GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2533

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2533"

Transcripción

1 GOBIERNO DE PUERTO RICO ta Asamblea ma Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 de abril de 0 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a la Comisión de Jurídico Civil LEY Para enmendar los Artículos y del Código Civil de Puerto Rico de 0, a los fines de realizar enmiendas técnicas al proceso mediante el cual se lleva a cabo el divorcio mediante la causal de ruptura irreparable. EXPOSICION DE MOTIVOS El Código Civil de 0, en su Artículo, establece las causales por las que uno de los cónyuges puede presentar una petición ante el Tribunal para disolver su matrimonio. Por su parte, el Artículo detalla el procedimiento para gestionar el divorcio según la causal alegada en la petición. Recientemente, el de agosto de 0, se firmó la Ley Núm. -0 mediante la cual se incluyó el consentimiento mutuo y la ruptura irreparable entre las causales de divorcio. En la legislación adoptada, se incluyó al consentimiento mutuo y la ruptura irreparable como causal de disolución matrimonial, sin embargo no se estableció el procedimiento a seguirse en estas causales. Ante esta situación, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio establecer el procedimiento a llevarse a cabo cuando se presenta ante el Tribunal una petición de divorcio por la causal de consentimiento mutuo y ruptura irreparable. DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: para que lea: Artículo.- Se enmienda el Artículo del Código Civil de Puerto Rico de 0, Art.. Causas de divorcio.

2 0 0 Las causas del divorcio son: () Adulterio de cualquiera de los cónyuges. () La condena de reclusión de uno de los cónyuges por delito grave, excepto cuando dicho cónyuge se acoja a los beneficios de sentencia suspendida. () La embriaguez habitual o el uso continuo y excesivo de opio, morfina o cualquier otro narcótico. () El trato cruel o las injurias graves. () El abandono de la mujer por su marido o del marido por su mujer, por un término mayor de un () año. () La impotencia absoluta perpetua e incurable sobrevenida después del matrimonio. () El conato del marido o de la mujer para corromper a sus hijos o prostituir a sus hijas, y la convivencia en su corrupción o prostitución. () La propuesta del marido para prostituir a su mujer. () La separación de ambos cónyuges por un período de tiempo sin interrupción de más de dos () años. Probado satisfactoriamente la separación por el expresado tiempo de más de dos () años, al dictarse sentencia no se considerará a ninguno de los cónyuges inocente ni culpable. (0) La locura incurable de cualquiera de los cónyuges sobrevenida después del matrimonio, por un período de tiempo de más de años, cuando impida gravemente la convivencia espiritual de los cónyuges, comprobada satisfactoriamente en juicio por el dictamen de peritos médicos; Disponiéndose, que en tales casos la corte nombrará un defensor judicial al cónyuge loco para que lo represente en el juicio. El cónyuge demandante vendrá obligado a proteger y satisfacer las necesidades del cónyuge loco en

3 0 0 proporción a su condición y medios de fortuna, mientras sea necesaria para su subsistencia; Disponiéndose, además, que esta obligación en ningún momento ha de ser menos de dos quintas (/) partes del ingreso bruto por sueldos o salarios o entradas de cualquier otra clase que tuviere el cónyuge demandante. () [La consignación del] El mutuo consentimiento entre los cónyuges para la disolución del matrimonio.[; presentada conjuntamente mediante petición ex parte.] () La [consignación de una] ruptura irreparable de los nexos de convivencia matrimonial [presentada individualmente]. Artículo. Se enmienda el Artículo del Código Civil de Puerto Rico de 0, para que lea: Art.. Procedimiento. El divorcio sólo puede ser concedido mediante juicio en la forma ordinaria y por sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia. En ningún caso puede concederse el divorcio por una de las causas dispuestas en los incisos al 0 del Artículo de este Código, cuando la causa en que se funde sea el resultado de un convenio o confabulación entre marido y mujer. Ninguna persona podrá obtener el divorcio de acuerdo con este Código, que no haya residido en el Estado Libre Asociado un año inmediatamente antes de hacer la demanda, a menos que la causa en que se funde se cometiera en Puerto Rico o cuando uno de los cónyuges residiese aquí. Cuando la acción de divorcio se funde en "trato cruel o injurias graves" o en el "abandono de la mujer por su marido o del marido por su mujer, por un término mayor de un año" y hubiere hijos menores de edad en el matrimonio que se intenta disolver por

