MARCO JURÍDICO Y COMPETENCIAL DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES. ALTERNATIVAS EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS
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- María Rosario Moya Muñoz
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1 MEDIO RURAL Y MARINO MARCO JURÍDICO Y COMPETENCIAL DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES. ALTERNATIVAS EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS URBANO SANZ CANTALEJO COMISARÍA DE AGUAS CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
2 Qué normativa nos obliga a depurar las aguas residuales? La Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, estableció los requerimientos mínimos para recogida, tratamiento y vertido de las aguas residuales urbanas. Esta Directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto Ley 11/1995 y Real Decreto 509/1996. El Real Decreto Legislativo 1/2001 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986, con varias modificaciones), constituyen la normativa básica que regula el régimen de autorización de vertido con unas condiciones que obligan a realizar un tratamiento adecuado a los vertidos.
3 Tamaño aglomeración TRATAMIENTO EXIGIDO SEGÚN EL RDL 11/1995 PARA VERTIDOS EN AGUAS CONTINENTALES Tipo de tratamiento Fecha límite h-e Tratamiento adecuado 31/12/ h-e Tratamiento secundario 31/12/2005 > h-e Tratamiento secundario* 31/12/2000
4 La Directiva Marco del Agua Obliga a los Estados a conseguir el buen estado ecológico de sus aguas para 2015 La falta o deficiente depuración hace que la calidad de las aguas no sea la adecuada, comprometiendo dicha obligación Con fecha 14 de abril de 2011, España ya sido condenada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no tratar adecuadamente las aguas residuales urbanas
5 Quién tiene la obligación de depurar? La prestación de los servicios de alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas residuales compete a los Ayuntamientos en aplicación de lo dispuesto en la legislación de régimen local. Otras Administraciones Públicas tienen competencias en materia de auxilio técnico y financiero a los municipios, como las Diputaciones Provinciales y las administraciones autonómicas La Administración General del Estado puede también intervenir bien ejecutando obras declaradas de interés general o bien participando en la financiación de estas en virtud de acuerdos firmados con otras Administraciones.
6 Quién controla los vertidos? El control y autorización de los vertidos producidos a los ríos, lagos, embalses, o a las aguas subterráneas, son competencia de la Administración Hidráulica (Confederaciones Hidrográficas en cuencas intercomunitarias y Comunidades Autónomas en el resto) Verter sin autorización, o incumpliendo sus condiciones constituye infracción administrativa y puede ser objeto de sanción La competencia para autorizar conlleva también la responsabilidad de controlar los vertidos La Confederación dispone de un plan anual de inspección de vertidos, numerosas redes para el control de la calidad de las aguas y personal destinado a la toma de muestras, que se analizan en su Laboratorio de Aguas
7 El control de los vertidos indirectos de los ayuntamientos Los vertidos industriales realizados a colector deben ser autorizados y controlados por las entidades locales La falta de control de estos vertidos es una causa frecuente de incumplimiento de autorizaciones de vertido a cauce otorgada a estas entidades y objeto de sanción administrativa y a veces penal Cuando un municipio tiene una componente industrial significativa en su vertido, es necesario disponer de una ordenanza de vertidos, que será la norma de referencia, para obligar a depurar a sus industrias
8 Cuánto hay que pagar por el canon de control de vertidos? El importe del canon de control de vertidos (CCV) es el resultado de una fórmula: CCV = V x P x k1 x k2 x k3 V = Volumen anual de vertido autorizado (m3/año) P = Precio (0,01653 /m3) según Ley de Presupuestos para 2012 k1 = coeficiente según características del vertido k2 = coeficiente según grado de contaminación del vertido k3 = coeficiente calidad ambiental del cauce receptor El coeficiente k2 es de 0,5 si el vertido dispone de un tratamiento adecuado y de 2,5 si no lo es. Esto supone que por un vertido con tratamiento no adecuado hay que pagar un canon 5 veces mayor que por uno adecuado. Es un motivo más para tomarse en serio la depuración de los vertidos
9 Por qué todavía mantenemos un 50 % de incumplimiento en la depuración de los pequeños núcleos urbanos? Si encontramos la respuesta a esta pregunta, quizá podamos dar con las posibles soluciones: o Falta o poca concienciación de las entidades locales. La depuración de las aguas residuales en contadas ocasiones ha sido una prioridad en los pequeños municipios. o Escasa financiación para estas obras. El primer Plan Nacional de Depuración ( ) se centraba en las depuradoras de los grandes municipios. El Plan actual ( ) y los Protocolos para su desarrollo suscritos por el Ministerio de Medio Ambiente en 2009 con la y 2010 y Xunta de Galicia y en 2010 con la Junta de Castilla y León, si lo recoge, pero la actual situación de crisis dificulta su desarrollo.
10 Por qué seguimos con un alto grado de incumplimiento en la depuración de los pequeños núcleos urbanos? Otras posibles causas: o Los pequeños municipios en pocas ocasiones han querido invertir con cargo a sus presupuestos en infraestructuras de depuración. o Los gastos de depuración los han considerado muy elevados y no asumibles. o La administración hidráulica ha sido laxa, por lo general, en la exigencia del cumplimiento de la obligación de depurar de las entidades locales.
