Seguridad Ciudadana y Acceso al Servicio Móvil. Junio de 2016

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1 Seguridad Ciudadana y Acceso al Sericio Móil Junio de 2016

2 I. Reglas de Contratación. II. Registro Nacional de Abonados y Terminales. III.Apagón de Líneas Prepago No Verificadas IV.Bloqueo de Señales en Centros Penitenciarios.

3 I. Reglas de Contratación

4 Contratación de Líneas de Sericio Móil D.S. N MTC (Vigente: ): Las empresas operadoras son responsables de todo el proceso de contratación. Solicitante debe presentar original y copia de DNI. El sericio se actia luego de identificar adecuadamente al solicitante y registrar sus datos. D.S MTC (Vigente: ): Prohibido comercializar dispositios con sericio pre-actiado (Chip, SIM Card, etc). La identificación del solicitante del sericio se realiza a traés de: Biometríade huella dactilar Sistema No Biométrico En ambos sistemas se erifica la identidad con la base de datos del RENIEC. Cada empresa debe tener un Registro de sus Distribuidores Autorizados.

5 Verificación de Identidad en la Contratación de Sericio Móil Prepago Antes de la contratación de sericios públicos móiles en la modalidad prepago, la empresa operadora debe erificar la identidad del solicitante del sericio, a traés de los sistemas de erificación biométrica de huella dactilar o de la erificación de identidad no biométrica. Para poder actiar elsericio, la empresa operadora deberá: - Recabar y alidar los datos personales del abonado mediante los sistemas de erificación e incluir dicha información en el Registro de Abonados. - Constatar que el equipo terminal utilizado para la actiación no se encuentre en la base de datos centralizada de los equipos móiles reportados como robados, hurtados o perdidos, que administra el OSIPTEL.

6 Verificación Biométrica Impresión dactilar capturada del dedo índice derecho o izquierdo (alidación monodactilar). Cuando exista correspondencia entre la impresión dactilar y la información del Registro Nacional de Identificación y Estado Ciil (RENIEC), se procede a laactivación. El reporte de erificación deberá contener: - Número de documento de identidad. - Número de sericio a contratar. - Fecha y hora de consulta. - Resultado de consulta. Desde Junio de 2015, este sistema ha sido implementado en todos los centros de atención de las empresas operadoras.

7 Verificación No Biométrica Utilizado únicamente por los Distribuidores Autorizados, los que deben estar registrados preiamente por cada empresa operadora y utilizan un código que los identifica en cada contratación (desde Junio de 2015). El solicitante debe exhibir su documento de identidad, luego el Distribuidor Autorizado ingresa al sistema habilitado por la empresa operadora para erificar la identidad del solicitante. Procedimiento: - Ingresar elnúmero de documento de identidad. - Requerir al solicitante los datos personales que aleatoriamente pregunte la empresa operadora. - La empresa operadora contrasta las respuestas del solicitante con la base de datos del RENIEC. - Si se confirman las respuestas, se realizará la actiación del sericio. Este procedimiento se realiza mediante SMS,USSD o llamadas telefónicas.

8 Regla Especial: Contratación de más de 10 líneas móiles Cuando una persona natural requiera contar con más de 10 líneas móiles bajo su titularidad: Ø La contratación debe realizarse en los centros de atención de la empresa operadora. Ø La erificación de la identidad debe efectuarse con el sistema biométrico. El solicitante debe presentar una declaración jurada de compromiso: - Que no destinará el(los) sericio(s) a la reenta o comercialización. - Que realizará el cambio de titularidad del sericio,cuando corresponda. En cada oportunidad que se contrate un nueo sericio móil a nombre de la misma persona, la empresa operadora deberá remitir un mensaje de texto (SMS) a todas las líneas móiles que el abonado tiene registrado con su DNI.

9 II. Registro Nacional de Abonados y Terminales

10 Registro de abonados de acuerdo a la modalidad de contratación del sericio La empresa operadora debe llear un registro debidamente actualizado de los abonados que han contratado sus sericios bajo la modalidad prepago,control y/o postpago. El registro debe incluir los siguientes datos personales: - Nombre y apellidos completos del abonado. - Número y tipo de documento legal de identificación del abonado. - Número telefónico, para el caso de los sericios de telefonía fija y sericios públicos móiles; o número de contrato o de identificación del abonado,en los demás casos. - Fecha de instalación y/o actiacióndel sericio.

11 Consulta de Titularidad de Líneas Móiles Las empresas operadoras de sericios móiles deberán tener en su portal web un enlace que direccione a un sistema informático de consulta de titularidad. Este sistema debe ser accesible a cualquier persona que cuente con Documento Legal de Identificación. Permite informar: - El detalle de los números telefónicos asignados, omitiendo los tres últimos dígitos de los números telefónicos (protección de datos personales). - La modalidad de contratación de cada sericio (prepago,postpago o control).

12 Cuestionamiento de Titularidad y Contratación Cuestionamiento de Titularidad de Líneas Prepago Mecanismo a traés del cual los usuarios que no reconocen haber contratado una línea móil prepago, pueden solicitar a la empresa operadora que retire sus datos personales del registro de abonados. Debe ser presentadopersonalmenteen las oficinas delas empresas operadoras (erbal o escrito). La empresa deberá: - Entregar una constancia en la que figure el código o número correlatio del cuestionamiento de titularidad y guardar el cargo de la entrega del mismo. - Retirar del registro de la empresa, la información de la personaque haceel cuestionamiento. - Remitir a los números cuestionados mensajes de texto (SMS) indicando la necesidad de regularizar la titularidad de el o los sericios, de lo contrario se procederá con la baja. Reclamo por Contratación No Solicitada Si el usuario no reconoce la contratación de un sericio público de telecomunicaciones o la obligación de pago por la prestación del mismo, puede iniciar un procedimiento de reclamo ante la empresa operadora.