4 0 0 dicha acción de divorcio, será deber de la corte, antes de señalar fecha para la celebración del juicio, si las partes residieren en Puerto Rico, citar a éstas, bajo apercibimiento de desacato, para una vista preliminar o acto de conciliación que presidirá el juez de la corte en su despacho, y el mismo deberá celebrarse dentro de los diez (0) días siguientes a la citación arriba mencionada; Disponiéndose, que si en el acto de conciliación cualquiera de los cónyuges manifestare su firme e irrevocable propósito de no reanudar las relaciones matrimoniales, el juez que lo presida dictará orden al secretario para que incluya el caso en el calendario especial. Cuando la acción de divorcio se funde en consentimiento mutuo de las partes, ésta se hará mediante la consignación del mutuo consentimiento entre los cónyuges para la disolución del matrimonio; presentada conjuntamente mediante petición ex parte y cumpliendo con lo siguiente: () Al menos uno de los cónyuges debe haber residido en Puerto Rico durante un año inmediatamente antes de presentar la petición; () Se presentará una petición y estipulación conjunta, juramentada por ambos cónyuges, que exprese la decisión de ambos de divorciarse por consentimiento mutuo. La estipulación señalará los acuerdos a los que han llegado referente a custodia y patria potestad, relaciones filiales, pensión alimenticia para los hijos(as) y de ser necesario para uno de los cónyuges, y la liquidación del régimen económico del matrimonio. La petición debe consignar que la decisión de divorciarse es voluntaria y que los peticionarios han llegado a ella mediando mutua reflexión y libres de toda coacción. El Tribunal celebrará una vista para evaluar la razonabilidad de la estipulación y si ésta brinda adecuada protección

5 a las partes. Además, en dicha vista el Tribunal corroborará la alegación de las partes de libre voluntad para divorciarse. De determinarse que es 0 0 razonable, brinda adecuada protección y fue hecha libremente, entonces el Tribunal impartirá su aprobación a la estipulación y dictará sentencia; () El abogado de uno de los cónyuges no podrá representar al otro cónyuge en el proceso de divorcio; () Ninguno de los abogados deberá actuar como notario en la toma de juramento. Cuando el Tribunal determine que se cumplen todas las condiciones establecidas para el divorcio por consentimiento mutuo, entonces dictará sentencia de decretando el divorcio. Una vez transcurridos treinta (0) días del archivo en autos de la notificación de la sentencia de divorcio, sin que cualquiera de los cónyuges radicare un escrito notificando su desistimiento, ésta advendrá final y firme. El Tribunal no podrá admitir renuncias a este término. Cuando la acción de divorcio se funde en ruptura irreparable, se presentará una petición jurada, conjunta o ex parte, donde conste que el matrimonio está roto irreparablemente; que la relación conyugal ha perdido su razón de ser y que han desaparecido los nexos de convivencia matrimonial, sin que exista la posibilidad de que prospere una reconciliación. De presentarse la petición ex parte, se deberá cumplir con los requisitos de notificación establecidos en la Regla de las Reglas de Procedimiento Civil a los fines de que se le brinde la oportunidad al cónyuge demandado de comparecer al pleito y ser oído.

6 0 La causal de ruptura irreparable no es de carácter culposa, y su elemento esencial es precisamente la ruptura del vínculo matrimonial sin la posibilidad de reconciliación. Lo relativo a la división de la sociedad legal de gananciales o comunidad de bienes será dilucidado en un procedimiento separado e independiente del que lleve el tribunal al conceder la petición de divorcio por ruptura irreparable. No obstante, en aquellos casos en los que haya menores producto de la relación matrimonial, el Tribunal hará constar en la sentencia lo referente a las relaciones paterno filiales y pensión alimenticia de forma provisional. Ello permitirá salvaguardar los derechos y el mejor bienestar de los menores hasta tanto y en cuanto se dilucide de forma final la pensión alimenticia y las relaciones paterno filiales en el procedimiento correspondiente. Artículo.- Separabilidad Si cualquier Artículo o parte de esta Ley fuere anulada o declarada inconstitucional, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado al Artículo o parte de la misma que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional. Artículo.- Vigencia Esta Ley entrará en vigor inmediatamente a partir de su aprobación.

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación

Más detalles

CAPACITACION A Facilitadores Judiciales

CAPACITACION A Facilitadores Judiciales CAPACITACION A Facilitadores Judiciales Tema: Ley Para la Disolución del Matrimonio por Voluntad de unas de las Partes Oficina de Atención a Facilitadores Judiciales Managua, 05 de Abril 2013 Concepto:

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE P E T I C I Ó N

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE P E T I C I Ó N ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE Nombre: Nombre: Peticionarios CIVIL NÚM. SOBRE: DIVORCIO POR CONSENTIMIENTO MUTUO P E T I C I Ó N Al Honorable Tribunal:

Más detalles

EXP. : ESP.LEGAL : ESCRITO : 01 CUADERNO: PRINCIPAL SUMILLA : INTERPONEMOS DEMANDA DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR

EXP. : ESP.LEGAL : ESCRITO : 01 CUADERNO: PRINCIPAL SUMILLA : INTERPONEMOS DEMANDA DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR EXP. : ESP.LEGAL : ESCRITO : 01 CUADERNO: PRINCIPAL SUMILLA : INTERPONEMOS DEMANDA DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE SULLANA.,,,,,,,,,,,,,, Identificada

