TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 225

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1 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 225 Capital Santa San Buenos Total Total No Concepto Federal Fe Luis Aires Compu- Computable table 1) Gs. Venta Bien de uso 0, ,00 2) Compra hilos y pega- 0, ,00 mentos 3) Alquiler local comercial: 3000/1,21* 0,21 = 520,66 520, ,66 = 2479, ,34 * 71,43% = , ,00 708,34 4) Comisiones 1.500, ,00 5) Prima de Seguro 950,00 950,00 350,00 6) Honorarios Directores: * 1% = vs 2000, tomó el 1.000,00 segundo importe 2000/3000 = 0, * 0,66 = * 83,33% = ,00 223, * 0,66 = , ,00 7) Publicidad 1.500,00 8) Honorarios Servicios 2.900,00 9) Gtos. de Exportación 1.250,00 10) Amort. Bien de Uso 850,00 850,00 650,00 11) Sueldos: Reparación Telares 500,00 Intermediación 800,00 Fabricación 2.500,00 Locales: - De telas 375,00 - De telares y máquinas de coser 267,86 267,86 267,86 321,42 Depósito/Administración - Depósitos de telas 400,00 - Depósitos de telares Administración 500 * 83,33% = 416,65 416, ,23 83,35 Total 7.161, , , , , ,77 Coeficientes de Gastos 0,6047 0,1722 0,1266 0,0965

2 226 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO 1) Los ingresos por la venta de bienes de uso no integran la base imponible de acuerdo al art. 163 pto 6 IB. En consecuencia los egresos relacionados con la misma no son computables. 2) Los egresos vinculados con la adquisición de materias primas e intereses son no computables según art. 3 inc. a y art. 3 inc. e respectivamente. 3) En Rosario se encuentra el local de telares y máquinas de coser. Dado que la intermediación en la venta de telares es una actividad del Régimen Especial según art. 11 Convenio Multilateral, los egresos vinculados con ella no son computables para el armado de coeficientes, debiendo realizar un prorrateo específico para considerar solamente como computables los gastos vinculados a la venta de máquinas de coser: Prorrateo Específico = = 71,43% Con respecto al IVA es no computable de acuerdo al art. 3 inc. d, Convenio Multilateral. 4) Gastos vinculados con ingresos gravados para IB. Computables en su totalidad. Se asignan a San Luis, lugar donde el gasto es efectivamente soportado. 5) La prima vinculada con las telas y máquinas de coser, por $ 950, es computable, correspondiendo su asignación a Capital Federal, lugar donde se encuentran localizados los bienes; y la relacionada con la actividad de intermediación, por $ 350, es no computable por ser una actividad del Régimen Especial. 6) De acuerdo al art. 3 inc. f sólo puede computarse hasta el 1% de la utilidad contable, es decir $ y a su vez estos se distribuirán en función de los datos que surgen de la planilla de gastos. La proporción de honorarios de administración deberán prorratearse para sólo considerar como computables los vinculados con actividades gravadas para ingresos brutos (venta de telas, venta de máquinas para coser, reparación de telares) y como no computables los vinculados con la actividad del Régimen Especial del art. 11 CM (intermediación) y exportaciones: Prorrateo General = No se toman los ingresos vinculados con las exportaciones a los fines del Prorrateo General porque todos los gastos relacionados con las mismas están incluidos en el pto. 9. 7) Los gastos por publicidad son no computables según art. 3 inc. c, Convenio Multilateral. 8) Los honorarios de los servicios prestados por Reparatuti S.R.L. son no computables según art. 3 inc. b. 9) Los gastos de exportación de telas son no computables según la Resolución de la Comisión Arbitral 49/94. 10) Según el art. 32º párrafo son computables las amortizaciones impositivas, las cuales corresponde que sean asignadas a Capital Federal donde se encuentra ubicada la fábrica. 11) Los sueldos vinculados a: Reparación de Telares: son 100 % computables, atribuyéndose al lugar de prestación del servicio.

