1er. Congreso Nacional de Estudiantes de Comercio Exterior

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1 Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Económico-Administrativas Comercio Exterior 1er. Congreso Nacional de Estudiantes de Comercio Exterior Beneficios de la Ventanilla Única Herramientas Informáticas para la Gestión del Comercio Internacional Mendoza Anaya Johnny Moedano Cervantes Tayron Abraham Ponentes Mayo

2 BENEFICIOS DE LA VENTANILLA ÚNICA Eje 6: Herramientas Informáticas para la Gestión del Comercio Internacional Ponentes Estudiante de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Moedano Cervantes Tayron Abraham Estudiante de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo RESUMEN Actualmente el Comercio Exterior está evolucionando mundialmente, ahora si un país quiere ser competitivo no solo basta tener buenos productos, también es necesario que el contribuyente pueda tener más facilidades para gestionar la documentación. Nuestro país ha implementado mecanismos de modernización mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, que involucran un papel fundamental para poder desarrollar operaciones de compra-venta durante el proceso de importación y exportación dentro y fuera del país. Por lo que México ha empezado a utilizar la herramienta de ventanilla única, esta herramienta pretende agilizar el proceso de documentación entre el contribuyente y cada secretaria de gobierno federal. Palabras Claves: Aduanas, seguridad de información, tecnologías. 2

3 INTRODUCCIÓN El comercio internacional ha sufrido grandes cambios por lo importante que es realizar esta actividad, por ello el principal objetivo de esta investigación es dar a conocer los principales beneficios que se han obtenido con el uso de Ventanilla Única en México, comparando los procedimientos que se realizaban en tramitación de permisos para operaciones de Comercio Exterior antes de que se pusiera en marcha la utilización de esta herramienta como lo son los sistemas de tecnología de la información. Ventanilla Única permite a los usuarios del comercio exterior realizar, a través de un solo punto electrónico, los trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías, así como transmitir o presentar información con documentos digitales y electrónicos obligación que se tipifica en el art. 36 y 36-A de la Ley Aduanera. Por lo que esto lleva a tocar un punto importante es, Las personas que tienen los conocimientos del uso de ventanilla única, asimismo como para qué sirve?, que se realizó el decreto por el presidente del país en el año 2011 Felipe de Jesús Calderón Hinojosa las personas que tienen relación con las operaciones de comercio exterior tienen conocimientos muy bajos sobre los nuevos procesos y herramientas que se están utilizando hoy en día en el país. Por lo que Cuáles son los Beneficios de Ventanilla Única en México?, el comercio internacional ha crecido y los países que logren impulsar el comercio exterior y atraer inversión extranjera obtendrán crecimiento económico ya que los países con las mejores prácticas del Comercio Exterior han adoptado el sistema Ventanilla Única. El comercio exterior en México involucraba un alto número de trámites y papeleo ya 3

4 que con estas herramientas que se están implementando se han obtenido beneficios que ayudan a que México crezca impulsando la economía del país y que se cumplan los objetivos planteados con el uso de herramientas de esta índole. VENTANILLA ÚNICA El intercambio de productos y servicios que se lleva a cabo todos los días en las diferentes aduanas del mundo ha provocado que el comercio internacional a nivel mundial este en constante cambio donde quienes forman parte de esta actividad económica tienen que estarse especializando constantemente ya que estos cambios que se han ido realizando han sido muy fuertes pero ayudan demasiado a la realización de las operaciones de comercio exterior. El comercio internacional ha tenido que ir tomándose de la mano con la implementación de nuevas tecnologías de la información y comunicación que se han ido creando e innovando para poder agilizar y facilitar los diversos trámites y servicios que son indispensables para que se realice adecuadamente el cumplimiento y certeza jurídica en el desarrollo y práctica comercial internacional. Lo que ha motivado demasiado para diseñar y emplear nuevos sistemas de control que dinamicen y brinden certeza jurídica a esta importante actividad que ayuden a ordenar los diferentes criterios normativos y logísticos que cada país maneja en sus operaciones de comercio exterior, deberán tener como objetivo principal facilitar y garantizar su comercio a nivel mundial, lo que hoy conocemos como globalización comercial y estandarización de mercados. Desde los años noventa, el comercio mundial ha crecido dos veces más rápido que el producto 4