Más detalles

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE JUNIO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE JUNIO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO ( DE JUNIO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea ta. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 de febrero de 0 Presentado

Más detalles

LEY PARA LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES

LEY PARA LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES LEY PARA LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR VOLUNTAD DE UNA DE LAS PARTES Ley No. 38 de 28 de Abril de 1988 Publicado en La Gaceta No. 80 de 29 de Abril de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Más detalles

DECRETO-LEY No. 154 / 94 de 6 de septiembre DEL DIVORCIO NOTARIAL

DECRETO-LEY No. 154 / 94 de 6 de septiembre DEL DIVORCIO NOTARIAL DECRETO-LEY No. 154 / 94 de 6 de septiembre DEL DIVORCIO NOTARIAL FIDEL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba. HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha acordado lo siguiente:

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 66. 2 de enero de 2009. Presentada por el señor Ríos Santiago

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 66. 2 de enero de 2009. Presentada por el señor Ríos Santiago ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 66 2 de enero de 2009 Presentada por el señor Ríos Santiago Referido a la Comisión

Más detalles

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (23 DE ENERO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (23 DE ENERO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO ( DE ENERO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea da. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 de agosto de 0 Presentado

Más detalles

Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express?

Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express? Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express? - Certificado literal de matrimonio (puede obtenerlo en este enlace de la web del Ministerio de Justicia o directamente en el Registro Civil

Más detalles

C Casamiento-Divorcio

C Casamiento-Divorcio Procesos de matrimonio entre distintas nacionalidades Matrimonio entre japonés y extranjera (o viceversa) Matrimonio entre extranjeros Los japoneses tienen que cumplir con los requisitos estipulados por

Más detalles

ASISTENCIA JURÍDICA EN MATERIA DE FAMILIA BUFETE FIGUERAS SEPARACIONES Y DIVORCIOS SINOPSIS

ASISTENCIA JURÍDICA EN MATERIA DE FAMILIA BUFETE FIGUERAS SEPARACIONES Y DIVORCIOS SINOPSIS ER-1290/2005 CALIDAD ISO 9001:2000 Bori i Fontestá, 18, 4º 1ª 08021 BARCELONA Tel: 93 201 80 09 Fax: 93 200 17 62 info@bufetefigueras.com www.bufetefigueras.com ASISTENCIA JURÍDICA EN MATERIA DE FAMILIA

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 9 de enero de 009 Presentado por el señora Vázquez Nieves Referido a las Comisiones de

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 6ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 60 0 DE SEPTIEMBRE DE 05 Presentado por la representante Méndez Silva Referido

Más detalles

LEGÁLITAS ASISTENCIA LEGAL. Avda. Leopoldo Calvo Sotelo-Bustelo 6 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid) 911 513 715 info@legalitas.es

LEGÁLITAS ASISTENCIA LEGAL. Avda. Leopoldo Calvo Sotelo-Bustelo 6 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid) 911 513 715 info@legalitas.es Legálitas es, desde 1999, la compañía española líder en la prestación de servicios de asistencia jurídica y seguros de defensa jurídica para particulares, autónomos y pymes. En todo este tiempo nos hemos

Más detalles

Son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo.

Son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo. CAPÍTULO IV De los procesos matrimoniales y de menores Artículo 769. Competencia. 1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere

Más detalles

El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres. Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio,

El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres. Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio, El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio, versión 2011 1 El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres 2 Otras formas de convivencia

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 0 DE FEBRERO DE 0 Presentado por el representante De Jesús Rodríguez Referido a las

Más detalles

Capítulo quinto El divorcio

Capítulo quinto El divorcio Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Capítulo quinto El divorcio El divorcio es la acción que disuelve el vínculo del

Más detalles

LOS PROCESOS MATRIMONIALES

LOS PROCESOS MATRIMONIALES LOS PROCESOS MATRIMONIALES MASTER EN DERECHO DE FAMILIA E INFANCIA. UNIVERSITAT DE BARCELONA Módulo nulidad, separación y divorcio. Prof. Dr. Vicente Pérez Daudí. 1. REGULACIÓN. Libro IV LEC- PROCESOS

Más detalles

Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías

Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías LEY Nº 29227 D.S. Nº 009-2008-JUS (Reglamento) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2 18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los

Más detalles

Juez de. Control de Garantías SENTENCIA FINAL DE DIVORCIO SIN HIJOS

Juez de. Control de Garantías SENTENCIA FINAL DE DIVORCIO SIN HIJOS EN EL JUZGADO DEL CONDADO, de OHIO División PROCEDIMIENTOS de FAMILIA Demandante N.º de caso Domicilio Juez Ciudad, Estado y Código Postal contra Demandado Domicilio Ciudad, Estado y Código Postal Juez

