BASES LEGALES DEL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
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- Álvaro Álvarez Godoy
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1 UNIVERSIDAD DE ORIENTE NÚCLEO NUEVA ESPARTA ESCUELA DE HOTELERÍA Y TURISMO PROGRAMA DE LICENCIATURA EN EDUCACIÓN INTEGRAL ASIGNATURA: ADMINISTRACIÒN EDUCATIVA BASES LEGALES DEL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO Material didáctico elaborado por: Lcda. Lonis Chacón UNIDAD I tema 2
2 Son intemporales, y pueden como en Inglaterra no existir, al menos en su forma escrita. LAS CONSTITUCIONES ESTABLECEN LA EDUCACIÓN COMO UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL La C puede ser de ayer o de hace 200 años y, sin embargo, el país de la C más antigua puede estar más y mejor preparado que otras C más recientes. Todo dependerá de la aplicación y cumplimiento que de la C se haga y del desarrollo legislativo, que basado en ella, se haya efectuado para hacerla funcionar. Una C es el código máximo de una Nación, la ley de las leyes, la regla de oro de la vida ciudadana y el vértice de la pirámide de kelsen.
3 CN (7) LEYES ORGÁNICAS (203) LEYES ORDINARIAS DECRETOS CON FUERZA DE LEY (15 LOPA) RESOLUCIONES (16 LOPA) CIRCULARES, ÓRDENES O PROVIDENCIAS (14 LOPA)
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5 CRBV LOE, LOPNNA, LEFP, LOPA,LOT RGLOE, REPD, RLCA,RGLOT RESOLUCIONES CIRCULARES NORMAS DE CONVIVENCIA
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7 Art. 21 Igualdad ante la Ley Art. 24 Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo Art. 25 Todo acto dictado que viole o menoscabe los derechos es nulo Art. 26 Toda persona tiene acceso a los órganos de administración de justicia Art. 43 Derecho a la vida Art. 49 Debido proceso 5,7,13 Art. 51 Derecho a dirigir peticiones Art. 78 Los niños sujetos de derecho. Art. 89 Estabilidad Laboral. #3 Norma preferente Art. 92 Derecho a Prestaciones Sociales Art. 102 La educación es un derecho humano y un deber social gratuita y obligatoria. Art. 103 Toda persona tiene derecho una educación integral, calidad, igualdad de condiciones. Art. 104 Estará a cargo de personas de reconocida moralidad Art. 107 y 127 la educación ambiental obligatoria (f y no f) Art. 121 La educación intercultural bilingüe. Art.109 La autonomía universitaria Art.111 Personas tienen derecho al deporte Art. 130 Símbolos Patrios Art Deber de cumplir y acatar la CRBV Art. 136 Poderes públicos Art. 148 No podrá desempeñar mas de un destino publico(art. 35 y 36) Art. 215 La ley quedará promulgada Art. 218 Las leyes se derogan por otras Art. 225 El poder ejecutivo Art. 236 Atribuciones del presidente.
8 I.- Disposiciones fundamentales (1 al 6) II.- Corresponsables de la educación ( 7 al 16). III.- El Sistema Educativo (24 al 36) IV.- Formación y Carrera Docente (37 al 42) V.- Administración y Régimen Educativo (43 al 49) VI.- Financiamiento de la Educación (50). VII.- Disposiciones transitorias, finales y derogatoria (1ra, 2da, 3ra, 4ta y 5ta).
9 Art. 3 Principios y valores Art. 5 Estado Docente Art.6 Competencias Art.7 Carácter laico Art.8 Igualdad de género Art.9 Medios de Comunc Art.12 No proselitismo Art.15 Fines de la Educación Art.17 Las familias Art.18 Los Consejos Comunal.. Art.19 Gestión Escolar Art.20 Comunidad Educativa Art.24 Sistema Educativo Art.25 Organización del sist Art. 26 Modalidades Art. 27 Educación Intercultural Art. 28 Educación en fronteras Art.29 Educación rural Art.30 Educación Militar Art.32 Educación Universitaria Art.33 Principios Rectores Art.34 El principio de Autonomía Art.37 al 39 Formación Doc Art.40 Carrera Docente Art.41Estabilidad Art.43 Supervisión Art.44 La evaluación educativa Art.45 La Evaluación Institucional Art.49 Régimen Escolar Art.50 Financiamiento
10 Art. 69 Supervisor nato Art. 3 (54) Actividades de enseñanza Art 4 (57) Distribución del año Art 70 Denominación de planteles Art 102 Niños que no pueden hacer educación física Art 5 (60) Alumno inscrito Art 6 (67) Presentar el PPP Art 7 (82) Integración del consejo general de docentes Art 109 Asistencia a clases obligatoria. Art 150 al 153 Supervisión Art 154 Objetivos de la Art 11 (92) Tipos de evaluación Art 157 al162 Jerarquía de la Art 12 (93) Formas de evaluación Art 167 Atribuciones del supervisor Art 14 (99) Evaluación en I y II Art 17 ( 107)Evaluación cualitativa Art 172 Órganos de la comunidad educativa. Art 174 Consejo consultivo Art 18 (108) Literales de la Art 177 y 178 SPYR Art 23 (118) Repiten
11 Art 2 Definición de niño, niña o adolescente. Art 7 Prioridad absoluta. Art 8 Norma fundamental. Art 5 Obligaciones de la familia. Art 12 Naturaleza de los derechos y garantías. Art 53 Derecho a la educación. Art 54 Obligación de los padres. Art 55 Derecho a participar en el proceso de educación. Art 56 Derecho a ser respetado por los educadores. Art 57 Disciplina escolar. Art 91 Deber y el derecho de denunciar. Art 93 Deberes de los niños, niñas y adolescentes. Art. 226 Violación del derecho a la educación.
