RESOLUCIÓN No. EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
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- Jaime Pérez Ramírez
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1 RESOLUCIÓN EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: I. Que como resultado del estudio del estudio del informe del examen especial DR4DPZ , practicado por la Delegación Provincial de Zamora Chinchipe, de la Contraloría General del Estado, a los componentes Disponibilidades, Anticipos de Fondos, Cuentas por Cobrar, Inversiones en Existencias, Inversiones en Bienes de Larga Duración, Ingresos de Gestión y Gastos de Gestión, del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de marzo de 2009, se establecen hechos que ameritan la siguiente orden de reintegro: indebido por el total de ,36 USD en contra de los señores: Washington Jhosymar Freire Zhindón, técnico de Planificación; en 840,78 USD; Xavier Antonio León Rodríguez, asistente de Ingeniería, en 699,66 USD; Miguel Ángel Rodríguez Berrú, contador, en 170,22 USD; Juan Carlos Criollo Gómez, técnico ambiental, en 310,96 USD; Vicente Robles Martínez, técnico ambiental, en 112,01 USD; Julio César Juca Silva, asistente técnico, en 276,69 USD; Miguel Ángel Coraizaca Morocho, en 398,93 USD; Manuel de Jesús Nauta, en USD; Diana Merino Conde, en 783,87 USD; Sara María Sisalima Sicha, en 783,87 USD; Walter Yonil Gaona Jumbo, en 783,87 USD; Segundo José María Japón García, en 783,87 USD; llda Sabina Ortíz Granda, en 284,95 USD; Luis Miguel Torres Pinto, en USD; Birmania Bernilda Bravo Vivero, en USD; Próspero Rodrigo Calva Dávila, en 284,95 USD; Ángel Guillermo Ordóñez Guarnan, en 783,87 USD; Álex Francisco Merchán Minga, en 783,87 USD; Klever Floresmilo Taday Uchuari, en 740,87 USD; Jaime Alberto Sinchire Cruz, en 740,87 USD; Pastor Gaona Torres, en 341,94 USD; Fredy Rodrigo Rosillo Masa, en 398,93 USD; Marcelino Vásquez Chávez, en USD; Félix Eulogio Cobos Maldonado, en 783,78 USD; José Ramiro Bravo Idrovo, en 626,89 USD; Yolanda Soledad Gómez Iriarte, en 113,98 USD; Ermelinda Alejandrina Iñíguez Iñíguez, en 512,91 USD; Jorge Yovany González Pardo, en 398,93 USD; Manuel Mecías Moreno Guayanlema, en 683,88 USD; José Antonio Ambuludi Torres, en 683,88 USD; Humberto Suing, en USD; Luis Francisco Jiménez Pineda, en 341,94 USD; Plácido Francisco Sigcho Armijos, en, 683,79 USD; Víctor Manuel Carrión Ochoa, en 113,98 USD; y, Elvia Matilde Bermeo López, en 783,87 USD, obreros, por cuanto en el ejercicio de sus funciones y en sus respectivos períodos de actuación, se beneficiaron del pago por concepto de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, a pesar que ya no pertenecían a la institución municipal, conforme el siguiente análisis: Para ejecutar proyectos por administración directa, el Municipio durante el período analizado, contrató 6 empleados y 29 trabajadores por servicios ocasionales, con una duración de 2, 3 y 6 meses respectivamente, a quienes no obstante de habérsele desvinculado de la Municipalidad, la entidad les continuó pagando Oficina Matriz Av. Juan Montalvo E4-37 y Av. 6 de Diciembre. Teléfono: ( ). Quito-Ecuador
2 aportes personales y patronales, que le representaron un desembolso de ,36 USD. La causa se generó por falta de coordinación entre el Jefe de l y Tesorero; el primero por no elaborar oportunamente los avisos de salida y tramitarlos al IESS; y, el segundo por no confirmar la información que constaba en la planilla que la entidad aseguradora ponía a disposición en el portal electrónico Razón por la que se reconocieron obligaciones por personas que dejaron de tener relación de dependencia y por valores superiores a los que debió consignar; lo que ocasionó perjuicio económico a la entidad en el valor de la orden de reintegro; según el siguiente detalle; Washington Freire Zhindón 2009/03/12 210, /01/ ,30 265, /01/ ,96 265, /02/ ,96 265, /03/ ,96 265, /04/ ,96 265, /05/ ,96 265, /06/ ,96 265, /07/ ,96 265, /08/ ,96 265, /09/ ,96 265, /10/ ,96 265, /11/ ,96 265, /02/ ,96 265, /02/ ,96 265, /03/ ,96 TOTAL 840,78 Xavier León Rodríguez 2008/09/24 338, /04/ ,74 338, /05/ ,74 338, /06/ ,74 338, /07/ ,74 338, /08/ ,74 338, /09/ ,74 338, /10/ ,74 338, /11/ ,74 338, /12/ ,74 TOTAL 699,66 Miguel Rodríguez Berrú 2008/02/11 210, /01/ ,30 265, /02/ ,96 265, /03/ ,96 TOTAL 170,22 Juan Criollo Gómez 2009/03/12 338, /11/ ,74 338, /12/ ,74 338, /02/ ,74 2
