EL RÉGIMEN LEGAL DE LA CONCESIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EL RÉGIMEN LEGAL DE LA CONCESIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ"

Transcripción

1 EL RÉGIMEN LEGAL DE LA CONCESIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ.1.- En las leyes. Según el artículo 23 de la LOASRRNN-Ley Orgánica de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales: La concesión, aprobada por las leyes especiales, otorga al concesionario el derecho para el aprovechamiento sostenible del recurso natural concedido, en las condiciones y con las limitaciones que establezca el título respectivo. ( ). Ahora bien, el mismo artículo 23 en su tercer párrafo, aborda la distinción de la concesión como derecho real independiente de los derechos reales que otorga, cuando establece lo siguiente: ( ) Las concesiones son bienes incorporales registrables. Pueden ser objeto de disposición, hipoteca, cesión y reivindicación, conforme a las leyes especiales. El tercero adquiriente de una concesión deberá sujetarse a las condiciones en que fue originariamente otorgada. La concesión, su disposición y la constitución de derechos reales sobre ella, deberán inscribirse en el registro respectivo. La concesión, según el citado artículo 23 de la LOASRRNN, otorga el derecho del uso y disfrute del recurso natural concedido y, en consecuencia, la propiedad de los frutos y productos a extraerse. Puede ser a plazo fijo o indefinido. Es irrevocable en tanto el titular cumpla con las obligaciones que la LOASRRNN o la ley especial exijan para mantener su vigencia. La LOASRRNN, en su artículo 19, establece que los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, los otorga cada ley especial que regula el respectivo recurso natural. Sin embargo, establece como modalidades de otorgamiento de derechos sobre recursos naturales, las

2 siguientes: licencias, autorizaciones, permisos, contratos de acceso, contratos de explotación y, otras. Estas modalidades, contenidas en leyes especiales, tienen los mismos alcances que la concesión que regula la LOASRRNN, en lo que les sea aplicable. Las condiciones del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se circunscriben a: (i) utilizarlos para los fines que fueron otorgados; (ii) cumplir con las obligaciones que dispone la ley; (iii) cumplir con los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y los Planes de Manejo de los recursos naturales que establece la ley; (iv) cumplir con la retribución económica, y; (v) mantener al día el derecho de vigencia. Por el aprovechamiento de los recursos naturales se paga una retribución económica compensatoria y, un derecho para mantener la vigencia de la concesión. El canon por explotación y, los tributos, se rigen por leyes especiales..2.- La concesión: título habilitante para aprovechar recursos naturales. En doctrina, se considera que la concesión, en el fondo, es un derecho real administrativo, pues tiene su origen en una concesión administrativa. Para el Tribunal (fundamento 108 de la sentencia del Expediente Nº PI/TC), la concesión: ( ) no es un contrato sino un acto administrativo, que determina una relación jurídica pública a través de la cual el Estado otorga, por un tiempo, la explotación de los recursos naturales, condicionada al respeto de los términos de la concesión y conservando la capacidad de intervención si la justifica el interés público. Para el administrativista peruano, Richard Martin Tirado, Profesor de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la PUCP, existen tres formas de aproximarse al concepto de concesión: (i) la concesión como procedimiento de selección, (ii) la concesión como acto administrativo y, (iii) la concesión como contrato; siendo que cada una de estas manera de entender a la concesión, no son excluyentes sino complementarias y secuenciales. Como actos consecutivos, la concesión como procedimiento de selección, convoca a todos los interesados a un proceso abierto