3 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 227 Intermediación: son no computables por ser un gasto vinculado a una actividad del Régimen Especial. Fabricación: sólo se fabrican telas estampadas, 100% computable, por ser un gasto vinculado a ingresos gravados para IB y corresponde su atribución a Capital Federal, lugar donde se encuentra localizada la respectiva fábrica. Locales/Comercialización: 1500 * 25 % = 375 corresponde a cada uno de los locales Local de Telas: el 100% de los sueldos son computables asignándose a Buenos Aires. Locales de Telares y Máquinas de Coser: $ De acuerdo a lo desarrollado en el pto. 3 debe aplicarse un prorrateo específico * 71,43 % = = 267,86 3 (cantidad de locales) Se asignan a cada una de las jurisdicciones donde estén ubicados cada uno de los locales (Capital Federal, Santa Fe, Buenos Aires). Depósito/Administración: Depósito de Telares: no computable por estar vinculado con una actividad del Régimen Especial. Depósito de Telas y Máquinas de Coser: Computable por estar relacionado con ingresos gravados para IB. Administración: Computable y se aplica el prorrateo general de acuerdo a lo desarrollado en el pto. 6, asignándose a Capital Federal donde se encuentra ubicada la Administración. 500 * 83,33 % = 416,65

4 228 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.5 Recálculo de coeficientes en función del Art. 14 del C.M.: Salta Jujuy Misiones Chaco Tucumán Ingresos Anterior 0,0720 0,5280 0,3460 0,0540 0,0000 Nuevo 0,5690 0,3728 0,0582 0,0000 Egresos Anterior 0,8000 0,0000 0,0000 0,0000 0,2000 Nuevo 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 1,0000 Unificado Anterior 0,4360 0,2640 0,1730 0,0270 0,1000 Nuevo 0,000 0,2845 0,1864 0,0291 0,5000 Abril Jujuy Misiones Chaco Tucumán Base , , ,88 340, ,00 0,049 0,06 0,036 0,05 Impuesto 163,10 130,85 12,26 292,50 Mayo Jujuy Misiones Chaco Tucumán Base , , ,92 372, ,00 0,049 0,06 0,036 0,05 Impuesto 178,44 143,16 13,41 320,00 Asignación directa La Rioja 800,00 8% 64,00 RG (CA) : Cese de actividades. Concepto Art 2: Determinar que, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 14, incb), del Convenio Multilateral del 18/08/77, se considera que existe cese de actividades cuando,

5 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 229 producido el hecho y no existiendo ingresos atribuíbles a la jurisdicción según las normas del Convenio, haya sido comunicado a las autoridades de aplicación del tributo, cumplimentando los recaudos formales que cada legislación establece al respecto. RG (CA) : Aprobación de coeficientes con diez milésimos Art. 62: los coeficientes de atribución de base imponible para contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en el régi men del Convenio Multilateral, deben establecerse en diez milésimos (0,0000) computándose sus fracciones por redondeo en exceso o por defecto.

6 230 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.6 Concepto Total Buenos Formosa Cap. No com- Aires Fed. putable 1.a) Certificado Obra Chaco , ,00 1.b) Certificado Obra Misiones , ,00 1.c) Vta. de materiales a Jujuy , ,00 1.d) Vta. materiales a Formosa , ,00 1.e) Vta. telefónica a Santa Fe , ,00 1.f) Comisiones por vtas. en Misiones , ,00 Totales , , , ,00 Ingresos no computables ,00 Ingresos computables , , , Coeficiente de Ingresos 1,0000 0,5833 0, Concepto Total Buenos Formosa Cap. No com- Aires Fed. putable 2) Costo de obras , ,00 2) Costo de materiales , ,00 2) Sueldos y jornales reventa , , ,00 3.a) Honorarios al directorio (*) , , ,00 3.b) Alquiler equipos , , ,00 3.c) Sueldos Administración , , ,00 3.d) Cargas Sociales , , ,00 3.e) Gastos administrativos obras , ,00 4.a) Comisiones ventas materiales , ,00 4.b) Honorarios por intermediaciones , ,00 5.a) Intereses por descuentos Fc , ,00 Totales , , , , ,00 Gastos no computables ,00 Gastos computables , , , ,00 Coeficiente de Gastos 1,0000 0,1453 0,2325 0,6222

