LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016 Y OTRAS NOVEDADES SOBRE EL REDIMENSIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL
|
|
- Cristián Moreno Belmonte
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Y ADMINISTRACIONES LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016 Y OTRAS NOVEDADES SOBRE EL REDIMENSIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL Madrid, 26 de enero de 2016 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales
2 Y ADMINISTRACIONES I. RESUMEN DE NOVEDADES EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016 II. LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO EN 2016 III. FONDO DE FINANCIACIÓN A EELL: Algunas cuestiones IV. EL SECTOR PÚBLICO LOCAL
3 Y ADMINISTRACIONES I. RESUMEN DE NOVEDADES EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016 (Ley 48/2015, de 29 de octubre)
4 Y ADMINISTRACIONES Artículo 19. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público Artículo 20. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal Artículo 67. Coeficientes de actualización de valores catastrales del artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario Título VII. Capítulo I. Entidades Locales (artículos 81 a 110) Disposiciones adicionales 15ª y 16ª. Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales y de las fundaciones del sector público en 2016 Disposiciones adicionales 79ª y 80ª. Criterios para el cálculo del índice de evolución de los ingresos tributarios del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 del TRLRHL, y para la liquidación de la participación de las entidades locales en tributos del Estado del año 2014 Disposición adicional 82ª. Destino del superávit de las EELL correspondiente a 2015 Disposición adicional 83ª. Agrupación de compensaciones y ayudas a favor de las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
5 Y ADMINISTRACIONES No se incluye la posible refinanciación de operaciones de préstamo (en LPGE 2015 disp. adicional 77ª) Por qué no se incluye? Ámbito objetivo: opers. antes de MPP 2012 ⱻ principio de prudencia financiera ⱻ Fondo de Ordenación, del FFEL Es posible refinanciar? Sí, siempre cumpliendo prudencia financiera Destino de superávit para financiar IFS en 2016
6 Y ADMINISTRACIONES II. LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO EN 2016
7 Y ADMINISTRACIONES CONCEPTOS DE FINANCIACIÓN EE. LL. Estado de gastos-programa 942 M (sin incluir la cesión de impuestos) PGE 2016 (millones ) PGE 2015 (millones ) Variación (%) Entregas a cuenta Municipios no incluidos en cesión 4.483, ,57-2,0% Entregas cta. Municipios en cesión-fondo Complementario Financiación 6.030, ,72-1,2% Entregas cta. Diputaciones en cesión-fondo Complementario Financiación 5.041, ,78-2,1% TOTAL ENTREGAS A CUENTA , ,07-1,7% Previsión liquidación de años anteriores (año n-2) 852,49 22, ,0% TOTAL ENTREGAS A CUENTA Y LIQUIDACIÓN DEL AÑO n-2 (sin considerar reintegros de liquidaciones negativas) , ,98 3,5%
8 Y ADMINISTRACIONES FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES (incluyendo cesión de impuestos estatales) Millones de PGE 2016 PGE 2015 (%) Entregas a cuenta Municipios (modelo general o de variables) 4.483, ,57-2,0% Entregas a cuenta Municipios (modelo de cesión) 6.913, ,82-1,5% Entregas a cuenta Provincias y entes asimilados 5.805, ,18-2,1% Liquidación definitiva de ejercicios anteriores (año n-2) 1.027,40 60, ,7% TOTAL ENTREGAS A CUENTA Y LIQUIDACIÓN (sin considerar reintegros de liquidaciones negativas) , ,05 3,6%
9 Y ADMINISTRACIONES Ingresos estatales brutos (por IRPF, IVA e II. EE.) año t (ej.: 2013) Cesión a CC. AA. de impuestos estatales: entregas mensuales a cuenta del año t (ej.: 2013) Ingresos Tributarios del Estado (ITE) año t (ej.: 2013) Cesión a CC. AA. de impuestos estatales: liquidación del año t-2 (ej.: 2011)
10 Y ADMINISTRACIONES Población Variable Esfuerzo fiscal medio Entregas a cuenta Actualización del Padrón municipal a 1 de enero de 2015 (que estará vigente a 1 de enero de 2016) Datos de esfuerzo fiscal del período impositivo de 2011 (correspondientes a la última liquidación practicada, que, a 1 de enero de 2016, es la de 2013). Inverso de la capacidad tributaria Datos de bases imponibles del IBI urbana del período impositivo de 2011 (correspondientes a la última liquidación practicada, que, a 1 de enero de 2016, es la de 2013). Garantía de financiación 95% del importe de la participación definitiva de Liquidación definitiva de 2016 (se calculará en 2018) Actualización del Padrón municipal a 1 de enero de 2016 (que estará vigente a 31 de diciembre de 2016). Datos de esfuerzo fiscal del período impositivo de 2014 Datos de bases imponibles del período impositivo de Importe de la participación definitiva de 2003.
11 Y ADMINISTRACIONES Proporción de PTE que corresponde al municipio m Evolución de la población del municipio m Importe de las entregas a cuenta del municipio m CréditoPGE2016EntCta PTEMunicipio" m" segúnliqdef 2013 PTEAytosModeloVariablesLiqDef 2013 = X PoblaciónMunicipio" m"2015 PoblaciónMunicipio" m"2013 = Y EntregasCtaMunicipo" m"2016 = X * Y
12 Y ADMINISTRACIONES CréditoPGE2016EntCta = ,00 (importe final: ,00 ) PTEAytosModeloVariablesLiqDef2013 = ,72 PTEMunicipio " m" segúnliqdef ,00 = 1, xPTE Municipio"m"según LiqDef ,72 Sólo para municipios con una participación por variables > Financiación Mínima Garantizada Es una mera estimación. Limitaciones: no se tiene en cuenta la población del conjunto de municipios. Pueden producirse distorsiones en los años de revisión del ámbito subjetivo (en 2016, se debe realizar una revisión que tienen periodicidad cuatrienal). Si aplicamos el método de estimación para las entregas a cuenta de 2016 el resultado habría sido de unos importes en torno al 98%-102% de las entregas a cuenta reales
13 Y ADMINISTRACIONES Si en liquidaciones definitivas de ejercicios posteriores a 2013, resultasen saldos a ingresar a EELL a las que se aplique el reintegro a 10 años de liquidación negativa de 2013, aquellos saldos compensarán el importe pendiente de reintegrar por las EELL en el momento de calcular dichas liquidaciones definitivas Realizada la compensación, si Saldo pendiente de reintegrar correspondiente a la liquidación del año 2013 (Saldo inicial que se fraccionó / 10): devolución en las entregas a cuenta de los 12 meses siguientes Si el importe pendiente de reintegro a 31 de diciembre de cada año 500 : Reintegro por su totalidad en la entrega a cuenta del mes de enero.
