ABC del Registro Único de Proponentes, RUP
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- Luis Espinoza Sánchez
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1 ANEXO INFORMATIVO ABC del Registro Único de Proponentes, RUP ANEXO INFORMATIVO CAMBIOS EN LOS CAMPOS DEL FORMULARIO SEGÚN EL NUEVO FORMULARIO RUES QUE ENTRÓ EN APLICACIÓN EL 1 DE ENERO DE 2013 Check list para la inscripción del RUP DOCUMENTOS GENERALES (Páginas 18 a la 22) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 1 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en el campo No. 7 TAMAÑO DE LA EMPRESA del formulario RUES.) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 2 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en la hoja No. 3 del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 3 DEL FORMULARIO Copia del documento de identificación de la persona natural proponente cuando se trate de inscripción (Esta información está ubicada ahora en el campo No. 2 IDENTIFICACIÓN del formulario RUES) Persona natural profesional constructor o consultor: Certificación de la institución de educación superior donde se acredite (Esta información está ubicada ahora en el campo SOLO PARA PERSONAS NATURALES de la hoja No. 1 del ANEXO 2 del formulario RUES ) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 5 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en el campo No. 4 ACTIVIDADES ECONÓMICAS del formulario RUES.) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 7 y 8 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en los campos EXPERIENCIA PROBABLE CONSTRUCTORES y EXPERIENCIA PROBABLE CONSULTORES de la hoja No. 1 del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 9 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en el campo EXPERIENCIA PROBABLE PROVEEDORES de la hoja No. 1 del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 10 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en el campo CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co) de la hoja No. 1 del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 11 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en la hoja No. 2 en los campos de la CAPACIDAD FINANCIERA del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN DEL ANEXO 1 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en la hoja No. 3 del ANEXO 2 del formulario RUES) SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN DEL ANEXO 2 DEL FORMULARIO (Esta información está ubicada ahora en la hoja No. 4 del ANEXO 2 del formulario RUES
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3 DEL RUP REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
4 El presente documento fue realizado por la Cámara de Comercio de Bogotá bajo la dirección de la Vicepresidencia Jurídica Presidente Ejecutiva Consuelo Caldas Cano Vicepresidente Jurídico Rafael Bernal Gutiérrez Jefe Departamento de Registro de Proponentes Eunice Medina Arias Septiembre 2012 Diseño y Diagramación Isabel Fernández Fernández Impresión Excelsior Impresores
5 ABC del Registro Único de Proponentes, RUP El Registro Único de Proponentes, creado originalmente por la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, es uno de los registros que el Estado delegó en las cámaras de comercio por virtud de la Ley, el cual brinda un nuevo esquema que permite centralizar la información de los proponentes, y unifica la reglamentación sobre la materia. Las características inicialmente establecidas de este registro fueron: (i) unificar la reglamentación y la información de todos los registros de proponentes que existían a nivel nacional, departamental y municipal; (ii) simplificar las tareas de los contratistas en sus trámites frente a la Administración; y (iii) dar la mayor transparencia posible al proceso de inscripción. La Ley 1150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la contratación estatal, establece como principio la selección objetiva en la contratación, tomando como punto de partida para participar en el proceso de selección la verificación documental de los requisitos habilitantes del contratista, tales como la capacidad jurídica, la experiencia, la capacidad financiera y de organización, esta verificación será efectuada por las cámaras de comercio, mediante el cotejo de los documentos que acredita al proponente, de manera que la entidad estatal se limite a hacer la evaluación técnica de las propuestas. El desarrollo normativo en torno a la reglamentación de la ley 1150 de 2007, a la fecha ha sido amplio, siendo el Decreto 019 del 10 de enero de 2012, el que introdujo la modificación al artículo 6 DE LA VERIFICACIÓN DE LAS 1