Más detalles

El Divorcio (Disolución del Casamiento) y la Custodia en el Estado de Colorado

El Divorcio (Disolución del Casamiento) y la Custodia en el Estado de Colorado Esta información es presentada por Colorado Legal Services, Inc., (CLS), como un servicio público con la intención de informar, no aconsejar. Nadie debe intentar de interpretar o aplicar ninguna ley sin

Más detalles

Matrimonio y divorcio. Para todas las mujeres, una Ley de Familia. Conoce tus Derechos

Matrimonio y divorcio. Para todas las mujeres, una Ley de Familia. Conoce tus Derechos 11 Matrimonio y divorcio SP 011 DERECHO DE FAMILIA PARA LAS MUJERES EN ONTARIO Para todas las mujeres, una Ley de Familia Conoce tus Derechos Matrimonio y divorcio El objetivo de este cuadernillo es que

Más detalles

Desde cuándo se producen los efectos del divorcio? Desde la firmeza de la sentencia, nunca retroactivamente.

Desde cuándo se producen los efectos del divorcio? Desde la firmeza de la sentencia, nunca retroactivamente. Qué es el divorcio? Es la acción por la cual se disuelve el matrimonio válidamente contraído, sea éste civil sea religioso, quedando extinguido el vínculo matrimonial. Quién debe decretar el divorcio?

Más detalles

DIOCESE OF DALLAS. Casos Matrimoniales. y el Proceso de Anulación

DIOCESE OF DALLAS. Casos Matrimoniales. y el Proceso de Anulación DIOCESE OF DALLAS Casos Matrimoniales y el Proceso de Anulación Casos Matrimoniales y el Proceso de Anulación Página 1 Casos Matrimoniales y el Proceso de Anulación Tribunal Diocese of Dallas (Revisado

Más detalles

SEPARACIONES Y DIVORCIOS TRAS LA LEY 15/2005

SEPARACIONES Y DIVORCIOS TRAS LA LEY 15/2005 Datos de Justicia SEPARACIONES Y DIVORCIOS TRAS LA LEY 15/2005 El 9 de julio de 2005 aparecía publicada en el BOE la Ley 15/2005 de 8 de julio por la que se modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento

Más detalles

Cómo puede llevarse a cabo la separación de hecho?

Cómo puede llevarse a cabo la separación de hecho? Clases de separación matrimonial? a. Separación judicial. b. Separación de hecho. Qué es la separación judicial matrimonial? Es la acción por la cual se suspende no se disuelve- el matrimonio válidamente

Más detalles

Asimismo, este documento fue cotejado previamente con su original por el servidor público que elabora la presente versión pública.

Asimismo, este documento fue cotejado previamente con su original por el servidor público que elabora la presente versión pública. El licenciado Álvaro Moreno Carbajal, Secretario de Acuerdo y Trámite, hago constar y certifico que, en términos de lo previsto en los artículos 27, fracción IX, 58, 68 y 75, fracción III, de la Ley de

Más detalles

Unidad 14. El divorcio voluntario o mutuo consentimiento

Unidad 14. El divorcio voluntario o mutuo consentimiento Unidad 14 El divorcio voluntario o mutuo consentimiento CONCEPTO El divorcio voluntario o por mutuo consentimiento, también denominado divorcio por mutuo disenso, tiene siempre en el fondo una causa que

Más detalles

UNIONES DE HECHO/MATRIMONIO

UNIONES DE HECHO/MATRIMONIO UNIONES DE HECHO/MATRIMONIO ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PAREJA Aunque no existe un modelo de familia determinado, o mejor dicho, existen variados y plurales modelos de familia, la Ley ofrece dos posibilidades

Más detalles

Separación, Divorcio y Nulidad matrimonial

Separación, Divorcio y Nulidad matrimonial Separación, Divorcio y Nulidad matrimonial Bastará que uno de los cónyuges no desee la continuación del matrimonio para que, sin tener que alegar causa alguna y transcurridos 3 meses desde la celebración

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO REGLAMENTO DE EDUCACIÓN JURÍDICA CONTINUA Aprobado el 30 de junio de 1998 (enmendado el 26 de abril de 2005) REGLAMENTO DE EDUCACIÓN JURÍDICA CONTINUA TABLA DE CONTENIDO

Más detalles

Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones

Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones Regla 17 -Procedimiento en apelación de sentencias finales en casos civiles provenientes del Tribunal de Circuito de Apelaciones a. La apelación de una sentencia final en un caso civil proveniente del

Más detalles

CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO

CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO CAPITULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO Los cónyuges están obligados, a contribuir cada uno por su parte, a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Toda persona tiene

Más detalles

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la

Más detalles

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.7 AVILES AUTO: 00068/2013 MARCOS DEL TORNIELLO, Nº 29-3ª PLANTA-DCHA., AVILES 985 12 78 94/95 985 12 78 96 N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE HACIENDA REGLAMENTO PARA IMPLANTAR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NUM. 95 DE 8 DE JUNIO DE 2000 QUE AUTORIZA AL SECRETARIO DE HACIENDA A RETENER EL 7.5

Más detalles

Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Adoptado por la Asamblea General en su resolución 428 (V), de 14 de diciembre de 1950 Capítulo I: Disposiciones generales

Más detalles

Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis.

Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis. En la Ciudad de Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis, la suscrita Secretaria de Acuerdo y Trámite LICENCIADA OFELIA MEDINA ESPARZA, Adscrita a éste Juzgado, doy cuenta al Ciudadano

Más detalles

CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO REUNIDOS

CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO REUNIDOS CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO En., a.de de REUNIDOS DE UNA PARTE, Don, mayor de edad, de nacionalidad española, vecino de, con domicilio en., y DNI nº.. Y DE OTRA, Doña, mayor de edad,

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

CONCLUSIONES ACUMULACIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO, SEPARACIÓN O NULIDAD DEL MATRIONIO Y DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN

CONCLUSIONES ACUMULACIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO, SEPARACIÓN O NULIDAD DEL MATRIONIO Y DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN CONCLUSIONES OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL ACUMULACIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO, SEPARACIÓN O NULIDAD DEL MATRIONIO Y DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN ÍNDICE

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2385 26 DE MARZO DE 2015. Presentado por el representante Peña Ramírez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2385 26 DE MARZO DE 2015. Presentado por el representante Peña Ramírez ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MARZO DE 0 Presentado por el representante Peña Ramírez Referido a la Comisión

Más detalles

EXPOSICION DE MOTIVOS

EXPOSICION DE MOTIVOS (P. del S. 428) LEY # 129 Aprobada el 27 de septiembre de 2007. Para enmendar el Código de Enjuiciamiento Civil de 1933, según enmendado, con el propósito de agilizar, clarificar y uniformar el derecho

Más detalles

SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO.

SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. LIC. EDITH PATRICIA CALZADA GUERRERO. León, Guanajuato,

Más detalles

Ojo: No confundir el uso (que es provisional), con la propiedad.

Ojo: No confundir el uso (que es provisional), con la propiedad. Uno de los mayores problemas que surgen en la pareja tras la crisis matrimonial es la atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar. Ojo: No confundir el uso (que es provisional), con la propiedad.

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1489

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1489 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7 ma. Asamblea 6 ta. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 489 7 de octubre de 05 Presentado por el señor Torres Torres Referido a la Comisión

Más detalles

NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL

NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL PRINCIPALES ASPECTOS DE LA LEY: El proyecto de ley de Matrimonio Civil regula los requisitos para contraer matrimonio, la forma de su celebración, la separación de los cónyuges,

Más detalles

Artículo 1. El título IV del libro primero del Código Civil quedará redactado de la siguiente forma: TITULO IV.-DEL MATRIMONIO

Artículo 1. El título IV del libro primero del Código Civil quedará redactado de la siguiente forma: TITULO IV.-DEL MATRIMONIO LEY 30/1981, de 7 de julio 1981, modificadora del Código civil en materia de matrimonio y determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio (BOE, n. 172, de 20 de julio)

Más detalles

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 (P. de la C. 3339) LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 Para crear la Ley de Agencias de Informes de Crédito con el fin de establecer legislación en el ámbito local para promover la veracidad, justicia, privacidad

Más detalles

VS. Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN

VS. Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN , DEMANDANTE VS., DEMANDADO(A) Caso Núm. AVISO DE AUDIENCIA Y ORDEN USTED HA SIDO DEMANDADO EN EL TRIBUNAL. Si desea defenderse de las alegaciones establecidas en los siguientes documentos, debe comparecer

Más detalles

CAPITULO I. Objeto Artículo 1.

CAPITULO I. Objeto Artículo 1. Acuerdo de 18 de junio de 1996, del Pleno del Tribunal Constitucional, sobre asistencia jurídica gratuita en los procesos de amparo constitucional (BOE núm. 174, de 19 de julio) El artículo 80 de la Ley

Más detalles

La familia en Derecho Civil

La familia en Derecho Civil La familia en Derecho Civil 1 Sesión No. 7 Nombre: Divorcio Contextualización Como antecedente tenemos a los hebreos, quienes con repudio daban la disolución del matrimonio al igual que los romanos; la

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2614. 21 de abril de 2010. Presentado por el representante Perelló Borrás

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2614. 21 de abril de 2010. Presentado por el representante Perelló Borrás ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. de abril de 00 Presentado por el representante Perelló Borrás Referido a Comisión de

Más detalles

Decreto Supremo No. 276 de 2 de Abril de 1976.

