UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA RECINTO UNIVERSITARIO RUBÉN DARÍO PROGRAMA DE BECAS REGLAMENTO DE BECAS UNAN-MANAGUA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA RECINTO UNIVERSITARIO RUBÉN DARÍO PROGRAMA DE BECAS REGLAMENTO DE BECAS UNAN-MANAGUA"

Transcripción

1 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA RECINTO UNIVERSITARIO RUBÉN DARÍO PROGRAMA DE BECAS REGLAMENTO DE BECAS UNAN-MANAGUA Aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria No. 23 del 29 de julio 2005

2 CONTENIDO Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES 3 Capítulo II OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE BECAS 3 Capítulo III POLÍTICAS 4 Capítulo IV REQUISITOS ACADÉMICOS 5 Capítulo V TIPOS DE BECAS 5 Capítulo VI ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y 12 ADMINISTRACIÓN Capítulo VII DE LA ADJUDICACIÓN DE BECAS 15 Capítulo VIII DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS BECARIOS 18 Capítulo IX DE LA DISCIPLINA 19 Capítulo X DISPOSICIONES TRANSITORIAS 23 2

3 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Arto. 1. Este Reglamento tiene por objetivo normar todas las actividades del Programa de Becas de la Universidad, organizado para los estudiantes que realizan estudios a nivel de grado, en los Cursos Regulares, Cursos de Profesionalización y Cursos por Encuentro. Arto.2.Este Reglamento es de obligatorio cumplimiento por las instancias y autoridades relacionadas con el Programa de Becas. Todos los becarios deberán cumplir las disposiciones contenidas en este Reglamento. Arto.3.Aquellos estudiantes que gozan de cualquier tipo de beca otorgada por instituciones nacionales e internacionales, o a título individual por parte de funcionarios públicos, no podrán ser beneficiarios de beca alguna en la Universidad. De haber faltado a la verdad, con este propósito se le suspenderá de inmediato la beca debiendo integrar lo recibido. CAPÍTULO II OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE BECAS Arto. 4. El Programa de Becas de la Universidad tiene los objetivos siguientes: a) Ofrecer oportunidades de estudio a los jóvenes que por sus limitados recursos económicos familiares, no tendrían posibilidad de estudiar y graduarse en la Universidad. b) Contribuir a la equidad social y territorial en la formación de profesionales. c) Incentivar el rendimiento académico en la Universidad. 3

4 d) Promover la integración de los estudiantes en las actividades de apoyo a los servicios académicos y administrativos, incluyendo la investigación y la extensión universitaria. CAPÍTULO III POLÍTICAS Arto. 5. Las becas se otorgarán con criterios de objetividad, racionalidad y equidad social. Arto. 6. Las becas se otorgarán a estudiantes de comprobadas dificultades socioeconómicas y de destacado rendimiento académico. Para el caso de las Becas Internas se tomará en cuenta el lugar de procedencia del estudiante. Arto. 7. Se otorgarán Becas Especiales a los estudiantes que se distingan por su excelencia académica, excelentes resultados en la Jornada Universitaria de Desarrollo Científico y/o en las actividades culturales o deportivas en el ámbito nacional de la Universidad. Arto. 8. El Programa de Becas se sustentará en las siguientes fuentes de financiamiento. a) Aporte del presupuesto estatal. b) Donaciones de personas naturales y jurídicas c) Convenios de cooperación nacional o internacional d) Aportes especiales de organismos nacionales e internacionales e) Aporte de la familia de los becarios f) Fondos provenientes del aporte de los ex - becarios. Arto. 9. Los estudiantes que han sido aceptados en segunda carrera y estudiantes que realizaron traslados externos que no llevan todas las asignaturas del semestre correspondiente, no gozarán de beca. 4

5 CAPÍTULO IV REQUISITOS ACADÉMICOS Arto. 10. Para solicitar ingreso al Programa de Becas el estudiante deberá haber aprobado todas las asignaturas precedentes y cumplir con los demás requisitos establecidos. Arto. 11. Para poder ser becario es indispensable estar cursando todas las asignaturas que contempla semestralmente el Plan de Estudios, excepto en aquellos casos en que el estudiante haya adelantado determinado número de créditos, incluyendo el caso de estudiantes que hicieron Cursos de Nivelación. Arto 12. Para los estudiantes que solicitan becas en el primer semestre de la carrera, se dispondrá de las calificaciones de los tres últimos semestres del bachillerato, magisterio o técnico medio y copia de la hoja de ubicación en la Universidad. Arto. 13. La condición de becario se pierde cuando el estudiante repruebe una asignatura en cualquiera de los semestres, no cumpla con el promedio establecido, haya sido objeto de sanción disciplinaria o no cumpla con los compromisos asumidos ante la Universidad en calidad de becario. CAPÍTULO V TIPOS DE BECAS 5