7 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 231 Concepto Total Buenos Aires Formosa Cap. Fed. Coeficiente de Ingresos 1,0000 0,5833 0, Coeficiente de Gastos 1,0000 0,1453 0,2325 0,6222 Coeficiente Unificado 1,0000 0,3643 0,3246 0,3111 Liquidación del anticipo del mes de octubre de 2002 Por venta de materiales Total Buenos Formosa Cap. Entre (gravadas) Aires Fed. Ríos a) Venta desde Capital Federal , , , ,50 c) Venta desde Buenos Aires , , , ,77 d) Intereses accesorios punto c) 500,00 182,00 162,00 155,55 g) Venta Entre Ríos , ,00 Totales , , , , ,00 Alícuota 3 % 3 % 3 % 3 % Impuesto Determinado 901,69 803,33 769,98 600,00 Por obras ejecutadas (gravadas) Total Cap. Fed. Corrientes e) Certificados Obra Corrientes , , ,00 Totales , , ,00 Alícuota 1,50 % 1,50 % Impuesto Determinado 82,50 742,50 Por intemediaciones (gravadas) Total Cap. Fed. Chaco f) Ventas de Máquina Chaco , , ,00 Totales , , ,00 Alícuota 4,90 % 4,90 % Impuesto Determinado 735, ,00 Ingresos gravados en Capital Federal y exentos en el resto de las jurisdicciones Intereses plazos fijos 100 x 5,50 % = 5,50El ingreso no se distribuye por Convenio Multilateral porque se interpreta que la actividad se presta totalmente en la jurisdicción de Capital Federal. Ingresos No gravados o exentos Exportación a Chile [punto b)] (*) Determinación de honorarios al directorio computables (+) Ganancia según ER: ,00 (x) 1,00 %: 1 % (=) Límite Artículo 3º inciso f) CM: 2.050,00 (x) Porcentaje atribuible a ingresos comp. 50 % (=) Porción computable de honorarios 1.025,00 Prorrateo General Ingresos computables por artículo 2º (reventa de materiales) ,00 Ingresos totales (computables y no computables) ,00 50 %

8 232 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.7 Caso Crédito S.A. Actividades reguladas por el régimen General (venta de autos) y Especial (entidad de créditos). En función de los arts. 2 y 5 del C.M., no corresponde determinar coeficientes, no hay cierre de balance en año calendario inmediato anterior. Se aplica por asignación directa de ingresos art. 14 inc a) 1) Venta de Autos a) Buenos Aires ,00 Descuentos por pronto pago (art. 163 Código Fiscal Pcia. de Buenos Aires) (800,00) BI Buenos Aires ,00 Impuesto determinado 952,00 b) Salta BI Salta ,00 Impuesto determinado 960,00 2) Intereses a) Préstamo otorgado Impuesto 80 % Sta Fe 1.040,00 42,64 (Art. 7º - CM) 20 % Capital 260,00 14,30 (Art. 7º - CM) b) Intereses Recupero de Incobrables 80 % Sta Fe 160,00 6,56 20 % Capital 40,00 2,20 Total Impuesto Sta. Fe 49,20 Total Impuesto Capital Federal 16,50 Artículo 146 inc.c) Código Fiscal Pcia. de Santa Fe Artículo 176 inc. 2) Código Fiscal Ciudad de Bs. As. Ambos Códigos Fiscales admiten la deducción de créditos incobrables producidos en el período fiscal que se liquida, que cumplan con los índices justificativos de incobrabilidad (ej: cesación de pagos, quiebra, concurso) En el caso de posterior recupero, total o parcial de los créditos considerados incobrables se considera ingreso gravado imputable al período en que el hecho ocurra.

9 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 233

10 234 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.8

11 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 235

12 236 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.9 Cálculo de Coeficientes Unificados en base a los datos del Estado Contable al 30/11/2004, para aplicar durante el año 2005 y los tres primeros meses del año Distribución en Función de los Gastos Conceptos Totales No Compu- Ciud. Pcia. La Neuquén Comput. table Aut. B.A. Bs. As. Pampa 1) Fletes 1.000,00 0, ,00 500,00 500,00 2) Publicidad 2.000, ,00 0,00 3) Materiales , ,00 0,00 4) Embalaje , ,00 0,00 5) Amortiz , , , , ,00 6) Intereses , ,00 0,00 7) S. y J , , , , , ,00 8) Pap. e Imp , , , , ,00 9) Energía , , , , ,00 10) Directorio 600,00 0,00 600,00 600,00 TOTALES , , , , , ,00 0,00 COEFIC. 1,0000 0,6134 0,2877 0,0989 0,0000 Distribución en función de los Ingresos Conceptos Totales No Compu- Ciud. Pcia. La Neuquén Comput. table Aut. B.A. Bs. As. Pampa 1) La Pampa ,00 0, , ,00 2) Neuquén ,00 0, , ,00 3) Mostrador ,00 0, , ,00 4) Sta. Cruz ,00 0, , ,00 5) Intereses 8.500,00 0, , ,00 6) Exportac , ,00 0,00 7) Rodados , ,00 0,00 8) Intereses 1.500,00 0, , ,00 9) Intereses 500,00 0,00 500,00 500,00 10) Reinteg , ,00 0,00 TOTALES , , , , , , ,00 COEFIC. 1,0000 0,0323 0,3548 0,3226 0,2903

