1.000,00 euros anuales por hijo. No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad
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- Gustavo Castilla Castillo
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1 AYUD A QUIEN PUEDE SOLICITARLAS IMPORTE TOTAL A PERCIBIR FORMAS DE COBRARLAS SEGURIDAD SOCIAL HIJO DISCAPACITADO A CARGO Hijos o menores a cargo menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33% Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65% Hijos o menores a cargo menores de 18 sin discapacidad 1.000,00 euros anuales por hijo. No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad 4.426,80 euros anuales por hijo (368,90 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad. 291,00 euros anuales (24,25 euros mensuales), cuando los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido de ,83 euros anuales más un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo. Si se trata de familias numerosas, el límite será de ,84 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 2.822,18 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido Presentando solicitud correspondiente en la Oficina de la Seguridad Social. Semestralmente, en enero y julio Presentando solicitud correspondiente en la Oficina de la Seguridad Social. Semestralmente, en enero y julio DA (AGENCI A TRIBUT MADRE TRABAJ ADORA Cualquier madre trabajadora con hijo (uno o varios) menor de 3 años al año (por hijo) hasta que cumplen los 3 años Solicitándolo con la declaración de la renta. 100 al mes cumplimentando el modelo 140 y presentándolo en Hacienda o a través de vía telemática 1
2 CHEQUE FAMILIAR BENEFICIOS FISCALES IRPF Familia numerosa: Familia monoparental con dos hijos: Descendiente con discapacidad: Ascendiente con discapacidad: anuales; si es familia de categoría especial (aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros) euros anuales euros anuales por cada descendiente. - Reducción IRPF para personas trabajadoras con minusvalía. - Deducciones adquisición a la vivienda. - Planes de pensiones euros anuales por cada ascendiente a cargo. Por vía electrónica, presentando una solicitud modelo 143 por cada una de las deducciones a que tenga derecho en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN. Por teléfono, en el número aportando el importe de la casilla 490 de la declaración del IRPF de Presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que se debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes. Las ayudas son acumulables entre sí, de forma que por ejemplo un padre separado con 2 hijos, o una familia numerosa con 2 hijos discapacitados, podrían optar a de deducciones. Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE 7/03/2007). 2
3 REDUCCIONES O EXENCIONES DE TASOS Y/O VEHÍCULO - Sucesiones y donaciones. - Transmisiones patrimoniales - Actos jurídicos documentados. - Impuesto de sociedades. - Aplicación de tipos de IVA reducidos o superreducidos a personas con movilidad reducida. - Reducción y/o exención del impuesto de matriculación. - Exención del impuesto municipal de circulación (Rodaje). - Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. - Reducción del IVA para la adquisición y reparación del vehículo. - Ayudas a la adquisición y adaptación del vehículo para personas con movilidad reducida. Decreto Legislativo 1/2006, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado (Bocyl 31/05/2006). Real Decreto Legislativo 4P/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (BOE 11/03/2004). Ley 6/2006, de 24 de abril, de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley (BOE 25/04/2006). AYUNTAMIENTOS BONIFICACIONES, DEDUCCIONES O EXENCIONES DE - Bonificaciones en pago de determinados impuestos: IBI (90% F. Numerosa Especial y 40% F. Numerosa General en Valladolid). tasas de basura. Agua y alcantarillado. Reducción y exenciones en tasas por licencia de obras que favorezcan la accesibilidad, si conllevan fomento de empleo. Ley de Protección de Familias Numerosas Art. 4 Ley 40/2003 de 18 de noviembre. d_2016.pdf 3
