Lectura primera evaluación. La Revolución Francesa. La toma de la Bastilla

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1 Lectura primera evaluación. La Revolución Francesa La toma de la Bastilla El 14 de julio de 1789 tuvo lugar la toma de la Bastilla. Se puede considerar el inicio de una revolución (la Revolución Francesa) que marca un hito en la Historia, de tal forma que hay bastante unanimidad en considerarla como el inicio de la Historia Contemporánea. El ambiente de París era muy tenso: la situación financiera de Francia era insoportable, el precio del trigo muy elevado, la presencia de las tropas reales en las calles... La tensión subió varios grados cuando el día 12 se conoció la destitución de Necker. El pueblo se echó a la calle pidiendo la rebaja del precio del pan. La Asamblea lamentó profundamente esta destitución y recomendó la constitución de una milicia burguesa. El pueblo necesitaba armas, para buscarlas se dirigió hacia los Inválidos donde se apoderó de fusiles; tras ello se trasladó a la Bastilla en busca de la pólvora. La Bastilla era una vieja fortaleza cuya destrucción se había planeado hacía tiempo y que ahora se encontraba mal defendida. La importancia de la toma de la Bastilla se debe a su valor simbólico representando el derrumbamiento del poder absolutista de la monarquía francesa, pero no fue un acto tan relevante política y estratégicamente como se ha solido presentar por la historiografía romántica. La Bastilla había sido durante años el bastión de muchas víctimas de la arbitrariedad monárquica. Allí se encarcelaban sin juicio a los parisinos señalados por el Rey. Era una fortaleza medieval en pleno París, cuyo uso militar ya no se justificaba. En los Cuadernos de quejas de la ciudad de París ya se pedía su destrucción, y el ministro Necker pensaba destruirla desde 1784 por su alto coste de mantenimiento. En 1788 se había decidido su cierre, lo que explica que tuviera pocos presos en En el momento de su caída, el 14 de julio de 1789, sólo acogía a cuatro falsificadores, a un enfermo mental, a un noble condenado y a un cómplice de una tentativa de asesinato sobre Luis XV. La imagen revolucionaria ampliamente difundida del mito de una prisión donde se pudrían las víctimas de la monarquía no corresponde por lo tanto con el uso de la fortaleza en el momento de su toma, dado que la fortaleza había perdido en parte su función de prisión de Estado. Pero refleja una realidad que sí había existido desde el siglo XVII, cuando el Cardenal Richelieu empezó a utilizarla como cárcel de Estado. Tras unas tensas negociaciones y cuando los asaltantes se hicieron con algunos cañones, el gobernador De Launay optó por la rendición. Tras la rendición, De Launay fue decapitado y su cabeza pinchada en una pica y paseada por la Ciudad. Primer acto del terror revolucionario.

2 El día 15, la noticia llegó a Versalles. El Duque de Rochefoucauld informó a Luis XVI: - "Pero es una rebelión?" preguntó Luis XVI. - "No, señor, no es una rebelión, es una revolución" respondió el Duque. Haciendo un balance de la jornada, A. Soult ("Historia de la Revolución Francesa") escribe: "La realeza había sido debilitada por las jornadas de julio de 1789; la burguesía parisina era la triunfadora: había triunfado inastaurando su poder en la capital, haciendo reconocer su soberanía al propio rey. Victoria verdadera de la burguesía, el 14 de julio fue todavía más: un símbolo de la libertad. Si esta jornada consagraba la llegada al poder de una nueva clase, significaba también la caída del Antiguo Régimen en la medida en que la Bastilla lo encarnaba. En este sentido parecía abrir una inmensa esperanza a todos los pueblos orpimidos" (Edit. Tecnos, 108) Desde 1880, el 14 de julio es la Fiesta Nacional de Francia. Plaza de la Bastilla, hoy: DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO (1789) La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789, inspirada en la declaración de independencia estadounidense de 1776 y en el espíritu filosófico del siglo XVIII, marca el fin del Antiguo Régimen y el principio de una nueva era. Historia