3 al público en el que se otorgará el título que concede el poder jurídico; como acto administrativo, propiamente el Estado otorga el título; mientras que como contrato, el titular de la concesión celebra con el Estado un contrato en el que se establecen las mutuas obligaciones, condiciones y modalidades, derivadas de las leyes especiales que regulan los respectivos procedimientos para otorgar cada poder jurídico, así como sus contenidos-. Por otro lado, Jorge E. Calafell, en un trabajo suyo titulado Teoría General de la Concesión, considera que hay varias posiciones adoptadas para definir la naturaleza jurídica de la concesión, las mismas que son: (i) la concesión como contrato, (ii) la concesión como acto unilateral y, (iii) la concesión como acto mixto. La concesión como contrato parte de la premisa que no existe ninguna separación entre el contrato y la concesión, siendo que el Estado y el concesionario se obligan por el establecimiento de una relación contractual sujeta a las reglas del derecho civil. La concesión como acto unilateral se contrapone a la anterior, en el sentido de que, constituye un acto típico del poder público, de la potestad soberana, siendo que la concesión se somete a un reglamento predeterminado por el Estado. La Concesión como acto mixto, es una posición ecléctica, intermedia entre las dos anteriores; se divide en dos elementos: el reglamento (acto unilateral) y el contrato administrativo (acto contractual); el reglamento contendría normas de orden público que se incorporan como cláusulas en el contrato de concesión, normas que podrían ser modificadas unilateralmente por el Estado. Sin embargo, es posible que el Estado, en el mismo reglamento, por otro lado, establezca ciertas normas que garanticen la intangibilidad no modificación- de específicas cláusulas. Sobre todo esto es posible entender a la concesión como un contrato, en los términos civiles de la libre discusión y negociación?, pues en el fondo, se ha sostenido que la concesión es un acto administrativo discrecional del Estado, que fija sus pautas unilateralmente. Cano Melendez, citado por Jorge E. Calafell en su ya consultado trabajo, define a la concesión como: ( ) un acto administrativo público, por medio del cual el Estado, llamado concedente, faculta al particular, llamado concesionario, para que administre y explote en su provecho, en forma regular y

4 continua, pero por tiempo determinado, bienes del dominio público o servicios públicos, en vista de satisfacer un interés colectivo, mediante una ley preconcebida y un contrato formulado entre las partes 1. De la definición dada, como podemos observar, la concesión opera, tanto para: (i) conceder el aprovechamiento de bienes del dominio público (incluidos los recursos naturales), y; (ii) para la prestación de servicios públicos. Sin embargo, podemos añadir, que también opera para el otorgamiento de la ejecución de obras públicas de infraestructura. Sin embargo: Resulta conveniente señalar que entre la concesión de bienes nacionales y la concesión de servicio público existen, diferencias y similitudes, ya que mientras que en la primera solo nacen relaciones entre dos partes, esto es el Estado y el concesionario, en la segunda se producen entre el concesionario, el Estado concedente, y los particulares usuarios, ante los cuales el concesionario se obliga a mantener la continuidad del servicio, y obtiene una contra prestación en dinero que es el precio del servicio dado, y en la concesión de bienes el concesionario se limita a aprovechar los productos de la riqueza nacional ( ) con las restricciones y obligaciones que le imponen las leyes respectivas, mientras que entre las similitudes podemos señalar que en las dos existen dos tipos de intereses uno particular y uno público, pero ante todo se encuentra enmarcado por la búsqueda de un interés colectivo 2. En el campo de los recursos naturales que son Patrimonio de la Nación, y sobre los cuales el Estado ejerce su dominio eminente-, ( ) la concesión otorga el derecho de beneficiarse económicamente con los frutos y productos de los 1 Calafell, Jorge E., Teoría General de la Concesión, Jurídica Anuario, pp , ensayo que aparece publicado en la siguiente dirección electrónica: p De la Fuente Alonso, Alejandro, La naturaleza jurídica de la concesión administrativa, ensayo que aparece publicado en la siguiente dirección electrónica: REVISTANO.8/2.-ALEJANDRO%20DE%20LA%20FUENTE%20ALONSO.PDF.