14 Y ADMINISTRACIONES Primer Último período Reintegros por liquidaciones período de de aplicación negativas de aplicación 2008 a 60 meses ene-11 dic a 60 meses ene-12 dic a 120 meses 2009 a 120 meses 2008 a 240 meses 2009 a 240 meses ene-12 o ene-13 ene-15 dic-21 dic-31. Si incumplimiento de reglas fiscales 2 años seguidos: dic-21 SÍ salvo falta de envío de liquidación de PG de 2014 y 2015 (y ajustes SEC) o NF SÍ SÍ salvo falta de envío de liq. de PG de 2015 y 2016 (y ajustes SEC) o NF SÍ salvo incumplimiento de reglas fiscales en 2014 y 2015 SÍ salvo falta de envío de liq. de PG de 2016 y 2017 (y ajustes SEC) o NF SÍ salvo incumplimiento de reglas fiscales en 2015 y (regla gral.) dic-15 dic-18 SÍ SÍ SÍ 2013 en 120 meses 2014 (regla gral.) dic-16 dic-19 ene-16 dic-25 SÍ SÍ SÍ salvo incumplimiento de reglas fiscales en 2015 y 2016 SÍ salvo falta de envío de liq. de PG de 2017 y 2018 (y ajustes SEC) o NF SÍ salvo incumplim.de reglas fiscales en 2016 y 2017 SÍ salvo incumplim. de reglas fiscales en 2016 y 2017
15 Y ADMINISTRACIONES Norma: Los reintegros tienen carácter preferente frente a otras deudas de las EE. LL. y no computarán para el cálculo del porcentaje de retención aplicable. Ejemplo: A un municipio le corresponde una entrega mensual de la participación en tributos del Estado de Tiene que reintegrar 500 mensuales, como consecuencia de la liquidación definitiva de dicha participación de ejercicios anteriores. Se le deben compensar deudas con Seguridad Social y con AEAT sujetas a retención del 50% de la entrega a cuenta. El importe de estas deudas superan este límite de retención. Aplicación de la norma: Al municipio se le aplicará, primero, un reintegro por 500 (carácter preferente) y unas retenciones por (el reintegro no se considera para el cálculo del porcentaje de retención. En otro caso, las retenciones habrían sido de 4.500, hasta alcanzar el 50% de la entrega a cuenta). Se le transferirán: =4.500
16 Y ADMINISTRACIONES II. LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO EN 2016 (anexo sobre reintegros de liquidaciones negativas)
17 Y ADMINISTRACIONES Regulación: Real Decreto-ley 12/2014, de 12 de septiembre (disp. adicional única) Ampliación previa solicitud de EELL con período de reintegro de 120 mensualidades aplicado hasta Ampliación aplicada de oficio por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a aquellos municipios que tengan concedida la medida contenida en la letra b. del artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2013 Solicitud deberá ser aprobada por el Pleno. Se ha debido remitir por el interventor o el secretario-interventor a MINHAP antes de 30 de noviembre de Requisitos de concesión: Presentada la liquidación de los presupuestos de la totalidad de entidades integrantes de la corporación local correspondientes a 2013 Prevean cumplir a 31 de diciembre de 2014 con estabilidad y límite de deuda pública (según ejecución 3º trimestre 2014) PMP publicado en octubre de 2014 no supere en más de 30 días el plazo máximo según normativa de morosidad
18 Y ADMINISTRACIONES La aplicación se inicia en la entrega a cuenta de enero de 2015, siendo a partir de entonces los reintegros mensuales aplicables los que resulten de dividir el importe pendiente de reintegrar a esa fecha por las liquidaciones correspondientes a los años 2008 y 2009 dividido por 204 mensualidades. Se mantendrá siempre que las Entidades locales afectadas aporten la liquidación de los presupuestos de la totalidad de entidades integrantes de la corporación local y se cumplan los objetivos y límites (estabilidad, deuda y PMP) referidos en todos los casos a 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior. En el caso de que el incumplimiento se produzca en dos ejercicios consecutivos se aplicará a partir de la entrega a cuenta del mes de enero del ejercicio siguiente el fraccionamiento a 10 años desde 1 de enero de 2012, mediante reintegros mensuales equivalentes al resultado de dividir el importe pendiente de reintegro entre el número de mensualidades que resten hasta 31 de diciembre de 2021.
19 Y ADMINISTRACIONES A una entidad local se le ha ampliado a partir de 2015 el período de reintegro porque cumplía todas las condiciones. En 2015 comprueba que, a 31 de diciembre de 2014, no cumplía alguno de los requisitos (incluido el relativo al PMP) En 2016 se mantendría la ampliación del período de reintegro, pero comprueba que, a 31 de diciembre de 2015, no cumplía alguno de los requisitos (el incumplimiento no tiene que producirse en la misma magnitud que el producido en 2014) Nota.- Si comprobase que a 31 de diciembre de 2015 cumple todos los requisitos se mantendría en 2017 la ampliación En 2017 se aplicaría el período de reintegro a 10 años desde 2012, por lo que el reintegro mensual será a partir de entonces y hasta diciembre de 2021: (Saldo pendiente de reintegro a / 60 mensualidades)
20 Y ADMINISTRACIONES Si Pendiente de reintegro a 31 de diciembre de : Reintegrado total en la entrega a cuenta del mes de enero de Las entidades locales han podido cancelar la totalidad del saldo pendiente de reintegrar correspondiente a las liquidaciones definitivas de los años 2008 y 2009, previo acuerdo del Pleno de la corporación local y comunicación a MINHAP hasta 30 de noviembre de La cancelación se ha aplicado en la entrega a cuenta del mes de enero de 2015.
21 Y ADMINISTRACIONES Artículo 72 LPGE 2015: Saldos para reintegrar por el componente de financiación que no corresponda a cesión de impuestos estatales: reembolso mediante compensación con cargo a las entregas a cuenta que se perciban con posterioridad a la liquidación de 2013, en un periodo máximo de 3 años, mediante retenciones trimestrales equivalentes al 25% de la entrega mensual, salvo que, aplicando esa regla, se exceda aquel plazo, en cuyo caso se ajustará la frecuencia y la cuantía de las retenciones. Saldos deudores por cesión de impuestos estatales: reintegro mediante compensación con cargo a saldos acreedores que se deriven de la liquidación del FCF. Los saldos restantes (si los hubiere), reintegrados mediante compensación en las entregas a cuenta de la cesión de cada impuesto estatal sin límites de porcentajes y plazos.