6 CONDICIONES DE LOS PROPONENTES y el Decreto 0734 del 13 de Abril de 2012, el último pronunciamiento del legislador por medio del cual Reglamenta el Estatuto General de la Administración Pública, el cual recoge en una sola norma las reglas necesarias para adelantar los procesos contractuales y reglamentó la Ley 80 de 1993, la 1150 de 2007, el Decreto 019 de 2012, entre otras normas. Con relación a la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación en el Registro Único de Proponentes que llevan las cámaras de comercio, el citado Decreto 734, modifica lo consagrado en la anterior reglamentación (Decreto1464 de 2010), en lo concerniente a los requisitos habilitantes que deben acreditar los proponentes, en las clasificaciones, las cuales serán tomadas del Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) y uno de los cambios más importantes recae sobre la calificación, eliminando las tablas de puntajes y por lo tanto, la fórmula de la Capacidad Máxima de Contratación (K). La Cámara de Comercio de Bogotá, aliada incondicional de los empresarios, espera que ésta cartilla contribuya a dar a conocer los aspectos más destacados de la nueva regulación del Registro Único de Proponentes, y facilite a los proponentes el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la ley para efectuar exitosamente el Registro. 2
7 Marco legal Las normas que regulan el Registro Único de Proponentes son: Ley 80 de 1993 Por la cual se crea la Ley General de Contratación Pública y el Registro Único de Proponentes. Decreto 393 de 2002 Mediante el cual se reglamentan las tarifas de las cámaras de comercio. Ley 789 de 2002 Por la cual se reglamentan las contribuciones parafiscales y se dictan otras normas de impuestos. Ley 1150 de 2007 Por la cual se modifica y adiciona la Ley 80 de Decreto 1690 de 2009 Mediante el cual se modifican las tarifas del Registro de Proponentes. Decreto 019 de 2012 Mediante el cual se modifica la Ley 1150 de Decreto 734 de 2012 Por la cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones. Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio, por la cual se reglamenta el procedimiento del Registro Único de Proponentes. 3
8 Qué es el Registro Único de Proponentes? Es un registro de creación legal 1, en el cual se deben inscribir todas las personas naturales o jurídicas nacionales y las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con entidades estatales. En el RUP reposa la información relacionada con la Capacidad Jurídica, Experiencia, Capacidad Financiera y Capacidad de Organización del proponente. Los proponentes deberán inscribirse de acuerdo a la actividad que desarrollen: Contratos de obra (Actividad de constructor) Contratos de consultoría (Actividad de consultor) Contratos diferentes al de obra y consultoría (Actividad de proveedor) Por qué fue creado el Registro Único de Proponentes? Unificación de los registros de todos los contratistas a nivel nacional, departamental y municipal. Centralización del archivo de documentos de los proponentes en las cámaras de comercio. Simplificación de trámites y disminución de costos para los proponentes. 1. Ver Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de
9 Validez ante todas las entidades estatales del país. Mayor transparencia en la administración del registro de proponentes. Disminución del papeleo requerido para contratar con el estado. Cuáles son las ventajas de estar inscritos? Participar en las licitaciones que abren las entidades estatales. Dar publicidad a los requisitos que habilitan al proponente, como su capacidad jurídica, financiera, de organización y su experiencia. Obtener el certificado RUP que constituye plena prueba respecto de la información documental verificada, cuyo registro se encuentra en firme. Cuál es la verificación documental que realizan las cámaras de comercio? Las cámaras de comercio realizan la verificación de los requisitos habilitantes y su clasificación, mediante un cotejo entre la información consignada en el formulario y la documentación entregada por el proponente, con el fin de determinar su congruencia en los términos que establece el decreto 734 de 2012, reglamentario de la Ley 1150 de
10 En qué casos no se requiere estar inscrito en el RUP? No se requerirá la inscripción en el RUP en los siguientes casos 2 : Contratación directa. Contratos para la prestación de servicios de salud. Contratos de mínima cuantía. Enajenación de bienes del Estado. Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas. Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. Los contratos de concesión de cualquier índole. Las personas naturales sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia. En los casos anteriormente señalados, corresponderá a las entidades contratantes cumplir con la labor de verificación de las condiciones de los proponentes. 2. Ver Ley 1150 de 2007, modificada por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012 y parágrafo del artículo del Decreto 734 de