Decreto Supremo No. 276 de 2 de Abril de 1976. Decreto Supremo No. 276 de 2 de Abril de 1976. CAPITULO I De la Naturalización de Extranjeros Artículo 1.- La naturalización es un acto soberano y discrecional de la Función Ejecutiva. La nacionalidad

Más detalles

INSTRUCCIONES: CÓMO COMPLETAR EL DECRETO DE DISOLUCIÓN DE MATRIMONIO (Divorcio) SIN HIJOS MENORES

INSTRUCCIONES: CÓMO COMPLETAR EL DECRETO DE DISOLUCIÓN DE MATRIMONIO (Divorcio) SIN HIJOS MENORES CENTRO DE AUTOSERVICIO INSTRUCCIONES: CÓMO COMPLETAR EL DECRETO DE DISOLUCIÓN DE MATRIMONIO (Divorcio) SIN HIJOS MENORES Lo que el decreto significa en su caso. El decreto es la orden del tribunal que

Más detalles

Libro Primero. De las Personas. Sección Segunda. De los derechos personales en las relaciones de familia. Título II.

Libro Primero. De las Personas. Sección Segunda. De los derechos personales en las relaciones de familia. Título II. Libro Primero De las Personas Sección Segunda De los derechos personales en las relaciones de familia Título II De la filiación Cap. I - Disposiciones generales Art.240.- La filiación puede tener lugar

Más detalles

CLÁUSULA INFORMATIVA:

CLÁUSULA INFORMATIVA: Con este artículo ALFREDOGARCIALOPEZ.ES/COM comienza a editar y publicar una serie de textos de gran calado jurídico, destinados para la lectura de la Clientela de nuestro Despacho y del casual usuario

Más detalles

LEY No.3931 QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY SOBRE ACTOS DEL ESTADO CIVIL (DE LOS MATRIMONIOS CIVIL Y CANÓNICO

LEY No.3931 QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY SOBRE ACTOS DEL ESTADO CIVIL (DE LOS MATRIMONIOS CIVIL Y CANÓNICO LEY No.3931 QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY SOBRE ACTOS DEL ESTADO CIVIL (DE LOS MATRIMONIOS CIVIL Y CANÓNICO EL CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA HA DADO LA SIGUIENTE LEY: CONSIDERANDO:

Más detalles

Preguntas Frecuentes - Divorcio. Torres & Abogados Asociados

Preguntas Frecuentes - Divorcio. Torres & Abogados Asociados Preguntas Frecuentes - Divorcio. Torres & Abogados Asociados Compensación económica, a la que tiene derecho el cónyuge que durante el matrimonio no trabajó remuneradamente, o trabajó menos de lo que podía

Más detalles

CAPITULO IV CODIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE SONORA ART. FRACC

CAPITULO IV CODIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE SONORA ART. FRACC CAPITULO IV DIFERENCIA COMENTADA DE LAS CAUSALES DEL DIVORCIO NECESARIO POR CULPA, ENTRE EL CÓDIGO CIVIL Y CÓDIGO DE FAMILIA PARA EL ESTADO DE SONORA, Y DIAGRAMA CAMPARATIVO. Con la finalidad de comentar

Más detalles

Atribuciones del juzgador en el convenio de divorcio por mutuo consentimiento.

Atribuciones del juzgador en el convenio de divorcio por mutuo consentimiento. Atribuciones del juzgador en el convenio de divorcio por mutuo consentimiento. Ponencia presentada por: Lic. Ma. de la Luz Bravo Hernandez, en el Primer Encuentro Estatal de Jueces, celebrado en Guanajuato,

Más detalles

CUESTIÓN PLANTEADA. Correo electrónico: Apellidos: Nombre: Contacto: -----------------------------------------------------------------------------

CUESTIÓN PLANTEADA. Correo electrónico: Apellidos: Nombre: Contacto: ----------------------------------------------------------------------------- CUESTIÓN PLANTEADA Correo electrónico: Apellidos: Nombre: Contacto: ----------------------------------------------------------------------------- Comentario: Se me plantea la siguiente cuestión. Tengo

Más detalles

CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS

CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CORRESPONSABILIDAD PARENTAL Y LOS DERECHOS DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS. Alejandro Heredia Ávila

Más detalles

Manutención de Menores

Manutención de Menores Manutención de Menores Quién tiene que pagar la manutención? Bajo la ley de Virginia, un padre que no tiene la custodia física de un niño tiene el deber de pagar la manutención. Esta persona generalmente

Más detalles

Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal

Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal 1- Estado del proyecto MAYO 2012 El proyecto se encuentra en tramitación en el Congreso Nacional, en primer trámite

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115 GOBIERNO DE PUERTO RICO 1 ta Asamblea ta Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de mayo de 0 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a las Comisiones de Agricultura; y de Seguridad

Más detalles

Convención de Nueva York. Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras

Convención de Nueva York. Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras Artículo 1 Convención de Nueva York Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras 1. La presente Convención se aplicara al reconocimiento y la ejecución de las

Más detalles

CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA DE TRABAJO

Más detalles

1999] DIVORCIO NOTARIAL 1

1999] DIVORCIO NOTARIAL 1 1999] DIVORCIO NOTARIAL 1 Divorcio Notarial Vanessa García Porrata * Introducción En el Divorcio Notarial, el notario es quien tramita los procedimientos de divorcio no contencioso o por la causal de mutuo

Más detalles

En qué consiste el régimen de separación de bienes?

