Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

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1 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO ALCOY CONVOCATORIA BOLSAS DE TRABAJO EXTERNAS BIENESTAR SOCIAL BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO DE PERSONAL DE BIENESTAR SOCIAL BASE PRIMERA. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la creación de varias bolsas de trabajo de personal adscrito al Departamento de Bienestar Social, con el fin de hacer frente a las necesidades temporales de personal que puedan surgir por ausencias, incapacidades temporales u otras urgencias. Las diferentes especialidades que se solicitan son las siguientes: - Psicólogo - Trabajador Social - Educador Social - Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Las funciones de cada uno de los puestos se enumeran en el anexo 1 de esta convocatoria. La selección se efectuará en base a la realización de un ejercicio, además de la valoración de méritos aportados. Pág / 2015

2 BASE SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias: - Tener la nacionalidad española, la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea, o la de otro país extranjero en los términos previstos en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. - Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. - No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de la plaza a la que se opte. - No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Además, para cada uno de los puestos convocados, se requieren los siguientes requisitos específicos de formación: - Psicólogo: estar en posesión del título de licenciado o grado en psicología o equivalente, así como formación complementaria en materia de terapia familiar. - Trabajador Social: estar en posesión del título de diplomado o grado en trabajo social o equivalente. - Educador Social: estar en posesión del título de diplomado o grado en educación social o equivalente, o titulado universitario con habilitación profesional emitida por el correspondiente Colegio Oficial de Educadores Sociales. - Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio: estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, así como del título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, técnico de atención socio-sanitaria, o certificado de profesionalidad de atención socio sanitaria a personas en el domicilio. Las equivalencias de los títulos deben ser acreditadas por los propios aspirantes, exigiéndose certificación sobre las equivalencias. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente homologados. Pág / 2015

3 BASE TERCERA. Presentación de instancias. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, se dirigirán al Presidente de la Corporación, indicando la especialidad a la que se opta y acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados, así como justificación del pago de las tasas correspondientes, de acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, según el desglose que consta en el anexo 4 de esta convocatoria. Las instancias podrán presentarse en la Oficina de Registro de este Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y podrán ser descargadas en la página web de este Ayuntamiento ( Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón electrónico de anuncios de esta Corporación. BASE CUARTA. Ejercicio. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Psicólogo, Trabajador Social y Educador Social Se realizará un ejercicio a los aspirantes consistente en el desarrollo por escrito de dos temas escogidos al azar de entre los que componen el temario que, para cada uno de los puestos convocados, figura en el anexo 2 de esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización del ejercicio se establece en una hora. Pág / 2015

4 Los temas desarrollados serán leídos en sesión pública ante la Comisión de Valoración, que podrá formular las preguntas o aclaraciones que sobre los mismos juzgue oportunas. Cada uno de los temas del ejercicio será valorado con un máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener al menos 2,5 puntos en cada uno de ellos para considerar superado el ejercicio y formar parte de la bolsa de trabajo correspondiente. Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Se realizará un ejercicio tipo test sobre el contenido del temario que, para este puesto, figura en el anexo 2 de esta convocatoria. Dicho ejercicio se compondrá por una batería de 40 preguntas con tres respuestas posibles, de las cuales sólo una será la correcta. Las contestaciones correctas tendrán un valor de 0,25 puntos, y cada una de las contestadas incorrectamente restarán 0,10 puntos a la nota total. Así, este ejercicio será valorado con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para considerarlo superado y formar parte de la bolsa de trabajo correspondiente. BASE QUINTA. Méritos. Los méritos de los concursantes que hayan superado el ejercicio serán valorados de conformidad al siguiente baremo, que cada aspirante deberá autoevaluar según el impreso incluido como anexo 3 a esta convocatoria: 1.- Experiencia profesional (hasta un máximo de 6 puntos) - Por cada mes completo de servicios prestados en la administración pública (hasta un máximo de 3 puntos): 1. en el mismo puesto de trabajo: 0,10 puntos. 2. en diferente puesto de trabajo: 0,05 puntos. - Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, con funciones similares a las del puesto ofertado (hasta un máximo de 3 puntos): 0,05 puntos. Pág / 2015