6 Arto. 14. La Universidad establece los siguientes tipos de becas: Internas, Externas, Especiales y de Alojamiento. Arto. 15. BECA INTERNA: otorga los beneficios de vivienda, alimentación completa, enseres para limpieza de las residencias universitarias, atención médica general, atención educativa y psicológica, apoyo a actividades culturales y deportivas. La Beca Interna se otorga a estudiantes que cumplan con los requisitos siguientes: a) Ser nicaragüense. De manera excepcional se otorgará a estudiantes extranjeros en programas de movilidad estudiantil en condiciones de reciprocidad y a estudiantes extranjeros que por condiciones especiales sean aceptados por las Comisiones de Becas correspondientes. b) Que provengan de familias de comprobadas dificultades socioeconómicas, y que residan en Comunidades cuya ubicación geográfica impidan la asistencia diaria a su Recinto Universitario. c) Que presenten un buen rendimiento académico. d) Que participen en actividades de proyección social programadas por la Universidad con un mínimo de 100 horas semestrales. Para el cumplimiento de este requisito, la Comisión Central de Becas y la Dirección de Vida Estudiantil, elaborará una propuesta de programa de actividades que será presentada y aprobado por el Consejo Universitario. El período de ejecución de las Becas Internas será organizado de acuerdo a las realidades específicas de las Facultades y Centros, tomando en cuenta el Calendario Académico y el principio de racionalidad en el uso de los recursos de la Universidad. 6

7 Para ser becario interno se requerirá tener un promedio mínimo de 80 puntos en el semestre precedente. El máximo de becas internas a otorgar por la Universidad en cada curso académico será determinado por el Consejo Universitario a más tardar en el mes de enero de cada año y estará en correspondencia con la aprobación del presupuesto. Al inicio de cada semestre los becarios internos deben conocer la planificación de atención, que concluirá con los exámenes ordinarios del segundo parcial. Para la distribución de las becas internas por Facultad y Centro se tomará en cuenta la matrícula real de los estudiantes que por su procedencia geográfica sean candidatos a dicha beca. Se procurará un balance razonable de participación porcentual por Facultad y Centro. A los estudiantes que mantengan los requisitos del primero al segundo semestre académico, se les renovará automáticamente la beca, previa comprobación de requisitos por las Comisiones de Becas correspondientes. Arto. 16. BECAS EXTERNAS: Consiste en una asignación monetaria por tipo de beca. Las becas se asignarán por medio de los siguientes criterios: B E C A PROMEDIO "A De 80 a 100 puntos "B" De 75 a puntos 7

8 "C" y D De 65 a puntos El monto asignado mensualmente por tipo, es el siguiente: Beca A C$ (QUINIENTOS VEINTE CÓRDOBAS), Beca B C$ (CUATROCIENTOS VEINTE CÓRDOBAS), Beca C C$ (TRESCIENTOS TREINTA CÓRDOBAS), Beca D C$ (DOSCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS). La beca D tendrá los mismos requisitos que la beca C. Estas becas se asignarán por un período de cuatro meses por semestre académico. A los estudiantes que mantengan los requisitos del primero al segundo semestre, se les renovará automáticamente la beca. Para calcular la ponderación relativa del número de becas externas asignadas a cada Facultad y Centro, el monto del presupuesto de becas externas se distribuirá así: * 10% del monto para becas externas "A". * 20% del monto para becas externas "B". * 40% del monto para becas externas "C". 30% del monto para becas externas D. En caso de que no se cubra el porcentaje establecido para las becas externas "A" y "B" por razones de menor demanda o por no cumplirse los requisitos establecidos, el monto excedente podrá transferirse a una de las categorías subsiguientes. La beca D se va a administrar de acuerdo con las particularidades de cada Facultad o Centro y de la demanda estudiantil. Por la naturaleza de los Cursos de Profesionalización los estudiantes beneficiarios de este Programa únicamente podrán recibir becas externas. 8

9 El retiro del estipendio será personal con la presentación del carné estudiantil vigente. El no retiro individual del estipendio de parte del becario en el período establecido, será causa de baja inmediata, a menos que se presente una justificación bien fundamentada ante el Decano o Director. Arto. 17. BECAS ESPECIALES a) BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA: Consiste en el otorgamiento de un diploma de reconocimiento académico y una asignación mensual de C$ (UN MIL CIEN CÓRDOBAS) durante ocho meses, otorgada al mejor estudiante de cada Facultad o Centro que al finalizar el año académico haya obtenido las máximas calificaciones, siempre y cuando su promedio general sea igual o superior a 90 puntos, que no haya reprobado ninguna asignatura y habiendo cursado todas las que exige el Plan de Estudio. b) BECAS A LA MÁXIMA EXCELENCIA ACADÉMICA: Consiste en el otorgamiento de un diploma de reconocimiento académico y una asignación monetaria de C$1, (UN MIL SEISCIENTOS CÓRDOBAS), durante ocho meses, otorgada al estudiante que alcance la máxima calificación en toda la Universidad, en un año académico. En caso que el estudiante, que obtuvo esta distinción, estando en el último año de su carrera el monto total de la beca se entregará en el siguiente semestre. La Beca a la Máxima Excelencia Académica y la Beca a la Excelencia Académica, se entregarán en dos bloques separados: a estudiantes de 9