En qué consiste el régimen de separación de bienes? En qué consiste el régimen de separación de bienes? Régimen económico matrimonial por el que se produce una separación de patrimonios del marido y la mujer, perteneciendo a cada cónyuge los bienes: a.

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Apartado 41059 - Estación Minillas Santurce, Puerto Rico 00940

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Apartado 41059 - Estación Minillas Santurce, Puerto Rico 00940 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Apartado 41059 - Estación Minillas Santurce, Puerto Rico 00940 REGLAMENTO DE MECANICOS REGISTRADOS (#5965) ARTÍCULO I - PROPÓSITOS

Más detalles

Campoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com

Campoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com El divorcio es una causa de disolución de un matrimonio válidamente celebrado en virtud de una sentencia (art. 89 C.C.). El divorcio implica partir de la validez de un matrimonio, para, concurriendo los

Más detalles

RECOPILATORIO GENERAL II

RECOPILATORIO GENERAL II RECOPILATORIO GENERAL II En este ejercicio se recogen las 10 primeras preguntas de la parte general. Recordad que el tiempo máximo recomendado que se le debe asignar a cada pregunta es de 3 minutos y 12

Más detalles

Consejo General de la Abogacía Española

Consejo General de la Abogacía Española Consejo General de la Abogacía Española CIRCULAR 13/2007 La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española, en su sesión de fecha 30 de noviembre de 2006, adoptó entre

Más detalles

Artículo 251. Declarada la nulidad del matrimonio se observarán respecto de las donaciones antenupciales las reglas siguientes:

Artículo 251. Declarada la nulidad del matrimonio se observarán respecto de las donaciones antenupciales las reglas siguientes: Artículo 250. Los jueces, al entablarse demanda de nulidad de matrimonio por uno solo de los cónyuges, deberán tomar desde luego, las medidas provisionales establecidas en el Libro Segundo de este Código.

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 646 Y 647, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. H. PLENO LEGISLATIVO DIPUTADA PATRICIA SÁNCHEZ CARRILLO, Presidenta de la

Más detalles

1- A DÓNDE DEBO DENUNCIAR EL MALTRATO DE LOS NIÑOS POR PARTE DE SUS PADRES? POR SER MIS VECINOS EL DENUNCIO PUEDE SER ANÓNIMO?

1- A DÓNDE DEBO DENUNCIAR EL MALTRATO DE LOS NIÑOS POR PARTE DE SUS PADRES? POR SER MIS VECINOS EL DENUNCIO PUEDE SER ANÓNIMO? 1- A DÓNDE DEBO DENUNCIAR EL MALTRATO DE LOS NIÑOS POR PARTE DE SUS PADRES? POR SER MIS VECINOS EL DENUNCIO PUEDE SER ANÓNIMO? Los casos de Violencia Intrafamiliar son de competencia de las Comisarías

Más detalles

Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña.

Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña. Programa de Mayores de la Universidad de Vigo Asignatura: Derecho 2º Curso Profesor: Jacobo Izquierdo Alumna: Carmen Troncoso Rodríguez Mayo 2013 Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña. Recurso

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de Contabilidad Central de Gobierno REGLAMENTO NÚM. 60 EXCLUSIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIÓN SOBRE INGRESOS DEL SALARIO DEVENGADO POR HORAS

Más detalles

Análisis de la nupcialidad y divorcialidad en Jalisco 2000-2011

Análisis de la nupcialidad y divorcialidad en Jalisco 2000-2011 Nota Técnica: 02/13 Guadalajara, Jalisco, 14 de Febrero de 2013 Análisis de la nupcialidad y divorcialidad en Jalisco 2000-2011 En el marco de la conmemoración del Día del Amor y la Amistad celebrado el

Más detalles

mínima; actualmente los estados de más altos resultados son Montana (44.0%), Kansas (43.6%) Connecticut (36.4%).

mínima; actualmente los estados de más altos resultados son Montana (44.0%), Kansas (43.6%) Connecticut (36.4%). mínima; actualmente los estados de más altos resultados son Montana (44.0%), Kansas (43.6%) Connecticut (36.4%). La custodia Legal Conjunta es la que el menor reside exclusivamente con uno de sus progenitores

Más detalles

Unidad 8. Explicación de los regímenes patrimoniales

Unidad 8. Explicación de los regímenes patrimoniales Unidad 8 Explicación de los regímenes patrimoniales LA SOCIEDAD CONYUGAL Como lo señalamos al concluir el tema anterior, el Código Civil para el D.F. concede a los cónyuges la más amplia libertad para

Más detalles

Acumulación Acción de divorcio, separación o nulidad y la acción de división de cosa común

Acumulación Acción de divorcio, separación o nulidad y la acción de división de cosa común Acumulación Acción de divorcio, separación o nulidad y la acción de división de cosa común OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN...Pág.