5 Únicamente se considerará acreditada esta experiencia profesional si se aporta certificación oficial de períodos de cotización en el régimen general de la seguridad social o en alguno de los regímenes especiales dentro del grupo de cotización de la categoría y grupo de las vacantes especificadas en la presente convocatoria, junto con los contratos de trabajo, y/o nóminas que acrediten la relación contractual y categoría profesional. No se computaran servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros ya alegados. 2.- Conocimiento del Valenciano (hasta un máximo de 2,50 puntos): Este apartado únicamente será valorado en caso de que no se haya realizado una prueba de valenciano en la fase de oposición, y se acreditará con el título de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià: - Oral: 1,00 punto - Elemental: 1,50 puntos - Medio: 2,00 puntos - Superior: 2,50 puntos Sólo se valorará la titulación más alta del valenciano. 3.- Titulaciones (hasta un máximo de 2,75 puntos): Se valorarán teniendo en cuenta los siguientes criterios: - Título de Licenciado o equivalente: 2,50 puntos. - Diplomado Universitario o equivalente: 2,00 puntos. - Ciclos Formativos de Grado Superior: 1,75 puntos. - Título de bachillerato, Acceso a la Universidad para mayores de 25 años o equivalente, Ciclo Formativo de Grado Medio: 1,50 puntos. - Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente: 1,00 punto. Sólo se valorarán las titulaciones superiores a las exigidas como requisitos de la convocatoria, y entre ellas, únicamente la titulación académica más alta. Si la titulación aportada como mérito tiene relación directa con el puesto a desempeñar, se añadirán 0,25 puntos adicionales. 4.- Cursos de Formación y Perfeccionamiento especifico (hasta un máximo de 6 puntos): Para la acreditación de títulos, diplomas y cursos se estará a lo dispuesto en el Decreto 176/93 del Consell de la Generalitat Valenciana, que modifica el Decreto 117/91, también de la Generalitat Valenciana, y que dice así: "Se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o Escuelas Oficiales de formación de funcionarios, u otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los Institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad." Pág / 2015

6 La valoración de cada curso, se efectuará en función de su duración, y se realizará según el siguiente desglose: - Cursos relacionados directamente con materias propias del puesto a desempeñar: 0,02 puntos por hora de formación. - Cursos de prevención de riesgos laborales: 0,005 puntos por hora de formación, con un límite máximo de 1,5 puntos. No serán valorados aquellos cursos que no cumplan los requisitos mencionados en el punto anterior. BASE SEXTA. Comisión de valoración. Estará compuesta por un presidente, un secretario y tres vocales, además de sus correspondientes suplentes, que serán nombrados por el Alcalde. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplente, indistintamente. BASE SÉPTIMA. Normativa de aplicación. En lo no dispuesto en las presentes bases específicas, regirá lo dispuesto en el Reglamento de Bolsas de Trabajo externas aprobado por este Ayuntamiento, expuesto en la web municipal, así como en la legislación vigente. ANEXO 1. Funciones de los puestos. Seguidamente se procede a describir las funciones que competen a cada puesto de trabajo, haciendo constar que todos ellos contienen las siguientes particularidades: - Información al público. - Utilización, cuidado y mantenimiento de las herramientas, material y maquinaria para el desempeño de su puesto. - Cualquier otra función relacionada con su puesto de trabajo que se le encomiende, de acuerdo con su grupo y categoría. Los posibles conflictos serán resueltos por la Mesa de Negociación. - En aquellos departamentos o servicios en los que existan alumnos en prácticas o becarios, la jefatura de los mismos asumirá su control y seguimiento. Pág / 2015