11 Quién puede tener acceso a la información del RUP? Cualquier persona puede consultar de manera gratuita los documentos que reposen en el Registro Único de Proponentes, obtener copia textual de la información histórica contenida en el registro y certificación de la información actual del proponente, previo el pago de los derechos establecidos, los cuales podrán ser cancelados en cualquiera de las sedes de las diferentes cámaras de comercio. Qué certificaciones expiden las cámaras de comercio? Certificado de inscripción. Copia textual de los documentos inscritos. Qué es la renovación? La renovación es el acto mediante el cual se prorroga la vigencia de la inscripción en el RUP y sus efectos, y debe realizarse dentro del mes inmediatamente anterior al vencimiento de cada año de vigencia de la inscripción respectiva. 7
12 Cuáles son las ventajas de renovar? Estar habilitado para licitar con el Estado. Obtención de certificados actualizados. No tener cesados los efectos. Qué sucede si no renuevo mi inscripción? Si el proponente no renueva su inscripción en el RUP dentro del término establecido, cesarán sus efectos hasta tanto vuelva a inscribirse, y no podrá obtener certificados 3. Qué es la actualización? La actualización es el acto mediante el cual un proponente inscrito, modifica, actualiza o suprime la información originalmente presentada en el Registro, se puede realizar en cualquier tiempo, exceptuando el mes anterior al vencimiento de cada año de la inscripción, cuando no se haya efectuado renovación. Al formulario se deberá adjuntar la documentación necesaria que soporte los cambios. 3. Según el numeral 16 del artículo del Decreto 734 de 2012, la cesación de efectos implica la no expedición de certificados y el proponente deberá volverse a inscribir, sin perjuicio de que la cámara de comercio mantenga la información histórica del proponente. 8
13 Recuerde: los cambios de la información financiera en el registro mercantil del proponente no se reflejan automáticamente en el RUP. Si necesita cambiar la información financiera, debe presentar una actualización en el RUP y anexar el soporte establecido en las normas vigentes. Cuándo debo realizar la inscripción, renovación y actualización del RUP? El proponente podrá realizar la inscripción en el RUP en cualquier momento. No obstante, quienes aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales de conformidad con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, y que habiéndose inscrito, hayan dejado cesar los efectos, deberán volverse a inscribir cumpliendo los requisitos establecidos en el Decreto 734 de Los proponentes inscritos en las cámaras de comercio, deberán realizar la renovación, dentro del mes anterior al vencimiento de cada año de vigencia del acto de inscripción. La actualización de los datos que reposan en el RUP podrá solicitarse en cualquier momento, exceptuando el mes anterior al vencimiento de cada año de la inscripción, cuando no se haya efectuado renovación. 9
14 Qué información contiene el Formulario Registro Único de Proponentes? 1. Nombre o razón social y duración, según el caso. 2. Indicar si es Gran empresa, mediana, pequeña o microempresa, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y sus decretos reglamentarios o las normas que los modifiquen. 3. Número del documento de identificación del inscrito. Para persona jurídica será el número de identificación tributaria y para las personas naturales el número de identificación tributaria y el número de documento de identificación. 4. Nombre, documento de identidad y facultades del representante legal, según el caso. 5. Domicilio principal, dirección y correo electrónico para notificaciones. 6. Número del registro para entidades sin ánimo de lucro o de la matrícula mercantil, cuando aplique. 7. Fecha y clase del documento mediante el cual se obtuvo el reconocimiento o adquisición de la personería jurídica. 8. Profesión y la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior o en su defecto, fecha que figure en el acta de grado o en el 10