3 h 338, /03/16 ] ,74 TOTAL 310,96 Vicente Robles Martínez 2009/04/08 487, /02/ ,01 TOTAL 112,01 Julio Juca Silva 2009/04/06 401, /12/ ,23 401, /02/ ,23 401, /03/ ,23 TOTAL 276,69 Miguel Coraizaca Morocho 2009/03/20 TOTAL 398,93 Manuel Naula 2009/03/20 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 TOTAL 783,87 Diana Merino Conde 2009/04/01 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 3
4 ( TOTAL 783,87 Sara Sisalima Sicha 2009/03/20 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 TOTAL 783,87 Walter Gaona Jumbo 2009/03/23 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 TOTAL 783,87 Paqo José Japón García 2009/03/23 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 4
5 TOTAL 783,87 llda Ortiz Granda 2009/04/06 TOTAL 284,95 Luis Torres Pinto 2009/03/19 TOTAL 398,93 Birmania Bravo Vivero 2009/03/18 TOTAL 683,88 Próspero Calva Dávila 2009/03/19 TOTAL 284,95 Angel Ordóñez Guamán 2009/03/20 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99
6 t TOTAL 783,87 Alex Merchán Minga 2009/03/18 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 TOTAL 783,87 Klever Taday Uchuari 2009/03/18 265, /02/ ,99 TOTAL 740,87 Jaime Sinchire Cruz 2009/04/01 265, /02/ ,99 6
7 A TOTAL 1 740,87 RIMU Pastor Gaona Torres 2009/04/01 TOTAL 341,94 RIMU Fredy Rosillo Masa 2009/03/19 TOTAL 398,93 RIMU Marcelino Vásquez 2009/04/30 Chávez TOTAL 398,93 RIMU Félix Cobos Maldonado 2009/04/30 200, /01/ ,00 265, /02/ ,90 TOTAL 783,78 RIMU José Bravo Idrovo 2009/06/03 7
8 TOTAL 626,89 Yolanda Gómez Iriarte 2009/04/30 TOTAL 113,98 Ermelinda Iñiguez Iñiguez 2009/04/30 TOTAL 512,91 Jorqe González Pardo 2009/04/16 TOTAL 398,93 Manuel Moreno Guayanlema 2009/03/19 TOTAL 683,88
9 José Ambuludi Torres 2009/04/16 TOTAL 683,88 Humberto Suing 2008/08/15 TOTAL 341,94 Luis Jiménez Pineda 2009/04/30 265, /09/ ,99 265, /10/ ,99 265, /11/ ,99 TOTAL 341,94 Plácido Sigcho Armijos 2009/05/08 265, /07/ ,90 TOTAL 683,79 Víctor Carrión Ochoa 2009/05/25 TOTAL 113,98
10 Elvia Bermeo López 2009/03/18 200, /01/ ,00 265, /02/ ,99 TOTAL 783,87 VALOR TOTAL ,36 Responden subsidiariamente por el monto total de la orden de reintegro Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, jefe de personal, por no elaborar y remitir oportunamente los avisos de salida de los trabajadores al IESS, cuando terminaron su relación laboral con la entidad; y, el señor Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, tesorero, no confirmó la información que constaba en la planilla que la entidad aseguradora puso a disposición en el portal electrónico Por lo anteriormente anotado, contravinieron lo previsto en los artículos 120 de la Constitución Política del Ecuador; 233 de la Constitución de la República del Ecuador; 12 y 77 numerales 2, literales a), y c); y, 3 literales a), b), c), d) y j), de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; 7 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; e inobservaron las Normas de Control Interno Sistemas de información y comunicación"; y, Actividades de monitoreo y/o supervisión. II. Que por este motivo, el 31 de enero de 2013 se expidieron las órdenes de reintegro Nos a 1550, 1559 y 1560, en contra de servidores y ex servidores del Gobierno Autónomo Municipal de Zamora, habiéndoseles notificado conforme el siguiente detalle; dándoles a conocer el fundamento de la observación y concediéndoles el plazo de noventa días, de conformidad con lo previsto en el numeral 2, del artículo 53 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, a fin de que se efectúen el reintegro o soliciten la reconsideración de las órdenes de reintegro, y presenten las pruebas pertinentes: Orden de Reintegro, s y Notificación Fecha Cargos 1516 Washington Jhosymar Freire Zhindón Técnico de Planificación 1517 Xavier Antonio León Rodríguez Asistente de Ingeniería 10 13/03/ /03/2013