5 interno bruto mundial. En este contexto, los países que logren atraer inversión extranjera y que impulsen el comercio exterior tendrán mayor crecimiento económico. Sin embargo, para incrementar el intercambio comercial entre los países, no basta con reducir o eliminar aranceles; es necesario poner en marcha sistemas de modernización aduanera que permitan reducir costos e incrementar la competitividad internacional. Los países con las mejores prácticas del comercio exterior han adoptado el sistema de Ventanilla Única. Hoy en día el comercio exterior en México involucra un alto número de trámites, papeleo y personas. Existen aproximadamente 30 actores involucrados, entre oficinas de gobierno, exportadores, importadores, transportistas y auxiliares de la función aduanera; esto representa 40 documentos, 165 trámites y 200 diferentes datos, muchos de los cuales deben entregarse varias veces. Para ello son necesarios los programas de modernización, reformas aduaneras y de facilitación de comercio, si los países buscan reducir los costos de transacciones comerciales e incrementar la competitividad internacional. En el diseño e implementación de sistemas de tecnologías de información y comunicaciones para facilitar el comercio es esencial, desde un principio, se adopten mejores prácticas como el establecimiento de una Ventanilla Única, donde la información relacionada con el comercio son presentados sólo una vez en un único punto de entrada. (VentanillaUnica, 2015) El 10 de junio de 2013 se promulgó el Decreto de Reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de telecomunicaciones y Competencia Económica. 5

6 Esta Reforma fomenta la competencia y la inversión, todo esto permitirá mayor disponibilidad y calidad en los servicios de telecomunicaciones, a menor costo. Estableciendo la obligación que tiene el Estado de garantizar a los mexicanos el derecho de acceso a las Tecnologías de la información y Comunicación (TIC). (DOF, 2013) El entonces Presidente de la República, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, emitió el 14 de enero de 2011 el Decreto por el que se establece en su ARTÍCULO PRIMERO.- La Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior con el objeto de permitir a los agentes de comercio exterior realizar, a través de un solo punto de entrada electrónico, todos los trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías. ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los efectos del presente Decreto, se entenderá por: I. Comisión Intersecretarial, la Comisión Intersecretarial para la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior; II. Autoridades competentes en materia de comercio exterior: a) AGA, Administración General de Aduanas, del Servicio de Administración Tributaria. b) SAGARPA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; c) SALUD, la Secretaría de Salud; d) SAT, el Servicio de Administración Tributaria; e) SE, la Secretaría de Economía; f) SEDENA, la Secretaría de la Defensa Nacional; g) SEMARNAT, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 6

7 h) SENER, la Secretaría de Energía; i) SEP, la Secretaría de Educación Pública, y j) SHCP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En las referencias hechas en este instrumento a las dependencias previstas en esta fracción, se entenderán comprendidos sus órganos desconcentrados con competencia en materia de comercio exterior. III. FIEL, la Firma Electrónica Avanzada reconocida por el SAT, para uso de los interesados; IV. MERCANCÍAS, los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular, y V. SFP, la Secretaría de la Función Pública. ARTÍCULO TERCERO.- La implementación de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior se desarrollará en tres etapas, para lo cual las diferentes autoridades competentes en materia de comercio exterior que la integren adoptarán una arquitectura de redes informáticas abiertas, compatibles e interoperables, conforme a las mejores prácticas internacionales en la materia. En cada una de las tres etapas a que se refiere el párrafo anterior se incorporaría y compartiría progresivamente la información pertinente en términos de las disposiciones aplicables, de acuerdo a las siguientes fechas: I. Etapa 1: SE y AGA, al 30 de septiembre de 2011; II. Etapa 2: SEDENA, SEMARNAT, SAGARPA y SALUD, al 30 de enero de 2012, y III. Etapa 3: SENER y SEP, al 30 de junio de

