PREGUNTAS FRECUENTES. 2. Qué tipo de embalajes de madera están sujetos a la NIMF 15?

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1 PREGUNTAS FRECUENTES 1. Qué es la NIMF N 15? La Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N 15 (NIMF 15), es una directriz de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), publicada en marzo de 2002, mediante la cual se describe las medidas fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y/o dispersión de plagas cuarentenarias relacionadas con el embalaje de madera (incluida la madera de estiba), fabricado de madera en bruto de coníferas y no coníferas, que pueda representar una vía para las plagas de plantas, constituyendo una amenaza principal para los árboles vivos. Se aplica al embalaje de madera como los pallets, la madera de estiba, jaulas, bloques, barriles, cajones, tablas para carga, collarines de paletas y calces, embalaje que pueda acompañar a casi cualquier envío importado, incluso a los que normalmente no son objeto de inspección fitosanitaria. En el caso de embalaje de madera fabricado en su totalidad de productos derivados de la madera, tales como el contrachapado, tableros de partículas, tableros de fibra orientada, hojas de chapa que se han producido utilizando pegamento, calor y presión o una combinación de éstos, se considera lo suficientemente procesado como para haber eliminado el riesgo relacionado con la madera en bruto. Esta norma es obligatoria en la medida en que los países la implementen. Mayor detalle de la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N 15, véase: 2. Qué tipo de embalajes de madera están sujetos a la NIMF 15? Están sujetos los embalajes de madera en forma de cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, paletas, paletas caja y otras plataformas de carga, collarines para paletas, utilizados para el transporte de mercancías de todo tipo, excepto la madera bruta de un grosor igual o inferior a 6 mm, y la madera transformada o producida por encolado, calor o presión, o por una combinación de estos métodos. 3. Qué tipo de embalajes son excluidos de la NIMF 15? Excluye el embalaje de madera fabricado en su totalidad de productos derivados de la madera tales como el contrachapado, los tableros de partículas, los tableros de fibra orientada o las hojas de chapa que se han producido utilizando pegamento, calor y presión o una combinación de éstos. Estos productos deberán considerarse lo suficientemente procesados para haber eliminado el riesgo relacionado con la madera en bruto. El embalaje de madera como los centros de chapa, el aserrín, la lana de madera, las virutas y la madera en bruto cortada en trozos de poco espesor tampoco constituyen materia de la presente normativa. 4. Quiénes la están implementando y desde cuando?

2 La implementación de la NIMF N 15 está siendo impulsada por la Comunidad Europea y los países del NAFTA (Canadá, Estados Unidos y México). Al día de hoy, las fechas oficiales de implementación son: País Fecha de implementación Australia 1º de septiembre de 2004 Unión Europea 1º de marzo de 2005 Chile 1º de junio de 2005 Colombia 15 de septiembre de 2005 Estados Unidos 16 de septiembre de 2005 Perú 1º de septiembre de Ver listado actualizado en nuestra pagina web. 5. Qué medidas fitosanitarias ha tomado la Unión Europea en relación a los embalajes de madera? La Unión Europea ha dispuesto la Directiva 2004/102/CE, con fecha 05 de octubre de 2004, a través del cual establece las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación al interior de la Comunidad. Esta Directiva entró en vigencia a partir del 01 de marzo de Mayor información, véase: 6. Qué deben cumplir los embalajes de madera según la Directiva de la Unión Europea? Los embalajes de madera, originaria de terceros países, excepto de Suiza, deberán: - Estar fabricados con madera en rollo descortezada, y - Ajustarse a una de las medidas de tratamiento aprobadas en la NIMF N 15, - Llevar una marca que incluya: a) El código ISO de dos letras del país, un código de identificación del productor y el código de la medida aprobada aplicada al embalaje de madera en la marca especificada en la NIMF N 15. A la abreviatura de la medida aprobada incluida en la marca mencionada, deberán añadírsele las letras DB, y b) Logotipo según la NIMF N 15 para el caso de los embalajes de madera fabricados, reparados o reciclados a partir del 1 de marzo de Este logotipo no se exigirá para los embalajes de madera fabricados, reparados o reciclados antes del 28 de febrero de 2005 (temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2007). 7. La prórroga de la aplicación de la Directiva UE en relación al embalaje de madera con corteza, es aplicable para la madera peruana?