22 Y ADMINISTRACIONES Regulación: Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre (D. A. 10ª) Ampliación previa solicitud de EELL del período de reintegro a 120 mensualidades. No pueden solicitarlo los municipios incluidos en el Fondo de Ordenación por riesgo financiero (art RDL 17/2014) Solicitud deberá aprobarse por el Pleno. Se deberá remitir por el interventor o el secretario-interventor a MINHAP antes de 1 de noviembre de Requisitos de concesión: Presentada la liquidación de los presupuestos de la totalidad de entidades integrantes de la corporación local correspondientes a 2014 Prevean cumplir a 31 de diciembre de 2015 con estabilidad y límite de deuda pública (según ejecución 3º trimestre 2015) PMP publicado en octubre de 2015 no supere en más de 30 días el plazo máximo según normativa de morosidad
23 Y ADMINISTRACIONES La aplicación se inicia en la entrega a cuenta de enero de 2016, siendo a partir de entonces los reintegros mensuales aplicables los que resulten de dividir el importe pendiente de reintegrar a esa fecha por las liquidaciones correspondientes a 2013 dividido por 120 mensualidades. Se mantendrá siempre que las Entidades locales afectadas aporten la liquidación de los presupuestos de la totalidad de entidades integrantes de la corporación local y se cumplan los objetivos y límites citados en el apartado 3 y referidos en todos los casos a 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior. En el caso de que el incumplimiento se produzca en dos ejercicios consecutivos se aplicará a partir de la entrega a cuenta del mes de enero del ejercicio siguiente el fraccionamiento de acuerdo con el régimen general (vid. art. 72 LPGE 2015) En el caso de que se produzcan los incumplimientos anteriores y hayan transcurrido más de 3 años completos desde el cálculo de la liquidación definitiva de 2013 (año 2015), se reintegrará el importe pendiente por doceavas partes en las entregas a cuenta del siguiente año natural
24 Y ADMINISTRACIONES La liquidación se calcula en julio de 2015 y la entidad local solicita el reintegro a 120 mensualidades. Se le aplica a partir de enero de 2016 ese período de reintegro porque cumple todas las condiciones. En 2016 comprueba que, a 31 de diciembre de 2015, no cumplía alguno de los requisitos (incluido el relativo al PMP) En 2017 se mantendría el período de reintegro, pero comprueba que, a 31 de diciembre de 2016, tampoco cumplía alguno de los requisitos En 2018: no han transcurrido más de 3 años completos desde el cálculo de la liquidación: Se aplica procedimiento general de reintegro (vid. art. 72 LPGE 2015)
25 Y ADMINISTRACIONES La liquidación se calcula en julio de 2015 y la entidad local solicita el reintegro a 120 mensualidades. Se le aplica a partir de enero de 2016 ese período de reintegro porque cumple todas las condiciones. En 2016 comprueba que, a 31 de diciembre de 2015, sigue cumpliendo los requisitos (incluido el relativo al PMP) En 2017 comprueba que, a 31 de diciembre de 2016, no cumplía alguno de los requisitos. En 2018 comprueba también incumplimiento referido a 31 de diciembre de 2017 En 2019: han transcurrido más de 3 años completos desde el cálculo de la liquidación: No se aplica procedimiento general de reintegro (vid. art. 72 LPGE 2015) y reintegrará en ese año la totalidad del saldo pendiente: (Saldo pendiente de reintegro a / 12 mensualidades)
26 Y ADMINISTRACIONES III. FONDO DE FINANCIACIÓN A EELL: Algunas cuestiones
27 Y ADMINISTRACIONES 1. Fondo de Ordenación
28 Y ADMINISTRACIONES RIESGO FINANCIERO (sólo municipios) PMP EXCESIVO (municipios y provincias en modelo de cesión) Deuda viva a 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior > 110% IC liquidados o devengados AN en t y t-1 < 0 RTGG en t y t-1 < 0 Deudas con acreedores públicos, compensadas con retenciones de PTE > 30% Ingresos No Financieros Principal de préstamos con FFPP > 1 M e incumplida la obligación de pagar las cuotas No puedan refinanciarse en términos de prudencia financiera
29 Y ADMINISTRACIONES RIESGO FINANCIERO (además RDL 10/2015) Vencimientos de principal e intereses por operaciones de préstamo a largo plazo que cumplan con prudencia financiera Vencimientos de préstamos/deudas compensadas sin préstamo con FFPP Anualidad de liquidaciones negativas de PTE PMP EXCESIVO Deudas con proveedores vencidas, líquidas y exigibles hasta que PMP se ajuste a límites LOEPSF
30 Y ADMINISTRACIONES MINHAP (Resolución GSCAL) determinará los municipios. Publicación en BOE 1 mes desde publicación: solicitud de adhesión a MINHAP especificando importe de vencimientos en el ejercicio e identificación de las operaciones financieras 2 meses desde el fin del plazo de presentación de la solicitud de adhesión y de la documentación que debe acompañarla: valoración de plan de ajuste por SGCAL
31 Y ADMINISTRACIONES Retenciones en 2 entregas a cuenta de la PTE Propuesta de MINHAP a la Entidad Local en el mes natural siguiente al que se haya practicado la segunda retención en la PTE para que solicite su adhesión al Fondo de Ordenación Presentación de solicitud de adhesión: 15 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta La entidad local presenta solicitud en plazo: Valoración del plan de ajuste por SGCAL: Un mes desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud de adhesión La entidad local no presenta solicitud en plazo: Adhesión automática y deberá aportar estimación de las necesidades de liquidez para el pago a proveedores
32 Y ADMINISTRACIONES Operaciones de préstamo Con FFPP en liquidación 1ª fase MPP (RDL 4/2012) (contrato en mayo 2012) Fin de carencia inicial Fin carencia adicional (RDL Vencimientos 17/2014) - Préstamos iniciales sin cambios may-14 nov-15 Trimestrales - Préstamos modificados con tipo interés en 140 pb - Préstamos modificados con carencia en 1 año y tipo interés en 131 pb - Préstamos modificados con amortización en 10 años y carencia en 2 años y tipo interés en 41 pb may-14 nov-15 Trimestrales may-15 may-16 Trimestrales may-16 may-16 Trimestrales 2ª fase MPP (RDL 4/2013) jun-15 jun-16 Trimestrales 3ª fase MPP (RDL 8/2013) dic-15 dic-15 Trimestrales Con FO y FIE en 2015 (junio) ene-17 ene-17 Anuales Con FO y FIE en 2015 (dbre.) dic-17 dic-17 Anuales Tipos de interés % 1,311% ACDGAE ACDGAE
33 Y ADMINISTRACIONES 2. Fondo de Impulso Económico
34 Y ADMINISTRACIONES Entidades Locales que en el momento de presentar la correspondiente solicitud de adhesión cumplan todos los requisitos siguientes: a) Cumplidos los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública. b) En los 2 meses previos a la solicitud: PMP Plazo máximo según normativa sobre morosidad + 30 días. c) Cumplidas las obligaciones de suministro de información económico-financiera. Se tendrá en cuenta la última información publicada en la central de información económico-financiera de las Administraciones Públicas de liquidación del presupuesto, endeudamiento y PMP.
35 Y ADMINISTRACIONES Vencimientos del principal e intereses, de los préstamos a largo plazo que hayan formalizado o formalicen, de acuerdo con criterios de prudencia financiera, determinados por Resolución de SGTPF, para financiar inversiones financieramente sostenibles, según disposición adicional décimo sexta TRLRHL. El gasto de inversión que se realice deberá ser imputable al capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de la corporación local. Financiación de proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles en los términos que acuerde CDGAE.