5 recursos naturales; sin embargo, ello no quiere decir que el Estado renuncia a su ius imperium en el marco de la Economía Social de Mercado y del Estado Social y Democrático de Derecho-, consistente en vigilar (fiscalizar y regular) que las actividades económicas extractivas sobre los recursos no colisionen o no contravengan el bien común y el interés nacional (relación entre las actividades económicas y el desarrollo sostenible) 3. La ley de desarrollo constitucional sobre los recursos naturales, es decir, la LOASRRNN, en su artículo 22 señala que, cada ley especial que regula el otorgamiento de los recursos naturales, deberá contemplar en forma precisa los atributos que concede, sean de carácter real o de otra naturaleza. Así por ejemplo, en el caso del artículo 10 del TUOLGM, se otorga un derecho real que consiste en la suma de los atributos que la misma ley reconoce al concesionario (titular). Como sabemos, los derechos reales son una institución jurídica estrictamente civil. Nuestro Código Civil de 1984, asume una fórmula cerrada y considera que los únicos derechos reales son los regulados en su Libro V (Derechos Reales) y, otras leyes. Así tenemos: (i) la propiedad, (ii) la posesión, (iii) el uso y el usufructo, (iv) la servidumbre y, (v) los derechos reales de garantía (hipoteca, prenda, anticresis y, derecho de retención). El derecho real por excelencia es decir, el absoluto-, es el derecho de propiedad, pues otorga a su titular todos los atributos y facultades que pueden ejercerse sobre un bien: usar, disfrutar, disponer y, reivindicar. El entonces Congresista, Jorge Avendaño Valdez, en una exposición suya ante la Comisión de Ambiente, Ecología y Amazonía del Congreso de la República 4, absolviendo las interrogantes de sus colegas parlamentarios, precisó que: El uso no significa ventaja económica, ya que sólo es un servirse del bien para aquello para lo cual existe; disfrutar, sin embargo, es la obtención de los frutos del bien, lo que implica un beneficio que no es sino la explotación económica de la propiedad. Los 3 Bravo Sender, Raúl, Recursos naturales y desarrollo sostenible en el Perú. En: Diario La Opinión, Ica, 07 de Setiembre del Sesión celebrada el 19 de Mayo de 1997, y que aparece publicada en el Portal del Congreso de la República, bajo la siguiente dirección electrónica:

6 beneficios económicos, son pues los frutos 5. Cuando alguien ejerce las facultades de usar y de disfrutar un bien, es decir, ostenta la calidad de usufructuario, no es el propietario de dicho bien, pero percibe y hace suyos los beneficios económicos (frutos) que reporta; el propietario, lo que conserva, es la nuda propiedad, es decir, la propiedad desnuda, la cual es latente y virtual. De esta manera, el usufructo es un derecho real menor porque no confiere todas las facultades que hemos señalado anteriormente. Similar situación ocurre con el Estado cuando otorga en concesión a los particulares, la utilización y el aprovechamiento de los recursos naturales. Así, el Estado concede al concesionario las facultades de usar y disfrutar, es decir, beneficiarse económicamente con los frutos que reporte la explotación del recurso natural, manteniendo el dominio eminencial. Esto lo confirma el artículo 4 de la LOASRRNN, cuando señala que: ( ) los frutos y productos de los recursos naturales, obtenidos en la forma establecida en la presente Ley, son del dominio de los titulares de los derechos concedidos sobre ellos. En este mismo sentido se ha pronunciado el Tribunal (segundo párrafo del fundamento 101 de la sentencia recaída en el Expediente Nº PI/TC) en los términos siguientes: ( ) Son los frutos o los productos como en este caso el producto minero- los que sí pueden ser objeto de dominio privado por parte de los titulares de los derechos concedidos sobre ellos. Los derechos de aprovechamiento de los recursos naturales son caducables; la caducidad determina la reversión de la concesión al Estado, desde el momento de la cancelación del título correspondiente. 5 Los frutos son los provechos renovables que produce un bien sin que se altere ni disminuya su sustancia. El Código Civil reconoce como frutos los: naturales, que provienen del bien sin intervención humana; los industriales, que provienen con intervención humana y; los civiles, que provienen como consecuencia de una relación jurídica, como es la renta en el arrendamiento. Por otro lado, los productos son los provechos no renovables que se extraen de un bien. Así, los frutos naturales son los recursos naturales renovables y, los productos, los recursos naturales no renovables.