11 Cómo podemos avanzar en la depuración de las pequeñas poblaciones? Es necesaria una mayor concienciación e información de los responsables municipales, que se puede lograr mediante jornadas y campañas informativas, escuelas de alcaldes y formación de técnicos locales. Se deben habilitar fuentes de financiación para la construcción de estas pequeñas depuradoras, bajo el principio de recuperación de costes. Las administraciones públicas de ámbito territorial superior: Diputaciones Provinciales, Comunidades Autónomas y Administración General del Estado a través de las Confederaciones Hidrográficas, deben promover, tutelar y contribuir a financiar en la medida de los posible este tipo de actuaciones
12 Cómo se gestionan estos servicios? En municipios pequeños, es conveniente adoptar formas de gestión mancomunada, lo que resulta más eficiente tanto desde un punto de vista técnico como económico. La prestación de estos servicios por parte de los Ayuntamientos puede hacerse mediante gestión directa o indirecta Existen para ello diversas fórmulas como las mancomunidades, los consorcios o las comunidades de vertidos, una figura asociativa propia de la legislación de aguas que puede constituirse con la simple firma de un convenio entre los Ayuntamientos interesados
13 Cómo se financian estos servicios? La prestación de los servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales supone la ejecución de importantes infraestructuras y su posterior explotación y mantenimiento, lo que conlleva unos costes El principio de recuperación de costes exige la fijación de unos precios que sirvan para recuperar los costes que supone a la Administración poner estos servicios a disposición de los usuarios Es fundamental disponer de ordenanzas que regulen los vertidos a colector y que fijen las tasas por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración, que deben contener todos los costes, además de ser progresivos, transparentes e incentivar la eficiencia y la responsabilidad en el uso del agua.
14 ALTERNATIVAS A LA DEPURACIÓN EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS La CHD ha desarrollado un proyecto piloto de Tratamientos singulares de carácter experimental de vertidos en pequeñas poblaciones de la cuenca del Duero, con objeto de establecer aquellas tecnologías de depuración más apropiadas desde el punto de vista tecnológico y económico a las singularidades de estos pequeños municipios de la cuenca del Duero. En la Provincia de Burgos, en relación con este tipo de tratamientos, se han realizado por la Confederación Hidrográfica del Duero en Tardajos, Rabé de las Calzadas y en Atapuerca, tratamientos primarios y humedales artificiales.
15 TECNOLOGÍAS DE DEPURACIÓN SEGÚN COSTE Menor coste Coste Medio Mayor coste Tratamientos primarios: o Fosa sépticas o Tanques Imhoff o Decantación primaria Tratamientos secundarios extensivos: o Humedales artificiales o Filtros intermitentes de arena o Infiltración-percolación o Filtros de turba o Lagunaje Tratamientos secundarios intensivos: o Aireación prolongada o Lechos bacterianos o Contactores biológicos rotativos o Reactores secuenciales discontinuos
16 TRATAMIENTOS PRIMARIOS Son sistemas de depuración, utilizados en vertidos de baja carga contaminante, como pequeñas poblaciones o determinadas industrias. Se basan en procesos físicos simples como decantación o filtrado, que a veces constituyen tratamientos previos en depuradoras más complejas. Ejemplos de este tipo de tratamientos son: o Fosa sépticas o Tanques Imhoff o Decantación primaria
17 TRATAMIENTOS SECUNDARIOS EXTENSIVOS Son sistemas de depuración, por los que se obtiene un mayor rendimiento de depuración para poblaciones de tamaño medio o pequeño. Se basan en procesos físico-químicos y biológicos basados en la depuración natural que se produce en humedales y lagunas Requieren de una superficie mayor que otros sistemas de depuración. Ejemplos de este tipo de tratamientos son: o Humedales artificiales o Filtros intermitentes de arena o Infiltración-percolación o Filtros de turba o Lagunaje
18 TRATAMIENTOS SECUNDARIOS INTENSIVOS Son sistemas de depuración, utilizados en vertidos de mayor carga contaminante, como poblaciones de tamaño medio o grande y determinadas industrias Se basan en procesos físico-químicos más complejos y sobre todo biológicos, que consiguen rendimientos de depuración superiores al 90 %. Ejemplos de este tipo de tratamientos son: o Fangos activos. o Aireación prolongada o Lechos bacterianos o Contactores biológicos rotativos (biodiscos) o Membranas o Reactores secuenciales discontinuos
19 CRITERIO PARA SELECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Criterios técnicos: o Calidad requerida del efluente o Tamaño población (hab-eq) o Superficie disponible o Naturaleza agua residual (variabilidad) o Flexibilidad y robustez o Climatología o Gestión del fango generado o Complejidad en la explotación y mantenimiento Criterios ambientales o Producción malos olores o Generación de ruidos o Integración paisajística Criterios económicos: o Costes de explotación o Costes de inversión
20 MEDIO RURAL Y MARINO MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN Más información: Contacto por usc@chduero.es
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