DIRECTORIO SIERVAS DE SAN JOSÉ

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1 DIRECTORIO SIERVAS DE SAN JOSÉ

2 2 ÍNDICE Capítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3 Capítulo 4 Capítulo 5 Capítulo 6 Capítulo 7 Llamadas a vivir en Comunidad Compremetidas con la Misión Servicio de la autoridad Organización de la Congregación Admisión a la Congregación y formación Ausencia, exclaustración y salida Uso y administración de los bienes temporales

3 3 Capítulo 1 LLAMADAS A VIVIR EN COMUNIDAD Vida comunitaria 1. Nuestra vida comunitaria se construye sobre la base de una vida en comunión y el compromiso responsable por el bien común y la plena realización de la vocación de cada una. Está llamada a ser claro testimonio de amor que transciende los límites de la propia comunidad. La principal regla de conducta debe ser una acendrada caridad para con Dios y con el prójimo Nuestra vida en común exige tiempos y espacios propios personales y comunitarios. En cada Comunidad-Taller buscamos las condiciones necesarias para lograr un equilibrio entre oración, trabajo y descanso, y entre intimidad comunitaria y apertura. 3. Participamos en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Apostólico Comunitario teniendo en cuenta la realidad del entorno, la realidad concreta de cada comunidad y la planificación provincial y general. 4. El Proyecto Apostólico Comunitario nos dinamiza y nos compromete a vivir la fidelidad al Carisma en comunión con nuestras hermanas, a dejarnos interpelar por ellas y a dar cuenta de la vida y la misión encomendada. 5. Tenemos reuniones frecuentes de reflexión, estudio y evaluación. Estos encuentros, como también la oración comunitaria y los tiempos de expansión, favorecen el conocimiento mutuo y ayudan a construir comunidad. 6. En la toma de decisiones debemos tener en cuenta que formamos parte del cuerpo congregacional y que nuestras decisiones afectan a todos los ámbitos y han de contribuir a revitalizar la misión. 7. Los cauces de participación que empleamos, además del Proyecto Apostólico Comunitario, son: reuniones, encuentros, asambleas, capítulos, comisiones, consultas, elecciones, etc. Oración y celebraciones congregacionales 8. Priorizamos la oración personal como momento privilegiado para reconocer a Dios como Absoluto de nuestra vida. Diariamente reservamos al menos una hora para el encuentro gratuito con Dios. Cada hermana es responsable de su oración personal y corresponsable de la oración de la comunidad. 9. El examen de nuestra fidelidad es exigencia de la atención a la dinámica del Espíritu en nosotras y nos ayuda a permanecer en continua actitud de conversión. 1 Reglamento de los Talleres de las Siervas de san José 1874

4 4 10. Ofrecemos a Dios comunitariamente nuestro trabajo diario como expresión de la vinculación a la misión congregacional. 11. Como comunidad apostólica al servicio de la misión, nos sentimos llamadas a compartir nuestra fe y nuestra experiencia de Dios y a orar con el pueblo. 12. La celebración de las fiestas de María acrecienta en nosotras el amor hacia ella y nos ayuda a descubrir como mujeres el actuar de Dios en la historia. En cada lugar celebramos las fiestas marianas propias de la tradición cultural. 13. La devoción a san José es elemento constitutivo de nuestra espiritualidad. Celebramos sus fiestas y las vivimos como vínculo de unidad congregacional. 14. Celebramos la fiesta de la Sagrada Familia y las fechas señaladas de la Historia de la Congregación: 10 de enero: nuestra fundación 23 de Enero: unión de Zamora y Salamanca 16 de abril: nacimiento de nuestro Fundador 6 de junio: festividad de santa Bonifacia 1 de julio: aprobación pontificia y reconocimiento de las virtudes heroicas de nuestra Fundadora 8 de agosto: muerte de nuestra Fundadora 18 de diciembre: muerte de nuestro Fundador. 15. En la fiesta de la Sagrada Familia renovamos comunitariamente los votos con la fórmula propia de la Congregación. 16. Cuando muere una hermana, la encomendamos al Señor principalmente con la celebración de la Eucaristía, y en su Comunidad se ofrecen por ella oraciones especiales. A la muerte de los padres y familiares próximos de cada hermana se celebra la Eucaristía en su Comunidad. Una vez al año en todas las comunidades se celebra la Eucaristía por las hermanas, familiares y personas cercanas difuntas. Capítulo 2 COMPROMETIDAS CON LA MISIÓN 17. En cada lugar y situación, las Siervas de San José realizamos la misión insertas en el mundo trabajador pobre. En cada Comunidad-Taller, en diálogo y discernimiento, nos dejamos cuestionar por las situaciones concretas de este mundo y descubrimos las respuestas que estamos llamadas a dar a la luz del Carisma. 18. Llevamos a cabo nuestra misión a través del trabajo manual, la educación y todos aquellos proyectos que ayuden a realizarla. Participamos también con grupos y organizaciones que dan respuestas a necesidades del mundo trabajador pobre.

5 5 19. Vivimos en permanente actitud personal y comunitaria de solidaridad con los pobres y compromiso por la justicia y la dignidad humana. Asumimos una evangelización liberadora y apoyamos y promovemos la formación de personas con conciencia crítica, agentes de cambio y creadoras de estructuras justas. 20. Nos inculturamos en la realidad de los pueblos en que vivimos acogiendo sus valores culturales, sociales y religiosos con actitud respetuosa y crítica, conscientes de que la inculturación nos enseña formas nuevas de vivenciar el Carisma y hace la Congregación más universal. 21. Somos solidarias con la creación respetando el medio ambiente, defendiendo la ecología y trabajando con otros grupos en la promoción de la justicia, la paz y la integridad de la creación. 22. En todos los ámbitos hacemos periódicamente la evaluación de nuestros Proyectos Apostólicos a fin de que respondan a: - necesidades actuales de la sociedad y de la Iglesia - nuestro Carisma y a las orientaciones y opciones tomadas en los Capítulos - capacidades y posibilidades de las personas y comunidades implicadas. Realizamos esta evaluación de forma conjunta con las personas que participan en los distintos proyectos y actividades. 23. Vivimos la comunión eclesial integradas en la pastoral de conjunto de la Iglesia local en la que compartimos el don que hemos recibido del Espíritu. Conscientes de nuestra responsabilidad como mujeres consagradas y miembros de la Iglesia, favoreceremos la creación de espacios de participación y diálogo. 24. Para llevar a cabo nuestra misión nos responsabilizamos de mantener viva la vocación y el dinamismo apostólico y a tener una preparación suficiente y actualizada. 25. En nuestras presencias cuidamos de modo especial la Pastoral Juvenil Vocacional y la acogida a jóvenes en la Comunidad Taller. 26. Compartimos nuestra misión en comunión con la Congregación: Realizando los distintos proyectos apostólicos y servicios enviadas por la Comunidad o la Congregación. Orando y acogiendo las limitaciones cuando la edad o la enfermedad nos impidan realizar otras actividades. 27. El envío a la misión en una comunidad concreta corresponde a la Coordinadora Provincial o General, previo diálogo y discernimiento con la interesada, y con los ámbitos implicados, si procede. En la Comunidad-Taller, después de un diálogo y discernimiento, recibimos el envío a la acción apostólica dentro de la misión encomendada a la comunidad.