3 La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano es, junto con los decretos del 4 y el 11 de agosto de 1789 sobre la supresión de los derechos feudales, uno de los textos fundamentales votados por la Asamblea nacional constituyente formada tras la reunión de los Estados Generales durante la Revolución Francesa. El principio de base de la Declaración fue adoptado antes del 14 de julio de 1789 y dio lugar a la elaboración de numerosos proyectos. Tras largos debates, los diputados votaron el texto final el día 26 de agosto. En la declaración se definen los derechos "naturales e imprescriptibles" como la libertad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión. Asimismo, reconoce la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la justicia. Por último, afirma el principio de la separación de poderes. El Rey Luis XVI la ratificó el 5 de octubre, bajo la presión de la Asamblea y el pueblo, que había acudido a Versalles. Sirvió de preámbulo a la primera constitución de la Revolución Francesa, aprobada en La Declaración de 1789 inspirará, en el siglo XIX, textos similares en numerosos países de Europa y América Latina. La tradición revolucionaria francesa está también presente en la Convención Europea de Derechos Humanos firmada en Roma el 4 de noviembre de Texto Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (26 de agosto de 1789) Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; a fin de que los actos del poder legislativo y del poder ejecutivo, al poder cotejarse a cada instante con la finalidad de toda institución política, sean más respetados y para que las reclamaciones de los ciudadanos, en adelante fundadas en principios simples e indiscutibles, redunden siempre en beneficio del mantenimiento de la Constitución y de la felicidad de todos. En consecuencia, la Asamblea nacional reconoce y declara, en presencia del Ser Supremo y bajo sus auspicios, los siguientes derechos del hombre y del ciudadano: Artículo 1.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común. Artículo 2.- La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Artículo 3.- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo, ningún individuo, pueden ejercer una autoridad que no emane expresamente de ella. Artículo 4.- La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro: por eso, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites sólo pueden ser determinados por la ley. Artículo 5.- La ley sólo tiene derecho a prohibir los actos perjudiciales para la sociedad. Nada que no esté prohibido por la ley puede ser impedido, y nadie puede ser constreñido a hacer algo que ésta no ordene. Artículo 6.- La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos, ya sea que proteja o que sancione. Como todos los ciudadanos son iguales ante ella, todos son igualmente admisibles en toda dignidad, cargo o empleo públicos, según sus capacidades y sin otra distinción que la de sus virtudes y sus talentos. Artículo 7.- Ningún hombre puede ser acusado, arrestado o detenido, como no sea en los casos

4 determinados por la ley y con arreglo a las formas que ésta ha prescrito. Quienes soliciten, cursen, ejecuten o hagan ejecutar órdenes arbitrarias deberán ser castigados; pero todo ciudadano convocado o aprehendido en virtud de la ley debe obedecer de inmediato; es culpable si opone resistencia. Artículo 8.- La ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito, y aplicada legalmente. Artículo 9.- Puesto que todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley. Artículo 10.- Nadie debe ser incomodado por sus opiniones, inclusive religiosas, a condición de que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley. Artículo 11.- La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley. Artículo 12.- La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita de una fuerza pública; por lo tanto, esta fuerza ha sido instituida en beneficio de todos, y no para el provecho particular de aquellos a quienes ha sido encomendada. Artículo 13.- Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, resulta indispensable una contribución común; ésta debe repartirse equitativamente entre los ciudadanos, proporcionalmente a su capacidad. Artículo 14.- Los ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o a través de sus representantes, la necesidad de la contribución pública, de aceptarla libremente, de vigilar su empleo y de determinar su prorrata, su base, su recaudación y su duración. Artículo 15.- La sociedad tiene derecho a pedir cuentas de su gestión a todo agente público. Artículo 16.- Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución. Artículo 17.- Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija de modo evidente, y a condición de una justa y previa indemnización. Maximilien Robespierre Maximilien François Marie Isidore de Robespierre (Arras, 6 de mayo de París, 28 de julio de 1794), mejor conocido como Maximilien Robespierre fue un abogado, escritor, orador y político francés apodado «el Incorruptible». Fue uno de los más prominentes líderes de la Revolución francesa, diputado, presidente por dos veces de la Convención Nacional, miembro del Comité de Salvación Pública, entidad esta última que gobernó de facto durante el periodo revolucionario conocido como el Terror, y líder indiscutible de la facción más radical de los jacobinos. Robespierre, jurista de profesión, inicio su carrera como juez criminal de la diócesis de Arras, además de ejercer como defensor legal, especialmente de los sectores más desposeidos, lo cual, junto con su entonces fuerte oposición a la pena de muerte y la notoriedad que acumuló como escritor, lo convirtieron en uno de los más notorios abogados de Arras. Su notoriedad pronto lo conllevó a la política, resultando electo diputado por el Tercer Estado en los Estados Generales en 1789, encarrilándose desde entonces en un inminente ascenso político, hasta alcanzar la presidencia de la Convención Nacional y transformarse en uno de los más poderosos líderes de la Revolución. Entre 1793 a 1794, lideró el denominado «Reino del Terror», durante el cual gobernó, de forma

5 autocrática, a Francia, sumiendo al país en un período de persecuciones políticas, incertidumbre generalizada y continuas ejecuciones por traición, sedición, conspiración, entre muchos otros crímenes. Este periodo presentó a un Robespierre muy distinto al característico «Defensor del Pueblo», en su lugar, emergió un personaje firme, decidido, autoritario y decidido a purificar a Francia de cualquier opositor a la Revolución, justificando el uso de la Pena de Muerte a la que tanto se había opuesto en el pasado. Finalmente, tras que el mismo Robespierre, incentivara la muerte de Georges Danton, ello acaba desecadenando una serie de divisiones políticas dentro de la Convención Nacional, ante lo cual, Robespierre, reacciona redireccionando cada vez más poder de gobierno hacia el Comité de Salvación Pública, lo cual, sólo agrava aún más la situación, generando finalmente que un cuerpo de soldados opuestos a sus políticas, tomaran el Ayuntamiento de París, donde él y varios de sus allegados y seguidores se encontraban, siendo herido en la mandíbula en circunstancias inciertas. Finalmente es arrestado y guillotinado el 28 de julio de 1794 (10 de Termidor) junto a 21 de sus seguidores. Robespierre acabó sucumbiendo a su «caída política», ocasionada por la propia inestabilidad que él mismo había generado, siendo así, consumido por las circunstancias por él desencadenadas. Su muerte fue seguida de una «reacción termidoriana», que desmanteló el régimen del Terror e hizo añicos el gobierno puramente revolucionario, estableciéndose en su reemplazo el Directorio, de carácter más conservador. Robespierre Guillotina El calendario republicano El 22 de septiembre de 1792, la Convención decretó la era nueva. Ese día inauguró el año I de la República. El calendario republicano abolió por decreto el domingo, los santos y las fiestas cristianas. Los matemáticos dividieron el año en 12 meses de 30 días, añadiendo al final los 5 días que sobran. Se dio a los días nombres de plantas, animales domésticos y utensilios( por ejemplo: zanahoria, gato, carbón...), haciendo que los meses, que se dividían en tres períodos de diez días, rimasen tres a tres, según las estaciones: vendimiario (de las vendimias), brumario (de las brumas), fridario (de las escarchas), nivoso (de las nieves), pluvioso (de las lluvias), ventoso (de los vientos), germinal (de las semillas), floreal (de las flores), prairial (de los prados), mesidor (de la recolección), termidor (del calor) y fructidor (de los frutos). Los ideólogos hicieron coincidir el primer día del año con la proclamación de la República.

6 El Directorio ( ) La Convención aprobó una nueva Constitución el 17 de agosto de 1795, ratificada el 26 de septiembre en un plebiscito. La nueva Constitución, llamada Constitución del Año III, confería el poder ejecutivo a un Directorio, formado por cinco miembros llamados directores. El poder legislativo sería ejercido por una asamblea bicameral, compuesta por el Consejo de Ancianos (250 miembros) y el Consejo de los Quinientos. Esta Constitución suprimió el sufragio universal masculino y restableció el sufragio censitario. Napoleón y la toma del poder La nueva Constitución encontró la oposición de grupos monárquicos y jacobinos. Hubo diferentes revueltas que fueron reprimidas por el ejército, todo lo cual motivó que el general Napoleón Bonaparte, retornado de su campaña en Egipto, diera el 9 de noviembre de 1799 un golpe de Estado (18 de Brumario) instalando el Consulado. El Consulado ( ) La Constitución del Año VIII, redactada por Pierre Daunou y promulgada el 25 de diciembre de 1799, estableció un régimen autoritario que concentraba el poder en manos de Napoleón Bonaparte, para supuestamente salvar la república de una posible restauración monárquica. Contrariamente a las Constituciones anteriores, no incluía ninguna declaración sobre los derechos fundamentales de los ciudadanos. El poder ejecutivo recaía en tres cónsules: el primer cónsul, designado por la misma Constitución, era Napoleón Bonaparte, y los otros dos sólo tenían un poder consultivo. En 1802, Napoleón impuso la aprobación de un senadoconsulto que lo convirtió en cónsul vitalicio, con derecho a designar su sucesor. El cargo de cónsules lo ostentaron Napoleón Bonaparte, Sieyés y Duceos temporalmente hasta el 12 de diciembre de Posteriormente, Sieyés y Ducos fueron reemplazados por Jean Jacques Regis de Cambacérés y Charles- François Lebrun, quienes siguieron en el cargo hasta el 18 de mayo de 1804 (28 de floreal del año XII), cuando un nuevo senadoconsulto proclamó el Primer Imperio y la extinción de la Primera República, cerrando con esto el capítulo histórico de la Revolución francesa. Napoleón Bonaparte, primer cónsul Napoleón Bonaparte, emperador

7 La bandera francesa y los símbolos de la Revolución Los tres colores azul, blanco y rojo eran ya frecuentes en diversos pabellones, uniformes y banderas de Francia antes del siglo XVIII. El azul y el rojo eran los colores de la villa de París desde el siglo XIV, y el blanco era en aquella época el color del reino de Francia, y por extensión de la monarquía borbónica. Cuando Luis XVI visitó a la recién creada Guardia Nacional en el Ayuntamiento de París el 17 de julio de 1790, aparece por primera vez la escaparela tricolor, ofrecida al Rey por el comandante de la Guardia, el marqués de La Fayette. Unía la escarapela de la Guardia Nacional que llevaba los colores de la capital, con el color blanco del reino. No fue sin embargo hasta el 20 de marzo de 1790 que la Asamblea Nacional mencionó en un decreto los tres colores como "colores de la nación: azul, rojo y blanco". Pero la escarapela no era aún un símbolo nacional, y el primer emblema nacional como tal fue la bandera diseñada para la popa de los buques de guerra, adoptada por decreto de la Asamblea Nacional el 24 de octubre de Constaba de una pequeña bandera roja, blanca y azul en la esquina superior izquierda de una bandera blanca. Esta bandera fue modificada posteriormente por la Convención republicana el 15 de febrero de 1794, a petición de los marineros de la marina nacional que exigieron que se redujera la predominancia del blanco que simbolizaba todavía la monarquía. La bandera adoptó entonces su diseño definitivo, y se cambió el orden de los colores para colocar el azul cerca del mástil y el rojo al viento por motivos cromáticos, según los consejos del pintor Louis David. Otro símbolo de la Revolución francesa es el gorro frigio (también llamado gorro de la libertad), llevado en particular por los Sans-culottes. El himno La Marsellesa, letra y música de Claude-Joseph Rouget de Lisle, capitán de ingenieros de la guarnición de Estrasburgo, se popularizó a tal punto que el 14 de julio de 1795 fue declarado himno nacional de Francia; originalmente se llamaba Chant de guerre pour l'armée du Rhin (Canto de guerra para el ejército del Rin), pero los voluntarios del general François Mireur que salieron de Marsella entraron a París el 30 de julio de 1792 cantando dicho himno como canción de marcha. Los parisinos los acogieron con gran entusiasmo y bautizaron el cántico como La Marsellesa. El lema «Liberté, égalité, fraternité» («Libertad, igualdad, fraternidad»), que procede del lema no oficial de la Revolución de 1789 «Liberté, égalité ou la mort» («Libertad, igualdad o la muerte»), fue adoptado oficialmente después de la Revolución de 1848 por la Segunda República Francesa. Contesta a las siguientes preguntas: I.- Qué buscaban los revolucionarios en la Bastilla? Qué significaba derrumbar la Bastilla? II.- Quién era el gobernador de la Bastilla? Cómo terminó tras la toma de la prisión? III.- Para A. Soult en Historia de la Revolución Francesa qué grupo social era el vencedor de la revolución que comenzó el 14 de julio de 1789? Qué significaba este acontecimiento? IV.- Cómo se definen los derechos que se recogen en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano? Enumera algunos de estos derechos reconocidos.

8 V.- En qué artículos de dicha declaración se recoge la soberanía nacional, el carácter no retroactivo de las leyes, la presunción de inocencia y la libertad de expresión? VI.- Qué grupo lideraba Robespierre? Cuál fue su relación con la Pena de Muerte? VII.- A qué fue sumiendo el país, por parte de Robespierre, con sus ideas y políticas? Cómo acabó su vida? VIII.- Cuáles eran los doce meses del calendario republicano? Cómo dividían los meses en este período? IX.- Quiénes asumían el poder ejecutivo y legislativo durante la etapa denominada el Directorio? X.- Cómo se denomina al himno de Francia? Cómo se llamaba originariamente? Enumera otros símbolos de la Revolución Francesa?

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