36 Y ADMINISTRACIONES 1. Gestión del crédito: La Entidad Local adherida formalizará la operación de crédito con el Estado. El Estado, en nombre y por cuenta de la Entidad Local, gestionará, con cargo al crédito concedido, el pago de los vencimientos de los préstamos a largo plazo, a través del ICO. La financiación asociada a los proyectos de inversión según condiciones de ACDGAE. 2. Obligaciones de suministro de información a MINHAP: a) Información trimestral sobre el grado de cumplimiento de las proyecciones de los efectos derivados de las inversiones previstos para su vida útil. b) Información relativa a los proyectos de inversión con arreglo a ACDGAE.
37 Y ADMINISTRACIONES Las operaciones formalizadas en el marco del RDL 17/2914 computan en el nivel de endeudamiento Los gastos de inversión financiados con operaciones de préstamo en el marco del RDL 17/2014 computan en la regla de gasto, aunque sean inversiones financieramente sostenibles Asimismo inciden (o pueden incidir) en el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
38 Y ADMINISTRACIONES Solicitud de adhesión, especificando necesidades de financieras y presentando plan de ajuste (si Fondo Ordenación) Valoración del plan de ajuste y Resolución SGCAL En el caso de vencimientos con entidades de crédito: plazo para refinanciar en prudencia financiera (10-15 días naturales). Comunicación a SGCAL Acuerdo CDGAE Formalización de préstamos con el Fondo de Financiación a EELL (intervienen EECC por mandato del ICO) Cumplimentación por las EELL de órdenes de pago en aplicación de SGCAL (por todos los conceptos financiables) y PAGO
39 Y ADMINISTRACIONES Lo que se financia Vencimientos de préstamos con entidades de crédito Vencimientos de préstamos con FFPP Retenciones en PTE por deudas con FFPP Reintegros de liquidaciones de PTE negativas Sentencias judiciales firmes Cómo se financia? Se financian los vencimientos a partir del ACDGAE y hasta final de año Con las condiciones financieras fijadas por ACDGAE En el siguiente año deben comunicar los vencimientos a partir de ACDGAE y formalizar nuevos préstamos con el Fondo de Financiación a EELL Se financian las retenciones y reintegros aplicados en el ejercicio. Cada año formalizan préstamos con el Fondo de Financiación a EELL Se financian las ejecuciones de sentencias firmes realizando ingresos a las EELL o a los beneficiarios de aquéllas (en construcción)
40 Y ADMINISTRACIONES 3. Financiación de la ejecución de sentencias
41 Y ADMINISTRACIONES La ejecución de sentencias firmes se puede incluir en los compartimentos Fondo de Ordenación o Fondo de Impulso Económico, del Fondo de Financiación a Entidades locales, si se encuentran en las situaciones descritas en los artículos 39 o 50 del RDL17/2014, de 26 de diciembre, siempre que se justifique la existencia de graves desfases de tesorería como consecuencia de aquella ejecución. A estos efectos se entenderá por entidad local la Administración General de la misma, y el resto de entidades, organismos y entes dependientes de aquélla, incluidos en el sector Administraciones Públicas Las necesidades financieras se incluirán en los compartimentos citados en los términos que acuerde la CDGAE, y, en su caso, deberán recogerse en los planes de ajuste que acompañen a las solicitudes de adhesión Las entidades locales que se acojan a la medida regulada en esta disposición están obligadas a dotar en el proyecto de presupuesto general del ejercicio 2016 el Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria por una cuantía equivalente al 1% de sus gastos no financieros
42 Y ADMINISTRACIONES IV. EL SECTOR PÚBLICO LOCAL
43 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (I) (D. A. 9ª LRBRL modif. por art. 1.Treinta y seis LRSAL) A partir de la entrada en vigor de la Ley, las entidades locales del artículo 3.1 de la LRBRL, o sus organismos autónomos, no podrán adquirir, constituir o participar en la constitución, directa o indirectamente, de nuevos organismos, entidades, sociedades, consorcios, fundaciones, unidades y demás entes durante el tiempo de vigencia de su plan económico-financiero o de su plan de ajuste. Las entidades anteriores durante la vigencia de sus planes económicofinanciero o de ajuste, tampoco podrán realizar aportaciones patrimoniales ni suscribir ampliaciones de capital de entidades públicas empresariales o de sociedades mercantiles locales que tengan necesidades de financiación. Excepción: podrán realizar aportaciones si en el ejercicio inmediato anterior cumplidos los objetivos de estabilidad, deuda y PMP Plazo máximo según normativa morosidad + 30 días
44 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (II) Las entidades que a la entrada en vigor de la Ley desarrollen actividades económicas, y estén adscritas a efectos del SEC a cualesquiera de las entidades locales del artículo 3.1 de la LRBRL o de sus organismos autónomos, y se encuentren en desequilibrio, dispondrán de 2 meses desde la entrega en vigor de LRSAL para aprobar, previo informe del órgano interventor de la entidad local, un plan de corrección del desequilibrio financiero. Una medida del plan puede ser la realización de aportaciones patrimoniales por la entidad local matriz si ésta en el ejercicio inmediato anterior hubiere cumplido con los objetivos de estabilidad, deuda pública y PMP Plazo máximo según normativa morosidad + 30 días
45 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (III) Si no se cumpliera la corrección a 31 diciembre de 2014, la entidad local en el plazo máximo de los 6 meses siguientes a contar desde aprobación de cuentas anuales o desde liquidación de presupuesto de 2014, disolverá cada una de las entidades que continúe en situación de desequilibrio. Si agotado el mencionado plazo la entidad local no ha disuelto dichas entidades, quedarán automáticamente disueltas el 1 de diciembre de Excepción: ampliación de los plazos anteriores en un año más si aquellas entidades estuviesen prestando alguno de los siguientes servicios esenciales: abastecimiento domiciliario y depuración de aguas, recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos, y transporte público de viajeros
46 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (IV) La situación de desequilibrio financiero se referirá: - para los entes que tengan la consideración de Administración pública a efectos del Sistema Europeo de Cuentas, a su necesidad de financiación en términos del mismo, - para los entes no considerados Administración Pública se entenderá como la situación de desequilibrio financiero manifestada en la existencia de pérdidas en dos ejercicios contables consecutivos.
47 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (V) Los organismos, entidades, sociedades, consorcios, fundaciones, unidades y demás entes que estén adscritos, vinculados o sean dependientes, a efectos del Sistema Europeo de Cuentas, a cualquiera de las entidades locales del artículo 3.1 de la LRBRL, o de sus organismos autónomos, no podrán constituir, participar en la constitución ni adquirir nuevos entes de cualquier tipología, independientemente de su clasificación sectorial en términos de contabilidad nacional.