6 6 Participación con laicos y laicas 28. Con los laicos y laicas que colaboran con nosotras elaboramos, realizamos y evaluamos aquellos proyectos apostólicos en los que estén implicados. Acogemos y colaboramos con ellos en los proyectos que surgen de su propia iniciativa. 29. Fieles a nuestros orígenes y conscientes de que el Carisma es un don del Espíritu a la Iglesia, nos abrimos a las personas que se sienten llamadas a vivir según el mismo don recibido de nuestros Fundadores. Compartimos con ellas la misión y, en algunos casos, formamos comunidad con las laicas según las modalidades fijadas con la Coordinadora de Zona y el Equipo Provincial. 30. Los laicos y laicas que comparten con nosotras la misión y la espiritualidad podrán participar en Asambleas y Capítulos cuando se trate de temas relacionados con esos aspectos. 31. Aunque ligados afectiva y efectivamente a la Congregación, jurídicamente no forman parte de la misma, por ello no tienen voto en Asambleas y Capítulos. Capítulo 3 SERVICIO DE AUTORIDAD 32. Corresponde a todo servicio de autoridad: a) Renovar de manera permanente el sentido profundo de este servicio a la luz del evangelio, del Carisma y del espíritu que subyace en un estilo orgánico de gobierno. b) Acompañar, animar y orientar la vida hacia la realización de la misión en fidelidad creativa al Carisma y en respuesta a las necesidades del mundo. c) Ser signo de unidad, vínculo de comunión e instrumento de reconciliación, acogiendo la diversidad y favoreciendo la interconexión y la interdependencia. d) Favorecer el crecimiento de la persona teniendo en cuenta los carismas personales enriquecidos con el Carisma congregacional. e) Acompañar los procesos de formación. f) Promover el discernimiento como actitud de vida. g) Impulsar la participación, la responsabilidad y el dar cuenta mutuamente. h) Promover el trabajo en equipo y coordinar las diferentes realidades.

7 7 i) Ser cauce de información y comunicación con otras instancias y ámbitos de la Congregación para que la vida circule. j) Buscar espacios de reflexión y de discernimiento con otras organizaciones, laicos y laicas que permitan confrontar las búsquedas y compartir la misión en reciprocidad. k) Velar para que el uso y la administración de bienes responda a criterios evangélicos, carismáticos y de consumo responsable. l) Impulsar la Pastoral Juvenil Vocacional. En el ámbito de la Comunidad-Taller 33. Además de lo referido al servicio de autoridad en general, la Coordinadora de la Comunidad-Taller: a) Anima la elaboración, vivencia y evaluación del Proyecto Apostólico Comunitario. b) Ayuda a crear un espacio de corresponsabilidad, de libertad y de participación, tanto en lo que se refiere a la dinámica comunitaria como a la de la Zona. c) Favorece un ambiente de escucha, acogida y apoyo mutuo que posibilite el crecimiento personal y el compromiso con la misión. d) Impulsa la comunicación entre la Comunidad-Taller y la Zona que permita que la vida circule y se potencie el sentido de cuerpo. En el ámbito de la Zona 34. Además de lo referido al servicio de autoridad en general, la Coordinadora de la Zona en corresponsabilidad con las Coordinadoras de las Comunidades-Taller: a) Anima y coordina la vida y misión de la Zona impulsando proyectos que ayuden a hacer operativo el Plan Provincial. b) Posibilita entre las Comunidades-Taller espacios de acogida, de cercanía, de apoyo y de compartir la vivencia de los Proyectos Apostólicos Comunitarios que posibiliten asumir la vida y la misión de la Zona, el crecimiento como grupo vivo y el compromiso con la realidad. c) Favorece espacios de discernimiento y de reflexión que permitan descubrir por dónde el Espíritu va suscitando respuestas en línea de la recreación e inculturación del Carisma en las diversas realidades de la Zona. d) Impulsa la comunicación y la información entre las Comunidades-Taller de la Zona y de éstas con la Provincia para que la vida circule y se potencie el sentido de cuerpo.

8 8 En el ámbito provincial 35. Además de lo referido al servicio de autoridad en general, la Coordinadora Provincial en corresponsabilidad con su Equipo: a) Elabora el Plan Provincial de acuerdo con el Plan Global de la Congregación. b) Visita las Comunidades-Taller para animar y acompañar la vida y la misión de cada hermana y de la comunidad en diálogo y búsqueda conjunta. c) Comparte las distintas situaciones, realidades y los nuevos desafíos que se viven en las Zonas de la Provincia y en la Congregación. d) Favorece tiempos fuertes para compartir la vida y misión de las Zonas, tiempos de discernimiento y reflexión que permitan descubrir por dónde el Espíritu conduce cada realidad en el hoy de la Provincia y tomar las oportunas decisiones. e) Impulsa la comunicación y la información entre las Zonas y de la Provincia con la Congregación para que la vida circule por todos los ámbitos de la Congregación y se potencie el sentido de cuerpo. f) Mantiene con el Equipo de Congregación una comunicación cercana y corresponsable y presenta, al menos una vez al año, un informe sobre la vida y misión de la Provincia. En el ámbito congregacional 36. Además de lo referido al servicio de autoridad en general, la Coordinadora General en corresponsabilidad con su Equipo: a) Anima y acompaña la puesta en marcha del Plan Global de la Congregación y establece las estrategias necesarias para llevarlo a cabo. b) Elabora un Plan de Animación a partir del Plan Global. c) Acompaña y anima a los Gobiernos Provinciales desde la cercanía y la corresponsabilidad. d) Visita las Comunidades-Taller y hace presencia en las asambleas y otros encuentros de las distintas entidades territoriales para animar, acompañar y evaluar la vida y la misión en sus respectivos contextos. e) Comparte las distintas situaciones, realidades y los nuevos desafíos que se viven en la Congregación.