2.Ley Orgánica de Aprovechamiento de los Recursos Naturales Ley Nº 26821

2.Ley Orgánica de Aprovechamiento de los Recursos Naturales Ley Nº 26821 Concesión Minera Temario Régimen Legal Definición de Concesión Minera Características Otras clases de concesiones mineras Procedimiento Obligaciones y derechos de los titulares de la concesión minera Limitaciones

Más detalles

APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN AMÉRICA LATINA: MARCOS NORMATIVOS

APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN AMÉRICA LATINA: MARCOS NORMATIVOS RESULTADOS PRELIMINARES DE LA INVESTIGACIÓN SOBRE MODALIDADES PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN AMÉRICA LATINA: MARCOS NORMATIVOS APLICABLES A LAS ACTIVIDADES MINERAS E HIDROCARBURÍFERAS

Más detalles

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************

Más detalles

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS Concepto. Son los recursos que obtiene el estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES

LINEAMIENTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en

Más detalles

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD

Más detalles

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador

Más detalles

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES ADICIONALES Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. (BOE de 28 de mayo de 1985) DISPOSICIONES ADICIONALES Segunda.

Más detalles

Abril, 2010 CONTRATACION MINERA

Abril, 2010 CONTRATACION MINERA Abril, 2010 CONTRATACION MINERA GENERALIDADES Qué debe entenderse por contratos mineros? Principios generales: Libertad para la configuración de los contratos Aplicación supletoria de las disposiciones

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,

Más detalles

Concepto del Contrato de Concesión en la Ley 80 de Concepto de APP en la Ley 1508 de 2.012

Concepto del Contrato de Concesión en la Ley 80 de Concepto de APP en la Ley 1508 de 2.012 Concepto del Contrato de Concesión en la Ley 80 de 1.993 ARTÍCULO 32. DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (Artículos relacionados con la materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios) Artículo 35. (Se deroga) Artículo 36. (Se deroga)

Más detalles

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 Síntesis: En virtud de TLC con Estados Unidos 3, Colombia asumió obligaciones de apertura relativa en

Más detalles

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno

Más detalles

DERECHO DE MINERIA I

DERECHO DE MINERIA I DEPARTAMENTO DE DERECHO ECONOMICO Profesor Cristian Quinzio Santelices DERECHO DE MINERIA I A. OBJETIVO GENERAL: El objetivo general del curso es el de capacitar a los estudiantes en la comprensión y aplicación

Más detalles

Derecho constitucional

Derecho constitucional Derecho constitucional Ius et Praxis, Revista de la Facultad de Derecho N. o 43, 2012 ISSN 1027-8168 pp. 155-164 Los recursos naturales y la Constitución Política de 1993 Oswaldo Hundskopf Exebio Conforme

Más detalles

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Asunto: Posibilidad de considerar un negocio jurídico excluido de la legislación de contratos públicos. I. ANTECEDENTES

Más detalles

Curso Interno sobre Normatividad en Telecomunicaciones. Normativa Tarifaria. Pabel Camero Cusihuallpa. Abogado Gerencia Legal - OSIPTEL

Curso Interno sobre Normatividad en Telecomunicaciones. Normativa Tarifaria. Pabel Camero Cusihuallpa. Abogado Gerencia Legal - OSIPTEL Curso Interno sobre Normatividad en Telecomunicaciones Lima, 30 de Octubre,, 2006 Normativa Tarifaria Pabel Camero Cusihuallpa Abogado Gerencia Legal - OSIPTEL Marco Normativo General TUO de la Ley de

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ Iquitos, 11 de Noviembre 2010 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ TEMAS 1. Gestión de la oferta y demanda de agua 2. Clases y tipos de Usos de agua 3. Clases

Más detalles

Bloque I. Derecho Civil y Mercantil

Bloque I. Derecho Civil y Mercantil Bloque I Derecho Civil y Mercantil 1. El Derecho Objetivo: concepto y divisiones. Distinción entre el Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil en España.