7 - Será función de todos aquellos puestos que tengan trabajadores a su cargo, la comunicación a sus superiores de cualquier incidencia relacionada con la actividad de los mismos. PSICÓLOGO: - Evaluación e intervención individual, familiar y comunitaria. - Asesoramiento y orientación psicológica a la población. - Coordinación con otros profesionales del Departamento de Servicios Sociales u otros organismos. - Elaboración y ejecución de Programas. - Emisión de informes periódicos y memorias valoradas. - Las tareas propias de su profesión, que le sean encomendadas por el Jefe del Departamento. - Aquellas otras para las que lo habilita su titulación profesional. Coordinación en menores: - Coordinar y procurar el cumplimiento de los procedimientos de actuación en investigación de posibles situaciones de desprotección infantil en las zonas. - Consensuar criterios de actuación. - Desarrollar materiales de apoyo. - Conocer y compartir la legislación y los cambios normativos que se vayan produciendo. - Estar disponible para las demandas de orientación de los profesionales de las zonas. - Colaborar en el análisis de casos y en la toma de decisiones mediante reuniones regulares, habitualmente quincenales, con cada una de las UTS. - Mantener cauces de comunicación y poder representar técnicamente al Departamento en el ámbito del menor con la D.T. de Bienestar Social y otras instituciones y servicios. Coordinación en familia: - Consensuar la metodología de actuación en intervención familiar en las distintas zonas. - Participar en las derivaciones de las zonas al SEAFI y viceversa. - Coordinar el trabajo diario del SEAFI. - Participar en la supervisión de los casos de intervención familiar y en la planificación de los casos de acogimiento en las reuniones semanales que se realizan. - Mantener cauces de comunicación y poder representar técnicamente al SEAFI con la D.T. y la D.G. de Bienestar Social y otras instituciones y servicios. Pág / 2015

8 TRABAJADOR SOCIAL: - Aquellas funciones para las que le habilite el título medio exigido. - Elaboración y ejecución de Programas. - Informar a la Corporación y a los distintos departamentos dentro de su específica competencia, cuando se les requiera. - Redacción y valoración de proyectos dentro de su ámbito. - Estudio, informe y gestión de los expedientes. - Control del cumplimiento y correcta aplicación de la normativa aplicable dentro de su ámbito. - Colaboración y coordinación con otros organismos y/o entidades. - Emisión de informes periódicos y memorias valoradas. - Detección y evaluación de las necesidades del Municipio en relación a las prestaciones que éste gestiona. - Tramitación y gestión de prestaciones, servicios y recursos municipales, así como expedientes para su derivación a otros organismos. - Información, asesoramiento y orientación a la población sobre recursos en materia de servicios sociales. EDUCADOR SOCIAL: - Intervención preventiva y educativa en individuos, familias y grupos contribuyendo a la ejecución de los distintos programas y proyectos. - Colaboración con otros técnicos en la planificación y evaluación de los diferentes proyectos de intervención. - Detección de las necesidades en el ámbito del trabajo del educador. - Desarrollo de tareas educativas de inserción social. - Servir de referente y modelo de identificación en las tareas educativas. AUXILIAR DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO: - Atención al beneficiario con arreglo a las instrucciones y directrices establecidas por el técnico de Servicios Sociales. - Participar, junto con el equipo, en la elaboración de programas individuales de atención en el área de su cometido, y en las orientaciones que precisen los usuarios. - Aseo, higiene personal y del entorno del beneficiario. Lavado y arreglos sencillos de ropa. Pág / 2015