15 título profesional o en la tarjeta o matrícula profesional, según el caso. 9. Información financiera, de acuerdo con los indicadores financieros según lo establecido en la normatividad vigente que rige este Registro. 10. Información de experiencia de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad vigente que rige este Registro. 11. Información de capacidad de organización, según lo dispuesto en la normatividad vigente que rige este Registro. 12. Clasificación del proponente en el CIIU. El formulario será único para todos los proponentes y deberá utilizarse para la inscripción, actualización, renovación, cancelación y la actualización por traslado de domicilio. Los proponentes sólo deberán suministrar la información que por su condición corresponda. La información del formulario debe estar respaldada por los soportes documentales indicados en la normatividad vigente que rige este Registro Para facilitar la inscripción, renovación y actualización en el RUP la Cámara de Comercio de Bogotá ha diseñado el servicio virtual, al cual se puede acceder a través del portal CCB: En donde podrá diligenciar su formulario y los modelos de certificación, pagar y realizar el trámite de forma totalmente virtual. 11
16 Qué contienen los Certificados del Registro Único de Proponentes? 1. Datos introductorios: a. El nombre de la Cámara de Comercio que certifica. b. Fecha de la certificación. 2. Datos de existencia y representación: a. Nombre o razón social del proponente, tipo y número del documento de identidad y duración, según el caso. b. Número del registro del proponente. c. Indicación de gran empresa, mediana, pequeña o microempresa de acuerdo con la información suministrada por el proponente. d. Fecha de inscripción en el Registro Único de Proponentes. e. Domicilio según conste en el formulario. f. Dirección y correo electrónico para notificaciones según conste en el formulario. g. Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica. h. Nombre del representante legal y número del documento de identidad. i. Facultades del representante legal, según el certificado de existencia y representación legal, o documento legal idóneo. Cuando dicha información no conste en el certificado de existencia y 12
17 representación legal o en el documento legal idóneo, la cámara no certificará información en este sentido. 3. Datos sobre la clasificación del proponente 4. Datos sobre la experiencia del proponente. 5. Datos sobre la capacidad financiera del proponente. 6. Datos sobre la capacidad de organización. 7. Datos relativos a la información reportada por las entidades estatales sobre contratos adjudicados, en ejecución y ejecutados, multas y sanciones contractuales de los últimos 5 años 4. El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. La información del proponente certificada, queda en firme diez (10) días hábiles después de la fecha de publicación en el Registro Único Empresarial y Social RUES, siempre que no sea objeto de recursos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de La información certificada será la reportada por las entidades estatales en cumplimiento de lo previsto en el numeral 6 de la Ley 1150 de 2007, modificada por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012, y Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. 13
18 Las personas jurídicas extranjeras también se inscriben en el RUP? Las personas jurídicas extranjeras que tengan establecida su sucursal en Colombia y aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, también deberán inscribirse en el RUP. Dónde se realiza su inscripción? La inscripción de personas jurídicas extranjeras se debe realizar en la cámara de comercio donde se encuentre registrada su sucursal. Qué deben tener en cuenta las personas jurídicas extranjeras? Para la inscripción en el RUP, las personas jurídicas extranjeras deben tener en cuenta lo establecido en el artículo del decreto 734 de 2012, mediante el cual se reglamenta el proceso de inscripción y la documentación necesaria para acreditar la capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y su capacidad de organización. 14
19 Qué debo tener en cuenta? Los documentos para el RUP deberán presentarse en original y debidamente suscritos por el responsable de la información que en los mismos conste y se presumirán auténticos. Podrán ser presentados igualmente en copia simple. Al formulario del RUP deberá acompañarse una certificación suscrita por el proponente en la que bajo la gravedad del juramento asegure que las firmas impuestas en los documentos soportes de la información relacionada en el formulario, son de las personas respecto de las cuales se afirman corresponden y se indique la veracidad de la información relacionada en el formulario y en la documentación soporte. Las certificaciones de experiencia, capacidad financiera y capacidad de organización, deberán reunir los requisitos que establecen los artículos y siguientes del Decreto 734 de Tenga en cuenta que puede realizar su solicitud de inscripción, renovación ó actualización a través del página Web: y diligenciar los modelos de certificación en línea. Los datos que se diligencien en el formulario para el RUP deberán corresponder a los que se indican en cada una de las certificaciones de experiencia, capacidad financiera y capacidad de organización. Los documentos soporte suscritos por el Contador o Revisor Fiscal, según corresponda, deberán estar acompañados por copia de la tarjera profesional del Contador o Revisor Fiscal y certificación de su vigencia 5 5. La certificación de la vigencia de la tarjeta profesional de la Junta Central de Contadores deberá tener una fecha de expedición no superior a tres (3) meses 15