13 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 237 COEFICIENTES UNIFICADOS Gastos 1,0000 0,6134 0,2877 0,0989 0,0000 Ingresos 1,0000 0,0323 0,3548 0,3226 0,2903 Coef.Unific. 1,0000 0,3229 0,3213 0,2108 0,1452 ANTICIPO MARZO/2005 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Conceptos Totales No Compu- Industria Cons. Comer- Observa- Comput. table Final cio ciones 1. Mayorist ,00 0, , ,00 2. Cons. Fin 5.000,00 0, , ,25 3. Intereses 200,00 0,00 200,00 64,57 4. Recup ,00 0, ,00 322,85 5. Intereses 100,00 100,00 0,00 6. Export. 50,00 50,00 0,00 7. Loc. Salta 350,00 350,00 0,00 8.Cl.Mendoz 150,00 0,00 150,00 48,43 El ingreso no se distribuye por Convenio Multilateral porque se interpreta que la actividad se presta totalmente en la jurisdicción de Capital Federal. TOTALES ,00 500, , , ,25 RESUMEN: Industria 6.892,85 Cons. Final 1.614, ,10 COMPROB ,00 x 0, ,10 Liquidación Industria 6.892,85 Exento A pagar Cons. Final 1.614,25 3,00% 48,43 Intereses 100,00 5,50% 5,50

14 238 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.10

15 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 239

16 240 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.11 COEFICIENTE DE INGRESOS Total Comp No Comp S. Luis Mdoza. Tucumán Bs.As. Stgo del Estero 1. Vta ceniceros Vta bs uso Vta x represent Vta Tabaco Export. Tabaco Vta ausentes no hay sustento Export Ceniceros Totales Coef. Ingresos 0,1408 0,0469 0,0704 0,0845 0,6573 Prorrateo Gral = 0,1408 Prorrateo Específico ceniceros 3650 = 0, Prorrateo Gral: para aplicar a aquellos gastos vinculados a ingresos tanto de ceniceros como de tabaco (no comput) Prorrateo Específico ceniceros: para aplicar a aquellos gastos vinculados solo con ingresos por la vta de ceniceros, de los cuales no son todos computables (exportación y vta de bs uso). COEFICIENTE DE GASTOS Total Comp No Comp S. Luis Mdoza. Tucumán Bs.As. Stgo del Estero 1. MP ceniceros Sueldos Adm x 0,1408 = 406, , ,84 380,16 3. Amortizaciones Bs adm 3500 x 15% ,92 451,08 73, x 0,1408 Bs Fab 3500 x 85% Impto IIBB Impto Municipal Fuerza Motriz x 0, ,10 468,90 31,10 6. Honorario Director x 0,01 = , ,95 114, X 0,1408 Totales , , , Coef. Gastos 0 1,

17 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 241 S. Luis Mdoza. Tucumán Bs. As. Stgo del Estero Coef. Ingresos 0,1408 0,0469 0,0704 0,0845 0,6573 Coef. Gtos 0 1, Coeficientes Unificados 0,0704 0,5235 0,0352 0,0423 0,3286 INGRESOS JUNIO 2005 Total No Comp. Art. 2 Art. 14 Art. 13 Salta 1. Vta bs uso Export. Uruguay Vta ceniceros Vta tabaco Totales Distribución Base Base Imponible Art S. Luis 0, ,23 Mdoza. 0, ,76 Tucumán 0, ,11 Bs. As. 0, ,54 Sgo. del Estero 0, ,38 Art Salta 1500 Art Pcio compra 3000 (pto 2) (pcio compra) = Formosa No comput Formosa Pcio compra 6500 S. Luis 0, ,87 Art Mdoza. 0, ,99 (pto 4) (pcio compra) = Tucumán 0, , Bs. As. 0, ,32 Sgo. del Estero 0, ,41