9 - Ayudar en la administración de la economía doméstica en situaciones que así lo precisen. - Atenciones de carácter personal y de acompañamiento. Control sanitario de los usuarios (vacunaciones, citaciones, controles médicos). - Realización de la compra y preparación de las comidas, incluyendo regímenes alimenticios por prescripción facultativa. - Levantar y vestir al beneficiario, si procede. - Fomentar la integración y participación del usuario en el entorno. - Atención a cualquier otra situación o necesidad análoga que el beneficiario no pueda resolver por sí mismo. ANEXO 2. Temarios. PSICÓLOGO: 1. Organización de los Servicios Sociales desde las distintas competencias de ámbito nacional, autonómico y local. 2. Los servicios sociales generales: definición, finalidad, objetivos y programas. Los servicios sociales especializados: definición, finalidad, objetivos y programas. 3. El Equipo Municipal de Servicios Sociales. 4. Intervención desde la perspectiva Comunitaria. 5. El trabajo en red desde los Servicios Sociales. 6. El papel del psicólogo en los equipos multiprofesionales de intervención social. Funciones del psicólogo en el ámbito de los servicios sociales municipales. 7. Código deontológico. La deontología en el desarrollo del rol institucional del psicólogo. 8. La atención en los primeros contactos con la familia en Servicios Sociales. La demanda y su análisis. Evaluación de necesidades sociales: concepto, modelos de evaluación y metodología de actuación. 9. La influencia del contexto familiar en el desarrollo psicológico durante la infancia y la adolescencia. Buenos Tratos. 10. Características físicas, emocionales y cognitivas de los estadios de desarrollo evolutivo infantil. 11. La pubertad y la adolescencia. 12. Protección, garantía de los derechos de los niños. Consideración de la infancia en el marco legal de los Derechos Humanos. El niño como sujeto de derechos. 13. Marco jurídico y competencial del sistema de protección de menores en España. Especial referencia a la comunidad valenciana: marco competencial, estructuras de organización, competencias de las entidades públicas y colaboradoras. 14. Ley 12/2008 de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana. 15. El equipo Municipal de Bienestar Social en la Protección de Menores. Pág / 2015

10 16. Maltrato infantil. Necesidades de la infancia. Definición y tipología del maltrato infantil. 17. Investigación de situaciones de desprotección por los Equipos Base de Bienestar Social. El papel del psicólogo. Valoración y toma de decisiones. 18. Medidas de protección y criterios. 19. Acogimiento familiar con familia extensa y familia educadora. Criterios de selección y actuación. 20. La adopción y la postadopción. Intervención del psicólogo. 21. La resilencia. Concepto y promoción. 22. Trabajo terapéutico con niños. 23. Trabajo terapéutico con adolescentes 24. La evaluación en la terapia familiar. 25. Mediación familiar, Concepto, Fases y Modelos de mediación. Marco normativo. 26. Teoría del Apego 27. Trastornos del apego y trauma complejo. 28. Intervención familiar desde Servicios Sociales. Modelos 29. Intervención familiar desde Servicios sociales. Control y apoyo. Crear alianzas de trabajo. 30. Intervención familiar con familias multiproblemáticas y menores en situación de riesgo o medida jurídica de protección. Establecer metas y objetivos. 31. El procedimiento administrativo, principios generales, La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común. Fases del procedimiento administrativo general y el silencio administrativo. TRABAJADOR SOCIAL: - La Ley 5/1997 de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana. - Los Servicios Sociales Generales. Concepto, características y organización. - Los Servicios Sociales Especializados. Concepto, características y organización. - Funciones y niveles de intervención del trabajador social en los Servicios Sociales Municipales. - El trabajo en un equipo municipal de servicios sociales. - La Renta Garantizada de Ciudadanía - El Programa de Información, Asesoramiento y Orientación en Servicios Sociales. - El Programa de Emergencia Social en Servicios Sociales. - El Programa de Convivencia en Servicios Sociales. - El Programa de Intervención para la Prevención Social de los Servicios Sociales. - El Servicio de Ayuda a domicilio. - El sistema de atención a la dependencia. Marco normativo y desarrollo en la Comunidad Valenciana. - Violencia de género: legislación y aspectos psicosociales, recursos y medidas asistenciales para la víctima. - Intervención familiar desde los servicios sociales generales Pág / 2015