8 Las autoridades competentes en materia de comercio exterior deberían habilitar la infraestructura necesaria para la operación de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, de acuerdo con las fechas indicadas en este artículo. ARTÍCULO CUARTO.- Las actividades que podrán realizarse a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior son las siguientes: I. Llevar a cabo cualquier trámite relacionado con importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias que, conforme a la legislación aplicable, sea exigido por las autoridades competentes en materia de comercio exterior; II. Consultar información sobre los procedimientos para la importación, exportación y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias, así como las notificaciones que se deriven de dichos trámites, y III. Efectuar pagos electrónicos de las contribuciones y los aprovechamientos que procedan, causados por la realización de trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías de comercio exterior, así como de las regulaciones y restricciones no arancelarias. ARTÍCULO QUINTO.- Para los efectos del artículo anterior se estará a lo siguiente: I. Para realizar trámites a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior se utilizará el Registro Federal de Contribuyentes con estatus de activo de la persona moral o física de que se trate y su certificado de la FIEL vigente y activo, emitido por el SAT o por los prestadores de servicios de certificación autorizados conforme a lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, así como 8

9 el registro y certificado antes señalados que emita el SAT a los representantes legales de las personas morales, en términos de lo dispuesto en el citado ordenamiento legal; II. Se entenderá que las personas físicas y morales que realicen sus trámites a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior aceptan que dichos trámites se realicen en su totalidad mediante esa vía, por lo que los actos administrativos que correspondan se podrán emitir a través de medios electrónicos y notificarse por medio de dicha Ventanilla Digital. La FIEL respectiva, amparada con un certificado vigente y activo, emitido por el SAT o por los prestadores de servicios de certificación acreditados en términos del Código Fiscal de la Federación, sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizando la integridad, no repudio y confidencialidad de la documentación o información presentada y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio; III. Las autoridades competentes en materia de comercio exterior, aceptarán los certificados de la FIEL emitidos por el SAT o por los prestadores de servicios de certificación que estén acreditados en los términos del Código Fiscal de la Federación, para la gestión de los trámites materia de su competencia, relacionados con las importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias a su cargo, aplicando en lo conducente las disposiciones que regulan la FIEL, y IV. En la emisión de los actos administrativos y su notificación, relacionados con la importación, exportación y tránsito de mercancías de comercio exterior, se utilizará la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, empleando la FIEL que 9

10 corresponda a los servidores públicos, aplicando en lo conducente las disposiciones que regulan la FIEL. ARTÍCULO SEXTO.- Conforme a las etapas de implementación referidas en el artículo tercero del presente Decreto, las autoridades competentes en materia de comercio exterior, adoptarán el uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior para efectos de los trámites en las materias de su competencia, para lo cual deberán ajustar y simplificar los formatos y procesos que actualmente se exigen para la realización de los mismos. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Los particulares podrán presentar ante la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, promociones o solicitudes relacionadas con cualquiera de los trámites a los que se refiere el presente Decreto, requeridas por las autoridades competentes en materia de comercio exterior, a partir de las fechas señaladas en el artículo tercero de este ordenamiento, de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables al trámite y, en su caso, las que definan las autoridades competentes. ARTÍCULO OCTAVO.- Se constituye la Comisión Intersecretarial para la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, con el objeto de definir los elementos o requerimientos de información de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior y las modificaciones que después de su implementación sea necesario realizar, misma que se encargará de tomar las decisiones estratégicas de dicha Ventanilla Digital. La Comisión Intersecretarial analizará periódicamente cuáles medidas de regulación y restricción al comercio exterior vigentes son susceptibles de incorporarse a la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio 10