12 Art 7 Definición acto administrativo. Art 14 Jerarquía de los actos administrativos. Art 15 Definición de decretos. Art 16 Definición de resoluciones. Art 17 Definición de decisiones. Art 19 Los actos administrativos serán nulos. Art 47 al 49 Procedimiento administrativo. Art 51 Abrir expediente Art 94 Recurso de reconsideración. Art 100 Retardo o omisión de un funcionario público.
13 Art 33 deberes de los funcionarios públicos Art 34 Se prohíbe a los funcionarios públicos Art 35 No podrán desempeñar mas de un cargo público Art 36 El ejercicio de los cargos académicos, accidentales, asistenciales y docentes Art 90 Suspensión con goce de sueldo. Art 91 Suspensión sin goce de sueldo.
14 Art. 2 Personal Docente Art 6 Deberes Art 7 Derechos Art 18 al 21 Clasificación y ubicación Art 27 y 28 Dedicación Art31 Para ascender Art 32 Jerarquía docente Art 53 Comités de sustanciación Art 56 Tabla de valoración deméritos Art 57 Cargos provistos mediante concurso Art 94 Estabilidad Art 106 Licencias o permisos Art. 133 y 138 Traslados Art 149 al 152 Faltas y sanciones Art 155 Causales de amonestación oral Art 157 Causales de amonestación escrita
15 Resolución Nº Resolución Nº Resolución Nº Resolución Nº Circular Nº
16 LO SOCIAL Establece las conexiones e interrelaciones entre los distintos subsistemas y modalidades de la educación para facilitar las transferencias y los ajustes requeridos por la sociedad venezolana. LO INDIVIDUAL Fija las normas para que la orientación educativa se organice en forma continua y sistémica con el fin de lograr el máximo aprovechamiento de las capacidades, aptitudes y vocación de los alumnos. LO POLÍTICO Artículo 15. #. 2 : Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del Poder Popular, en la democratización del saber y en la promoción de la escuela como espacio de formación de ciudadanía y de participación comunitaria, con profunda conciencia del deber social.
17 LO PROFESIONAL Artículo 22 LOE. Las empresas públicas y privadas están obligadas a facilitar instalaciones, servicios, personal técnico y profesional para la ejecución y desarrollo de programas en las áreas de formación para el trabajo liberador LO RELIGIOSO Art. 7 Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y de conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista en la Constitución de la República. LO ADMINISTRATIVO Toma en cuenta las peculiaridades locales y regiones con el fin de adaptar las orientaciones, estudios, contenidos, competencias y normas administrativas a las exigencias y realidades
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19 CRBV Artículo 102. con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal.
20 principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña. valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común, la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural, multiétnica, intercultural y plurilingüe..
21 1. Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, en una sociedad democrática basada en la valoración ética y social del trabajo liberador y en la participación activa, consciente, protagónica, responsable y solidaria, comprometida con los procesos de transformación social y consustanciada con los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos, con los valores de la identidad local, regional, nacional, con una visión indígena, afrodescendiente, latinoamericana, caribeña y universal.
22 2. Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del Poder Popular, en la democratización del saber y en la promoción de la escuela como espacio de formación de ciudadanía y de participación comunitaria, para la reconstrucción del espíritu público en los nuevos republicanos y en las nuevas republicanas con profunda conciencia del deber social.