9 9 f) Favorece tiempos fuertes para compartir la vida y misión de las Provincias, tiempos de discernimiento y reflexión que permitan descubrir por dónde el Espíritu conduce cada realidad en el hoy de la Congregación y tomar las oportunas decisiones. g) Impulsa la comunicación y la información en la Congregación para que la vida circule por todos los ámbitos y se potencie el sentido de cuerpo. Capítulo 4 ORGANIZACIÓN DE LA CONGREGACIÓN COMUNIDAD-TALLER 37. La Comunidad-Taller tiene autonomía en su organización según la misión recibida y en la toma de decisiones concernientes a su ámbito, decisiones que toma con conciencia de cuerpo. 38. La Coordinadora es elegida por todas las hermanas de la Comunidad entre las profesas de la misma que tengan al menos tres años de votos perpetuos. 39. Los miembros de la Comunidad-Taller, después de un proceso de diálogo y de discernimiento, eligen a la Coordinadora, a la Vicaria y a la Administradora por un período de tres años, pudiendo ser reelegidas por otro trienio. Para la elección se requiere una primera votación por dos tercios. De no alcanzar esa mayoría, habrá una segunda y una tercera votación, ambas por mayoría absoluta. Si en la tercera votación no se llega a la mayoría absoluta, resuelve el Equipo Provincial. El acta de la elección se envía al Equipo Provincial para su confirmación. Cuando se trata de comunidades de formación, la formadora es ordinariamente la Coordinadora. 40. La Comunidad-Taller, de forma participativa y corresponsable: a. Elabora, realiza y evalúa el Proyecto Apostólico Comunitario con sentido de interdependencia y en comunión con el Plan Provincial. b. Discierne todo lo que afecta a la Comunidad y toma las decisiones necesarias por consenso, siempre que sea posible, y con sentido de cuerpo. c. Elabora y evalúa el presupuesto económico y aprueba el presupuesto de los gastos ordinarios. ZONA 41. La Zona tiene autonomía en su organización y en las decisiones concernientes a su ámbito, manteniendo la interdependencia, la interconexión y el sentido de cuerpo.

10 La Coordinadora de la Zona es miembro del Equipo Provincial. Es elegida por todas las hermanas de la Zona, entre las profesas de la misma que tengan al menos tres años de votos perpetuos, mediante una primera votación enviada a la Asamblea Zonal. Para la validez de esta votación se necesita que el número de votos que llegan a la Asamblea no sea inferior a la mayoría absoluta de los miembros de la Zona. En esta primera votación se requiere una mayoría de dos tercios de los votos recibidos. De no alcanzar dicha mayoría, en la Asamblea se seguirá un proceso de búsqueda y discernimiento y se procederá hasta una cuarta votación por mayoría absoluta. De no alcanzar la mayoría absoluta, se pasa a una quinta votación por mayoría relativa. En caso de empate será elegida la de menos edad. El acta de la elección se envía al Equipo General para su confirmación. Será elegida por tres años pudiendo ser reelegida por otros tres. 43. La Coordinadora de Zona: a. Estudia y discierne con las Comunidades-Taller los planteamientos que tengan respecto a nuevos proyectos relativos a la misión y a la comunitariedad para proponerlos a la Coordinadora Provincial y su Equipo. b. Reúne una vez al trimestre, siempre que sea posible, a las Coordinadoras de las Comunidades-Taller para hacer efectiva la corresponsabilidad. c. Convoca y preside los encuentros y las asambleas de Zona. d. Realiza consultas sobre asuntos de la Zona y procesa las consultas realizadas desde la Provincia o la Congregación. e. Realiza, por delegación de la Coordinadora Provincial, aquellos actos legales que agilicen el buen funcionamiento de la Zona. 44. La Asamblea de Zona es un encuentro anual en el que corresponsablemente las hermanas de la Zona: a. Estudian, planifican y evalúan los asuntos concernientes a la vida y misión de la Zona b. Toman las decisiones pertinentes que requieren los proyectos zonales para su funcionamiento, con sentido de cuerpo y en clima de discernimiento. c. Disciernen aquellos proyectos que trascienden las posibilidades de la Zona y requieren la intervención de otros ámbitos. El resultado del discernimiento se pasa a la Coordinadora Provincial y su Equipo para su conocimiento o aprobación, según proceda. d. Estudian la necesidad de tener administradora de la Zona y deciden sobre ello. 45. La administradora, si la hubiera, es elegida en la Asamblea Zonal por todas las hermanas de la Zona entre las profesas de la misma que tengan al menos tres años de votos perpetuos. En el proceso de elección se requiere una primera votación por mayoría de dos tercios. De no alcanzar dicha mayoría se procederá hasta una tercera votación por mayoría absoluta. Si no se alcanza la mayoría absoluta, se pasará a una cuarta por mayoría relativa. En caso de empate será elegida la de menos edad. El Acta de elección se envía al Equipo Provincial para su confirmación. Será elegida por tres años pudiendo ser reelegida por otros tres.