48 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (VI) Los organismos, entidades, sociedades, consorcios, fundaciones, unidades y demás entes que a la entrada en vigor de la Ley estuvieran controlados exclusivamente por unidades adscritas, vinculadas o dependientes, a efectos del Sistema Europeo de Cuentas, de cualquiera de las entidades locales del artículo 3.1 de LRBRL, o de sus organismos autónomos, que no estén en superávit, deberán adscribirse a las últimas o disolverse en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de LRSAL e iniciar, en su caso, liquidación en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de disolución. Si no lo hiciese las entidades: automáticamente disueltas transcurridos 6 meses desde la entrada en vigor de LRSAL. Si control no exclusivo las dependientes deberán transmitir su participación en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de LRSAL
49 Y ADMINISTRACIONES Redimensionamiento del sector público local (VII) Excepción: Los plazos para: - el cambio de adscripción, vinculación o dependencia, - la disolución y - la transmisión de la participación se ampliarán en un año más, cuando las entidades en desequilibrio estén prestando alguno de los siguientes servicios esenciales: abastecimiento domiciliario y depuración de aguas, recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos, y transporte público de viajeros
50 Y ADMINISTRACIONES Consorcios: Límites (art. 57 LRBRL modifpor art. 1.Dieciséis LRSAL) La cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y otras AAPP, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, tendrá carácter voluntario, pudiendo tener lugar mediante los consorcios o los convenios administrativos. Sólo se podrán constituir consorcios para mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas, y cumplir la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Sólo si no se pueden formalizar convenios de colaboración y permita una asignación más eficiente de recursos. Se deberá verificar la inexistencia de riesgos para la sostenibilidad financiera y no podrá demandar más recursos de los inicialmente previstos.
51 Y ADMINISTRACIONES Consorcios existentes (D. T. 6ª LRSAL) Los consorcios creados en el momento de la entrada en vigor de la LRSAL deberán adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley. Si esta adaptación diera lugar a un cambio en el régimen jurídico aplicable en el personal a su servicio o en su régimen presupuestario, contable o de control, éste será de aplicación a partir del 1 de enero del año siguiente.
52 Y ADMINISTRACIONES Consorcios: régimen jurídico (D. A. 13ª y 14ª y D. F. 2ª LRSAL) Modifica la LRJAP-PAC incluyendo disp. adicional 20ª Estatutos determinarán la administración de adscripción Adscripción según situación el primer día del ejercicio presupuestario y por este período, atendiendo a criterios de prioridad Si participan ESFL el consorcio se adscribirá a AAPP con los criterios anteriores Régimen de presupuestación, contabilidad y control de las AAPP de adscripción Régimen de personal el de las AAPP de adscripción Exclusión de la regulación anterior: consorcios constituidos antes de entrada en vigor LRSAL, no AAPP, participados por EELL y privadas, no pérdidas en 2 ejercicios consecutivos y no hayan percibido subvenciones de AAPP en 5 años anteriores a entrada en vigor LRSAL
53 Y ADMINISTRACIONES JORNADA DEL OBSERVATORIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Organizado por COSITAL Network Madrid, 26 de enero de 2016 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales
SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
Y ADMINISTRACIONES Real decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de comunidades autónomas y entidades locales Ley de presupuestos generales del estado para 2015
Más detallesFONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES LOCALES: Aspectos prácticos
FONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES ES: Aspectos prácticos Cádiz, 19 de diciembre de 2017 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales 1 I. Introducción: Medidas
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL
COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL PLAZOS Y TRANSITORIEDAD PARA LA ENTRADA EN VIGOR Y APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD
Más detallesDisolución de las sociedades mercantiles municipales Idasa, Alzira Radio S.A. y Gesual.
1 INFORME DE INTERVENCIÓN Asunto Disolución de las sociedades mercantiles municipales Idasa, Alzira Radio S.A. y Gesual. Antecedentes de hecho 1. Los resultados de explotación de las sociedades mercantiles
Más detallesPLAN PARA ERRADICAR LA MOROSIDAD
PLAN PARA ERRADICAR LA MOROSIDAD Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.
Más detallesMedidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros
Medidas extraordinarias de liquidez para entidades locales con problemas financieros PLANTEAMIENTO Definición de las situaciones problemáticas desde un punto de vista financiero de los municipios. Medidas
Más detallesCircular 10/2013. Asunto: Tercera fase del Mecanismo de pago a proveedores en el ámbito de las Entidades Locales
Circular 10/2013 Asunto: Tercera fase del Mecanismo de pago a proveedores en el ámbito de las Entidades Locales El BOE del sábado 29 de junio recoge, tras su aprobación por el Consejo de Ministros, la
Más detallesEl riesgo financiero se define por la concurrencia de alguna de las situaciones siguientes:
GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE ORDENACIÓN RIESGO FINANCIERO 2016 Art. 39.1.a) Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre. Se ha habilitado una aplicación
Más detallesNEWSLETTER Real Decreto Ley 8/2013: Tercera y última fase del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores
NEWSLETTER Real Decreto Ley 8/2013: Tercera y última fase del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores El ámbito objetivo de aplicación del Real Decreto-Ley 8/02013, de 28 de junio 1, para
Más detallesIMPORTANTE: La presente solicitud de adhesión debe referirse exclusivamente a medidas que no se hubieran solicitado en los Fondos de 2015 y/o 2016
GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE ORDENACIÓN PRUDENCIA 2017 Art. 39.1.b) Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre. Se ha habilitado una aplicación
Más detallesMEDIDAS DE LIQUIDEZ PARA ENTIDADES LOCALES CON PROBLEMAS FINANCIEROS
JORNADAS CON SUBDELEGADOS DEL GOBIERNO Y DIRECTORES INSULARES MEDIDAS DE LIQUIDEZ PARA ENTIDADES LOCALES CON PROBLEMAS FINANCIEROS Rosana Navarro Heras Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local
Más detallesF.1.2.B1 Capacidad/Necesidad Financiación calculada conforme SEC. F.1.2.B2.1 Detalle de las inversiones financieramente sostenibles (DA 6 LO 2/2012)
v.1.1-10.34.251.174 F.1.4.1 Balance ESFL F.1.4.2 Cuenta de resultados ESFL F.1.2.12 Situación de ejecución de efectivos F.1.2.9 Calendario y Presupuesto Tesorería F.1.2.13 Deuda viva y previsión de Vencimientos
Más detallesEl endeudamiento local en 2016
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado una nueva nota informativa sobre el Régimen legal aplicable a las operaciones de endeudamiento a largo plazo a concertar por la entidades
Más detallesCALENDARIO EN MATERIA PRESUPUESTARIA
CALENDARIO EN MATERIA PRESUPUESTARIA Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Materia 168.2 Remisión a la Entidad
Más detallesCALENDARIO EN MATERIA PRESUPUESTARIA
CALENDARIO EN MATERIA PRESUPUESTARIA La crisis económica ha puesto de manifiesto la necesidad de fortalecer el principio de transparencia, para contribuir a la generación de confianza en las AAPP, y facilitar
Más detallesPRUDENCIA FINANCIERA EN OPERACIONES DE ACTIVOS, AVALES, REAVALES Y OTRAS MEDIDAS -RÉGIMEN GENERAL DE ENDEUDAMIENTO 2016
PRUDENCIA FINANCIERA EN OPERACIONES DE ACTIVOS, AVALES, REAVALES Y OTRAS MEDIDAS -RÉGIMEN GENERAL DE ENDEUDAMIENTO 2016 Alejandro Rodríguez Fernández Subdirector General Adjunto Subdirección General de
Más detallesLey de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local: Modificaciones en la gestión económica y presupuestaria
Y ADMINISTRACIONES Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local: Modificaciones en la gestión económica y presupuestaria Barcelona, Barcelona, 18 18 de de febrero febrero de de 2014
Más detallesINFORME ECONÓMICO FINANCIERO. 1.- Bases utilizadas para la evaluación de los ingresos.
