Fisioterapia 26 de febrero de 2016) El Reglamento de Régimen

Más detalles

PLAN ESTRATÉGICO DEL SERVICIO DE GESTIÓN ACADÉMICA

PLAN ESTRATÉGICO DEL SERVICIO DE GESTIÓN ACADÉMICA MISIÓN PLAN ESTRATÉGICO DEL Gestionar con criterios de eficacia, eficiencia y calidad, la actividad académica y administrativa, en colaboración con las distintas Unidades de la Universidad de Alicante,

Más detalles