11 Por diversas circunstancias y temporalmente, puede haber alguna Zona vinculada al Equipo General. En este caso la coordinadora de Zona forma parte del Equipo de Congregación y asiste por derecho al Capítulo General. PROVINCIA 47. Para erigir una Provincia debe constar que tiene un grado de desarrollo que le permita tener la suficiente autonomía en el gobierno, la formación y la economía. CAPÍTULO PROVINCIAL 48. La Coordinadora Provincial convoca el Capítulo Provincial para toda la Provincia, dentro del plazo de tiempo establecido por el Equipo de Congregación, al menos con tres meses de antelación, y designa el lugar y la fecha de su celebración. El Equipo Provincial organiza los trabajos preparatorios y determina los diversos modos de participación y colaboración. 49. Participan en el Capítulo Provincial como miembros de derecho los indicados en las Constituciones, 2 y como miembros de elección los que determine el Equipo Provincial. La dispensa de la asistencia al Capítulo corresponde al Equipo Provincial. 50. Respecto a las sesiones preliminares y normas de funcionamiento se seguirán las establecidas para el Capítulo General. 51. Los Actas del Capítulo se envían al concluir el mismo al Equipo General para su conocimiento y ratificación. Sólo después de esta ratificación entran en vigor los acuerdos adoptados. 52. La Coordinadora Provincial, la Vicaria y la Administradora son elegidas por todas las hermanas de la Provincia entre las profesas de la misma que tengan al menos cinco años de votos perpetuos, mediante una primera votación enviada al Capítulo Provincial. Para la validez de esta votación se necesita que el número de votos que llega al Capítulo no sea inferior a la mayoría absoluta de los miembros de la Provincia. Para esta votación se requiere una mayoría de dos tercios de los votos recibidos. De no alcanzar dicha mayoría, el Capítulo realizará un proceso de búsqueda y discernimiento y llevará a cabo las siguientes votaciones: a. Para la Coordinadora Provincial habrá una segunda votación por mayoría de dos tercios. La tercera y cuarta por mayoría absoluta. Si no se llega a la mayoría absoluta se pasa a una quinta votación por mayoría relativa. En caso de empate será elegida la de menos edad. El acta de elección se envía al Equipo General para su confirmación. 2 Cf. C. 77

12 12 b. Para la Vicaria y Administradora, habrá hasta una cuarta votación por mayoría absoluta. Si no se llega a la mayoría absoluta, se pasa a una quinta votación por mayoría relativa. En caso de empate, será elegida la de menos edad. El acta de elección se envía al Equipo General para su confirmación. Son elegidas por un período de seis años. No pueden ser reelegidas para un sexenio inmediato. 53. La Coordinadora Provincial elegida, en diálogo con la Coordinadora Provincial saliente, determinan la fecha del traspaso de responsabilidad, que no debe exceder de tres meses. Esta fecha será aprobada por el Capítulo y se comunicará a la Provincia y al Equipo General. Durante el tiempo de transición la Coordinadora Provincial saliente y su Equipo permanecen en el cargo. ASAMBLEA PROVINCIAL 54. La Asamblea Provincial es un encuentro de las hermanas de la Provincia para evaluar la vida y misión de la misma. Es convocada por la Coordinadora Provincial. Se celebra al final de cada trienio. 55. Asisten como miembros de derecho: - Coordinadora Provincial - Vicaria Provincial - Coordinadoras de Zona - Secretaria y Administradora Provinciales En la Asamblea del primer trienio participan además las hermanas designadas por el Equipo Provincial. En la del segundo trienio, las hermanas elegidas por todas las hermanas de la Provincia con la misma representatividad que para el Capítulo Provincial. 56. La Asamblea del segundo trienio además de evaluar la vida y misión de la Provincia, tiene como funciones: a. Elegir las Delegadas al Capítulo General. b. Procesar el sondeo realizado en la Provincia para la elección de la Coordinadora General y su Equipo. c. Proponer nombres de hermanas que puedan prestar el servicio de Administradora General. d. Preparar los trabajos relativos al Capítulo General. COORDINADORA PROVINCIAL 57. La Coordinadora Provincial: a. Convoca y preside el Capítulo Provincial, las Asambleas Provinciales y las reuniones de Equipo. b. Recibe la profesión de las hermanas por sí o por una persona en quien delegue. c. Dispensa de algún punto disciplinar de Constituciones o a alguna religiosa de la Provincia.

13 13 d. Autoriza la anticipación de la primera profesión o las renovaciones de votos no más de quince días, y de la profesión perpetua no más de tres meses. e. Autoriza a las hermanas cualquier cambio en el testamento, en la cesión de la administración de los bienes y en la disposición sobre el uso y usufructo de los mismos. En casos urgentes, el testamento puede cambiarse con el permiso de la Coordinadora de la Comunidad-Taller. f. Permite a una hermana aceptar la administración de bienes pertenecientes a laicos u oficios seculares que lleve consigo la obligación de rendir cuentas. g. Autoriza las gestiones económicas cuyo importe está en el ámbito de su competencia. 58. Atiende especialmente a las Comunidades-Taller de formación de su Provincia y orienta desde los comienzos la formación, la capacitación profesional y apostólica de las hermanas, según sus aptitudes y con visión de futuro. 59. Está abierta a las situaciones del mundo y de la evangelización y se mantiene en contacto con diversos organismos eclesiales y de vida religiosa. 60. Está especialmente atenta a las hermanas de su Provincia que residen temporalmente fuera de las casas de la Congregación. 61. Si el cargo de la Coordinadora Provincial queda vacante, la Vicaria Provincial convoca un Capítulo Provincial Extraordinario. EQUIPO PROVINCIAL 62. La Coordinadora Provincial con el consentimiento de su Equipo, entre otras facultades: a. Confirma la elección de la Coordinadora, Vicaria, Administradora de las Comunidades-Taller y de las Administradoras de Zona, si las hubiere, y acepta la renuncia a estos servicios. b. Nombra a la Secretaria Provincial, que puede ser o no miembro del Equipo. c. Nombra a las directoras y administradoras de obras, habiendo hecho las consultas oportunas. d. Traslada por causas justas o remueve por causas graves a la Coordinadora, Vicaria y Administradora de las Comunidades-Taller y a la Secretaria Provincial antes de finalizar el período para el que fueron nombradas. e. Nombra las Formadoras de prenovicias y de junioras en comunidades. f. Admite: las candidatas a la Congregación, las prenovicias al noviciado, las novicias a la primera profesión, las junioras a las sucesivas renovaciones temporales y a las laicas que desean vivir la comunitariedad. g. Dispensa de todo o parte del año no canónico de Noviciado, según Constituciones. 3 3 Cf. C. 107

