PROCEDIMIENTO PROCESOS DISCIPLINARIOS. Generar mecanismos reguladores para garantizar un ambiente de trabajo armonioso.

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1 1. OBJETIVO Generar mecanismos reguladores para garantizar un ambiente de trabajo armonioso. 2. ALCANCE Inicia con el reporte de la falta y culmina con la asignación de la sanción. 3. DEFINICIONES Falta: Incumplimiento de un deber u obligación que de acuerdo al Reglamento Interno de Trabajo se estipulan como leves o graves según aplique. Llamado de atención: El llamado (o la llamada) de atención por escrito, o carta de advertencia que realiza o entrega el patrono o su representante, al trabajador que incurre en una falta a las normas y orden de la, es una constancia administrativa y sancionatoria, en donde la empresa registra y convalida (perdona) con discrecionalidad, una falta grave o leve cometida por el trabajador. Descargos: Oportunidad otorgada al empleado para que explique y justifique su conducta frente a las faltas que se le formulen. Sanción: consecuencia o efecto de una conducta que constituye a la infracción de la escala de faltas, prohibiciones o las consideradas en el Código Sustantivo del Trabajo en éste tema. Suspensión: Sanción dada a un empleado por la acción de una falta leve ó grave, de acuerdo al Reglamento Interno de Trabajo ó al Código Sustantivo del Trabajo. 4. CONDICIONES GENERALES El empleador puede sancionar disciplinariamente a los trabajadores que incumplan con los deberes generales, obligaciones y prohibiciones especiales que para ellos estén contemplados en la ley, el reglamento interno de trabajo, contrato de trabajo, pacto o convención colectiva (acuerdos). Esta atribución puede ser ejercida unilateralmente por el empleador con sujeción a ciertos parámetros, como son el respeto a la dignidad humana, los derechos adquiridos por el trabajador, las necesidades que le impone la marcha de sus actividades y la aplicación del procedimiento establecido por la ley. Web

2 4.1 CLASES DE SANCIONES Suspensiones: Estas deben estipularse de modo que por la primera vez que se cometa una falta, esta no exceda de 8 días, y en caso de reincidencia, no supere los 2 meses. El empleador puede dejar de pagar el salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. (artículo 112, C.S.T.) Multas: Existen solamente para retrasos o faltas al trabajo sin excusa. Su monto no puede exceder de la quinta parte del salario diario y harán parte de un fondo especial dedicado exclusivamente a conceder premios o regalos para los trabajadores. El empleador podrá descontar las multas del valor de los salarios correspondientes a la próxima nómina. La imposición de la multa no impide al empleador prescindir del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de percibir. 4.2 Faltas y Prohibiciones En NOMBRE DE LA EMPRESA se consideran faltas leves y graves según los artículos 50 y 51 de Reglamento Interno de Trabajo: a. Faltas Leves Retardo hasta de quince minutos en la hora de entrada sin excusa suficiente, implica por primera vez multa de la décima parte del salario de un día; por segunda vez, multa de la quinta parte del salario de un día; por tercera vez suspensión del trabajo en la mañana o el trabajo según el turno que ocurra; y por cuarta vez suspensión del trabajo hasta por tres días. Falta al trabajo en la mañana o en la tarde o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente, implica por primera vez suspensión del trabajo hasta por tres días; por segunda vez suspensión del trabajo hasta por ocho días. Falta total al trabajo durante el día sin excusa suficiente, implica por primera vez suspensión en el trabajo hasta por ocho días, y por segunda vez suspensión en el trabajo hasta por dos meses. Violación leve por parte del trabajador de las obligaciones establecidas en el reglamento interno del trabajo, implica por primera vez suspensión del trabajo hasta por ocho días y por segunda vez suspensión hasta por dos meses, dependiendo de la gravedad del problema. Web

3 b. Faltas Graves Violación de las Políticas de la compañía. Violación de los artículos estipulados en el C.S.T, respecto a este tema. El retardo hasta de 15 minutos en la hora de entrada al trabajo sin excusa suficiente, por quinta vez. La falta total del trabajador en la mañana o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente, por tercera vez. La falta total del trabajador a sus labores durante el día sin excusa suficiente, por tercera vez. Violación grave de las obligaciones contractuales según el reglamento interno de trabajo. c. Prohibiciones Las estipuladas según el Artículo 48 y 49 del Reglamento Interno de trabajo 4.3 FORMAS DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARÍAS Las reglas que gobiernan el poder disciplinario del empleador en la legislación colombiana son, pues, las siguientes: Antes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleador deberá oír al trabajador inculpado directamente y si éste es sindicalizado deberá estar asistido por dos representantes de la sindical a que pertenezca (artículo 115, C.S.T.). En todo caso se dejará constancia escrita de los hechos y de la decisión de la empresa de imponer o no, la sanción definitiva. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación del trámite señalado en el anterior artículo. Tanto los hechos considerados como faltas como las sanciones pertinentes, deben constar, o en el reglamento de trabajo, o en la convención o pacto colectivo o laudo arbitral. Las penas no pueden ser corporales o medidas lesivas que afecten la dignidad del trabajador, (artículo 111, C.S.T.). El procedimiento para aplicar la sanción debe constar por escrito y suscrito por el trabajador. El trabajador debe conocer el orden jerárquico para la imposición de las sanciones y saber ante quien puede presentar las quejas o reclamaciones. Web