10 Cursos Regulares y a estudiantes de Cursos Sabatinos (Profesionalización y Encuentro). c) BECAS A LA EXCELENCIA INVESTIGATIVA: Se otorgará al estudiante de cada Facultad o Centro que alcance los máximos honores en la Jornada Universitaria de Desarrollo Científico (JUDC) en el ámbito nacional de la Universidad, en representación de la Facultad o Centro en el cual estudia. Para hacerse merecedor de esta distinción, el estudiante deberá haber aprobado todas las asignaturas del semestre en que se llevó a efecto la JUDC en la que participó. Se reconoce moralmente a través de un diploma y con una asignación monetaria mensual de C$ (UN MIL CIEN CÓRDOBAS), correspondiente a ocho cuotas en el año. El colectivo de estudiantes-investigadores para esta distinción no podrá exceder de cuatro miembros. d) BECAS ESPECIALES A LOS MEJORES ESTUDIANTES CLASIFICADOS EN EL EXAMEN DE INGRESO: Consiste en el otorgamiento de un diploma de reconocimiento académico y una asignación monetaria de C$ (SETECIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS), durante ocho meses, a los diez estudiantes que aprobaron los tres exámenes aplicados en las pruebas de ingreso, obteniendo los mejores promedios. También se otorgará una Beca Especial con un monto equivalente a una Beca Externa A durante ocho meses, al estudiante de cada Facultad o Centro que alcanzó el mejor promedio de clasificación en cada una de estas unidades académicas. e) BECAS A LA EXCELENCIA EN LA ACTIVIDAD CULTURAL O DEPORTIVA: Se otorgará al artista o deportista que se haya distinguido por su excelencia representando a la Universidad en el Festival Artístico Interuniversitario o en los Juegos Deportivos de 10

11 carácter Nacional e Internacional. En la actividad cultural se reconocerá al mejor de cada una de las siguientes áreas: oratoria, declamación, literatura, danza, música, artes plásticas, teatro, canto. En la actividad deportiva se reconocerá al mejor de cada una de las siguientes áreas: atletismo, béisbol, fútbol, voleibol, levantamiento de pesas, esgrima, judo, baloncesto, ajedrez, tae kwon do, karate. Para hacerse merecedor de las distinciones antes mencionadas, el estudiante deberá haber aprobado todas las asignaturas correspondientes al semestre en que se dio su participación en la actividad cultural o deportiva. La selección de los mejores exponentes en las actividades antes mencionadas, estará a cargo de la Comisión Central de Becas apoyada por los Directores de los Departamentos de Cultura y Deportes, según el caso. En caso de que la distinción recaiga en un colectivo de carácter cultural o deportivo, se seleccionará a los dos estudiantes que hayan sobresalido dentro del mismo. Se entregará un diploma y una asignación monetaria de C$ (UN MIL CIEN CÓRDOBAS), correspondiente a ocho cuotas por año académico. Si el beneficiario de Beca Especial goza de una Beca Interna o Externa, mantendrá dicha beca recibiendo, además, el beneficio a que se haya hecho merecedor en concepto de la Beca Especial. Arto. 18. BECAS DE ALOJAMIENTO: 11

12 Beca de Alojamiento es aquella que se otorga a los estudiantes procedentes de los departamentos del país y no tienen posibilidades económicas y familiares para disponer de una vivienda en Managua. Podrá otorgarse esta beca a estudiantes en las siguientes condiciones: a) Aquellos estudiantes que aprobaron todas sus asignaturas en el II Semestre del año académico precedente como becarios internos y que solicitan alojamiento en el período interanual para realizar prácticas profesionales. b) Aquellos estudiantes que perdieron su Beca Interna, pero aprobaron todas las asignaturas del semestre precedente con un promedio de a 79.99, y que así lo soliciten. c) El estudiante que dispone de Beca de Alojamiento no podrá gozar de otro tipo de becas contempladas en este Reglamento, excepto becas especiales. CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN Arto. 19. La Comisión Central de Becas es el máximo órgano responsable de administrar el Programa de Becas en la Universidad. Tiene la responsabilidad de garantizar el estricto cumplimiento de las normativas en esta materia. Arto. 20. La Comisión Central de Becas estará integrada por: a) El Vicerrector Académico, quien la preside b) El Director (a) de Vida Estudiantil, quien actuará como Secretario Ejecutivo. c) Un representante de los Decanos. d) Un representante de los Centros Universitarios Regionales. 12

13 e) Un representante de ATD. f) El Presidente de UNEN de la Universidad. Éste podrá acreditar a un suplente único para situaciones excepcionales en que no pueda integrarse al trabajo de la Comisión. Un estudiante por Managua y un estudiante de los CUR. g) El Director del Departamento de Becas. La Comisión podrá invitar a otras autoridades (Decanos, Directores, Dirigentes Estudiantiles) de acuerdo con el tema o la problemática a tratar. La Comisión podrá funcionar con una mayoría simple. Arto. 21. Son atribuciones de la Comisión Central de Becas: a) Definir las líneas generales del plan anual de trabajo del Programa de Becas y dar seguimiento a su ejecución. b) Garantizar el cumplimiento del Reglamento de Becas por parte de los becarios. c) Elaborar y divulgar la organización del plan calendario del Programa de Becas. d) Elaborar las normas internas relacionadas con el funcionamiento del Programa. Estas normas internas estarán en correspondencia con las disposiciones académicas y administrativas de la institución. e) Garantizar una administración justa, equitativa y transparente del presupuesto anual del Programa de Becas, aprobado por el Consejo Universitario. f) Verificar la aplicación de los criterios de selección de los becarios. g) Aplicar el plan de becas aprobado por el Consejo Universitario. h) Evaluar en forma integral, semestral y anualmente, el Programa de Becas en sus diferentes modalidades. i) Presentar un informe semestral y anual del Programa de Becas al Consejo Universitario. 13