3 La Unión Europea (UE) prorrogó, por medio de la Directiva 2005/15/CE, hasta el 1º de marzo de 2006 la entrada en vigencia del requisito que los embalajes de madera y maderas de soporte deben estar fabricados con madera descortezada. Sin embargo, continúan vigentes el resto de los requisitos fitosanitarios establecidos por la Directiva 2004/102/CE, modificatoria de la 2000/29/CE, referidos al tratamiento fitosanitario que debe aplicarse a los embalajes y maderas de soporte y a las marcas que éstos deben llevar, que se aplican desde el 1º de marzo de La Directiva 2005/15/CE, modifica el Anexo IV de la Directiva 2000/29/CE, relativo a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en los países que la integran. Esta medida de la UE no tiene incidencia en Perú, dado que en nuestro país los embalajes y maderas de soporte se fabrican con madera descortezada desde antes de la entrada en vigencia en la UE de la Directiva 2004/102/CE. Madera libre de corteza Madera a la cual se le ha removido toda la corteza excluyendo el cambium vascular, la corteza alrededor de los nudos y las acebolladuras de los anillos anuales de crecimiento [NIMF Pub. N 15, 2002]. 8. Cuál es el marco legal para el uso del bromuro de metilo? El Bromuro de Metilo, al ser un plaguicida químico de uso agrícola se encuentra regulado por el D.S AG y su modificatoria. El SENASA ha autorizado a las empresas fumigadoras a importar directamente este producto a través del Decreto Supremo Nº AG. 9. Marcas para las medidas de tratamiento aprobadas La marca que se ilustra a continuación sirve para certificar que el embalaje de madera que la exhiba, ha sido sometido a una medida aprobada. PE LI TT La marca deberá incluir: - Logotipo: Aprobado por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria IPCC - PE : Código ISO del país, en el caso de Perú es PE

4 LI: número especial que el SENASA asigna a quien realiza el tratamiento al embalaje de madera. - TT: la abreviatura de la medida de tratamiento aprobada, que se ha utilizado (por ejemplo, TT, MB), y DB en el caso de ser madera descorteza con destino la Unión Europea. Las marcas deberán: - ser legibles - ser permanentes y no transferibles - colocarse en un lugar visible, de preferencia al menos en los dos lados opuestos del artículo certificado. Los colores rojo y naranja deberán evitarse, puesto que se utilizan para identificar las mercaderías peligrosas. 10. Cuáles son las medidas aprobadas relacionadas con el embalaje de madera? La norma contempla dos tipos de tratamientos: i. Tratamiento Térmico. ii. Fumigación con Bromuro de Metilo. Tratamiento térmico (HT) El embalaje de madera deberá calentarse conforme a una curva específica de tiempo/temperatura, mediante la cual el centro de la madera alcance una temperatura mínima de 56 o C durante un período mínimo de 30 minutos. El secado en estufa (KD), la impregnación química a presión (CPI) u otros tratamientos pueden considerarse tratamientos térmicos en la medida en que cumplan con las especificaciones del HT. Por ejemplo, la CPI puede cumplir con las especificaciones del HT a través del uso de vapor, agua caliente o calor seco. El tratamiento térmico se indica con la marca HT Fumigación con bromuro de metilo (MB) para el embalaje de madera El embalaje de madera deberá fumigarse con bromuro de metilo. El tratamiento con bromuro de metilo se indica con la marca (MB). La norma mínima para el tratamiento de fumigación con bromuro de metilo aplicado al embalaje de madera es la siguiente: Temperatura Dosis Registros mínimos de concentración (g/m³) durante: 30 min 2 h 4 h 16 h 21 C o mayor C o mayor C o mayor La temperatura mínima no deberá ser inferior a los 10 C y el tiempo de exposición mínimo deberá ser de 16 horas. Mayor detalle sobre la aplicación con bromuro de metilo, véase:

5 11. Quiénes pueden realizar estos tratamientos? Las empresas que desean realizar estos tratamientos tienen que contar con la autorización del SENASA, la relación de las empresas que ya cuentan con autorización se encuentra publicada en la página web del SENASA: Por cuánto tiempo se pueden almacenar las maderas tratadas? Las maderas tratadas y selladas deberán permanecer en espacios especialmente acondicionados para estos propósitos. Las maderas podrán ser almacenadas en la Planta de Tratamiento por un plazo máximo de 1 año, excedido dicho plazo deberán ser sometidas nuevamente a tratamiento. Sin embargo ni la NIMF 15, ni la Directiva 2004/102 de la UE no mencionan nada al respecto. 13. Qué medidas se adoptarán en caso de incumplimiento de la Directiva en puerto de destino? Según la NIMF N 15, si el embalaje de madera no exhibe las marcas exigidas, se podrán tomar las siguientes medidas, de acuerdo a reglamentaciones propias dispuestas por las autoridades sanitarias de los países de la Comunidad Europea: - Eliminación - Incineración (quema total) - Entierro - Procesamiento - Otros métodos 14. Qué deben hacer los productores de embalajes? Las personas naturales o jurídicas que realicen tratamientos fitosanitarios a los embalajes de madera utilizados en el comercio internacional, deben obtener el registro del SENASA por el cual se autoriza la colocación de la marca o sello. Previo a la autorización del registro, el SENASA mediante visita verificará el cumplimiento de los parámetros técnicos de los equipos y sitios de aplicación del tratamiento. 15. Qué deben hacer los exportadores? Si su destino es algún puerto de la Unión Europea deberá de adquirir embalajes de madera tratados convenientemente y que cuenten con el sello respectivo. De lo contrario, deberán de utilizar embalajes de madera procesada o plástico. 16. Cuáles son los procedimientos de importación de madera para embalaje? De acuerdo a los procedimientos del SENASA a. Madera aserrada para construcción de pallets La madera aserrada con dimensiones mayores a 6 mm de espesor que será destinada a la fabricación de pallets u otro tipo de embalaje, deberá venir secadas al horno, conforme a lo establecido por la FAO.

6 No requerirán de Permiso Fitosanitario de Importación ni Certificado Fitosanitario, pero sí de una inspección en el punto de ingreso, donde se verificará que los mismos vienen sellados conforme lo establece la FAO. Dichas maderas, serán transportadas a un recinto adecuado para la fabricación de pallets, el cual debe coordinar con el SENASA, a fin de que los pallets generados a partir de ellos sean sellados oficialmente. b. Pallets armados Los pallets armados que hayan sido sujetos a tratamientos de fumigación o secado al horno conforme lo indica la norma FAO para embalajes, deberán venir sellados conforme lo establece la normativa internacional. Ellos no requerirán de Permiso Fitosanitario de Importación o Certificado Fitosanitario, pero si de una inspección en el punto de ingreso al país. 17. Dónde acudir en caso de problemas por el incumplimiento de la Directiva? En caso de problemas en puerto de destino deberá tomarse contacto con las embajadas de Perú en: Alemania: Contacto: P.S. Oscar Rafael Suárez Peña Teléfono: Fax: suarez@embaperu.de Finlandia: Contacto: P.S. Ricardo Martín Salamanca Teléfono: Fax: embassy.peru@peruemb.inet.fi Portugal: Contacto: P.S. Cristobal Melgar Pazos Teléfono: Fax: embperuport@mail.telepac.pt Bélgica: Contacto: Con. Jesús Raúl Ponce Bravo Teléfono: Fax: comunicaciones@embassy-of-peru.be Francia: Contacto: Sra. Maria del Rosario Pajuelo Teléfono: Fax: comercial@amb-perou.fr Italia: Contacto: Con. Pablo Antonio Cisneros Teléfono: Fax: amb.peru@agora.it Austria: Contacto: P.S. Luis Miguel Rodríguez Chacón Teléfono: Grecia: Contacto: Con. Pablo Enrique Albarracín Teléfono: Fax: lepruate@otenet.gr Países Bajos: Teléfono: info@embassyofperu.ni Gran Bretaña: Contacto: T.S. Alejandro Julio Rodríguez Teléfono: Fax: postmaster@peruembassy-uk.com España: Contacto: Con. Luis Alberto Campana Teléfono: Fax: lepru@embajadaperu.com acampana@embajadaperu.com República Checa: Contacto: T.S. Patricia Duran Cotrina Teléfono: Fax: embaperu.praga@post.cz Polonia: Contacto: S.S. Oswaldo Bravo Daneri Teléfono: Fax: embperpl@atomnet.pl Hungría: Contacto: S.S. Luis Luna de la Cruz Teléfono: Fax:

7 Fax: Suecia: Contacto: T.S. José Antonio Cárdenas Teléfono: Fax: Contacto: SENASA: Dirección General de Sanidad Vegetal Teléfono: (511) anexo 2001, 2046, 2042 y dgsv@senasa.gob.pe PARA CONSULTAS ADICIONALES POR FAVOR REMÍTALAS A NUESTRO FORO DE INTERES. La Molina, 14 de marzo de Dirección de Defensa Fitosanitaria Dirección General de Sanidad Vegetal Dirección de Defensa Fitosanitaria.

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