20 Indicar los años de experiencia probable, cuya cifra deberá tener no más de cinco (5) decimales. 10, ,05041 Indicar en cada una de las casillas de la Organización Técnica el número del personal correspondiente y el resultado de la sumatoria Expresar las cifras de la Organización Operacional en SMMLV y máximo con dos (2) decimales , , ,93 Expresar las cifras del total de endeudamiento hasta dos (2) decimales , ,56 0, ,51 16
21 Liquidez hasta tres (3) decimales , La forma correcta de indicar el resultado del índice de Liquidez cuando el valor del Pasivo Corriente es igual a $ INFINITO La forma correcta de indicar el resultado cuando el divisor y el dividendo corresponde a $ NO PRESENTA INFORMACIÓN Recuerde: antes de presentar sus documentos verifique el siguiente listado: 17
22 Check list para la inscripción del RUP DOCUMENTOS GENERALES Copia del Registro Único Tributario RUT, expedido por la DIAN. Declaración de cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 de 2002, en inscripción, actualización o renovación que adelante ante el Registro Único de Proponentes, con excepción de las personas jurídicas extranjeras. Certificación suscrita por el proponente persona natural o el representante legal del proponente persona jurídica, en la que bajo la gravedad del juramento asegure que las firmas impuestas en los documentos soportes de la información relacionada en el formulario, son de las personas respecto de las cuales se afirman corresponden y se indique la veracidad de la información relacionada en el formulario y en la documentación soporte. Formulario para el RUP debidamente diligenciado. SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 1 DEL FORMULARIO o Certificado de Contador o Revisor Fiscal, si se tiene éste último, en donde se indique, si es Gran empresa, Mediana empresa, Pequeña empresa o microempresa Ver 18
23 SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 2 DEL FORMULARIO Sociedad extranjera, persona jurídica no inscrita en el Registro Mercantil ni en el de Entidades Sin Ánimo de Lucro: Certificado de existencia y representación legal con una vigencia no superior a 2 meses, con las formalidades y requisitos exigidos en los artículos y del Decreto 734 de SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 3 DEL FORMULARIO Copia del documento de identificación de la persona natural proponente cuando se trate de inscripción. Persona natural profesional constructor o consultor: Certificación de la institución de educación superior donde se acredite la terminación y aprobación del pensum académico, o copia del acta de grado, o si es profesional en la ingeniería o arquitectura anexar copia de la matrícula o tarjeta profesional en donde se indique la fecha de expedición. SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 5 DEL FORMULARIO Copia del Registro Único Tributario RUT con la información de la clasificación CIIU actualizada, expedido por la DIAN. 7. Si usted está matriculado en el Registro Mercantil, o inscrito como Entidad Sin Ánimo de Lucro, no necesitará adjuntar este documento. 19
24 SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 7 y 8 DEL FORMULARIO Persona jurídica constructor y/o consultor: Con fecha de adquisición de la personería jurídica inferior a 60 meses que recurre a la experiencia probable de los socios o asociados, adjunte una certificación suscrita por el Contador o Revisor Fiscal (Si la persona jurídica tiene revisor fiscal). Adición de años de experiencia probable de constructor y/o consultor persona natural o jurídica: a. Certificación de la editorial para el caso del libro especializado, donde conste el título, autor, tema y fecha de impresión. b. Certificación de la entidad de educación superior donde conste el tiempo de docencia o investigación. c. Certificado de la entidad de educación superior donde conste cada post-grado o estudio de especialización. d. Certificación de la entidad otorgante en el caso de premios en concursos arquitectónicos y distinciones profesionales, nacionales o internacionales. SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 9 DEL FORMULARIO Persona jurídica proveedor: Con fecha de adquisición de la personería jurídica inferior a 60 meses que recurre a la experiencia probable de los socios o asociados, adjunte una certificación suscrita por el Contador o Revisor Fiscal (Si la 20