14 Arto. 22. j) Conocer las faltas muy graves y resolver lo que corresponda. La Comisión de Becas de Facultad o Centro estará integrada por: a) El Decano o Director según corresponda. b) Un representante de ATD Facultativo o de Centro. c) Un representante del Departamento de Becas en los Recintos de Managua. En el caso de los Centros Universitarios Regionales, el Secretario Académico será parte de la Comisión. d) El Presidente de UNEN de la Facultad o Centro, según corresponda. Arto. 23. Son atribuciones de la Comisión de Becas de Facultad o Centro: a) Elaborar y divulgar la organización del plan calendario del Programa de Becas. b) Controlar sistemáticamente el rendimiento académico y el comportamiento disciplinario de los becarios. c) Presentar a la Comisión Central de Becas un informe del rendimiento académico de los becarios, a más tardar a los 30 días de haber concluido los exámenes finales, comenzando con los becarios internos. El Centro de Cómputos apoyará el cumplimiento de esta atribución. d) Revisar, adjudicar y renovar las solicitudes de becas de los estudiantes. e) Publicar semestralmente el listado oficial de becarios, con la información del rendimiento académico del semestre precedente. f) Sesionar mensualmente o en un plazo menor a petición de cualquiera de los miembros de la Comisión. g) Aplicar las sanciones pertinentes en caso de faltas graves. h) Velar por la ejecución del plan de trabajo educativo con los becarios. Arto. 23. El Departamento de Becas es la unidad sustantiva encargada de la administración ejecutiva del Programa de Becas. Está integrado por un 14

15 Director, los Especialistas Educativos encargados de atender el Programa y el personal de apoyo. Tendrá las siguientes atribuciones: a) Dar seguimiento y ejercer control sobre la administración del presupuesto asignado al Departamento y al Programa de Becas. b) Administrar los recursos humanos y materiales que están a disposición del Programa de Becas c) Responder por el cuidado y conservación de los recursos del Programa de Becas bajo su dirección. d) Elaborar el proyecto de presupuesto anual del Departamento y presentarlo a la instancia inmediata superior. e) Actualizar constantemente el expediente de los becarios. f) Custodiar los expedientes de los becarios externos. g) Velar por la disciplina del becario interno. h) Dar a conocer a la Comisión Central y Comisiones Facultativas y de Centro, los casos de indisciplina cometidos por los becarios. CAPÍTULO VII DE LA ADJUDICACIÓN DE BECAS Arto. 24. Las becas se otorgarán a estudiantes de la UNAN MANAGUA, de nacionalidad nicaragüense, debidamente matriculados. Los estudiantes extranjeros que están en programas de cooperación con intercambio estudiantil pueden optar a becas; así como aquellos estudiantes extranjeros residentes en Nicaragua que de manera excepcional lo amerite y así lo decida la Comisión Central. Arto. 25. El número total de becas internas se definirá en función de la capacidad instalada de las residencias universitarias y de la disponibilidad 15

16 presupuestaria. La asignación específica para cada Facultad o Centro se realizará considerando los siguientes criterios: a) Número de estudiantes que son becarios internos potenciales. b) Ponderación de la matrícula relativa de Facultades y Centros. c) Porcentaje de la participación actual de becarios internos por Facultad o Centro en relación a porcentaje de estudiantes matriculados que son potenciales becarios internos. Arto. 26. Los aspirantes a becas deberán presentar su solicitud acompañada de la siguiente documentación: a) Fotocopia de la hoja de matrícula. b) Fotocopia del carné de estudiante de la Universidad. c) Fotocopia de cédula. d) Certificado de salud extendido por el Ministerio de Salud, en caso de beca interna y de alojamiento. e) Informe de calificaciones del semestre anterior (para aspirantes de reingreso). Los aspirantes que solicitan beca por primera vez deberán presentar informe de calificaciones de todos los semestres anteriores. f) Constancia de ingresos o salario anual de los padres o tutores. g) Llenar formulario oficial de solicitud de beca. h) Fotocopia del último recibo de luz, teléfono y agua. Arto. 27. Los candidatos serán seleccionados en base a los siguientes criterios: a) Situación socio-económica b) Rendimiento académico c) Lugar de origen 16

17 d) Participación en actividades, tales como: proyección a la comunidad, jornada científica, deportiva, cultural y ecológica. Arto. 28. Para la renovación de la beca se tomarán en cuenta los siguientes requisitos: a) El promedio de notas del semestre anterior, según el tipo de beca. b) Participación en el programa de actividades planificadas por la Universidad particularmente para los becados internos. Arto. 29. La beca durará como máximo un semestre académico y podrá ser prorrogada, suspendida o cancelada de acuerdo a la promoción académica y disciplina del becado mostrada durante el semestre. Arto. 30. La beca se pierde: a) Por aplicación de sanciones en el transcurso del año lectivo. b) Por abandono en caso de becarios internos. Se entiende por abandono el hecho de ausentarse de la residencia o de sus clases sin causa justificada por 15 días consecutivos. c) Por deficiencia en el rendimiento académico. d) Por faltas muy graves o reincidencia en actos de indisciplina. Arto. 31. Podrán renovarse las becas de aquellos estudiantes que: a) Hayan obtenido el rendimiento académico estipulado en este Reglamento b) Hayan participado en las actividades generales y en aquellas programadas por la Universidad y las Comisiones de Becas. c) Hayan observado un comportamiento consecuente con la vinculación de la Universidad hacia la sociedad y con su condición de estudiante becario. 17