11 1518 Miguel Ángel Rodríguez Berru Contador 1519 Juan Carlos Criollo Gómez Técnico Ambiental 1520 Vicente Robles Martínez Técnico Ambiental 1521 Julio Cesar Juca Silva Asistente Técnico 1522 Luis Francisco Jiménez Pineda 1523 Suing Humberto 1524 José Antonio Ambuludi Torres 1525 Manuel Mecías Moreno Guayanlema 1526 Coraizaca Morocho Miguel Ángel 1527 Manuel De Jesús Naula 1528 Conde Diana Merino Obrera 1529 Sisalima Sicha Sara María Obrera 1530 Walter Yonil Gaona Jumbo 1531 Segundo José María Japón García Prensa Telégrafo Prensa Telégrafo Prensa El Comercio Prensa Telégrafo Prensa Telégrafo Prensa "Telégrafo Prensa Telégrafo Prensa Telégrafo Prensa Telégrafo 22/03/ /03/ /10/ /03/ /05/ /03/ /03/ /04/
12 1532 Prensa Fredy Rodrigo Rosillo Masa Telégrafo 1533 Prensa Alex Francisco Merchán Minga Telégrafo 1534 Prensa Klever Floresmilo Taday Uchuari Telégrafo 1535 Jaime Alberto Sinchire Cruz 1536 Prensa Pastor Gaona Torres Telégrafo 1537 Prensa llda Sabina Ortiz Granda Telégrafo Obrera 1538 Luis Miguel Torres Pinto 1539 Birmania Bernilda Bravo Vivero Obrera 1540 Prensa Prospero Rodrigo Calva Dávila Telégrafo 1541 Prensa Ángel Guillermo Ordoñez Guamán Telégrafo 1542 Prensa Jorge Yovany González Pardo Telégrafo 1543 Prensa Marcelino Vásquez Chávez Telégrafo 1544 Félix Eulogio Cobos Maldonado 1545 José Ramiro Bravo Idrovo 04/04/ /03/ / /03/ /03/
13 1546 Yolanda Soledad Gómez Marte Obrera 1547 Ermelinda Alejandrina Iñiguez Iñiguez Obrera 1548 Víctor Manuel Carrión Ochoa 1549 Placido Francisco Sigcho Armijos 1550 Elvia Matilde Bermeo López Obrera 1559 Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú Jefe de l 1560 Rubén Marcelo Veintimilla Quezada. Tesorero Prensa Telégrafo 08/04/ /04/ /04/ /03/ /03/2012 Que dentro del plazo legal, los administrados dan contestación a las órdenes de reintegro, mediante escritos ingresados a la Contraloría General del Estado, según detalle que consta a continuación: Control de Comunicación Fecha 1549 Placido Francisco Sigcho Armijos /04/2013 A fojas 77 del expediente administrativo consta el escrito presentado por el administrado en el que indica que adjunta un certificado emitido por la Unidad de Talento Humano del Municipio de Zamora en el que consta que trabajó por 60 días en la entidad. Control de Comunicación 1559 Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú Jefe de l Fecha 31/05/2013 El administrado en su comunicación que consta a fojas 577 del expediente administrativo indica que depuró la nómina de aporte al IESS, por lo que dicha entidad devolvió los valores indebidamente pagados mediante notas de crédito, lo 13
14 que aduce demuestra con la documentación que acompaña y que constituyen documentos públicos descargados del portal web del IESS. c- Control de Comunicación Fecha 1560 Rubén Marcelo Veintimilla Quezada. Tesorero /06/2013 En su escrito que consta a fojas 976 del expediente administrativo indica que ha procedido al pago en estricto cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y por la autonomía que tiene la municipalidad con las Resoluciones que el Concejo expidió sobre el tema. d. Transcurrido el plazo legal, los señores: Washington Jhosymar Freire Zhindón; Xavier Antonio León Rodríguez; Miguel Ángel Rodríguez Berrú; Juan Carlos Criollo Gómez; Vicente Robles Martínez; Julio César Juca Silva; Miguel Ángel Coraizaca Morocho; Manuel de Jesús Nauta; Diana Merino Conde; Sara María Sisalima Sicha; Walter Yonil Gaona Jumbo; Segundo José María Japón García; llda Sabina Ortíz Granda; Luis Miguel Torres Pinto; Birmania Bernilda Bravo Vivero; Próspero Rodrigo Calva Dávila; Ángel Guillermo Ordóñez Guamán; Álex Francisco Merchán Minga; Klever Floresmilo Taday Uchuari; Jaime Alberto Sinchire Cruz; Pastor Gaona Torres; Fredy Rodrigo Rosillo Masa; Marcelino Vásquez Chávez; Félix Eulogio Cobos Maldonado; José Ramiro Bravo Idrovo; Yolanda Soledad Gómez triarte; Ermelinda Alejandrina Iñíguez Iñiguez; Jorge Yovany González Pardo; Manuel Mecías Moreno Guayanlema; José Antonio Ambuludi Torres; Humberto Suing; Luis Francisco Jiménez Pineda; Plácido Francisco Sigcho Armijos; Víctor Manuel Carrión Ochoa; y, Elvia Matilde Bermeo López, no han solicitado la reconsideración de la orden de reintegro, ni han adjuntado las pruebas que correspondan, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Reglamento Sustitutivo de Responsabilidades; razón por la cual, el presente juzgamiento en lo que a ellos respecta se dicta en rebeldía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 ibídem, sin perjuicio de que aspectos legales o los justificativos presentados por los administrados subsidiarios les favorezcan. IV. Que analizados tanto el informe del examen especial así como el memorando de antecedentes, registrados en el archivo con el número DIRESS , al igual que las comunicaciones y documentos remitidos, se concluye: a) La responsabilidad civil subsidiaria por el valor de ,40 USD no procede ser confirmada, en contra de los señores Washington Jhosymar Freire Zhindón, en 840,78 USD; Xavier Antonio León Rodríguez, en 699,66 USD; Miguel Ángel Rodríguez Berrú, en 170,22 USD; Juan Carlos Criollo Gómez, en 310,96 USD; Vicente Robles Martínez, en 112,01 USD; Julio César Juca Silva, en 276,69 USD; Miguel Ángel Coraizaca Morocho, en 398,93 USD; Manuel de Jesús Naula, en 783,87 USD; Diana Merino Conde, en 783,87 USD; Sara María Sisalima Sicha, en 783,87 USD; Walter Yonil Gaona Jumbo, en 783,87 USD; Segundo José María Japón García, en 783,87 USD; llda Sabina Ortiz Granda, en 284,95 USD; Luis Miguel Torres Pinto, en USD; Birmania Bernilda Bravo Vivero, en 683,88 USD; Próspero Rodrigo Calva Dávila, en 284,95 USD; 14
15 ) \ I t Ángel Guillermo Ordóñez Guamán, en 783,87 USD; Álex Francisco Merchán Minga, en 783,87 USD; Klever Floresmilo Taday Uchuari, en 740,87 USD; Jaime Alberto Sinchire Cruz, en 740,87 USD; Pastor Gaona Torres, en 341,94 USD; Fredy Rodrigo Rosillo Masa, en 398,93 USD; Marcelino Vásquez Chávez, en 398,93 USD; Félix Eulogio Cobos Maldonado, en 783,78 USD; José Ramiro Bravo Idrovo, en 626,89 USD; Yolanda Soledad Gómez triarte, en 113,98 USD; Ermelinda Alejandrina Iñíguez Iñíguez, en 512,91 USD; Jorge Yovany González Pardo, en 398,93 USD; Manuel Mecías Moreno Guayanlema, en 683,88 USD; José Antonio Ambuludi Torres, en 683,88 USD; Humberto Suing, en 113,98 USD; Luis Francisco Jiménez Pineda, en 341,94 USD; Plácido Francisco Sigcho Armijos, en, 683,79 USD; Víctor Manuel Carrión Ochoa, en 113,98 USD; Elvia Matilde Bermeo López, en 783,87 USD, como responsables principales; y los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, jefe de personal; y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, tesorero, como responsables subsidiarios, por cuanto de la documentación remitida por el señor Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, jefe de personal del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Zamora, y que consta de fojas 578 a 967, se evidencia las Notas de Crédito que el Instituto de Seguridad Social emitió a favor de la entidad por el pago en exceso efectuado, por trabajadores que ya no pertenecían al Municipio de Pastaza, conforme el siguiente detalle; De fojas 580 a 593 constan 15 notas de crédito correspondientes al pago en exceso efectuado por aportes del señor Washington Jhosymar Freire Zhindón por el valor de 60,96 USD cada una, que suman en total 840,78 USD. De fojas 596 a 604 constan 9 notas de crédito correspondientes al pago en exceso efectuado por aportes del señor Xavier Antonio León Rodríguez por el valor de USD cada una, que suman en total 699,66 USD. De fojas 606 a 609 constan 2 notas de crédito correspondientes al pago en exceso efectuado por aportes del señor Miguel Ángel Rodríguez Berrú por el valor de 60,96 USD cada una, que suman en total 170,22 USD. r "N De fojas 610 a 614 constan 4 notas de crédito correspondientes al pago en exceso efectuado por aportes del señor Juan Carlos Criollo Gómez por el valor de USD cada una, que suman en total 310,96 USD. A fojas 657 consta una nota de crédito correspondiente al pago en exceso efectuado por aportes del señor Vicente Robles Martínez por el valor de 112,01 USD. De fojas 637 a 643 constan 3 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Julio César Juca Silva por el valor de 92,23 USD cada una, que suman en total 276,99 USD. De fojas 645 a 655 constan 7 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Miguel Ángel Coraizaca Morocho por el valor de 65,99 USD cada una, que suman en total 398,93 USD. De fojas 617 a 635 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Manuel de Jesús Naula por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 783,89 USD. 15
16 De fojas 663 a 677 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Diana Merino Conde por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 783,87 USD. De fojas 679 a 692 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Sara María Sisalima Sicha por el valor de USD cada una, que suman en total 783,87 USD. De fojas 695 a 708 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Walter Yonil Gaona Jumbo por el valor de USD cada una, que suman en total 783,87 USD. De fojas 711 a 725 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Segundo José María Japón García por el valor de USD cada una, que suman en total 783,87 USD. De fojas 726 a 730 constan 5 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora llda Sabina Ortiz Granda por el valor de USD cada una, que suman en total 284,95 USD. De fojas 732 a 740 constan 7 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Luis Miguel Torres Pinto por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 398,93 USD. De fojas 741 a 752 constan 12 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Birmania Bernilda Bravo Vivero por el valor de USD cada una, que suman en total 683,88 USD. De fojas 741 a 752 constan 12 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Próspero Rodrigo Calva Dávila por el valor de USD cada una, que suman en total 284,95 USD. De fojas 761 a 774 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Ángel Guillermo Ordóñez Guamán por el valor de USD cada una, que suman en total 783,87 USD. De fojas 777 a 790 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Álex Francisco Merchán Minga por el valor de USD cada una, que suman en total 783,89 USD. De fojas 793 a 805 constan 13 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Klever Floresmilo Taday Uchuari por el valor de USD cada una, que suman en total 740,87 USD. De fojas 808 a 820 constan 13 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Jaime Alberto Sinchire Cruz por el valor de USD cada una, que suman en total 740,87 USD. 16
17 / De fojas 822 a 827 constan 6 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Pastor Gaona Torres por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 341,94 USD. De fojas 829 a 835 constan 7 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Fredy Rodrigo Rosillo Masa por el valor de USD cada una, que suman en total 398,93 USD. De fojas 837 a 843 constan 7 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Marcelino Vásquez Chávez por el valor de USD cada una, que suman en total 398,93 USD. De fojas 846 a 859 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Félix Eulogio Cobos Maldonado por el valor de USD cada una, que suman en total 783,89 USD. De fojas 862 a 872 constan 11 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor José Ramiro Bravo Idrovo por el valor de USD cada una, que suman en total 626,89 USD. De fojas 874 a 875 constan 2 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Yolanda Soledad Gómez Iriarte por el valor de USD cada una, que suman en total 113,98 USD. De fojas 877 a 885 constan 9 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Ermelinda Alejandrina Iñiguez Iñiguez por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 512,91 USD. De fojas 887 a 893 constan 7 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Jorge Yovany González Pardo por el valor de USD cada una, que suman en total 398,93 USD. De fojas 896 a 908 constan 12 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Manuel Mecías Moreno Guayanlema por el valor de USD cada una, que suman en total 683,88 USD. De fojas 911 a 922 constan 12 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor José Antonio Ambuludi Torres por el valor de USD cada una, que suman en total 683,88 USD. De fojas 924 a 926 constan 2 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Humberto Suing por el valor de 56,99 USD cada una, que suman en total 113,98 USD. De fojas 928 a 933 constan 6 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Luis Francisco Jiménez Pineda por el valor de USD cada una, que suman en total 341,94 USD. De fojas 936 a 947 constan 12 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Plácido Francisco Sigcho Armijos por el valor de USD cada una, que suman en total 683,79 USD. 17
18 t De fojas 948 a 951 constan 2 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes del señor Víctor Manuel Carrión Ochoa por el valor de USD cada una, que suman en total 113,98 USD. De fojas 954 a 967 constan 14 notas de crédito correspondientes a pago en exceso efectuado por aportes de la señora Elvia Matilde Bermeo López por el valor de USD cada una, que suman en total USD. Por lo tanto, de la documentación antes detallada, se desprende que a través de las Notas de Crédito emitidas a favor del Municipio de Zamora, se han restituido los valores, por tanto resarcido el perjuicio económico causado al Estado, por la suma de ,40 USD. b) Respecto a la diferencia de 227,96 USD, predeterminada en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú; y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios, ésta procede ser ratificada, por cuanto los argumentos y documentos remitidos no han podido desvirtuar los hechos que motivaron la predeterminación, ya que de fojas 924 a 926 constan 3 notas de crédito correspondientes al período de junio y julio de 2008 y abril de 2009, correspondientes a pago en exceso por aportes del señor Humberto Suing por el valor de 56,99 USD cada una; sin embargo, el valor contenido en la observación de auditoría corresponde a 341,94 USD por los períodos junio, julio, agosto, diciembre de 2008 y febrero y marzo de 2009 por el valor de 56,99 cada una, por lo que únicamente se ha justificado el valor de junio y julio de 2008, que suman en total 113,98 USD; existiendo una diferencia de 227,96 USD, que no ha sido justificada. La inobservancia de las disposiciones legales en el ejercicio de sus funciones causó perjuicio económico al Estado, el mismo que debe ser resarcido de conformidad con el artículo 52, inciso segundo de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. Por lo expuesto, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley, RESUELVE: De la responsabilidad civil subsidiaria predeterminada mediante Ordenes de Reintegro Nos 1516 a 1550, 1559 y 1560 de 31 de enero de 2013 por ,36 USD, en contra de servidores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, proceder de la siguiente manera: DESVANECER el valor de ,40 USD predeterminado en contra de los señores Washington Jhosymar Freire Zhlndón, en 840,78 USD; Xavier Antonio León Rodríguez, en 699,66 USD; Miguel Ángel Rodríguez Berrú, en 170,22 USD; Juan Carlos Criollo Gómez, en 310,96 USD; Vicente Robles Martínez, en 112,01 USD; Julio César Juca Silva, en 276,69 USD; Miguel Ángel Coraizaca Morocho, en 398,93 USD; Manuel de Jesús Naula, en 783,87 USD; Diana Merino Conde, en 783,87 USD; Sara María Sisalima Sicha, en 783,87 USD; Walter Yonil Gaona Jumbo, en 783,87 USD; Segundo José María Japón García, en 783,87 USD; llda 18
19 J Sabina Ortíz Granda, en 284,95 USD; Luis Miguel Torres Pinto, en USD; Birmania Bernilda Bravo Vivero, en 683,88 USD; Próspero Rodrigo Calva Dávila, en 284,95 USD; Ángel Guillermo Ordóñez Guarnan, en 783,87 USD; Álex Francisco Merchán Minga, en 783,87 USD; Klever Floresmilo Taday Uchuari, en USD; Jaime Alberto Sinchire Cruz, en 740,87 USD; Pastor Gaona Torres, en 341,94 USD; Fredy Rodrigo Rosillo Masa, en 398,93 USD; Marcelino Vásquez Chávez, en 398,93 USD; Félix Eulogio Cobos Maldonado, en 783,78 USD; José Ramiro Bravo Idrovo, en 626,89 USD; Yolanda Soledad Gómez Iriarte, en 113,98 USD; Ermelinda Alejandrina Iñíguez Iñíguez, en 512,91 USD; Jorge Yovany González Pardo, en 398,93 USD; Manuel Mecías Moreno Guayanlema, en 683,88 USD; José Antonio Ambuludi Torres, en USD; Humberto Suing, en 113,98 USD; Luis Francisco Jiménez Pineda, en 341,94 USD; Plácido Francisco Sigcho Armijos, en, 683,79 USD; Víctor Manuel Carrión Ochoa, en 113,98 USD; Elvia Matilde Bermeo López, en 783,87 USD, como responsables principales; y los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, jefe de personal; y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, tesorero, como responsables subsidiarios en ,40 USD. II. III. CONFIRMAR la responsabilidad civil por el total de 227,96 USD, predeterminada mediante órdenes de reintegro Nos. 1523, 1559 y 160, de 31 de enero de 2013, en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios, funcionarios del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Zamora, provincia Zamora Chinchipe. De conformidad con lo previsto en el artículo 57 número 2 de la Ley Orgánica de la Contralaría General del Estado REMITIR copia certificada de la presente resolución al señor Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Zamora, a fin de que una vez que se encuentre ejecutoriada, disponga la emisión y recaudación de los siguientes títulos de crédito cuyos montos corresponden a las cantidades confirmadas. De conformidad con el artículo 84 número 4 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado los intereses se calcularán desde las fechas que seguidamente se especifican: Un título de crédito por 56,99 USD, en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios. Fecha de intereses 15 de agosto de Un título de crédito por 56,99 USD, en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú', y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios. Fecha de intereses 15 de diciembre de Un título de crédito por 56,99 USD, en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios. Fecha de intereses 16 de febrero de
20 Un título de crédito por 56,99 USD, en contra del señor Humberto Suing, responsable principal y de los señores Wilman Rodrigo Rodríguez Berrú, y, Rubén Marcelo Veintimilla Quezada, responsables subsidiarios. Fecha de intereses 16 de marzo de El funcionario recaudador comunicará sobre la emisión detallada del título de crédito en referencia a la Contraloría General del Estado, al tenor de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 57 de la norma señalada. Notifíquese, Por el Contralor General del Estado, 20
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