Más detalles

REGLAS DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

REGLAS DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES REGLAS DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES TITULARIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES Es una característica general que las Constituciones de los Estados Latinoamericanos acojan

Más detalles

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar

Más detalles

Comisión de Obras y Servicios Públicos

Comisión de Obras y Servicios Públicos H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- La Comisión de Obras y Servicios Públicos, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de este

Más detalles

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición

Más detalles

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización SOLICITUD DE AYUDA POR ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA CONTRATACIÓN DE EXPERTOS TÉCNICOS DE ALTA CUALIFICACIÓN Programa de I+E Orden de 21 de enero de 2004 (BOJA nº 22, de 3 de febrero de 2004) 1. DATOS DE

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y SOCIALES

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y SOCIALES UNIVERSIDAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y SOCIALES CARRERA: LIC. EN MARKETING ASIGNATURA: DERECHO EMPRESARIAL APLICADO I CURSO: AÑO LECTIVO: 2015 HORAS CÁTEDRA: 4 HORAS. DURACIÓN: CUATRIMESTRAL TITULAR DE

Más detalles

Uso de espacios físicos IPN

Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos a partir del año 2014 En esta Casa de Estudios, el uso de espacios físicos se otorga por medio de un contrato validado por la Oficina del Abogado General

Más detalles

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

PREÁMBULO. CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, VALÈNCIA - Tel Tel

PREÁMBULO. CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, VALÈNCIA - Tel Tel CIUTAT ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE TORRE 1 C/ Castán Tobeñas, 77-46018 VALÈNCIA - Tel. 012 PROYECTO DE ORDEN /2016, DE DE MARZO, DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO,

Más detalles

O R D E N A N Z A N U M. 18

O R D E N A N Z A N U M. 18 O R D E N A N Z A N U M. 18 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE LONJA, PLAZAS DE ABASTO Y MERCADO SEMANAL. ================================================================

Más detalles

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

Exposición de motivos

Exposición de motivos C. DIP. ALEJANDRO ENCINAS RODRIGUEZ Presidente de la Mesa Directiva Asamblea Constituyente Presente. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL NUMERAL 3, RECORRIÉNDOSE EN EL ORDEN LOS SUBSECUENTES,

Más detalles

CURSO VIRTUAL. Del 26 de Mayo al 25 de Junio (10 sesiones) Contrataciones del Estado para funcionarios y proveedores del Estado

CURSO VIRTUAL. Del 26 de Mayo al 25 de Junio (10 sesiones) Contrataciones del Estado para funcionarios y proveedores del Estado CURSO VIRTUAL Del 26 de Mayo al 25 de Junio 2015 (10 sesiones) Contrataciones del Estado para funcionarios y proveedores del Estado TEMARIO Sesión 1 APLICACIÓN DE LAS CONTRATACIONES PARA FUNCIONARIOS Y

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones: 1 REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty 1. DEFINICIONES Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones: a) Tarjeta de Débito : Tarjetas emitidas

Más detalles

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. Quiénes lo realizan? Personas morales constituidas

Más detalles

PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010

PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010 PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010 1. OBJETIVOS La asignatura, que se compone de tres módulos, pretende en su conjunto introducir al

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO

PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO A. IDENTIFICACION: ASIGNATURA CARÁCTER : Derecho Tributario : Obligatoria UBICACIÓN DENTRO DEL PLAN DE ESTUDIOS : Noveno semestre NÚMERO DE MÓDULOS POR SEMANA NÚMERO DE CRÉDITOS

Más detalles

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU GENERALIDADES Al crear una marca se define una plataforma, base de la identidad de largo plazo

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

PROTOCOLO. Fechas Mes/año Clave Semestre

PROTOCOLO. Fechas Mes/año Clave Semestre Programa de Estudios: DERECHO ADMINISTRATIVO PROTOCOLO Fechas Mes/año Clave Semestre Elaboración Julio 2007 Nivel Licenciatura X Maestría Doctorado Aprobación Ciclo Integración Básico Superior x Aplicación

Más detalles

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL Cumbayá, mayo 26 de 2015 22/07/2015 1 CONSTITUCIÓN Preámbulo Desde el preámbulo, la Constitución proclama la decisión del Ecuador de construir una nueva

Más detalles

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA 4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,

Más detalles

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07 NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE Párrafo Número Objetivo Definiciones 01-07 Criterios de reconocimiento y valuación 08-13 Aplicación de criterios generales

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

Propiedad de los Recursos Minerales

Propiedad de los Recursos Minerales Propiedad de los Recursos Minerales USMP: abril 2010 Humberto Martínez Aponte HIPOTESIS 1.-No es cierto que las comunidades campesinas sean despojadas de la riqueza mineral que albergan sus territorios.