11 Exterior, de acuerdo a las etapas de implementación a que se refiere el artículo tercero de este Decreto. La Comisión Intersecretarial podrá establecer los grupos de trabajo que considere necesarios para el adecuado desahogo de sus funciones. La Comisión Intersecretarial y, en su caso, los grupos de trabajo que establezca, se regirán por las reglas de operación que al efecto expida dicha Comisión. ARTÍCULO NOVENO.- La Comisión Intersecretarial estará integrada de la siguiente forma: I. Por la SE, el Subsecretario de Industria y Comercio, quien la presidirá; el Director General de Comercio Exterior, y un servidor público designado por el Secretario de Economía; II. Por la SHCP, el Jefe del SAT, el Administrador General de Aduanas, el Administrador General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, el Administrador Central de Competencias y Modernización Aduanera y un Director General o su equivalente, designado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público; III. Por la SFP, el Subsecretario de la Función Pública o el servidor público que éste designe con nivel, al menos, de Titular de Unidad, y IV. Por SAGARPA, SALUD, SEDENA, SEMARNAT, SENER y SEP, un Director General o su equivalente, designados por los titulares de dichas dependencias. Los miembros de la Comisión Intersecretarial podrán ser suplidos en sus ausencias por un servidor público que deberá tener, al menos, el nivel de Director General o su equivalente. Todos los miembros de la Comisión Intersecretarial 11

12 contarán con voz, pero adoptarán sus decisiones por mayoría de votos de las dependencias representadas en la Comisión, correspondiendo un voto a cada una de ellas. En caso de empate la SE tendrá voto de calidad. El Presidente de la Comisión Intersecretarial designará de entre los miembros de la misma a su Secretario Técnico. La Comisión Intersecretarial sesionará de manera ordinaria cada tres meses y en forma extraordinaria cuando sea convocada por su Presidente. ARTÍCULO DÉCIMO.- Cuando la Comisión Intersecretarial deba tratar asuntos de comercio exterior que involucren a un sector productivo específico, podrá convocar a sus sesiones a representantes del ámbito privado y académico que pertenezcan a tal sector, quienes únicamente tendrán derecho a voz, pero no a voto. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Las autoridades competentes en materia de comercio exterior, podrán presentar propuestas, en el ámbito de sus atribuciones, a la Comisión Intersecretarial, a través del Secretario Técnico. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- El desarrollo de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior y su administración, una vez implementada, corresponderá al SAT. Al amparo del presente Decreto, que con anterioridad era dirigido por la Secretaría de Economía, al estar integrado en su totalidad, actualmente es responsabilidad del SAT. El panorama de comercio exterior que se presentaba en ese momento en nuestro país, requería cambios en su operatividad y gestión aduanera, todo esto representaba un desaliento para cualquier empresario, por lo que fue necesaria la implementación de nuevos mecanismos que transformaran el comercio exterior de nuestro país, surgiendo así la Ventanilla Digital de Comercio Exterior. El VUCE es un sistema integrado que permite a las partes 12

13 involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a través de medios electrónicos y por un solo punto, los trámites requeridos por las entidades de control competentes para el tránsito, ingreso o salida del territorio nacional de mercancías. (DOF, Diario Oficial de la Federacion, 2011) La Ventanilla Única es una herramienta que permite el envío de la información electrónica, una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior. Esto es posible a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión. En términos prácticos, la Ventanilla Única tiene como objetivo agilizar y simplificar los flujos de información entre el comercio y el gobierno y aportar beneficios significativos para todas las partes involucradas en el comercio transfronterizo. La Ventanilla Única es generalmente gestionada de forma centralizada por un organismo rector, lo que permite a las autoridades competentes y organismos gubernamentales recibir o tener acceso a la información pertinente para su propósito. Además, las autoridades y organismos participantes deben coordinar sus controles. En algunos casos, la Ventanilla Única deberá proporcionar medios para el pago de derechos correspondientes, los impuestos y tasas. (VentanillaUnica, 2015) Aunque hay muchos enfoques para establecer una ventanilla única, se ha optado por el modelo Sistema Automatizado de Información de Transacciones, a través del cual los comerciantes pueden presentar declaraciones electrónicas de comercio a las diferentes autoridades para ser procesadas y aprobadas en una sola aplicación. Esta aplicación es respaldada por servicios y componentes que 13