14 14 h. Concede prórroga del tiempo del Noviciado a petición de la interesada o por otra necesidad, en ambos casos según Constituciones. 4 i. Despide a una novicia cuando considere que no es apta para la vida religiosa en la Congregación. j. Prorroga el tiempo de votos temporales más allá de los seis años previstos. Este permiso se debe renovar cada año sin superar el máximo de nueve años. 5 k. Concede a una hermana permiso de ausencia comunitaria, no por más de un año, a no ser en caso de enfermedad, de estudios o para ejercer el apostolado en nombre de la Congregación. 6 l. Determina el número de miembros de elección al Capítulo Provincial. m. Dispensa a una hermana de la asistencia al Capítulo Provincial. n. Forma las comunidades. o. Determina qué casas de la Provincia se destinan a Prenoviciado. p. Autoriza el traslado de una Comunidad-Taller a otro lugar en la misma localidad. q. Crea la Comisión de Economía que será coordinada por la Administradora Provincial y, si se considera oportuno, otras comisiones que ayuden en el ejercicio de un gobierno más participativo. r. Estudia y aprueba el presupuesto y el estado anual de cuentas de la Provincia, los presupuestos de gastos extraordinarios y el estado anual de las cuentas de las Comunidades-Taller, Obras apostólicas y de las Zonas, si los hubiere. s. Estudia los proyectos que requieren ayuda de la Provincia o de otros ámbitos. t. Decide sobre el destino de los bienes de una casa suprimida, teniendo en cuenta el Derecho Universal. 63. La Coordinadora Provincial con el consentimiento de su Equipo propone al Equipo General, entre otros asuntos: a. Nombramiento de la Formadora de novicias y de junioras y destitución de las mismas por causas graves. b. Nombramiento de Vicaria y Administradora Provinciales en período intercapitular previa consulta a la Provincia. c. Petición hecha por una hermana de emitir sus votos perpetuos. Esta petición debe ir acompañada del parecer del Equipo Provincial y los informes requeridos que permitan al Gobierno General tomar la decisión. d. Expulsión de una novicia o una hermana de votos temporales o perpetuos. e. Readmisión de una novicia que hubiese cumplido el noviciado o una hermana de votos temporales o perpetuos. f. Creación o supresión de Comunidades-Taller o transformación notable del fin de las mismas. g. Creación, modificación o supresión de Zonas. h. Erección, supresión o traslado de un Noviciado. 4 Cf. C Cf. Can. 657, 2 6 Cf. Can. 665, 1

15 15 CONGREGACIÓN i. Aprobación del estado anual de cuentas y del presupuesto de gastos extraordinarios de la Provincia. j. Permiso para vender, alienar, comprar, hipotecar bienes y contraer deudas cuando la cantidad excede de sus atribuciones. k. Creación de fondos de reserva en la Provincia. l. Anticipación o retraso, por breve tiempo, de la apertura del Capítulo Provincial y convocación de un Capítulo Provincial de asuntos. CAPÍTULO GENERAL 64. El Equipo de Congregación organiza los trabajos preparatorios y determina los diversos modos de participación. 65. Son miembros de derecho y elección los señalados en Constituciones. 7 El Equipo de Congregación puede convocar otros miembros sin voto en el Capítulo, si lo estima conveniente. 66. El Equipo General puede dispensar a una hermana de la asistencia al Capítulo. La renuncia ha de ser presentada por escrito. 67. A las Coordinadoras Provinciales las sustituye su Vicaria. Los miembros de elección serán sustituidos por las suplentes elegidas. 68. Las Provincias, las Zonas, las Comunidades-Taller y cada miembro de la Congregación pueden enviar libremente sus propuestas y sugerencias al Capítulo General. 69. Los diversos aspectos que regulan el desarrollo del Capítulo General se recogen en un manual. 70. Las decisiones y Acuerdos del Capítulo General entran en vigor en la fecha indicada por la Coordinadora General al promulgarlas y permanecen vigentes hasta el siguiente Capítulo. 71. La Coordinadora General elegida, en diálogo con la Coordinadora General saliente, determinan la fecha del traspaso de responsabilidad, que no debe exceder de tres meses. Esta fecha será aprobada por el Capítulo y se comunicará a la Congregación. Durante el tiempo de transición, la Coordinadora General saliente y su Equipo permanecen en el cargo. 72. Para la elección de los miembros del Equipo General se requieren dos tercios en la primera votación y mayoría absoluta a partir de la segunda. Si en la cuarta votación nadie ha obtenido esa mayoría, se procede a una quinta votación por mayoría relativa. En caso de empate, será elegida la hermana de menos edad. La primera hermana elegida será la Vicaria. 7 Cf. C. 89 & 90

16 16 Son elegidas por un período de seis años, pudiendo ser reelegidas para un segundo sexenio. 73. La Administradora General es elegida entre las profesas que tengan al menos cinco años de votos perpetuos. En la elección de la Administradora se tendrán en cuenta las aportaciones enviadas por las Asambleas Provinciales. Se requieren dos tercios en la primera votación, y mayoría absoluta a partir de la segunda hasta la cuarta. Si en la cuarta votación nadie ha obtenido esa mayoría, se procede a una quinta votación por mayoría relativa. En caso de empate, será elegida la de menos edad. Es elegida por un período de seis años, pudiendo ser reelegida para un segundo sexenio. COORDINADORA GENERAL 74. La Coordinadora General: a. Convoca y preside las reuniones del Equipo General y del Equipo de Congregación. b. Recibe la profesión perpetua de las hermanas pudiendo delegar esta facultad a otra hermana de votos perpetuos. c. Dispensa de la observancia de alguna prescripción disciplinar de las Constituciones y a las hermanas en particular, o a alguna Comunidad-Taller, por cierto tiempo. d. Autoriza las donaciones y enajenaciones del patrimonio de las hermanas. e. Autoriza las operaciones económicas cuyo importe esté en el ámbito de su competencia. f. Gestiona y defiende los intereses y derechos de la Congregación, y el ejercicio de sus acciones y excepciones. 75. Si, fuera del Capítulo General, la Coordinadora General, por serios motivos, creyera conveniente presentar la dimisión expone sus razones por escrito al Equipo General. La aceptación de la renuncia queda reservada a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. 76. Si los miembros del Equipo General juzgasen necesario, por graves razones, la destitución de la Coordinadora General, deben exponer los motivos a la Santa Sede. 77. Si el cargo de la Coordinadora General queda vacante, la Vicaria General convoca un Capítulo General Extraordinario. EQUIPO GENERAL 78. La Coordinadora General con el consentimiento de su Equipo, entre otras facultades: a. Confirma la elección de las Coordinadoras de las Zonas, las Coordinadoras, Vicarias y Administradoras Provinciales, y la Coordinadora, Vicaria y Administradora de las Comunidades-Taller vinculada al Equipo General y acepta la renuncia a estos servicios.