INFORME ECONÓMICO FINANCIERO José Manuel Ortiz Fuentes Interventor de Fondos de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo ordenado en los artículos 168.1.e) del TRLRHL aprobado por Real Decreto Legislativo
Más detallesREGIMEN DE LOS CONSORCIOS TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 27/2013 DE RACIONALIZACION Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACION LOCAL
REGIMEN DE LOS CONSORCIOS TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 27/2013 DE RACIONALIZACION Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACION LOCAL NORMATIVA Artículo 57 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen
Más detallesSECTOR PÚBLICO LOCAL (I) REORDENACIÓN Y ESPECIAL CONSIDERACION DE LOS CONSORCIOS.
SECTOR PÚBLICO LOCAL (I) REORDENACIÓN Y ESPECIAL CONSIDERACION DE LOS CONSORCIOS. 1. Normativa aplicable. Artículo 1. Dieciséis y veintiuno de la LRSAL, que modifica los artículos 57 y 85 de la LBRL. Artículo
Más detallesLEY 47/2003, DE 26 DE NOVIEMBRE, GENERAL PRESUPUESTARIA
LEY 47/2003, DE 26 DE NOVIEMBRE, GENERAL PRESUPUESTARIA Publicación: Día 27 de noviembre de 2003, BOE núm. 284. Entrada en vigor: 1 de enero de 2005. No obstante lo anterior, entrarán en vigor el día 1
Más detallesPrimero.- Habilitación legal.
INFORME PARA LA CONCERTACION DE UNA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO POR IMPORTE DE 1.245.781,55 PARA FINANCIAR INVERSIONES. Dª Miriam Aguilera González, Interventora del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba) INFORMA:
Más detallesEstabilidad Financiera y Regla del Gasto Estimación Techo del Gasto y Aplicación Superávit
Estabilidad Financiera y Regla del Gasto Estimación Techo del Gasto y Aplicación Superávit Febrero 2016 Objetivo y alcance Determinar la regla del gasto y gasto computable (techo del gasto) Determinar
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES
NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LA ENTIDADES LOCALES EN EL EJERCICIO 2018. 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES Sin perjuicio
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA 5/2012: LEY 2/2012, DE 29 DE JUNIO, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2012
CIRCULAR INFORMATIVA 5/2012: LEY 2/2012, DE 29 DE JUNIO, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2012 En el B.O.E de 30 de junio de 2012, se ha publicado la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos
Más detallesPLANES DE SANEAMIENTO - PLANES ECONOMICO FINANCIEROS - PLANES DE AJUSTE - PLANES PRESUPUESTARIOS
PLANES DE SANEAMIENTO - PLANES ECONOMICO FINANCIEROS - PLANES DE AJUSTE - PLANES PRESUPUESTARIOS Planes de Saneamiento Plan Económico Financiero i Plan de Ajuste Planes presupuestarios ii Objeto Normativa
Más detallesNOTA SOBRE EL DESARROLLO DE LA SEGUNDA FASE DEL MECANISMO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES LOCALES.
NOTA SOBRE EL DESARROLLO DE LA SEGUNDA FASE DEL MECANISMO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES LOCALES. Introducción. Con la publicación del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, se
Más detallesCircular 21/2013. FEMP c/ Nuncio, Madrid (T) (F)
Circular 21/2013 Asunto: Principales cifras de la financiación de las Entidades Locales en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014 Las Entidades Locales recibirán del Estado en 2014
Más detallesProyecto de RD por el que se desarrolla la metodología de cálculo del PMP 1 Montse Carpio (
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y LAS CONDICIONES Y EL PROCEDIMIENTO DE RETENCIÓN DE
Más detallesINFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR
INFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3º TRIMESTRE Índice 1. Condicionalidad fiscal... 5 1.1. Medidas correctoras de ingresos y gastos...
Más detallesFONDO DE IMPULSO ECONÓMICO (FIE)
a fondo FONDO DE IMPULSO ECONÓMICO (FIE) Publicación de Resoluciones y Acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos (CDGAE). El Real Decreto Ley 17/2014 (en adelante, RDL) en su artículo 52
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
EXTRACTO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS EL 22 DE DICIEMBRE DE 2016, RELATIVO A LA DISTRIBUCIÓN PARA 2016 (SEGUNDA FASE) DE LA FINANCIACIÓN DE LOS COMPARTIMENTOS
Más detallesINFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR
INFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID 4º TRIMESTRE Índice 1. Condicionalidad fiscal... 5 1.1. Medidas correctoras de ingresos y gastos... 5 1.2. Retenciones
Más detallesPropuesta de acuerdo de adhesión a la medida de ampliación en 3 años del
Departament: Còdi orgànic Informe ref. INTERVENCIÓ 64 2017 Plan saneamiento financiero 2017 2021 Unitat destinatària Àrea: PLE Departament: Destinatari/tària: Assumpte: Propuesta de acuerdo de adhesión
Más detalles1º Deberá entrar con el usuario y contraseña de su Corporación:
GUÍA DE USUARIO PARA LA APLICACIÓN DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE ORDENACIÓN PRUDENCIA 2015 Art. 39.1.b) Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre. Se ha habilitado una aplicación
Más detallesMODIFICACIÓN DESTACADA RESPECTO DE LA NOTA ANTERIOR:
Nota relativa a la ampliación de 60 a 120 mensualidades del período de reintegro de los saldos que resultaron a cargo de las entidades locales en las liquidaciones de la participación en tributos del Estado
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
EXTRACTO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS EL 25 DE ENERO DE 2018, RELATIVO A LA DISTRIBUCIÓN PARA 2018 DE LA FINANCIACIÓN DE LOS COMPARTIMENTOS FONDO DE
Más detallesExcmo. Ayuntamiento de La Palma del Condado ESTADO DE PREVISIÓN DE MOVIMIENTOS Y SITUACIÓN DE LA DEUDA
ESTADO DE PREVISIÓN DE MOVIMIENTOS Y SITUACIÓN DE LA DEUDA El artículo 166 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Más detallesLEY ORGÁNICA 9/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE CONTROL DE LA DEUDA COMERCIAL EN EL SECTOR PÚBLICO
LEY ORGÁNICA 9/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE CONTROL DE LA DEUDA COMERCIAL EN EL SECTOR PÚBLICO La reforma del artículo 135 de la Constitución Española (destinada a garantizar por vía constitucional el
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
1 Resolución de 11 de abril de 2017 de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes por los ayuntamientos que pueden acogerse a
Más detallesLey 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Estatal PRESUPUESTOS DEL ESTADO Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. Publicación BOE 30 de junio de 2012. Entrada en vigor Al día siguiente de su publicación
Más detallesConcejalía de Economía y Hacienda Departamento de Gestión Presupuestaria
INFORME ECONÓMICO FINANCIERO PRESUPUESTO DE 2018. Una vez examinada la evolución, tanto de los ingresos como de los gastos, de los últimos ejercicios, y debiendo realizar una proyección para el ejercicio
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
NOTA INFORMATIVA SOBRE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 32 DE LA LEY ORGÁNICA 2/2012, DE 27 DE ABRIL, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA El pasado 28 de junio el Consejo de Ministros ha
Más detallesINFORME DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº 181/2018
INFORME DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº 181/2018 ASUNTO: EVALUACION ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y REGLA DE GASTO LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2017. 1. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA: Conforme a lo dispuesto
Más detallesENERO. c) El informe de la intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y del límite de la deuda.