Más detalles

DECRETO NÚMERO: 275 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

DECRETO NÚMERO: 275 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 275 POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 819, 820, 822, 822 BIS, 845, 845 BIS, 849, 849 BIS, 849 TER Y 849 QUÁTER DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA

Más detalles

CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE SEGUNDO EJERCICIO TEMA 30 PROCESOS MATRIMONIALES

CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE SEGUNDO EJERCICIO TEMA 30 PROCESOS MATRIMONIALES CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE SEGUNDO EJERCICIO TEMA 30 PROCESOS MATRIMONIALES LOS PROCESOS ESPECIALES: CARACTERÍSTICAS COMUNES. LOS PROCESOS MATRIMONIALES Y SUS CLASES. COMPETENCIA.

Más detalles

CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES

CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA ARTICULOS QUE REGULAN LAS ADOPCIONES Artículo 12. (Derecho al disfrute de sus padres y familia).- La vida familiar es el ámbito adecuado para el mejor logro de la protección

Más detalles

Qué es el régimen económico matrimonial? Dónde va a quedar reflejado el régimen económico matrimonial?

Qué es el régimen económico matrimonial? Dónde va a quedar reflejado el régimen económico matrimonial? Qué es el régimen económico matrimonial? Conjunto de reglas que delimitan los intereses económicos derivados del matrimonio, incluyendo las relaciones de los cónyuges entre sí y sus relaciones con terceros.

Más detalles

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en: GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o

Más detalles

FILIACIÓN. Concepto- Viene de filio, (hijo en italiano), de la relación entre padre (o madre) e hijo. La filiación puede ser legítima o natural.

FILIACIÓN. Concepto- Viene de filio, (hijo en italiano), de la relación entre padre (o madre) e hijo. La filiación puede ser legítima o natural. LA PERSONA FISICA II I. -FILIACIÓN -Filiación legítima -Filiación natural II. -ADOPCIÓN III. -LEGITIMACIÓN ADOPTIVA -Formas de adopción -Requisitos -Características -Como termina la adopción -Caracteres

Más detalles

INSTRUCCIONES: CÓMO LLENAR LOS FORMULARIOS PARA SOLICITAR AL TRIBUNAL QUE NOMBRE A UN CURADOR PARA UN MENOR

INSTRUCCIONES: CÓMO LLENAR LOS FORMULARIOS PARA SOLICITAR AL TRIBUNAL QUE NOMBRE A UN CURADOR PARA UN MENOR Centro de autoservicio INSTRUCCIONES: CÓMO LLENAR LOS FORMULARIOS PARA SOLICITAR AL TRIBUNAL QUE NOMBRE A UN CURADOR PARA UN MENOR POR FAVOR TOME NOTA DE LO SIGUIENTE: A. CERCIÓRESE DE SÓLO NECESITAR SOLICITAR

Más detalles

DECRETO NÚMERO: 164 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

DECRETO NÚMERO: 164 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 164 POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 997-BIS DEL CÓDIGO CIVIL; SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 882-BIS, 882-TER, LOS PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO AL ARTÍCULO 884, 886-BIS, 886-TER, Y SE REFORMA

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2095

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2095 GOBIERNO DE PUERTO RICO 16 ta Asamblea 5 ta Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 2095 4 de mayo de 2011 Presentado por el señor Arango Vinent Referido a las Comisiones de Banca,

Más detalles

DIVORCIO Y SEPARACIÓN

DIVORCIO Y SEPARACIÓN DIVORCIO Y SEPARACIÓN Cuáles son los motivos para realizar un divorcio? En Virginia, puede divorciarse por seis motivos. Dos de ellos no necesitan un período de espera: Adulterio, sodomía o coito anal.

Más detalles

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez Autor: Cristina Aragón Gómez 1. INTRODUCCIÓN: Regulación: Arts. 103 a 113 LPL. Objeto del proceso: El proceso de despido está concebido como un cauce a través del cual el trabajador impugna el acto extintivo

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 238 15 de enero de 2009 Presentado por el señor Dalmau Santiago Referido a las Comisiones

Más detalles

Unidad 9. Las donaciones por razón del matrimonio

Unidad 9. Las donaciones por razón del matrimonio Unidad 9 Las donaciones por razón del matrimonio DONACIONES ANTENUPCIALES Ha sido costumbre que con motivo del matrimonio los futuros esposos se efectúen obsequios, o bien que terceros, parientes y amigos,

Más detalles