18 242 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº ) Aplicación del Artículo 13 2º párrafo de la Ley de Convenio Multilateral, en donde establece asignar a la jurisdicción productora el valor de adquisición de dichas materias primas, ya que es muy improbable que lo que se adquiera en un mes sea totalmente elaborado y vendido en el mismo, lo cual implica determinar el Costo de la Mercadería Vendida de ese mes: Existencia Inicial + Compras Existencia Final = Costo de la Mercadería Vendida. $ $ $ = $ Asignación a la Jurisdicción Productora CHACO : $ ) Cálculo del ingreso restante a ser aplicados a las Jurisdicciones Comercializadoras: Ingresos obtenidos por las ventas de 12/2005 Costo Merc. Vendida = Ingresos Restantes $ ,50 - $ = $ ,50 Asignación a las Jurisdicciones Comercializadoras: Buenos Aires: $ ,50 * = $ ,75. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: $ ,50 * = $ 64966,50. Salta: $ ,50 * = $ ) Luego se deberá aplicar a cada Jurisdicción (productora y comercializadora) la alícuota vigente establecida para dicha actividad en cada provincia.

19 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 243 SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.13 Art párrafo Convenio Multilateral En el caso de la mera compra, cualquiera fuera la forma en que se realice, de los restantes productos agropecuarios, forestales, mineros y/o frutos del país, producidos en una jurisdicción para ser industrializados o vendidos fuera de la jurisdicción productora y siempre que ésta no grave la actividad del productor, se atribuirá en primer término a la jurisdicción productora el 50% (cincuenta por ciento) del precio oficial o corriente en plaza a la fecha y en el lugar de adquisición. Cuando existan dificultades para establecer este precio, se considerará que es equivalente al 85% (ochenta y cinco por ciento) del precio de venta obtenido. La diferencia entre el ingreso bruto total del adquirente y el importe mencionado será atribuida a las distintas jurisdicciones en que se comercialicen o industrialicen los productos, conforme al régimen del artículo 2º. En los casos en que la jurisdicción productora grave la actividad del productor, la atribución se hará con arreglo al régimen del artículo 2º. ABRIL 2006 BASES 1. Venta ventanas de quebracho Jurisdicción productora Misiones 50% del 85% corresponde a la jurisdicción productora por encontrarse no gravada la actividad en dicha jurisdicción La diferencia corresponde distribuir según art. 2 Venta ventanas de pino Jurisdicción productora Misiones. Igual criterio que para la venta de ventanas de quebracho. 2. Venta de ventanas de quebracho Quebracho adquirido a Corrientes Corresponde asignar a Corrientes el 50% del precio oficial corriente en plaza 3. Venta ventanas de quebracho Venta ventanas de pino Totales Total Corrientes Misiones Chaco Art. 2 No grav No grav Grav , , , , , , , , , , , , , , , , ,00 Distribución según art.2 Total: ,00 Capital Federal 0, ,17 Santa Fe 0, ,92 Buenos Aires 0, ,68 Entre Ríos 0, ,23 1

20 244 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO Art.13 3 párrafo Corrientes ,00 Misiones ,00 Solución Propuesta Régimen Especial Art. 13 3º Párrafo Misiones (productora): Quebracho (exento) $ * 85% = precio Asigno 50%: $ * 50% = La diferencia por Régimen General = El pino gravado, va por Régimen General. Corrientes (productora): Quebracho (exento) $ * 85%= precio Asigno 50%: $ * 50%= La diferencia por Régimen General = Chaco (productora): quebracho y pino gravado todo por Régimen General. Régimen General: Capital Federal: Quebracho: = * = ,87 Pino: = * = ,60 Santa Fé: Quebracho: = * = 41044,82 Pino: = * =49.528,20 Buenos Aires: Quebracho: * = ,78 Pino: * = ,80 Entre Ríos: Quebracho: * = ,53 Pino: * = ,40

21 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 245 SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.14 EMPRESA: Los Cocos S.A. ACTIVIDAD: Comercialización de Zapatillas CIERRE: 31 de marzo PIDE: Determinar ISIB abril de 2005 QUE COEFICIENTES TOMO? - ART.5 - ULTIMO EJERCICIO CERRADO EN EL AÑO ANTERIOR - 31/03/2004 CAPITAL BS.AS. TOTAL GASTOS 25,20 74,80 100,00 INGRESOS 71,80 28,20 100,00 SUMA 97,00 103,00 200,00 % 48,50 51,50 100,00 COEF 0,4850 0,5150 1,0000 BASE IMPONIBLE ABRIL 2005 VENTA DE zapatillas EN CAP. FED ,00 VENTA DE zapatillas EN BS.AS ,00 INTS. POR VENTA EN CAP. FED ,00 DEV. POR VENTA DE BS.AS ,00 D.F. IVA TOTAL ,00 LIQ. IMPUESTO CAPITAL BS.AS. TOTAL BASE IMPONIBLE , , ,00 ALICUOTA SUPUESTA 3 2,5 IMPUESTO 593,93 525, ,49