17 17 b. Nombra la Secretaria General que puede ser o no miembro del Equipo y acepta su renuncia. c. Nombra la Vicaria y Administradora Provinciales en período intercapitular. d. Nombra a las formadoras de novicias y de junioras, acepta su renuncia y las destituye por causas graves. e. Forma la comunidad de las casas vinculadas al gobierno general y de las casas de formación de ámbito congregacional, si las hubiera. f. Admite a la profesión perpetua, previa propuesta del Equipo Provincial. g. Admite a una hermana de votos perpetuos que venga de otra Congregación, según se determina en Constituciones. 8 h. Concede la dispensa de los votos temporales. i. Concede, por causa grave y no por más de tres años, el indulto de exclaustración a una hermana de votos perpetuos. j. Solicita de la Santa Sede la exclaustración, por causas graves, de una hermana de votos perpetuos. k. Autoriza el tránsito de una hermana de votos perpetuos a otro Instituto Religioso, o informa y opina sobre el mismo a la Santa Sede, si el tránsito es a un Instituto Secular o una Sociedad de Vida Apostólica. l. Readmite a una novicia que hubiera cumplido el noviciado. m. Autoriza la renuncia total o parcial de los bienes patrimoniales a las hermanas de votos perpetuos, después de diez años de profesión perpetua. n. Dispensa del requisito del tiempo de profesión exigido en los nombramientos y prorroga la permanencia en los servicios de autoridad por más tiempo del señalado. o. Dispensa a una hermana de la asistencia al Capítulo General. p. Erige, modifica o suprime Comunidades-Taller. Para la erección es necesaria la licencia escrita del Obispo Diocesano, para la supresión es suficiente la consulta. 9 q. Crea, modifica o suprime Zonas. r. Constituye, traslada o suprime Noviciados. 10 s. Permite a una novicia hacer el noviciado en otra casa de la Congregación distinta a la casa Noviciado. 11 t. Aprueba la celebración de un Capítulo Provincial Extraordinario. Anticipa o retrasa por breve tiempo el ordinario. u. Aprueba los presupuestos anuales y el estado anual de cuentas del ámbito General, presentado por la Administradora General. v. Adquiere, administra en sentido amplio y dispone, enajena y grava (incluso mediante hipotecas) el patrimonio de la Congregación y de todos los bienes y derechos que lo integran, y para ello, otorga los poderes oportunos y los escritos, documentos y escrituras públicas pertinentes para el ejercicio de las anteriores facultades según el derecho civil. w. Permite los actos de administración extraordinaria de los bienes de la Congregación. 8 Cf. C Cf. Can. 609 & Cf. Can Cf. Can

18 18 x. Aprueba el estado anual de cuentas y el presupuesto de gastos extraordinarios del ejercicio siguiente de las Provincias y de las Comunidades-Taller vinculadas al Equipo General. y. Autoriza la creación de fondos de reserva en las Provincias. z. Autoriza actos de administración extraordinaria de las Provincias cuando el importe supere sus atribuciones. 79. En el caso de la expulsión de una hermana de votos temporales o de votos perpetuos en el que el Derecho Universal exige una decisión colegial con al menos cuatro miembros además de la Coordinadora General, el Equipo General deberá llamar a una hermana de votos perpetuos a fin de completar el número La Coordinadora General con el consentimiento de su Equipo oído el parecer del Equipo de Congregación: a. Nombra a las formadoras de las casas de formación interprovinciales y acepta la renuncia de las mismas. b. Nombra a los miembros del Equipo General y la Administradora General en caso de quedar vacantes en el período intercapitular. c. Destituye, por causas graves, a las formadoras de una casa interprovincial, a una Coordinadora de Zona, a una Coordinadora Provincial, a la Secretaria General, a la Administradora General y a un miembro del Equipo General. d. Readmite a una hermana profesa de votos temporales o perpetuos previa propuesta del Equipo Provincial. e. Erige, modifica o suprime Provincias, en período intercapitular. f. Hace la interpretación declarativa de algún punto de Constituciones hasta el próximo Capítulo General. g. Pide a la Santa Sede la suspensión de alguna prescripción de las Constituciones hasta el próximo Capítulo General. h. Dispensa, en un caso particular, a todo la Congregación de una norma disciplinar. EQUIPO DE CONGREGACIÓN 81. El Equipo de Congregación tiene como misión colaborar corresponsablemente en el gobierno de la Congregación, reflexionar y evaluar la vida y la misión de la misma, favorecer la comunión e interconexión de las entidades territoriales y velar por la vivencia de las Constituciones. 82. El Equipo de Congregación: a. Determina el número de los miembros de elección para el Capítulo General, teniendo en cuenta criterios de representatividad y proporcionalidad. b. Anticipa o retrasa por breve tiempo la celebración del Capítulo General. c. Decide la celebración de un Capítulo General Extraordinario, previa consulta a los Equipos Provinciales. d. Decide, previa consulta a los Equipos Provinciales, los necesarios intercambios de personas y comunicación de bienes entre las distintas Provincias. 12 Cf. Can

