Centro de Documentación Judicial
|
|
- Esteban González Martin
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Roj: SAP GI 470/2011 Id Cendoj: Órgano: Audiencia Provincial Sede: Girona Sección: 1 Nº de Recurso: 684/2010 Nº de Resolución: 153/2011 Procedimiento: Recurso de apelación Ponente: FERNANDO FERRERO HIDALGO Tipo de Resolución: Sentencia AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA GIRONA APELACION CIVIL. Rollo nº: 684/2010 Autos: procedimiento ordinario nº: 113/2009 Juzgado Primera Instancia 1 Girona (ant.ci-1) SENTENCIA Nº 153/2011 Ilmos. Sres.: PRESIDENTE Don Fernando Lacaba Sánchez MAGISTRADOS Doña María Isabel Soler Navarro Don Fernando Ferrero Hidalgo En Girona, siete de abril de dos mil once VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 684/2010, en el que ha sido parte apelante Dª. Serafina, representada esta por la Procuradora Dª. ANNA JUANDÓ AGUSTÍ, y dirigida por el Letrado D. RAMÓN QUINTANO RUIZ; y como parte apelada BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representada por la Procuradora Dª. GREGORIA TUEBOLS MARTÍNEZ, y dirigida por el Letrado D. ELIAS GARCÍA NÚÑEZ, y D. Obdulio y Dª. Andrea, declarados rebeldes en la instancia. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 1 Girona (ant.ci-1), en los autos nº 113/2009, seguidos a instancias de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado por la Procuradora Dª. GREGOIA TUEBOLS MARTÍNEZ y bajo la dirección del Letrado D. ELIAS GARCÍA NÚÑEZ, contra Dª. Serafina, representada por la Procuradora Dª. ANNA JUANDÓ TRIAS, bajo la dirección del Letrado D. RAMÓN QUINTANO RUIZ, y contra D. Obdulio y Dª. Andrea, en situación de rebeldía procesal, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO : Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la entidad "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA", debo condenar y 1
2 condeno a Dª Serafina, como deudora principal, y a D. Obdulio y Dª Andrea, como deudor principal y avalista, respectivamente, a pagar, conjunta y solidariamente, a la actora la cantidad total de ,83 euros, más el interés de demora que corresponda devengado al tipo del interés legal del dinero incrementado en 2,5 puntos desde la fecha de la reclamación extrajudicial de pago -20/11/08 hasta la fecha de la presente sentencia -09/07/2010. En cuanto a las costas, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad " SEGUNDO.- La relacionada sentencia de fecha 9 de julio de 2010, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC. TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo. FUNDAMENTOS DE DERECHO Centro de Documentación Judicial PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida, en cuanto no contradigan los de esta resolución. SEGUNDO.- Se interpone recurso de apelación por Dª. Serafina, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Girona de 9 de julio del 2010, en la que se estimó parcialmente la demanda interpuesta por EL BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. contra dicha recurrente y contra D. Obdulio y Dª. Andrea, y en la que se reclamaba la cantidad de ,32 euros, rebajada en la audiencia previa a la cantidad de ,95 euros, al presentar una nueva liquidación de intereses de demora. El fundamento de la reclamación que realiza el BBVA se encuentra en el préstamo hipotecario suscrito el día 19 de septiembre de 1994 por D. Obdulio y Dña. Serafina, por importe de pesetas y con la garantía hipotecaría de la finca registral NUM000 de Salt, afianzando dicha operación, Dña. Andrea. Ejecutada la garantía hipotecaria se adjudicó por el banco la finca en tercera subasta por la cantidad de pesetas (21.035,42 euros) y siendo la deuda por la que tramitaba el procedimiento de pesetas (44.665,25 euros), por lo que quedó un saldo por pagar de ,83 euros, a cuyo importe deben añadirse los intereses de demora, dando como resultado la cantidad que se reclama. La parte demandada se opuso a dicha reclamación, alegando, en primer lugar, la nulidad de la cláusula que fija un interés de demora del 29%, a consecuencia de la cual, el Banco demandante rebajó el importe de los intereses, insistiendo la parte recurrente en la nulidad de la totalidad de la cláusula; en segundo lugar, se opuso a la reclamación por abuso en el ejercicio del derecho, que fue rechazada en la sentencia y, por último, en el retraso desleal en el ejercicio de los derecho, oposición que fue estimada respecto de los intereses, pero no respecto del principal, entendiendo la parte recurrente que debe también ser aplicada tal doctrina respecto del principal. TERCERO.