18 Arto. 32. No podrán ser beneficiarios de ningún tipo de becas, los casos siguientes: a) El estudiante que perdió carrera en la Universidad. b) El que estudia una segunda carrera. CAPITULO VIII DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS BECARIOS Arto. 33. Son derechos generales de los becarios: a) Recibir los beneficios que de conformidad al tipo de beca les corresponde b) Participar en actividades científicas, culturales recreativas, deportivas y sociales. c) Apelar al organismo inmediato superior cuando fuere sancionado. d) Obtener la renovación de su beca de conformidad al presente Reglamento y en el período correspondiente. Arto. 34. Son derechos de los Becarios Internos: a) Recibir de la Universidad las condiciones necesarias de habitación y estudio. b) Obtener la orientación adecuada por la Dirección de Vida Estudiantil para atender problemas de aprendizaje y de índole psicológico, cuando lo soliciten c) Gozar de permiso para ausentarse de la residencia por causa justificada. d) Gozar de cuido y protección en el área de residencia. e) Recibir atención médica general en la clínica universitaria. Arto. 35. Son deberes generales de los becarios: a) Respetar las Leyes de la República y los Reglamentos de la UNAN- Managua. 18

19 b) Contribuir con su estudio, trabajo y ejemplo al mejoramiento y desarrollo de la Universidad. c) Apoyar a sus compañeros en la consecución de sus objetivos académicos. d) Respetar y cuidar la propiedad personal y social. e) Organizarse en comités de trabajo para la realización de distintas actividades de beneficio individual y colectivo. f) Cumplir con los horarios establecidos para las actividades académicas y educativas. g) Participar con disciplina y puntualidad en las actividades organizadas por la Universidad. h) Responder por daños o perjuicios que causaren en los bienes de la Universidad. i) Comprometerse a que una vez graduados y en condición laboral estable aportarán a la Universidad recursos económicos para garantizar el sostenimiento y la ampliación del Programa y como una expresión de reconocimiento a la Universidad y al país por el apoyo que han recibido. El Consejo Universitario definirá posteriormente las condiciones y las proporciones en que se daría este aporte. Arto. 36. Son deberes de los Becarios Internos: a) Participar en el mantenimiento de las áreas verdes y velar por el ornato y la buena conservación de las residencias b) Solicitar permiso al Departamento de Becas para ausentarse de la residencia, por causas justificadas, hasta por un período máximo de 15 días c) Avisar con una semana de anticipación al Departamento de Becas y a la Facultad o Centro cuando decida renunciar a la beca. CAPITULO IX DE LA DISCIPLINA 19

20 Arto. 37. Las faltas disciplinarias se clasifican en: a) Leves b) Graves c) Muy graves. Arto. 38. Son faltas leves de los becarios, en general: a) Quebrantar las normas de higiene personal y colectiva. b) No asistir a reuniones convocadas por las autoridades respectivas en relación con el Programa de Becas, salvo por enfermedad comprobada o aquellos otros que contemplen los Reglamentos. c) Ausentarse o llegar tarde a clase sin justificación alguna. d) Demostrar actitudes negativas ante las actividades académicas educativas y extracurriculares. Arto. 39. Son faltas leves de los Becarios Internos: a) Permanecer en las residencias en horas hábiles de clases, salvo en casos de enfermedad u otro motivo justificable. b) Recibir visitas en las residencias fuera de las horas establecidas (las horas de visita en las residencias universitarias son de 18:00 a 21:00 horas). c) Utilizar grabadoras y otros equipos de sonido con alto nivel de volumen, de tal forma que se afecte los derechos al estudio y descanso de los estudiantes en las residencias universitarias. Arto. 40. Son faltas graves de los becarios, en general: a) La reincidencia hasta dos veces en faltas leves. b) Negarse sistemáticamente a cooperar y participar en las actividades promovidas por la Universidad y con el propósito de mejorar el Programa de Becas. c) Inasistencia reiterada a clases sin justificación. 20

21 Arto. 41. Son faltas graves de los becarios internos: a) Dar alojamiento sin autorización a cualquier persona ajena al Programa. b) Promover y participar en actividades que perturben la privacidad y funcionamiento normal de las residencias. c) Ausentarse de las residencias sin autorización por un período mayor de 3 días. d) Cambiar de residencia sin autorización. e) Permitir la entrada de visitantes a los dormitorios de las residencias. Arto 42. Son faltas muy graves de los becarios, en general: a) Faltar a las Leyes de la República y a los Reglamentos de la Universidad. b) La reincidencia hasta dos veces en faltas graves. c) Agredir física y/o moralmente a un miembro de la comunidad universitaria. d) Promover el desorden disciplinario que conlleve a la agresión verbal o física. e) Participar y/o promover fraude académico. f) Presentarse ebrio en el Centro. g) Ingerir bebidas alcohólicas en el Centro y/o Residencias. h) Sustraer o destruir los bienes de la Universidad o de los compañeros. i) Falsificar certificados u otros documentos de admisión y otras informaciones concernientes a la administración de las becas. j) Portar y hacer uso de armas dentro de los Recintos. k) Consumir o traficar con drogas o estupefacientes dentro o fuera de los Recintos Universitarios. Arto. 43. Son faltas muy graves de los becarios internos: a) Abandonar sin autorización las residencias (se considera abandono el retiro de las residencias por un período mayor de quince días). 21