11 - Procedimientos de protección en menores en situación de riesgo o desamparo en la comunidad valenciana - Actuación ante una notificación de una posible situación de maltrato infantil - Servicios Sociales y enfermos mentales. Marco normativo, recursos y programas municipales. - El Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales. - El procedimiento administrativo, principios generales, La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común. Fases del procedimiento administrativo general y el silencio administrativo. EDUCADOR SOCIAL: 1. La Ley 5/1997 de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana. 2. Los Servicios Sociales Generales. Concepto, características y organización. 3. Los Servicios Sociales Especializados. Concepto, características y organización. 4. Funciones y perfil del educador social en los Servicios Sociales Municipales. 5. El trabajo en un equipo municipal de servicios sociales. 6. écnicas Metodológicas del Educador Social 7. El Programa de Información, Asesoramiento y Orientación en Servicios Sociales. 8. El Programa de Emergencia Social en Servicios Sociales. 9. Recursos sociales en el municipio de Alcoy 10. El Programa de Intervención para la Prevención Social de los Servicios Sociales. 11. Ley 12/2008, de 3 de Julio, de protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la C.V. 12. El Servicio Especializado de atención a la familia y a la infancia 13. Violencia de género: legislación y aspectos psicosociales, recursos y medidas asistenciales para la víctima. 14. El absentismo escolar, prevención y tratamiento. 15. Procedimientos de protección en menores en situación de riesgo o desamparo en la comunidad valenciana 16. Trabajo en red desde los ssss municipales. 17. Servicios Sociales y enfermos mentales. Marco normativo, recursos y programas municipales. 18. El Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales. 19. El procedimiento administrativo, concepto, principios que le inspiran, actuaciones que comprende. Pág / 2015

12 AUXILIAR DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO: La Ley de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana Servicios Sociales Generales y Específicos Qué es el SAD? Descripción del Servicio. Objetivos y modalidades. El auxiliar de ayuda a domicilio El proceso de envejecimiento. Patologías físicas y psicológicas mas frecuentes en el anciano Patologías psicológicas mas frecuentes en el anciano El sistema de atención a la dependencia. Marco normativo y desarrollo en la Comunidad Valenciana. Descripción de las actuaciones de carácter doméstico, personal y de carácter general. El servicio de ayuda a domicilio en el Ayuntamiento de Alcoy Pág / 2015

13 ANEXO 3: Instancia e impreso de autovaloración de méritos. AJUNTAMENT D ALCOI Recursos Humanos SOLICITUD DE ADMISIÓN A BOLSA DE Espacio reservado para el sello de registro DATOS DEL/DE LA SOLICITANTE Apellidos y nombre DNI Fecha de nacimiento Sexo Nacionalidad Domicilio Número Población Provincia Código Postal Correo electrónico Teléfono/s de contacto DATOS DE LA CONVOCATORIA A LA QUE SE PRESENTA Denominación BOLSA DE TRABAJO DE Pág / 2015

14 DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA El/La abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases genéricas y particulares de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud. A los efectos que dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que sus datos personales, obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero telemático del Ayuntamiento de Alcoy. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos, tiene como única finalidad la gestión del procedimiento selectivo solicitado, teniendo usted los derechos a que se refiere el art. 5 de la citada Ley. En, a de de 20 Firma: (espacio reservado para la Administración) Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcoy Pág / 2015

15 RESUMEN AUTOVALORACIÓN EFECTUADA POR EL SOLICITANTE APELLIDOS Y NOMBRE: DNI: PUESTO AL QUE OPTA: Junto con la instancia deberá presentarse copia compulsada de los méritos alegados para su comprobación. AUTOVALORACIÓN BLOQUE I. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máx. 6 puntos) BLOQUE II. CONOCIMIENTO DEL VALENCIANO (max. 2,5 puntos) BLOQUE III. TITULACIONES (máx. 2,75 puntos) BLOQUE IV. CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO ESPECÍFICO (máx. 6 puntos) TOTAL Pág / 2015