4 4.4 RECLAMOS: PERSONAS ANTE QUIENES DEBE PRESENTARSE Y SU TRAMITACIÓN Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en la empresa el cargo de, quien los oirá y resolverá en justicia y equidad. Web

5 5. PROCEDIMIENTO INICIO Recibir reporte de falta Los jefes de áreas envian reporte por correo electrónico Debe de estar presente el jefe inmediato y un testigo Llamar al trabajador a descargos Por medio del formato Citación para descargos Trabajador Diligencia Acta de Descargos Analizar la carpeta del trabajador Se analiza el comportamiento del trabajador durante el periodo laborado para ver si ha tenido fallas anteriores. Solicitar pruebas Si es necesario, para validar la falta ( pueden ser reportes físicos, magnéticos o testimonios). Se estudia la falta y se compara con el reglamento interno de trabajo y se determina la sanción pertinente. Determinar la sanción ó llamado de Atención Registrar la suspensión en la hoja de vida ó realizar el proceso de liquidación del contrato Tiene 3 llamados de Atención SI Determinar suspensión o cancelación del contrato NO Si no tiene ninguna falla hacer llamado de atención verbal Realizar llamado de atención Registrar en formato de Llamado de atención y/o Sanción disciplinaria Registrar la sanción ó llamado de atención en la hoja de vida del trabajador FIN Web

6 Logo 1 de su LLAMADO DE ATENCION Página Bogotá, D.C., Señor(a) La ciudad Estimado(a) señor(a): El pasado (), (describir los hechos) De acuerdo con la diligencia de descargos adelantada el día, se pudo verificar que (explicar) Por lo anterior, me permito hacerle un llamado de atención para que sea más estricto (a) en el cumplimiento de sus funciones como (colocar cargo), debiendo tomar las medidas necesarias para que los riesgos disminuyan y los resultados sean cada vez mejores. Atentamente, JEFE INMEDIATO JEFE DE GESTIÓN HUMANA C.c. Hoja de Vida Web

7 Logo 1 de su CITACION PARA DESCARGOS Página Bogotá. D.C. Señor (a) La ciudad Apreciado trabajador: E l pasado XX de XXXXX de XXXXX, usted incurrió con la siguiente falta: violando de ésta manera el Artículo No del Reglamento Interno de Trabajo que reza así:. Por lo anterior, le solicitamos se sirva acercarse a las oficinas de Gestión Humana, con el fin de rendir los descargos correspondientes en el día XX de XXXXXX de XXXX a las XX:XX.m. Cordialmente, JEFE DE GESTIÓN HUMANA Web

8 Logo 1 de su ACTA DE DESCARGOS Página En el día de hoy de de, siendo las X:XX.m., el trabajador (a) XXXXXXXXX, quien desempeña el cargo de, identificado (a) con cédula de ciudadanía número xxxxx de xxx, compareció a presentar declaración de descargos, por: Cargos: Se le imputan al trabajador los siguientes: Hechos: Al respecto el trabajador manifiesta: 1. PREGUNTA- Conoce el motivo por el cual fue citado? 2. PREGUNTA: Haga una descripción detallada de los hechos? 3. PREGUNTA: Conoce (otras preguntas que incidan en demostrar la causa de la falta)? 4. PREGUNTA: Tiene algo más que declarar o aclarar? No siendo otro el motivo del acta de descargos, ésta se finaliza siendo las xx:xx.m. y en constancia de lo anterior firman: EL TRABAJADOR JEFE DE GESTIÓN HUMANA TESTIGO Web

9 Logo 1 de su SANCIÓN DISCIPLINARIA Página PARA: DE: FECHA: Con la presente me permito comunicarle la decisión de la empresa de imponerle una sanción disciplinaria correspondiente a la suspensión del contrato de trabajo durante (establecer días) debiéndose reintegrar el día, por: escribir hechos ocurridos Esta sanción se impone teniendo en cuenta las razones por usted expuestas en el acta de descargos, de conformidad con lo establecido en el artículo XX del Reglamento Interno de Trabajo. Esperamos que este tipo de conductas no se vuelva a repetir ya que afectan en forma grave las actividades normales de la empresa. Atentamente, JEFE INMEDIATO JEFE DE GESTIÓN HUMANA c.c. Hoja de vida Web

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