22 b) Presentarse ebrio en el Centro o en las residencias. c) Ingerir bebidas alcohólicas en el Centro o en las residencias. d) Portar y hacer uso de armas dentro de los Recintos ó en la Residencias de la Universidad. e) Consumir o traficar con drogas o estupefacientes dentro o fuera de los Recintos o en las Residencias de la Universidad. Arto. 44. El Decano de Facultad o Director, conocerá las faltas leves en que incurran los becados y deberá aplicar las sanciones siguientes: a) Amonestación escrita con copia a su expediente b) Informar a la Comisión de Facultad o Centro sobre las faltas leves c) Proponer a la Comisión de Becas la suspensión temporal de la beca hasta un máximo de un mes, por falta leve. Arto 45. La Comisión de Becas de Facultad o Centro conocerá de las faltas graves y aplicará las sanciones siguientes con copia al expediente. a) Suspensión temporal desde un mes hasta 3 meses, de uno o más de los beneficios de la beca. b) Notificación por escrito de las sanciones aplicadas al becario, a sus padres, o tutores. Cualquier reincidencia de esta falta implicará la propuesta de expulsión definitiva del Programa de Becas. Arto. 46. La Comisión Central de Becas conocerá de las faltas muy graves y aplicará las sanciones siguientes con copia al expediente: a) Suspensión temporal de uno o más beneficios de la beca por período de 3 meses a un año. b) Cancelación de la beca, o de las posibilidades de renovación, hasta por un año c) Expulsión definitiva del Programa de Becas 22

23 Arto. 47. La Comisión Central de Becas, para aplicación de sanciones mayores, deberá remitir el caso a la Comisión Superior Disciplinaria de la UNAN- Managua. Arto. 48. El becario podrá apelar a la Comisión Central de Becas como última instancia, por las sanciones aplicadas por los distintos órganos de dirección y administración del Programa de Becas. Arto. 49. Todo lo concerniente a becas que no aparezca contemplado en este Reglamento será conocido y resuelto por el Rector. CAPÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Arto. 50. El requisito de un promedio mínimo de 80 para optar a Beca Interna será aplicable a partir del primer semestre NOTA: Los montos correspondientes al estipendio de cada beca se actualizaron de acuerdo al Presupuesto del año

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I De la creación y naturaleza Art. 1.- Se crea en la Universidad Técnica del Norte, la beca estudiantil que consiste

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa

Más detalles

Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado

Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado Dirección de Cooperación Académica e Internacionalización Nicaragua, 2011 Introducción La Universidad Centroamericana (UCA), interesada en

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION DISPOSICIONES GENERALES El Programa Jóvenes Adelante cuenta con reglas de operación, para poder llevar a cabo

Más detalles

REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR

REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR TITULO I DEFINICION Y OBJETIVOS Art. Nº1 Se denomina Matrículas de Honor aquellos premios académicos que constituyen exenciones del pago total o parcial del arancel de

Más detalles

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014 Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales

Más detalles

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO. VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO OBJETIVO DEL PROGRAMA: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del objetivo de hacer de Colombia un destino turístico de clase

Más detalles

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2011 Por medio de este Programa, el Santander Río asigna a la Universidad de Buenos Aires la cantidad de 15 (quince)

Más detalles

RECTORIA NORMATIVAS DE BECARIOS EXTERNOS. Managua Nicaragua

RECTORIA NORMATIVAS DE BECARIOS EXTERNOS. Managua Nicaragua UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RECTORIA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTIL NORMATIVAS DE BECARIOS EXTERNOS Managua Nicaragua NORMATIVA DE BECAS Las becas de la Universidad Nacional de Ingeniería se

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la

Más detalles

Reglamentación Fomento Expresiones Artísticas y Deportivas

Reglamentación Fomento Expresiones Artísticas y Deportivas Página 1 de 5 1. Objetivo y Alcance Reglamentar los requisitos de carácter obligatorio necesarios para los aspirantes a pertenecer a los seleccionados deportivos y grupos artísticos representativos de

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO El Programa de Intercambio para Alumnos (PIA) tiene como objetivo posibilitar

Más detalles

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido 1 de 10 COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL Tabla de contenido COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL... 1 INTRODUCCION... 2 FUNDAMENTO LEGAL... 2 OBJETO... 2 AMBITO DE APLICACIÓN... 2 DEFINICIONES...