Determina esta Orden el procedimiento, contenido y frecuencia de remisión de la información económico-financiera a suministrar por las Corporaciones Locales al Ministerio de Hacienda y Administraciones
Más detallesExcmo. Ayuntamiento de La Palma del Condado ESTADO DE PREVISIÓN DE MOVIMIENTOS Y SITUACIÓN DE LA DEUDA
ESTADO DE PREVISIÓN DE MOVIMIENTOS Y SITUACIÓN DE LA DEUDA El artículo 166 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Más detallesINFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR
INFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA 4º TRIMESTRE Índice 1. Condicionalidad fiscal... 4 1.1. Medidas correctoras de ingresos y gastos...
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL DE LA DEUDA COMERCIAL EN EL SECTOR PÚBLICO
ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL DE LA EN EL SECTOR PÚBLICO 01-07-2013 NECESIDAD DE LA REFORMA REFORMA DEL CONTROL DE LA La LO 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF)
Más detalles(Publicado en el BOE de 30 de julio)
REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y LAS CONDICIONES Y EL PROCEDIMIENTO DE RETENCIÓN
Más detallesEjecuciones trimestrales de las Entidades Locales Trimestre 2 - Ejercicio 2015
Atención: recuerde que los cambios que haga aquí pueden afectar a otros formularios, como por ejemplo el Calendario y Presupuesto de tesorería. (Unidad: Euros) CLASIFICACIÓN ECONÓMICA INGRESOS Previsiones
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
EXTRACTO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS EL 16 DE DICIEMBRE DE 2015, RELATIVO A LA DISTRIBUCIÓN PARA 2015 (SEGUNDA FASE) DE LA FINANCIACIÓN DE LOS COMPARTIMENTOS
Más detallesPLAN DE ERRADICACIÓN DE LA MOROSIDAD
PLAN DE ERRADICACIÓN DE LA MOROSIDAD MARZO de 2014 El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha puesto en marcha un conjunto de reformas para erradicar la morosidad en el sector público que
Más detallesINFORME DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº 115/2017
INFORME DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº 115/2017 ASUNTO: EVALUACION ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y REGLA DE GASTO LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2016. 1. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA: Conforme a lo dispuesto
Más detallesLIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2013 INFORME DE INTERVENCIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2013 INFORME DE INTERVENCIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Se emite el presente informe en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.2 del
Más detalles- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
COMARCA ALTO GALLEGO INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD Y DEL LÍMITE DE DEUDA EN EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2018 D/Dª Angel Mª Jaen Bayarte,
Más detalles1 de 1 11/12/ :56
https://serviciostelematicos.minhap.gob.es/trimestrales2015/aspx/ec... 1 de 1 11/12/2015 13:56 Atención: recuerde que los cambios que haga aquí pueden afectar a otros formularios, como por ejemplo el Calendario
Más detallesINFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR
INFORMACIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE EL PLAN DE AJUSTE EN VIGOR COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS 3º TRIMESTRE Índice 1. Condicionalidad fiscal... 5 1.1. Medidas correctoras de ingresos y gastos... 5 1.2. Acuerdos
Más detallesAlicante, 13 de febrero de 2014 Gabriel Hurtado López Subdirector General de Estudios y Financiación de Entidades Locales
Y ADMINISTRACIONES Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local: - Incidencia en las haciendas locales - El coste efectivo de los servicios - Control interno y externo - Compensación
Más detallesDIVISIÓN DE CONTABILIDAD
DIVISIÓN DE CONTABILIDAD Le corresponde a esta División la ejecución, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Intervención General, de todas las actividades que competen a la Intervención
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES
NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LA ENTIDADES LOCALES EN EL EJERCICIO 2017. 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES Sin perjuicio
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES
NOTA INFORMATIVA SOBRE EL RÉGIMEN LEGAL APLICABLE A LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A LARGO PLAZO A CONCERTAR POR LA ENTIDADES LOCALES EN EL EJERCICIO 2017. 1.- FINANCIACIÓN DE INVERSIONES Sin perjuicio
Más detallesAplicación del superávit presupuestario. Desarrollo del artículo 32 LOEPYSF. 1 Dónde se regula la aplicación del superávit presupuestario?
GUÍA DIDÁCTICA Aplicación del superávit presupuestario. CONTENIDO 1 Dónde se regula la aplicación del superávit presupuestario? 2 Cuáles son los destinos del superávit? 3 Regla general: Aplicación del
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES 1 INTRODUCCIÓN 2 2 INFORME DE INTERVENCIÓN 4
Expediente n.º /20 ÍNDICE DE DOCUMENTOS DOCUMENTO PÁGINAS 1 INTRODUCCIÓN 2 2 INFORME DE INTERVENCIÓN 4 INTRODUCCIÓN El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, que desarrolla
Más detallesINFORME 143/2015. Estos dos principios fundamentales de actuación de las Administraciones Públicas se concretan en el cumplimiento de:
INFORME 143/2015 Que emite el Interventor de la Diputación Provincial de Huesca, para evaluar tres objetivos; el de estabilidad presupuestaria, el de la regla de gasto y el de sostenibilidad financiera
Más detallesSERVICIO DE CONTABILIDAD
SERVICIO DE CONTABILIDAD A) Disposiciones reguladoras En primer lugar se hace necesario poner de manifiesto las principales normas estatales o autonómicas que se refieren a la gestión económico financiera
Más detallesROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife,
ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife, CERTIFICA: que en el Acta de la reunión celebrada por el Gobierno el
Más detallesF.1.2.B1 Capacidad/Necesidad Financiación calculada conforme SEC. F.1.2.B2.1 Detalle de las inversiones financieramente sostenibles (DA 6 LO 2/2012)
v.1.1-10.34.251.174 F.1.4.1 Balance ESFL F.1.4.2 Cuenta de resultados ESFL F.1.2.12 Situación de ejecución de efectivos F.1.2.9 Calendario y Presupuesto Tesorería F.1.2.13 Deuda viva y previsión de Vencimientos
Más detallesLEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
LEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INDICE Objetivos de la ley Principios generales Las tres reglas fiscales - Equilibrio estructural
Más detallesAYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ
AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ PLAN ECONÓMICO FINANCIERO 2018-2019 1 1.- CAUSAS DIAGNÓSTICO Y PREVISIÓN TENDENCIAL La liquidación del ejercicio 2017 del Ayuntamiento de Iznalloz incumple el objetivo de estabilidad
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN DETERMINACION DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES. PERIODO: TERCER TRIMESTRE 2017.