22 246 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.15 EMPRESA: MATEZE S.A. ACTIVIDAD: Comercialización maquinas de oficina CIERRE: 31/12 PIDE: PLANILLA DE INGRESOS PUNTO TOTAL EXCLUIDO TOTAL CAPITAL SANTA FE BUENOS SAN JUAN MENDOZA CORDOBA COMP FEDERAL AIRES 1, , , , , TOTAL COEF. 1,0000 0,6053 0,1323 0,0964 0,0150 0,0100 0,1410

23 TEORíA Y TéCNICA IMPOSITIVA II 247 SOLUCIÓN PROPUESTA AL EJERCICIO Nº 3.16 EMPRESA: RIMAR S.A. ACTIVIDAD: FABRICACION ENVASES DE VIDRIO CIERRE: 31/8 PIDE: PLANILLA DE GASTOS FABRICACION EN BUENOS AIRES ADMINISTRACION EN CAPITAL FEDERAL VENTAS EN CAPITAL FEDERAL EN EL ESTADO DE RESULTADOS VEMOS QUE ADEMAS DE LA ACTIVIDAD PRINCIPAL TIENE INGRESOS POR LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTISTA ( REG. ESP. ART. 9 ) POR LO TANTO : Los ingresos que tienen un tratamiento especial de dist. de base imponible no entran en la planilla. PRORRATEO INGRESOS FAB. ENVASES VIDRIO % DE INGRESOS TRANSPORTISTA % INGRESOS TOTAL % CONCEPTO TOTAL EXCLUIDO NO TOTAL CAPITAL BUENOS ENTRE COMPUT. COMPUT. FEDERAL AIRES RIOS SUELDOS Y JORNALES HONORARIOS DIRECT HONOR. SERV.ADM GASTOS PUBLICIDAD IMPS. Y CONTRIBUC INTERESES BCRIOS GSTOS PAPELERIA REPARAC.PLANTA IND COMBUSTIBLE FLETES SEGUROS AMORTIZACIONES TOTALES COEFICIENTES 1,0000 0,4481 0,5467 0,0052

24 248 CÁTEDRA PROFESOR ROBERTO PABLO SERICANO OBSERVACIONES: 1) FABRICACION : 1000 BS.AS. COMERCIALIZ. 500 CAP. ADMINIST 1100 CAP EXCLUIDO 400 TOTAL ) 1 % SOBRE 4000 = 40 POR PRORRATEO EXCLUYO EL 20 % 3) 900 X 0,80 4) NO COMPUTABLE ( ART. 4 INC C) ) 5) NO COMPUTABLE ( ART. 4 INC C) ) 6) NO COMPUTABLE ( ART. 4 INC C) ) 7) DE DIFICIL ATRIBUCION Y DE ESCASA SIGNIFICATIVIDAD NO LOS INCLUYO EN LA PLANILLA 8) 600 EXCLUIDOS POR TRANSPORTE BS AS CAP. E.RIOS ) 450 X 80% 10) AMORTIZACION CONTABLE ,5 AMORTIZACION IMPOSITIVA 4500 COSTO : (2000 X 1.5) 3000 BS.AS. COMERC. (1000 X 1.5 ) 1500 no se aplica 80 % porque me dicen que están afectados a fabricación.

SITUACION FISCAL. Agente Jurisdicción

SITUACION FISCAL. Agente Jurisdicción SITUACION FISCAL o Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA CARTOCOR S.A. C.U.I.T. 30-58673333-4 N INGRESOS BRUTOS 904-353396-6 (Convenio Multilateral) DOMICILIO FISCAL Av. Marcelino Bernardi 24 - C.P.

Más detalles

STAPLES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

STAPLES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA LEGAJO IMPOSITIVO Actualizado a 12-2016 STAPLES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA IMPUESTOS NACIONALES IVA: Inscripto Ganancias Sociedades: Inscripto Ganancia Mínima Presunta: Inscripto Régimen Seguridad Social

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