4 AYUDAS INDIVIDUALES - Ayudas económicas (Eurotaxi, piscinas ). S. TERRITORIAL DE FOMENTO VIVIENDA - Reserva para el alquiler y la adquisición de viviendas protegidas. Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal , para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (BOE 13/07/2005). CENTROS DE ACCIÓN SOCIAL AYUDAS INDIVIDUALE S -Ayuda a domicilio. Decreto 269/1998, de 17 de diciembre, por el que se regula la prestación social básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León (Bocyl 21/12/1998). Decreto 53/2000, de 16 de marzo, por el que se modifica la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 269/1998, de 17 de diciembre, que regula la prestación social de la ayuda a domicilio en Castilla y León (Bocyl 21/03/2000). MUTUALI DADES AYUDAS MUFACE, ISFAS, MUGEJU. - Ayudas económicas. - Ayudas a domicilio. - Ingreso en centros. 4
5 TELEFÓNI CA ABONO SOCIAL DE TELEFÓNICA 65%: - Reducción de la cuota de instalación y abono para pensionistas por incapacidad que no superen la renta establecida. 5
6 GERENCIA DE SALUD (JUNTA DE CASTILLA Y LEON) Pacientes: Tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tarjeta Sanitaria de Sacyl. Realizar un desplazamiento con un fin asistencial. Que la atención sanitaria que reciban en el centro al que se desplazan haya sido debidamente indicada por el facultativo responsable de sus asistencia y, en su caso, autorizada y canalizada por la Gerencia de Asistencia Sanitaria o Gerencia de Salud de Área, según se trate de un desplazamiento intraprovincial o interprovincial. Para ser beneficiario de las ayudas los pacientes, además de todo lo anterior, deberán cumplir, como mínimo, alguno de los siguientes requisitos: Ser menor de 18 años. Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 66% Estar en situación de dependencia, como mínimo en grado II. Ser paciente oncológico que tenga que desplazarse para que se le administre el tratamiento de quimioterapia y/o radioterapia. Ser paciente en espera de trasplante. Ser perceptor de rentas de integración social, pensiones no contributivas o tener la condición de desempleado que ha agotado el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación. Tener un nivel de renta, tal y como se consigna en la casilla de base liquidable general y de ahorro de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Fiscas, inferior a los anuales. Por otra parte se establece un régimen especial de ayudas destinado a pacientes oncológicos en tratamiento con radioterapia. Acompañantes: Para pacientes menores de 18 años. Para pacientes que por su situación clínica precisen de acompañante y esta necesidad sea indicada por el facultativo o autorizada por la Gerencia. 6 Clases de ayudas: Ayudas por desplazamiento. Requisitos específicos: utilización de transporte no sanitario. Ej: tren, autobús, vehículo. Cuantía: importe que resulte de multiplicar el número de kilómetros del trayecto realizado, incluyendo ida y vuelta, por 0,07. Quién puede percibir estas ayudas: o Paciente. o Acompañante: Sólo cuando se presente el justificante de haber utilizado un medio de transporte regular. Ayudas por manutención. Requisitos específicos: desplazamientos a una provincia distinta de la de residencia. Quién puede percibir estas ayudas: o Paciente: excepto en caso de ingreso hospitalario. o Acompañante: con independencia del tipo de asistencia, ambulatoria u hospitalaria. Cuantía: 5 por persona y día. Ayudas por alojamiento. Requisitos específicos: desplazamientos realizados a otra provincia, distinta a la de su residencia, para consulta o tratamiento en régimen ambulatorio, y que permanezcan durante dos o más días consecutivos en la misma. Quién puede percibir esta ayuda: o Paciente: excepto ingreso hospitalario. o Acompañante: aunque el paciente esté ingresado siempre que justifique el número de días que permaneció ingresado el paciente. Cuantía: 18 por persona y día. ORDEN SAN/144/2017, de 22 de febrero, por la que se regulan las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales, el alojamiento y la manutención derivados del mismo, a los pacientes que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y sus beneficiarios, en el Servicio Público de Salud de Castilla y León.