16 DESGLOSE DE LOS MÉRITOS ALEGADOS BLOQUE I. EXPERIENCIA PROFESIONAL Meses completos TOTAL en el mismo puesto de trabajo: Por cada mes completo de servicios prestados en la administración pública (hasta un máximo de 3 puntos): en el mismo puesto de trabajo: 0,10 puntos. en diferente puesto de trabajo: 0,05 puntos. en diferente puesto de trabajo: Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, con funciones similares a las del puesto ofertado (hasta un máximo de 3 puntos): 0,05 puntos. Subtotal Bloque I Únicamente se considerará acreditada esta experiencia profesional si se aporta certificación oficial de períodos de cotización en el régimen general de la seguridad social o en alguno de los regímenes especiales dentro del grupo de cotización de la categoría y grupo de las vacantes especificadas en la presente convocatoria, junto con los contratos de trabajo, y/o nóminas que acrediten la relación contractual y categoría profesional. No se computaran servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros ya alegados. Pág / 2015

17 BLOQUE II. CONOCIMIENTO DEL VALENCIANO TOTAL Oral: 1,00 punto Elemental: 1,50 puntos Medio: 2,00 puntos Superior: 2,50 puntos Subtotal Bloque II Se acreditará con el título de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, y sólo se valorará la titulación más alta del valenciano. Pág / 2015

18 BLOQUE III. TITULACIONES TOTAL Título de Licenciado o equivalente: 2,50 puntos. Diplomado Universitario o equivalente: 2,00 puntos. Ciclos Formativos de Grado Superior: 1,75 puntos. Título de bachillerato, Acceso a la Universidad para mayores de 25 años o equivalente, Ciclo Formativo de Grado Medio: 1,50 puntos. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente: 1,00 punto. El título aportado tiene relación directa con el puesto a desempeñar: 0,25 puntos. Subtotal Bloque III Sólo se valorarán las titulaciones superiores a las exigidas como requisitos de la convocatoria, y entre ellas, únicamente la titulación académica más alta. Si la titulación aportada como mérito tiene relación directa con el puesto a desempeñar, se añadirán 0,25 puntos adicionales. Pág / 2015

19 BLOQUE IV. CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO ESPECÍFICO Nº de horas TOTAL Cursos relacionados directamente con materias propias del puesto a desempeñar: 0,02 puntos por hora de formación. Cursos de prevención de riesgos laborales: 0,005 puntos por hora de formación, con un límite máximo de 1,5 puntos. Subtotal Bloque IV Para la acreditación de títulos, diplomas y cursos se estará a lo dispuesto en el Decreto 176/93 del Consell de la Generalitat Valenciana, que modifica el Decreto 117/91, también de la Generalitat Valenciana, y que dice así: "Se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o Escuelas Oficiales de formación de funcionarios, u otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los Institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad." No serán valorados aquellos cursos que no cumplan los requisitos mencionados. Pág / 2015

20 ANEXO 4: Tasa por derechos de examen. La cuantía de la tasa vendrá determinada por una cantidad fija señalada en función del grupo de clasificación o de titulación en que se encuentren clasificadas las correspondientes plazas: Psicólogo (grupo A1): 53,50 Trabajador Social (grupo A2): 48,10 Educador Social (grupo A2): 48,10 Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio (agrupaciones profesionales): 24,60 Se encuentran exentos del pago de la tasa aquellos aspirantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: - Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, según certificado emitido por el INSERSO o la Comunidad Autónoma correspondiente, el cual se acompañará a la instancia de solicitud. - Las personas inscritas en el INEM como demandantes de empleo no subsidiarios, según certificados emitidos por la correspondiente Oficina de Empleo donde conste que se encuentra inscrito como demandante de empleo, y además que no percibe prestación económica de la misma. Estas certificaciones deberán acompañarse a la instancia de solicitud. Gozarán de una bonificación del 50% aquellos aspirantes miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición. El ingreso de la tasa resultante deberá realizarse en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que a continuación se detallan: 1. SABADELL-CAM ES LA CAIXA ES BBVA ES SANTANDER ES Alcoy, 10 de junio de El Alcalde, Antonio Francés Pérez Pág / 2015

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