13 RegistroNacional deabonadosyterminales Cada empresa operadora tiene un registro priado de abonados que debe incluir la información de los equipos terminales (marca, modelo y serie). La información debe ser reportada al OSIPTEL quien constituirá el Registro Nacional (postpago,prepago y control). Esto se encuentra en proceso de implementación. Identificación de Empresa Bitel/Claro/Moistar/Ent el Nombre del abonado Número de DNI Número telefónico Marca del equipo Modelo del equipo Serie del equipo (IMEI) Carlos Pérez Apple Iphone 5S En el marco de unainestigación penal, la PNP podrásolicitar al OSIPTEL información sobre el Registro Nacional determinales Móiles (D. Leg. N 1217).

14 RegistroNacional de EquiposTerminales Robados y/o Perdidos Las empresas móiles están prohibidas de habilitar líneas de telefonía móil en equipos terminales que hayan sido reportados como robados,hurtados o perdidos. Están además obligadas a bloquear los equipos que estando habilitados, hayan sido declarados posteriormente como robados,hurtados o perdidos Adicionalmente, las empresas llean un registro de los terminales robados y/o perdidos, la misma que se centraliza en el OSIPTEL. En el procedimiento de presentación del reporte requerirá (El reporte se presentará ía telefónica o de manera presencial): (i) el nombre y apellidos completos del abonado, (ii) el número de documento legal de identificación,(iii) otra información que alide los datos del abonado o del sericio, y (i) el número telefónico desde el cual se realiza el reporte. El reporte lo puede realizar un usuario, el abonado, los importadores, los distribuidores autorizados y la propia empresa. Las solicitudes de recuperación de equipos (desbloqueos) se presentan únicamente en forma presencial y a traés del sistema de erificación biométrico de huella dactilar.

15 Consulta en Web porterminales Robados Las empresas están obligadas a implementar un mecanismo que permita a los usuarios el erificar si su equipo terminal está registrado como robado. Dicha facilidad también es proista por el OSIPTEL.

16 Intercambio Internacional de Base de Datos de Equipos Robados Sobre la base de un acuerdo Binacional, el Perú cuenta con un sistema de intercambio de información con el Ecuador. Las bases de datos están centralizadas en los reguladores. Los países realizan unaactualización diaria. El 26 de abril de 2013 se publicó en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena (CAN) la Decisión N 786 sobre el intercambio de información de equipos terminales móiles extraiados, robados, hurtados y recuperados. Las empresas de sericios móiles que utilicen la tecnología de acceso GSM deberán cargar y descargar la información referida a terminales móiles extraiados, robados, hurtados y recuperados a la plataforma GSMA IMEI. La implementación está en proceso de reglamentación interna.

17 III. Apagón de Líneas Prepago No Verificadas

18 Validación de Registro de Abonados Prepago por Biometría D.S. N MTC D.S MTC (Vigente: ): Validación de Registro de Abonados Prepago (Se ejecutarán campañas de difusión en TV y Radio) Alcance Total planta: Validar DNI. Abonados con más de 10 líneas: erificación biométrica y declaración jurada. Abonados que tienen entre 5 y 10 líneas: erificación biométrica. Las EOs remitirán al OSIPTEL toda su base de datos de abonados (34 000,000).OSIPTEL elaborará el formato requerido. El RENIEC realizará gratuitamente el cotejo masio del registro de abonados. OSIPTEL eniará a las EOs la información sobre el cotejo masio realizado por RENIEC. Las Eos, en caso no encuentren correspondencia en la información del abonado, deberán contactar a éste (SMS, IVR y llamadas telefónicas) para que alide su identidad a traés del sistema biométrico. En caso no se alide la identidad, las EOs procederán a aplicar de manera secuencial: (i) Suspensión Parcial, (ii) Suspensión Total, y (iii) Baja del sericio. El proceso culmina en marzo de 2017.

19 IV. Bloque de Señales en Centros Penitenciaros

20 Bloqueo de Señales en Centros Penitenciarios Está calificado como Delito de Posesión o uso no autorizado de teléfono celular o fijo en centros penitenciarios: Pena priatia de libertad de 3 a 8 años. Si el aparato celular o fijo se usó para cometer un ilícito penal: Penapriatiade libertad de10 a 15años. Decreto SupremoN MTC: Decreto Supremoque regulala operación de equipos bloqueadores o inhibidores de señales radioeléctricas en los establecimientos penitenciarios y centros jueniles de diagnóstico y rehabilitación y cautela el derecho de las personas a usar y prestar sericios de telecomunicacionesen los exteriores de estos establecimientos. El Estado Peruano realizó en octubre del año 2014 un proyecto APP sobre la base del cual, la empresa ganadora del proceso se comprometió a implementar un sistema de bloqueo de las señales de sericios móiles en los Centros penitenciarios del país (contrato por 25 años). Se establecieron 2 años de implementación.

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