14 facilitan a los usuarios las operaciones de importación, exportación, tránsito y, a la vez, da a las autoridades una herramienta eficiente para el cumplimiento de sus funciones. (VentanillaUnica, Ventanilla Unica, 2015) La operación de Ventanilla Única implica cuatro pasos: 1. El interesado ingresa en y con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) registra en línea la información relacionada con la importación, exportación o tránsito de mercancías. 2. La información se envía electrónicamente a las oficinas de gobierno correspondientes para su aprobación y autorización. 3. Los impuestos se calculan y se dictaminan para proceder a su cobro. 4. Al presentar el transportista un formato simplificado, el verificador de aduana consulta la información mediante un dispositivo digital portátil y libera la mercancía. Los operadores de comercio exterior del país deben cumplir ciertas especificaciones tecnológicas para utilizar la Ventanilla Única. Para el uso de la herramienta es indispensable la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), que puede tramitarse en una oficina del Servicio de Administración Tributaria, o renovarse por internet. (VentanillaUnica, Ventanilla Unica, 2015) La Firma electrónica es un archivo digital que te identifica al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República. Tu Firma electrónica es única, es un archivo seguro y cifrado que incluye tu firma caligráfica. Por sus características, es segura y garantiza tu identidad. 14

15 (SAT, 2015) Ventanilla única tiene diferentes servicios que permite a las personas físicas realizar sus actividades y operaciones de Comercio Exterior y consta de lo siguientes servicios: Consultoría. Modelado de actividades de las dependencias y del sector privado en materia de comercio exterior. Digitalización. Módulo en el que se digitalizarán 150 millones de hojas, que constituyen el acervo histórico de la Administración General de Aduanas. Red inalámbrica. En las 49 aduanas del país. Implementación de procesos. Incluye la automatización de los procesos del sector privado, los trámites de comercio exterior de la Administración Pública Federal y del módulo de digitalización de Ventanilla Única. Información. Soluciones de manejo y explotación de información estructurada y no estructurada almacenada en la Ventanilla Única. Operación y mantenimiento. De los servicios y de la función del procesamiento móvil. Servicios desagregados. Considera diversos subservicios: 1. Procesamiento móvil. Equipos portátiles para los verificadores de la aduana. 2. Capacitación. Impartición de cursos sobre la operación y presentación de trámites a través de Ventanilla Única. 15

16 3. Módulo de e-learning. Entrenamiento a distancia (e-learning) de los actores involucrados en el comercio exterior, en la operación y presentación de trámites a través de Ventanilla Única. 4. Gestión del cambio organizacional. Para mitigar los efectos no deseados del cambio organizacional en las dependencias, entidades y entre los diversos actores del comercio exterior. Aduana digital. Módulo para validar los documentos anexos al pedimento. (VentranillaUnica, 2015) La utilización de ventanilla única en México ha tenido varios objetivos planteados estos para que el país se vea beneficiado en muchísimos aspectos que elevan la competitividad internacional en el Comercio Exterior. Estos son los objetivos principales que se han planteado con el uso de Ventanilla Única en México son los siguientes: Eliminar el papel, al convertir los procesos manuales en electrónicos utilizando documentación digitalizada. Reducir tiempos en procesos administrativos, así como en las plataformas de revisión de las aduanas del país. Contar con información previa al despacho aduanero, para la aplicación acertada del análisis de riesgo. Facilitar la búsqueda y acceso de información desde ubicaciones remotas a un repositorio central de información. Incidir en la competitividad de la economía del país con procesos de comercio exterior más ágiles, fáciles y seguros. 16

17 Eliminar considerables gastos de mensajería y flete. Ahorro de tiempo ante el particular para la entrega y localización de documentos (copias certificadas de pedimentos) solicitados. Reducir costos en espacios físicos para almacenaje (VentanillaUnica, Ventanilla Unica, 2015) Con el uso de ventanilla única las operaciones de comercio exterior han seguido en constante aumento. Como lo muestra la siguiente tabla de exportaciones que hubo por año en el país , , , , ,535.4 (Economia, 2015) (SE, 2015) CONCLUSIONES El resultado de esta investigación lleva a concluir que la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior marco el inicio de una nueva etapa en las operaciones de comercio en el país agilizando la gestión del proceso desde que se apertura esta herramienta. Se puede decir que es una herramienta a la que se le debe dar seguimiento y que se fortalezcan más la comunicación de lo que es ventanilla única y el uso de la misma ya que no será algo muy nuevo pero que hoy en día en México está ayudando, trayendo consigo varios beneficios y es importante que se le siga invirtiendo en este tipo de herramientas ya que estamos en la era digital donde nos podemos apoyar para que los procesos sean más rápidos, seguro y eficientes ayudando de la misma forma a que la economía del 17