25 persona jurídica tiene revisor fiscal), en la cual conste los promedios aritméticos del tiempo en que han ejercido la profesión o actividad los socios o asociados. Persona natural proveedor: Certificación expedida por el contratante donde se evidencie la fecha del contrato más antiguo, o en su defecto, la fecha del contrato que aporte el interesado, acompañada de una declaración por él firmada, en la que se asegure su completa y cumplida ejecución. SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 10 DEL FORMULARIO Capacidad de Organización (Co) a. Organización Técnica (Ot): Certificación suscrita por el proponente persona natural o representante legal del proponente persona jurídica en donde indique el número de socios o asociados, así como el personal vinculados mediante relación contractual para desarrollar cada una de las actividades (Constructor, consultor o proveedor) 8. b. Organización Operacional (Cop): Certificación del Contador o Revisor Fiscal, según corresponda, donde consten los ingresos brutos operacionales, copia de la tarjeta profesional del Contador o Revisor Fiscal y certificación de la Junta Central de Contadores vigente El certificado del personal vinculado deberá estar firmado por el Proponente o el Representante Legal de la persona jurídica. 9. Ver (Constructor) artículo , (Consultor) artículo , (Proveedor) artículo del Decreto 734 de
26 SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN, CAMPOS No. 11 DEL FORMULARIO Estados Financieros, con fecha a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la actuación o balance de apertura 10. Certificación del Contador o Revisor Fiscal, según el caso, en la cual conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores de los indicadores, señalando las cuentas del PUC de los estados financieros. SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN DEL ANEXO 1 DEL FORMULARIO Sociedad extranjera, persona jurídica no inscrita en el Registro Mercantil ni en el de Entidades Sin Ánimo de Lucro: Certificado de existencia y representación legal con una vigencia no superior a 2 meses, con las formalidades y requisitos exigidos en los artículos y del Decreto 734 de SOPORTE DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN DEL ANEXO 2 DEL FORMULARIO Certificado del Contador o el Revisor Fiscal (Si la persona jurídica tiene Revisor Fiscal), en el cual conste los datos consignados en el formulario respecto a cada uno de los contratos ejecutados El Decreto que rige en Colombia para presentación de estados es el Decreto 2649 de 1993 el cual reglamenta la Contabilidad, en el Capítulo IV sección I hace mención a los estados financieros. 11. Ver 22
27 En la página WEB usted encontrará el servicio virtual con el formulario, modelos de certificación, instructivos y guías para facilitar su inscripción, actualización y renovación. 23
28 Conozca los canales de información creados por la CCB para facilitar los trámites del RUP Servicio Virtual RUP Diligencie el formulario virtual, modelos de certificación, adjunte los documentos soporte de la información y pague en línea con su firma digital. Paso a Paso virtual Conozca de forma fácil y detallada los pasos que debe seguir y la documentación que debe anexar según el proponente (Constructor, consultor o proveedor) y la actuación (Inscripción, actualización o renovación). Formulario físico y sus instrucciones Instructivos y guías para que realice fácilmente su renovación y actualización RUP Modelos de certificación soporte para los proponentes Normatividad vigente 24
29 Ciclo de capacitaciones sobre el RUP Inscríbase a través de la Línea de Respuesta Inmediata opción 6-1. Atención telefónica Para utilizar esta herramienta: Comuníquese con nuestra Línea de Respuesta Inmediata opción y obtenga asesoría personalizada en su proceso de inscripción. Mayores informes Teléfono: (571) Este documento contiene información y orientaciones de carácter general sobre algunos aspectos legales aplicables a los actos sujetos a inscripción en el Registro Único de Proponentes. El presente texto no suple la normatividad vigente ni evita la aplicación de la misma. Fecha de publicación: septiembre de
30 Línea de Respuesta Inmediata:
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Régimen de Contratación Estatal REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, RUP. Ley 80 de 1993, Ley 1150 DE 2007, Decreto Ley 19 de 2012, Decreto 1510 de 2013, Resoluciones reglamentarias y circulares relacionadas.
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