19 19 e. Decide sobre los Proyectos de una Provincia que excedan a las posibilidades de la misma, previa consulta a los Equipos Provinciales. f. Decide el traslado de la Casa General, de modo permanente, habiéndolo notificado a la Santa Sede. g. Crea la Comisión de Economía que será coordinada por la Administradora General y, si se considera oportuno, otras comisiones que ayuden en el ejercicio de un gobierno más participativo. h. Establece los plazos de tiempo de celebración de los Capítulos Provinciales. i. Fija los criterios para las aportaciones de las Provincias a la caja general y los revisa periódicamente. j. Discierne sobre aspectos puntuales que sean de interés general y urgente. SECRETARIA GENERAL 83. La Secretaria General: a. Redacta las actas de las reuniones de Equipo. b. Hace oficialmente las comunicaciones y documentos. c. Prepara el informe que el Equipo General presenta al Capítulo General. d. Elabora la crónica general de la Congregación e. Revisa y actualiza las fichas, registros y estadísticas de la Congregación. f. Responde del Archivo general. g. Hace los trámites necesarios ante los organismos correspondientes. h. Está en conexión con las Secretarias Provinciales que, guardando las debidas proporciones, tienen funciones análogas a las de ella. i. Desempeña cualquier otra actividad que le confíe el Equipo General. TOMA DE DECISIONES 84. En la Congregación las decisiones ordinariamente se toman de forma participativa y corresponsable en un clima de discernimiento que favorezca llegar a consenso, siempre que sea posible. 85. Con respecto al servicio de autoridad, cuando se alude al Equipo Provincial o General se incluye a la Coordinadora como miembro de dichos Equipos. 86. En la Congregación tienen voz activa todas las hermanas profesas y voz pasiva sólo las de votos perpetuos. ADSCRIPCIÓN 87. Toda Sierva de San José, por el hecho de profesar en la Congregación, queda incorporada a ella y adquiere los derechos y deberes inherentes a su vida y misión contenidos en las Constituciones y. Normalmente las hermanas quedan adscritas a la Provincia en la que han profesado. 88. El cambio de adscripción tiene lugar: a. Si la hermana es designada para un servicio en otra Provincia. b. A petición de la interesada, previo acuerdo de las dos Coordinadoras Provinciales y sus Equipos respectivos.

20 20 c. Si la Coordinadora General considera conveniente el cambio para el bien de la hermana o de la Congregación. 89. Las hermanas que están destinadas en comunidades vinculadas al Equipo General o en una comunidad interprovincial, tienen adscripción temporal a la Provincia a la que pertenece la comunidad en la que residen. 90. Las hermanas con permiso de ausencia y hermanas exclaustradas conservan su adscripción a la Provincia. A las hermanas con permiso de ausencia, la Coordinadora Provincial puede asignarle una comunidad de referencia. Capítulo 5 ADMISIÓN A LA CONGREGACIÓN Y FORMACIÓN 91. La Congregación cuida con especial interés la formación y garantiza la unidad y continuidad del proceso formativo. 92. Las orientaciones y los contenidos básicos de nuestra formación se encuentran en el Plan General de Formación, que será adaptado a cada realidad teniendo en cuenta sus necesidades concretas. La Comisión General de Formación, conjuntamente con el Equipo General, lo impulsa y evalúa. 93. En cada una de las etapas, la interesada pide por escrito a la Coordinadora Provincial ser admitida a la etapa siguiente; la formadora y la comunidad formadora le ayudan en su discernimiento y envían el informe y el parecer personal al Equipo Provincial y, en aquellas comunidades que lo deseen, el informe comunitario. La manera de hacer este informe se determina en cada Provincia partiendo de unos contenidos comunes para toda la Congregación. 94. En la admisión a la Congregación, además de lo señalado por el Derecho Universal 13 y las Constituciones, 14 tenemos en cuenta: a. Experiencia de vida cristiana b. Motivaciones vocacionales válidas c. Aptitudes para la vida comunitaria y el trabajo en equipo d. Amor al trabajo y capacidad para realizarlo. PRENOVICIADO 95. Esta etapa se realiza generalmente en grupo en aquella casa que el Equipo Provincial destine a este fin. Cuando se considere necesario puede realizarse fuera de la misma manteniendo frecuente relación con la Formadora y encuentros 13 Cf. Can Cf. C. 104

21 21 con el grupo. La joven seguirá un ritmo de estudio o trabajo que pueda armonizarse con la formación propia de la etapa. La duración no será inferior a un año ni superior a dos años. NOVICIADO 96. Esta etapa se realiza en la casa erigida por la Coordinadora General con el consentimiento de su Equipo para este fin. Al comenzar el Noviciado, deben presentarse los seguientes documentos: a. Partida de Nacimiento b. Certificado de Bautismo y Confirmación c. Certificación de estado libre d. Certificado médico e. Certificado de estudios f. Fotografías 97. El Acta correspondiente al comienzo del Noviciado debidamente firmada se envía a los Archivos Provincial y General. 98. La Coordinadora Provincial, con el consentimiento de su Equipo, habiendo oido el parecer de la Formadora de novicias y de la Comunidad, puede despedir a una novicia cuando se considere que no es apta para la vida de la Congregación. La novicia puede dejar libremente la Congregación. 15 JUNIORADO 99. La juniora pide cada año o cada dos años la renovación de sus votos por escrito a la Coordinadora Provincial, tres meses antes de la fecha correspondiente. Para la profesión perpetua, lo hará cuatro meses antes El Acta de la primera profesión, de las sucesivas renovaciones y de la profesión perpetua, firmada por la profesa, por la que recibe la profesión y por dos testigos, debe conservarse en los Archivos Provincial y General Antes de la profesión perpetua, la juniora debe implicarse, al menos durante un año, en actividades propias de la Congregación. El último año se prepara de manera especial, dentro de la vida ordinaria de la Comunidad-Taller, para la profesión perpetua. La preparación inmediata para los votos perpetuos se realiza a ser posible en grupo y durante unos meses. FORMACIÓN PERMANENTE 102. Comienza con la profesión perpetua y dura toda la vida. La Sierva de San José continúa su proceso de crecimiento dinámico y se capacita para dar respuestas creativas a los nuevos desafíos que le va presentando la realidad. 15 Cf. Can. 653