Más detalles

ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES

ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES EL ESTADO ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES Presenta: Lic. Efraín E. Reyes Romero Asignatura: Análisis Institucional Estado La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público

Más detalles

LXXVII Convención Bancaria. Acapulco, Gro. Abril, 2014

LXXVII Convención Bancaria. Acapulco, Gro. Abril, 2014 LXXVII Convención Bancaria Acapulco, Gro. Abril, 2014 La Reforma Financiera representa una extraordinaria oportunidad para que el sector financiero contribuya a consolidar un crecimiento económico sostenido

Más detalles

Poliducto del Norte DECLARACIONES. a) Es una sociedad debidamente constituida y organizada de conformidad con las leyes de México;

Poliducto del Norte DECLARACIONES. a) Es una sociedad debidamente constituida y organizada de conformidad con las leyes de México; CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PETROLÍFEROS POR MEDIO DE DUCTO BAJO LA MODALIDAD DE RESERVA CONTRACTUAL (EL CONTRATO ) QUE CELEBRAN SISTEMA DA, S. DE R.L. DE C.V. (EL TRANSPORTISTA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

Conflictos Sectoriales entre Derechos Otorgados

Conflictos Sectoriales entre Derechos Otorgados Conflictos Sectoriales entre Derechos Otorgados 1 LOS RECURSOS NATURALES PATRIMONIO DE LA NACION Artículo 66.- Recursos Naturales Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1. En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la

Más detalles

LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN LOS CASOS DE DESACUERDO CONYUGAL Y EN LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES

Más detalles

RÉGIMEN DE PROPIEDAD INTELECTUAL

RÉGIMEN DE PROPIEDAD INTELECTUAL RÉGIMEN DE PROPIEDAD INTELECTUAL FUNDACIÓN TECNOLÓGICA SAN FRANCISCO DE ASÍS Bogotá, D.C., Agosto de 2011 TABLA DE CONTENIDO I. NORMATIVIDAD ASOCIADA A LA PROPIEDAD INTELECTUAL 3 1.1. DERECHOS DE AUTOR

Más detalles

MARCO LEGAL DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ

MARCO LEGAL DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ MARCO LEGAL DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PERÚ 1.- En las leyes. La LOASRRNN-Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales en su artículo 4, prescribe lo siguiente: Los recursos

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES Clave: 875 Licenciatura: ADMINISTRACION FINANCIERA Horas por semana: 5 Plan: LAF09 Horas

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA FUNDACIÓN SIGLO PARA EL TURISMO Y LAS ARTES DE CASTILLA

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM SOBRE LAS INCOMPATIBILIDADES DE LOS ARQUITECTOS MUNICIPALES HONORIFICOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN LA DEMARCACION DEL MUNICIPIO. 1.- NORMATIVA El régimen de incompatibilidades

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 167.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN: la fracción I-A al artículo 27, los párrafos segundo, tercero y

Más detalles

LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574

LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574 LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574 CONCORDANCIAS: CONST. (1993) Art. 2 Inc. 21 D.S. Nº 002-90-IN Art. 1; 2 D.S. Nº 002-96-IN Art. 36 A 44 D.S. N 3-97-IN Art. 41 A 49 ALCANCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Más detalles

CUESTIONARIO. 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal?

CUESTIONARIO. 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal? CUESTIONARIO 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal? 2. Como se clasifica los dependientes fundamento legal? 3. Que entiende por Agentes de Comercio? 4. Indique si los

Más detalles

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE Resolución del CONATEL 328 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando:

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO ORD 4 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA Y TRASPASO FUNDAMENTO Artículo 1. La presente Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes

Más detalles

Rosa Pérez-Villar Aparicio.