7 GERENCIA SERVICIOS SOCIALES PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA LISMI AYUDAS A LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS - Prestación económica por invalidez - Incremento del 50% en la cuantía económica si tiene un 75% del grado de discapacidad y 15 o más puntos en tercera persona. Con un 33% o más de discapacidad: - Asistencia sanitaria y farmaceútica. - Rehabilitación. - Garantías de ingresos mínimos (65%) y ayuda tercera persona (75%). - Subsidio de movilidad y/o compensación de gastos de transporte. Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de Pensiones No contributivas la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas (BOE 21/03/1991). Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (LISMI). (BOE 20/04/1982). 33% o más. Decreto 52/2002, de 27 de marzo, de Desarrollo y aplicación del Plan Director de Vivienda y Suelo de Castilla y León (Bocyl 01/04/2002). Orden FOM/318/2007, de 26 de febrero, por la que se establece la tramitación de las solicitudes de ayudas correspondientes a actuaciones protegidas al amparo del Plan Estatal 20005/2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda (Bocyl 05/03/2007). 7
8 FORMACIÓN OCUPACIONAL CENTROS ESPECÍFICOS SECRETARIADO ASUNTOS SOCIALES UNIVERSIDAD - Programas Europeos de formación y empleo - Centros de día, viviendas apoyadas y tuteladas y residencias - Exención del pago de tasas en la Universidad. - Reserva de plazas de acceso a la Universidad. - Programas de Apoyo y reserva de habitaciones o pisos tutelados. Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 12/4/2007). Decreto 46/2006, de 6 de julio, pro el que se fijan los precios públicos por estudios universitarios.. en Universidades Públicas de Castilla y León. Real Decreto 1742/2003, de 19 de diciembre, por el que se establece la normativa básica para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial (Art. 14 y Disposición Adicional Cuarta) (BOE 22/01/2004). 8
9 DEPARTAMENT O TERRITORIAL FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDAD ES SERVICIOS TERRITORI ALES MEDIO AMBIENTE - Pago único por nacimiento de hijo con 33% (Consejería de Familia, JCyL). Orden FAM/1974/2004, de 23 de diciembre, por la que se regulan las prestaciones económicas de pago único a los padres y/o madres por nacimiento o adopción de hijo, en desarrollo del Decreto 292/2001, de 20 de diciembre, por el que se estableces Líneas de Apoyo a la Familia y a la Conciliación de la Vida Laboral en Castilla y León (Bocyl 04/01/2005). - Exención del pago de tasas para las licencias de caza y pesca. Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad de Castilla y León (Arts. 91 y 97) (Bocyl 26/12/2001). RENFE + 65% - Tarjeta dorada de RENFE. ASOCIACIO NES DISCAPACID AD AUDITIVA - Servicio de Intérprete de Lengua de Signos. ENTIDADES GESTORAS - Planes y fondos de pensiones Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones (BOE 25/02/2004). Modificado por Real Decreto 1332/2005, de 11 de noviembre (BOE 23/11/2005). 9
10 ECYL - Ayudas al autoempleo. - Demanda de empleo por discapacidad. Reserva del 2% en empresas con más de 50 trabajadores. - Ayudas a empresas privadas por la contratación laboral y subvención por creación de puesto de trabajo y por adaptación al puesto. - Derecho a reserva de cupo para oposiciones y empleo público, adaptación de tiempo y medios para la realización de exámenes. - Reducción y exenciones de cuotas de inscripción en procesos selectivos públicos. - Jubilación anticipada +45%, siempre que se trate de discapacidades reglamentariamente determinadas en las que concurran evidencias que determinan de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida de esas personas. - Jubilación anticipada +65%, un año antes cada cuatro trabajados). - Derecho del familiar a: Jornada reducida. Reducción de la jornada laboral en una hora sin reducción salarial (empleados públicos). Ayuda económica por reducción de la jornada laboral. Aumento de la suspensión del contrato por nacimiento de hijo. - Renta Activa de Inserción Real Decreto, 170/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cujplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regual el empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de los trabajadores minusválidos 8BOE 31/01/2004). Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 13/04/2007). Real Decreto 227/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE 17/12/2004). Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad (BOE 12/06/2006). Real Decreto 1539/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los trabajadores que acreditan un grado importante de minusvalía (BOE 20/12/2003). gimengeneral/tdnueva/index.htm Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Art. 37.5) Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de Renta Activa de Inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo (BOE 5/12/2006). 10
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