23 3. Formar ciudadanos y ciudadanas a partir del enfoque geohistórico con conciencia de nacionalidad y soberanía, aprecio por los valores patrios, valorización de los espacios geográficos y de las tradiciones, saberes populares, ancestrales, artesanales y particularidades culturales de las diversas regiones del país y desarrollar en los ciudadanos y ciudadanas la conciencia de Venezuela como país energético y especialmente hidrocarburífero, en el marco de la conformación de un nuevo modelo productivo endógeno.
24 4. Fomentar el respeto a la dignidad de las personas y la formación transversalizada por valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz, respeto a los derechos humanos y la no discriminación. 5. Impulsar la formación de una conciencia ecológica para preservar la biodiversidad y la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.
25 6. Formar en, por y para el trabajo social liberador, dentro de una perspectiva integral, mediante políticas de desarrollo humanístico, científico y tecnológico, vinculadas al desarrollo endógeno productivo y sustentable. 7. Impulsar la integración latinoamericana y caribeña bajo la perspectiva multipolar orientada por el impulso de la democracia participativa, por la lucha contra la exclusión, el racismo y toda forma de discriminación, por la promoción del desarme nuclear y la búsqueda del equilibrio ecológico en el mundo. Material didáctico elaborado por: Lcda. Lonis Chacón
26 8. Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico mediante la formación en filosofía, lógica y matemáticas, con métodos innovadores que privilegien el aprendizaje desde la cotidianidad y la experiencia. 9. Desarrollar un proceso educativo que eleve la conciencia para alcanzar la suprema felicidad social a través de una estructura socioeconómica incluyente y un nuevo modelo productivo social, humanista y endógeno. Material didáctico elaborado por: Lcda. Lonis Chacón
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28 Es concentración de autoridad, de fines, procedimientos y técnicas, lo que permite mayor uniformidad en las políticas y decisiones. Es un sistema apropiado para utilizarse cuando no existen los suficientes y confiables medios de control. Ejemplo: En el Sistema Educativo Venezolano, los planes y programas son de carácter nacional, con tendencia a la rigidez, bajo la tutoría administrativa del MPPPE como unidad de mando y dirección. Requeijo, 2008
29 Se traduce en dispersión de autoridad, es decir la autoridad y el mando se delegan a niveles regionales, locales o más bajos dentro del orden jerárquico de la institución. Ejemplo de programas descentralizados son los que desarrollo el ME a través de la resolución Nº 73 del para el otorgamiento de certificados y títulos de bachiller y técnico medio a través de planteles oficiales y privados. Requeijo, 2008
30 COMPARACIÓN ENTRE SISTEMA CENTRALIZADO Y DESCENTRALIZADO CENTRALIZADO Concentración de autoridad Organismo único de control Tiene carácter nacional Atención a necesidades nacionales Fines semejantes y únicos DESCENTRALIZADO Delegación de autoridad Diversos organismos de control Carácter regional o local Atención a necesidades regionales o locales Fines diferentes y variados Requeijo, 2008
31 Desde el punto de vista jurídico y administrativo se habla de los conceptos de descentralización y desconcentración, en oposición a los denominados centralización y concentración. Los conceptos de concentración y desconcentración, están referidos específicamente, a la forma en que operan o funcionan los organismos de la Administración Pública.
32 Un organismo es esencialmente concentrado cuando sus unidades están, geográfica o espacialmente, funcionando en una determinada localidad; de manera que los usuarios tienen que hacer, a veces, grandes esfuerzos para resolver los asuntos que les conciernen, en la medida en que tienen que recorrer grandes distancias para dirigirse al organismo respectivo. En estos casos, la respuesta desde el punto de vista administrativo, debe ser la de desconcentrar las unidades y ubicar parte de ellas en sitios cercanos a los usuarios.
33 En la Administración moderna, dada la complejidad de los servicios y tareas que está llamada a cumplir, se considera que, en principio, las formas descentralizadas y desconcentradas son las que más se ajustan a los requerimientos de esa complejidad. Sin embargo la centralización y la concentración, como forma de controlar las decisiones más significativas para la organización, en cuanto a garantizar su unidad y su buena marcha, son absolutamente indispensables. Y en determinadas circunstancias, debe considerarse como un mal necesario, el aplicar formas marcadamente centralizadas. Es lo que ha ocurrido en el proceso histórico del desarrollo de las naciones, en su mayoría.
34 Se considera que la aplicación de una forma centralizada o descentralizada, con mayor o menor acento, lo importante es tener presente los objetivos que se persiguen en un momento determinado. Y desde el punto de vista de la administración del Estado y de la Administración Educativa, habría que considerar como cuestión prioritaria a los efectos de poner en práctica cualquiera de esos criterios, el grado en que, a través de uno u otro, se puede alcanzar el bienestar para la colectividad y, especialmente para las capas de menos recursos.
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