Más detalles

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia La Caleta, Boca Chica República Dominicana Agosto 2015 2 Contenido CAPÍTULO I... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO II... 4 Fines

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES Considerando las disposiciones de la Ley 19.532 de 1997, DFL 2 de 1996, Articulo Nº 2 de Ministerio

Más detalles

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS 1997-I TACNA - PERU REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA PROFESIONAL

Más detalles

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO I. PROPÓSITO Proporcionar procedimientos para la aceptación y la matrícula de estudiantes extranjeros de intercambio en escuelas secundarias. II. POLÍTICA: Estudiantes extranjeros de intercambio podrán

Más detalles

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA

Más detalles

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS

REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS El Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, en ejercicio de la atribución consagrada en el Capítulo V, numeral 89 del Reglamento

Más detalles

1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD

1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES SERVICIO DE ASISTENCIA ECONÓMICA II SEMESTRE ABRIL - AGOSTO 2015 1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD 1. BECAS AL

Más detalles

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente

Más detalles

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014 REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES y HOMOLOGACION DE ASIGNATURAS CAPITULO I: DE LAS GENERALIDADES Art. 1. Este Reglamento norma el proceso de convalidación

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad

Más detalles

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL INFORMACIÓN GENERAL I. Objetivos del Programa de Intercambio El programa de intercambio permite que alumnos que hayan aprobado al menos el cuarto semestre de su carrera puedan estudiar en una universidad

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento

Más detalles

P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E

P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E P r o g r a m a E s c a l a D o c e n t e S e c r e t a r í a E j e c u t i v a A s o c i a c i ó n d e U n i v e r s i d a d e s G r u p o M o n t e v i d e o

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015 Decreto Rectoría 30/ 2015 Vigencia desde 19/10/2015 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

REGLAMENTO DE EVALUACIONES REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus

Más detalles

Universidad de Puerto Rico RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAYAGÜEZ Colegio de Administración de Empresas Mayagüez, Puerto Rico

Universidad de Puerto Rico RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAYAGÜEZ Colegio de Administración de Empresas Mayagüez, Puerto Rico Universidad de Puerto Rico RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAYAGÜEZ Colegio de Administración de Empresas Mayagüez, Puerto Rico REQUISITOS PARA SOLICITAR READMISIÓN, TRASLADO INTERNO Y EXTERNO, ADMISIÓN CON

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 008 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0940-2016-CU-, de fecha 24 de junio de 2016 CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de 7 CAPÍTULO

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos 1 de 15 4.0 Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Dirección de Extensión y Educación Continua Vicerrectoría Académica Técnico - Dirección de Extensión y Educación Continua Director (E) Dirección de

Más detalles

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO SEPTIEMBRE DE 2008 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA

NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El Laboratorio de Interpretación del Subsuelo está adscrito administrativamente al Departamento de Geofísica,

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS El Programa de Becas surge en consonancia con los objetivos de la Fundación y el Programa de Becas Estudiantiles para el ciclo EGB y Polimodal. Su

Más detalles

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión

Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca Comisión Página de: 1 de 14 Procedimiento para el Otorgamiento de Licencias por Beca TIEMPO PROMEDIO DEL PROCEDIMIENTO 1 MES FECHA DE ELABORACIÓN 30 de Octubre de 2014 FECHA DE REVISIÓN Septiembre de 2015 ELABORÓ

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL PRESENTACION Se ha utilizado como principal fuente de información para la elaboración del presente documento, el Manual de Procedimientos de la Dirección de Recursos Humanos, el cual fue diseñado en el

Más detalles

b. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada.

b. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada. Reglamento de Ayudas Económicas para Docentes del Departamento Académico de Derecho (Aprobado por el Consejo del Departamento Académico de Derecho el 16 de mayo de 2012) Artículo 1. Finalidad El presente

Más detalles

Artículo 6. El fondo de Orfandad se aplica cuando fallece la persona designada por el estudiante como su sostén económico.

Artículo 6. El fondo de Orfandad se aplica cuando fallece la persona designada por el estudiante como su sostén económico. NORMATIVIDAD DEL FONDO DE ORFANDAD CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente Normatividad tiene por objeto establecer la estructura, la organización, los requisitos y los procedimientos

Más detalles

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso

Descripción. Objetivo. Perfil de ingreso Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades Área Académica de Sociología y Demografía Licenciatura en Planeación y Desarrollo Regional Descripción El Desarrollo

Más detalles

Estar dentro de los tres mejores promedios de su promoción.

Estar dentro de los tres mejores promedios de su promoción. BASES Y CONDICIONES Beca Abanderados Argentinos Con el propósito de hacer participar en nuestro proyecto educativo a jóvenes abanderados y escoltas del Nivel Medio de nuestro país y enriquecer con sus

Más detalles

I. Beca a la Excelencia Académica

I. Beca a la Excelencia Académica I. Beca a la Excelencia Académica El objetivo de esta beca es la de fomentar y premiar la excelencia académica. Estas becas permiten que jóvenes con gran potencial y motivación para estudiar cualquiera

Más detalles

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES

LINEAMIENTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 25 de octubre de 2006. Lic.