18 país se eleve para que la entrada de divisas beneficie a la calidad de vida en México. De esta forma lo que se debe hacer, es inducir a los que tienen relaciones con operaciones de comercio exterior que entren a las páginas de ventanilla única y vean todo lo que se puede realizar o entrar a cursos, talleres, congresos o que se acerquen a expertos para que les den una capacitación de cómo manejar esta herramienta que es indispensable en este 2015 el manejo de ella para realizar cualquier actividad de comercio internacional. La VUCEM ha beneficiado en la entrega de información electrónica en un solo punto de contacto. Puesto que toda la información relacionada con el proceso de importación, exportación o tránsito de mercancías se ingresa en línea, una sola vez, y en un solo punto de contacto y con esto los usuarios pueden tener atención y vigilancia personalizada desde cualquier lugar del mundo y a cualquier día del año y hora. Remarcamos que las operaciones de comercio exterior con ayuda de esta herramienta se pueden realizar a menor costo y tiempo gracias al resultado de la simplificación y automatización de los procesos de gestión, los tiempos y los costos se reducen, tanto para la Administración Pública Federal como para los usuarios de comercio exterior, en el intercambio de mercancías de México con otros países. Ventanilla única ayudo también a la mejora de la logística ya que sin la utilización de formatos de papel se agiliza la liberación de mercancías y se hace más eficiente la cadena logística por lo que ayuda a todas las personas que realizan actividades de comercio exterior a que el proceso sea rápido, eficiente, menor tiempo, bajo costo. La automatización de los procesos de comercio exterior evita decisiones arbitrarias de servidores públicos, y proporciona un mejor control de riesgos para que se tenga una mayor transparencia en las operaciones. Algo que ha sido de 18

19 sobresaltar del trabajo de la ventanilla única es que gracias a esta se han eliminado los formatos en papel ya que hoy en día la información digital está sustituyendo el uso de papel y ayuda a que la contaminación mundial sea menor ya que anteriormente para realizar la gestión administrativa se utilizaba una gran cantidad de hoja papel. La homologación y claridad de los requisitos para el cumplimiento de las obligaciones de comercio exterior da certeza jurídica. Por último el beneficio de la seguridad de la información ha mejorado. Mediante el uso de tecnologías de la información se evita el daño o pérdida de datos, aun en casos de desastre ya que se utilizan gran base de datos que son protegidas para toda tipo de hecho jurídicos. BIBLIOGRAFÍA DOF. (14 de 01 de 2011). Diario Oficial de la Federacion. Recuperado el 15 de 04 de 2015, de Diario Oficial de la Federacion: 1 DOF. (11 de 06 de 2013). Diario Oficial de la Federacion. Recuperado el 14 de 04 de 2015, de Diario Oficial de la Federacion: 3 Economia, S. d. (2015). Secretaria de Economia. Recuperado el 24 de 04 de 2015, de Secretaria de Economia: SAT. (14 de 04 de 2015). SAT. Recuperado el 17 de 04 de 2015, de SAT: SE. (2015). Secretaria de economia. Recuperado el 25 de 04 de 2015, de Secretaria de economia: 19

20 nformacion_estadistica/anual_exporta.pdf VentanillaUnica. (2015). Ventanilla Unica. Recuperado el 12 de 04 de 2015, de Ventanilla Unica: VentanillaUnica. (2015). Ventanilla Unica. Recuperado el 13 de 04 de 2015, de Ventanilla Unica: tarial/index.htm VentanillaUnica. (2015). Ventanilla Unica. Recuperado el 19 de 04 de 2015, de Ventanilla Unica: VentanillaUnica. (2015). Ventanilla Unica. Recuperado el 16 de 04 de 2015, de Ventanilla Unica: VentranillaUnica. (2015). Ventanilla Unica. Recuperado el 15 de 04 de 2015, de Ventanilla Unica: dex.htm 20

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