Rosa Pérez-Villar Aparicio. Abogada de Familia RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES: Características y Funcionamiento. Despacho Jurídico Pérez-Villar EL RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Mediante

Más detalles

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES LA SOLICITUD DE GUÍA PARA AUTORIZACIONES TEMPORALES Autorizaciones temporales La Autoridad minera podrá otorgar a solicitud de los interesados autorización temporal e intransferible, a las entidades territoriales

Más detalles

Dirección Nacional Derechos de Autor. En Colombia la entidad que se encarga de políticas gubernamentales en materia de derechos de autor es la DNDA.

Dirección Nacional Derechos de Autor. En Colombia la entidad que se encarga de políticas gubernamentales en materia de derechos de autor es la DNDA. Dirección Nacional Derechos de Autor En Colombia la entidad que se encarga de políticas gubernamentales en materia de derechos de autor es la DNDA. Definición La Dirección Nacional de Derecho de Autor

Más detalles

Las Obligaciones en el Derecho Civil

Las Obligaciones en el Derecho Civil Las Obligaciones en el Derecho Civil 1 Sesión No. 1 Nombre: Obligación Jurídica Contextualización Tomando como base el Derecho subjetivo, tienes que distinguir entre los Derechos reales y los Derechos

Más detalles

ABOGADO OFICIAL g. Santiago, 18 de mayo de N / Honorable Cámara de Diputados:

ABOGADO OFICIAL g. Santiago, 18 de mayo de N / Honorable Cámara de Diputados: FORMÓLA INDICACIONES AL PROYECTO MODIFICATORIO DE LA LEY N 20.365, QUE ESTABLECE FRANQUICIA TRIBUTARIA RESPECTO DE SISTEMAS SOLARES TÉRMICOS, DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS Y DE LA LEY QUE CREA

Más detalles

HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E.

HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E. HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E. DIPUTADOS LEONARDO MONTAÑEZ CASTRO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,

Más detalles

O R D E N D E L D I A D I C T A M E N E S

O R D E N D E L D I A D I C T A M E N E S En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformidad con lo preceptuado en el art. 2 apartado f) del Real Decreto 1174/1.987,

Más detalles

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:317795-2010:text:es:html E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios 2010/S 208-317795 ANUNCIO DE LICITACIÓN Servicios

Más detalles

ANEXO I. Objetivo Temático 8. Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral.

ANEXO I. Objetivo Temático 8. Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral. ANEXO I Prioridades de inversión y objetivos específicos objeto de la selección de operaciones para su financiación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Joven Las operaciones

Más detalles

ENTIDADES COLABORADORAS CESIONES RESERVA NACIONAL. Febrero de 2016 Servicio de Ayudas Directas por Superficie

ENTIDADES COLABORADORAS CESIONES RESERVA NACIONAL. Febrero de 2016 Servicio de Ayudas Directas por Superficie ENTIDADES COLABORADORAS CESIONES RESERVA NACIONAL Febrero de 2016 Servicio de Ayudas Directas por Superficie SUMARIO 1) Cesiones de Derechos de Pago Básico 2) Reserva Nacional Tramitación muy similar a

Más detalles

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones; Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación

Más detalles

SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC

SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC INVITACIÓN PÚBLICA SAMC 0156-2010 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CUYO VALOR NO EXCEDA EL 10% DE LA MENOR CUANTÍA DE LA ENTIDAD. JUSTIFICACIÓN DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN En

Más detalles

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

Más detalles

CURSOS DE LA FACULTAD OBLIGATORIOS, SEMINARIOS DE INTEGRACIÓN Y ELECTIVOS PROGRAMACIÓN CON PRERREQUISITOS CURSOS OBLIGATORIOS