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PROFESIONAL EN COOPERACION Y RELACIONES INTERNACIONALES I. NATURALEZA DEL TRABAJO Ejecución de investigaciones y análisis complejos para asesorar en materia

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO. ESCUDO DEL MUNICIPIO Alcaldía Municipal de Departamento de REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO. Elaborado con la Asistencia Técnica del ISDEM Lugar y Fecha INTRODUCCIÓN Los

Más detalles

NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN. NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN. Propuesta Consejo de Gobierno 10/6/2010 Aprobado Consejo Social 21/6/2010 Modificado

Más detalles

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÒGICO DE COSTA RICA Y SUS REFORMAS

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÒGICO DE COSTA RICA Y SUS REFORMAS Artículo 1 Capítulo 1 DEL OBJETIVO Se establece el presente Reglamento para normar la gestión administrativa de la admisión, para estudiantes regulares y especiales del Instituto Tecnológico de Costa Rica

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES Artículo 1º TITULO I De las Normas Generales El presente Reglamento establece las

Más detalles

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL ENERO 2006 POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

Más detalles

BECA AGCI PRIMER SEMESTRE 2015 COLOMBIA

BECA AGCI PRIMER SEMESTRE 2015 COLOMBIA BECA AGCI PRIMER SEMESTRE 205 COLOMBIA Sitio oficial: https://www.icetex.gov.co/dnnpro5/esco/becas/programasespeciales/plataformaalianzapac%c3%adfico.aspx Para aplicar a esta convocatoria, haga clic aquí.

Más detalles

LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO

LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9º. del Acuerdo de creación de la Unidad de Capacitación y Actualización

Más detalles

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional 2015-2 Como parte de la Responsabilidad Social Corporativa de Banco Santander, por medio del Plan de Apoyo a la Educación Superior, apoya la movilidad

Más detalles

CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA.

CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA. CAPITULO V DE LA GESTIÓN DEL CONCURSO ECUATORIANO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN A INVESTIGADORES MIEMBROS DE LA RED AVANZADA CECIRA Sección I DEL ÁMBITO Artículo 41. El presente reglamento tiene por objetivo

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

Más detalles

Guía del estudiante: Normativa académica

Guía del estudiante: Normativa académica Guía del estudiante: Normativa académica 1. ASISTENCIA Para obtener el título a que da derecho la superación del programa se deberá asistir, como mínimo, al 80% del conjunto global de las sesiones. A efectos

Más detalles

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO CONVOCATORIA No. IFTDH - 006 DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología Av. Calle 100 No. 18A- 51 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES 1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

1. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología

1. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología de 6. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología 2. ALCANCE El presente procedimiento aplica para todos los estudiantes

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA COMISIÓN

Más detalles

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES DESCRIPCIÓN Las Becas Iberoamérica. Estudiantes de Pregrado, Santander Universidades, en su Convocatoria 2016, tienen por

Más detalles

CONTENIDO. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas. 6. Diagrama de bloque del Procedimiento

CONTENIDO. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas. 6. Diagrama de bloque del Procedimiento Versión vigente No. 02 Fecha: 15/01/10 CONTENIDO 1. Propósito 2. Alcance 3. Responsabilidad y autoridad 4. Normatividad aplicable 5. Políticas 6. Diagrama bloque l Procedimiento 7. Glosario 8. Anexos 9.

Más detalles

Funciones de las autoridades de la Carrera de Ingeniería Agroindustrial

Funciones de las autoridades de la Carrera de Ingeniería Agroindustrial Director Propósito del cargo. Velar por el buen funcionamiento del Recinto Universitario Augusto C Sandino, como máxima Autoridad; académica y ejecutiva del mismo. Representante del Rector por delegación

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO.

REGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO. REGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art.1 Art. 2 Art.3 El nombre

Más detalles

CONVOCATORIA No. 49 Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana BECA R-I,

CONVOCATORIA No. 49 Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana BECA R-I, CONVOCATORIA No. 49 La Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana tiene el gusto de convocar a los estudiantes de colegios de todo el país que deseen estudiar en la Universidad Pontificia Bolivariana,

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

BASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS Año Académico 2015

BASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS Año Académico 2015 BASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS130017 Año Académico 2015 1. Objetivo La Beca de Magíster Nacional del Núcleo Milenio Modelos de Crisis tiene por objeto

Más detalles

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una. BECA ACADÉMICA Aplicable al ciclo 02/14 1. Ser alumno regular (no adeudar materias) teniendo promedio

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,

Más detalles

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015 ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS Colegio Juan Pablo II 2016 Índice Introducción Capítulo I Tipos de Becas Capítulo II Montos de las becas Capítulo III Fechas límite para la recepción de solicitudes

Más detalles

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS POR COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCCIÓN 12 de octubre de 2010 Los presentes lineamientos son el resultado de los trabajos realizados por la Comisión

Más detalles

PARTICIPA EN LA CONVOCATORIA DE BECAS PASAPORTE !

PARTICIPA EN LA CONVOCATORIA DE BECAS PASAPORTE ! PARTICIPA EN LA CONVOCATORIA DE BECAS PASAPORTE 2017-1! Qué es la Beca Fondo Pasaporte? Fondo Pasaporte es un fondo especial de la Universidad Cooperativa de Colombia para promover la movilidad internacional

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo

Más detalles

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Resolución DG-055-1997/ Resolución DG-188-2009/ Resolución DG-256-2011/ Resolución DG-482-2011) 1 NATURALEZA DEL TRABAJO (Resolución DG-188-2009) Ejecución de labores profesionales de apoyo administrativo

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES

REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS ARTÍCULO l. FUNCIONES El Consejo Técnico Consultivo es el máximo órgano colegiado académico del CIESAS para la asesoría y consulta obligada de la Dirección

Más detalles

CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL

CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL EN QUÉ CONSISTE LA BECA DE CONVOCATORIA ABIERTA? La beca es un financiamiento no reembolsable

Más detalles

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS

Más detalles