- Antes de entrar a resolver los motivos del recurso, resulta necesario reseñar el devenir fáctico desde la firma de la escritura de préstamo hipotecario hasta la venta de la finca hipotecada por parte del Banco a un tercero, después de habérsela adjudicado. El día 19 de septiembre de 1994, el Banco Exterior de España (ahora Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.), como parte prestamista y D. Obdulio y Dña. Serafina, como parte prestataria, suscribieron un contrato de préstamo por la cantidad de pesetas, con la garantía hipotecaria de la finca registral nº NUM000 de Salt, tratándose de una vivienda sita en c/ DIRECCION000, NUM001, NUM002 y con la fianza solidaria de Dña. Andrea. Se tasó la finca a efectos de fijar el tipo de subasta en pesetas (98.662,15 euros). En el año 1997 por el banco prestamista se interpuso demanda del proceso sumario hipotecario del artículo 131, al adeudarse la cantidad de euros (44.665,25 euros). Celebradas las correspondientes subastas, en la tercera, se adjudicó la finca el banco ejecutante por la cantidad de pesetas (21.035,42 euros). Por el Juzgado se dictó auto de 19 noviembre del 2001 en virtud del cual se aprobaba el remate y se adjudicaba la finca subastada a favor del BBVA, por el precio referido. El día 28 de junio del 2002, en virtud de escritura pública, el BBVA vende la referida finca junto con otra a 130 SERVEIS IMMOBILIARIS, S.L., siendo el precio global de la compraventa de euros. Se ignora, las características de la otra finca vendida y el precio por la que se valoró la finca objeto de litigio. 2
3 CUARTO.- Sentados dichos hechos incontrovertidos, insiste la parte demandada en su recurso que el banco ha actuado con claro abuso en el ejercicio de su derecho. El abuso del derecho es un límite intrínseco del derecho subjetivo (lo destacan las sentencias de 6 de febrero de 1999 y de 21 de diciembre de 2000 ) que tuvo una creación doctrinal, fue recogido por la jurisprudencia (a partir de la sentencia de 14 de febrero de 1944 ) y proclamado por el Código civil en su redacción del título preliminar por Decreto de 31 de mayo de 1974, artículo 7.2 y por el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La esencia del concepto es el sobrepasar manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, conforme dice el Código civil, que es lo mismo que extralimitación. Concepto que ha reiterado la jurisprudencia ( sentencias de 14 de mayo de 2002, 28 de enero de 2005, entre otras muchas, anteriores). En esencia la finalidad del abuso del derecho es la de impedir que los textos de la ley, estimados literalmente, puedan servir para amparar actos o situaciones contrarias a la realización de la Justicia. Dice la última de las sentencias reseñadas que El abuso del derecho se halla regulado en el art. 7.2 del Código Civil, en el que se establece que la ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo, y añade que todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización... La doctrina jurisprudencial exige para su apreciación como elementos esenciales: a) El uso de un derecho objetivo y externamente legal. b) Daño a un interés no protegido por una específica prerrogativa jurídica. c) La inmoralidad o antisocialidad de ese daño, manifestada en forma subjetiva (ejercicio del derecho con intención de dañar, o sin verdadero interés en ejercitarlo -ausencia de interés legítimo-), o en forma objetiva (ejercicio anormal del derecho, de modo contrario a los fines económico-sociales del mismo) - Sentencias, entre otras, 21 diciembre 2000, 16 mayo y 12 julio 2001, 2 julio 2002, 13 junio 2003, entre otras-; sin que quepa invocar la sanción cuando el exceso pernicioso en el ejercicio del derecho esté garantizada por precepto legal - Sentencia 2 julio 2002, que cita 28 abril 1976 y 14 julio Para la apreciación concreta del abuso del derecho es precisa una base fáctica que proclame las circunstancias objetivas y subjetivas (antes expuestas) ( SS. 3 noviembre 1990, 30 mayo 1998, 18 julio 2000, 28 junio y 12 julio 2001, 28 mayo y 2 julio 2002 ). El procedimiento de ejecución hipotecaria que tenía instaurado el artículo 131 de la Ley Hipotecaria y que actualmente regula la Ley de Enjuiciamiento civil, con un trámite similar, aunque con alguna variación sustancial, tenía por finalidad única y exclusivamente la de cobrar el crédito por parte del acreedor frente al deudor y en virtud de la venta de la finca hipotecada en garantía, sin que pudiera convertirse en un procedimiento encaminado a obtener un lucro indebido por parte del acreedor, ni por terceros adquirentes de la finca. Aunque, ello debía ser así, en la practica se vendían las fincas en tercera subasta por un precio muy inferior al valor de tasación, y ello aceptado por el propio legislador que permitía la adquisición en dicha tercera subasta sin sujeción a tipo, aunque mitigado por la posibilidad de que el deudor presentase un tercero que mejorase la postura (regla 12ª), aunque con poca o nula viabilidad práctica. Por ello, el legislador de la LEC del 2000 introdujo una novedad importante al establecer en el artículo párrafo tercero la posibilidad de que por el Juez no se apruebe el remate y se levante el embargo sobre el bien inmueble si la postura es inferior al 50% y no cubre la deuda. Y en el artículo 671 sólo se permite al acreedor, si no existe postor, pedir la adjudicación de los bienes por el 50% de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Y aunque la finalidad del procedimiento hipotecario era la mencionada, no se trata de resolver en esta resolución si el ejecutante o el tercero adjudicatario de la finca -que no es el caso- se ha enriquecido injustamente, pues como ya señala la sentencia, el Tribunal Supremo ya ha dicho que no existe tal enriquecimiento injusto aunque se la haya adjudicado por un precio muy inferior al valor de tasación, sino que se trata de dilucidar si con la pretensión que ahora se ejercita de reclamar la diferencia de la deuda entre el valor de adquisición y el importe que se adeudaba, puede o no considerarse abusivo en atención a los hechos que hemos dejado sentados en el fundamento jurídico anterior. Aunque dichas normas procesales que hemos citado no eran de aplicación a la ejecución hipotecaria, en la que el BBVA se adjudicó el bien hipotecado, en virtud de las disposiciones transitorias de la LEC, ésta ya estaba en vigor, por lo que nada impide traerlas a colación a fin de interpretar si la actuación del BBVA es o no abusiva, pues como dice el artículo 3 del Código Civil, en su apartado 1, las normas se interpretarán según la realidad del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas. Pues bien, se tasó la finca a efectos de fijar el tipo de subasta en pesetas (98.662,15 3
4 euros), resultando que el BBVA se la adjudicó por la cantidad de pesetas (21.035,42 euros), esto es, por poco más del 20% del valor de tasación, no justificándose en absoluto que en el tiempo transcurrido el bien inmueble ejecutado hubiera reducido sustancialmente su valor. De poderse haber aplicado la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, tal adjudicación no podría haberse admitido, pues como mínimo debía ofrecerse por la adjudicación el importe de la totalidad de lo adeudado, y aunque con la legislación anterior, en principio, tal proceder estaba permitido por el artículo 131 de la L.H. si aplicamos la doctrina del abuso del derecho que anteriormente hemos reseñado, no puede más que considerarse como abusiva la actuación del BBVA que después de haberse adjudicado el bien inmueble por poco más del 20% del valor de tasación, cuando no se aprecia razón alguna para no haber ofrecido como mínimo el importe de lo adeudado por todos los conceptos, existiendo ya en vigor legislación que así lo exigía, y constando que unos seis meses después se vende la finca junto con otra (cuyo valor ignoramos), por euros, pretende ahora cobrar, tras haber trascurrido ocho años la diferencia entre lo que se adeudaba y el importe por el que se adjudicó el bien. En definitiva, concurren todos los requisitos para apreciar el abuso del derecho en la pretensión del BBVA, pues, aunque aparentemente el BBVA está ejerciendo un derecho objetivo y externamente legal, como es la reclamación de la deuda no pagada por la adjudicación del bien inmueble hipotecado, dado que el artículo 1911 del Código civil dice que el deudor responde frente al acreedor con todos sus bienes presentes y futuros, puede llegarse a la conclusión de que tal deuda fue debidamente pagada por la adjudicación del bien, cuando después de su adquisición por un precio injustificado, lo vende en un tiempo muy escaso por un precio muy superior por lo que desde un punto de visto objetivo puede afirmarse que se está ejerciéndose de una forma anormal un derecho, de modo contrario a los fines económico-sociales del mismo, provocando con ello un perjuicio al deudor que a pesar de que se vendió el bien inmueble que dio en garantía por un precio muy inferior al valor de tasación ahora tenga que pagar otras cantidades, incluso superiores al precio de adjudicación. La estimación del recurso en cuanto a este extremo conlleva la desestimación de la demanda y la innecesariedad de entrar a examinar el resto del motivo del recurso QUINTO.- Por todo lo dicho, procede estimar el recurso interpuesto y de acuerdo con el artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no procede pronunciamiento sobre las costas de esta alzada. SEXTO.- En los procedimientos seguidos por razón de una reclamación de cantidad inferior a ciento cincuenta mil euros, no se puede interponer recurso de casación, ni por interés casacional, según lo que ha venido reiterando el Tribunal Supremo en los autos de fechas , de (tres de la misma fecha ) y de (siete de la misma fecha). Considera el Tribunal Supremo que las vías procesales del artículo de la L.E.C. son distintas y excluyentes y, por este motivo, los asuntos por razón de la cuantía no pueden usar la vía del interés casacional (artículo ) que queda reservada únicamente a los procedimientos seguidos por razón de la materia. Vistos los artículos citados y demás de pertinente y general aplicación F A L L A M O S Que debemos estimar el recurso de apelación formulado por la representación procesal de Dª. Serafina contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE GIRONA, en los autos de JUICIO ORDINARIO Nº 113/2009, con fecha 9 de julio de Debemos REVOCAR la sentencia y debemos DESESTIMAR la demanda interpuesta por EL BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. contra Dª. Serafina, D. Obdulio y Dª. Andrea, absolviéndolos de todos los pedimentos formulados en su contra y con imposición de costas de primera instancia al demandante. No procede pronunciamiento sobre las costas de esta alzada. Devuélvase el depósito constituido para recurrir. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno. Líbrense testimonios de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de procedencia, junto con las actuaciones originales. 4
5 Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado - Ponente D. Fernando Ferrero Hidalgo, celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que certifico. 5
ANTECEDENTES DE HECHO
S E N T E N C I A Nº 16/2009 Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ Magistrados D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO Dª BLANCA GESTO ALONSO En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2009. La Sección Segunda de
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079110012008100618 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 52/2002 Nº de Resolución: 713/2008 Procedimiento: Casación Ponente: JOSE RAMON FERRANDIZ
Más detallesA U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO
A U T O Nº 57/2005 Presidente D. JUAN JOSE GARCIA PEREZ Magistrados D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA D. JESUS SANTIAGO DELGADO CRUCES En Pamplona/Iruña, a 29 de marzo de 2005. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-
Más detallesSecretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 24/09/2013 Recurso Num.: 2887/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.
Más detallesT.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO
LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación
Más detallesPRÁCTICA 5. EMPRESARIO INDIVIDUAL
DERECHO MERCANTIL Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos PRÁCTICA 5. EMPRESARIO INDIVIDUAL Autora: Mercedes Sánchez Ruiz I. PLANTEAMIENTO El 22 noviembre 1989 D. Juan Ignacio concertó una póliza
Más detallesTRIBUNAL SUPREMO Sentencia 414/2015, de 14 de julio de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 885/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Arrendamiento de vivienda. Acción de desahucio por falta de pago de rentas. Falta
Más detallesCONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA
Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-
Más detallesAudiencia Provincial de Navarra, Sección 2ª, Auto de 17 Dic. 2010, rec. 74/2010
Audiencia Provincial de Navarra, Sección 2ª, Auto de 17 Dic. 2010, rec. 74/2010 Ponente: Goyena Salgado, Francisco José. Nº de Auto: 111/2010 Nº de Recurso: 74/2010 Jurisdicción: CIVIL Pago del préstamo
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 100 Viernes 25 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 32777 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 4432 Resolución de 11 de marzo de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado,
Más detallesfb abogados Av. Ramón y Cajal 37, 5º A 41.005 - Sevilla SPAIN
S E N T E N C I A Nº 170/2015 En Sevilla, a veintinueve de septiembre de dos mil quince. Vistos por mi, Marina del Río Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Sevilla, los
Más detallesSENTENCIA número 349/15
S.LLOPIS PROCURADOR D/Dña. JUAN ANDRES BARTOLOME HERNANDEZ Su Ref: ; Mi ref; 338 Aviso: Notificación LexNet. No se remitirá impresa en papel. NOTIFICADO: 26/0/5 ROLLO núm. 575/5 - K - SENTENCIA número
Más detallesRESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES MEDIANTE
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,
Más detallesAUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 VALLADOLID SENTENCIA: 00138/2014 Rollo: RECURSO DE APELACION 164/14 SENTENCIA Nº 138/14 ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID SECCION PRIMERA Ilmo. Sr. Presidente: D. SALINERO
Más detallesEdiciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia
ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores
Más detallesSeñor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.
Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación
Más detallesTribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005
Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005 Ponente: Corbal Fernández, Jesús. Nº de Sentencia: 576/2009 Nº de Recurso: 543/2005 Jurisdicción: CIVIL Derecho de
Más detallesM6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado
El Peritaje en el Proceso Civil M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado Juzgado de Primera Instancia núm... de (lugar). (dirección completa) PROVIDENCIA
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A Sentencia de la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo de 13 de Junio de 2000 Recurso de
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: SAP M 13571/2013 Id Cendoj: 28079370122013100371 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Madrid Sección: 12 Nº de Recurso: 424/2012 Nº de Resolución: 701/2013 Procedimiento: CIVIL Ponente: JOSE LUIS DIAZ
Más detallesSE ESTABLECE PENSIÓN COMPENSATORIA A FAVOR DEL ESPOSO
SE ESTABLECE PENSIÓN COMPENSATORIA A FAVOR DEL ESPOSO Es curioso, pero después de haber comentado en esta sección de noticias más de 100 sentencias relativas, principalmente, a cuestiones relacionadas
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 11/10/2016 Recurso Num.: 3083/2015 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 545/2014, de 1 de octubre de 2014 Sala de lo Civil Rec. n.º 2181/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Precario. Inmueble adjudicado en subasta, constante certificación de la TGSS.
Más detallesJDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON
LOPD JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON SENTENCIA: 00123/2013 - N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN N.I.G: 33024 45 3 2013 0000003 Procedimiento: PROCEDIMIENTO
Más detallesADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
9193 IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 DE CÁCERES ANUNCIO de 3 de diciembre de 2013 sobre notificación de sentencia dictada en el procedimiento ordinario n.º 681/2012.
Más detallesASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.
ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana
Más detalles9. 10. 11. 12. 13. 14.
ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JORNADA DE UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE LOS MAGISTRADOS DE LAS SECCIONES CIVILES DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (Reunión de 23 de septiembre de 2004) 1. Concepto de poder
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 26205 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Educación, Cultura y Universidades 8942 Orden de 18 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades,
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 5052/2012 Id Cendoj: 28079110012012100426 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 283/2009 Nº de Resolución: 517/2012 Procedimiento: CIVIL Ponente: ROMAN
Más detallesAUTO nº119/2011 ANTECEDENTES DE HECHO
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION SEGUNDA GIRONA Rollo nº: 265/2011 Autos num.: 1449/2010 JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 GIRONA (ANT.CI-1) Clase: Ejecución de Títulos Judiciales AUTO nº119/2011 Ilmos. Sres: PRESIDENTE
Más detallesjurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.
Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 274/2015, de 28 de mayo de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 1703/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Contrato de mediación y asesoramiento en la compra de un paquete de inmuebles.
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 3937/2014 - ECLI:ES:TS:2014:3937 Id Cendoj: 28079110012014100500 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1230/2013 Nº de Resolución: 547/2014 Procedimiento:
Más detallesPonente Excmo. Sr. D.: Francisco Marín Castán
Roj: STS 5614/2015 - ECLI:ES:TS:2015:5614 Id Cendoj: 28079110012015100709 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2164/2013 Nº de Resolución: 749/2015 Procedimiento:
Más detallesTribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2.
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sentencia número 1276/2.011 Ilmos. Sres. Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Bellmont
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 315/2015, de 29 de mayo de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 66/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Derecho de familia. Vivienda familiar. Atribución del uso cuando no existen hijos
Más detallesDisposiciones generales de la LEC 2: Acumulación de acciones y procesos; abstención y recusación; lugar y tiempo de las actuaciones.
CURSO DE PRÁCTICA PROCESAL CIVIL Directora del curso Dña. Silvia Hinojal López 1ª Sesión Presentación 2ª Sesión Principios de Derecho procesal civil las garantías constitucionales del proceso. Representación
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 992/2015 - ECLI:ES:TS:2015:992 Id Cendoj: 28079110012015100125 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2427/2013 Nº de Resolución: 118/2015 Procedimiento:
Más detallesPROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Pr.. Dr. Juan José Bonilla SánchezS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DEL ART. 53.2 CE 1.- El procedimiento contencioso-administrativo
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 261/2015 - ECLI:ES:TS:2015:261 Id Cendoj: 28079119912015100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 991 Nº de Recurso: 1147/2013 Nº de Resolución: Procedimiento: Casación
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 21 del mismo mes, solicita a este Departamento de
Más detallesA U D I E N C I A N A C I O N A L. Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA
A U D I E N C I A N A C I O N A L Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA Núm. de Recurso: 0000131/2013 Tipo de Recurso: APELACION Núm. Registro General : 00394/2013 Apelante: MINISTERIO DEL
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2013, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 5 de abril de 2013, solicita a este Departamento de
Más detallesQUÉ HACER CON LOS INTERESES MORATORIOS ABUSIVOS? Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª) Auto núm. 217/2014 de 17 octubre JUR\2014\295723
QUÉ HACER CON LOS INTERESES MORATORIOS ABUSIVOS? Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª) Auto núm. 217/2014 de 17 octubre JUR\2014\295723 Pascual Martínez Espín Catedrático acreditado de Derecho
Más detallesSENTENCIA. El recurso fue interpuesto por la entidad Scrach Inver SL., representada por el procurador Fernando Pérez
BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFJ054759 TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 251/2014, de 30 de mayo de 2014 Sala de lo Civil Rec. n.º 1439/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Contratos. Arrendamiento
Más detallesJUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. En la ciudad de Valencia, a 19 de febrero de 2013
Roj: SJCA 3/2013 Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Sede: Valencia Sección: 10 Nº de Recurso: 242/2012 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 19/02/2013 Procedimiento: CONTENCIOSO Ponente:
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4001/2015 - ECLI:ES:TS:2015:4001 Id Cendoj: 28079110012015100515 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1871/2013 Nº de Resolución: 525/2015 Procedimiento:
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1295/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1295 Id Cendoj: 28079110012015100162 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1348/2013 Nº de Resolución: 146/2015 Procedimiento:
Más detallesCLÁUSULA INFORMATIVA:
Con este artículo ALFREDOGARCIALOPEZ.ES/COM comienza a editar y publicar una serie de textos de gran calado jurídico, destinados para la lectura de la Clientela de nuestro Despacho y del casual usuario
Más detallesÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5
EDJ 2006/31747 Tribunal Supremo Sala 1ª, S 27-3-2006, nº 289/2006, rec. 3282/1999 Pte: Ferrándiz Gabriel, José Ramón Resumen El TS declara haber lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto, en
Más detallesAUTO ANTECEDENTES DE HECHO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº6 DE LOGROÑO PROCEDIMIENTO: EJH 426/14 AUTO En Logroño, a once de febrero de 2016. Vistos por mí, D. Rafael Yangüela Criado, Magistrado-Juez titular del mismo, los autos
Más detallesResumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis.
Id. Cendoj: 28079140012006100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4719/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/01/2006 Procedimiento: SOCIAL Ponente:
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 118/2015, de 6 de marzo de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 2427/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Desahucio por precario. Vivienda familiar. Atribución en sentencia de divorcio
Más detallesId. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia
Id. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 02/06/2015 Nº Recurso: 496/2014
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.
Más detallesTexto ANTECEDENTES DE HECHO
Página 1 de 7 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 4 Ene. 2007, rec. 81/2004 Ponente: Maurandi Guillén, Nicolás Antonio. Nº de recurso: 81/2004 Jurisdicción:
Más detallesTribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 13 Jun. 2013, rec. 657/2011
Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 13 Jun. 2013, rec. 657/2011 Ponente: Arroyo Fiestas, Francisco Javier. Nº de Sentencia: 427/2013 Nº de RECURSO: 657/2011 Jurisdicción: CIVIL Diario
Más detalles5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$
5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$(1(/(;3(',(17(1Ò0(52 En la ciudad de Sevilla, a 25 de mayo de 2007. Reunido el &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$, bajo la presidencia
Más detallesCONTRATO DE COMPRAVENTA Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 4284/2011 de 4 de Julio de 2011 SENTENCIA
CONTRATO DE COMPRAVENTA Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 4284/2011 de 4 de Julio de 2011 Contrato de compraventa. Mora en la obligación de entrega. Defectos en la formulación del recurso.
Más detallesÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5
EDJ 2012/164418 Audiencia Provincial de Madrid, sec. 8ª, S 18-6-2012, nº 367/2012, rec. 655/2010 Pte: Gavilán López, Jesús Resumen Frente a la resolución de instancia que desestimó la demanda, la AP estima
Más detallesRoj: STS 1254/ ECLI: ES:TS:2014:1254
Roj: STS 1254/2014 - ECLI: ES:TS:2014:1254 Id Cendoj: 28079130072014100092 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 7 Fecha: 19/03/2014 Nº de Recurso: 4512/2012 Nº de Resolución:
Más detallesCLÁUSULA INFORMATIVA:
EL ARTÍCULO 11 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2004, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR, TRAS
Más detallesTribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 17 Feb. 2010, rec. 2590/2005
Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 17 Feb. 2010, rec. 2590/2005 Ponente: Marín Castán, Francisco. Nº de Sentencia: 37/2010 Nº de Recurso: 2590/2005 Jurisdicción: CIVIL Aplicación
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 983/2014 Id Cendoj: 28079110012014100114 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 214/2012 Nº de Resolución: 137/2014 Procedimiento: CIVIL Ponente: ANTONIO
Más detallesAPLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PARA EVITAR DESAHUCIOS DE LA
APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PARA EVITAR DESAHUCIOS DE LA NORMATIVA CATALANA CUANDO LA VIVIENDA YA HA SIDO ADJUDICADA, ANTE LA EXCLUSIÓN DE LA DT 2ª DE LA LEY 24/2015 AJPI nº 50 de Barcelona de 15 enero 2016
Más detallesPanamá, 30 de julio _ de _2010_. Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de
REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 811 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 30 de julio _ de _2010_ Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración
Más detallesTS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo
Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo SENTENCIA En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de
Más detalles1- PROPUESTAS EN EL ÁMBITO DE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.
PROPUESTAS DEL IL.LUSTRE COL.LEGI D ADVOCATS DE BARCELONA DE REFORMA DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL DE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA Y DEL CONCURSO DE PERSONA FÍSICA En el ordenamiento jurídico español el artículo
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 3060/2012 - ECLI:ES:TS:2012:3060 Id Cendoj: 28079110012012100295 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1482/2009 Nº de Resolución: 307/2012 Procedimiento:
Más detallesTribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª).Sentencia núm. 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616
Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª)Sentencia núm 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616 NULIDAD DE ACTUACIONES: PROCEDENCIA: inadmisión en el acto de la audiencia previa, de los documentos acompañados
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 423/2015, de 1 de julio de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 1793/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Concurso de acreedores. Incidente concursal. Indemnizaciones por el despido y
Más detallesTexto. En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de julio de dos mil seis TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 24 Jul. 2006, rec. 101/2005 Ponente: Barrachina Juan, Eduardo. Nº de sentencia:
Más detallesSentencia T.S. 355/2013, 17-V: Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos INDICE. Página 1
Sentencia T.S. 355/2013, 17-V: Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos INDICE Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. 355/2013 (Sala 1) de 17 de mayo Pensión compensatoria: Criterios para su concesión.
Más detallesArtículos: 86 ter 2.a LOPJ; y 45.4, 104 y 105 LSRL. AL JUZGADO
Piqué Abogados Asociados. Área Mercantil G.3. Demanda de solicitud (por la propia sociedad, a través de su último administrador) de disolución judicial de sociedad de responsabilidad limitada (supuesto:
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 246 Lunes 14 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 83583 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 10702 Resolución de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado,
Más detallesHonorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de
REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 577 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 16 de Agosto de 2007 Proceso contencioso administrativo de plena jurisdicción. Concepto. La licenciada
Más detallesTribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 18 Feb. 2013, rec. 982/2010
Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 18 Feb. 2013, rec. 982/2010 Ponente: Salas Carceller, Antonio. Nº de Sentencia: 72/2013 Nº de RECURSO: 982/2010 Jurisdicción: CIVIL DESAHUCIO.
Más detallesTribunal Supremo SENTENCIA
Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 640/2014 de 4 noviembre RJ\2014\6157 Jurisdicción: Civil Recurso de Casación 1606/2012 Ponente: Excmo. Sr. José Luis Calvo Cabello SENTENCIA
Más detalles3ª) Anuncio e interposición de la apelación, oposición al recurso e impugnación del laudo.
ARTICULO 39.-Segunda instancia arbitral. En relación con el convenio arbitral suscrito a favor de la Corte Española de Arbitraje y en el seno del arbitraje administrado por dicha Corte, según su Reglamento
Más detallesJDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 SEGOVIA
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 SEGOVIA SENTENCIA: 00034/2015 MARTA B. PEREZ GARCIA Procurador C/ José Zorrilla nº 47 2º B 40002 SEGOVIA.- Telf./Fax: 921 44 28 72 MOVIL: 629 35 56 78 NOTIFICADO: 26-02-2015
Más detallesInforme 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO.
Informe 10/00, de 26 de octubre de 2000 INTERESES DE DEMORA. CÁLCULO. FECHA DE INICIO DEL DEVENGO. PROCEDIMIENTO. ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia remite escrito
Más detallesAnálisis de las novedades introducidas por la Ley 1/2013 en el procedimiento de ejecución hipotecaria en relación con cláusulas abusivas
Análisis de las novedades introducidas por la Ley 1/2013 en el procedimiento de ejecución hipotecaria en relación con cláusulas abusivas Luis Cazorla González-Serrano Prof. Dr. Titular (I) de Derecho Mercantil
Más detallesSENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO
Una aseguradora no puede pretender enervar la imposición de los intereses del art. 20 de la LCS, al amparo de una consignación insuficiente, cuya escasez le constara antes del inicio del proceso civil
Más detallesContrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4079/2013 - ECLI:ES:TS:2013:4079 Id Cendoj: 28079110012013100438 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1468/2011 Nº de Resolución: 491/2013 Procedimiento:
Más detallesEs Ponente la Excma. Sra. Dª. Rosa Maria Viroles Piñol, Magistrada de Sala.
Jurisprudencia Fecha: 19/05/2009 Marginal: 28079140012009100392 Jurisdicción: Social Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL Origen: Tribunal Supremo Tipo Resolución: Sentencia Sala: Cuarta Cabecera: RECURSO
Más detallesEXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece.
EXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece. V I S T O S, los presentes autos para dictar SENTENCIA
Más detallesRoj: STS 2954/ ECLI: ES:TS:2015:2954
Roj: STS 2954/2015 - ECLI: ES:TS:2015:2954 Id Cendoj: 28079110012015100350 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 23/06/2015 Nº de Recurso: 1099/2014 Nº de Resolución:
Más detallesResumen: SENTENCIA. Madrid, a diez de diciembre de dos mil ocho.
Id. Cendoj: 28079230062008100560 Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 6 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 10/12/2008 Nº de Recurso: 217/2008 Jurisdicción: Contencioso
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079110012010100230 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 680/2006 Nº de Resolución: 246/2010 Procedimiento: CIVIL Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
Más detallesPRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
25 años de Experiencia PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS SERVICIO INTEGRAL DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN JUDICIAL DE DEUDA PARA COMUNIDADES
Más detallesAudiencia Provincial de Cádiz, Sección 5ª, Sentencia de 20 Nov. 2012, rec. 308/2012
Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 5ª, Sentencia de 20 Nov. 2012, rec. 308/2012 Ponente: Ercilla Labarta, Carlos. Nº de Sentencia: 556/2012 Nº de RECURSO: 308/2012 Jurisdicción: CIVIL LA LEY 225078/2012
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 3222/2015 - ECLI:ES:TS:2015:3222 Id Cendoj: 28079110012015100430 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2312/2013 Nº de Resolución: 403/2015 Procedimiento:
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 2454/2015 - ECLI:ES:TS:2015:2454 Id Cendoj: 28079110012015100307 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1891/2013 Nº de Resolución: 308/2015 Procedimiento:
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1082/2012 Id Cendoj: 28079110012012100092 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2258/2008 Nº de Resolución: 78/2012 Procedimiento: Casación Ponente:
Más detalles