22 22 RESPONSABLES DE LA FORMACIÓN 103. Las responsables de las distintas etapas de formación deben ser hermanas de votos perpetuos, con madurez humana, identificadas con el Carisma, dóciles a las exigencias del Espíritu, en conexión con la realidad, capaces de trabajar en equipo, con una mirada congregacional, conscientes de que su aporte es fundamental para el presente y el futuro de la Congregación Para asumir mejor su misión de acompañar a la persona en su proceso de crecimiento vocacional, deberá tener una formacion especifica actualizada y adaptada a la realidad. Son nombradas para un trienio pudiendo ser nombradas para trienios sucesivos Informan periódicamente a la Coordinadora Provincial sobre la evolución del proceso formativo de cada hermana En las comunidades de formación inicial, además de la formadora, acompaña el proceso formativo toda la comunidad y juntas buscan, disciernen y evalúan todo lo que puede favorecer la formación de la joven. Capítulo 6 AUSENCIA, EXCLAUSTRACIÓN Y SALIDA HERMANAS AUSENTES 107. Por justos motivos de salud, de estudios o de apostolado hecho en nombre de la Congregación, la Coordinadora Provincial con el consentimiento de su Equipo, puede conceder a una hermana la autorización de permanecer fuera de una Comunidad-Taller de la Congregación Si la ausencia es debida a motivos familiares u otros motivos personales distintos a enfermedad, estudios o apostolado, la Coordinadora Provincial con el consentimiento de su Equipo, puede conceder esta misma autorización, pero no por más de un año. Para una prolongación deberá recurrir a la Santa Sede La hermana con permiso de ausencia goza de voz activa y pasiva y continúa comprometida a cumplir sus votos y demás obligaciones de la vida religiosa, excepto la vida comunitaria Una hermana con permiso de ausencia obligada a dejar su Provincia, se hace miembro de aquella que la acoge. En la medida de lo posible se busca para la hermana una Comunidad de referencia. 16 Cf. Can. 665, 1 17 Cf. Can. 665, 1

23 La hermana ausente: a. Se mantiene en relación con la Comunidad de referencia y con la Coordinadora Provincial. b. Participa, en la medida de lo posible, en los momentos fuertes de la vida de la Provincia. c. Presenta a la comunidad de referencia o al Equipo Provincial su presupuesto y rinde cuentas del mismo. d. Comunica al Gobierno Provincial todo cambio de situación La Coordinadora Provincial mantiene una comunicación regular con la hermana. Si los motivos por los que está ausente han cesado, le pedirá que se incorpore a la vida comunitaria. Vela por sus condiciones económicas y, si no puede trabajar, se le fijará una cantidad según su situación. HERMANAS EXCLAUSTRADAS 113. La Coordinadora General, con el consentimiento de su Equipo, puede conceder por causa grave el indulto de exclaustración a una hermana de votos perpetuos, pero no por más de tres años. Prorrogarlo o concederlo por más tiempo se reserva a la Santa Sede. 18 La exclaustración también puede ser impuesta por la Santa Sede, a petición de la Coordinadora General con el consentimiento de su Equipo Durante el tiempo de la exclaustración, la hermana está igualmente obligada a cumplir sus votos. Está vinculada a la Congregación y al Ordinario del lugar donde resida. No goza de voz activa ni pasiva. 20 Debe, como norma general, proveer personalmente a su sustento económico La hermana se mantendrá en contacto con la Coordinadora Provincial o de Zona según lo establecido en el diálogo llevado a cabo en el momento de su petición. Al menos una vez al año dará cuenta de su vida religiosa al Equipo de gobierno al que está vinculada, al que también comunicará todo cambio de su situación La Coordinadora Provincial o la de Zona mantendrá con la hermana exclaustrada una comunicación regular. Velará por sus condiciones y, si no tiene posibilidad de autosostenerse económicamente, se le asignará una cantidad para ello. 18 Cf. Can. 686, 1 19 Cf. Can. 686, 3 20 Cf. Can. 687

24 24 HERMANAS QUE DEJAN LA CONGREGACIÓN 117. La hermana que por motivos serios creyese no poder continuar en la vida religiosa, antes de tomar la decisión debe dedicar un tiempo a la reflexión, consulta y discernimiento Con la hermana que ha formado parte de la Congregación y ha pedido indulto de salida deseamos mantener vínculos de amistad y, en la medida en que ella lo desee, que siga siendo miembro de la familia josefina viviendo el carisma en su nuevo estado de vida La hermana de votos temporales que decide salir de la Congregación, lo puede hacer libremente al concluir el tiempo de sus votos. 21 Si, por causas graves, decide salir antes de cumplir el tiempo de renovación, la hermana lo comunica a la Coordinadora Provincial y dirige su petición a la Coordinadora General, que puede conceder el indulto de salida con el consentimiento de su Equipo Si fuera preciso despedir a una hermana de votos temporales, el Equipo Provincial propone la dimisión al Equipo General, a menos que no haya dificultad para esperar a que el compromiso temporal de los votos expire. 23 Se requiere el mismo procedimiento que para la dimisión de una hermana de votos perpetuos La Coordinadora Provincial, con el consentimiento de su Equipo, puede, al cumplirse el tiempo por el que emitió los votos, excluir de la renovación o de la profesión perpetua a la hermana que, a juicio de los profesionales, no sea idónea para vivir en nuestra Congregación por causa de enfermedad física o psíquica, aun contraída después de la profesión, a no ser que la enfermedad se hubiere contraído por negligencia de la Congregación o por el trabajo realizado en ésta. No puede ser despedida la hermana de votos temporales que haya caído en amencia, aunque no sea capaz de renovar la profesión Una hermana de votos perpetuos que juzgue debe abandonar la Congregación ha de solicitar el indulto de salida, sin el cual no puede dejar la vida religiosa. Se atenderá el caso según las normas del Derecho Universal En la expulsión, ya sea de quien ipso facto se ha de considerar expulsada por el delito cometido a tenor del Derecho Universal, ya sea de las hermanas de votos temporales o perpetuos que por las causas que establece el Derecho Canónico puedan o deban ser expulsadas de la Congregación, se observarán las normas establecidas por el Derecho Universal Cf. Can. 688, 1 22 Cf. Can. 688, 2 23 Cf. Can. 689, 1 24 Cf. Can Cf. Can Cf. Can

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