INFORME DE INTERVENCIÓN DETERMINACION DEL MEDIO DE A PROVEEDORES. : TERCER TRIMESTRE 2017. 1. OBJETO DEL INFORME. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio,
Más detallesEl artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) indica que:
DETERMINACIÓN DE LA REGLA DE GASTO DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA PARA LAS CORPORACIONES LOCALES. El artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012,
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN GENERAL
INFORME DE INTERVENCIÓN GENERAL ASUNTO: EVALUACIÓN DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA EN LA UNIDAD INSTITUCIONAL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ CON LOS DATOS OBTENIDOS DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
Más detallesEl Área de Asistencia y Modernización Local de la Diputación Provincial (Servicio Cuarto Espacio): Funciones de apoyo integral a los Ayuntamientos
El Área de Asistencia y Modernización Local de la Diputación Provincial (Servicio Cuarto Espacio): Funciones de apoyo integral a los Ayuntamientos José Javier Muñoz Casas Interventor Jefe del Área de Asistencia
Más detalles1. MODIFICACIÓN DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL (LRBRL).
ESQUEMA-COMENTARIO DE LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL). MODIFICACIONES MÁS RELEVANTES QUE INTROCUCE EL CITADO TEXTO LEGAL. El día
Más detallesLos Fondos de Financiación y sus compartimentos. Condiciones Financieras
Los Fondos de Financiación y sus compartimentos El Real Decreto-ley regula en sus Títulos II y III Fondos de Financiación a Comunidades Autónomas y a Entidades Locales, respectivamente. El Fondo de Financiación
Más detallesenero 2016 Eva Donoso Atienza
enero 2016 Eva Donoso Atienza Artículo 32 de la LOEPSF: destino del superávit. D. A. 6ª de la LOEPSF: posibles destinos del superávit La disposición adicional 82 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, PGE:
Más detallesAplicación del superávit presupuestario. Desarrollo del artículo 32 LOEPYSF. 1 Dónde se regula la aplicación del superávit presupuestario?
GUÍA DIDÁCTICA Aplicación del superávit presupuestario. CONTENIDO 1 Dónde se regula la aplicación del superávit presupuestario? 2 Cuáles son los destinos del superávit? 3 Regla general: Aplicación del
Más detallesTÍTULO VII. De los Entes Territoriales CAPÍTULO I. Entidades Locales
TÍTULO VII De los Entes Territoriales CAPÍTULO I Entidades Locales Sección 1.ª Liquidación Definitiva de la Participación en Tributos del Estado correspondiente al año 2011 Artículo 82. Régimen jurídico
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA INFORME DE INTERVENCIÓN ASUNTO: Dación de cuenta de información trimestral remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relativa al seguimiento
Más detalles1.- Se modifica el ar0culo 4 de la LOEPSF para introducir el concepto ampliado de sostenibilidad financiera. 2.- La modificación del ar0culo 13 de la
Enero 2014 1.- Se modifica el ar0culo 4 de la LOEPSF para introducir el concepto ampliado de sostenibilidad financiera. 2.- La modificación del ar0culo 13 de la LOEPSF, con la introducción de un apartado
Más detallesLey Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, DE LA REGLA DE GASTO Y DEL LÍMITE DE LA DEUDA PÚBLICA CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN
INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DEUDA PÚBLICA CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO 2018. Beatriz Courel Lloret,
Más detallesArtículo 32 LOEPSF. Agosto de
Artículo 32 LOEPSF Agosto de 2013 Artículo 32 LOEPSF EL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL DE LA DEUDA COMERCIAL: MODIFICA EL ARTÍCULO 32 DE LA LOEPSF Artículo 32 LOEPSF ES UN AVANCE DE LA INFORMACIÓN
Más detallesEXPEDIENTE DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO 1. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO.
CONSELLERIA D'HISENDA I ADMINISTRACIÓ PÚBLICA Palau, 12 46003 VALENCIA Tel. 96 386 62 00 Fax 96 386 51 37 SECRETARIA AUTONÒMICA D HISENDA I PRESSUPOSTOS DIRECCIÓ GENERAL DE PRESSUPOSTOS EXPEDIENTE DE SOLICITUD
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA
SERVICIO: REF. INT.: 126/2016 REF. EXT.: ASUNTO: INFORME DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, DE LA REGLA DE GASTO Y DEL LÍMITE DE DEUDA CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN
Más detallesÍNDICE CAPÍTULO 1: LA CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES 1.- SÍNTESIS EVOLUTIVA DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA
ÍNDICE CAPÍTULO 1: LA CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES 1.- SÍNTESIS EVOLUTIVA DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 2.- LAS NUEVAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD LOCAL: MODELO NORMAL Y MODELO SIMPLIFICADO 2.1.-
Más detallesTITULO VII. De los entes territoriales CAPITULO I. Entidades Locales
211. TITULO VII De los entes territoriales CAPITULO I Entidades Locales SECCIÓN 1ª. LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DE LA PARTICIPACIÓN EN TRIBUTOS DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2009 Artículo 98.- Régimen jurídico
Más detallesconsolidado 2014 del grupo integrado por la Diputación Provincial de Málaga y sus
Punto núm. 1.3.3.- Sesión ordinaria del Pleno de 06/05/2015.- COMISION INFORMATIVA DE MODERNIZACIÓN LOCAL Y ESPECIAL DE CUENTAS.- Delegación de Economía y Hacienda: Cuantificación y destino del superávit
Más detallesINFORME DE INTERVENCION
Mª Pilar Santafe Pomed (1 de 1) Interventora Fecha Firma: 27/04/2018 HASH: 2e9bc028a39a833ff3c7cfe792d5221b INFORME DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE MOROSIDAD EN EL AÑO 2017
Más detallesPrincipios de la reforma local La Nueva Planta y los consorcios. Manuel Arenilla Sáez
Principios de la reforma local La Nueva Planta y los consorcios Manuel Arenilla Sáez Objetivos Apuntar el origen de la reforma local Presentar los rasgos de la reforma local Mostrar la nueva planta local
Más detallesLEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
LEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INDICE Objetivos de la ley Principios generales Las tres reglas fiscales - Equilibrio estructural
Más detallesINFORME DE INTERVENCIÓN
INFORME DE INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, DE LA REGLA DEL GASTO Y DEL LÍMITE DE DEUDA CON MOTIVO DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL CONSOLIDADO
Más detallesINFORME DE INTERVENCION
INFORME DE INTERVENCION CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2016 LEGISLACIÓN APLICABLE: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
Más detallesINFORME DE LA INTERVENCIÓN 846/2015 SOBRE ESTABILIDAD MODIFICACIONES CRÉDITO 4, 5 Y 6/2015
INFORME DE LA INTERVENCIÓN 846/2015 SOBRE ESTABILIDAD MODIFICACIONES CRÉDITO 4, 5 Y 6/2015 I. NORMATIVA APLICABLE Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Real Decreto Legislativo
Más detalles