CURSOS DE LA FACULTAD OBLIGATORIOS, SEMINARIOS DE INTEGRACIÓN Y ELECTIVOS PROGRAMACIÓN CON PRERREQUISITOS CURSOS OBLIGATORIOS CURSOS DE LA FACULTAD OBLIGATORIOS, SEMINARIOS DE INTEGRACIÓN Y ELECTIVOS PROGRAMACIÓN CON PRERREQUISITOS CURSOS OBLIGATORIOS CLAVE CURSO NOMBRE DE CURSO CRÉDITOS PRERREQUISITOS PRIMER CICLO: DEC-200 DERECHO

Más detalles

CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA

CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA BARRANCABERMEJA JUNIO DE 2012 1 CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA Doctor JUAN CARLOS STAPPER ORTEGA Contralor Municipal Doctora LUZ ELVIRA QUINTERO PÉREZ

Más detalles

UNIDADES PROGRAMATICAS

UNIDADES PROGRAMATICAS 1. UNIDADES PROGRAMATICAS Unidad I Administración Pública UNIDADES PROGRAMATICAS 1. Estado de Derecho. Unidad del Poder: Multiplicidad de funciones. Administración. Legislación. Jurisdicción 2. Administración.

Más detalles

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE

Más detalles

LEGAL FLASH I SEGUROS Y PREVISIÓN SOCIAL

LEGAL FLASH I SEGUROS Y PREVISIÓN SOCIAL Marzo de 2016 DIRECTIVA (UE) 2016/97 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 20 DE ENERO DE 2016, SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 RESUMEN DE LOS ASPECTOS MÁS NOVEDOSOS DE LA DIRECTIVA

Más detalles

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias Ley Nacional Nº 21382 Ley de Inversiones Extranjeras Texto Ordenado por Ley 21382 y modificatorias Decreto Reglamentario 1853/93 del 02 de septiembre de 1993 Artículo 1. Los inversores extranjeros que

Más detalles

Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA

Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA Derecho Financiero I Dra. Pura Peris Dra. Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 El hecho imponible.

Más detalles

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de

Más detalles

-LICENCIATURA EN DERECHO- - PROGRAMA DE DERECHO CIVIL-

-LICENCIATURA EN DERECHO- - PROGRAMA DE DERECHO CIVIL- -LICENCIATURA EN DERECHO- - PROGRAMA DE DERECHO CIVIL- (Asignaturas Troncales y Obligatorias) DERECHO CIVIL I EL DERECHO PRIVADO Y EL DERECHO DE LA PERSONA 1.- EL DERECHO PRIVADO LECCIÓN 1ª EL ORDENAMIENTO

Más detalles

REGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983

REGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983 REGIMEN DE GARANTIAS Y SEGUROS EN EL DCTO 222 DE 1983 ARTICULO 67, CLASES DE GARANTIAS: Fianzas de bancos o de compañías de seguros DIFERENTES GARANTIAS: Seriedad de oferta Cumplimiento del contrato Buen

Más detalles

Plan de Desarrollo en Transferencia de Tecnología Módulo II. Contratos OTRI

Plan de Desarrollo en Transferencia de Tecnología Módulo II. Contratos OTRI Curso PDI Puerto Real Noviembre 2010 Plan de Desarrollo en Transferencia de Tecnología Módulo II. Contratos OTRI Fernando Merello Luna Noviembre 2010 Cliq Project Puerto Sta. María November 2010 The Triangle

Más detalles

Artículo 4 Derechos y principios rectores

Artículo 4 Derechos y principios rectores LEY ORGÁNICA 6/2006, DE 19 DE JULIO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA. TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4 Derechos y principios rectores 2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS AYUNTAMIENTO DE NAVA ASTURIAS ORDENANZA FISCAL Nº 17 HACIENDA MUNICIPAL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ARTICULO 1.-HECHO IMPONIBLE ARTICULO 1.- 1.- Constituye el hecho imponible del

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL DE CURTINCAPAC DEL CANTÓN PORTOVELO. EL GOBIERNO AUTÓNOMO

Más detalles

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas:

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas: INFORME N. 130-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas: 1. Las actividades realizadas por las empresas corredoras de reaseguros domiciliadas en el Perú a favor de compañías reaseguradoras

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles