UNIDAD EDUCATIVA JOSÉ ANTONIO EGUIGUREN- LA SALLE CÓDIGO DE HONOR 2. CÓDIGO DE HONOR ACADÉMICO. 3. HONESTIDAD ACADÉMICA 4. DESHONESTIDAD ACADÉMICA..
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1 UNIDAD EDUCATIVA JOSÉ ANTONIO EGUIGUREN- LA SALLE CÓDIGO DE HONOR Contenido 0. PRESENTACIÓN 1. PROPÓSITO 2. CÓDIGO DE HONOR ACADÉMICO. 3. HONESTIDAD ACADÉMICA 4. DESHONESTIDAD ACADÉMICA EL PLAGIO. 4.2 COLABORACIÓN IMPROPIA LA FALTA DE HONESTIDAD EN TRABAJOS O EVALUACIONES INTERFERENCIA CON EL TRABAJO DE OTROS ESTUDIANTES 4.5 LA FALSIFICACIÓN DELIBERADA DE DATOS 4.6 OTROS CASOS DE DESHONESTIDAD ACADÉMICA 5. PROCESO A TOMARSE EN CUENTA PARA LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO 5.2 PROCEDIMIENTO 5.3DIAGRAMA DE FLUJO..
2 0. PRESENTACIÓN En el ámbito del modelo educativo de la Comunidad de Hermanos de las escuelas Cristianas de La Salle basa su accionar en la formación de ciudadanos, con alta calidad moral, ética, en el marco de lo cual el valor de la honestidad es de suprema importancia, razón para que el presente Código de Honor tenga como objetivo básico desarrollar en los estudiantes y la comunidad educativa en general actitudes de honradez, honestidad y honor. En perspectiva de actualización de la política y contenidos de convivencia armónica, el Código de Honor tiene como soporte la formación permanente de los actores educativos, como un proceso orientado al logro de la plena autonomía moral y racional de la persona, considerando la premisa que afirma que el ser humano en tanto persona, se desarrolla, se forma y se humaniza no por un moldeamiento exterior sino como un enriquecimiento que se produce desde su interior, construido en conjunto con otros, con el apoyo del grupo familiar, institución escolar y otros agentes educativos y sociales; En perspectiva psicopedagógica, asume los presupuestos socio-constructivistas del PEI que exigen la imprescindible gestión de acompañamiento a las/os estudiantes en los procesos de aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir y convivir, aprender a ser persona y aprender a emprender en, con y para su proyecto de vida en el contexto socio cultural donde se desarrolla, capacitándolos integralmente para que conduzcan su vida en forma plena y participen de manera responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad; promoviendo de esta manera el Buen Vivir y el respeto a los derechos y libertades individuales de cada miembro de la comunidad educativa. La Unidad Educativa José Antonio Eguiguren- La Salle, se entiende como un centro dinámico de formación integral, en el que el evangelio, la ciencia, el arte, la técnica y el deporte capacitan y comprometen a nuestras y nuestros estudiantes como instrumentos del amor de Dios Providente para con todos sus hermanos, especialmente con los más pobres y necesitados. El cuerpo docente de la institución en estrecha colaboración con los padres y madres de familia, el personal administrativo y el estudiantado, buscan en cada momento del proceso educativo, vivir pobreza, sencillez, caridad apostólica y fraternidad evangélica. Los retos institucionales de lograr altos niveles de calidad educativa y ante todo lograr los estándares de aprendizaje determinados por la autoridad educativa nacional, demanda contar con normas de honestidad académica que prevengan actos reñidos con el honor y honestidad
3 intelectual, en este contexto la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle expide el presente Código de Honor Académico cuyo objetivo principal es la prevención de los actos de deshonestidad académica que por constituir falta disciplinaria conllevan por lo tanto una acción educativa disciplinaria. 1. PROPÓSITO El propósito de desarrollar el presente Código de Honor Académico de la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle es establecer con claridad las expectativas axiológicas de la institución para con todos los miembros de la comunidad educativa y ofrecer algunas directrices que los ayudarán en ciertas situaciones que generan preocupación y demandan la atención de cada uno de ellos en el proceso de prevención de la deshonestidad académica. Además de lo anteriormente establecido, se busca a través de este documento asegurar que los padres, los estudiantes y en general todos los miembros de la comunidad educativa vean y sientan a la Unidad Educativa como un centro de aprendizaje y formación integral bajo la rigurosidad que demanda en la actualidad la investigación científica y el aprendizaje en la nueva sociedad del conocimiento. Los padres juegan un papel fundamental en la tarea de impartir y modelar los valores que emanan de esta visión y son copartícipes necesarios con los profesores y la administración de la Unidad Educativa en garantizar el éxito en los aprendizajes de los estudiantes para lo cual contribuyen de diferentes formas con la práctica de valores que eviten la deshonestidad académica. 2. CÓDIGO DE HONOR ACADÉMICO Es responsabilidad de todos quienes conformamos la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle respetar y hacer respetar las normas contenidas en el siguiente Código de Honor: I. Conducirme de tal manera que no debilite en ninguna forma las oportunidades de realización personal y académica de otras personas dentro de la Unidad Educativa. Entre otras acciones, evitaré la calumnia, la mentira, la codicia, la envidia, y promoveré la bondad, el reconocimiento, la felicidad, la amistad, la solidaridad y la verdad ante aprendizajes o logros académicos de propios y de los demás. II. Es compromiso institucional no copiar, plagiar, mentir ni participar en cualquier tipo de engaño o fraude. III. Firmar todo trabajo académico como constancia de cumplimiento del Código de Honor Académico, de que no he recibido ayuda ni he copiado de fuentes no permitidas.
4 IV. Mantener en reserva pruebas, exámenes y toda información confidencial, sin divulgarla. V. Denunciar ante los profesores o autoridades de la institución toda acción de irrespeto al Código de Honor por parte de cualquier miembro de la Comunidad Educativa de la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle. VI. Cooperar para aclarar cualquier violación a las normas contenidas en este Código. Cualquier infracción a este código por parte de un miembro de la Comunidad Educativa será tratada por la autoridad correspondiente de acuerdo con el Reglamento General a la LOEI y el respectivo procedimiento establecido en el Código de Convivencia respetando el debido proceso. 3. HONESTIDAD ACADÉMICA La Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle está dedicada a la formación integral de sus estudiantes, para lo cual evangeliza y educa a niños, niñas y adolescentes en armonía con Dios, consigo mismo, sus semejantes y la naturaleza, promoviendo el Buen Vivir; por lo tanto, la institución exige que los miembros de la Comunidad Educativa sean honestos en todos sus actos. Los estudiantes de la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle, al ser admitidos, se comprometen a cumplir y a hacer cumplir el Código de Honor Académico. 1) Es responsabilidad de la Comunidad Educativa conocer y respetar el Código de Honor Académico, así como vigilar su cumplimiento. 2) El proceso académico de la Institución está orientado a la solución de problemas, al análisis y síntesis de situaciones presentadas en clase. 3) Es importante que todo estudiante desarrolle capacidades de estudio e investigación independientes. 4) Si un estudiante tiene dificultad en distinguir si un comportamiento académico es o no aceptable, es su responsabilidad aclarar la incertidumbre con su profesor para evitar acusaciones de deshonestidad académica. 5) La falta de conocimiento de este Código de Honor Académico de ninguna manera disminuye la responsabilidad de los estudiantes o cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa que violente sus normas. 4. DESHONESTIDAD ACADÉMICA La Unidad Educativa José Antonio Eguiguren La Salle de conformidad con el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (2013), en su artículo 223 considera como deshonestidad académica presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado del esfuerzo del estudiante o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa, o incurrir en cualquier acción que otorgue una ventaja inmerecida a
5 favor de uno o más miembros de la Comunidad Educativa de conformidad con lo prescrito en el presente Reglamento y el Código de Convivencia institucional., lo que (art. 224 RGLOEI) incluye actos de plagio, trampa, o fraude en el ámbito académico, ya sea con trabajos realizados en la institución educativa como los realizados fuera de ella. Son actos de deshonestidad académica u otras violaciones al Código de Honor Académico: 4.1 EL PLAGIO Muchos estudiantes, al entrar a la Institución, desconocen lo que constituye el plagio. Intencionado o no, el plagio es una infracción muy seria contra la honestidad académica. ( En el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española se define plagio como la acción de «copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias» Por lo tanto se considera plagio (Art. 224 RGLOEI): a. Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente; b. Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aun cuando hayan sido parafraseados o modificados; y, c. Presentar el mismo trabajo académico, aun con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo El plagio se puede cometer en cualquier clase de trabajos verbales o escritos, exámenes, proyectos, programas de computación, arte, fotografía, video, tesis, presentaciones, etc Para evitar el plagio se debe: a. Dar el debido crédito a las citas textuales y a las paráfrasis. b. Mencionar la fuente aún si las ideas del autor están totalmente reescritas en el lenguaje del estudiante. c. Tomar en cuenta las reglas y formatos para citar y aplicar en la Institución (APA o MLA) COLABORACIÓN IMPROPIA: La colaboración impropia involucra el trabajar con otra persona al desarrollar, organizar, o revisar un proyecto (tal como un trabajo, un ensayo, una presentación oral, una investigación, o un examen en casa ) sin dar reconocimiento a la ayuda de otra persona.
6 Las políticas específicas en relación con el trabajo en colaboración, la crítica por compañeros, el uso de asesores o tutores, y la edición pueden variar entre los diferentes profesores Los profesores deben aclarar a sus estudiantes en qué consiste la colaboración impropia LA FALTA DE HONESTIDAD EN TRABAJOS O EVALUACIONES Una evaluación o cualquier actividad en clase o la casa, debe ser el trabajo individual de un estudiante a menos que el profesor explícitamente dé otra indicación. Por lo tanto, no es permitido: a) Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; b) Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o examen; c) Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa; d) Realizar durante un examen sin autorización expresa del profesor, lo siguiente: 1) cualquier comunicación entre los estudiantes; 2) la utilización de teléfonos celulares, computadoras portátiles, aparatos reproductores de música o video, etc INTERFERENCIA CON EL TRABAJO DE OTROS ESTUDIANTES Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académico LA FALSIFICACIÓN DELIBERADA DE DATOS Está prohibido: a) falsificar deliberadamente firmas, datos o expedientes académicos; b) distorsionar la documentación de un trabajo o de otra actividad académica; c) entrar sin autorización en cualquier sistema de la Unidad Educativa José Antonio Eguiguren- La Salle con propósitos ilícitos OTROS CASOS DE DESHONESTIDAD ACADÉMICA
7 a) Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; b) Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa perso na no participó en la elaboración del trabajo; c) Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones; d) Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas; e) Modificar las propias calificaciones o las de otra persona; f) Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen. 5. PROCESO A TOMARSE EN CUENTA PARA LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA 5.1 GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO Las acciones que tome la institución en casos de deshonestidad académica estarán enmarcadas dentro de los derechos y garantías constitucionales del debido proceso y atenderán a los siguientes principios: a. Cumplimiento: Acción tomada por las autoridades institucionales con la finalidad de garantizar por todos los medios la aplicación del debido proceso en el ámbito de la honestidad académica. b. Presunción de inocencia: La institución considerará a todo involucrado como inocente, siendo objetiva e imparcial en la toma de decisiones. c. Legalidad: Ningún tipo de deshonestidad académica será tomada en cuenta para establecer responsabilidad por la máxima autoridad de la institución si no está escrita en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. d. Prueba: Toda decisión institucional será tomada en virtud de un análisis objetivo de la documentación u otras formas de probar los hechos. e. Favoralidad: Los implicados en un acto de deshonestidad académica, de conformidad con sus niveles de poder dentro de la comunidad educativa (niños adultos; autoridades trabajadores, etc.), serán considerados más vulnerables y por lo tanto cualquier acción a tomar les resultará más favorable la decisión. f. Proporcionalidad: Las acciones institucionales bajo el lema todo por amor, nada a la fuerza deberán mantener una debida proporcionalidad entre la infracción y la actividad castigadora.
8 g. Defensa: Todos los involucrados tienen derecho a ser escuchados y presentar las evidencias necesarias para deslindar su vinculación con la acción. 5.2 PROCEDIMIENTO Se aplicará El procedimiento que se encuentra establecido en el Código de convivencia de la Institución y en el acuerdo Ministerial que trata sobre la normativa SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS INTITUCIONES EDUCATIVAS. 5.3 DIAGRAMA DE FLUJO DOCENTE DA LAS INDICACIONES PARA REALIZAR TAREAS, TRABAJOS, LECCIONES, EXÁMENES CALIFICA RECEPCIÓN OPORTUNA DE TAREAS, TRABAJOS, LECCIONES Y EXÁMENES DE PARTE DEL ESTUDIANTE AL PROFESOR REVISIÓN DE PARTE DEL DOCENTE DE LA TAREA, TRABAJO, LECCIÓN Y EXAMEN SI EL TRABAJO, TAREA, LECCIÓN Y EXAMEN CUMPLE CON LA HONESTIDAD ACADÉMICA SI NO CÓDIGO DE CONVIVENCIA ACUERDO MINISTERIAL CALIFICACIÓN ACCIÓN EDUCATIVA DISCIPLINARIA
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